Del Plá presenta pedido de informes a Frederic sobre la situación del cura Raúl Sidders

Romina Del Plá, diputada del PO-FIT, presentó un pedido de informes al Jefe de Gabinete de la Nación, Santiago Cafiero, y a la Ministra de Seguridad de la Nación, Sabina Frederic, sobre la situación del cura Raúl Sidders, Capellán de Gendarmería Nacional y denunciado por abuso sexual por parte de ex alumnos del Colegio San Vicente de Paul de La Plata

28/08/2020


Del Plá afirmó: “Las acusaciones contra el cura Raúl Sidders son muy graves. Una de las denuncias por abuso sexual acaba de ser presentada en sede judicial. A ello se suman testimonios que relatan distintos tipos de violencia, discriminación y conductas inapropiadas, por parte de exalumnos del colegio platense. Sidders no es sólo un depravado, sino además todo un exponente ideológico de la misoginia, la xenofobia y el oscurantismo que cuenta con respaldo del poder político, como lo demuestra su desempeño en funciones del Ministerio de Seguridad”.


Los fundamentos del proyecto difunden que algunos jóvenes recordaron que durante las confesiones les preguntaba si se masturbaban y hasta les enseñaban a hacerlo. También denuncian actitudes discriminatorias y denigrantes para con las niñas y adolescentes, llegando a decir que las mujeres "lo único que saben hacer es comer, dormir y coger". Además, relatan que vetaba el dictado de numerosos contenidos, desde educación sexual hasta temas referidos a la dictadura genocida. 


“Lo sucedido luego de que tuvieran lugar las denuncias refleja toda la maquinaria de encubrimiento de la Iglesia Católica: la reacción de las autoridades del colegio religioso (que cuenta con subsidio estatal) fue negar tener conocimiento de los hechos y en mayo, el cura Sidders fue designado por el mismo Papa Francisco para ocupar un alto cargo eclesiástico en la cúpula de la Iglesia de Misiones”. 


“Sidders debe ser separado de todos sus cargos y la Ministra Frederic debe brindar explicaciones sobre las funciones que cumple como Capellán de Gendarmería en la Provincia de Misiones. Y la Justicia debe dar curso a la causa para dar con la verdad de los hechos. Debe cesar la impunidad de la Iglesia Católica que protege curas abusadores como Sidders, y lo hace porque cuenta con el amparo del poder político para ello”.


Romina Del Plá: 1140429791

Se presentó amparo judicial ante las modificaciones realizadas por el Poder Ejecutivo de la Ciudad en la adhesión al protocolo de ILE que se oponen a lo previsto en la ley

El diputado de la Ciudad por el Frente de Izquierda Gabriel Solano, junto la legisladora electa Amanda Martín y la dirigente del Plenario de Trabajadoras, Vanina Biasi, presentaron un amparo ante el fuero Contencioso Administrativo y Tributario de la Ciudad de Buenos Aires para que se deje sin efecto la Resolución 1723/20.

28/08/2020


Se trata de la resolución por la cual el Poder Ejecutivo de la Ciudad de Buenos Aires reglamentó la Ley 6312 votada por la Legislatura el 16 de julio, en la que se adhirió sin reservas al protocolo nacional de Interrupción Legal del Embarazo. La presentación demuestra que el gobierno de Horacio Rodriguez Larreta se excedió en sus atribuciones y que detrás de la reglamentación se esconde una modificación sustancial de la ley votada por la Legislatura, especialmente por la creación de un programa que se opone lisa y llanamente a lo dispuesto en ella. La presentación también se solicita que se suspenda la vigencia de dicha resolución hasta tanto se resuelve sobre el amparo presentado. Leer amparo.


Las modificaciones alcanzan puntos sustanciales, como el establecimiento de la objeción de conciencia institucional, para que una empresa o sector público se niegue a realizar un aborto. Establece también que “en caso de controversias en referencia a la atención de menores, se podrá dar intervención al Consejo de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, como así también, cuando resulte necesario, al Ministerio Público Tutelar para resguardar los derechos de las niñas y adolescentes”, sin embargo el procedimiento a seguir en estos casos debe ser evaluado por el personal de salud en base a la salud integral de la niña, que es lo que dice el protocolo ratificado. Se introducen intermediaciones interdisciplinarias que, en el marco de las resoluciones emitidas, se preparan como un obstáculo para el acceso al derecho. Y establece plazos gestacionales que no figuran en el Código Penal ni en el protocolo reafirmado por ley en la Ciudad.


Solano señaló que “los puntos modificados por Larreta violentan la ley votada por la Legislatura. Un repaso de las actas de la sesión muestra que esos temas fueron ampliamente debatidos y que el punto de vista sostenido por Larreta en su reglamentación quedó en clara minoría. Bajo la presión del clero Larreta está pisoteando la Legislatura y atribuyéndose facultades legislativas que no tiene”.


Vanina Biasi y Amanda Martín llamaron al movimiento de mujeres a movilizarse contra esta reglamentación hecha a la medida de la Iglesia y a continuar la lucha por el tratamiento inmediato del aborto legal en el Congreso Nacional, rechazando la decisión de Alberto Fernández de postergar para un futuro incierto el envío del proyecto de ley.

13.30h movilización del Frente de Izquierda-Unidad a la Cámara de Comercio de Estados Unidos

Participará Romina Del Plá. Se realiza en apoyo al pueblo norteamericano y contra los acuerdos con el FMI. La movilización se replicará en media docena de países latinoamericanos. Fue resuelta en la Conferencia Internacional realizada el 1 de agosto.

27/08/2020

Hoy a las 13:30, el Frente de Izquierda-Unidad desarrollará una actividad frente a la Cámara de Comercio de Estados Unidos en la Argentina, ubicada en Viamonte 1133. 


 


Del Plá afirmó: “Nos movilizamos en apoyo a la rebelión del pueblo norteamericano, que tras el nuevo ataque a un joven afroamericano, Jacob Blake, se reavivaron. La población está enfurecida con el racismo de la policía y la impunidad, que permite el sistema judicial y el poder político. Pero también es el malestar acumulado ante el crecimiento del desempleo y la pobreza. Estados Unidos es uno de los centros de la pandemia y de la crisis económica mundial, que la pandemia agravó. Vamos, en solidaridad con la rebelión del pueblo norteamericano, a apoyar el reclamo por Fuera Trump”.


 


“El imperialismo norteamericano es, en América Latina y en el mundo, la expresión de la súper explotación y opresión de los pueblos, que se expresa en el terreno económico, con los gobiernos títeres del subcontinente y en las tentativas de intervención y amenazas militares. Esta movilización también reclama al Gobierno Nacional contra los acuerdos con el FMI y el repago de la deuda, que somete al país y al continente a los grandes acreedores y el imperialismo. Hay que poner fin a la injerencia opresora del imperialismo en América Latina”.


 


Romina Del Plá: 1140429791

Amparo interpuesto ante la reglamentación de la adhesión al protocolo de ILE realizada por el gobierno de la Ciudad por modificar sustancialmente, en sentido opuesto, la ley

27/08/2020


PROMUEVE ACCIÓN DE AMPARO. SOLICITA MEDIDA CAUTELAR.


SEÑOR/A JUEZ/A:


AMANDA MARTÍN, titular del DNI 28.728.009, en su carácter de habitante, trabajadora docente y Secretaria de Acción Gremial de Asociación Docente de Enseñanza Media y Superior (ADEMYS); VANINA NATALIA BIASI, titular del DNI 23.521.493, en su carácter de habitante, trabajadora de la Universidad de Buenos Aires y Secretaria de Actas de la Comisión Gremial Interna de la Facultad de Ciencias Sociales de la UBA de la Asociación del Personal de la Universidad de Buenos Aires (APUBA); y GABRIEL ESTEBAN SOLANO, titular del DNI 23.992.930, en su carácter de habitante y Diputado de la Ciudad de Buenos Aires con mandato vigente; ambas actoras y el actor con domicilio en la calle Bartolomé Mitre 2162 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; y unificando patrocinio letrado con la Dra. ALEJANDRA YAEL BERNAT, Matrícula Profesional T° 117 F°80 C.P.A.C.F. (CUIT 27-28165169-8 / IVA Responsable Inscripta);  constituyendo domicilio procesal en calle Tucumán 326, Primer Cuerpo, Piso 2° de esta Ciudad Autónoma de Buenos Aires (código postal 1049 – correo electrónico: [email protected] – celular: 11-3673-3237), nos presentamos y  decimos:


1.- OBJETO:


         Que venimos en tiempo y forma a interponer acción de amparo contra el GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES – MINISTERIO DE SALUD, con domicilio legal en la calle Uruguay 458 de esta Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a los efectos de que se dejé sin efecto la RESOLUCIÓN N° 1723/MSGC/20 por la que se crea el “Programa de Derivación Garantizada a la persona embarazada para instituciones con ideario confesional y/o ético que deriva en la mayoría de profesionales objetores de conciencia”,  y el Anexo IF-2020-18205312-GCABA-SSPSGER que integra la resolución cuestionada.


         Se solicita se declare la nulidad de la Resolución 1723 y su anexo por constituir la misma un exceso de facultades reglamentarias en que incurre el MINISTERIO DE SALUD y el PODER EJECUTIVO de la Ciudad, al crear un Programa que se opone lisa y llanamente a lo dispuesto en la Ley 6312 por la que se adhirió sin reservas de índole alguna a la Resolución 1/2019 del Ministerio de Salud de la Nación por el que se estableció el Protocolo para la Atención Integral de las Personas con Derecho a la Interrupción Legal del Embarazo, 2da Edición 2019.


         Asimismo, en la medida que la Resolución 1723 impugnada se expresa con un claro sentido opuesto a lo dispuesto por la Ley 6312, la conducta asumida por el MINISTERIO DE SALUD excede el marco de sus competencias, invadiendo abusivamente las competencias del PODER LEGISLATIVO de la Ciudad y la voluntad de aquél expresada en la sanción de la Ley 6312. Se trata por lo tanto de una Resolución arbitraria e irrazonable que afecta en forma absoluta el sistema de competencias y división de poderes establecidos por la Constitución de la Ciudad.


         Por otro lado, atendiendo a que por la Resolución 1723 se crea el Programa referido, se incorpora la objeción de conciencia institucional, no admitida por la Constitución de la Ciudad, la Constitución Nacional ni la Convención Americana de los Derechos Humanos, y toda vez que el derecho a la objeción de conciencia sólo es un derecho reconocido a las personas humanas y no a las personas jurídicas. A la vez, la reglamentación mediante la Resolución 1723 que incorpora la objeción de conciencia institucional y violenta el mandato constitucional, constituye un acto menoscabante, violatorio del derecho a la salud, y de los derechos de las mujeres, niñas y adolescentes, y toda persona gestante que estando en la situación en que deba recurrir a la práctica interruptiva conforme a lo dispuesto en el Protocolo nacional podría ser negada en sus derechos al encontrar impedimentos opuestos por las instituciones objetoras que no permitan el acceso a la práctica en forma segura y en un plazo razonable sin que ello represente un peligro para la vida de la persona gestante, mujer, niña o adolescente o frustre la decisión de vida de aquellas, provocando así un daño irreparable.


         Por lo expuesto y en acuerdo a los fundamentos que seguidamente se expondrán y de los cuales se ha dado sucintamente expresión, se solicita se declare la nulidad de la Resolución 1723 y su Anexo.


         SE SOLICITA MEDIDA CAUTELAR: En carácter de medida cautelar solicitamos hasta tanto se resuelva la presente acción, se suspenda la vigencia temporal de la Resolución 1723 y su Anexo. Dicha suspensión no genera perjuicio ni se opone a ningún interés y/o competencia del MINISTERIO DE SALUD ni el PODER EJECUTIVO de la Ciudad.


Por otro lado, el Protocolo al cual se ha adherido a través de la Ley 6312 de la Legislatura es completamente operativo en su implementación en el caso de que una persona estando en la situación establecida en el Protocolo requiriese acceder a la práctica interruptiva. Es más, la vigencia de la Resolución 1723 en los términos en que se encuentra expresada generaría incertidumbre sobre las condiciones de acceso a la práctica interruptiva, constituyendo sí un peligro cierto y concreto de ocasionar un daño irreparable para aquellas personas gestantes, mujeres, niñas o adolescentes que pudieran necesitar ejercitar la opción establecida en el Protocolo vigente en función de la Ley sancionada.


2.- ANTENCEDENTES:


2.1.- LA LEY 6312, SU ADHESIÓN AL PROTOCOLO QUE LA INTEGRA. CONTENIDO Y ALCANCE DE LA OBJECIÓN DE CONCIENCIA ESTABLECIDA EN EL PROTOCOLO.


El 16/07/2020, en uso de sus facultades, la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, sancionó la Ley 6312 por la que se adhirió a la Resolución N° 1/2019 del Ministerio de Salud de la Nación, adoptando para el sistema de salud de la Ciudad conforme lo dispuesto por el artículo 10 de la Ley 153, el Protocolo para la Atención Integral de las Personas con Derecho a la Interrupción Legal del Embarazo, 2da Edición 2019, que como Anexo Único integra la misma Ley.       


         Con fecha 04/08/2020, y en virtud de lo prescripto en el artículo 86 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, quedó promulgada automáticamente; habiéndose publicado la misma en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires en la fecha mencionada.


         A partir de la fecha de su publicación, la Ley 6312 y el Protocolo para la Atención Integral de las Personas con Derecho a la Interrupción Legal del Embarazo, 2da Edición 2019 (en adelante “Protocolo”); tienen plena vigencia; siendo este último completamente operativo.


         Tal como se expresa en el Prólogo del Protocolo, aquel “tiene como objetivo ofrecer una guía a los equipos de salud para que cumplan con su


responsabilidad en la interrupción legal del embarazo contemplado en el marco jurídico argentino. Se basa en la mejor evidencia científica disponible y en la experiencia de implementación de versiones anteriores de protocolos nacionales y provinciales”. Comprende la necesidad apremiante de contar con los dispositivos sanitarios necesarios para poder actuar en forma inmediata y de manera efectiva frente a la situación de emergencia y vulnerabilidad que pudiera estar la persona gestante, mujer, niña o adolescente, víctima de violencia sexual o con grave peligro de vida o en su salud. Así, el Protocolo reconoce que: “El acceso a la interrupción legal del embarazo está garantizado en el marco jurídico argentino por la Constitución Nacional y los Tratados de Derechos Humanos que se incorporaron en su reforma de 1994, así como en las recomendaciones de sus Comités de Seguimiento que se han ido emitiendo. También, por el Código Penal de la Nación de 1921 y por el Código Civil y Comercial de la Nación reformado en el año 2015. El Fallo F.A.L / Medida Autosatisfactiva de la Corte Suprema de Justicia de la Nación del año 2012 orienta claramente el accionar de los equipos de salud y establece estándares para el acceso a la interrupción del embarazo. A su vez, la Organización Mundial de la Salud, máximo organismo rector de política sanitaria a nivel global, actualiza periódicamente la guía de atención del aborto, estableciendo los mejores estándares clínicos y recomendaciones para su atención” (ref. PROTOCOLO, su Prólogo, párr. 2do. y 3ro.).


         En este contexto, establece respecto de los equipos de salud que:


“En relación con las/los profesionales de la salud, es importante tener en cuenta sus responsabilidades profesionales y las sanciones que les pueden corresponder en caso de no cumplir, así como el derecho a presentar una objeción de conciencia” (ref. PROTOCOLO, PUNTO 5, pág. 24).


         En cuanto a la objeción de conciencia establece taxativamente que: “Un/a profesional de la salud tiene derecho a ejercer la objeción de conciencia con respecto a la práctica de la ILE, siempre y cuando no se traduzca en derivaciones o demoras que comprometan la atención de la requirente del servicio (CSJN, 2012, considerando 29).


La objeción de conciencia no puede traducirse en un incumplimiento de los deberes profesionales, ni dañar derechos de las pacientes (CSJN, 2012, Considerando 29).


El objetivo de la objeción de conciencia es resguardar las íntimas convicciones morales de la persona que objeta, no impedir el ejercicio de derechos por parte de las pacientes.


En caso de que un/a profesional de la salud desee ejercer objeción de conciencia, deberá notificar su voluntad previamente a las autoridades


del establecimiento de salud en el que se desempeñe (CSJN, 2012, considerando 29); es decir que solo podrá ejercer la objeción cuando haya


declarado y notificado previamente a las autoridades pertinentes”


(…) No podrá ejercerse la objeción de conciencia si no existiera un/a profesional disponible para la realizar la práctica de forma oportuna, tal y como lo establecen las leyes de derechos del paciente y de ejercicio de la medicina (Ley 26.529, artículo 2.a; Ley 17.132, artículo 19.2). Tampoco podrá ejercerse objeción en los casos de emergencia, cuando la práctica deba realizarse de forma urgente, pues pondría en riesgo la vida o salud de la paciente.


         (…) La objeción de conciencia es siempre individual. Todos los efectores de salud en condiciones de practicar ILE deberán garantizar su realización en los casos con derecho a acceder a la misma…” (ref. PROTOCOLO, Punto 5.3., págs. 25 y 26).


         De la propia lectura de las disposiciones del Protocolo surge claramente que la objeción de conciencia es individual. Cuando habla de ejercicio individual refiere exclusivamente a las y los profesionales de la salud, es decir, a las personas humanas y no a las personas jurídicas. Ello además queda evidentemente expresado al señalar que si existiese una o un profesional que pretendiera ejercer la objeción de conciencia, la institución efectora de salud, deberá contar con profesionales que sí puedan hacer la práctica requerida.


         Es decir, que conforme a la doctrina citada de la Corte Suprema de Justicia de la Nación en el Fallo “FAL” y conforme a las normas tuitivas de la Constitución Nacional y del derecho internacional de los derechos humanos que conforman el bloque de constitucionalidad de nuestro ordenamiento jurídico, la objeción de conciencia admitida es la objeción de conciencia de las personas humanas, concluyendo que en ningún caso la objeción de conciencia de la persona humana puede implicar un daño a la vida, integridad o salud de la persona gestante, mujer, niña o adolescente que necesitase acceder a la práctica interruptiva en las situaciones contempladas en el art. 86 del Código Penal en las condiciones en que la propia Corte Suprema ha interpretado.


       2.2.- LA CONSTITUCIÓN DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES. DERECHOS Y GARANTÍAS DE LAS PERSONAS GESTANTES, MUJERES, NIÑAS, NIÑOS Y ADOLESCENTES. EL DERECHO A LA SALUD. RESPONSABILIDAD DE LAS PERSONAS QUE EJERCEN LA FUNCIÓN PÚBLICA. COMPETENCIAS DE LOS PÓDERES PÚBLICOS ESTABLECIDOS:


El artículo 1° de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires adopta, conforme surge del principio federal, la forma representativa y republicana de gobierno. Dispone que sus instituciones se organizan bajo el principio de la autonomía y la democracia participativa.


