PROYECTO DE LEY EMERGENCIA NACIONAL EN MATERIA DE DISCAPACIDAD

24/06/2024

Artículo 1°: Declárase la Emergencia Nacional en materia de discapacidad a los efectos de garantizar
el pleno cumplimiento de los derechos de las personas con discapacidad, así como la cobertura total
de los tratamientos, medicamentos y prestaciones ordenadas por las y los profesionales
correspondientes, acorde a lo establecido por la Convención Internacional sobre los Derechos de las
Personas con Discapacidad, con jerarquía constitucional.
Artículo 2°: Fíjase el valor mínimo de la Pensión por Invalidez y la Jubilación para trabajadores con
discapacidad en un valor equivalente al costo de la Canasta del Jubilado estimada por la Defensoría
de la Tercera Edad de Ciudad de Buenos Aires, que se actualizará mensualmente de acuerdo a la
evolución del valor de la Canasta Básica que establece el Instituto Nacional de Estadística y Censos
(INDEC).
Artículo 3°: Dispóngase un aumento del 100 por ciento de las asignaciones por hijo/a con
discapacidad, y de toda otra prestación destinada a las personas con discapacidad.
Artículo 4°: Dispóngase el otorgamiento de la Tarjeta ALIMENTAR para las personas con
discapacidad beneficiarias de pensiones, tanto provinciales como nacionales o que acrediten la
necesidad de incorporación a dicho programa.
Artículo 5°: Dispóngase un aumento al valor de la Canasta Básica que establece el Instituto Nacional
de Estadística y Censos (INDEC) de todos los aranceles del Sistema Único de Prestaciones para
personas con discapacidad, que deberá ajustarse en forma mensual para que los honorarios y aranceles
se adecúen a la inflación. No podrá diferirse el pago de los mismos.
Articulo 6º: Se establecerá la unificación de criterios de presentación de los planes de tratamiento,
facturación y presupuesto para la realización de prestaciones en discapacidad para profesionales
autorizados y se establecerá una renovación automática de tratamientos prolongados. En el caso de
revisión y/o auditoría, no permitirá la interrupción o cesación de los tratamientos a la persona así
como tampoco en la cadena de pagos a las y los profesionales que los efectúan.
Artículo 7°: Establécese un aumento inmediato del trescientos por ciento (300 %) a los pagos de los
servicios de traslados para personas con discapacidad en base a la actualización del valor
nomenclador, que deberá ajustarse mensualmente para que se adecúen a la inflación, y cuyo piso
deberá ser del valor de un kilómetro de nafta, según el precio de referencia de YPF en la Ciudad de
Buenos Aires. No podrá diferirse el pago de los servicios de traslados.
Artículo 8°: Las prestaciones de terapistas ocupacionales, fonoaudiólogos/as, kinesiólogos/as,
acompañantes terapéuticos/as, músicoterapeutas, psicologos/as, psicomotricistas, maestros/as
integradores/as, equinoterapia, hidroterapia y otros profesionales o prestadores/as de servicios para
personas con discapacidad, deberán ser remuneradas al momento de la presentación de las facturas
correspondientes, no pudiendo diferirse el pago de las mismas. Todas las terapias deberán ser
incluidas en el Nomenclador. Incorpórese al cuerpo de la Comisión Directiva que fija el valor
nomenclador a personas con discapacidad, familiares y prestadores.
Artículo 9°: Todos aquellos trabajadores y trabajadoras que presten tareas como terapistas
ocupacionales, fonoaudiólogos/as, kinesiólogos/as, acompañantes terapéuticos/as, músico terapeutas,
psicomotricistas, maestros/as integradores/as, psicólogos/as y otros profesionales y prestadores/as de
servicios para personas con discapacidad definirán las formas de contratación y condiciones de
empleo que estimen más favorables a su situación con el objetivo de tener garantizado su derecho a
la registración laboral, contar con aportes previsionales, obra social, etc, sea en establecimientos
públicos o privados donde ejerzan las prestaciones. Se constituirán Comités de Trabajadores/as a para
el cumplimiento y control de lo anteriormente dispuesto, y con el objeto de hacer cumplir los
siguientes derechos: pase a planta permanente, eliminación del fraude laboral que implica el régimen
de monotributo, derecho a la sindicalización, pago a mes vencido, aumento salarial de emergencia y
establecimiento de un salario mínimo equivalente al costo de la canasta de consumos mínimos
familiar que elaboran y publican mensualmente los trabajadores de la Junta Interna de ATE-Indec,
régimen de licencias, cobertura médica, vacaciones pagas, control sobre la prevención de riesgos del
trabajo y la protección de la salud y seguridad de las y los trabajadores en el ámbito de dicho
establecimiento y toda otra cuestión atinente al desempeño de las tareas de las y los trabajadores.
Artículo 10°: Toda persona con discapacidad, con o sin hijos/as, que no disponga de vivienda podrá
solicitar a la Subsecretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda de la Nación su inmediato acceso a una
vivienda digna y acorde a sus necesidades y a las de las personas que tuviere a cargo. Asimismo,
tendrá derecho a solicitar al Banco de la Nación Argentina, quien deberá otorgarse con carácter de
urgencia mediante un plan específico, el beneficio de créditos a tasa cero para la adquisición de su
vivienda única y familiar. Se podrán solicitar plazos de pago de hasta veinte (20) años. En ningún
caso la cuota mensual podrá superar el veinticinco por ciento (25%) del ingreso mensual del o la
solicitante.
Artículo 11°: Suspensión de los desalojos de las personas con discapacidad y sus familias frente a la
imposibilidad de pagar alquileres o créditos hipotecarios.
Artículo 12°: En un plazo no mayor a los 30 días de aprobada la presente ley, la autoridad de
aplicación deberá iniciar un Plan de acciones tendientes a establecer el acceso a un Sistema Integral
Único de Salud, compuesto por prestaciones del sector público y privado a fin de garantizar la
accesibilidad completa a los derechos en salud y atención así como la desburocratización de los
trámites que impiden una atención rápida y eficaz para las personas con discapacidad, mediante el
cual cualquier prestación, tratamiento, medicación, estudio o cualquier otra indicación de cualquier
trabajador de salud, profesional o prestador tratante, deberá ser garantizado de manera gratuita, por
zona de cercanía por cualquier prestador sea público o privado.
Artículo 13°: Derógase la Resolución 2484/23 de la Superintendencia de Servicios de Salud,
publicada en el Boletín Oficial del 8/12/2023, y que instituye la “Plataforma de gestión integral
mecanismo integración” y crea el “Aplicativo de registración, geolocalización y validación de
Prestaciones”.
Artículo 14°: Pase a planta permanente de todo empleado o empleada con discapacidad que cumpla
funciones en la administración pública nacional, sea cual fuese su relación contractual y que realice
tareas y funciones correspondientes al personal de planta permanente, a fin de garantizar el efectivo
cumplimiento del cupo laboral establecido por ley 22.431, bajo convenios colectivos de trabajo en
todas las áreas del Estado nacional, empresas del Estado y empresas concesionarias de servicios
públicos. En el marco de la emergencia declarada, extiéndase el cupo laboral del cinco por ciento
(5%) al sector privado a fin de garantizar el derecho al trabajo digno para todas las personas con
discapacidad.
Artículo 15°: Dispóngase la reincorporación inmediata de las trabajadoras y los trabajadores
despedidos de la Agencia Nacional de Discapacidad (ANDIS) en sus puestos de trabajo y la
inmediata reapertura de los Centros de Referencia, los que deberán contar con personal idóneo y
correctamente remunerado/a con un salario igual al costo de la canasta básica familiar.
Artículo 16°: Créase equipos interdisciplinarios de profesionales de salud mental y salud en general,
trabajadores/as sociales, abogados/as, y todo otro profesional que se considere conveniente a fin de
garantizar el acompañamiento y asesoramiento de las personas con discapacidad y sus familias, a los
fines de dar cumplimiento a los derechos que reconoce esta ley y la legislación vigente.
Artículo 17°: La Agencia Nacional de Discapacidad (ANDIS) convocará a un comité de emergencia
con participación mayoritaria de personas con discapacidad, familias, prestadores, profesionales y
docentes de Universidades Públicas Nacionales vinculadas a la temática a los efectos de elaborar un
protocolo operativo a fin de desburocratizar el proceso de autorización y facturación de las
prestaciones, garantizando la transparencia en el proceso, al igual que para la tramitación y
renovación del Certificado Único de Discapacidad (CUD).
Artículo 18°: La presente ley es de aplicación en todo el territorio de la República Argentina y deberá
ser reglamentada en un plazo máximo de 30 días.
Artículo 19°: El financiamiento necesario para el cumplimiento de la presente será garantizado
mediante impuestos progresivos sobre las ganancias netas de las empresas de laboratorios que se
adicionará a la alícuota del impuesto a las Ganancias, los cuáles no podrán ser trasladados al
consumidor final de los medicamentos.
Artículo 20°: Comuníquese al Poder Ejecutivo Nacional.
Nicolás del Caño
Myriam Bregman
Christian Castillo
Alejandro Vilca
Romina del Pla

FUNDAMENTOS

Sr. Presidente:
Traemos a consideración de este cuerpo un proyecto de Emergencia en materia de discapacidad, que tiene como antecedente el Expte. 4862-D-2022 y se propone dar respuesta urgente a la acuciante situación que vive el colectivo de discapacidad, que en los últimos años viene protagonizando históricas jornadas de movilización en todo el país para poner sobre la agenda la cruda realidad que viven las personas con discapacidad, familiares, trabajadores/as de la salud y de la educación,
prestadores, etc.
Su lucha persistente permitió visibilizar una problemática que lleva décadas y que se explica por la política de privatización, desfinanciamiento y desarticulación sistemática de la salud pública que viene desde el menemismo y que todos los gobiernos hasta el día de hoy profundizaron. Tiene el agravante de que se trata de quienes más necesitan la asistencia para vivir. Hoy esa pelea se profundiza En el marco del brutal ataque sobre los ingresos de las mayorías populares que viene implementando el gobierno de Javier Milei, y en particular sobre el colectivo de personas con discapacidad que no sólo ven agravadas sus condiciones de vida por la situación económica sino por la desregulación implementada en el sector de la salud mediante el DNU 70/2023 que deja desprotegidas a las personas con discapacidad, en una relación completamente desigual con las obras sociales y las empresas de
medicina prepaga. Este ataque se complementa con despidos en la Agencia Nacional de Discapacidad y el virtual cierre de Centros de Referencia en todo el país, que en muchos casos constituyen casi el único punto de acceso a derechos de las personas con discapacidad, y la vigencia de la resolución 2484/2023 de la Superintendencia de Servicios de Salud, que incorporó además, mecanismos de control y persecución a los prestadores, atentando contra determinadas condiciones de las personas con discapacidad y la accesibilidad a los dispositivos.

Al momento de la presentación original del presente proyecto dábamos cuenta de una enorme pelea colectiva que tuvo como detonante la resolución 826/2022 del gobierno anterior a través de la cual se recortaban fondos en salud, además de vivienda y educación. Tres días después de esa resolución diversos prestadores en varias provincias denunciaron que la Superintendencia de Salud les notificó sobre “un nuevo diferimiento en los pagos de todas las prestaciones por discapacidad”.

Fue así que en todo el país personas con discapacidad, trabajadores y familias de personas con
discapacidad agrupados en el “Colectivo de Discapacidad” protagonizaron enormes e históricas
movilizaciones en la Ciudad de Buenos Aires y otras localidades del Área Metropolitana, La Plata, Chubut, Santiago del Estero, Mendoza, Córdoba, Misiones, San Luis, Santa Fe, Entre Ríos, Corrientes, Neuquén, Salta y Jujuy, llegando a instalar en Plaza de Mayo una carpa para visibilizar sus reclamos. Previo a eso tuvieron que soportar el amedrentamiento policial por parte de las fuerzas de seguridad de la Ciudad de Buenos Aires.

Fue aquel intento de ajustar a los más vulnerables que llevó a la calle y a la movilización a
personas con discapacidad y familiares hartos del maltrato y la falta de respuesta ante sus
reclamos, encontrándose movilizados con sus terapistas, maestras integradoras, acompañantes
y otros profesionales de la salud, que también permitió poner bajo la lupa la precariedad en la
que trabajan quienes se ocupan de dar prestaciones a personas con discapacidad y la angustia
de éstas personas y sus familias, que no pueden interrumpir sus tratamientos o que necesitan
dichas prestaciones para situaciones básicas y cotidianas. Las personas con discapacidad por
su propia condición requieren atención y sostén en aspectos vitales, que no pueden de ninguna
manera ser postergadas ya que de ello depende en casos extremos su vida. Para ellas y sus
familias la interrupción de un tratamiento, la falta de prestaciones, la demora burocrática en las
autorizaciones de medicación, estudios y tratamiento, traen consecuencias irreparables
obstaculizando el acceso a sus derechos fundamentales a la salud, a la educación, a la dignidad
y la vida misma.

Como señalamos, el ajuste en discapacidad viene de hace rato, con demoras en los pagos, denuncias de usuarios y familiares de pedidos de cirugías y tratamientos por discapacidad que están congelados o no son autorizados por obras sociales y prepagas. A esto se suma que hay demoras de 3, 4 y hasta 5 meses en turnos médicos. Ni hablar de los montos de las pensiones y asignaciones por discapacidad, que están muy lejos de cubrir necesidades mínimas.

Asimismo, cabe señalar que mediante las Resoluciones conjuntas del Ministerio de Salud y la
Agencia Nacional de Discapacidad N° 1/2023, 4/2023, 5/2023, 7/2023, 1/2024 y 2/2024 se
dispusieron incrementos en los valores de los aranceles del Sistema de Prestaciones de Atención
Integral que quedaron muy rezagados respecto al contexto inflacionario y que acumulan una suba de 227% entre diciembre de 2022 y marzo de 2024, cuando la inflación acumulada en el mismo período fue de 372%, implicando una pérdida de poder adquisitivo de los aranceles de más de un 30% sólo en los últimos 15 meses.

Por su parte, las asignaciones familiares por hijo con discapacidad sufrieron un derrumbe acelerado en su poder de compra pasando a representar casi la mitad de su valor respecto a diciembre de 2022. Esto se debe a que el incremento que tuvieron fue de apenas 168%, entre dicho mes y marzo de 2024, muy por detrás de la inflación acumulada en el mismo período (372%), acusando un golpe de un 43% de su poder adquisitivo, que se agrega al deterioro previo por la pérdida agraviada por la fórmula de movilidad previsional con la cual son actualizadas trimestralmente.

De continuar este curso, sólo accederán a sus prestaciones y tratamientos adecuados quienes puedan pagarlos, considerando que a lo magro de los ingresos se suman las subas de tarifas de aranceles, los tarifazos, los aumentos de los alimentos, y todos aquellos tratamientos especializados que no son cubiertos, en muchos casos, por las obras sociales y mucho menos aún por el sistema público de salud que está desfinanciado.