En su artículo 10 establece que: “Rigen todos los derechos, declaraciones y garantías de la Constitución Nacional, las leyes de la Nación y los tratados internacionales ratificados y que se ratifiquen. Estos y la presente Constitución se interpretan de buena fe. Los derechos y garantías no pueden ser negados ni limitados por la omisión o insuficiencia de su reglamentación y ésta no puede cercenarlos”.


En su artículo 20, primer párrafo dispone: “Se garantiza el derecho a la salud integral que está directamente vinculada con la satisfacción de necesidades de alimentación, vivienda, trabajo, educación, vestido, cultura y ambiente”.


Por el artículo 21 establece la obligación de la Legislatura de sancionar una Ley Básica de Salud. Entre los lineamientos establecidos para la sanción de dicha ley establece: “Promueve la maternidad y paternidad responsables. Para tal fin pone a disposición de las personas la información, educación, métodos y prestaciones de servicios que garanticen sus derechos reproductivos”.


Asimismo, en su artículo 36 expresa que: “La Ciudad garantiza en el ámbito público y promueve en el privado la igualdad real de oportunidades y trato entre varones y mujeres en el acceso y goce de todos los derechos civiles, políticos, económicos, sociales y culturales, a través de acciones positivas que permitan su ejercicio efectivo en todos los ámbitos, organismos y niveles y que no serán inferiores a las vigentes al tiempo de sanción de esta Constitución”.


Y en sus artículos 37 y 38 dispone:


ARTICULO 37.- Se reconocen los derechos reproductivos y sexuales, libres de coerción y violencia, como derechos humanos básicos, especialmente a decidir responsablemente sobre la procreación, el número de hijos y el intervalo entre sus nacimientos.


Se garantiza la igualdad de derechos y responsabilidades de mujeres y varones como progenitores y se promueve la protección integral de la familia.


ARTICULO 38.- La Ciudad incorpora la perspectiva de género en el diseño y ejecución de sus políticas públicas y elabora participativamente un plan de igualdad entre varones y mujeres.


Estimula la modificación de los patrones socioculturales estereotipados con el objeto de eliminar prácticas basadas en el prejuicio de superioridad de cualquiera de los géneros; promueve que las responsabilidades familiares sean compartidas; fomenta la plena integración de las mujeres a la actividad productiva, las acciones positivas que garanticen la paridad en relación con el trabajo remunerado, la eliminación de la segregación y de toda forma de discriminación por estado civil o maternidad; facilita a las mujeres único sostén de hogar, el acceso a la vivienda, al empleo, al crédito y a los sistemas de cobertura social; desarrolla políticas respecto de las niñas y adolescentes embarazadas, las ampara y garantiza su permanencia en el sistema educativo; provee a la prevención de violencia física, psicológica y sexual contra las mujeres y brinda servicios especializados de atención; ampara a las víctimas de la explotación sexual y brinda servicios de atención; promueve la participación de las organizaciones no gubernamentales dedicadas a las temáticas de las mujeres en el diseño de las políticas públicas”.


Y referido a los derechos de las niñas, niños y adolescentes establece que:


ARTICULO 39.- La Ciudad reconoce a los niños, niñas y adolescentes como sujetos activos de sus derechos, les garantiza su protección integral y deben ser informados, consultados y escuchados. Se respeta su intimidad y privacidad. Cuando se hallen afectados o amenazados pueden por sí requerir intervención de los organismos competentes (…) El amparo a las víctimas de violencia y explotación sexual…”.


Por su parte, en cuanto a las responsabilidades de las funcionarias y funcionarios en el ejercicio de su función pública establece:


ARTICULO 56.- Los funcionarios de la administración pública de la Ciudad, de sus entes autárquicos y descentralizados, son responsables por los daños que ocasionan y por los actos u omisiones en que incurrieran excediéndose en sus facultades legales. Deben presentar una declaración jurada de bienes al momento de asumir el cargo y al tiempo de cesar”.


El artículo 80 establece las atribuciones que le son de competencia exclusiva y excluyente a la Legislatura. A partir del artículo establece quién ejerce la titularidad del Poder Ejecutivo. Por el artículo 100 establece quiénes conforman el Gabinete y a partir del artículo 102 establece las atribuciones de este poder, estableciendo taxativamente en su artículo 103 que:


ARTICULO 103.- El Poder Ejecutivo no puede, bajo pena de nulidad, emitir disposiciones de carácter legislativo. Solamente cuando circunstancias excepcionales hicieran imposible seguir los trámites ordinarios previstos en ésta Constitución para la sanción de las leyes y no se trate de normas que regulen las materias procesal penal, tributaria, electoral o el régimen de los partidos políticos, el Gobernador puede dictar decretos por razones de necesidad y urgencia. Estos decretos son decididos en acuerdo general de Ministros, quienes deben refrendarlos. Son remitidos a la Legislatura para su ratificación dentro de los diez días corridos de su dictado, bajo pena de nulidad”.


En este sentido, la Constitución de la Ciudad sigue, conforme a lo establecido en su artículo 1, la forma representativa y republicana de gobierno estableciendo en forma análoga a la Constitución Nacional el esquema de competencias y atribuciones de cada uno de los poderes públicos, inhibiendo al Poder Ejecutivo de dictar normas generales que invadan las competencias de la Legislatura, como así también la de dictar normas generales de carácter reglamentario que alteren irrazonablemente lo dispuesto en una ley de la Legislatura o los derechos y garantías consagradas a través de una Ley conforme lo dispuesto por la propia Constitución.


 


2.3.- LA LEY 6312. SU SANCIÓN. LA VOLUNTAD DE LA LEGISLATURA CONSAGRADA EN LA LETRA DE LA LEY. EL MANDATO CONSTITUCIONAL:


Como se ha mencionado en el apartado 2.1. del presente acápite, la Legislatura sancionó el 16/07/2020 la Ley 6312 que quedó automáticamente promulgada y publicada en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires el día 04/08/2020.


A través de la norma legal hizo propia la adhesión el Protocolo para la Atención Integral de las Personas con Derecho a la Interrupción Legal del Embarazo, 2da Edición 2019.


Por dicha Ley y función de lo dispuesto en el artículo 10 de la Ley 153, Ley Básica de Salud de la Ciudad de Buenos Aires, adhirió a dicho Protocolo sin reservas, observaciones ni objeciones.


Esto significa que ha adherido al conjunto de los términos y disposiciones establecidas en el Protocolo, lo que incluye inexorablemente, las disposiciones referidas a la responsabilidad de las y los profesionales de la salud, los derechos de las personas que requieren acceder a la práctica interruptiva y las condiciones en que eventualmente una o un profesional de la salud puede ejercer la objeción de conciencia.


En este punto, y tal como también ya se ha mencionado en el apartado 2.1., la objeción de conciencia a la que refiere el

Protocolo es la objeción de conciencia individual de las personas humanas. Asiste a ello la interpretación exegética de las disposiciones contenidas en el Punto 5 del Protocolo, y la interpretación conglobante de las normas del sistema jurídico nacional que constitucionalmente refieren a los derechos y garantías de las personas, a los derechos fundamentales de las personas humanas garantizados por la misma Constitución y las declaraciones, pactos, tratados y convenciones del derecho internacional de los derechos humanos que conforman y la integran producto de la manda constitucional establecida en el artículo 75, inciso 22 de la Constitución Nacional. Interpretación que ha sido dada por la propia doctrina de la Corte Suprema de Justicia de la Nación en numerosos precedentes, y en particular, en lo que aquí refiere en la doctrina de la Corte sustentada en el Fallo “FAL”.


La Legislatura le dio tratamiento a la cuestión en su Sesión Ordinaria N° 8 de fecha 16/07/2020.


En dicha Sesión de introduce el tratamiento del Proyecto de Ley – Expediente 3153-D-2019. De las Actas de Sesión surge el tratamiento del pedido de introducción de dicho Proyecto, el que es aprobado por el voto de los dos tercios de las diputadas y diputados presentes.


De las mismas Actas de Sesión que obran en su versión taquigráfica y que aquí se incorporan y se ofrecen como prueba de la presente acción de amparo, surge que el tratamiento del Proyecto concitó un amplio y extenso debate parlamentario que involucró a todas las diputadas y diputados y las fuerzas y partidos políticos que tienen representación parlamentaria.


De ese extenso y amplio debate surge que un sector de representantes minoritario se encontraba en oposición al tratamiento y aprobación del Proyecto, indicándose – en lo que aquí interesa – que debía considerarse la objeción de conciencia institucional. Surge también del debate parlamentario que la mayoría de las diputadas y diputados presentes en la Sesión rechazaron alterar o introducir modificaciones del y en el Protocolo, expresando con claridad que el Protocolo es respetuoso de las normas tuitivas del derecho nacional e internacional de los derechos humanos, no impugna ni contradice parte alguna de la Constitución Nacional ni de la Constitución de la Ciudad.


Por otro lado, la sanción y adhesión al Protocolo, responde a una clara necesidad del movimiento de mujeres, géneros y diversidad de ver reflejados positivamente sus derechos que como personas humanas las asisten, los que no pueden ser negados por ninguna ley del estado, sea éste nacional, provincial o de la Ciudad; ni sometidos a una judicialización que terminé por frustrar los derechos tutelados.


A modo meramente ejemplificativo se citan algunos extractos de intervenciones realizadas por Diputadas y Diputados en la Sesión que dan cuenta de dos cuestiones fundamentales en lo que aquí respecta: 1) La adhesión sin reservas al Protocolo; 2) La necesidad de que se garantice la práctica interruptiva sin que para ello no sea obstáculo la objeción de conciencia individual que pudiere ejercer una o un profesional de la salud, y la obligación de garantizar la práctica a través de todos los efectores públicos y privados del sistema de salud.


“Como se dijo acá, ya en 1921 el aborto no punible tenía que ser legal en la Argentina. Sin embargo, se impedía en los hechos bajo diferentes formas. Cuando uno tiene un atraso de cien años, siempre es tarde. Entonces, nos parecía adecuado que los días 13, 14, 15 o 18 de diciembre lo pudiéramos hacer. Eso no pudo ser. Lo estamos haciendo hoy, 16 de julio, y bienvenido sea. ¿Quiénes lograron que hoy se apruebe esto en la Legislatura? Voy a ser claro. Es el gran movimiento de lucha de la mujer, que recorre la Argentina y recorre nuestra ciudad. Tiene como protagonista fundamental en la ciudad de Buenos Aires a una juventud que ha ganado la calle con la ola verde y que ha pasado por arriba de todo. Además, sigue bregando para que se apruebe de una buena vez por todas el aborto no punible en el Congreso Nacional. Estos son los grandes triunfadores, porque sabemos muy bien que en la ciudad se aprobó un protocolo y fue vetado por Mauricio Macri. Conocemos todas las demoras que hubo. Sabemos que todas las fuerzas políticas, sin excepción, han gobernado de la mano de la Iglesia. Ese es el gran problema que hemos tenido. ¿O no es verdad, también –y ustedes lo saben perfectamente–, que cuando se modificó el Código Civil bajo el gobierno de Cristina Fernández de Kirchner se estableció la vida a partir de la concepción, como lo reclamaba la Iglesia Católica? Todo el mundo lo sabe. ¿O no se sabe, también, que fue vetado –como dije antes– por Mauricio Macri en la Ciudad de Buenos Aires? Por lo tanto, el triunfo es clarísimo. Es una presión social brutal que ha realizado el movimiento de mujeres en la Argentina y que a nivel nacional es lo mejor que hemos exportado en el último tiempo. Esta ola verde tiene antecedentes porque el movimiento de mujeres fue el que salió a la calle por el Ni Una Menos contra la violencia institucional y de género, diciendo que también era responsabilidad del Estado. Además, ha luchado y sigue luchando por la educación sexual integral y va a tomar esta votación de la Legislatura como un impulso a la lucha para la aprobación en el Congreso del aborto legal de una buena vez por todas” (Intervención del Diputado Gabriel Solano, extraído de la versión taquigráfica preliminar de la Sesión N° 8, págs. 43 y 44).


Surge también de las versiones taquigráficas que:


“Este muy importante movimiento hace que hoy podamos discutir este tema acá, que podamos seguir peleando por el derecho al aborto legal, seguro y gratuito. Consideramos que esto es muy importante. Desde el Frente de Izquierda, desde un primer momento, fuimos parte al firmar el proyecto de las compañeras de la campaña por el aborto legal, seguro y gratuito. En las distintas comisiones en las que fuimos interviniendo, dijimos exactamente al revés: que la pandemia no podía ser una excusa para la demora, sino que debería ser una cuestión central a tratar. Señalo esto, porque lo que vino a hacer la pandemia es recrudecer las situaciones de violencia contra las mujeres, tanto en lo referente a los femicidios –observamos que las cifras han crecido–, como a la situación de clandestinidad con relación al derecho al aborto. No solamente las mujeres siguen muriendo en este país por negarnos ese derecho, sino que también hay mujeres presas como ocurre en Santiago del Estero, lugar en el que cuatro jóvenes se encuentran presas en este momento. Entonces, lo que acá estamos discutiendo es un derecho elemental, nuestros derechos sexuales y reproductivos que, como muchos ya dijeron acá, se trata de un derecho que las mujeres tenemos hace 100 años. Entonces, no podemos seguir esperando” (De la intervención de la Diputa Barry, extraído también de la versión taquigráfica preliminar de la Sesión N° 8, pags. 47 y 48).


“La ILE ya es un derecho. Tiene que ser una realidad. Este protocolo termina con esas restricciones. Les da un marco jurídico a los trabajadores y trabajadoras de salud que hoy son prácticamente tratados de bandidos por garantizar derechos mínimos e indispensables. Reconoce a personas gestantes y hoy asume en esta cámara que los derechos sexuales y reproductivos no están en cuarentena. La campaña nacional por el derecho al aborto legal, seguro y gratuito, nos enseñó –con más de una década peleando– que incluso siendo pocas no pudieron doblegarnos. Imagínense cuando nos multiplicamos. ¿Piensan que nos va a asustar una tendencia en Tweeter o un legislador al que le parece demasiado insolente pedir que el Estado no sea más hipócrita que en 1921? Hay una máquina del tiempo en esta Legislatura que la llevó a escuchar discursos del siglo XIX. La verdad es bastante indignante. Pero no nos amedrenta. De hecho, no vamos para atrás. Estoy segura y convencida de que esta Legislatura aprobará este proyecto porque estamos firmes con el protocolo de interrupción legal del embarazo en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, con la ley de Educación Sexual Integral y por el aborto legal, seguro y gratuito en todo el país” (De la intervención de la Diputa Fernández, extraído también de la versión taquigráfica preliminar de la Sesión N° 8, págs. 52 y 53).


“…. (L)a implementación de protocolos hospitalarios, la eliminación de todas las barreras administrativas o fácticas al acceso a los servicios médicos, para acceder a un derecho que, otra vez, tiene cien años. De ahí, la necesidad de adherir a un protocolo nacional. En especial, porque el protocolo que tenemos en la Ciudad –la Resolución 1252– ha quedado desactualizado, aun siendo una medida que intenta establecer los canales para acceder al derecho; genera barreras adicionales y esta situación puede mejorarse. Las actualizaciones más importantes que propone el protocolo nacional podrían sintetizarse en tres puntos. En primer lugar, en línea con el espíritu del fallo FAL, establece que la ILE debe ser practicada por el equipo de salud sin intervenciones adicionales innecesarias, sean médicas, administrativas o judiciales. En ese sentido, le quita burocracia al proceso. En segundo lugar, evita mencionar a los directores como autorizantes de la interrupción legal; únicamente lo hace cuando desarrolla el concepto de la objeción de conciencia. El profesional de salud objetor debe comunicar su decisión –ahora sí– a la autoridad pertinente, y son los equipos de salud los que tienen la responsabilidad de facilitar la práctica del aborto no punible evitando obstáculos o dilaciones” (De la intervención de la diputada Fidel, extraído de la versión taquigráfica preliminar de la Sesión N° 8, pág. 55).


“Voy a ser muy breve. En realidad, no iba a decir nada porque ya se expresó la presidenta de la Comisión de Salud, compañera de mi bloque, y también va a hablar el diputado Halperin, pero, algunas de las cosas que escuché hoy en este recinto me invitaron a intervenir (…) Me parece –y la diputada Fidel lo decía recién– que el protocolo simplemente retoma lo ya establecido y votado por los legisladores nacionales en el Código Civil y Comercial que entró en vigencia en el año 2015. Por último, voy a referirme a la objeción institucional. Me parece que el protocolo habilita la objeción individual; lo que no permite es la objeción institucional. Permitir la objeción institucional sería como si, por ejemplo, permitiéramos que los sanatorios Mater Dei, San José o San Camilo no indicaran las vacunas del Calendario Nacional de Vacunación. Habilitar la objeción institucional en materia de ILE se relaciona con la salud pública, y esta es una política pública de la Ciudad de Buenos Aires. Tuve la suerte de estar en el Congreso Nacional cuando en 2018 se debatió el aborto seguro, legal y gratuito. Recuerdo que en ese debate muchos diputados que se oponían al aborto seguro, legal y gratuito mencionaban que sí estaban a favor de la educación sexual integral. Entonces, propusimos una reforma a la Ley 26.150, que es la de Educación Sexual Integral, para obligar a todas las instituciones educativas a brindar educación sexual integral. Pero resulta que los diputados también se oponían a esa posibilidad de objeción institucional de las instituciones educativas. Me parece que la respuesta que proponemos como Estado es bastante pobre, cruel e injusta para un montón de chicas que no tienen la posibilidad de pagarse un aborto. Y quería también decirles –quizás haga falta recordarlo, por algunas de las cosas que escuchamos hoy aquí– que todas las mujeres sabemos que podemos continuar con nuestros embarazos y sabemos si deseamos un embarazo o no; no necesitamos que el Estado, las instituciones o los efectores de salud nos lo ofrezcan como alternativa, porque sabemos que contamos con ese derecho. El protocolo ILE no obliga individualmente. Simplemente, da la posibilidad y garantiza un derecho que está vigente en el Código Penal desde el año 1921 (De la intervención de la Diputada Thourte, extraído de la versión taquigráfica preliminar de la Sesión N° 8, págs. 56 y 57).


Se señalan sólo algunos extractos de las intervenciones que en esta acción se presentan a modo ejemplificativo y representativo de la mayoría de las intervenciones de las diputadas y diputados de la Legislatura que cabalmente dan cuenta de que puesto a consideración la adhesión al Protocolo, fue voluntad clara y mayoritaria de las diputadas y diputados presentes en la Sesión de que la adhesión se hiciera de manera integral, sin reservas de ninguna índole, desechando la posibilidad siquiera de introducir, en relación al tema que nos ocupa, la llamada objeción de conciencia institucional dentro del Protocolo de actuación; dejando con claridad sucinta que en relación a la objeción de conciencia, sólo ésta es admitida en los términos expresados en el Protocolo, es decir, como objeción de conciencia individual de la persona humana, en este caso, de la o el profesional médica/o y sólo con los alcances establecidos en el mismo Protocolo.


 


2.4.- LA RESOLUCIÓN 1723 DEL MINISTERIO DE SALUD. SU ARBITRARIEDAD E IRRAZONABILIDAD MANIFIESTA. VIOLACIÓN DE LA LEY Y DE LOS DERECHOS Y GARANTÍAS CONSAGRADOS EN LA CONSTITUCIÓN DE LA CIUDAD Y DE LA NACIÓN. VULNERACIÓN DE COMPETENCIAS ATRIBUIDAS A LA LEGISLATURA POR LA CONSTITUCIÓN DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES:


El 04/08/2020 el Ministerio de Salud de la Ciudad de Buenos Aires dicta entre otras resoluciones ministeriales, la Resolución 1723. La misma fue publicada en el Boletín Oficial de la Ciudad en la fecha señalada.


En su artículo 1 establece: “Créase el “Programa de Derivación Garantizada a la persona embarazada para instituciones con ideario confesional y/o ético que deriva en la mayoría de profesionales objetores de conciencia”, que Anexo IF-2020-18205312-GCABA-SSPSGER forma parte integrante de la presente”.


En su Anexo establece que: “Aquellas Instituciones que cumplen la función de efectores de Salud, cuyos principios fundacionales, estatutos, misiones o reconocidos valores se fundan en un ideario confesional y/o ético que deriva en que la mayoría de profesionales sean objetores de conciencia y que como consecuencia de ello no puedan brindar la prestación de Interrupción Legal del Embarazo (ILE) de manera oportuna y eficaz, realizarán una presentación por única vez para adscribirse al “Programa de Derivación Garantizada a la persona embarazada para instituciones con ideario confesional y/o ético que deriva en la mayoría de profesionales objetores de conciencia” que funcionará en el ámbito del Ministerio de Salud”.


A simple vista, de la letra de la propia Resolución surge con claridad que la misma se opone por el vértice a la Ley 6312 sancionada por la Legislatura, en cuanto por la norma reglamentaria se introduce la supuesta objeción de conciencia institucional. Como surge de lo expresado en el apartado inmediatamente precedente, la voluntad mayoritaria de las Diputadas y Diputados de la Ciudad (50 votos positivos, 7 votos negativos, y 3 abstenciones, según se registra en el diario de Sesión) fue la de adherir al Protocolo sin ninguna reserva ni modificación alguna. Sin embargo, el Ministerio de Salud al reglamentar la Ley introdujo en claro exceso de sus facultades reglamentarias y competencias constitucionales, una excepción al Protocolo admitiendo la objeción de conciencia institucional, la que no pasó de largo en el debate legislativo, mereció su rechazo como puede observarse no sólo de las intervenciones extraídas y aquí citadas, sino del conjunto de intervenciones que se sucedieron en el debate parlamentario al tratarse el Proyecto.


Surge de la letra de la Ley 6312 y de su espíritu – al decir de los juristas -, es decir, de la voluntad del cuerpo colegiado, de los fines y objetivos que tuvo en mira al sancionar la norma, que sólo era admitida la objeción de conciencia individual de la persona humana en los términos y con los alcances dispuestos en el Protocolo.


La Resolución del Ministerio viola palmariamente el mandato de la Legislatura. Lisa y llanamente lo desconoce y lo contradice en forma total y absoluta.


Es doctrina inveterada de la Corte Suprema de Justicia de la Nación que las reglamentaciones que los poderes ejecutivos hicieran de las leyes ni las leyes pueden reglamentar derechos constitucionales que provoquen la alteración de las normas que los garantizan. Cualquier reglamentación que realice el poder ejecutivo y que exceda los alcances que la propia ley tuvo en mira, vulnera el ámbito de competencias de los poderes públicos y lesiona el principio republicano de gobierno que establece la necesaria división de los poderes públicos con la finalidad de evitar actos despóticos de gobierno que implica la suma de los poderes públicos dentro de un estado. En ese sentido, el acto del ejecutivo materializado en la Resolución 1723 violenta la voluntad y competencias de la Legislatura de un modo abierto, palmario.


Entonces, conforme a la reiterada doctrina emanada del Máximo Tribunal de la Nación -Fallos: 327: 4932; Fallos: 322:1318 y Fallos: 327: 4937; entre otros-, cuando un decreto reglamentario desconoce o restringe irrazonablemente derechos que la ley que reglamenta, otorga; o subvierte su espíritu y finalidad, se afectan los principios de jerarquía normativa y supremacía constitucional configurando exceso en el ejercicio de las atribuciones conferidas al Poder Ejecutivo por la Carta Suprema.


Al decir de la Corte Suprema, "los derechos y garantías consagrados por la Constitución Nacional no son absolutos, y su ejercicio están sometido a las leyes que los reglamenten las que, si son razonables, no pueden impugnarse como inconstitucionales, dependiendo su razonabilidad de que se adecuen al fin perseguido por la reglamentación, que no ha de adolecer de una iniquidad manifiesta" (ref. CSJN: 136:170. Caso Ercolano c. Lanteri de Renshaw. 28 de abril de 1922 17) CSJN: 199:483. Caso Inchauspe Hnos., Pedro c. Junta Nacional de Carnes. 1 de septiembre de 1944 18) CSJN: 172:21 19) Voto del juez Harlan Jurisprudencia Norteamericana (197 U. S. 11, 26) 20) Ídem 15.).


La incorporación de la objeción de conciencia institucional no sólo representa un acto lesivo por cuanto el Ministerio desconoce a través de la reglamentación lo dispuesto en la Ley 6312 violando el sistema de competencias y atribuciones institucionales de la Ciudad de Buenos Aires (ref. arts. 1, 10, 20, 56, 80, 103 y concordantes de la Constitución de la Ciudad); sino que además comporta un hecho lesivo de los derechos consagrados en la Constitución de la Ciudad y en la Constitución Nacional (ref. arts. 20, 21, 37, 38, 39 y concordantes de la Constitución de la Ciudad; arts. 16, 18, 19, 28, 31, 33, 75 incisos 22, 23 y 24 de la Constitución Nacional); lo dispuesto en los arts. 3, 4 y 26 de la Convención Americana de Derechos Humanos; arts. 3 y 6 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos; art. 6 de del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos; arts. 1 y 6 de la Convención de los Derechos del Niño; arts. 1, 2, 3, 4, 5, 10, 12 y concordantes del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales; 1, 2, 3, 4, 5, 10 y concordantes del Protocolo adicional a la Convención Americana sobre Derechos Humanos en materia de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (Protocolo de San Salvador); Convención sobre Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer; Convención de Viena sobre el Derecho de los Tratados; Convención contra las Torturas y otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes; lo dispuesto en la Plataforma de Acción de Beijing; Convención Interamericana Para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer “Convención de Belem Do Para”; las Leyes 23.660 y 23.661, 23.592, la Ley 26.485 y su Decreto reglamentario 1011/2010 que Refiere a la Protección Integral para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra las Mujeres en los ámbitos en que desarrollen sus relaciones interpersonales; doctrina de la Corte Suprema de Justicia de la Nación citada, lo dispuesto por la Comisión IDH en sus Informes del Año 2011 (Estándares jurídicos vinculados a la igualdad de género y a los derechos de las mujeres en el sistema interamericano de derechos humanos: desarrollo y aplicación) y su actualización Años 2011-2014; Informe del Año 2019 (Impactos de casos de discriminación y violencia contra mujeres, niñas y adolescentes. Violencia y discriminación contra mujeres, niñas y adolescentes: Buenas prácticas y desafíos en América Latina y en el Caribe); Informe del año 2018 (Avances y Desafíos hacia el reconocimiento de los derechos de las personas LGBTI en las Américas); Informe del Año 2020 (Violencia y Discriminación contra mujeres, niñas y adolescentes); doctrina de la Corte IDH, entre ellas, CASO ARTAVIA MURILLO Y OTROS (“FECUNDACIÓN IN VITRO”) VS. COSTA RICA (Sentencia del 28/12/2012) y Opiniones Consultivas de la Corte IDH, entre ellas la OC-22/2016.


Por otro lado, debe mencionarse que la reglamentación además interfiere menoscabando sustancialmente los derechos de las mujeres, niñas, adolescentes y demás personas gestantes al crear en desmedro de lo dispuesto en la Ley y en el Protocolo un programa para incorporar instituciones objetoras, sino que además, en la particular redacción que establece el Programa refiere al hecho de que podrán inscribirse en él todas aquellas instituciones donde la mayoría de las/os profesionales planteen ser objetores de conciencia. Varias cuestiones suscitan este tema:


¿A qué mayoría de profesionales refiere?


¿Cómo puede ser corroborada la expresión libre de la voluntad cuando las personas que trabajan en las instituciones están sometidas a la organización empresaria de la institución privada y claramente ya se encuentran en una clara relación de subordinación laboral que condiciona la voluntad, máxime en situaciones como la actual donde asistimos ante una crisis excepcional producto de la emergencia económico y sanitaria, que se descarga brutalmente sobre las trabajadoras y trabajadores, con la amenaza cierta de perder sus puestos de trabajos y sus salarios como sustento de vida?


         ¿Qué sucede con las y los profesionales que no decidan ejercer la objeción de conciencia, o que no tengan objeción de conciencia para realizar la práctica interruptiva y que laboren en estas instituciones? ¿Podrían estas personas ejercer responsablemente su profesión en el marco de una institución objetora? ¿Qué consecuencias acarrearía esta situación?


         ¿Qué sucede con los derechos humanos de las trabajadoras y trabajadores de la salud?


         ¿Qué sucede si las mayorías determinadas en un momento específico al realizarse la inscripción en el Programa, luego dejan de serlo?


         En fin, no sólo corresponde descartar que puede existir la objeción de conciencia institucional, puesto que la objeción de conciencia es un derecho reconocido a las personas humanas en su individualidad, sino que cualquier situación que habilite considerar la existencia de una supuesta objeción de conciencia institucional conllevaría a la vulneración de los derechos de cada persona humana, condicionada por la voluntad empresaria. No ideario, no sistema de valores, sino voluntad empresaria, que además, y como si fuera poco, como persona jurídica debe conformarse con un objeto lícito y posible. Y lo lícito y posible lleva a la conclusión de que ninguna persona jurídica en virtud del derecho establecido en el art. 14 de la Constitución Nacional puede socavar los derechos humanos fundamentales reconocidos a la persona humana conforme la misma manda constitucional y los estándares de protección del derecho internacional de los derechos humanos, que son derechos humanos porque refieren a las personas humanas y no a las empresas.


         Así surge sin discusiones de lo establecido por la Corte IDH en la mencionada Opinión Consultiva OC 22/16.


         “29. (…) al dar respuesta a la presente consulta, la Corte actúa en su condición de tribunal de derechos humanos, guiada por las normas que gobiernan su competencia consultiva y procede al análisis estrictamente jurídico de las cuestiones planteadas ante ella, conforme al derecho internacional de los derechos humanos teniendo en cuenta las fuentes de derecho internacional relevantes. Al respecto, corresponde precisar que el corpus iuris del derecho internacional de los derechos humanos se compone de una serie de reglas expresamente establecidas en tratados internacionales o recogidas en el derecho internacional consuetudinario como prueba de una práctica generalmente aceptada como derecho, así como de los principios generales de derecho y de un conjunto de normas de carácter general o de soft law, que sirven como guía de interpretación de las primeras, pues dotan de mayor precisión a los contenidos mínimos fijados convencionalmente (con ref. a la Opinión Consultiva OC-21/14, párr. 60).


         (…) 34. La Corte estima que el principal problema jurídico que fue planteado en la solicitud de opinión consultiva es si las personas jurídicas pueden ser consideradas como titulares de los derechos establecidos en la Convención Americana y, por tanto, podrían acceder de forma directa al sistema interamericano como presuntas víctimas. Para dar respuesta a este interrogante es imperativo realizar una interpretación del artículo 1.2 de la Convención Americana, el cual establece que:


“1.2. Para los efectos de esta Convención, persona es todo ser humano”.


35. En particular, para emitir su opinión sobre la interpretación de las disposiciones jurídicas traídas a consulta, la Corte recurrirá a la Convención de Viena sobre el Derecho de los Tratados, la cual recoge la regla general y consuetudinaria de interpretación de los tratados internacionales, que implica la aplicación simultánea y conjunta de la buena fe, el sentido corriente de los términos empleados en el tratado de que se trate, el contexto de éstos y el objeto y fin de aquél. Por ello, la Corte hará uso de los métodos de interpretación estipulados en los artículos 3144 y 3245 de la Convención de Viena para llevar a cabo dicha interpretación.


         48… la expresión “toda persona” es utilizada en numerosos artículos de la Convención Americana y de la Declaración Americana, siempre para hacer referencia a los derechos de los seres humanos. Como se analizará posteriormente (infra párr. 108), algunos de los derechos consagrados en estos artículos son inherentes a la condición de ser humano, como por ejemplo los derechos a la vida, a la integridad personal o a la libertad personal, entre otros. Otros de estos derechos, como el de propiedad o la libertad de expresión, podrían llegar a ser ejercidos por personas naturales a través de personas jurídicas (infra párr. 109), como una empresa o un medio de comunicación, sin embargo, ninguno de los artículos mencionados anteriormente contienen alguna expresión que le conceda a las personas jurídicas titularidad de estos derechos o que permitan inferir una excepción a lo establecido en el artículo 1.2 de la Convención.


         56… De manera que el artículo 44 de la Convención hace referencia exclusivamente a la legitimación activa, en el sentido que establece que se pueden presentar peticiones individuales tanto a nombre propio como en el de terceras personas, sin que necesariamente deban confluir en la misma persona las dos categorías. En efecto, la Corte ha manifestado que “es claro que el artículo 44 de la Convención permite que cualquier grupo de personas formule denuncias o quejas por violación de los derechos consagrados por la Convención. Esta amplia facultad de denuncia es un rasgo característico del sistema de protección [interamericano] de los derechos humanos”. Por ello, la Corte estima, que de la referencia que hace el artículo 44 a “organización no gubernamental o grupo de particulares”, no es posible inferir una autorización para que las personas jurídicas puedan ser presuntas víctimas, sino que se refiere a su legitimación activa, en el sentido de que las organizaciones no gubernamentales o grupo de particulares están facultados para presentar peticiones individuales ante Comisión Interamericana a favor de presuntas víctimas, incluso en casos en que no cuenten con el consentimiento de las mismas”.


         Queda claro entonces que los derechos humanos y la protección establecida por el sistema interamericano de derechos humanos que componen el bloque de constitucionalidad de nuestro derecho interno, al referirse a la titularidad de los mismos, de quiénes efectivamente pueden ejercer estos derechos y a quiénes deben serles garantizados estos derechos son las personas humanas.


         Por lo tanto, no hay amparo alguno para que las personas jurídicas, en este caso las empresas de salud, puedan oponer un supuesto derecho a la objeción de conciencia institucional.


         Así ha sido la teleología bajo la cual se regula en el Protocolo la objeción de conciencia, así debe ser respetada conforme a la propia voluntad expresada por las diputadas y diputados de la Ciudad que votaron en su mayoría – abrumadora mayoría – la adhesión al Protocolo; y, por lo tanto, la reglamentación del Ministerio es violatoria de la manda legislativa y constitucional.


         No asiste otra conclusión que la de fulminar con la sanción de nulidad absoluta la Resolución 1723 del Ministerio de Salud y del Anexo que la compone.


         Es por ello que esta parte actora solicita la impugnación judicial de la Resolución 1723 y su Anexo.


         Finalmente, en el Fallo “FAL” la Corte Suprema ha expresado en el Considerando 29 que:


         “En razón de ello, corresponde exhortar a las autoridades nacionales y provinciales a implementar y hacer operativos, mediante normas del más alto nivel, protocolos hospitalarios para la concreta atención de los abortos no punibles a los efectos de remover todas las barreras administrativas o fácticas al acceso a los servicios médicos. En particular, deberán: contemplar pautas que garanticen la información y la confidencialidad a la solicitante; evitar procedimientos administrativos o períodos de espera que retrasen innecesariamente la atención y disminuyan la seguridad de las prácticas; eliminar requisitos que no estén médicamente indicados; y articular mecanismos que permitan resolver, sin dilaciones y sin consecuencia para la salud de la solicitante, los eventuales desacuerdos que pudieran existir, entre el profesional interviniente y la paciente, respecto de la procedencia de la práctica médica requerida. Por otra parte, deberá disponerse un adecuado sistema que permita al personal sanitario ejercer su derecho de objeción de conciencia sin que ello se traduzca en derivaciones o demoras que comprometan la atención de la requirente del servicio. A tales efectos, deberá exigirse que la objeción sea manifestada en el momento de la implementación del protocolo o al inicio de las actividades en el establecimiento de salud correspondiente, de forma tal que toda institución que atienda a las situaciones aquí examinadas cuente con recursos humanos suficientes para garantizar, en forma permanente, el ejercicio de los derechos que la ley le confiere a las víctimas de violencia sexual”.


         Es decir, que si en algún momento aún quedarán dudas de cuál es el sentido y alcance de los derechos reconocidos, la propia Corte en una expresión precisa, sin vaguedades y ambigüedades establece que el derecho de objeción es un derecho del profesional. Y que este derecho en modo alguno puede afectar los derechos de las mujeres, niñas, adolescentes y otras personas gestantes que deban recurrir a la práctica interruptiva.


         Exhorta así a todas las autoridades a cumplir con este mandato constitucional, sean éstas nacionales, provinciales, de la Ciudad o municipales. De ello deriva que el Ministerio de Salud, ni el Poder Ejecutivo de la Ciudad pueden desconocer esta manda.


         El Poder Ejecutivo de la Ciudad, el Gobernador, el Ministerio de Salud y el Sr. Ministro no pueden desconocer esta obligación sin que ello le conlleve la responsabilidad establecida por la Constitución Nacional y por la Constitución de la Ciudad por los daños que puedan ocasionar por su acción u omisión en que incurrieran en exceso de sus facultades legales (ref. art. 56 de la Constitución de la Ciudad de Buenos Aires).