Resulta pertinente citar aquí el “Informe de situación de las personas con discapacidad de Argentina – Marzo de 2024” elaborado conjuntamente por las siguientes organizaciones de la sociedad civil de Argentina: – Red por los Derechos de las Personas con Discapacidad (REDI) – Asociación Civil por la Igualdad y la Justicia (ACIJ) – Mesa de trabajo en Discapacidad y Derechos Humanos Córdoba – Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS) – Asamblea Permanente por los Derechos Humanos (APDH) – Asociación Civil Andar – Federación Argentina de Instituciones de Ciegos y Ambliopes (FAICA), en el que se señala que “en este contexto, como consecuencia de la adopción de ciertas decisiones, y de la omisión de tomar medidas que protejan específicamente a este colectivo, los derechos más básicos de las personas con discapacidad, como el acceso a la salud y a la protección social, se encuentran en serio riesgo, tal y como detallaremos a continuación. En primer lugar, a través del Decreto de Necesidad y Urgencia 70/2023, el gobierno desreguló completamente el precio de las
aseguradoras de salud, denominadas prepagas, que es un sistema mediante el cual miles de personas con discapacidad acceden a la salud. Como consecuencia, su costo se incrementó más de un 100% en el primer trimestre, y se esperan aún mayores aumentos. Así, miles de personas con y sin discapacidad no podrán seguir enfrentando el pago de las cuotas, debiendo interrumpir tratamientos, terapias, profesionales, y debiendo pasar al sistema de obras sociales o al sistema público de salud, que ya se encuentra colapsado”. También dicho informe detalla que “a este escenario se suma el fuerte incremento en los precios de los medicamentos, muy por encima de la inflación promedio, y la interrupción del programa de Asistencia Directa por Situaciones Especiales, que otorgaba subsidios
para la adquisición de medicamentos o insumos médicos por razones de salud a personas que se
encuentran en situación de vulnerabilidad social y sanitaria, que no poseen cobertura médica”.
Asimismo, el informe aquí citado explica que “como hecho de suma gravedad mencionamos el
reciente despido de 170 personas trabajadoras de esta dependencia (en Buenos Aires en su mayoría y en el interior del país), 16 de ellas con discapacidad y profesionales con amplia formación en la temática. Además los funcionarios de gobierno recientemente nombrados en la Agencia Nacional de Discapacidad (ANDis), la autoridad de aplicación en la materia, no sólo no son personas con discapacidad, lo que de por sí vulnera la histórica demanda del colectivo que esos cargos de toma de decisiones en discapacidad sean ocupados por personas con discapacidad formadas en la gestión pública, en el marco del derecho a la participación política y el protagonismo efectivo de las personas con discapacidad en la toma de decisiones en materia de política pública, sostenido en la consigna/estándar de derechos humanos: “nada de nosotros/as sin nosotros/as”; sino que además no tienen ningún vínculo reconocido con la discapacidad ni trayectoria pública en la materia”.

El contexto actual de profunda crisis social amerita más que nunca la total cobertura de todos los tratamientos, prestaciones y medicamentos necesarios (muchos de los cuales se encuentran
congelados y demorados); el pago en término de las prestaciones; la recomposición salarial de
trabajadores del sector y un aumento urgente de pensiones y asignaciones por discapacidad tiene que formar parte de la agenda de los trabajadores y las organizaciones sindicales. Hoy es uno de los ajustes más brutales, por eso no hay que dejarlo pasar. Profundizar las movilizaciones y medidas de lucha es el camino, en apoyo a esa pelea ponemos a disposición el presente proyecto de emergencia.

Entre otras medidas, este proyecto pone sobre la mesa también la emergencia habitacional y la
histórica demanda del cupo laboral, ya que comprendemos que la comunidad organizada alrededor de la discapacidad plantea sus demandas de manera transversal dando cuenta que no sólo exige la cobertura completa de sus tratamientos sino su inclusión integral a la vida en sociedad, no bajo el paradigma de rehabilitación, encierro o el abordaje médico hegemónico, sino con una perspectiva integral de las vidas en sociedad.

Por las razones expuestas y las que ampliaremos en ocasión de su tratamiento solicitamos la
aprobación del presente proyecto de ley.

Nicolás del Caño
Myriam Bregman
Christian Castillo
Alejandro Vilca
Romina del Pla

PROYECTO DE LEY REGIMEN DE JUBILACION UNIVERSAL – 1580-D-2024

24/06/2024

La Cámara de Diputados y Senado de la Nación reunidos en el congreso Nacional
sancionan con fuerza de ley:

REGIMEN DE JUBILACION UNIVERSAL

ARTÍCULO 1° — Incorpórese a todos los hombres de 65 años o más y a todas las
mujeres de 60 años o más al sistema integrado previsional argentino (SIPA) en calidad
de jubilados con derecho a pensión independientemente de los aportes realizados a lo
largo de su vida laboral.
ARTÍCULO 2° — Se fija el haber mínimo en un valor equivalente a la canasta básica
para los adultos mayores, estimada por la Defensoría de la Tercera Edad de la Ciudad de
Buenos Aires, el que se actualizará mensualmente, según la variación operada de acuerdo
a los índices de salarios que publica el Indec, o el RIPTE (Ministerio de Trabajo), el más
favorable para los jubilados.
ARTÍCULO 3° — Las personas que se encuentren percibiendo la Pensión Universal para
el Adulto Mayor (PUAM) al momento de promulgarse la presente ley serán integradas al
régimen general que se desprende de los artículos 1° y 2°. Capítulo II Financiación
ARTÍCULO 4°— Restitución de aportes. Los aportes patronales a la jubilación
ascenderán al 23% del salario neto, rectificando la modificación de la ley 24.241 y
retomando el valor necesario en el artículo 14 de dicha norma.
ARTÍCULO 5°— Registración laboral. Todo trabajador o trabajadora cuya relación
laboral, sea esta del ámbito público o privado, no estuviere registrada o lo estuviere
deficientemente, está habilitado para denunciar esta situación al Ministerio de Trabajo
mediante una simple nota escrita, telegrama obrero (ley 23.789) o carta documento y a
intimar fehacientemente a su empleador para que en forma inmediata regularice dicha
relación inscribiéndola como un contrato de trabajo en relación de dependencia. Se
entiende por relación laboral deficientemente registrada aquella en la que el empleador
declare una fecha de ingreso posterior a la real, una remuneración menor a la percibida
por el trabajador, una jornada de trabajo inferior a la real y toda aquella relación
encubierta con contratos denominados como locación de servicios, de obra, de
representación, de pasantía o con cualquier otra denominación que fraudulentamente
pretenda ocultar una relación laboral dependiente.
ARTÍCULO 6°— Estabilidad laboral. El trabajador que hubiere realizado la denuncia
y/o intimación previstas en el Art. 5º de esta ley gozará desde el momento de la realización
de las mismas, de estabilidad en su puesto de trabajo durante un período de 48 (cuarenta
y ocho) meses. En el mismo período no podrán modificarse sus condiciones de trabajo.
ARTÍCULO 7° — Multas y penalidades. La regularización de la relación laboral a partir
de la denuncia y/o intimación previstas en el Art. 5º de esta ley, no releva al empleador
infractor de las deudas contraídas con los trabajadores y con el sistema de la seguridad
social. La reglamentación de la ley deberá establecer las multas y penalidades a los
empleadores que hayan incumplido con la correcta registración laboral de los empleados.
La recaudación de dichas penalidades se destinará completamente al financiamiento del
SIPA.
ARTÍCULO 8°— Aplicar un “Impuesto a las Ganancias Bancarias” aplicable a los
beneficios de las entidades financieras y bancarias del sector privado. Este impuesto
surgirá de aplicar una tasa del 20 % del resultado neto del ejercicio cerrado por dichas
entidades en los últimos 12 meses, hasta el 31 de marzo de 2021 inclusive.
ARTÍCULO 9° — Establécese un “Impuesto a las Altas Rentas” aplicable a los
beneficios empresariales y rentas de capital que superasen los $230.000.000 (PESOS
DOSCIENTOS TREINTA MILLONES) Serán sujetos del impuesto todas aquellas
personas humanas, jurídicas, fideicomisos, fondos comunes de inversión, sociedades y
empresas privadas o mixtas que operan en el territorio nacional, sean de origen nacional
o extranjero, independientemente de su actividad económica, incluyendo las empresas
privatizadas de servicios públicos, de extracción y distribución de minerales metalíferos
o petroleros, las empresas agropecuarias, industriales, de la construcción y de servicios.
ARTÍCULO 10° — Se derogan todas las disposiciones en las normas legales en vigencia
que contradigan el contenido de la presente ley.
ARTÍCULO 11° — La presente ley comenzará a regir, a partir del día siguiente de su
publicación en el Boletín Oficial.
ARTÍCULO 12° — Comuníquese al Poder Ejecutivo Nacional.

Romina Del Plá
Nicolás del Caño
Myriam Bregman
Alejandro Vilca
Christian Castillo

FUNDAMENTOS

Sr. Presidente:
Reproducimos a continuación los fundamentos de este proyecto presentado por primera
vez en julio de 2022. Entendemos que la realidad de los jubilados no ha hecho más que
agravarse a lo largo de este periodo y, para peor, el gobierno de Javier Milei pretende
anular las moratorias dejando sin ningún tipo de prestación a millones de jubilados y
jubiladas. Este proyecto tiene entonces más vigencia que nunca e invitamos a las y los
diputados a acompañarlo con su firma.
La situación de los adultos mayores en nuestro país es cada vez más dramática. El estado
es responsable del padecimiento de millones de trabajadores y trabajadoras inactivos,
ya sea por acción u omisión. Las razones del deterioro de las condiciones de vida de este
sector son variadas, pero es indudable que el enorme crecimiento del trabajo informal,
precario o tercerizado influye de manera significativa, ya que desfinancia al sistema
previsional a partir de la evasión fiscal de miles de empleadores. El monotributo es la
forma que ha adoptado el fraude laboral para millones de trabajadores que trabajan en
relación de dependencia, pero sus empleadores no aportan como tales. La volatilidad en
los índices de empleo, deriva en que frente a cada crisis económica se expulsa de sus
puestos de trabajo a centenares de miles de trabajadores, que obviamente no estarán en
condiciones de aportar a la seguridad social hasta volver a conseguir empleo. Es
evidente que un mercado laboral atravesado por estos fenómenos redunda en
jubilaciones de miseria y la necesidad de moratorias que hacen las veces de parches para
adultos mayores que llegan a la edad de jubilarse sin los aportes necesarios para
retirarse. Estamos en presencia de un combo explosivo: 1 de cada 10 mujeres y 3 de cada
10 hombres en edad de jubilarse cubren los requisitos necesarios de acuerdo a la
normativa vigente hasta ahora. Las diversas moratorias que se han sancionado en los
últimos años representan más del 65% del total de las jubilaciones liquidadas en la
actualidad. Someter a trabajadores en edad jubilatoria a que se paguen sus propios
aportes es hacerlos cargo de la deficiente registración que han tenido a lo largo de su
vida laboral. Implica indirectamente volcar sobre las espaldas de la clase obrera la
compensación de aquello que han evadido los capitalistas a partir del trabajo no
registrado, algo inadmisible. Es que la jubilación es entendida como un salario diferido
ya que durante toda nuestra vida laboral nos han descontado un porcentaje de nuestro
salario bruto para cuando ya estemos inactivos y en el caso de los trabajadores no
registrados ese descuento estuvo encubierto detrás de los menores salarios percibidos.
Por eso este proyecto de ley le reconoce a todos y todas quienes hayan cumplido la edad
de jubilarse (60 años para las mujeres y 65 para los hombres, en medio de ataques
patronales que quieren extender la vida laboral como un ahorro al estado a costa de la
vida del trabajador) la garantía de poder hacerlo y de percibir desde el primer día una
jubilación mínima que le permita afrontar su costo de vida. La actualidad de quienes hoy
se encuentran jubilados o en edad de jubilarse es muy distinta. La jubilación mínima es
cerca de un tercio del valor de la canasta de la tercera edad y la Prestación Universal
para el Adulto Mayor es el ochenta por ciento de una jubilación mínima que, para peor,
no contempla el derecho a pensión. Por eso el artículo 3 de este proyecto contempla la
incorporación de todas las personas que perciben la PUAM a ser jubilados plenos. El
proyecto no es una mera declaración de deseos. Al contrario, incorpora todo un capítulo
dedicado a su financiamiento, demostrando la viabilidad del mismo en caso que se
priorice el bienestar de los adultos mayores. En este sentido es que se restituyen los
aportes patronales que fueron reducidos por el ex ministro Domingo Cavallo y que
ninguno de los gobiernos que lo sucedieron estuvieron dispuestos a restituir, al mismo
tiempo que se incorpora un impuesto extraordinario a los bancos y las grandes
sociedades que hayan obtenido beneficios superiores a un monto que solo las grandes
empresas superan en nuestro país. La sostenibilidad de la medida está asociada a un
plan de blanqueo laboral para todos los trabajadores que hoy se encuentran bajo un
régimen de fraude laboral o sometidos a la precarización en cualquiera de sus formas.
La pelea contra la precarización y contra el trabajo no registrado es el puntapié inicial
para fortalecer los recursos del ANSES que no les pertenecen a los gobiernos de turno,
sino a las y los trabajadores que son quienes terminan financiando al Estado y no al
revés. Por todo lo expuesto, solicito a las y los diputados acompañen este proyecto de
ley.

Proyecto para la creación de un Centro Integral para el tratamiento del consumo problemático en el barrio Las Antenas.

18/05/2023

Quien suscribe, presidente del bloque Partido Obrero – Frente de Izquierda y de los Trabajadores Unidad, concejal Romero Juan, se dirige al Cuerpo del Honorable Concejo Deliberante para solicitar la aprobación del siguiente:

PROYECTO DE ORDENANZA

VISTO:

           La necesidad de proteger y promover la salud de la población y contribuir con la lucha de los/as vecinos del Barrio Las Antenas de Lomas del Mirador contra el avance del narcotráfico.

CONSIDERANDO:

          Que los niveles de violencia han aumentado en el Barrio Las Antenas de Lomas del Mirador como correlato del avance del narcotráfico en la zona.

           Que el avance del narcotráfico representa un flagelo para los vecinos/as, jóvenes y niñeces de Las Antenas.

           Que con el avance del narcotráfico el consumo problemático se agudiza en los sectores más vulnerables de la comunidad.

           Que es una obligación del Ejecutivo Local garantizar la salud de los/as vecinos/as, juventudes y niñeces de La Matanza y promover hábitos saludables de vida.

          Que hay una carencia de instituciones estatales que aborden el consumo problemático y las adicciones en el Barrio Las Antenas.

      Que es necesario que desde las autoridades municipales se disponga la creación de un espacio físico que facilite el acceso a la orientación, contención, atención y acompañamiento de personas que se encuentran en situación de exclusión social y consumo problemático de sustancias, así como también para sus familiares.

POR CUANTO:

El Honorable Concejo Deliberante, en ejercicio de las atribuciones que le confiere la Constitución de la Provincia de Buenos Aires y la Ley Orgánica de las Municipalidades Nº6769/58, sanciona el siguiente:

PROYECTO DE ORDENANZA

Artículo 1º: Créase un Centro Integral para el Tratamiento de Consumos Problemáticos en el barrio Las Antenas de Lomas del Mirador, integrado por distintos profesionales y trabajadores (médicos clínicos, psiquiatras, psicólogos, enfermeros, odontólogos, trabajadores sociales, sociólogos, docentes, personal de limpieza).

Artículo 2°: El Centro debe brindar en forma gratuita orientación, asistencia y atención a personas y/o familiares; tratamiento ambulatorio, que promueva junto a otras instituciones barriales campañas de prevención contra los consumos problemáticos. A su vez se establecerán mesas de trabajo con hospitales públicos y establecimientos escolares públicos.

Artículo2º: El Centro Integral para el tratamiento de Consumos Problemáticos contará con espacio físico suficiente para poder desarrollar actividades recreativas, deportivas y de formación en oficios a cargo de docentes.

Artículo 3º: El personal del Centro Integral para el Tratamiento de Consumos Problemáticos debe ser laico, accederá a los cargos por concurso respetando la carrera profesional hospitalaria bajo la modalidad de planta permanente.

Artículo 4º: El Centro Integral debe incluir en su gestión: 2 representantes electos de la planta de trabajadores/as, 1 representante de cada organización barrial con presencia en el Barrio Las Antenas, 1 representante docente de las escuelas aledañas, 1 representante de cada organización de derechos humanos del barrio Las Antenas. Los representantes mencionados tendrán funciones de control y potestad para solicitar la revocatoria del mandato del directorio.

Artículo 5º: De forma.

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Emergencia sanitaria por la escalada en los casos de dengue

08/04/2023

PROYECTO DE LEY

 

Art. 1°- A partir de la presente se declara la emergencia sanitaria por la escalada en los casos de dengue.