         Por todo lo expuesto se solicita se declare judicialmente la nulidad de la Resolución 1723 del Ministerio de Salud y el Anexo que la conforma e integra.


 


2.5.- APLICACIÓN DIRECTA DE NORMAS INTERNACIONALES. OBLIGACIONES DEL ESTADO. PRINCIPIO PRO HOMINE. PRINCIPIO PROTECTORIO. TUTELA JUDICIAL EFECTIVA:


Existe un marco conformado por tratados, pactos, convenciones, declaraciones y protocolos adicionales internacionales, con rango constitucional, que garantizan el derecho a la salud sin discriminación. Cabe agregar que el Pacto de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, la Convención Americana de Derechos Humanos, la Declaración Americana de Derechos del Hombre, la Declaración Universal de Derechos Humanos, el Protocolo de San Salvador y la Convención de Belem Do Para, entre otros instrumentos internaciones, desde la reforma del año 1994 poseen jerarquía constitucional por imperio del art. 75 inc. 22 de la Constitución Nacional. Ello significa que comparte con la Constitución su supremacía y que, por lo tanto, se sitúa en el vértice de nuestro ordenamiento jurídico. La vigencia de los tratados de derechos humanos no está destinada solamente a servir de complemento del derecho interno sino que, necesariamente, implica condicionar el ejercicio de todo el poder público, incluido el que ejerce el poder judicial, al pleno respeto y garantía de estos instrumentos.


Sin perjuicio de tener la profunda convicción de que no existe duda alguna de la correspondencia de lo que se solicita, esta parte comprende fundamental en el caso y en el marco de los estándares internacionales de los derechos humanos la necesidad de que se comprenda que la regulación que en materia de salud realice el Gobierno de la Ciudad no debe soslayar estos principios y normas fundamentales.


El PRINCIPIO PRO HOMINE, tuvo una primera definición dada por el Sr. Juez de la CIDH, el Dr. Rodolfo E. Piza Escalante en su disidencia y opinión separada en la OC 7/86 (29/08/1986) solicitada por el Gobierno de Costa Rica donde expresa en el párrafo 36 de la misma que “me parece que el criterio fundamental es el que impone la naturaleza misma de los derechos humanos, la cual obliga a interpretar extensivamente las normas que los consagran o amplían y restrictivamente las que los limitan o restringen. Ese criterio fundamental – principio pro homine del Derecho de los Derechos Humanos – conduce a la conclusión de que su exigibilidad inmediata e incondicional es la regla, y su condicionamiento la excepción…”.


Por lo tanto, el principio pro homine se establece como una regla fundamental de la hermenéutica jurídica a la luz de la cual deben valorarse las leyes y las condiciones en que éstas se presentan en su relación con los derechos humanos cuyo acceso, ejercicio y protección debe garantizarse.


En nuestro ordenamiento jurídico la Corte Suprema se ha pronunciado en varios fallos a la luz de la aplicación de este principio. Así lo ha hecho en el caso caso “Madorrán, Marta C. v. Administración Nacional de Aduanas s/reincorporación” (Fallos 330: 1989), entre otros. Resulta aquí válido destacar lo expresado en este caso por la Corte en su considerando 8°:


“Luego, el decidido impulso hacia la progresividad en la plena efectividad de los derechos humanos que reconocen, propia de todos los textos internacionales anteriormente aludidos y muy especialmente del mencionado Pacto (art. 2.1; "Aquino", cit., p. 3774/3777, y "Milone" cit., p. 4619), sumado al principio pro homine, connatural con estos documentos, determinan que el intérprete deba escoger dentro de lo que la norma posibilita, el resultado que proteja en mayor medida a la persona humana. Y esta pauta se impone aun con mayor intensidad, cuando su aplicación no entrañe colisión alguna del derecho humano así interpretado, con otros valores, principios, atribuciones o derechos constitucionales. Ya el citado precedente Berçaitz, de 1974, tuvo oportunidad de censurar toda exégesis restrictiva de los derechos sociales, que contrariaba la jurisprudencia de la Corte, "concordante con la doctrina universal": el "principio de favorabilidad" (cit., p. 437; asimismo: Fallos: 293:26, 27, considerando 4°)”.


En su último informe del Año 2020 la Comisión IDH expresa su preocupación frente a los hechos de violencia sufridos por las mujeres, niñas, adolescentes y personas gestantes y el acceso efectivo a los servicios de salud, en este sentido expresa:


“178. Otro obstáculo identificado son las fallas en la prestación de servicios de salud desde un enfoque de género y diferencial a víctimas de violencia sexual. Si bien es necesario brindar respuestas a las necesidades de las víctimas, incluyendo las consecuencias físicas y psicológicas de la violencia sexual, en muchos casos las respuestas son aún limitadas, parciales e inadecuadas. Además, la Comisión destaca la importancia de atender integralmente a las víctimas, lo que incluye particularmente la prestación de servicios de salud.


179. Respecto del punto anterior, la Comisión ha tenido conocimiento de las restricciones al acceso a la anticoncepción oral de emergencia (AOE) en algunos países para víctimas de violencia sexual (…)


180. Al respecto, la CIDH ve con preocupación las barreras existentes en el acceso al anticonceptivo oral de emergencia, de manera legal y gratuita, para mujeres víctimas de violencia sexual. Obligar a las mujeres, niñas y adolescentes a seguir adelante con un embarazo producto de una violación sexual puede conllevar afectaciones físicas y emocionales inminentes para ellas, por lo que la Comisión ha instado a los Estados de la región a tomar todas las medidas necesarias para garantizar el respeto y la protección, sin discriminación, de los derechos sexuales y reproductivos de todas mujeres según los estándares interamericanos en la materia” (INFORME CIDH 2020 “VIOLENCIA Y DISCRIMINACIÓN CONTRA MUJERES, NIÑAS Y ADOLESCENTES, págs. 90 y 91; con ref. a Corte IDH caso Guzmán Albarracín y Niña indígena U.V.O. y familia respecto de México (MC-1014-17); CIDH. Anexo al Comunicado de Prensa No. 38/19. Audiencias públicas realizadas durante el 171 período de sesiones; y CIDH. Comunicado de Prensa No. 165/17).


Por lo expuesto, resulta indubitable y se reafirma a través de la interpretación de estos principios sin dejar de mencionar entre ellos al principio de progresividad y no regresividad cuya producción doctrinaria y jurisprudencial en materia de derechos económicos, sociales y culturales ha sido expuesta en números antecedentes de la Corte Suprema, de la Corte IDH, la Comisión IDH y Relatorías y Comités de Expertos.


 


 


3.- COLOFÓN:


Como colofón, hacemos nuestras las palabras de nuestra compañera Romina Del Plá, en su carácter de Diputada Nacional por el Partido Obrero y el Frente de Izquierda en la histórica sesión de la Congreso Nacional en la que el Proyecto de Ley de Interrupción del Embarazo obtendría media sanción:


“Llegamos a este momento histórico como resultado de una enorme movilización popular que se está expresando en todo el país, que lleva décadas pero que muchos advirtieron a partir del NiUnaMenos. Y esta lucha tiene un objetivo: poner fin a miles de muertes y mutilaciones por aborto clandestino, y por terminar con un instrumento del Estado contra las mayorías populares, que intenta disciplinar y establecer las bases de dominio de una gran parte de la población bajo principios de tutelaje, discriminación jurídica, imposición de roles a las mujeres.”


“Y esto es mucho de lo que estamos discutiendo acá, porque vemos como esta irrupción de la ola verde tiene que ver con romper ese tutelaje de la Iglesia y del Estado. Somos parte de esa lucha como parte de la lucha por la emancipación de la mujer, de la mano de la lucha contra toda explotación del hombre por el hombre. Desde ese lugar votaremos por el dictamen de la mayoría en favor de la legalización del aborto.”


“El aborto clandestino es una herramienta de control social, como la xenofobia, que de pronto aparece cuando se trata de echarle, en alguna crisis económica, la culpa de lo que vivimos a los extranjeros de algunos países -no a los que nos mandan sus empresas monopólicas, claro. Como el racismo o la homofobia o el odio a otras elecciones de género, hoy personificados en la persecución a Joe Lemonge, Mariana Gomez o Higui, entre otros casos”. Y agregamos de tantas otras mujeres, niñas, adolescentes y personas gestantes que no sólo durante estos años desde que aquél 13/06/2018 han sido víctimas de la persecución, han perdido su libertad o su vida porque hay un Estado que aún les niega sus derechos humanos fundamentales.


 


 


 


4.- NULIDAD DE LA RESOLUCIÓN 1723 Y SU ANEXO. SOLICITA SE REVOQUE JUDICIALMENTE:


         Por las consideraciones de hecho y derecho expresadas en los acápites que anteceden se solicita se revoque la Resolución 1723 y el Anexo que la conforma y la integra, comprendiendo que pesa sobre la norma reglamentaria la sanción de nulidad absoluta y total.


 


 


5.- PROCEDENCIA DE LA ACCIÓN DE AMPARO. INNECESARIAEDAD DE AGOTAMIENTO DE LA VÍA ADMINISTRATIVA:


Conforme lo prescripto en el art. 14 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y art. 43 de la Constitución Nacional, se solicita se tenga presente la innecesariedad de cumplimiento del requisito de agotamiento de la vía administrativa, siendo procedente el amparo en las condiciones invocadas.


 


5.1.- DAÑO REAL Y ACTUAL, VULNERACIÓN DE DERECHOS. ARBITRARIEDAD O ILEGALIDAD MANIFIESTA:


El accionar del Ministerio de Salud resulta manifiestamente contrario al orden jurídico vigente, lo que surge del mero ejercicio comparativo entre la conducta atacada y la normativa aplicable en la materia.


La ilegalidad o arbitrariedad surge de manera manifiesta de tan sólo confrontar el contenido y alcances de la Ley 6312 y el Protocolo, y la Resolución que se impugna.


Expresa un daño cierto y concreto al quebrantar la voluntad de las diputadas y diputados de la Ciudad que han votado mayoritariamente a favor del Proyecto de Ley que culminó con la sanción de la Ley 6312. En este sentido, se ven lesionados los derechos y atribuciones del Sr. Gabriel Solano que como representante del cuerpo colegiado y que manifestó, junto a otras diputadas y diputados, su voluntad en el sentido señalado; posteriormente ven conculcados sus atribuciones a través de una Resolución del Ministerio de Salud que se opone por el vértice a la manda legislativa.


También configura un daño inminente para todas aquellas mujeres, niñas, adolescentes y personas gestantes que estando en la situación de requerir la práctica interruptiva puedan ver frustrado su derecho frente a instituciones que con aval en la resolución plantearan la objeción de conciencia institucional.


Además representa un interés colectivo, en este sentido, se trata de un interés de clase, tanto de las mujeres, niñas, adolescentes y personas gestantes que pudieran necesitar que se realice la práctica, esta situación de inminencia, es de peligro concreto y no abstracto, no pudiéndose esperar al caso específico que surja, pues de lo contrario se plantearía que la persona requirente tenga que judicializar el caso, cuando el Protocolo lo que viene concretamente a evitar es la judicialización del caso que anule los derechos de la requirente poniendo en peligro su vida, integridad y salud.


 


5.2.- INEXISTENCIA DE UN MEDIO JUDICIAL MÁS IDÓNEO:


Respecto de la inexistencia de un medio judicial más idóneo a los fines de tutelar el derecho constitucional de acceder a la salud, resulta ilustrativo citar la doctrina de Corte Suprema de Justicia sostenida en el Fallo  “Ballestero, José s/ Acción de Amparo”, donde la Corte sostuvo que “la Acción de Amparo constituye un remedio de excepción, cuya utilización está reservada para aquellos casos en que la carencia de otras vías legales aptas para resolverlas pueda afectar derechos constitucionales, máxime cuando su apertura requiere circunstancias muy particulares, caracterizadas por la existencia de arbitrariedad e ilegalidad manifiesta, y la demostración, por añadidura, de que el daño concreto y grave ocasionado sólo puede eventualmente ser reparado acudiendo a la vía urgente y expedita del citado proceso constitucional”.


Con respecto a la posibilidad de utilizar otro medio judicial más idóneo, la demora que se produciría esperando una resolución administrativa o interponiendo una acción declarativa de inconstitucionalidad establecida en el art. 113 de la Constitución de la Ciudad que amerita un debate de hecho y prueba en extenso cuya dilación en el tiempo podría ver postergados los derechos de las personas que requieran realizar la práctica interruptiva de urgencia.


         Al respecto la Corte Suprema de Justicia de la Nación ha sostenido que "si bien la acción de amparo no está destinada a reemplazar los medios ordinarios para la solución de las controversias (Fallos 300:1033 –La Ley, 1979-C, 605–) su exclusión por la existencia de otros recursos no puede fundarse en una apreciación meramente ritual, toda vez que la institución tiene por objeto una efectiva protección de derechos más que una ordenación o resguardo de competencias (Fallos 299:358, 417 y 305:307)" (Corte Suprema, Julio 8-997 .- Mases de Díaz Colodrero, María A. C/ Provincia de Corrientes, Doctrina Judicial, Año XIV, Nº 20, p. 168, Buenos Aires, La Ley, 1998).


 


 


         5.3.- LEGITIMACIÓN ACTIVA DE LAS ACTORAS Y EL ACTOR:


         En el caso del Sr. GABRIEL SOLANO, aquél tiene legitimación activa en tanto es Diputado de la Ciudad de Buenos Aires con mandato vigente, ha sido uno de los Diputados y Diputados que han votado afirmativamente por la sanción de la Ley y ejerce la acción en carácter de damnificado directo como parte del cuerpo colegiado en virtud de que la reglamentación producida por el MINISTERIO DE SALUD en cuando afecta la voluntad de la Legislatura y de cada uno de los representantes de dicho cuerpo, tiene interés concreto y directo en la acción incoada.


         En cuanto a las actoras AMANDA MARTIN y VANINA BIASI las mismas encuentran legitimación en incoar la acción ya que como habitantes, trabajadoras y representantes gremiales de trabajadoras y trabajadores, cuyo mandato se encuentra vigente, tienen interés concreto y directo en tanto y en cuanto las Obras Sociales a las que se encuentran afiliadas ellas y sus compañeras tienen en sus cartillas respectivas efectores de salud privados que han manifestado su abierta voluntad de rechazo a la sanción de un Protocolo para abortos no punibles como también han expresado su posición en contra del Proyecto de Interrupción Legal del Embarazo, por lo que de avanzar la inscripción en el Programa dispuesto por la Resolución 1723/2020 del MINISTERIO DE SALUD, muchas de las instituciones médicas que son prestadoras de salud en las Obras Sociales de OSBA y DOSUBA, se incorporarían al Programa evitando así cumplir con las obligaciones establecidas en el Protocolo sancionado por la Ley 6312 de la Legislatura.


         Así surge que al tratarse en la Cámara de Senadores de la Nación el Proyecto de ILE que obtuviera aprobación en la Cámara de Diputados de la Nación, en fecha 25/07/2018, las entidades que a continuación se nombran expresaron en una solicitada que: “Ante el inminente tratamiento en la Cámara de Senadores del proyecto de ley de 'interrupción voluntaria del embarazo', las instituciones abajo firmantes solicitamos a los señores Senadores que es indispensable, de avanzar este proyecto, que se incorpore expresamente que los profesionales de la salud y las instituciones sanitarias privadas tendrán plena libertad y derecho de abstenerse a practicar interrupciones voluntarias del embarazo cuando dicha práctica sea contraria a sus principios, valores o ideario y que esta opción sea sin condicionantes ni limitaciones tanto para los trabajadores de la salud como para las instituciones sanitarias" (ref. link https://www.lanacion.com.ar/politica/clinicas-y-sanatorios-privados-piden-libertad-y-derecho-de-abstenerse-a-practicar-abortos-nid2156129)


         Dichas entidades firmantes de la solicitada fueron:


Casa Hospital San Juan de Dios


Cemic


Clínica Adventista Belgrano


Clínica Bazterrica


Clínica Bessone


Clínica del Sol


Clínica Epsora


Clínica Médica Del Valle


Clínica Pasteur


Clínica San Camilo


Clínica Santa Isabel


Clínica Universitaria Reina Fabiola


Clínica y Maternidad San José Obrero


Corporación Médica de General San Martín S.A.


Hospital Privado de Rosario


Hospital Privado Universitario de Córdoba


Hospital Universitario Austral


Igom SRL


Instituto Alexander Fleming


Instituto Argentino de Diagnóstico y Tratamiento S.A.


Instituto Dupuytren


Instituto Gamma


Instituto Modelo de Cardiología Privado S.R.L.


Sanatorio 9 de julio


Sanatorio Aconcagua


Sanatorio Adventista Del Plata


Sanatorio Allende


Sanatorio Clínica Modelo de Morón


Sanatorio La Trinidad Palermo


Sanatorio de La Trinidad Quilmes


Sanatorio de La Trinidad Ramos Mejía


Sanatorio de La Trinidad San Isidro


Sanatorio de Niños SA


Sanatorio Juan XXIII


Sanatorio Las Lomas SA


Sanatorio Mater Dei


Sanatorio Otamendi y Miroli S.A.


Sanatorio Pasteur


Sanatorio Privado Gatti SRL


Sanatorio San Jorge


Sanatorio San Lucas S.A.


Servicios Médicos SM S.A.


Trinidad Medical Center San Isidro.


         Una parte de las instituciones mencionadas son prestadoras en el ámbito de la Ciudad de Buenos Aires.


         Estas entidades, por lo tanto, y de acuerdo a lo manifestado por ellas mismas en la solicitada interpondrían ante una situación en que deba aplicarse el Protocolo, la objeción de conciencia institucional, impidiendo y/u obstaculizando la práctica interruptiva.


         Tanto en el caso de OSBA (http://www.obsba.org.ar/cartilla) como en el caso de DOSUBA (http://cartillapdf.dosuba.uba.ar/cartilla.pdf) se encuentran dentro de la cartilla como prestadores alguna de estas instituciones, como el Cemic, la Clínica Adventista Belgrano, la Clínica Santa Isabel y el Instituto Gamma en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, entre otras.


         Con lo cual, de requerir una trabajadora docente de la Ciudad o una trabajadora de la Universidad asistencia mediante el Protocolo, una importante cantidad de prestadores principales de sus obras sociales, se opondría a realizar la práctica con el consiguiente riesgo que ello conllevaría para la víctima de violencia sexual o la persona gestante, mujer, niña o adolescente que pudiera requerir la intervención y asistencia frente al riesgo de vida y/o integridad.


         De allí que las coactoras MARTIN y BIASI tienen un interés legítimo en la acción, tanto en su carácter de trabajadoras afiliadas a las obras sociales respectivas y en su ejercicio de la representación gremial en su ámbito de actuación.


          Cualquier solución contraria a esta tesitura implicaría violentar el derecho de acceso a la jurisdicción, el debido proceso, tutela efectiva, derecho de defensa.


 


 


6.- SOLICITA MEDIDA CAUTELAR:


6.1.- CONSIDERACIONES INICIALES:


Por las razones expuestas en el presente escrito, en los términos dispuestos en el art. 177 y consecutivos del CCAyT, y en atención a la gravedad y urgencia del caso, se solicita cautelarmente se suspenda la vigencia temporal de la Resolución 1723 del Ministerio de Salud y el Anexo que lo conforma e integra.


La ley ritual permite asegurar los derechos reclamados en juicio no sólo cuando existe sentencia firme sino también cuando son verosímiles y la demora normal del proceso importa el peligro de que, cuando se los reconozca, resulten de difícil o imposible ejecución, o de aplicación extemporánea.  Es decir que los presupuestos básicos de toda medida cautelar son la verosimilitud del derecho y el peligro en la demora, sobre todo teniendo en consideración los plazos de sustanciación de un proceso ordinario por el cual tramitará la acción principal incoada.


El objeto principal de la presente acción de amparo es la declaración de nulidad de la Resolución 1723 y su Anexo. Comprendiendo que esto pueda ameritar evaluar los hechos y la prueba, es que se solicita cautelarmente y en resguardo del derecho se disponga inaudita parte se suspenda provisoriamente la vigencia temporal de la norma cuestionada.


Para la hipótesis de que V. S. considere pertinente, solicito se produzca en forma anticipada la prueba ofrecida y acompañada.


 


6.2.- REQUISITOS DE ADMISIBILIDAD DE LA MEDIDA CAUTELAR:


La ley ritual permite asegurar los derechos reclamados en juicio, no sólo cuando hay una sentencia que los reconozca, sino también cuando son verosímiles y la demora normal del proceso importe el peligro de que, cuando se los reconozca, resulten de difícil o imposible ejecución. Es decir que los presupuestos básicos de toda medida cautelar son: a) la verosimilitud del derecho (fumus boni iuris) y b) el peligro en la demora (periculum in mora).


Como puede observarse, de lo expresado en este libelo, así como de la prueba documental acompañada, resultan “prima facie” acreditados los extremos que hacen admisible el derecho reclamado en autos.


 


6.3.- VEROSIMILITUD DEL DERECHO:


La verosimilitud del derecho surge de las todas las disposiciones constitucionales, internacionales y legales mencionadas en la presente. Al respecto se han expuesto los hechos sucedidos y surge el derecho de las actoras y del actor.


En el caso, por las argumentaciones expuestas consideramos que el derecho invocado luzca “prima facie” verosímil.


La Corte Suprema de Justicia de la Nación sobre esta cuestión, se pronunció exigiendo solamente la mera verosimilitud del derecho pretendido. En un caso sobre derecho a la salud expresó: “Que esta Corte ha señalado reiteradamente que como resulta de la naturaleza de las medidas cautelares, ellas no exigen el examen de la certeza sobre la existencia del derecho pretendido, sino sólo de su verosimilitud. Es más, el juicio de verdad en esta materia se encuentra en oposición a la finalidad del instituto cautelar, que no es otra que atender a aquello que no excede del marco de lo hipotético, dentro del cual, asimismo, agota su virtualidad (Fallos: 315:2956; 316:2855 y 2860; 317:243 y 581; 318:30 y 532; 323:1877)” (CSJN, Originario, “Alvarez, Oscar Juan c. Provincia de Buenos Aires y otro s/acción de amparo”, sentencia del 12 de julio de 2001).


Esta parte considera que en base al planteo documentado y lo que surge del relato los presupuestos para la admisión de una medida precautoria, se encuentran cumplidos. En efecto la jurisprudencia señala “Cuando se trata de resolver sobre la viabilidad de las medidas precautorias tendientes al restablecimiento de la prestación médico asistencial -íntimamente vinculadas a la efectiva protección del derecho a la salud-, la verosimilitud del derecho y el peligro en la demora deben apreciarse con criterio amplio, a fin de evitar que durante el lapso de sustanciación del proceso la garantía constitucional se transforme en una prerrogativa abstracta o meramente teórica” (Autos: E., C.A. c/ SPM SISTEMA DE PROTECCION MÉDICA s/ ART. 250 C.P.C.- Magistrados: Carlos A. Bellucci, Roberto E. Greco, Leopoldo Montes de Oca. – Sala G. – 06/04/2001 – Nro. Expte.: R.320435).


“La verosimilitud del derecho equivale, sino a una incontestable realidad, al menos a la probabilidad de la existencia del derecho en cuestión (cfr. Causas 4442 del 7.6.86 Y sus citas; 5821 del 5.4.88, 6180 Del 20.9.88 Y 7729 del 25.9.90, Entre otras más), pues este recaudo es materia susceptible de grados y está influido por la índole del reclamo principal, del que no puede ser desvinculada la medida (cfr. Fallo 80288). Las argumentaciones expuestas en el escrito inicial, se encuentran abonadas suficientemente con los elementos de convicción allegados a la causa debiéndose proceder con amplitud de criterio para admitir la medida, teniendo en cuenta su finalidad y para evitar la eventual frustración del derecho (causa 5818 del 18.11.77 Y 8715 del 18.3.80). En tales condiciones, el derecho invocado luce “prima facie” verosímil., que requiere tratamiento específico y que por su entidad no parece apropiado introducir cambios en el, al menos hasta que se decida la cuestión de fondo, cabe concluir también en que concurre el “périculum in mora” que torna procedente la petición cautelar” (Autos: GARCIA IBAZETA DE MORIDO NIDIA MARIA LUISA C/I.O.S. S/AMPARO. Causa n 19.392/95. GALLEGOS FEDRIANI – MARIANI DE VIDAL – VOCOS CONESA 30/05/1995).


“En orden a la verosimilitud del derecho, se encuentra en juego tanto el derecho a la salud, que tiene rango constitucional (cfr. Nuevo art. 42 De la constitución nacional de 1994; art. 12 Del pacto internacional de derechos económicos, sociales y culturales, adoptado por la O.N.U. El 16.12.66, Ratificado por ley 23.313) Y jerarquía superior a las leyes de acuerdo al art. 22 De la carta magna, como el derecho a la libre elección del prestador médico, parte del propio derecho a la salud. Ello así, no corresponde exigir la acreditación en forma sumaria de la verosimilitud del derecho de la actora (causa 15.717, “ROA, EDUARDO N. C/I.O.S. S/AMPARO”, 23.5.95). Siendo pertinente meritar que medidas como la presente -de naturaleza precautorias- resultan claramente apropiadas, por una parte, para hacer efectivos los apuntados derechos a la salud y a la libre elección del prestador médico, frente a decisiones que, como la tomada por el i.O.S., Tienen por efecto restringirlos, y por la otra, para sortear la normal alteración y aflicción espiritual que a cualquier afiliado de una obra social provoca el cambio del servicio de los profesionales médicos que han ganado su confianza y, eventualmente, la de su familia” (Autos: MARENCO, NOELIA EMILIA C/I.O.S. Y OTRO S/AMPARO. Causa n 16.725/95. AMADEO – BULYGIN – VAZQUEZ 29/05/1995).


 


6.4.- PELIGRO EN LA DEMORA:


El "peligro en la demora" consiste, como ya se ha expresado, en, por un lado, mantener la vigencia de una norma que claramente ha vulnerado la voluntad de la Legislatura al establecer con la reglamentación disposiciones que se oponen por el vértice a la manda legislativa, constituyendo el accionar del Ministerio de Salud una violación de las competencias y atribuciones del Legislativo, lo que suscita gravedad institucional.


Por otro, considerando las hipótesis de casos que la Ley 6312 llama a asistir a través de la adhesión al Protocolo Nacional, la posibilidad de presentarse un caso inminente en la que una persona deba acudir a realizar la práctica interruptiva, y ésta pudiere serle negada por alguna institución médica sobre la base de lo dispuesto en la Resolución 1723 que habilita inconstitucional e ilegalmente la objeción de conciencia institucional, lo que demandaría la judicialización del caso concreto con el riesgo de que la dilación de un proceso menoscabe los derechos de las persona gestante requirente poniendo en peligro su vida, salud e integridad; habilita sin más a considerar la existencia de peligro en la demora y tener por cumplido el presupuesto necesario para habilitar la pretensión cautelar.


Al respecto se ha sostenido: “…en lo tocante a que el mantenimiento o alteración pudiera influir en la sentencia o convertir su ejecución en ineficaz o imposible, implica ello que el fallo no sólo no ha de poder cumplirse en la forma debidamente pretendida sino que, aún lográndose un cumplimiento disminuido del mismo, se constituye dicha circunstancia en un grave perjuicio por reparación difícil, sino imposible” (MEDIDAS CAUTELARES, OBRA DIRIGIDA POR ROLAND ARAZI, PÁG. 257, 2DA. EDICIÓN ASTREA, FEBRERO 1999).


 


6.5.- PROCEDENCIA DEL OBJETO DE LA MEDIDA CAUTELAR:


Nada obsta a la procedencia del dictado de una medida cautelar genérica en los términos de los arts. 177 y consecutivos del CCAyT.


Así se ha señalado: “Más allá de lo reseñado hasta ahora, quien tuviere fundado motivo para temer que durante el tiempo anterior al reconocimiento judicial de su derecho, éste pudiere sufrir un perjuicio inminente o irreparable, podrá solicitar las medidas urgentes que, según las circunstancias, fueren más aptas para asegurar provisionalmente el cumplimiento de la sentencia. Se requiere para ello la existencia de peligro en la demora y la verosimilitud del derecho, y en estos casos el tribunal tiene amplísimas facultades de protección, sobre todo en el marco de un derecho procesal laboral que vela por la vigencia de un derecho sustancial eminentemente tuitivo.” (ESTELA M. FERREIRÓS, “PROCEDIMIENTO LABORAL DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES”, EDIC. LA ROCCA, PÁG. 163).


Corresponde mencionar que la ley ritual, en este caso el CCAyT, el objeto de la medida cautelar claramente difiere del objeto principal de la acción de amparo.


En segundo lugar, la medida cautelar peticionada tiene una clara limitación en el tiempo, lo que incluso está dado por los tiempos de producción de este tipo de procesos judiciales.


Sin perjuicio de que la verosimilitud del derecho y el peligro en la demora son los únicos elementos requeridos por ley, y que se encuentran acabadamente acreditados en autos, esta parte también cumple con los requisitos establecidos en la doctrina y jurisprudencia en tanto lo que se trata es de precautoriamente suspender la vigencia temporal de la Resolución 1723 y su Anexo hasta tanto se resuelva sobre su impugnación en la acción principal.


En consecuencia, no procede una interpretación tendiente a hacer aún más restrictivo el acceso a la medida cautelar solicitada, en virtud de que el derecho invocado, por su entidad, se encuentra protegido constitucionalmente.


De este modo, de proporcionar V.S. la cautelar solicitada no existiría en dictado de la misma una satisfacción acabada de la pretensión, ya que la resolución que se dicta en el marco de una medida cautelar es de carácter provisorio y por lo tanto no causa estado, lo que conlleva necesariamente que la satisfacción de la pretensión –posea esta identidad parcial o total del objeto pretendido- resulta ser meramente fáctica y no jurídica.


En este sentido lo ha sostenido el Máximo Tribunal en los autos: “CAMACHO ACOSTA C/ GRAFO GRAF S.R.L.” que “en ciertas ocasiones –como ocurre en la medida de no innovar y en la medida cautelar innovativa- existen fundamentos de hecho y de derecho que imponen al tribunal expedirse provisionalmente sobre la índole de la petición formulada sin que ello implique incurrir en prejuzgamiento(C.S.J.N., FALLOS 320:1643, AGOSTO 7-1997).


Del mismo modo, y en sintonía con lo manifestado por la Corte en el precedente citado, la jurisprudencia tiene dicho que “La Corte Suprema de Justicia de la Nación a partir del fallo “Camacho Acosta, Máximo c/ Grafo Graf S.R.L. y otros” (del 7/8/97 LL 1997 E-652) ha sentado doctrina en relación a que la medida innovativa puede funcionar como tutela anticipada. Tal como lo destaca el procesalista peruano Juan Monroy Gálvez se trata de una verdadera “tutela coincidente” dado que apunta a obtener por la vía precautoria todo o parte de lo que se pretende como postulación de fondo. Por ello la legitimación sólo se daría cuando media la posibilidad de un “periculum in damni” (perjuicio irreparable) que justifica, excepcionalmente y por razones axiológicas la violación del referido dogma” (CONF. MORELLO, AUGUSTO “MEDIDAS CAUTELARES” EDITORIAL LA LEY 2006 PÁG. 46, Y FERREIRÓS, ESTELA M. “EFICACIA Y GARANTÍA JURISDICCIONAL EN LA DEFENSA DE LOS DERECHOS LABORALES. LAS MEDIDAS AUTOSATISFACTIVAS”, REVISTA DE DERECHO LABORAL Y SEGURIDAD SOCIAL, LEXIS NEXIS 2003-A PAG. 140/144).” CITA: ELDIAL.COM – AA56B0 (CAUSA 8.671/2009 – “VEGA, MIRTA OFELIA C/ TRANSPORTE METROPOLITANO GENERAL ROCA S.A. Y OTROS S/ ACCIDENTE-ACCION CIVIL”- INCIDENTE – CNTRAB – SALA VII – 18/06/2009).


 


 


 


6.6.- PRESTA CAUCIÓN:


La concesión de medidas cautelares requiere el otorgamiento de caución por parte de quienes las solicitaren.


La doctrina interpretativa de la norma ha puntualizado que la caución puede ser meramente juratoria, a través de la declaración de los peticionantes en el sentido que se harán responsables de los daños y perjuicios que eventualmente ocasionen (FINOCHIETTO – ARAZI, OP. CIT., T.1, PÁG. 675).


A todo evento, se ofrece como contracautela, caución juratoria. En consecuencia, la denegatoria de la medida cautelar significaría, sin más, la imposibilidad de poseer una vida digna.


 


6.7.- PETICIÓN CAUTELAR:


Por todo ello, se solicita a V.S. que provisionalmente declare la suspensión de la vigencia temporal de la Resolución 1723 y el Anexo que conforma e integra; o que ordene al Ministerio de Salud del Gobierno de la Ciudad a que dicte una resolución que suspenda la norma indicada.


Pido, asimismo, se fijen astreintes por cada día de demora en el pago de sus haberes, de una magnitud que desaliente el incumplimiento, sin perjuicio de lo dispuesto en el art. 239 del Código Penal.


 


 


7.- COMPETENCIA:


V.S. es competente para entender en el presente caso atento lo establecido por nuestra jurisprudencia que determinó sobre el tema puntual que nos ocupa.


8.- PRUEBA:


Que en apoyo del derecho que nos asiste venimos a ofrecer los siguientes medios de prueba sin perjuicio del derecho de ampliarla posteriormente:


A) DOCUMENTAL:


1.- Copia de anverso y reverso del DNI de AMANDA MARTIN.


2.- Copia de anverso y reverso del DNI de VANINA BIASI.


3.- Copia de anverso y reverso del DNI de GABRIEL SOLANO.


4.- Copia de la versión taquigráfica preliminar de la Sesión N° 8 de la Legislatura de la Ciudad realizada el día 16/07/2020.


5.- Copia de las fojas rubricadas por el Ministerio de Trabajo y Producción (actual Ministerio de Trabajo Empleo y Seguridad Social de la Nación), Dirección de Asociaciones Sindicales, del Libro de ACTAS de la ADEMYS, donde consta rubrica y a fs. 115 el Acta de Asunción y Constitución del Consejo Directivo y la Comisión Revisora de Cuentas de fecha 05/12/2019 donde consta la designación de la actora AMANDA MARTIN en el cargo de Secretaria de Acción Gremial. Se aclara en el punto que debido a la declaración de aislamiento social, preventivo y obligatorio los trámites de certificación de autoridades por ante el Ministerio se han visto suspendidos.


6.- Copia de la solicita emitida por las instituciones médicas privadas en fecha 25/07/2018.


 


SOLICITA SE CERTIFIQUE POR SECRETARIA: Se solicita se certifique por Secretaría la autenticidad de los links que a continuación se informan y que corresponden al ofrecimiento de prueba documental, a saber:


1.- Nota y Solicitada publicada en  Diario La Nación: https://www.lanacion.com.ar/politica/clinicas-y-sanatorios-privados-piden-libertad-y-derecho-de-abstenerse-a-practicar-abortos-nid2156129)


2.- Cartilla OSBA: http://www.obsba.org.ar/cartilla


3.- Cartilla DOSUBA: http://cartillapdf.dosuba.uba.ar/cartilla.pdf


 


B) INFORMATIVA:


1) A los fines de que certifique la legalidad, legitimidad y autenticidad de la versión taquigráfica preliminar señalada en inciso 4) del apartado precedente y/o acompañe la versión taquigráfica final de la Sesión N°8 se oficie a la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.


2) Atento a la imposibilidad de agregar el Acta que certifica la actora VANINA BIASI en su carácter de Secretaria de Actas de la Comisión Gremial Interna de la Facultad de Ciencias Sociales de la UBA de la Asociación del Personal de la Universidad de Buenos Aires (APUBA), por encontrarse el domicilio de la Facultad donde se haya el local gremial cerrado producto del aislamiento social, preventivo y obligatorio, se solicita en su caso, se libre oficio a la Asociación del Personal de la Universidad de Buenos Aires (APUBA) a los fines que certifique el carácter de representante gremial de la trabajadora.