 

Art. 2°- El poder ejecutivo del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires destinará una partida presupuestaria especial en el marco de esta Emergencia Sanitaria para garantizar lo siguiente:

 

  • Campaña de entrega de elementos de higiene como escobas, baldes, trapos de piso, secadores, cepillos, alcohol en gel, repelente, lavandina, espirales y todos los elementos de higiene necesarios para combatir los focos de proliferación de mosquitos.

 

  • Campaña de entrega de elementos de protección personal como barbijos, guantes y todo elemento necesario para evitar el contagio de enfermedades circulantes.

 

  • Campaña de desratización, descacharrización, fumigación y desinfección.

 

  • Remoción de todos los escombros y basurales que existan en los barrios.

 

  • Control del estancamiento de agua en las obras en construcción que permitan la reproducción de mosquitos.

 

  • Cuadrillas especiales de limpieza.

 

Art. 3°- Todas las medidas mencionadas en el punto anterior se garantizarán tanto en domicilios particulares como en los espacios comunes de los barrios.

 

Art. 4°- Se formarán comités de seguridad e higiene en los barrios consolidados por las organizaciones sociales, delegados y referentes para controlar la entrega y la ejecución de las medidas contempladas en la presente ley.

 

Art. 5°- Se implementarán suministros sanitarios y partidas presupuestarias especiales para todos los Cesac de los barrios afectados.

 

Art. 6°- El Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires llevará adelante todas estas medidas a los 5 días de aprobada la presente ley.

 

Art. 7°- Comuníquese, etc.

 

 

FUNDAMENTOS

 

Al 4 de Abril, el Ministerio de Salud informó que se detectaron más de 16.000 casos de dengue, con 14 víctimas fatales. El impacto de la infección está agravándose. A la par, se registraron más de 500 casos de chikungunya en cinco provincias.

 

Las regiones afectadas son la provincia de Buenos Aires, CABA, Catamarca, Chaco, Corrientes, Córdoba, Entre Ríos, Formosa, Jujuy, Salta, Santa Fe, Santiago del Estero y Tucumán. La mayoría de los casos son autóctonos, no fueron importados desde el exterior.

 

Tomás Orduna, exjefe del servicio de Patologías Regionales y Medicina Tropical del Muñiz, advirtió que “estamos en la etapa rampante”. En CABA ya existe circulación comunitaria. Y en la provincia de Buenos Aires, los casos de dengue crecieron cuatro veces con respecto al año anterior.

 

Los gobiernos, tanto del Frente de Todos como de Juntos por el Cambio, son responsables de esta situación. El descacharreo de las ciudades y los barrios (algo clave para combatir la proliferación del dengue) el cual consiste en eliminar cualquier elemento que pueda convertirse en un potencial criadero, no se ha realizado. Mientras tanto, el ajuste contra la salud pública se viene profundizando, mediante la licuación de su presupuesto a través de la inflación y el recorte del gasto público.

 

El dengue afecta con fuerza a los trabajadores que habitan los barrios más precarios. La falta de acceso a servicios básicos como el agua potable obliga a que muchas personas acumulen agua en recipientes, lo que es el caldo de cultivo para el desarrollo del dengue. A esto se le suma la falta de recolección de residuos, que provoca la acumulación de recipientes en desuso, y también el agravamiento de la situación de los basurales.

 

El cuadro es dramático ya que muchos vecinos no cuentan con recursos suficientes como para adquirir repelentes, o tienen dificultades para acceder al sistema de salud.

 

El presupuesto de salud debe ser duplicado y estar bajo control de los trabajadores, el Estado tiene que entregar repelentes y briquetas de larvicidas de forma gratuita a la población, garantizar la provisión de agua potable en todos los barrios, avanzar en el descacharreo total de las ciudades y barriadas, e implementar un plan de saneamiento ambiental.

Informes referidos a la Obra Social de Buenos Aires (ObSBA)

27/06/2022

Expediente 1775-D-2022

Artículo 1°.- El Poder Ejecutivo informará en formato papel y digital, a través de los organismos correspondientes, dentro de los 30 (treinta) días de recibida la presente, sobre los siguientes puntos referidos a la Obra Social de Buenos Aires (ObSBA)

a) Informe cuál es el alcance de la cobertura a los afiliados en todas las provincias del país y en la CABA.

b) Informe cuáles son las prestaciones y prácticas que realiza el hospital Méndez. Informe cantidad de personal médico, de enfermería, técnico, de traslados, administrativo, y de limpieza, que prestan servicio de guardia. Desagregado por turnos laborales y especialidades.  Adjunte documentación respaldatoria.

c) Detalle las especialidades médicas atendidas en la guardia del hospital Méndez. Informe cantidad de personal médico, de enfermería, técnico, de traslados, administrativo, y de limpieza, que prestan servicio de guardia. Desagregado por turnos laborales y especialidades.

d) Informe cuántas turnos, atenciones médicas y prácticas, fueron satisfechas en el hospital Méndez y prestadores autorizados, durante el período 2020, 2021 y los meses del corriente año al momento del tratamiento del presente proyecto.

e) Informe lxs prestadores médicos (durante los años 2020-2021-2022) en cada provincia y en CABA, desagregado por especialidad, detallando servicios por localidades y ciudades. Adjunte documentación respaldatoria.

f) Informe cuál es el mecanismo y/o procedimiento para lxs afiliadxs que requieren atención de alta complejidad o patologías crónicas, tanto para CABA como para las provincias incluyendo provincias de Bs As.

g) Informe acerca de la cobertura de medicamentos e instrumentos quirurgicos en relación a porcentajes de descuentos, suministro de medicamentos gratuitos, casos en los que se cobra o no los intrumentos quirúrgicos que requiera una práctica.

h) Informe el procedimiento del sistema de reintegro (durante los años 2020-2021-2022) detallando el tiempo en el que se sustancia la acreditación de los mismos.

i) Informe cuál es la modalidad en la que satisface la demanda por atención a domicilio. En caso de contar con empresas tercerizadas, adjuntar contratos, pliegos, y documentación que haga constar los fondos presupuestarios destinados a tal fin.

j) Informe las modalidades y metodologías de atención a la demanda de test por covid. En el caso del hospital Méndez detalle la conformación del equipo de salud de atención y testeo. Indique cantidad de testeos realizados durante el año 2020.2021 y y los meses del corriente año al momento del tratamiento del presente proyecto.  Adjunte documentación respaldatoria.

k) Informe de manera fehaciente la cantidad de afiliadxs a la obra social. Desagregado por sector de trabajo. Adjunte documentación respaldatoria.

l) Informe el gasto destinado a cada socix de la obra social. Adjunte documentación respaldatoria.

m) Informe los motivos por los cuales diferentes prestadores cobran co- seguro.

ñ) Informe la situación por la cual cierra o rescinde contratos con los espacios recreativos, predios, hoteles,  con los que cuenta la obra social.

o) Presente detalle de fondos destinados a tal fin y pliegos de contrataciones.

p) Informe si el cierre es transitorio o definitivo. En el primer caso detalle la fecha estipulada para lña reapertura de los mismos. En el último explique motivos y adjunte documentación respaldatoria.

q) Informe cantidad de trabajadorxs que desempeñan labores en los espacios recreativos y/o turísticos, y en el área vinculada a estos temas dentro de la propia obra social, de los que prescindirá la obra social.

r) Explique cuál es la modalidad de contratación y el destino de lxs trabajadorxs de los predios y/o centros recreativos afectados.

s) Explique si el Gobierno de la CABA planea el cierre. En todo caso explique la respuesta y adjunte documentación respaldatoria. En caso afirmativo explicite cómo se reemplazaría y el destino de lxs trabajadorxs de la obra social. Adjunte documentación respaldatoria

t) Informe si tienen conocimiento de la intención por párte de las empresas a un llamado de concurso de acreedores.

u) Adjunte la documentación correspondinte que explicite y detalle los item en los que se contrajo deuda y los motivos de no pagarlas.

v) Informe los detalles de las últimas tres auditorías realizadas. En todos los casos adjunte documentación respaldatoria.

Fundamentos:

Sr Presidente, la atención a la salud de lxs trabajadorxs docentxs y municipalxs de CABA está en grave riesgo.

El presente proyecto está motivado por las innumerables denuncias de incumpliminento por parte de afiliadxs a la Obra Social de Buenos Aires cuya razón de ser es la de prestar cobertura de salud y social a trabajadorxs municipales y docentxs de CABA, y sus familias.  Sin embargo el objeto de dicha entidad no se condice con las prestaciones requeridas por sus afiladxs quienes deben realizar peregrinajes penosos con las consecuencias físicas y psicológicas que esto puede acarrear para quienes padecen una enfermedad, atienden a un fliar enfermx, o ante el impedimento al derecho elemental de una práctica de la salud preventiva. 

Algunos casos obtuvieron respuestas luego de denuncias en medios masivos de comunicación.  Pacientes de gravedad han tenido que hacer públicas sus situaciones y la desatención por parte de la obra social, como fue el caso reciente de una compañera sobreviviente de la última dictadura militar, quien requiere de tratamientos de por vida a causa de los daños causados por la picana eléctrica, y la ObsBA no le daba la cobertura. https://www.pagina12.com.ar/422742-una-denuncia-mediatica-y-una-solucion-la-lucha-de-una-sobrev

Pero las denuncias no se limitan a los recortes en prestadores y prácticas médicas, sino también que en múltiples casos se ha cobrado un co-seguro para otorgar la atención médica demandada por lxs afiliadxs.

Este estado de situación signada por la debacle de la obra social se extiende al sanatorio Dr. Julio Méndez en el que obtener un turno se ha convertido prácticamente en un privilegio.  Mientras el sanatorio en términos edilicios también afecta el desenvolvimiento de una adecuada atención médica: falta de equipamiento y consultorios reducidos espacialmente con lo cual, aun contando con el equipamiento necesario, no habría espacio donde instalarlo.  Todo esto con sectores del hospital en el que rige el decaimiento edilicio.

Esto con el agravante de la pandemia bajo la cual la definición general fue atender por videollamada poniendo diferentes trabas para realizar los hisopados.  Al día de la fecha esto no se ha modificado.

El problema de los turnos sin duda amerita un punto de preocupación ya que no sólo esto se constituye como un bloqueo al acceso a la salud sino que en diversos casos llega a implicar la discontinuidad de tratamientos que deben prolongarse en el tiempo.

Pero el largo proceso de sangría de la obra social en los últimos días ha afectado a los espacios recreativos y hoteles turísticos, los cuales han sido cerrados, pesa sobre ellos la amenaza de cierre y/o la recisión contractual, la cual ha sido definida de manera unilateral por el presidente de la obra social Juan Carlos Cela despidiendo trabajadores y planeando otra serie de despidos.  Es decir que las prestaciones sociales, también vinculadas a la salud de lxs trabajadorxs ya que el tiempo libre y la recreación aspectos fundamentales para la salud de las personas, han sido malversadas.

La ObsBA  desde su creación está dirigida por Amadeo Genta o por sus personeros, en la actualidad preside la entidad alguien cercano, Genta también dirige hace 40 años el sindicato de municipales de CABA, el Sutecba.

La suma financiera que maneja y recauda la obra social -según datos recogidos por los medios ya que no hay una rendición de cuentas ni se dan a conocer los resultados de las auditorías en el caso en que se hubiesen realizado- que presta servicio a alrededor de 144 mil docentes y más de 135 mil trabajadores municipales de diferentes estamentos y ministerios del gobierno de CABA, es cuantiosa, incluso el aporte a la caja de la obra social es uno de los más elevados en relación a otras obras sociales.

En tanto el vaciamiento del hospital y de la obra social en sí misma viene siendo denunciado desde la creación de esta última, hace casi 22 años atrás, a través de la ley 472 el entonces Imos (Instituto Municipal de la Obra Social) deviene en la ObSBA. Es decir que nace del vaciamiento irremediable, por su magnitud, de su predecesora. Bajo el control de una comisión de seguimiento integrada por el gobierno de Ibarra y Genta se suponía una normalización perentoria, un saneamiento financiero y de prestadores. Sin embargo a poco más de dos décadas la situación se ha agravado refractando negativamente en la atención de salud de más de 275 mil trabajadores de CABA y sus familias, y la caja de la obra social continúa siendo compartida, cuando no tironeada, entre los que nos gobiernan hace por lo menos dos décadas

No es noticia que el manejo de las cajas de las obras sociales son la codicia y parte de disputas y negociados entre gobiernos de turno, camarillas de políticos y de conducciones sindicales burocráticas y privados, siempre a costa de sus afiliadxs.

En el caso de ObSBA se trata del toma y daca de los distintos gobiernos desde el 2000, es decir, desde su propia creación. En el año 2007 Mauricio Macri como Jefe de Gobierno interviene y judicializa la Obra Social, poniendo sus funcionarios y sin inversión ni demostración de ello.

Ya saqueada en el 2015, con la asunción de Horacio Rodríguez Larreta como Jefe de Gobierno es nombrado quien fuera su chófer: Wálter Correa. Sobre esta dirección recaen denuncias de malversación y desvío de fondos, una supuesta deuda de más de 4.000 millones, contrataciones fantasmas y otros negociados de sobreprecios. El desfinanciamiento continúa hasta estos días.

El régimen de conjunto está involucrado en el (des)manejo de ObSBA.

Hace dos décadas que las denuncias de trabajadores se multiplican en torno al recorte de prestadores, prácticas, y estado edilicio del sanatorio Julio Méndez, sin embargo ObSBA continúa siendo una prenda de negociación alejada de los intereses y necesidades de salud y sociales de lxs trabajadores afiliadxs.

Por otro lado, el conocido desfinanciamiento y malversación han sido hasta ahora la regla del control de la obra social más importante de la CABA.  Es urgente que esto se revierta para que lxs trabajadorxs y sus familias puedan tener la garantía de una atención de la salud adecuada a los requerimientos generales y particulares de lxs afiladxs.

Exigmos la inmediata rendición de cuentas por parte del Ejecutivo, del directorio de la ObsBA, y la apertura de los libros y la clarificación de los destinos presupuestarios con los que cuenta la obra social.

Por lo expuesto, solicito se acompañe el presente proyecto.

Exigencia al Poder Ejecutivo y al Ministro de Salud Fernán Quirós la continuidad laboral de los 65 trabajadores de enfermería cesantes del Hospital Durand contratados bajo la pandemia y su pase a planta permanente

15/06/2022

Expediente 1684-D-2022

Proyecto de Resolución

Artículo 1.- La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires exige al Poder Ejecutivo y al Ministro de Salud Fernán Quirós la continuidad laboral de los 65 trabajadores de enfermería cesantes del Hospital Durand contratados bajo la pandemia y su pase a planta permanente.

Art. 2.- Comuníquese.  

Fundamentos

En los últimos días se conocieron los despidos de 65 enfermeras/os del Hospital Durand que habían sido contratados bajo la pandemia. Su forma de precaria de contratación se renovaba mes a mes y ahora a mediados del mes de junio se les informa su cesantía sin ningún preaviso.

En todos los casos se trata de trabajadores de más de un año de antigüedad cumpliendo tareas normales y habituales del hospital que no tienen que ver solo con la emergencia decretada por la pandemia. Esto ocurre por el déficit de puestos de trabajo que significa un enorme recargo para el resto del personal de enfermería y una peor atención de sus pacientes.

Por lo tanto, por la antigüedad de más de un año en el cargo, por ser que cumplen tareas habituales del hospital y por el déficit no cubierto de cargos en el mismo es que corresponde la continuidad de esos puestos de trabajo y su pase a planta permanente sin más trámite. Los despidos no solo están ocurriendo en el Durand, sino también en el Santa Lucía, el Fernández y otros hospitales, lo que revela una política de ajuste que apunta a descargar la crisis de la Ciudad y del país en los trabajadores.

De más está decir que es repudiable que el Ministerio de Salud despida de este modo a los trabajadores que le pusieron el cuerpo a la pandemia que asoló a nuestro país y por el cual muchos dieron su salud e incluso su vida en vez de darles una continuidad y plenos derechos laborales que es lo que el sistema de salud pública de la Ciudad necesita.