 


 


9.- DERECHO:


La presente demanda se funda en los arts. 1, 10, 20, 21, 37, 38, 39, 56, 80, 103 y concordantes de la Constitución de la Ciudad; arts. 16, 18, 19, 28, 31, 33, 43, 75 incisos 22, 23 y 24 de la Constitución Nacional; lo dispuesto en los arts. 3, 4 y 26 de la Convención Americana de Derechos Humanos; arts. 3 y 6 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos; art. 6 de del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos; arts. 1 y 6 de la Convención de los Derechos del Niño; arts. 1, 2, 3, 4, 5, 10, 12 y concordantes del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales; 1, 2, 3, 4, 5, 10 y concordantes del Protocolo adicional a la Convención Americana sobre Derechos Humanos en materia de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (Protocolo de San Salvador); Convención sobre Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer; Convención de Viena sobre el Derecho de los Tratados; Convención contra las Torturas y otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes; lo dispuesto en la Plataforma de Acción de Beijing; Convención Interamericana Para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer “Convención de Belem Do Para”; las Leyes 23.660 y 23.661, 23.592, la Ley 26.485 y su Decreto reglamentario 1011/2010 que Refiere a la Protección Integral para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra las Mujeres en los ámbitos en que desarrollen sus relaciones interpersonales; doctrina de la Corte Suprema de Justicia de la Nación citada, lo dispuesto por la Comisión IDH en sus Informes del Año 2011 (Estándares jurídicos vinculados a la igualdad de género y a los derechos de las mujeres en el sistema interamericano de derechos humanos: desarrollo y aplicación) y su actualización Años 2011-2014; Informe del Año 2019 (Impactos de casos de discriminación y violencia contra mujeres, niñas y adolescentes. Violencia y discriminación contra mujeres, niñas y adolescentes: Buenas prácticas y desafíos en América Latina y en el Caribe); Informe del año 2018 (Avances y Desafíos hacia el reconocimiento de los derechos de las personas LGBTI en las Américas); Informe del Año 2020 (Violencia y Discriminación contra mujeres, niñas y adolescentes); doctrina de la Corte IDH, entre ellas, CASO ARTAVIA MURILLO Y OTROS (“FECUNDACIÓN IN VITRO”) VS. COSTA RICA (Sentencia del 28/12/2012) y Opiniones Consultivas de la Corte IDH, entre ellas la OC-22/2016;  Ley 2145 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y demás normativa citada en el desarrollo del presente, jurisprudencia y doctrina aplicable al caso.


 


 


10.- AUTORIZACION:


Quedan facultados para realizar todo tipo de diligenciamientos y desgloses, y retirar cédulas, oficios, exhortos, mandamientos, presentar escritos, consultar el expediente, y dejar nota en el libro de asistencia, las Dras. Alejandra Yael Bernat, Liliana Alaniz, Claudia Ferrero, Elisa Robotti, María Alicia Calvinho, María Paula Kerle, María Florencia Kordich, los Dres. Eduardo Penello, Pablo Matías Bentivegne y Joaquín Lisandro Corti Bielsa y/o a quienes éstos autoricen.


 


 


11.- CUESTIÓN FEDERAL SUFICIENTE. RESERVA CASO FEDERAL:


Previendo la hipótesis de que el decisorio que recayere en autos resultare arbitrario o violatorio de los derechos superiores consagrados en nuestra carta magna y en los tratados que gozan de jerarquía constitucional, las garantías de la defensa en juicio y debido proceso, juez natural, igualdad ante la ley y derechos y garantías de la Constitución de la Ciudad y de la Nación, así como en los tratados, pactos, declaraciones, convenciones internacionales con jerarquía constitucional, se formula reserva de articular el recurso extraordinario previsto en la Ley 48.


 


 


12.- PETITORIO:


Por las razones expuestas, solicito a V.S.:


1) Se nos tenga por presentadas y presentado, por parte, por constituido el domicilio procesal y acompañador el bono ius;


2) Se tenga por presentada la acción de amparo, declarándose admisible la presente demanda y ordenándose traslado a la demandada;


3) Se tenga por presentada la prueba documental y por ofrecida la restante;


4) Se haga lugar a la medida cautelar solicitada;


5) Se tenga presente la reserva federal formulada;


6) Se tenga presente a las personas autorizadas;


7) Oportunamente, se solicita que V.S. dicte sentencia, haciendo lugar a la demanda y condenando a la contraria por su accionar ilícito, con más sus intereses y las costas del juicio.


 


PROVEER DE CONFORMIDAD,


SERÁ JUSTICIA


 


 

Proyecto para impugnar la reapertura de escuelas en la Ciudad

24/08/2020


La Honorable Cámara de Diputados de la Nación


RESOLUCIÓN


Impugnar la reapertura de escuelas en el ámbito de la Ciudad de Buenos Aires, dado el actual cuadro epidemiológico y sanitario que arrojan los datos oficiales en los partes cotidianos del propio Ministerio de Salud de la Nación, que no indican por el momento una mejoría de la situación sanitaria y con un sistema de salud comprometido, que según los profesionales de salud se encuentra con una ocupación del 75%.


Instar al ministro de Educación de la Nación, Nicolás Trotta, como responsable de todo el sistema educativo nacional, a no avalar esta reapertura prematura y, en cambio, proceder a una distribución masiva en todo el territorio nacional de dispositivos digitales y conectividad para todos los estudiantes, familias y docentes que lo soliciten para poder acompañar pedagógicamente estas instancias virtuales que con tanto esfuerzo docente y estudiantil se están llevando adelante.


Reclamar un plan de aumento de presupuesto educativo para todo el país, que implique la readecuación de la infraestructura escolar, la compra de mobiliario, contratación bajo convenido de más personal auxiliar para limpieza, los recursos de higiene y seguridad en todas las escuelas, personal profesional de la salud en cada establecimiento educativo, salario y nombramiento de docentes para cubrir todas las necesidades de las escuelas.


 


FUNDAMENTOS


Sr. Presidente:


La reciente comunicación de parte del Ministerio de Educación de la Ciudad de Buenos, ratificada en los medios de comunicación por su responsable la Ministra de la respectiva cartera porteña, Soledad Acuña, y en las comunicaciones enviadas a las escuelas de diferentes niveles educativos, indican de forma contradictoria a la situación de casos de contagios de Covid 19, la apertura de establecimientos escolares para desarrollar actividades presenciales con niños, niñas y adolescente a partir del 31 de agosto.


Apenas anunciada la medida, las denuncias entre los docentes por las consecuencias que podría tener la misma, no han cesado de crecer. La preocupación y la indignación que manifiestan, como argumentaremos aquí, está más que justificada.


El plan que supuestamente le han presentado al ministro nacional Nicolás Trotta constaría de gabinetes en todas las escuelas para que puedan asistir con turno los chicos que lo necesiten, o sea no solo para los 5100 estudiantes que anunciaron en la conferencia de prensa, en lugar de distribuir dispositivos.


Las y los trabajadores del programa de educación tecnológica de la ciudad – Intec- fueron los que explicaron el lento vaciamiento del programa Sarmiento de reemplazo de entrega de computadoras individuales con conectividad – sistema wimax- por algunas computadoras o tablet por escuela. Estos dispositivos de uso común, en muchas ocasiones están dañados e incluso con menor cantidad de lugares para repararlos y no disponen de conectividad propia, por eso deben estar en la escuela para conectarse a la red escolar. La virtualización en estas condiciones es sobre la base de una fuerte desigualdad educativa.


Para poner en contexto estos datos, el Observatorio Argentinos por la Educación, difundió una encuesta reciente que afirma que 8 de cada 10 docentes tiene problemas de conectividad, que el celular se ha convertido en el dispositivo exclusivo para establecer contactos con la escuela. A su vez, la encuesta señala que en el 92,2% de las escuelas primarias estatales urbanas se utiliza WhatsApp para proponer tareas: un 80% de las instituciones usa esta aplicación siempre, y un 12,2%, a veces, según respondieron las familias.


Sin recursos, infraestructura adecuada, presupuesto, alimentación escolar, sin personal auxiliar suficiente, sin distribución de computadoras y, lo más importante, con circulación comunitaria del virus, no hay condiciones para reabrir las escuelas. El resultado puede ser de consecuencias impredecibles: niños, maestras y familias, todos contagiados.


Lo demuestran los casos internacionales como Francia, Israel, Alemania que tuvieron que volver sobre sus pasos tras contagios más o menos altos; o los casos más cercanos como Jujuy, que el 15 de junio abrió unos días y hoy está colapsado su sistema sanitario, o en la propia Provincia de Buenos Aires, donde por ejemplo en el distrito de San Juan también hubo que retroceder con la medida en cuatro departamentos.


La polítca de montar gabinetes tecnológicos es un primer paso para una apertura general de todas las escuelas en estas condiciones no es una solución, más bien significa colocar mayor presión en las escuelas, en función de la reapertura general de la cuarentena, derivada de la presión de las patronales y empresarios, con un claro desprecio a la vida de los más pobres que son a los que supuestamente van dirigidas estas actividades presenciales, constituyendo una medida discriminatoria.


Nuestra preocupación por los aprendizajes y la situación académica es compartida con las familias y docentes. Justamente por eso hemos reclamado recursos desde el 16 de marzo que nunca han llegado, como así tampoco la asistencia material para las familias que se han quedado sin trabajo, sin asistencia alimentaria adecuada para transitar las medidas de prevención.


Por ello reclamamos un plan de aumento de presupuesto educativo, que implique la readecuación de la infraestructura escolar, la compra de mobiliario, contratación bajo convenido de más personal auxiliar para limpieza, los recursos de higiene y seguridad en todas las escuelas, personal profesional de la salud en cada establecimiento educativo, nombramiento de docentes para cubrir todas las necesidades de las escuelas.


Por todos estos motivos, solicitamos a las y los diputados nacionales el acompañamiento y la aprobación del presente Proyecto de Resolución.


 

Del Plá presenta proyecto para impugnar la reapertura de escuelas en la Ciudad y reclama a Trotta por la situación educativa en todo el país

Romina Del Plá, diputada del PO-FIT, presentó un proyecto para impugnar la reapertura de escuelas en la Ciudad, instar al ministro Trotta a no avalarla, y reclamar un plan de aumento de presupuesto educativo para todo el país

24/08/2020

Del Plá afirmó: “El actual cuadro epidemiológico que arrojan los datos oficiales no indica por el momento una mejoría de la situación sanitaria, con un sistema de salud comprometido. Se trata de una reapertura prematura y el resultado puede ser de consecuencias impredecibles: niños, maestras y familias, todos contagiados”. 


 


“Instamos al ministro Trotta a no avalar esta reapertura. El plan que le presentaron constaría de gabinetes para que asistan con turno los chicos que lo necesiten, en lugar de distribuir dispositivos. Pero sin recursos, infraestructura adecuada, presupuesto, alimentación escolar, personal auxiliar suficiente, distribución de computadoras y, sobre todo, con circulación comunitaria del virus, no hay condiciones para reabrir. La política de montar gabinetes tecnológicos no es una solución, más bien coloca mayor presión en las escuelas, en función de la reapertura de la cuarentena, derivada de la presión de las patronales, con un desprecio a la vida de los más pobres, a quienes supuestamente van dirigidas estas actividades presenciales”. 


 


“Seguimos reclamando la distribución masiva de los dispositivos digitales a estudiantes, familias y docentes para acompañar pedagógicamente las instancias virtuales, junto a un aumento del presupuesto educativo que implique la readecuación de la infraestructura escolar, la compra de mobiliario, la contratación bajo convenio de más personal auxiliar para limpieza, los recursos de higiene y seguridad, el personal de salud en los establecimientos educativos, salario y nombramiento de docentes para cubrir todas las necesidades de las escuelas”.


 


Romina Del Plá: 1140429791


 


 


Proyecto para impugnar la reapertura de escuelas en la Ciudad: 


 


https://po.org.ar/comunicados/2856-proyecto-para-impugnar-la-reapertura-de-escuelas-la-ciudad

Martes, 15h, movilización contra las granjas industriales de cerdos y los desmontes y quemas

El martes 25 se realizará una movilización nacional ambiental, a propósito del repudio de la instalación de grandes granjas industriales para la producción de cerdos en Argentina y por el fin de las quemas y desmontes, convocada por organizaciones ambientales. El Frente de Izquierda Unidad participará de la marcha.

24/08/2020


Gabriel Solano, dirigente del Partido Obrero y legislador de la Ciudad de Buenos Aires, dijo: “Ante la pasividad completa del Ministerio de Ambiente y Desarrollo que dirige Juan Cabandié y del gobierno nacional, la situación de los desmontes se ha tornado catastrófica. Los incendios recorren el país y América latina. Vamos a movilizar a exigir que se ponga fin a la deforestación y las quemas de pastizales para expandir la frontera para la exportación que agrava las infecciones respiratorias en plena pandemia, destruye fauna y flora y recrudece el drama de las inundaciones por la impermeabilización de los suelos.”


“Sucede que detrás de los incendios para desmonte que están destruyendo el ambiente está el acuerdo con el FMI. La política de `exportar todo lo que se pueda` de Fernández es en favor de los terratenientes, los grandes pooles de siembra y las cámaras exportadoras, que impulsan las quemas y aprovechan la necesidad de dólares del gobierno para reclamar exenciones impositivas y una devaluación. No es un plan económico con ninguna sustentabilidad sino una profundización de la primarización económica, que se inscribe en la línea de la forma de explotación que produce nuevas enfermedades como el Covid-19.”


“Como hizo el pueblo mendocino, tenemos que movilizar masivamente en todo el país para que se termine con las leyes y políticas de depredación de los recursos naturales, que ni siquiera van al desarrollo nacional sino al pago de la deuda externa, que es hacia donde se depositan los dólares que recauda el Estado del sector exportador. Planteamos la nacionalización del comercio exterior y de la gran propiedad de la tierra.”


Solano: 1556901514

Solano: “Acompañamos la lucha por el reconocimiento del trabajo en los comedores populares”

El legislador porteño por el Frente de Izquierda, Gabriel Solano participará hoy 11.30h de la concentración convocada por el Polo Obrero en el Obelisco en reclamo por el reconocimiento de los derechos laborales de los trabajadores de los comedores populares, un proyecto discutido con vecinos y presentado por él en la Legislatura.

23/08/2020


Solano indicó que : "No solo acompaño el reclamo y me movilizaré el día de hoy, sino que he presentado en la legislatura un proyecto que incorpora este reclamo, junto con el de universalización de la asistencia a comedores no reconocidos. Se trata de trabajadoras y trabajadores que dia a dia se encuentran en la primera línea, con peligro al contagio, alimentando a  miles de personas,  por eso nuestro proyecto plantea el reconocimiento del trabajo realizado en los comedores como esencial, con reconocimiento de todos los derechos laborales de un trabajador estatal de la Ciudad, salario, ART y obra social."


 


Gabriel Solano: 1156901514

Organizaciones de jubilados rechazan la ley jubilatoria que prepara el gobierno

Organizaciones de jubilados de todo el país realizarán un Plenario Autoconvocado vía Zoom el martes 25 de agosto a las 17h. El 4 de septiembre realizaran una audiencia pública convocada por la diputada Romina Del Plá

22/08/2020

Nora Biaggio, dirigente del Plenario de Trabajadores  Jubilados, dijo “El DNU del gobierno que otorga 7,5% a los jubilados no le gana a la inflación ni a nada. Les vienen debiendo el 20% desde el gobierno de Macri y hoy el aumento debería haber sido del 10,5% con la movilidad anterior. En la Bicameral Previsional del Congreso siguen dilatando la recuperación de la movilidad jubilatoria eliminada por Alberto Fernández y están discutiendo formas de avanzar en la liquidación de las cajas previsionales provinciales y cualquier acercamiento al 82%. Rechazamos la nueva ley jubilatoria que preparan  que usará el Fondo de Garantía de Sustentabilidad para negociados  e inversiones especulativas y no para garantizar las condiciones de vida a los jubilados. El 80% de los jubilados cobramos la miseria de $18.120, cuando la canasta básica jubilatoria está en $46.000 y se usan los fondos de Anses para subsidiar a los empresarios. La situación se completa con una total desprotección de los adultos mayores en los geriátricos y con recortes en las obras sociales.”

 

Solano: “La vuelta a clases presenciales es una medida irresponsable del gobierno de Larreta”

El diputado de la Ciudad de Buenos Aires Gabriel Solano participó de la Comisión de Educación de la Legislatura donde se debatió la decisión de la vuelta a clases presenciales anunciada por Rodríguez Larreta y la ministra Soledad Acuña.

21/08/2020

La propuesta de resolución presentada por Solano señala el “rechazo al retorno a las actividades escolares presenciales mientras no haya condiciones epidemiológicas y sanitarias, de infraestructura, seguridad el higiene en los edificios escolares. Y exige la entrega perentoria de dispositivos digitales a docentes y estudiantes, y la inmediata implementación de un plan de infraestructura, distribución de recursos de higiene, readecuación de edificios, presupuesto destinado a edificios escolares y nombramiento de planta permanente de personal auxiliar de limpieza”.


 


En la Comisión Gabriel Solano agregó que “las primeras víctimas de esta decisión irresponsable serán los estudiantes de menores recursos y sus familias, que son los que deberían ir a los edificios escolares ante la negativa del gobierno de entregar los dispositivos mínimos, a pesar de los fallos judiciales que lo conminaron a hacerlo”.


 


Solano concluyó señalando que “no es casual que unánimente la comunidad educativa rechace esta decisión, ya que son los estudiantes, los docentes y las familias quienes conocen el deterioro enorme de los edificios escolares, la falta de personal y la asfixia presupuestaria”.

Denuncia penal contra otro cura de La Plata

Se trata del cura Raul Sidders, quien durante años fue parte de una trama de abusos al interior de la Iglesia católica platense.

21/08/2020


El día 20 de agosto llegó a los tribunales de La Plata la primera denuncia penal contra el cura Raul Sidders quien durante años fue parte de una trama muy amplia de abusos al interior de la Iglesia Católica platense. Esto ocurre luego de que Prensa Obrera recogiera las primeras denuncias públicas contra el cura, lo que abrió paso a que otras víctimas se animaran a contar lo que vivieron en el colegio San Vicente de Paul


“La presentación judicial estuvo precedida por amenazas contra denunciantes, víctimas y contra el medio que hizo lugar a los duros relatos de víctimas y familiares, Prensa Obrera, por parte de la poderosa Iglesia Católica” señaló Eduardo Salas, responsable editor del periódico Prensa Obrera.


“Los mecanismos tantas veces denunciados por sobrevivientes del abuso sistemático dentro de la Iglesia, se repiten frente a esta nueva denuncia. La comunidad platense ha asistido atónita a los relatos desgarradores de las víctimas de Eduardo Lorenzo, denuncias que fueron silenciadas ante el abrupto desenlace del caso con el “suicidio” del cura pederasta protegido por Mons Aguer antes y luego por Mons Víctor Fernández”. señaló la abogada de Apel y querellante en la nueva causa, Pia Garralda.


“En los próximos tiempos se deberán atravesar más situaciones de tensión porque el poderío de la Iglesia reside en la protección que le da el propio Estado y sus gobernantes y desde el cual se busca silenciar y ocultar las denuncias. Nuestro portal dará voz y publicidad a cada una de estas victimas que quieren silenciar y a la continuidad de su lucha. Su difusion es fundamental para enfrentar esas amenazas y terminar con la trama de impunidad." afirmó el editor de Prensa Obrera


“Nuestros próximos pasos estarán orientados a continuar con el trabajo común con las organizaciones de sobrevivientes, que son el ámbito fundamental para que toda víctima de este accionar se referencie y encuentre allí la contención que necesita. También fomentamos el trabajo común con todos los sectores que de manera amplia han acercado su solidaridad, porque al poder clerical y estatal le oponemos la organización común de aquellos que han librado todo tipo de batallas en nuestro país contra este flagelo inadmisible. Y por supuesto la más amplia difusión de todas las repercusiones sobre este y sobre todos los casos de abuso psicológico, físico y sexual en la Iglesia Católica.” reafirmó la abogada Garralda.