Como denuncian los trabajadores, los convocaron como esenciales y ahora los tratan como descartables. Con el presente proyecto apoyamos el reclamo de estos trabajadores y su lucha por todos los derechos laborales y por la defensa de la salud pública.

Pedido de información sobre la atención que el Estado Nacional brinda en respuesta al tratamiento y prevención del VIH, las hepatitis virales, la TBC y las ITS.

10/06/2022

Expediente 2869-D-2022

Proyecto de resolución

 La H. Cámara de Diputados de la Nación Argentina, etc.,

  RESUELVE

Dirigirse al Poder Ejecutivo Nacional para que a través del Ministerio de Salud de la Nación, de la Agencia Nacional de Laboratorios Públicos (ANLAP) como organismo descentralizado, el Programa Nacional de Producción Pública de Medicamentos y todo otro organismo que resulte competente, se sirva informar sobre los siguientes puntos presentes en el proyecto de Ley Nacional de Respuesta Integral al VIH, Hepatitis virales, Otras Infecciones de Transmisión Sexual -ITS- y Tuberculosis -TBC-, que cuenta con media sanción en la Cámara de Diputados de la Nación.

1.- Sobre prevención y profilaxis: Disponibilidad y accesibilidad de insumos, materiales preventivos y medicamentos para la prevención y tratamiento del VIH, hepatitis virales, otras ITS y TBC. Se solicita detalle sobre cantidad de centros de atención primaria de la salud, servicios en los hospitales generales, espacios inclusivos y demás recursos que se encuentren funcionando en todo el país y que cuenten con personal competente para un abordaje adecuado.

Se solicita precisar sobre mecanismos de distribución de insumos para el diagnóstico y seguimiento de la infección por VIH y otras ITS, en cada jurisdicción en el último año y su distribución efectiva. Asimismo, se pide información sobre cantidad de PEP (profilaxis post exposición) que se distribuye, detallando cantidad por provincia y disponibilidad existente en efectores públicos a la fecha.

2.- Considerando que durante el bienio 2019-2020, el 30% de las personas notificadas con VIH recibieron un diagnóstico tardío, se solicita que se informe sobre campañas de concientización y prevención del VIH e ITS llevadas adelante en los últimos años detallando medios, mecanismos, contenido e impacto y alcance de las mismas.

Se solicita se informe si desde el Ministerio de Salud de la Nación y desde la Dirección de Respuesta al VIH, ITS, Hepatitis Virales y TB se están implementando planes de capacitación dirigidas a profesionales. En caso afirmativo, solicitamos detalle sobre lugares de capacitación, jurisdicciones, cantidad de participantes y toda otra información que considere relevante.

3- Acceso, cobertura y seguimiento de los análisis de cargas virales y de tratamiento Antirretroviral. Solicitamos que ratifique o rectifique el faltante de antirretrovirales y se informe la disponibilidad con la que cuenta el Ministerio de Salud de la Nación.

4-Por último, en relación a la investigación y el desarrollo de tecnologías locales para la producción pública nacional de medicamentos e insumos que garanticen la sustentabilidad y efectividad del proyecto sancionado por esta Cámara, solicitamos que se informe sobre el desarrollo de actividades de investigación existentes y sus proyecciones, acuerdos de cooperación, etc coordinadas con otros organismos públicos que tengan como objeto la producción pública nacional de medicamentos. Se solicita especificar sobre los medicamentos e insumos de laboratorio que el Estado Nacional este en condiciones de fabricar o proyecte hacerlo.  

FUNDAMENTOS

Sr. Presidente:

Traemos a consideración de este cuerpo un proyecto de resolución cuyo objetivo es solicitar ampliar información sobre la atención que el Estado Nacional brinda en respuesta al tratamiento y prevención del VIH, las hepatitis virales, la TBC y las ITS.

Según la el Ministerio de Salud de la Nación, en Argentina hay 140 mil personas que viven con VIH y un 17% no conoce su diagnóstico. Del total de personas que conocen su diagnóstico, el 29,9% se diagnosticaron en un estadio avanzado de la infección y 65 mil personas reciben tratamiento antirretroviral en el sistema público.

Aun conociéndose estas cifras alarmantes, y luego de 8 años de cajoneo permanentes, el día 06/05/222 esta cámara aprobó con media sanción la denominada Ley Integral de respuesta al VIH, Hepatitis Virales y Tuberculosis. En este sentido, si bien aún falta su tratamiento en el Senado de la Nación, queremos contar con la información aquí solicitada para bregar por la aprobación definitiva y su implementación urgente.

Resulta innegable que, en muchos casos, el VIH, las hepatitis virales, la TBC y las ITS se potencian con el aumento de la pobreza y la profundización del ajuste en curso golpea a quienes están más desprotegidos respecto de su situación social, económica y laboral. Nadie podría extrañarse que esté aumentando la tuberculosis si tenemos un país con casi el 50% de la población bajo la línea de pobreza. Esta situación es acompañada con una ausencia marcada de campañas masivas de prevención y concientización que prácticamente han desaparecido de los medios masivos de comunicación, y no se advierten tampoco campañas masivas en espacios públicos, ni lugares de trabajo, estudios, etc.

Los datos relevados en el Boletín N° 38 – Respuesta al VIH y las ITS en la Argentina publicado por el Ministerio de Salud dan cuenta de una situación catastrófica en materia de atención y abordaje de esta problemática: un 29,9% de las personas que conoce su situación, ha sido diagnosticada en un estadio avanzado de la infección y solo existen 36 espacios inclusivos- destinados a mejorar el acceso y la calidad de atención de la población de la diversidad sexual en el sistema público de salud- en todo el territorio argentino, con cifras ridículas de 2 centros en la provincia de Santa Fe y UN (1) consultorio en las provincias de Catamarca, Corrientes, Neuquén, San Juan, San Luis y Tierra del Fuego. Esta alarmante situación se combina con otros datos preocupantes; en aquellas provincias que en el año 2019 presentaron tasas de casos de VIH más elevadas – Jujuy (39,7 por 100 mil), Formosa (22,2), Salta (21,8)-, no existen siquiera estos espacios inclusivos.  

Es innegable la ligazón del Estado con la Iglesia católica, que prohíbe las campañas del uso de preservativos y la aplicación de la Educación Sexual Integral. Seguimos reclamando la separación de la Iglesia del Estado.

Asimismo, queremos mencionar que el ajuste en curso y particularmente en el sistema de salud golpea de lleno a la población de personas convivientes con estas infecciones. Es el mismo Estado el que terceriza la respuesta en manos de ONGs y refuerza lazos con la Iglesia (principal estigmatizadora de las personas infectadas con el virus), resultando un obstáculo para el acceso a la salud integral. Sin duda, el ajuste fondomonetarista en marcha votado por el oficialismo y por Juntos por el Cambio, se traduce en menor presupuesto y más desfinanciamiento en la salud pública, impidiendo el acceso a los derechos garantizados por ley.

Como afirmamos en la sesión en que votamos positivamente por este proyecto de ley, la sanción definitiva y su aplicación cierta e inmediata, dependerá de que nos sigamos organizando junto a lxs trabajadores de la salud de manera independiente del Estado.

En tanto, seguimos acompañando al movimiento de lucha, y solicitamos la aprobación del presente proyecto de resolución.

Romina Del Plá

Nicolas Del Caño

Myriam Bregman

 Alejandro Vilca 

 

 

Prohibición del cesanteo de los equipos de profesionalxs de los Cesac de quienes fueron contratadxs durante la pandemia

10/05/2022

Expediente 1343-D-2022

Proyecto de Resolución

Art 1°- La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires prohíbe el cesanteo de los equipos de profesionalxs de los Cesac quienes fueron contratadxs durante la pandemia. Así mismo exige la renovación de los contratos y el pase a planta permanente de los mencionados equipos, y el sostenimiento de los dispositivos de testeo del Covid-19 y todos los equipos montados para hacer frente a la pandemia

Fundamentos:

El gobierno de la CABA  durante el año 2020 contrató equipos de profesionales quienes conformaron los denominados “equipos covid”. Entre dichos profesionales se encuentran kinesiólogxs, fonoaudiólogxs, trabajadorxs sociales, musicoterapeutas, entre otrxs profesionales que fueron contratados mediante contratos precarios y por migajas salariales.

El caso es que estos profesionales eran necesarios previamente al decreto de ASPO, para asistir a quienes viven en los barrios populares de la CABA y se ven impedidos de asistir a los hospitales donde además la espera por un turno en lo concerniente a este tipo de profesionales suelen ser extremadamente morosos debido a la gran demanda frente al escaso número de profesionales.

Por caso el equipo de rehabilitación del Cesac 21 de la Villa 31 del barrio de Retiro, el cual ha territorialidad o su labor desarrollando diferentes programas que atienden dolencias y patologías  diversas, han sido notificada del cesanteo el día 31 de mayo, esto provocará un *dominó” de vulneraciones de derecho, por un lado el de lxs pacientes quienes verán interrumpidos sus tratamientos sin que se les brinde una solución a través de derivaciones lo cual también trastoca a quienes se ven impedidxs en su movilidad, por otro el ataque al derecho laboral de los profesionales mencionados.

Esto se replica en las barriadas donde estos equipos son de alta valoración por parte de lxs vecinxs que recurren en diferentes situaciones a los Cesac.

El recorte presupuestario en salud de la mano de de la decisión política de ajustar en las áreas vinculadas de manera directa con la población demuestran que la eliminación del Covid del presupuesto enmarca este tipo de definición contraria a las necesidades de la población. En horas en que los casos vuelven a aumentar, Larrera y Quirós despiden profesionales de la salud.

Desde el bloque del Partido Obrero en el Frente de Izquierda Unidad planteamos la inviabilidad de estos despidos desde todo punto de vista, en defensa de la salud de la población y de los cargos de los profesionales de la salud solicitamos se acompañe el presente proyecto

Adhesión a la Marcha Mundial por la Marihuana

06/05/2022

DECLARA:

Artículo 1°.- ADHESIÓN a la Marcha Mundial por la Marihuana que tendrá lugar en Córdoba, el próximo 7 de Mayo del corriente año. La acción es convocada por diferentes organizaciones cannabicas de la ciudad bajo las consignas:
Adhesión Municipal a la ley de Cannabis medicinal
Derogación de la ley de drogas 23.737
Despenalización del consumo
Ley Integral de Cannabis

Artículo 2°.- RECLAMAR la legalización del Cannabis en todas sus formas, con una regulación acorde de la producción y circulación para todos sus usos, paso imprescindible para empezar a quebrar el poder narco policial que oprime las barriadas y hacer realmente accesible su potencial terapéutico. Como así también poner fin a la criminalización del consumo y cultivo de cannabis.

Artículo 3°.- de forma.

Jornada laboral de 6 horas para enfermería

05/05/2022

Visto el expediente Nº 7069-B-2022 esta comisión de Salud Pública, Asistencia Social y Medio Ambiente recomienda la aprobación del siguiente:

PROYECTO DE ORDENANZA

VISTO

La necesidad de mejorar aún más la calidad de atención de los usuarios de la salud de Coronel Pringles

CONSIDERANDO

  • Que la disciplina sanitaria requiere especificidades en relación a su labor, los cuales se encuentran detallados en la LEY PROVINCIAL 12.245, que reglamenta el ejercicio de la enfermería.
  • Que las jornadas laborales de 6 (seis) horas en el ámbito de la salud han demostrado la reducción sistemática y sostenida del error profesional; uno de las principales causas de muerte en el mundo.
  • Que es indudable que los profesionales de la salud requieren perfeccionamiento y educación continua para estar a la altura de los procesos evolutivos, esto último se logra únicamente contando con tiempo libre para estudiar.
  • Que las estadísticas nacionales e internacionales que además son fácilmente comprobables y con amplia difusión, indican que las experiencias laborales en el ámbito de la salud de 6 (seis) horas plantean beneficios para los usuarios y los trabajadores.
  • Que la empatía y la productividad profesional se amplían reduciendo jornadas laborales signadas por el estrés y el cansancio físico.
  • Que además, estimamos que con jornadas laborales de menos horas se reducirían el número de licencias relacionados con el cansancio y estrés laboral.
  • Que creemos que estamos construyendo un pilar fundacional en el mejoramiento de la Salud Pública de nuestra comunidad, desde aquí al futuro.

Por ello,

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CORONEL PRINGLES, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS, SANCIONA EL SIGUIENTE PROYECTO DE

 

ORDENANZA

Artículo 1: La prestación del servicio del personal de Enfermería será de 6 (seis) horas.

Artículo 2: La reducción de la jornada laboral no implicará bajo ningún motivo una reducción salarial de ningún tipo ni reducción en el régimen laboral.

 

Artículo 3: El proceso de instauración de estas jornadas laborales en el ámbito de la salud pública, será paulatino y progresivo, en función de las posibilidades del efector sanitario.

 

Artículo 4: De forma.

 

PRESENTADO EN LA SALA DE REUNIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE A LOS 10 DÍAS DEL MES DE MAYO.-

Adhesión al proyecto de ley de VIH, Hepatitis Virales, Tuberculosis e ITS

29/03/2022

Artículo 1°: ADHIÉRESE al proyecto de ley  de VIH, Hepatitis Virales, Tuberculosis e ITS presentado en el Congreso de la Nación Argentina, para ser tratado en las sesiones del año 2022, bajo el número de trámite 0304-D-2022.

 

Artículo 2°: INDIQUESÉ a los Diputados y Senadores por la provincia de Córdoba, impulsen el pronto tratamiento y aprobación del proyecto de ley indicado en el artículo 1 de la presente resolución.

 

Artículo 3°: de forma

 

 

FUNDAMENTOS

El proyecto de ley de VIH, Hepatitis Virales, Tuberculosis e ITS fue elaborado de manera conjunta entre redes, organizaciones y autoconvocades que viven con VIH o Hepatitis nucleados en el Frente Nacional por la Salud de las Personas con VIH. Fue presentado por primera vez, después de dos años de construcción, en 2016. Su valor radica en la participación, escucha, y trabajo colaborativo con les principales afectades e involucrades en la temática,  que pocas veces se observa en el Congreso de la Nación. 

Para la anterior presentación de septiembre de 2020, el proyecto fue construido con aportes de activistas de distintas ciudades y provincias de todo el país y presentado por diputadas y diputados de diferentes bloques y partidos. Pese a contar con despacho favorable de las comisiones de salud y presupuesto y pese a haber sido incluido en el temario de sesiones extraordinarias, finalmente no fue tratado. Por este motivo, este año se realizó la cuarta presentación del proyecto buscando que sea tratado y convertido en ley.

Argentina fue uno de los primeros países de la región en contar con una Ley Nacional de sida, la Nº 23.798 del año 1990, la cual tiene como objetivo el control de la epidemia e incluye taxativamente la responsabilidad del Estado en garantizar la atención y asegurar la confidencialidad para las personas que viven con VIH. Estas mismas obligaciones son trasladadas posteriormente a la seguridad social Ley 24.445 del año 95 y a las empresas de medicina prepagas ley 24.754 del mismo año. En este marco, el Ministerio de Salud de la Nación crea también en el año 1995 el Programa Nacional de lucha contra el Sida y retrovirus del humano, transformado actualmente en la Dirección Nacional de Respuesta al VIH, las Hepatitis Virales, otras ITS y la Tuberculosis, la cual define y coordina las políticas de prevención y atención del VIH-sida y otras infecciones de transmisión sexual en el ámbito nacional.

El proyecto plantea una perspectiva de atención integral de las personas que conviven con VIH, garantizando no solo el acceso a los estudios para diagnóstico y para seguimiento (CD4; carga viral y test de resistencia) así como la medicación antirretroviral, sino que también se constituye en una garantía para quienes se ven afectades por Hepatitis Virales, Tuberculosis, y otras infecciones de transmisión sexual, siendo ellas invisibilizadas, condenando así a quienes lo transitan, sin considerar la necesidad humana de cuidados y protección en los momentos de mayor vulnerabilidad, compromiso que surge de los tratados de derechos humanos que nuestro país reconoce con rango superior a las leyes o como parte de nuestra Constitución Nacional.