Eduardo Salas, editor de Prensa Obrera: 3515 47-7025


Pía Garralda, abogada de la causa: 2215 52-9756

Se realizó acto a 80 años del asesinato de León Trotsky

Con más de 3.200 participantes conectados en las diversas plataformas online, el Partido Obrero realizó un acto reivindicando la vigencia en la actualidad del pensamiento de León Trotsky, en el 80 aniversario de su asesinato.

21/08/2020


Néstor Pitrola dijo: “A 80 años del asesinato de León Trotsky reivindicamos su obra y su legado desde la perspectiva de su vigencia en el presente. La realidad que vivimos hoy, de guerras comerciales, enfrentamientos bélicos, depresión económica y hambre de miles de millones confirman la caracterización de Trotsky respecto a la descomposición y la agonía mortal del capitalismo, del cual nada podemos esperar. En 2020 reivindicamos la vigencia de la etapa del socialismo, como ponen sobre la mesa las rebeliones populares desde Estados Unidos, hasta el Líbano y Bolivia que se levantan contra las diferentes formas de opresión del régimen que no puede garantizar las más mínimas condiciones a los pueblos del mundo.”


Soledad Díaz, diputada del Frente de Izquierda Unidad en la provincia de Córdoba, dijo: “Recogiendo el legado de Trotsky nos preparamos para una nueva etapa de rebeliones populares en América Latina, que más temprano que tarde se abrirán curso como se observa ahora mismo en la resistencia contra el gobierno golpista en Bolivia. Las aspiraciones de la juventud, de las mujeres y de los pueblos que recorren el mundo en reclamos por derechos democráticos, contra la represión, el hambre y la pobreza no pueden ser resueltas por un sistema social en crisis. En este cuadro de rebeliones en el mundo homenajeamos a León Trotsky levantando sus banderas de lucha por la Unidad Socialista de América Latina.”


 

Solano: “Berni se tiene que ir”

El día de hoy 15.30 el Encuentro Memoria Verdad y Justicia marchará de Plaza de Mayo - donde se realizará la tradicional ronda de las madres - hacia la casa de la Provinica de Buenos Aires para exigir: justicia por Facundo Castro y Fuera Berni. Esta movilización se da a mas de 4 meses de su desaparición a manos de la policía Bonaerense.

20/08/2020


El legislador del Frente de Izquierda – Partido Obrero, Gabriel Solano, quien movilizará el día de hoy afirmó: "La aparición de un cuerpo, que podría ser el de Facundo Castro, y los hechos que lo acompañaron refuerzan el lugar clave de la lucha para que se vaya Sergio Berni, tal como lo afirma su madre, que reclamó públicamente la renuncia del ministro". 


"Mientras Berni continúa encubriendo a la Bonaerense, las pruebas de su responsabilidad  son abrumadoras:  ocultamiento de la detención, mentiras sobre el documento de Facundo, testigos falsos, objetos de Facundo en una comisaría, aprietes al excuñado, entre otras"


"Berni encubre a la Bonaerense a la vez que Kicillof y el gobierno nacional lo encubren a él.  Se trata de la defensa de una política de empoderamiento de las policías, el blanqueo del Ejército y el "orgullo" de Alberto por las fuerzas armadas, el cual esta ligado a las políticas de ajuste que se vienen desarrollando y se agudizarán con los acuerdos de pago de la deuda y la intervención directa del FMI que se viene. El gobierno se prepara para responder con la violencia a la movilización popular".  


"El envalentonamiento gubernamental a las fuerzas represivas tiene hasta el momento como resultado este año 92 casos de muertes a manos de integrantes de las fuerzas estatales desde marzo, 42 de los cuales fueron en la provincia de Buenos Aires. Córdoba se encuentra sacudida por el caso del joven Blas Correas. A esto se suman centenares de otros ataques, como las violaciones y torturas a jóvenes Qom, el crimen de Luis Espinoza en Tucumán y la represión directa a las protestas de los trabajadores".


"Desde el Partido Obrero, y nuestra banca como Frente de Izquierda acompañamos el pedido de su madre: ¡Fuera Berni! ¡Aparición con vida de Facundo!" finalizó Solano


 

Jueves 20 de agosto, 19h, acto a 80 años del asesinato de León Trotsky

Hablan Néstor Pitrola y Soledad Díaz, dirigentes del Partido Obrero. Se transmite en vivo vía prensaobrera.com

19/08/2020


Pitrola: “El trotskismo es el socialismo de nuestros días”


Néstor Pitrola dijo: “A 80 años del asesinato de León Trotsky reivindicamos su obra y su legado desde la perspectiva de su vigencia en el presente. La realidad que vivimos hoy, de guerras comerciales, enfrentamientos bélicos, depresión económica y hambre de miles de millones confirman la caracterización de Trotsky respecto a la descomposición y la agonía mortal del capitalismo, del cual nada podemos esperar. En 2020 reivindicamos la vigencia de la etapa del socialismo, como ponen sobre la mesa las rebeliones populares desde Estados Unidos, hasta el Líbano y Bolivia que se levantan contra las diferentes formas de opresión del régimen que no puede garantizar las más mínimas condiciones a los pueblos del mundo.”


Soledad Díaz, diputada del Frente de Izquierda Unidad en la provincia de Córdoba, dijo: “Recogiendo el legado de Trotsky nos preparamos para una nueva etapa de rebeliones populares en América Latina, que más temprano que tarde se abrirán curso como se observa ahora mismo en la resistencia contra el gobierno golpista en Bolivia. Las aspiraciones de la juventud, de las mujeres y de los pueblos que recorren el mundo en reclamos por derechos democráticos, contra la represión, el hambre y la pobreza no pueden ser resueltas por un sistema social en crisis. En este cuadro de rebeliones en el mundo homenajeamos a León Trotsky levantando sus banderas de lucha por la Unidad Socialista de América Latina.”


 

Gabriel Solano le respondió a Máximo Kirchner y reclamó que se vaya Berni

Este mediodía, el Partido Obrero junto con el Frente Piquetero, movilizaron a la Casa de la Provincia de Buenos Aires en reclamo por justicia por Facundo Castro.

18/08/2020

Gabriel Solano, dirigente del Partido Obrero, dijo “Todas las pruebas apuntan a la Bonaerense: las fotos, las pertenencias de Facundo, las declaraciones, los mensajes en sus celulares. Lo que está claro para todo el país es negado por el ministro de seguridad Sergio Berni, el gobernador de la provincia Axel Kicillof y el gobierno nacional.”


“La represión que llevó a la desaparición de Facundo es una represión muy sutil. Los gobiernos nacional y provinciales le dijeron a la policía que tenían que usar la represión como contención social frente al crecimiento de la pobreza que no pueden parar. Por eso tenemos 29 personas asesinadas en la Provincia de Buenos Aires y más de 80 en todo el país en lo que va de la cuarentena. Usar las fuerzas represivas como método de control social los hace responsables de su accionar. Le reclamamos a Alberto Fernández, a Cristina Kirchner y a Axel Kicillof que Berni se tiene que ir.”


Luego, Solano polemizó con Máximo Kirchner: “Sí comparamos el caso de Santiago con el de Facundo. Del mismo modo que en la desaparición forzada de Santiago, hay una responsabilidad de una fuerza de seguridad del Estado. Y, en ambos casos, los que se evidencian como responsables son encubiertos por sus autoridades políticas.” 


 


Gabriela de la Rosa, dirigente del Polo Obrero de la Provincia de Buenos Aires, agregó “La Casa de la Provincia de Buenos Aires nos recibió cerrada y vallada a quienes nos movilizamos en reclamo de que se esclarezca el caso de Facundo Castro. Exigimos que se investigue a la policía bonaerense, que en los barrios está causando estragos, con el gatillo fácil, con la protección y garantías a las mafias del narcotráfico y la trata. La entrega de alimentos ha sido un pretexto para introducir al ejército y las fuerzas de seguridad en los barrios que en la cuarentena ya lleva 29 crímenes solamente en la Provincia de Buenos Aires que es en lo que termina la política de represión y militarización.”

12h movilización a la Casa de la Provincia de Buenos por Facundo Castro

Este martes, a las 12h el Partido Obrero movilizará junto al Frente Piquetero desde Congreso a la Casa de la Provincia de Buenos Aires (Av. Callao 322) en reclamo de la aparición con vida y justicia por Facundo Castro.

17/08/2020


Gabriel Solano, dirigente del Partido Obrero, dijo: “Vamos a movilizar a la Casa de la Provincia de Buenos Aires a reclamar por justicia por Facundo Castro. Por su aparición con vida y que se sepa qué paso desde el 30 de abril. El Gobierno nacional y provincial deben dar respuestas.”


“Los hechos que rodean la aparición de un cuerpo este fin de semana en Villarino que podría corresponder a Facundo Castro hablan por sí mismos de lo que ha sido la política del Gobierno nacional y provincial desde el primer momento de la desaparición. Los indicios de que el cuerpo podría haber sido plantado, la aparición de pertenencias de Facundo en una comisaría, las versiones lanzadas por el Ministro de Seguridad acerca de la mochila de Facundo cerca del cuerpo, las hipótesis que contradicen a los testigos, entre otros, apuntan a la responsabilidad de la Bonaerense y a un operativo de encubrimiento. Sin embargo, Berni realiza declaraciones en el sentido opuesto y respalda el accionar de la policía.”


“Movilizamos para reclamar que se vaya Berni y que se sepa qué paso con Facundo Castro. El fin de las irregularidades en la causa está íntimamente ligado a ello. El respaldo al ministro por parte de Alberto Fernández y Axel Kicillof es una decisión política con implicancias directas en la causa de Facundo y en la política de represión y mano dura contra la población.”


 

Asamblea educativa convocada por Gabriel Solano rechaza la vuelta a clases presenciales anunciado por Larreta

15/08/2020


En la tarde del sábado se realizó una asamblea educativa virtual convocada por el diputado de la Ciudad Gabriel Solano, quien a su vez integra la Comisión de Educación de la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. La asamblea contó con más de 200 participantes, destacándose la presencia de docentes y estudiantes de todos los niveles e integrantes de asociaciones cooperadoras, así como también de personal directivo de varias escuelas. De modo unánime se rechazó la vuelta a clases anunciada por Larreta, se denunció el ajuste a la educación que se aplica en la Ciudad que se expresa en los despidos a docentes suplentes, el incumplimiento del acuerdo paritario, la falta de inversión en conectividad, la reducción de partidas para comedores escolares y la reducción de fondos a las cooperadoras, entre otras cuestiones.


Gabriel Solano señaló que “rechazamos la vuelta a clases anunciada por Larreta porque no hay condiciones sanitarias ni materiales para ello. Estamos atravesando el peor momento de la pandemia con un sistema sanitario al borde de la saturación. La apertura de los colegios solo puede agravar la situación colocando en riesgo a los estudiantes, a los docentes y a las familias. Por eso es unánime el rechazo tanto de los sindicatos docentes, como de los estudiantes y las cooperadoras."


Solano también refutó los dichos de Larreta sobre los niveles de deserción en la virtualidad: “El Jefe de Gobierno faltó a la verdad cuando informó que fueron solo 5.000 los estudiantes `desconectados` durante la cuarentena. El Observatorio de la Educación Argentina estimó que el 20% de los estudiantes no tienen acceso a internet ni a computadoras en CABA. Esto equivale a aproximadamente a unos 70.000 estudiantes, una cifra 13 veces superior a lo que informó Larreta. Este número enorme se concentra en los estudiantes de menores recursos, que son los que deberían volver primero a clases, concentrando así en ellos los mayores contagios”.


“En vez de promover una vuelta de clases irresponsable, el gobierno debería invertir presupuesto en asegurar los medios materiales para llevar adelante la virtualidad en esta fase aguda de la pandemia. Pero en vez de eso profundizó el desmantelamiento del Programa Sarmiento, al dejar de entregar computadoras personales y eliminar la conectividad en los hogares que se daba por el sistema wimax. Ante esta situación muchas familias debieron recurrir a fallos judiciales para conseguir las condiciones materiales que requiere la virtualidad”.


En la asamblea se elaboró un programa integral sobre la situación educativa de la Ciudad. Se planteó el rechazo al incumplimiento del acuerdo paritario y la exigencia del pago establecido; la extensión de las suplencias a los docentes; pago a los docentes del Plan Fines; un plan de becas para estudiantes terciarios y secundarios; el aumento de los fondos para las cooperadoras; la universalización de los comedores escolares y la implementación de una tarjeta alimentaria de $ 5.000 por alumno entre otros reclamos. En relación a la reapertura de los colegios se resolvió impulsar la creación de comités de bioseguridad e higiene bajo control de la docencia y la comunidad educativa, con protocolos elaborados en conjunto. Para llevar adelante estos reclamos se resolvió un plan de acción que contemplará la realización de un relevamiento general.

Proyecto de repudio al desalojo violento realizado en la Feria de González Catán

15/08/2020


La Honorable Cámara de Diputados de la Nación


RESUELVE


Repudiar el desalojo violento realizado el 3 de julio último de alrededor de 200 puestos de la Feria ubicada en el cruce de la Ruta 21 y las vías del ferrocarril Belgrano Sur, en la localidad de González Catán, partido de La Matanza, Provincia de Buenos Aires.


Repudiar, asimismo, las amenazas de cierre del Centro Cultural “Galpón 3”, instalado en ese mismo terreno.


Reclamar que se habilite la reinstalación de la Feria en ese predio.


Reclamar, también, que se garantice la estabilidad y el funcionamiento del Centro Cultural “Galpón 3” en ese terreno.


Reclamar que el Municipio de La Matanza ponga a disposición de los feriantes y coordinadores del Centro Cultural las maquinarias y el personal necesario para que esto se haga realidad. Asimismo que una Comisión formada por el Municipio y la representación electa de los Feriantes, dictamine cuales son los valores que el Estado deberá indemnizar por ruptura de elementos necesarios.


Otorgar un bono extraordinario de $ 30.000 mensuales, hasta que se rehabilite la Feria, a los feriantes por haber perdido su fuente de ingresos.


Reclamar a las autoridades sanitarias y municipales, en acción común con feriantes y coordinadores del Centro Cultural, que garanticen la puesta en marcha de normas de funcionamiento (espacio entre puestos, etc.) que ayuden a prevenir el contagio del Covid19.


Elevar esta Resolución a los Ministerios de Desarrollo Social, de Cultura y de Interior de la nación, a la Gobernación de la Provincia de Buenos Aires y a la Municipalidad de La Matanza a fin de que provean las medidas necesarias para efectivizarla, que deberán informar a esta Cámara de los pasos dados en ese sentido en un plazo perentorio no superior a los 30 días hábiles.


 


FUNDAMENTOS


En la madrugada del 3 de julio de este año fueron brutalmente removidos más de 200 puestos de la feria comercial que se encuentra ubicada en el cruce de la Ruta 21 y las vías del ferrocarril Belgrano Sur, en la localidad de González Catán, partido de La Matanza, Provincia de Buenos Aires.


De esta feria que cuenta con más de 200 puestos donde se comercializaban diversos tipos de mercaderías, dependen para sobrevivir 200 familias.


El desalojo de la feria en su conjunto fue advertido por los vecinos que de inmediato dieron aviso a los dueños, también vecinos de la zona.


El desalojo fue realizado por las autoridades del Municipio de la Matanza, con el apoyo de la de la fuerza especial Utol y efectivos de la policía local, sin ningún tipo de aviso previo. Simplemente se presentaron con las máquinas (Retroexcavadoras, grúas, topadoras) y destruyeron los puestos, quemaron las estructuras de los mismos y amedrentaron a las personas que se solidarizaban y a alguno de los dueños que intentaban impedir que se destruya la Feria ya que se destruía así sus puestos de trabajo.


En el mismo predio en donde se encontraban los puestos comerciales de la feria funciona el Centro Cultural Deportivo y Ambiental “Galpón 3”. En este Centro Cultural muy reconocido en la zona, se interactúa con las Cátedra de Soberanía Alimentaria y de Educación Popular de la UBA. Se realizan diversas actividades culturales; clases de gimnasia, clases de música, arte, charlas educativas, ambientales, etc. El mismo se destaca porque se formó alrededor de la enorme lucha que vienen llevando los vecinos de González Catán desde hace muchos años contra la contaminación y los negociados del CEAMSE, en defensa del medioambiente.


Personalidades como Adolfo Pérez Esquivel, y Nora Cortiñas, Madre de Plaza de Mayo línea fundadora, se refirieron a la situación de los trabajadores desalojados por el Municipio y pidiendo proteger el Centro Cultural Galpón 3, expresando “preocupación y rechazo” a las medidas tomadas. La Cultura no se puede desarrollar libremente con la amenaza de las topadoras.


Este enorme reagrupamiento y organización de los vecinos se solidarizó con los trabajadores feriantes y ante esto recibieron la amenaza del Director de Trabajo del municipio de La Matanza Darío Butera de que también iba a arrasar el Centro Cultural.


Frente a este atropello los comerciantes y vecinos se reunieron en una asamblea en donde decidieron reclamar al municipio de La Matanza una explicación y la reposición de todo lo que se había destruido. En primera instancia resolvieron realizar una movilización; que se realizó el día 21 de julio desde el Shopping de San Justo a la Municipalidad. Allí fueron recibidos por Autoridades de la misma que pusieron como pretexto la pandemia del coronavirus para realizar dicho atropello.


Con el argumento forzado de evitar la propagación del virus (porque a tales efectos no era necesaria semejante barbarie), destruyeron la única fuente de trabajo de 200 familias, afectando la vida de 1000 personas en plena crisis social y Sanitaria. Mientras el gobierno nacional anuncia que va a desarrollar una política de creación de empleo (hasta ahora no vislumbrada, sino que por el contrario ha dejado correr los despidos masivos), el gobierno de La Matanza de un plumazo represivo cierra la fuente de trabajo de 200 familias.


El gobierno de Fernando Espinoza intenta arremeter, en medio de la pandemia y una crisis sanitaria y económica, contra uno de los sectores de trabajadores matanceros más precarizados, como los feriantes, y los vecinos que luchan ante la impunidad contaminante producto de los grandes negociados del CEAMSE, garantizados por la intendencia.