Bajo esta visión integral de la atención sanitaria se contempla también el acceso al derecho a la salud mental y la construcción de políticas públicas que atiendan a distintas situaciones de vulnerabilidad que atraviesan estas poblaciones debido al estigma y la discriminación que siguen viviendo. Ejemplo claro de ello es la falta de acceso a un trabajo mediante la realización de test de VIH en los exámenes preocupacionales pese a que esta práctica se encuentra prohibida por la resolución 270/2015 del Ministerio de Trabajo de Nación. El proyecto de nueva ley de VIH, Hepatitis, TBC e ITS busca así prohibir estas prácticas así como todo tipo de discriminación en el ámbito laboral junto con garantizar el acceso a Pensiones No Contributivas para quienes, producto del estigma, no tengan garantizado el derecho a acceder a un trabajo formal. 

En este sentido, el proyecto cuenta con una perspectiva de derechos humanos y de género atendiendo a las realidades de mujeres y personas gestantes con VIH o Hepatitis atendiendo a realidades de violencia de género, violencia obstétrica y ginecológica fomentando la formación y sensibilización con esta perspectiva. A su vez, también se contempla los derechos de les niñes que nacen de este grupo de mujeres y personas gestantes.  Así se contempla la extensión de la cobertura en materia de lactancia pudiendo acceder a leche de fórmula hasta los 18 meses. No existe la posibilidad de un crecimiento saludable en las infancias, si sus principales cuidadoras no pueden garantir la lactancia en una etapa del crecimiento en la que es fundamental.

Es prioritaria también la optimización de las estrategias para mejorar el acceso de las personas tanto a los estudios de diagnóstico como a los tratamientos, y a las herramientas de prevención sin descuidar las estrategias de integración social y su derecho al desarrollo, que hacen a una mejor calidad de vida.

A más de tres décadas de los primeros reportes de casos de sida diagnosticados en la Argentina, la última estimación realizada conjuntamente por el Ministerio de Salud y ONUSida indica que en el país viven 140000 personas con VIH. Se calcula que anualmente se producen alrededor de 5600 nuevas infecciones, y 1.400 muertes a causa del sida. Además se calcula que el 17% de las personas que conviven con VIH no conocen su diagnóstico, dándose la situación de que el 29% de las personas toman conocimiento de su diagnóstico en un estadío avanzado. Si bien a nivel nacional la epidemia está amesetada desde hace dos décadas, al mirar más allá del área central del país se advierte un aumento de las tasas de diagnóstico y muchas asimetrías en el comportamiento de los indicadores epidemiológicos.  Se observa un mantenimiento de la proporción de diagnósticos tardíos en un 29,9%; un descenso de la tasa de mortalidad en 2,81 por cada 100.000 habitantes. En tanto que la tasa de transmisión vertical de los últimos 2 años presenta el inconveniente de que el 42,2% de los nacidos no fue testeado.

Estos datos estadísticos demuestran 2 situaciones al mismo tiempo: por un lado el avance que se ha realizado ante la epidemia pero también deja a la vista el accionar limitado del Estado en estos últimos años. En este sentido es que planteamos que son necesarios más recursos principalmente en los sectores educativos y de la salud pública, entre tantos otros.

La respuesta del gobierno nacional es una Dirección Nacional de Respuesta al VIH acéfala desde marzo del 2021 (cuando renunció Cecilia Santamaría) hasta el mes pasado, en el marco de denuncias por demoras en la compra y entrega de medicamentos, llevando a que peligre la salud y la vida de quienes están en tratamiento, los cuales representan un 67% de les seropositives, que se atienden en el sistema de salud público.

Todo ello se da en el marco de falta de políticas públicas para terminar con el estigma y la discriminación, al centrarse las acciones a una mirada biomédica de testeos-tratamientos no garantidos, excluyendo de plano todo lo que hace a una persona, como la educación, el trabajo, y la salud mental, algo que cuestiona y desarrolla el proyecto presentado en el congreso. Ejemplo de ello es el artículo que plantea la creación de una Comisión Nacional de Respuesta al VIH, las Hepatitis Virales, la TBC e ITS conformada por organizaciones de la sociedad civil y científica para el diseño y monitoreo de las políticas públicas atendiendo a las distintas realidades, así como generando campañas de información y sensibilización en la temática en distintos sectores sociales como es en todos los niveles educativos acompañando la ley 26.150 de Educación Sexual Integral; para los distintos poderes del Estado tomando de ejemplo la ley 27499 (ley Micaela); para les trabajadores de los medios de comunicación; para les trabajadores de la salud; entre otres.

En el problema en materia educativa podemos ver, la no-aplicación total y efectiva de la ley de Educación Sexual Integral en todos los niveles, con un presupuesto acorde a la problemática. Un sistema educativo que no garantiza que todes les estudiantes accedan a los métodos preventivos, ni a formación para evitar la discriminación que siguen viviendo les seropositives. Sabemos que esta parte de la problemática no se resuelve con discursos por arriba, y sobrecargo de tareas para les  trabajadores de la educación en las aulas. La perspectiva biologicista e higienista que impera en la actualidad como ESI, se centra meramente en tratar a los cuerpos despojados de vida, sin tomar en cuenta la necesidad de conocimiento de las infecciones de transmisión sexual, estigmatizando a la comunidad sexodisidente, de persones en situación de prostitución, usuaries de sustancias entre otres como los únicos colectivos que transmiten el virus, cuando en los hechos es claro que la transmisión puede ocurrir en cualquier persona independientemente de su orientación sexual, su identidad de género , o condición de vida . Esta visión es la que se intenta erradicar con el proyecto de ley presentado.

Por eso es que exigimos un mayor presupuesto, a costa de la quita de los grandes subsidios a la educación privada y la iglesia católica. Esto último no es un planteo abstracto, sino que tiene sus bases en el uso de dicha institución religiosa de los fondos estatales recibidos para imponer sus fundamentos morales en contra de las personas seropositivas, como lo ha demostrado desde los inicios de la pelea contra el virus. Hoy en día es esa misma Iglesia que hablaba de “peste rosa” o de “castigo de Dios a la homosexualidad”, la que se opone a través de todos sus voceros en el nombre de una supuesta defensa de la moral, al uso de preservativos; la planificación familiar; el derecho a decidir de las mujeres y persones gestantes sobre sus cuerpos con el acceso al aborto; la libre construcción de la identidad de género y sexual, como lo dejó en claro el Papa Francisco hace unos años llamando a una “cruzada contra el matrimonio igualitario” o refiriéndose a las personas trans como “bombas nucleares”.

La desidia de los diferentes gobiernos al poner en riesgo la vida de la población seropositiva no hace diferencia de signos políticos (kirchnerismo o macrismo vienen aplicando el mismo ajuste que directa o indirectamente perjudica a la respuesta al VIH y las Hepatitis). Al hablar del ámbito de la salud, no podemos dejar de nombrar la última campaña llevada a cabo por el gobierno provincial de Juan Schiaretti, cargada de estigmatización hacia el colectivo LGBTIQ+ centrandose en una perspectiva falaz de “poblaciones claves”, que fue borrada inmediatamente la comunidad alertó sobre el contenido discriminatorio.

Además de ello, los edificios de los hospitales se caen a pedazos y no tienen siquiera elementos básicos para atender a la población en general por el ajuste económico, el cual se recrudecerá, a partir del acuerdo del pago de la deuda externa con el FMI.  Todo ello enmarcado en la situación de pandemia actual, donde durante meses se vio coartada la posibilidad de atención médica, por el colapso del sistema de salud debido al Covid-19, que decantó en una incertidumbre acerca del acceso a la salud, y una lucha para quienes requerían de servicios de internación y tratamiento ambulante.

La salud debe ser contemplada de manera integral, ante ello se justifica que se adapte el sistema de salud, pero también la seguridad social. Les persones que conviven con el virus de VIH, y quienes padecen alguna de las infecciones o enfermedades en las que hace foco este proyecto de ley, suelen presentar envejecimiento prematuro producto de los tratamientos, ante ello es necesario que se adapte el sistema de jubilaciones y pensiones. Sobre todo si tenemos en cuenta que en Argentina más de la mitad de la población se encuentra por debajo de la línea de pobreza. El Estado debe responsabilizarse para garantizar los derechos que les asisten como seres humanes.

Es por esto y otras razones que así lo requieran es que solicito el acompañamiento en el siguiente proyecto de resolución.

  

Proyecto de declaración en solidaridad y apoyo a los trabajadores de salud

06/01/2022

Proyecto de declaración presentado por el Dip. Prov. Guillermo Kane (PO-FITU) en solidaridad y apoyo a los trabajadores de salud . Número de expediente: D- 4866 / 21-22

LA HONORABLE CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES

DECLARA

Su solidaridad y apoyo a los trabajadores de salud que son víctimas del vaciamiento y son expuestos a situaciones de violencia frente a una población desesperada por el acceso a la salud en el contexto de pandemia.

FUNDAMENTOS

La escalada de contagios de Covid-19, por la proliferación de la variante Ómicron, está dejando como saldo un colapso de un sistema sanitario que no da abasto. La saturación del sistema sanitario tiene su origen en el desmantelamiento de los “refuerzos” del Estado, así como en la desinversión en materia de salud, en medio del ajuste fondomonetarista aplicado por el gobierno.

A diferencia de las etapas anteriores, con un alto índice de mortalidad y ocupación de Unidades de Terapia Intensiva, ahora el sistema sanitario se encuentra al borde del colapso por la demanda exponencial de testeos y consultas debidos a la tercera ola del coronavirus.

Las situaciones más graves se registran en la provincia de Buenos Aires, Córdoba y CABA, donde se concentran más del 65% de los casos de contagios, y donde en los últimos días se han visto extensas colas interminables en las puertas de los centros de salud privados, hospitales públicos y lugares de testeo.

Esta situación ha implicado la saturación de los servicios de atención telefónica y las guardias hospitalarias, cuyo personal debe combinar la atención de una demanda excepcional y creciente, junto a la cobertura sanitaria por otras enfermedades, padecimientos y/o situaciones ajenas al Covid-19.

Otro rasgo distintivo de esta situación es que el personal de salud no solo se encuentra superado por dicha demanda sanitaria, sino que es una de las principales víctimas de los contagios por su alto nivel de exposición, los que implica una baja las y los trabajadores disponibles y un mayor agravamiento de la crisis en curso.

La tensión por la demanda aumenta y el colapso y agotamiento sin precedente deja expuesta una situación terrible para la población. La descarga de enojo y violencia se desatan injustamente sobre los trabajadores de la salud.

El video recientemente viralizado en el Hospital de Pacheco deja al desnudo una situación que se vive en toda la Argentina. La responsabilidad directa es del Estado, que con su política de desfinanciamiento han llevado a un colapso sanitario que tiene como cara más cruda el enfrentamiento entre los pacientes y el personal de salud.

La misma situación se repitió en distintos distritos de la Provincia, como en Mar del Plata, frente a las colas para realizar el test de Co-Vid19 que llegan a ser de 7 horas al rayo del sol, con un reducido personal que trabaja a un ritmo frenético.

La demanda de testeos aumentó entre un 300 y 400 % en solo dos semanas. El personal de salud viene siendo ajustado hace cuatro meses cuando los gobiernos decidieron dar por terminada la pandemia. Despidieron enfermeras y médicos de todos los centros de salud reduciendo el plantel a un esquema mínimo de atención.

Ningún trabajador de la salud merece ser expuesto por esta situación. Es necesario que se aumenten los presupuestos para salud y se nombre a todo el personal necesario para evitar estos episodios.

Es por esto, que solicitamos a los señores diputados que voten afirmativamente el presente proyecto de declaración.

 

 

Informes relativos a la situación de la atención de salud mental en el Hospital J. T. Borda

09/12/2021

Expediente 2748-D-2021

PROYECTO DE RESOLUCIÓN

Artículo 1º.- El Ministerio de Salud de la ciudad informará en un plazo no superior a 30 (treinta) días corridos de recibida la presente, sobre los siguientes puntos relativos a la situación de la atención de salud mental en el Hospital J. T. Borda:

  1. Informe sobre los hechos ocurridos durante la madrugada del 1ero de Diciembre del corriente, donde según denuncias se registró la muerte de un paciente por el accionar de otro interno. 
  2. Detalle con documentos respaldatorios las circunstancias de los hechos, la situación clínica y social de los pacientes involucrados y el lugar en donde se encontraban.
  3. Informe sobre los trabajadores de salud/salud mental al momento de los hechos que se denuncian, si se encontraban presentes o ausentes indicando en caso de ausencia los motivos. Adjunte el registro de trabajadores de la salud/salud mental afectados al esquema de atención del hospital Borda. 
  4. Informe sobre la cantidad de personas internadas en la actualidad en el Hospital.
  5. Informe si se ha realizado una intervención judicial, en caso de confirmarse el hecho.
  6. Informe qué intervención ha tenido el Órgano de Revisión Nacional.

Artículo 2º.- Comuníquese, etc.

FUNDAMENTOS

En mayo del 2020 la muerte del paciente Jorge Marcheggiano en el parque del Hospital Borda luego de ser atacado por una jauría de perros, puso sobre la mesa la desidia y abandono resultante del modelo manicomial que promueve el gobierno de la ciudad. Un año después, la noticia de una pelea que derivó en la muerte de un paciente por otro en el mismo hospital durante la madrugada del 1ero de diciembre reabre el debate, dando cuenta de una reiteración de las condiciones de abandono por parte del estado, incumpliendo las leyes 448 de la ciudad y la ley de salud mental nacional.

El modelo manicomial también explica la falta de eficiencia de una gestión que siendo la que mayor presupuesto otorga a los 4 hospitales neuropsiquiatricos de la ciudad (7% del total destinado a salud, la ley de salud mental nacional plantea que debe ser del 10%) no logra atender de manera singular y desde el modelo de la salud mental con pleno derecho. Según otros pacientes presentes al momento de los hechos no habían enfermeros para separar los pacientes involucrados en la pelea, como tampoco los hubo cuando la jauría de perros atacó a JM.

Informes referidos a la prestación de la Obra Social de Buenos Aires (ObSBA)

16/11/2021

Expediente 2600-D-2021

PROYECTO DE RESOLUCIÓN

Artículo 1°.- El Poder Ejecutivo informará en formato papel y digital, a través de los organismos correspondientes, dentro de los 30 (treinta) días de recibida la presente, sobre los siguientes puntos referidos a la prestación de la Obra Social de Buenos Aires (ObSBA)

a) Informe cuál es el alcance de la cobertura a los afiliados en todas las provincias del país y en la CABA.

b) Informe los prestadores médicos (durante los años 2020-2021-2022) en cada provincia y en CABA, desagregado por especialidad, detallando servicios por localidades y cuidades. Adjunte documentación respaldatoria.

c) Informe cuál es el mecanismo y/o procedimiento para las y los afiliadas/os que requieren atención de alta complejidad.

d) Informe el procedimiento del sistema de reintegro (durante los años 2020-2021-2022) detallando el tiempo en el que se sustancia la acreditación de los mismos.

e) Informe los motivos por los cuales hay demoras de más de 10 meses en el sistema de reintegros.

Fundamentos:

Sr Presidente,

la Obra Social de trabajadores municipales y docentes de la CABA, la cual cubre también a jubilados, ofrece cobertura a cientos de miles de trabajadores y a sus familias, tanto en el AMBA como en el resto del país.

En diferentes sectores se viene registrando una serie de recortes en las prestaciones lo cual obstaculiza el seguimiento de tratamientos cortos pero lesionando más aun a aquellos que requieren mayor cantidad de tiempo incluso ante enfermedades o dolencias crónicas.

En diferentes puntos del país, fundamentalmente afiliados jubilados, encuentran impedimentos para darle continuidad a los tratamientos incluso en aquellos casos de alta complejidad no cuentan con prestadores médicos propios de la obra social lo cual obliga a adultos mayores a largos peregrinajes y trámites engorrosos de auditorías, autorizaciones, entre otros para recibir la atención requerida por las diferentes situaciones de salud. También el problema de los reintegros y la dilación en la acreditación de los mismos se constituye como una restricción al acceso al derecho de la salud.

Por otro lado, el conocido desfinanciamiento y malversación de los fondos de los afiliados de la obra social ha repercutido de manera negativa en la baja de prestadores de diferentes especialidades.  En tanto Alejandro Amor y Genta profundizan el vaciamiento de la ObSBA

Informes relacionados con la de situación real de animales de compañía y en situación de abandono en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y los establecimientos que prestan atención a los mismos

04/11/2021

Expediente 2538-D-2021

PROYECTO DE RESOLUCIÓN

1 °.- El Poder Ejecutivo informará, a través de los organismos correspondientes dentro de los 30 (treinta) días de recibida la presente, acerca de los siguientes puntos relacionados con la de situación real de animales de compañía y en situación de abandono en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y los establecimientos que prestan atención a los mismos.

a. Informe números y estimaciones de perros abandonados en el ámbito urbano.

b. Informe números y estimaciones de perros en el ámbito urbano conviviendo con familias o insertos en núcleos familiares.

c. Informe números y estimaciones de gatos ferales en el ámbito urbano.

d. Informe números y estimaciones de gatos conviviendo con familias o insertos en núcleos familiares.

e. Informe presupuesto destinado al centro de atenciones Antropozoonoticas Luis Pasteur. Planta y composición de la misma. Estado de trabajadores en planta y en espera de ser oficializado.

f. Informe tareas desarrolladas en los últimos 6 años, diferenciados por año.

g. Informe números de denuncias por animales mordedores.

h. Informe intervenciones realizadas. Atención al público realizada, demandas de la población no cubiertas. Cursos de capacitación y tenencia responsable impartidos.

i. Informe análisis realizados por sus laboratorios.

j. Informe los objetivos propuestos para los próximos 3 años. Campañas a desarrollar. Personal e insumos necesarios para llevar a cabo campañas futuras.

k. Informe presupuesto destinado al Plan “Mascotas de la Ciudad”.

l. Informe planta y composición del mismo. Estado de trabajadores en planta y en espera de ser oficializados.

m. Tareas desarrolladas en los últimos 6 años. (Esterilizaciones, Barrios recorridos. Desparasitaciones, cursos impartidos)

n. Objetivos propuestos para los próximos 3 años.

FUNDAMENTOS

El no cuidado higiénico sanitario y abandono de animales en la vía pública es causal del incremento de enfermedades de transmisión zoonótica como Rabia, parasitosis interna como Ascaridiasis y externa como sarna, pulgas y enfermedades de transmisión como leptospirosis, brucelosis, etc. y que son fuente de infección para los animales que habitan en la ciudad de Buenos Aires junto a sus responsables en los hogares de los mismos al compartir el espacio público.

Animales en situación de abandono tienen una reproducción incontrolable que hace riesgoso el mantenimiento del bajo número de animales/habitantes en situación de calle y abandono de la ciudad de Buenos Aires.

La situación económica que aqueja hoy a los habitantes de la ciudad de Buenos Aires se ve agravada por la situación nacional de ajuste y pérdida de puestos laborales haciendo retroceder económicamente a los hogares en la posibilidad de cuidar y proteger a los animales de compañía que hasta el principio de la pandemia convivían con las familias de la ciudad de Buenos Aires o habiendo las familias perdido sus condiciones habitacionales y de viviendas con posibilidad de mantener animales en su interior se ven obligadas al abandono o liberación de animales de compañía.

Los animales en situación de calle son expuestos a tener desenlaces de sus vidas traumáticos cómo accidentes automovilísticos, callejeros y enfermedades con muertes agónicas y tristes, dejando ver la falta de sensibilidad para aquellos que no dediquen un rato de sus funciones públicas para evitar el malestar de los mismos.

La falta de establecimientos dentro de la ciudad de Buenos Aires de atención higiénico-sanitaria veterinaria que dependan del gobierno de la Ciudad para aquellos vecinos interesados en atender y hacerse responsables de los animales en situación de abandono o para con sus propios animales de compañía para realizar tratamientos de desparasitación, vacunación y esterilización quirúrgica que atañen a la salud pública y bienestar no solo del animal de compañía sino también al del núcleo familiar que compone nuestra población por la que debería velar la Legislatura porteña.

Luego de la pandemia, dónde la cuarentena nos enfrentó a la situación de encierro preventivo y necesario y la necesidad de compartir nuestra cotidianeidad con animales de compañía en el núcleo familiar fue una necesidad para mantener la salud mental y psicológicas de muchos habitantes de la ciudad

El Instituto de Antropozoonosis Louis Pasteur se encuentra con instalaciones, infraestructura y profesionales idóneos para llevar adelante las tareas de cuidado higiénico-sanitaria que nos atañen sobre nuestros animales de compañía en la ciudad de Buenos Aires.

Por estos motivos pido la aprobación del presente proyecto.

Dejar sin efecto la Resolución-2021-871-GCABA-SSPSGER y arbitre los medios necesarios para reincorporar y pasar a planta permanente de los hospitales donde prestaron servicio al conjunto de los enfermeros y trabajadores de la salud contratados durante la pandemia

01/10/2021

Expediente 2325-D-2021

PROYECTO DE DECLARACIÓN

La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires solicita al Poder Ejecutivo que, a través de los organismos competentes, proceda a dejar sin efecto la Resolución-2021-871-GCABA-SSPSGER y arbitre los medios necesarios para reincorporar y pasar a planta permanente de los hospitales donde prestaron servicio al conjunto de los enfermeros y trabajadores de la salud contratados durante la pandemia.

FUNDAMENTOS

La legislatura de la Ciudad que viene de votar un homenaje a los profesionales de la salud por su labor en la atención de la pandemia del Covid-19, debe abandonar los simbolismos vacíos y poner un freno a la política de ajuste del Ejecutivo porteño. La resolución 871 plantea liquidar la llamada “Planta Transitoria de Covid” que constó de nada menos que 2000 enfermeros quienes en las peores condiciones laborales, se jugaron su propia vida para enfrentar la pandemia mundial, antes y después de las vacunas siendo 37 las muertes de enfermeros por covid en la Ciudad. Con salarios de pobreza, sin licencias y con francos rotativos que impiden un merecido descanso, el ministerio de salud porteño y el propio gobierno de la ciudad fueron los principales impulsores del vaciamiento con las sucesivas renuncias masivas en el Santojanni y el Durand que ocurrieron en los últimos meses. Incluso previo a lanzar la resolución 871, se había despedido vía mail a más de 100 enfermeros del Durand. 

Lejos de ser consecuencia de una mejora en la situación sanitaria, los despidos forman parte del plan de ajuste del gobierno de la Ciudad de Buenos Aires. Es el mismo que se expresó en el presupuesto porteño de 2021 y que se vio en los hospitales durante la primera y segunda ola de Covid, con terapias intensivas colapsadas, escasez de personal y falta de respiradores y camas UTI. Ahora que la pandemia por Covid atraviesa una etapa con menos casos, el gobierno de CABA avanza en desmantelar el precario sistema que puso en pie, dejando en la calle a cientos de trabajadores de los hospitales, vacunatorios y centros de testeos. Antes de la pandemia, el sistema de salud ya se encontraba plagado de contratos precarios y de monotributo, o como sucede con los concurrentes que ni siquiera cuentan con salarios o ART. Esta política beneficia a la medicina privada, que se vale del pluriempleo y sobreexplotación a la que se someten los trabajadores para alcanzar la canasta básica. Aunque la emergencia de covid haya servido como excusa para justificar una precarización mayor, esta realidad es anterior y es la que impulsó al movimiento de enfermería que lucha por el pase a la carrera profesional denegada por el gobierno porteño y la burocracia de SUTECBA dirigida por Alejandro Amor. 

El gobierno nacional tampoco se hace eco de esta situación, que se repetirá en distintas provincias, teniendo en cuenta que de conjunto los presupuestos nacionales 2021 y ahora 2022 mantienen el ajuste en la salud pública derivando en los mismos resultados: vaciamiento del sistema de salud pública. Lo cierto es que la pandemia no terminó, hay sobrados ejemplos de países que tuvieron que dar marcha atrás en el aperturismo a partir de rebrotes, y sin alcanzar la inmunidad de rebaño el peligro de nuevas variantes adaptadas a las vacunas no termina. El programa para un verdadero control de la pandemia debe partir de la centralización del sistema de salud, una política que serviría una vez concluida la pandemia, para mejorar y abastecer al sistema de salud, como desde el inicio plantea el Frente de Izquierda, terminando con el negociado de la medicina privada a costa de la superexplotación de profesionales, reconociendo a los enfermeros como profesionales, llevando el salario de trabajadores de la salud por encima de la canasta básica familiar y poniendo los recursos del país al servicio de la atención sanitaria por sobre el pago de deudas fraudulentas y usurarias como al del FMI.

Para que esta Legislatura realmente pueda homenajear la enorme labor de los enfermeros, llamamos a dejar sin efecto la resolución que los despide.

Informes referidos a la situación de contratación de los trabajadores incorporados a partir de la pandemia del COVID 19 en Hospitales, Unidades Febriles de Urgencias (U.F.U.), y dispositivos Detectar

17/09/2021

Expediente 2215-D-2021

PROYECTO DE RESOLUCIÓN

Artículo 1°.- La Legislatura de la Ciudad de Buenos Aires solicita al Poder Ejecutivo que informe a través del Ministerio de Salud o del organismo que corresponda dentro de los 30 (treinta) días de recibida la presente, los siguientes puntos referidos a la situación de contratación de los trabajadores incorporados a partir de la pandemia del COVID 19 en Hospitales, Unidades Febriles de Urgencias (U.F.U.), y dispositivos Detectar de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires: 

  1. Informe qué organismo se encargó de la contratación o designación del personal incorporado en Hospitales, UFU y dispositivos Detectar a partir de la declaración de emergencia sanitaria por Covid 19 en la Ciudad de Buenos Aires en marzo del 2020. 
  2. Informe cuántos trabajadores fueron incorporados a estos fines desde el inicio del Aislamiento Social Preventivo Obligatorio hasta el presente, discriminando entre los contratados en Hospitales, UFU y dispositivos Detectar. Adjunte documentación correspondiente. 
  3. Informe, discriminando según establecimiento y tipo de contrato, si estas incorporaciones desde el inicio de la pandemia siguen prestando servicio o si por el contrario hubo bajas en la planta de incorporados.
  4. Discriminando entre Hospitales, UFU y dispositivos Detectar, informe el tipo de contrato de cada trabajador incorporado, áreas en las que se desempeñan actualmente (medicina, enfermería, administración, logística) y periodos de duración de los contratos.
  5. Indique según tipo de contrato y establecimiento donde prestan servicio, cómo se establece el ítem referido a las licencias y francos.
  6. Discriminando entre tipos de contrato y establecimientos donde prestan servicio, detalle el monto salarial mensual que reciben estos trabajadores por la tarea prestada.
  7. Indique qué tipo y con qué empresa fueron asegurados por riesgos de accidentes y enfermedades derivados directamente del ejercicio de su actividad, los distintos trabajadores que desarrollaron tareas de atención a pacientes COVID 19 en dispositivos Detectar, UFU y Hospitales.
  8. Informe si el GCBA contempla incorporar a estos trabajadores a la planta permanente de los Hospitales en donde prestan servicio al vencerse los contratos actuales. Adjunte información correspondiente si se contemplan otras planificaciones referidas al futuro laboral de estos trabajadores al finalizar la emergencia sanitaria. 

FUNDAMENTOS

A menos de dos años de la declaración de emergencia sanitaria por covid 19, la política de ajuste en el sistema de salud porteño lejos de cesar, parece haberse intensificado.  Recientemente trascendieron anuncios desde distintos hospitales de trabajadores que, habiendo sido incorporados a partir de la emergencia sanitaria, renunciaron de manera masiva a sus cargos por las deplorables condiciones laborales. Francos rotativos, si es que se otorgan, salarios que representan menos de la mitad de los que se ofrecen en el sistema sanitario privado y un ritmo de trabajo extenuante que por supuesto deja secuelas en la salud de estos trabajadores, quienes se han puesto a la cabeza de la atención antes y después de las vacunas. En el Hospital Durand, 50 enfermeros renunciaron luego de pedir a las autoridades del establecimiento en reiteradas oportunidades que se les permita gozar de un día de descanso semanal.

Sin embargo, se trata de trabajadores que realizan diferentes tareas: médicos, administrativos, enfermeros que tienen como factor común el haber sido incorporados durante la pandemia y con contratos por períodos acotados de tiempo. Aunque la vacunación derivó en un descenso de la mortalidad y una descongestión de las pocas camas de internación, lo cierto es que los contagios no cesan al calor de la política aperturista y las nuevas variantes que ingresan desde el exterior o que podrían generarse de manera autóctona por la circulación del virus, no plantean un panorama de distensión o desarticulación de los dispositivos montados para el control del virus o atención de pacientes contagiados. Todo lo contrario, se necesita reforzar el sistema de salud no solo en insumos sino también en trabajadores que deben estar en las mejores condiciones anímicas y físicas para seguir dando batalla. 

Los informes que se solicitan, apuntan a esclarecer desde el gobierno de la ciudad esta situación generalizada. Previo a la pandemia, los trabajadores de la salud levantaron reclamos claros: la incorporación de trabajadores de salud en Hospitales pero mejorando las condiciones del conjunto de sus trabajadores es decir, elevando la pauta salarial de los profesionales para que no haya más profesionales con salarios de pobreza, la incorporación de enfermería a la carrera profesional, el rechazo al cierre de concurrencias y su reconocimiento como trabajadores otorgándoles cobertura médica y un salario. Sin embargo, las denuncias de distintos trabajadores de la salud contratados durante la pandemia, arrojan cansancio, incertidumbre y salarios que no reflejan la enorme tarea que emprenden, situación que deriva en el pluriempleo algo que ya parece una regla para quienes se dedican a la atención sanitaria. Es decir, lejos de aprovechar la situación pandémica para priorizar los reclamos históricos de los trabajadores que están a la cabeza de esta batalla, el gobierno porteño avanza en una mayor precarización y vejámenes contra estos trabajadores lo que de conjunto lleva al sistema de salud público a una situación más crítica por decisión política, más que por el pasaje del covid. 

Para esclarecer esta situación de manera fehaciente en vistas a revertirla, llamamos a acompañar este pedido de informes.

Preocupación por las irregularidades que se presentaron en la realización del examen de ingreso a residencias y concurrencias para el año 2022, y exige una solución perentoria satisfactoria

16/09/2021

Expediente 2210-D-2021

Proyecto de declaración

La legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires declara su preocupación por las nuevas irregularidades que se presentaron el 14 de septiembre para la realización del examen único, digital y ubicuo de ingreso a residencias y concurrencias para el año 2022, y exige una solución perentoria satisfactoria a las y los aspirantes a las residencias.

Fundamentos

El Examen Único, Digital y Ubicuo que define el ingreso a residencias y concurrencias para el año 2022, como en años anteriores se realizó atravesado por un sinfín de irregularidades y fallas en la plataforma digital. Se pospuso del 31 de agosto al 14 de septiembre, luego del escándalo de filtración en el que los 8800 inscriptos descubrieron que datos personales sensibles se presentaban abiertamente ante cualquiera que consulte el padrón que los habilita a rendir. A pesar de la denuncia por parte de profesionales que trajo aparejada esta situación, las irregularidades continúan y se acentúan.

El examen en cuestión ordena el ranking de acceso a los puestos a cubrir para que los profesionales continúen su formación. Los aspirantes se preparan durante meses para rendir el mismo. Si bien las autoridades del ministerio de salud nacional indicaron que se habría realizado un simulacro para preparar las condiciones del examen que transcurriría entre las 8 hs de la mañana y las 12 hs del mediodía, muchos aspirantes denunciaron que se los habilitó a rendir a 10 minutos de las 12 del mediodía, otros denuncian no haber aparecido en el padrón a pesar de haber presentado los documentos necesarios y haber dedicado tiempo y esfuerzo en la preparación para rendir. También se denuncia el cambio de reglamento posinscripción, donde se le negó a profesionales que terminaban una residencia básica el próximo 30 de septiembre anotarse a otra especialidad, algo que anteriormente nunca se había restringido.

Las autoridades responsables explicaron que no hubo fraude indicando que 8200 de los 8800 inscriptos realizaron el examen, datos que chocan con lo que denuncian los aspirantes que el mismo día se movilizaron a las puertas de la cartera de salud para conseguir respuestas. Finalmente, el gobierno señaló que el conjunto de los aspirantes iba a ingresar a los cupos ofertados, sin explicar cómo ni en qué condiciones. El episodio del 14 de septiembre, que se encadena a una realidad arrastrada en los últimos años, da cuenta de un tratamiento lamentable para con los profesionales de un sistema de salud de por sí pauperizado por el ajuste y la pandemia. La legislatura porteña debe denunciar este hecho instando al gobierno local y nacional a dar respuestas a estos trabajadores para que se garantice una inscripción y rendición de examen en tiempo y forma, incluyendo a todos los aspirantes, mejorando las condiciones de la plataforma online si se planea continuar con esta modalidad.

Modificación del Régimen de Residencias y Concurrencias del GCABA

01/09/2021

Expediente 2123-D-2021

Proyecto de Ley

Modificación del Régimen de Residencias y Concurrencias del GCABA

Artículo 1°- Reestabléscase los cupos para concurrencias en igual número a los existentes en el año 2019, en los efectores de salud dependientes del GCABA (Hospitales, CeSAC’s y Ministerio de Salud de la CABA), con todos los derechos laborales correspondientes.

Artículo 2°- Se establece el Sistema de Concurrencias del Equipo de Salud, integrado al Sistema de Residencias.

  1. Las Concurrencias del Equipo de Salud constituyen un sistema remunerado de capacitación profesional de postgrado a tiempo parcial desarrolladas bajo condiciones de programación y supervisión y con el objetivo de formar en el ámbito intra y extra hospitalario profesionales capacitados en beneficio de la comunidad.
  2. La concurrencia es un régimen de dedicación parcial, el concurrente es un agente contratado. El contrato será por el total del tiempo estipulado para cada una de las concurrencias, pudiendo rescindirse el mismo en caso de no promoción.
  3. Se establece como jornada laboral de la concurrencia 20 horas semanales, de lunes a viernes, distribuidos de 8 a 12 horas, de 12 a 16 horas o corridos. La misma podrá distribuirse en  4 o 5 días semanales. Dentro de este régimen debe incluirse un mínimo de 6 horas académicas.
  4. Los concurrentes percibirán un salario equivalente a la categoría Ps/ Ms 24 de 24 horas semanales y contaran con los mismos derechos laborales que los residentes.

Artículo 4° – Comuníquese, etc.

FUNDAMENTOS

El Gobierno de Rodríguez Larreta está dando un nuevo paso en su ajuste sobre la salud pública. Con el cierre de cupos para las concurrencias de salud da un nuevo paso en recortar la salud pública de la Ciudad.

La crisis sanitaria que atravesamos requiere un reforzamiento en el sistema de salud. La necesidad de un sistema único, centralizado en un sistema estatal, bajo control de sus trabajadores, y con un incremento presupuestario, debería ser la lógica a aplicar en el marco de una pandemia como es y sigue siendo la del Sars Cov 2.

Sin embargo, en los gobiernos , tanto el nacional como los provinciales, prima la lógica opuesta. Optan por un recorte en lo que refiere a la atención sanitaria, y además optan por recortar las prestaciones sociales básicas para que la población, en particular la más empobrecida, pueda afrontar las necesarias restricciones. No ha existido una política de testeo masivo, para detectar focos de contagios.

El personal de salud, tanto público como privado, paga las consecuencias de esta política. Han sido la primera línea de combate frente al virus, costándonos miles de muertes y contagios. Es un personal exhausto por prolongadas jornadas de trabajo, con un salario que en muchos casos no alcanza a cubrir la canasta de pobreza.

El recorte en los cupos para las concurrencias en los efectores de salud dependientes del GCABA profundizará esta crisis. En primer lugar porque recarga las tareas laborales en un número menor de trabajadores. En segundo lugar, porque imposibilita la formación especializada a centenares de trabajadores que podrían incorporarse en los hospitales y Cesac de la Ciudad.

El recorte tiene un peso particular en el área de salud mental, siendo la especialidad más afectada por este ajuste. Es particularmente grave, ya que un contexto de crisis económica, política y sanitaria como la que vivimos, debe reforzar y no recortar, la salud mental en la Ciudad y en el país.

El régimen de concurrencias -como el de residencias- no deja de ser un fraude laboral, ya que implica que centenares de profesionales, estén obligados a ir de forma gratuita a trabajar a los hospitales para garantizar la finalización de su formación. Por lo tanto, este proyecto no puede tratarse de forma aislada frente al reclamo fundamental que hacen los trabajadores residentes y concurrentes: el pase a planta permanente y un salario inicial igual a la canasta familiar. Desde esta bancada presentamos el proyecto con el número de expediente: 1527-D-2021, que reclama ese derecho elemental.

Por todos estos motivos esperamos que ambos sean aprobados a la brevedad.

Declárase de interés social de la Ciudad de Buenos Aires a la iniciativa “Mandinga Tattoo por América”

18/06/2021

Expediente 1614-D-2021

Adhesión

PROYECTO DE DECLARACIÓN

Declárase de interés social de la Ciudad de Buenos Aires a la iniciativa “Mandinga Tattoo por América”, una travesía solidaria que llevará la reconstrucción de la areola mamaria gratuita mediante tatuajes a sobrevivientes del cáncer de mama por todo el continente americano.

Señor Presidente:

La fundación Mandinga Tattoo es una organización sin fines de lucro que, desde el 2015, realiza la reconstrucción de areolas mamarias a mujeres que padecieron cáncer de mama, debiendo someterse a una mastectomía. De forma totalmente gratuita y bajo la dirección de Diego Staropoli, fundador y presidente de la Fundación, sus integrantes han transformado las vidas de más de mil doscientas mujeres mediante sus tatuajes, dado que hasta ahora no existe un implante o procedimiento médico disponible en ese sentido.

Asimismo, desde la Fundación se realizan “Tatuajes Sanadores” a víctimas de violencia de género, así como accidentes o quemaduras. Los tatuadores cubren las heridas y quemaduras de las víctimas con tatuajes y así contribuyen al proceso de sanación a través del arte.

Otra de las actividades que realiza la Fundación es apadrinar, desde hace más doce años, a trece escuelas rurales del interior del país, en las provincias de Jujuy, Santa Fe, Misiones y Corrientes, así como al hospital rural de Colonia Alejandra. Entre las actividades que lleva a cabo con las escuelas se destacan la colecta, distribución y entrega de donaciones, la realización de tatuajes a beneficio de los sitios apadrinados y el sponsoreo de viajes de los alumnos de las escuelas rurales para conocer nuestra Ciudad.

A estas actividades tan importantes y esenciales para la sociedad en general y, en especial, para las mujeres que padecieron cáncer de mama y violencia de género, se suma un nuevo proyecto: “Mandinga Tattoo por América”. La iniciativa familiar, a cargo de Diego Staropoli, tiene por objeto emprender un viaje desde Ushuaia hasta Alaska en Motor-home desde el mes de diciembre del corriente año, con una duración aproximada de catorce meses.

La idea de la travesía es recorrer el continente llevando la experiencia solidaria de reconstrucción de areolas mamarias de manera gratuita a pacientes de cáncer, mediante el contacto con Instituciones o Entidades médicas, y lograr ayudar a un promedio de treinta a cincuenta mujeres por país. El viaje será filmado y transmitido mediante su programa de televisión “Mandinga Tattoo”, que se emite en el Canal de la Ciudad los sábados a las 23.30hs, y también será convertido en documental para una mayor difusión a nivel internacional.

Por lo expuesto, a fin de brindar apoyo, difusión y dotar de relevancia institucional a la iniciativa, por la vital importancia que reviste la labor que realiza la Fundación y que planea llevar a los países de nuestra región, así como al norte del continente, solicito a mis pares el acompañamiento al presente proyecto.

Pase a la Carrera Profesional de Salud para todo el personal de enfermería

10/06/2021

Proyecto de Ley

Artículo 1.- Se establece el pase directo a la Carrera Profesional de Salud (ley 6035) de todo el personal de enfermería, instrumentación quirúgica y bioimágenes de todos los efectores de salud de la Ciudad encuadrados en el Escalafón General.

Art. 2.- A partir de la sanción de esta ley, todo el personal detallado en el artículo 1 gozará de todos los derechos y obligaciones establecidos en la Carrera Profesional de Salud en todos sus efectos: jornada laboral de 30 horas semanales (6 horas diarias) con 6 horas para capacitación, escala salarial, régimen de licencias, posibilidades de ascenso y el reconocimiento de la antigüedad obtenida en el Escalafón General.

Art. 3.- Para el personal detallado en el artículo 1 que reviste como franquero se establecen 3 turnos de 8 horas diarias para cubrir los fines de semana y feriados.

Art. 4.- El personal de enfermería que no cuente con título de licenciado obtendrá el mismo en un curso especial dictado en horario y lugar de trabajo. Su contenido, organización y dictado será establecido por una comisión conformada por representantes del Ministerio de Salud de la Caba, de las organizaciones gremiales de las enfermeras y enfermeros que hayan defendido el pase a la Carrera Profesional, delegados de enfermeras y enfermeros electos en asamblea por hospital, especialistas y docentes y autoridades de la Carrera de Enfermería de la Facultad de Medicina de la UBA. La duración del curso no podrá exceder los 2 años y deberá tener en cuenta la formación académica previa de cada enfermero y la acumulada en su experiencia laboral.

Art. 5.- Se crea la Comisión de Relevamiento de necesidades de enfermería, integrada por trabajadores del área electos de cada hospital público de la Ciudad y un representante del Ministerio de Salud; su propósito es determinar, en un plazo de 90 días a partir de promulgada la presente, las necesidades de enfermeras y enfermeros que registra el sistema sanitario, conforme a la carga horaria y semanal impuesta en el art. 2º y 3° de la presente ley.

Art. 6.- Comuníquese.

Fundamentos

El objetivo de este proyecto de ley es terminar con la discriminación que sufren las enfermeras y enfermeros del sistema de salud pública de la Ciudad. La pandemia puso de manifiesto la completa precariedad en la que desarrollan su labor. Como resultado de su exclusión de la Carrera Profesional las enfermeras y enfermeros cobran un 30% menos de salario que sus pares de otras profesiones, lo cual los obliga al pluriempleo y a trabajar jornadas interminables a través del nefasto sistema de módulos. Esto los expuso a los contagios cruzados y a la muerte de decenas de compañeros. Apenas comenzó a controlarse la primera ola, las movilizaciones de la enfermería por el pase a la Carrera Profesional volvieron a ser masivas. En lugar del reconocimiento que merecen y que tienen por parte de los trabajadores y el pueblo, el gobierno contestó primero con el ninguneo y luego con la represión.

La modificación regresiva de la Carrera Profesional de Salud realizada en 2018 en la Legislatura perpetuó la exclusión de la enfermería del régimen laboral de los profesionales. Así fue entendido por miles de enfermeras y enfermeros que hicieron oír su voz contra esta injusticia. Durante el 2018 asistimos a asambleas masivas y los actos se repiten hospital por hospital, incluso el viernes 9 de noviembre de 2018 se movilizaron más de 10.000 trabajadores de enfermería de Congreso a Plaza de Mayo. El repudio trascendió el ámbito público de la Ciudad y se extendió en todo el país y en el sector privado. Es el resultado de la comprensión de que el reconocimiento hacia la enfermería de la Ciudad será un gran paso adelante para todos. Con este proyecto pretendemos apuntalar este profundo movimiento de lucha.

No vamos a abundar en el rol central que juegan las enfermeras y enfermeros en el equipo de salud, particularmente en el combate a la pandemia, sin embargo son el sector más explotado y relegado. La discriminación salarial que conlleva su exclusión de la Carrera Profesional los obliga a hacer los llamados “módulos” para llegar a un salario acorde a su tarea, alargando la jornada laboral a 12 o 14 hs. Esto conlleva al agotamiento mental y físico prematuro de los enfermeros y al desarrollo de enfermedades y muchas veces a la muerte antes de la jubilación. Con el pase a la Carrera Profesional alcanzarían ese nivel salarial con una jornada de 6 horas. Para defender la vida y la salud de las enfermeras y enfermeros y mejorar la atención en los hospitales colapsados por la falta de enfermeros y el ahogamiento presupuestario es necesario establecer de manera inmediata su pase a la Carrera Profesional.

El Jefe de Gobierno Larreta argumentó su negativa en que como no todos los enfermeros son licenciados no podía pasar a unos sí y a otros no, nivelando a todos para abajo. Pero como demostramos en nuestro proyecto, que plantea el pase de todos, brindando la posibilidad a los no licenciados de obtener el título en un curso en horario y lugar de trabajo, se trata de una mera excusa: el gobierno del ajuste permanente no quiere nivelar para arriba: los bajos salarios y la súper explotación de los enfermeros les permite empujar hacia abajo las condiciones salariales y laborales de todo el equipo de salud y quebrar la unidad de los trabajadores.

Por otra parte, la negación de derechos a enfermeras y enfermeros es parte de un pacto entre el gobierno de Rodríguez Larreta y la directiva de Sutecba. Con la negativa del pase, Larreta le devuelve favores a Sutecba por la firma de todas las paritarias a la baja y por actuar como fuerza de choque contra los trabajadores. Mientras Larreta despotrica contra las “mafias sindicales” cuando docentes o trabajadores del subte defienden sus derechos, pacta con una verdadera mafia en contra de la enfermería. Sutecba desarrolló una campaña de mentiras sobre el pase a la Carrera Profesional, generando temor a una supuesta pérdida de la antigüedad, cuando su reconocimiento puede establecerse perfectamente, como lo plantea nuestro proyecto de ley. Finalmente para echar lastre armaron una carrera trucha en la cual tuvieron que incluir los días por estrés, una conquista de la lucha.

Finalmente, los ataques a la salud pública, su desfinanciamiento; el recorte de derechos laborales; los bajos salarios y la discriminación de los enfermeros son parte de un plan progresivo de privatización de la salud para convertirla cada vez más en un negocio capitalista. Las pésimas condiciones laborales de los enfermeros del hospital público benefician a las empresas de salud privadas porque les permiten replicar los bajos salarios y la súper explotación en sus clínicas. Con este proyecto el Frente de Izquierda apuesta a que el desarrollo de una gran lucha por los derechos de enfermeras y enfermeros quiebre los pactos entre el gobierno y la burocracia sindical y abra el camino a la conquista del pleno reconocimiento de la enfermería, un paso adelante en la defensa de la salud pública y de todos sus trabajadores. 

 

Incorporación de residentes y concurrentes a la planta permanente de la Carrera Profesional de Salud

10/06/2021

Expediente 1527-D-2021

PROYECTO DE  LEY

Artículo 1°– Se establece la incorporación a la planta permanente de la Carrera Profesional de Salud con todos sus derechos y obligaciones, según la ley N° 6035, para todo el personal, que así lo desee y de carácter optativo, contratado como residente y concurrente, que esté realizando el último año, jefe/a de residentes e instructore/as de residentes que revista al 30 de septiembre de 2021 bajo estas modalidades anteriormente descriptas en los efectores de salud dependientes del GCABA (Hospitales, CeSAC’s y Ministerio de Salud de la CABA). 

Artículo 2° –  El salario correspondiente para el grupo de trabajadores comprendidos en el artículo 1° no puede ser menor al percibido a septiembre de 2021.

Artículo 3. Comuníquese; etc.

Fundamentos

Uno de los principales problemas que dejó al descubierto la pandemia fue el déficit de profesionales de salud para la atención hospitalaria. Innumerables Sociedades profesionales, Universidades y profesionales destacados se han manifestado en este sentido. Los miles de profesionales de salud Residentes y Concurrentes han sido un factor fundamental en todos los efectores de Salud de la CABA para enfrentar la pandemia con una atención calificada. Mientras que se licenció una parte del plantel con enfermedades de riesgo o mayores de 60, los jóvenes profesionales han estado en la primera línea de atención. 

   Pero más allá de su labor, el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires ha demostrado un gran desinterés en los reclamos de estos profesionales. En primer lugar al extenderle automáticamente el contrato para los que este año terminaban la residencia, concurrencia o jefaturas y/o instructorados. De esta manera se les prohibió la posibilidad de conseguir un trabajo estable ya que si renunciaban no podían recibir el título que certifique todos estos años de dedicación exclusiva, formación y trabajo. 

Se mantuvieron las condiciones laborales de sobreexplotación que se agravaron con la pandemia del Coronavirus. Según relevamientos presentados por la Asamblea de Residentes y Concurrentes de CABA sobre 18 efectores el 50% no incorporó profesionales en terapia intensiva. Esto conlleva una sobrecarga a los trabajadores y, particularmente, a los residentes, quienes en un  85% no perciben ni un centavo por cubrir guardias. Los residentes y concurrentes también dieron cuenta de un gran faltante de actualización de protocolos y capacitaciones para el personal que se encuentra trabajando en la primera línea, sin condiciones adecuadas. Esto ha generado un ascenso en los contagios en el personal de salud, y ha puesto nuestro país en el podio de países con mayor tasa personal de salud infectado. El caso más ejemplar es el de los concurrentes que ni siquiera se les reconoce un salario ni ART.

   Las autoridades hospitalarias han dado a conocer un tipo de contratación transitoria  por el lapso de extensión de la pandemia para Jefes y Residentes que finalizan su contrato. La misma no tiene carácter universal, ya que solo se establece esta oportunidad para algunas especialidades. La modalidad transitoria y restrictiva,  lejos de reforzar el sistema de salud, acrecienta la precarización laboral que también se ejerce sobre trabajadores de planta, guardia y suplencias. 

   Por todo lo expuesto, este es un proyecto que busca que estos trabajadores sean reconocidos en la planta de los hospitales y efectores dependientes del Ministerio de Salud de la CABA

Adhesión a la Ley de Cannabis Medicinal

31/05/2021

Artículo 1º: Adhesión. ADHIÉRESE la Ciudad de Córdoba a la Ley Provincial N° 32.398 y a la Ley Nacional Nº 27.350 -Uso Medicinal de la Planta de Cannabis y sus derivados-, su reglamentación y demás normas complementarias.

 

Artículo 2º: Autoridad de Aplicación. La Autoridad de Aplicación es la Secretaría de Salud de la Municipalidad de Córdoba o el organismo que lo sustituyere. La misma deberá instrumentar las medidas y/o acciones conducentes a garantizar la implementación de la presente ordenanza en el territorio de la Ciudad de Córdoba. En los aspectos que así lo requieran- actuará de manera coordinada y con la colaboración de las jurisdicciones de la administración centralizada, descentralizada, las agencias y demás organismos del Estado Municipal y Provincial, en el ámbito de sus respectivas competencias. 

 

Artículo 3°: Comisión de Control. Créase, en el marco de la presente ordenanza, la Comisión de Control para la Investigación Médica y Científica del Uso Medicinal de la Planta de Cannabis y sus Derivados. La misma estará conformada por las distintas organizaciones sociales especialistas en la materia, usuarios y pacientes, familiares, académicos, profesionales y otros que estime pertinentes. La Comisión será un instrumento de asesoramiento en el proceso de reglamentación y aplicación de la presente ordenanza; como así también de control y verificación del efectivo cumplimiento de la misma. A tales fines, la Comisión tendrá carácter vinculante.

 

Artículo 4º: Reglamentación. El Poder Ejecutivo Municipal reglamentará la presente ordenanza dentro del plazo de noventa (90) días desde su promulgación.

 

Artículo 5º: Presupuesto. Autorízase al Poder Ejecutivo Municipal a realizar las adecuaciones presupuestarias pertinentes para la aplicación de la presente ley.

 

Artículo 6°: De forma. Comuníquese al Poder Ejecutivo.

 

FUNDAMENTOS

 

La planta de cannabis ha sido utilizada durante miles de años por distintas culturas alrededor del mundo para distintos fines, entre ellos el medicinal. En concordancia con ello diversas instituciones a nivel mundial han tomado definiciones a favor de su uso para el cuidado de la salud.

Para citar un caso, la Organización Mundial de la Salud (OMS) instó a los Estados a avanzar con los estudios de investigación para el uso medicinal de la planta de Cannabis y sus derivados. Recomendó además retirar al cannabis y sus derivados del listado IV de la Convención Única sobre Estupefacientes, por no considerarla una droga peligrosa y de alto poder adictivo, y concluyendo también que el cannabidiol (CBD) y otras moléculas presentes en dicha planta resultan eficaces en el tratamiento de diversas condiciones de salud. 

Es importante recordar al respecto que la investigación médica y científica de sustancias estupefacientes se encuentra habilitada por la Convención Única de Estupefacientes de 1961, por la Convención sobre sustancias psicotrópicas de 1971, y por la Convención de Naciones Unidas contra el tráfico Ilícito de Estupefacientes y Sustancias psicotrópicas de 1988 como complemento de las anteriores. Asimismo, la Convención de 1961, fue incorporada a nuestra legislación a través de la Ley Nacional 17.818 en el año 1968 y dicha normativa en su artículo 3° establece que quedan exentas de la prohibición las cantidades de estupefacientes requeridos para la investigación médica y científica, incluidos los experimentos clínicos. Por su parte, la Convención de 1971, incluida en las normativas nacionales a través de la Ley 19.303, del mismo año, aclaró los fines científicos en su artículo 3°.

Enumerados estos antecedentes, es importante mencionar que toda persona tiene derecho a elegir su propio tratamiento y a la salud integral. El mismo fue reconocido por la Corte Suprema de Justicia de la Nación, vinculándolo con los Derechos a la Vida, Libertad, Privacidad, Autodeterminación individual, estableciendo que el paciente es la única persona capaz de evaluar la intensidad de su propio dolor y dueña de su cuerpo y sus dolores, siendo quien puede discernir en último término respecto a la efectividad de la terapia a la cual se somete o es sometida.1

Para reforzar este punto citaremos dos casos, sólo a modo de ejemplo: Valentino de 5 años de edad redujo sus convulsiones de 43 diarias a 0 con el uso de cannabis medicinal. Pudo hacer el jardín de 4 y 5 años. Ahora cursa de manera virtual su 1° grado y realiza actividades deportivas. Su papá dijo al respecto: “Con la medicina habitual las convulsiones no paraban y tampoco estaba conectado porque estaba tan dopado que no podía hacer absolutamente nada”. A su vez cuestionó la demora del gobierno provincial en adherir a la normativa y exponerlo a él y tantas otras personas a la ilegalidad: “Hemos sido perseguidos como si fuera algo incorrecto. Gente que ha colaborado ha terminado presa simplemente por un uso medicinal”.2 

El caso de Paloma que nació con síndrome de Down, estaba ciega por cataratas congénitas bilaterales, recibió dos cirugías para corregir dicha situación colocándosele prótesis intraoculares. Asimismo, fue intervenida por presentar una fistula bronquio esofágico, extirpándole un pulmón. Su vida corrió serio peligro, pasando por distintos fármacos, sin generar los efectos esperados e influyendo en su estado de ánimo, fuerza, y voluntad. Posteriormente se le diagnosticó asma severa, anemia, perdió su cabello al 50 %, también fue celiaca. Entre tanta desesperación su mama Azul recurrió y encontró una solución para la niña en el cannabis medicinal en 2016, con todo el riesgo penal que ello acarreaba, estando sumida en la clandestinidad absoluta, pero con la gran emoción que su hija poco a poco empezaba a ser la niña alegre que era, con cambios positivos, bajando de a poco las dosis de fármacos tradicionales. Desde 2016 nunca más fue internada, ni tuvo que volver a tomar medicación, solo aceite de cannabis. Por eso ahora espera tener libertad para cultivar y que también la Ciudad de Córdoba adhiera a la Ley y decreto nacional.

 

 

1 Fallos Bazterrica, Arriola, Cibotti , Albarracín

2 https://www.cba24n.com.ar/sociedad/-mi-hijo-paso-de-tener-43-convulsiones-por-dia-a-no-tenerninguna-_a5faed2b2fd85c8120a4dfd2c

 

 

 

Sobre esto debemos mencionar que la sustancia en cuestión tiene efectos menos dañinos que otras, cuya legalidad es sostenida e incluso son publicitadas, por caso el alcohol o el tabaco. Y además presenta numerosos beneficios para la salud como dan cuenta las personas que han tratado diferentes patologías con la misma. 

Sobre la efectividad de los tratamientos con cannabis, debemos decir que el Informe de Evaluación Ultrarrápida de Tecnologías Sanitarias elaborada por la Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica3 publicado el 8 de junio de 2016, así como otros informes posteriores4 concluyen que diversos derivados de cannabis han presentado evidencias significativas de eficacia en el tratamiento de múltiples patologías condiciones de salud.

Desde 1995 la propia ANMAT lleva adelante un Régimen de Acceso a Excepciones de Medicamentos (Ex-Uso Compasivo, Disp. 840/1995) que autoriza la importación de especialidades medicinales no registradas en el país, destinadas a tratar enfermedades para las que no exista en nuestro país un tratamiento convencional. A través de dicho régimen y sus posteriores modificaciones, se autorizaron más de cuatro mil importaciones de productos derivados de cannabis sólo entre noviembre de 2016 y junio de 2020 para más de 1600 pacientes, 8% de los cuales fueron destinados a pacientes en la Provincia de Córdoba.

Así mismo, numerosos estudios en la esfera de la salud pública en países que han legalizado el uso medicinal de cannabis muestran efectos beneficiosos en un importante número de métricas sanitaria5 como la reducción significativa de accidentes de tránsito fatales relacionados a alcohol, principalmente en la población adulta joven, una reducción significativa de las lesiones graves no fatales en accidentes de tránsito vinculados o no al alcohol, una reducción significativa de incidentes fatales y no fatales por sobredosis de medicamentos opioides y una reducción significativa de alrededor de 11% de los suicidios en hombres adultos entre otras variables, a la vez que no se registró un aumento significativo de admisiones hospitalarias vinculadas a trastornos por uso de cannabis, dejando en evidencia que la legalización del uso de cannabis medicinal resulta una estrategia eficaz y de bajo riesgo para la mejora de un número importante de variables salud pública.

Luego de una ardua lucha de diversos sectores, entre los que destacamos a las madres y padres de niñas y niños que necesitan del cannabis para llevar una vida saludable, es que en 2017 se aprobó por unanimidad en ambas Cámaras del Congreso Nacional la Ley Nº. 27.350 de “Investigación Médica y Científica del Uso Medicinal de la Planta de Cannabis y sus derivados”. El consenso conseguido evidencia el amplio arco de apoyo logrado para la iniciativa.

Dicha norma atravesó diversos momentos hasta finalmente contar con el reciente decreto reglamentario 883/2020. El pasado 11 de noviembre se publicó el mencionado decreto reglamentario N° 883 en el cual se mejora el artículo 8 de la ley, que incluye la autorización del cultivo personal y en red para los usuarios, investigadores y pacientes que se registren en el registro del Programa nacional de Cannabis (REPROCANN). Con esta nueva reglamentación, podrán entrar en el circuito de legalidad todos los cultivadores solidarios, familias y agrupaciones que, sin respuestas del Estado a pesar de la ley y a riesgo de ir presos, sostuvieron con mucha dificultad la demanda de los usuarios, cuyo crecimiento fue exponencial en los últimos tres años.

Al mismo tiempo, se habilita no sólo a importar productos medicinales de cannabis, que ya estaba permitido, aunque sólo para las epilepsias refractarias, no limitando el número de patologías, sino también el expendio en farmacias habilitadas para vender y producir “formulaciones magistrales”, como aceites, tinturas o cremas.

 

 

3 (ANMAT) “IURETS005_20160602_ANMAT” 

4(IURETS0015_20171117_ANMAT y IURETS013_20170621_ANMAT)

5 Guidelines for public health and safety metrics to evaluate the potential harms and benefits of cannabis

regulation in Canada LAKE S., KERR T.Drug and Alcohol Review (September 2019), 38, 606–621

DOI: 10.1111/dar.12971

 

 

Por último, se incluye la promoción pública de programas de extensión universitaria vinculados al cannabis medicinal, el testeo de sustancias y cultivos experimentales para fortalecer la investigación y el acceso. También se establece que Salud podrá articular acciones y firmar convenios con instituciones académico científicas, organismos públicos, privados y organizaciones no gubernamentales.

Cabe destacar que esta reciente reglamentación fue trabajada en el marco dela Red de Cannabis y sus Usos Medicinales (RACME) que forma parte del Consejo Consultivo Honorario con distintas organizaciones que -según la propia viceministra Vizzoti- han jugado y seguirán jugando un rol clave. Decimos esto, porque nos parece un elemento fundamental a tener en cuenta en la correspondiente reglamentación en nuestra provincia.

La casi totalidad de las provincias están adheridas a la Ley nacional o han promulgado leyes propias sobre uso medicinal de cannabis, siendo Córdoba una de la últimas provincias en adherir. En numerosos municipios y comunas se ha generado un movimiento de presentación de proyectos de ordenanzas a instancias de pacientes, familiares, especialistas y cultivadores, algunos de los cuales han sido aprobados. Estas normativas, aunque diversas, contemplan la posibilidad de registrarse como usuario y cultivador terapéutico e incluso de desarrollar cultivos colectivos.

Por este motivo, es de suma urgencia que la ciudad adhiera y ponga todos sus recursos al servicio de garantizar la disponibilidad de cannabis suficiente para cumplimentar el objetivo de la ley 27.350.

El paradigma prohibicionista y las perspectivas patologizantes sobre el uso medicinal de cannabis han generado severos daños: vulneración de derechos individuales, sometimiento de las personas a relacionarse con estructuras ilegales de abastecimiento y riesgo penal, represión y abuso policial, entre otros, incrementando paradójicamente el narcotráfico y criminalizando injustamente a los pacientes.

Actualmente, gran parte de quienes precisan acceder al Cannabis y sus derivados se encuentran en la ilegalidad, expuestos a recibir penas enmarcadas en la ley 23.737. A su vez, los pacientes arrojados a la clandestinidad tienen altas posibilidades de adquirir preparados de dudosa calidad y cuya composición real desconocen, situación que puede tener importantes implicancias al momento de aplicar un tratamiento para una patología o una condición particular que requiera de un manejo adecuado de las dosis de cannabinoides. Otros deben acudir a la Justicia para que, mediante acciones de amparo o medidas cautelares, ordene a las obras sociales a cumplir en forma inmediata la cobertura del 100% de la medicación y tratamientos que le sean prescritos y en especial aseguren la provisión continua y regular de aceite de cannabis.

Por todo esto, y atento a la reciente adhesión de la provincia a la Ley nacional de cannabis medicinal, es que en nuestra ciudad distintas organizaciones como las Feministas Cannábicas de Córdoba vienen impulsando la urgente necesidad de adherir a la Ley Nacional 27.350 y a la Ley Provincial N° 32.398, como así también que el Estado Municipal garantice el acceso al cannabis medicinal, sus derivados y los tratamientos. Por ello, presentamos esta iniciativa con el propósito de garantizar el acceso legal al uso medicinal, terapéutico y/o paliativo de la planta de cannabis y sus derivados acorde a distintas patologías. Invitamos a nuestros pares a acompañar el presente proyecto de ordenanza.