En La Matanza, el distrito bonaerense más poblado del conurbano, se somete a sus habitantes a condiciones de vida de extrema precariedad. En el marco de un importante déficit habitacional y de infraestructura, de alta contaminación y permanentes inundaciones, de altos índices de precarización laboral; la política del gobierno solo se centra en profundizar el camino de la militarización de los barrios más humildes y refuerza el aparato represivo con un único fin que es el de amedrentar y avasallar derechos.


Los reclamos por las fuentes de trabajo y el cese de las hostilidades al Galpón 3 fueron planteados al subsecretario de Gobierno Mario Barresi, quién habilitó una reunión producto de la importante movilización y organización por parte de los vecinos y feriantes. En la misma Barresi se comprometió a habilitar un canal de comunicación dentro de las 48hs para darle curso a dichos reclamos. Un compromiso que nunca se cumplió y que afirma la falta de voluntad por parte del gobierno municipal por solucionar este tipo de problemáticas.


En resumen, los trabajadores feriantes y los vecinos del Centro Cultural “Galpón 3” exigen el reintegro del espacio físico laboral y el cese del hostigamiento, amenazas y se garantice la estabilidad y funcionamiento del Centro Cultural, como así las pertenencias que les robaron en el momento del desalojo.


En el marco de la cuarentena y con un avance significativo del coronavirus, en uno de los distritos del conurbano donde la crisis económica y sanitaria se viene profundizando con mayor crudeza, donde gran cantidad de trabajadores son informales y desocupados sin ingresos, donde se multiplican las ollas populares en los barrios, este tipo de atropellos a los sectores más vulnerables, abandonados por el Estado merece el repudio y una solución inmediata.


Por este motivo y otros que explicaremos en las reuniones de comisión correspondientes, llamamos a los señores diputados a acompañar y aprobar este Proyecto de Resolución.

Proyecto de expropiación del Sanatorio Plaza

14/08/2020


ARTÍCULO 1: Declárase de utilidad pública y sujeta a expropiación al Sanatorio privado Plaza de Ferwal SA.


ARTÍCULO 2: Esta expropiación se consumará sin pago de indemnización alguna, bajo ningún concepto, al grupo empresario que ostentaba la propiedad de Sanatorio Plaza de Ferwal SA.


ARTÍCULO 3: Se prohíben los despidos y suspensiones de todo el personal (profesionales, administrativos, de seguridad, limpieza, etc.) que desempeña actividades laborales bajo la órbita de Sanatorio Plaza de Ferwal SA –independientemente de cual fuera su modalidad de contratación. Quedan expresamente garantizados los puestos de trabajo, salarios integrales sin mengua alguna y condiciones laborales de los Convenios Colectivos de Trabajo de la sanidad, incorporando al mismo a la totalidad de los trabajadores y empleados de la firma mencionada.


ARTÍCULO 4: El sanatorio expropiado, quedará a cargo del Estado Nacional y su operatoria estará bajo control directo de sus trabajadores.


ARTÍCULO 5: Se dispone la apertura de los libros de contabilidad de la empresa, bajo el control de los trabajadores, para proceder a una reorganización financiera, contable y de funcionamiento integral, en base a los balances reales del Sanatorio.


ARTÍCULO 6: Se constituirá una Comisión de Control y Gestión Obrera, integrada por trabajadores (profesionales y no profesionales) y electa por el voto directo de sus pares, quienes designarán a los profesionales y técnicos de su confianza para inventariar la totalidad de los bienes del Sanatorio y estarán a cargo de la puesta en funcionamiento del mismo, su gestión y administración de aquí en adelante, de acuerdo a lo establecido en el Artículo 5 de la presente ley.


ARTÍCULO 7: La nueva administración, elegida en forma democrática por los trabajadores, establecerá un plan de devolución de la deuda contraída por el grupo empresario expropiado con los trabajadores, en concepto de salarios no pagados, cargas sociales y todo otro ítem adeudado con los empleados.


ARTÍCULO 8: Quedan inhibidos y sujetos a embargo la totalidad de los bienes y fortunas personales de los accionistas del grupo empresario Ferwal SA radicados en el país, tanto bienes raíces como tenencias financieras u otras de todo orden. Sobre ellos se realizará un relevamiento y con dichos recursos se creará un fondo especial destinado a pagar las deudas contraídas con el Estado y con proveedores, bajo control y gestión de sus trabajadores.


ARTÍCULO 9: De forma.


 


Sr. Presidente:


Sanatorio Plaza es una empresa radicada en la localidad de Escobar (Provincia de Buenos Aires) que se encarga de atender la salud de la población. Existe hace más de 40 años y significa una fuente de ingresos estables para más de 65 familias de la ciudad.


La patronal de este sanatorio posee, además, una extensa fortuna de sanatorios y clínicas a lo largo de la Provincia de Buenos Aires, creadas a partir de la estafa a PAMI (la única obra social con la que trabaja), a los trabajadores, proveedores y al Estado nacional. 


Le debe a sus empleados 6 aguinaldos y 8 sueldos completos. La deuda con cada uno de sus trabajadores, es de alrededor de $350.000, sin contar indemnizaciones, ya que la empresa no envió Carta Documento de despidos. 


Ya suman más de 18 meses desde el comienzo del conflicto, donde los trabajadores, sin obra social, sin ART, y sin ningún tipo de aportes ni cobertura social ni previsional, percibían el 48% del salario que les corresponde bajo su convenio laboral. 


La presidente de la empresa, Claudia Marcela Gonzalez, y el vicepresidente, Daniel Álvarez, junto con Ricardo Mingrone (apoderado de la firma) y Roberto Eduardo Labonia (director médico) son responsables de empujar a los trabajadores a un conflicto en el marco del aislamiento obligatorio, dejándolos sin el sustento a sus familias y exponiéndolos al contagio de Covid- 19.


A ello se suma lo gravoso que resulta esta situación en un sanatorio, es decir: una empresa del rubro sanitario que se dedica a la atención en salud, en el marco del combate a la pandemia del coronavirus. 


El Sanatorio Plaza tiene una utilidad pública innegable, ya que cuenta con 48 camas de internación, de las cuales 8 son de terapia intensiva y 4 de terapia intermedia. A su vez cuenta con sistema de oxígeno central y aspiración central. 


Este proyecto de expropiación tiene por eje garantizar la continuidad de un establecimiento de salud para la población local, así como la totalidad de los puestos de trabajo, el pago de lo adeudado a los trabajadores y una reorganización integral del sanatorio en torno a la premisa de garantizar el derecho a la salud y no un negocio privado – en contraposición a una patronal que ha decidido bajar sus persianas, estafando a sus trabajadores de manera impune.


La expropiación del Sanatorio Plaza de Ferwal SA debe ser sin resarcimiento para una patronal que ha violado todas las disposiciones legales existentes. El Sanatorio, al ser colocado bajo control de los trabajadores, podrá arrancar su normal funcionamiento de modo inmediato, luego de que el Estado garantice los recursos necesarios. 


Por estos motivos, solicitamos a los y las legisladores nacionales el acompañamiento y la aprobación de este Proyecto de Ley.

La legislatura neuquina se pronunció por el Jury de enjuiciamiento y destitución del fiscal Santiago Terán

A propuesta de la diputada del Frente de Izquierda, Patricia Jure, la Legislatura de Neuquén votó por mayoría un pronunciamiento que repudia las expresiones machistas y misóginas del fiscal Santiago Teran contra la periodista de C5N, la realización de un jury de enjuiciamiento y destitución antes de que se haga efectiva su jubilación.

12/08/2020


Patricia Jure, autora de la iniciativa, señaló “lo votado representa una victoria para el movimiento de mujeres que se encuentra movilizada por la destitución de Terán y es importante debido a que existen maniobras para que el fiscal llegue a su jubilación en el mes de abril del año que viene totalmente impune. Con este paso adelante, vamos a una gran movilización por hacer efectiva la destitución"


Patricia Jure: 9 2994 011389


 






 


EXPTE. D-536/2020 


NEUQUÉN, 10 de agosto de 2020 


LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DEL NEUQUÉN DECLARA: 


Artículo 1.º Su absoluto repudio a la agresión y maltrato del fiscal Santiago Terán contra la periodista del canal C5N durante una entrevista. 


Artículo 2.º Su rechazo a la responsabilización de las mujeres víctimas de violencia de género, al recomendar que usen armas de fuego, quitando la responsabilidad del Estado y del mismo fiscal, Santiago Terán, en instrumentar los mecanismos de protección hacia las mujeres víctimas de tales delitos. 


Artículo 3.º Que sería de estricta justicia que el fiscal Santiago Terán, por los hechos expuestos en los artículos precedentes, fuera enjuiciado y destituido antes de su jubilación, acto que lo dejaría impune. 


Artículo 4.º Comuníquese al Tribunal Superior de Justicia del Neuquén y al Ministerio Público Fiscal.


 

Del Plá: “JxC extorsiona para que el Congreso siga funcionando con una ‘agenda de consenso’ de los capitalistas contra la clase obrera”

11/08/2020


Romina Del Plá, diputada del PO-FIT, declaró: “Una vez más, Juntos por el Cambio amenaza con no aprobar la prórroga del funcionamiento que combina la modalidad remota y presencial del Congreso, si no se ajusta estrictamente a la agenda que están dispuestos a consensuar. Lo mismo hicieron la vez anterior (la modalidad de funcionamiento en pandemia debe ser ratificada cada 30 días hábiles), en rechazo a tratar un impuesto a las grandes fortunas que -por otro lado- sigue sin aparecer, sólo existe el del Frente de Izquierda.”


“Juntos por el Cambio emplea el método del chantaje porque hasta ahora le funcionó. El Gobierno impuso una agenda parlamentaria de entrega y sometimiento colonial, como lo expresó la última semana el proyecto de la deuda y la 'ampliación presupuestaria' a medida de los capitalistas y de ajuste a los trabajadores. Son el capital financiero internacional y los bonistas quienes imprimen el verdadero curso de la política argentina”.


“Nuestro rechazo a la reforma judicial de Alberto Fernández no tiene el mismo contenido que el de la derecha, porque partimos de un planteo de fondo contra el régimen judicial corrupto, contra la corporación de jueces elegidos a dedo y funcionales a todos los gobiernos de turno, y porque planteamos la elección popular de los mismos con mandato revocable. Y defendemos integralmente los derechos laborales de los trabajadores judiciales, una agenda que ni el oficialismo ni la oposición de derecha están dispuestos a colocar en debate en el parlamento”.


“El Frente de Izquierda no forma parte del consenso que defienden Juntos por el Cambio y el Frente de Todos, que excluyeron de todo tratamiento parlamentario las demandas más urgentes de los trabajadores, a quienes les están haciendo pagar la bancarrota del país”.


Romina Del Plá: 1140429791

Gabriel Solano: “La situación de la Argentina contradice el optimismo del Ministro Quirós”

Gabriel Solano participó de la reunión de diputados de la Comisión de Salud de la Legislatura porteña y se refirió a la situación sanitaria:

10/08/2020

“La situación de la Argentina contradice el optimismo del Ministro Quirós. Presenta una situación controlada para continuar con la política aperturista de Larreta. Para ello incurre en un error metodológico básico, separando la Ciudad del GBA, cuando tanto sus trabajadores e incluso su sistema de salud tienen un alto nivel de integración. Hoy Argentina está 6° en cantidad de contagios diarios y 8° en cantidad de muertos por día. Y el sistema de salud tiene tanto de la Ciudad como de todo el Amba tiene una situación preocupante. Según lo que denuncian los trabajadores la mortalidad de los pacientes que llegan a las UTIs del sistema público de la Caba se ha duplicado, pasando del 15% al 30%, como resultado principalmente de la falta de profesionales. En algunos hospitales como el Piñero y otros generales la mortalidad llega al 80%. Los contagios entre los trabajadores de la salud es alarmante, es el resultado de la precarización laboral y de la falta de equipos de protección de la calidad y en la cantidad necesarias. Esto reduce aún más la cantidad de trabajadores disponibles y reciente aún más la atención. Quirós debe responder por estos problemas en vez de interpretar de manera sesgada los datos de la evolución de la pandemia” denunció Solano.


 


Luego se refirió a los reclamos de los trabajadores de la salud de los hospitales de la Ciudad


que hicieron llegar a través de cartas que fueron leídas en la comisión. Solano afirmó que “en


este contexto es fundamental atender los reclamos de los trabajadores. Apoyamos el pase a la


Carrera Profesional para enfermería y solicitamos que se convoque a una reunión inmediata de esta comisión para que se escuche su voz y se fije posición sobre los proyectos que hay presentados, entre ellos el presentado por nuestra banca. Lo mismo con los residentes y concurrentes a los que se les ha extendido compulsivamente la licencia por la pandemia reteniéndoles los títulos para luego cuando termine la emergencia sanitaria dejarlos en la calle". 


 


"Reclamamos el pase a planta para todos ellos y salario y ART urgente para los concurrentes. Y ante las denuncias de la asamblea de trabajadores del Hospital Piñero proponemos que esta comisión con todos sus diputados vayan al hospital a verificar la situación de desborde edilicio, la falta de camas y de profesionales y los contagios que denuncian” finalizó.

Del Plá: “El aborto legal sí es una urgencia”

El Frente de Izquierda-Unidad convoca a un pañuelazo este sábado 8/8 a las 11h frente al Congreso Nacional, a dos años del rechazo de la ley de aborto seguro y gratuito en el Senado.

07/08/2020


Declaración de mujeres y disidencias del Frente de Izquierda – Unidad: #8A – A dos años del rechazo en el Senado: ¡el aborto legal no puede esperar más!


Romina Del Plá, diputada nacional y firmante del proyecto de ley que fuera rechazado por el senado en 2018, dijo “A dos años del rechazo en el Senado, el aborto legal ha sido paralizado por el Gobierno. En 2019 dijeron que en el año electoral no había que hablar del aborto. Ahora nos dicen que no es prioridad. Pero es al revés: la pandemia profundiza los problemas y formas de violencia que sufrimos las mujeres. No hay impedimentos para que el proyecto del aborto legal no se trate. Si no sucede es por decisión política del gobierno y la oposición derechista.”


Amanda Martín, legisladora electa por el FIT en CABA, dijo: “Lo que sucedió en la Ciudad de Buenos Aires es ilustrativo. Luego de que la Legislatura, tardíamente, aprobara la adhesión al protocolo de ILE, Larreta lo modifica e incluye la objeción de conciencia institucional, lo que vulnera la orientación de esa ley. Es la muestra de lo que sucede si se sigue dilatando el tratamiento del aborto legal en el país: se fortalecen los enemigos de los derechos de las mujeres y lo pagamos la salud y la vida de niñes y mujeres.”


Romina Del Plá: 11 4042-9791


Amanda Martín: 11 3627-5355

Solano: “Desde CFK a Caputo se unen para el pago de la deuda usuraria. Solo el Frente de Izquierda se opone a esta entrega”

06/08/2020

Solano: “El apoyo a la reestructuración de la deuda por parte de la `oposición` deja en evidencia que las peleas son para la tribuna. La vuelta al clima de `unidad nacional` tiene bases sólidas: el gobierno de Alberto Fernández, con el respaldo de la propia Cristina Fernández, acaba de reconocer prácticamente la totalidad del `endeudamiento del siglo` generado por el gobierno macrista. Del acuerdo se beneficia también el empresariado local, que también salió a saludarlo. Lo festejaron incluso los centroizquierda que hablaban de investigar la deuda. La única fuerza política que critica este acuerdo y lo rechaza es el Frente de Izquierda-Unidad.”


 


“Pero no estamos ante ningún desendeudamiento ni el país se saca una mochila de encima: Argentina deberá recurrir a nueva deuda cuando lleguen los vencimientos de capital. La lógica del endeudamiento permanente persiste. A las concesiones al capital financiero, que fueron de todo tipo: en los plazos, en la reducción insignificante del capital y el altísimo interés que se pagará, se suma que ahora viene el FMI, principal acreedor y que pretenderá dictar los términos de la política económica. Es decir, el ajuste que genere las condiciones para pagar el acuerdo con los BlackRock y compañía. El Frente de Izquierda rechaza que los trabajadores paguemos con ajuste en las jubilaciones, congelamiento salarial y entrega de condiciones de trabajo un endeudamiento usurario que solo beneficio a especuladores y fugadores de capitales. El ancla de la deuda y la crisis la tienen que pagar los capitalistas que la generaron: planteamos el cese del pago de la deuda y un plan político para reorganizar el país.”

Romina Del Plá y Gabriel Solano piden la interpelación de los ministros de salud Ginés González y Fernán Quirós

La diputada Romina Del Plá y el legislador Gabriel Solano participaron de una Audiencia Pública con más de cien trabajadores de la salud del AMBA de instituciones públicas y privadas. Fue convocada por los bloques del FIT-PO del Congreso y la Legislatura para relevar las denuncias de los trabajadores, que alertan sobre un colapso creciente del sistema de salud

06/08/2020


Del Plá afirmó: “Vamos a presentar un pedido de interpelación al ministro de Salud de la Nación para que responda sobre las graves denuncias que recogimos de primera mano de los trabajadores. La situación del sistema sanitario dista mucho de la que nos pintan en las amistosas conferencias de prensa de Fernández, Larreta y Kicillof. Muchos hospitales grandes ya están colapsados, como el Posadas o el Evita de Lanús, que cerró la admisión de nuevos pacientes por falta de personal. Lo mismo ocurre en CABA en el Santojanni, el Piñero o el Ramos Mejía".


"Esto obedece a que el reforzamiento hospitalario que anunciaron no es tal. Por ejemplo, en el caso de las terapias intensivas, las camas que se sumaron no cuentan con el equipamiento y, sobre todo, con el personal necesario para su funcionamiento. En la Audiencia los trabajadores de las terapias fueron muy claros respecto a que el número de enfermeros, kinesiólogos y médicos terapistas por cama tiene un impacto decisivo en las posibilidades de recuperación de los pacientes. Este faltante hace que en muchos hospitales haya una mortalidad cercana al 90% entre los pacientes que ingresan a UTI, como en el Hospital Piñero de Flores".  


"Por otra parte, el personal de salud está mermado por los contagios y los aislamientos preventivos. Sólo en Provincia hay más de 6000 trabajadores de la salud contagiados por falta de elementos de protección personal de la calidad y en la cantidad que se necesita. Esta situación se agrava porque flexibilizaron la cuarentena en el peor momento de la pandemia, por presión de las patronales que quieren continuar con la explotación de los trabajadores, cuando estamos con una cantidad creciente de contagios y fallecidos, y en los últimos días se bate récord tras récord”. 


Solano afirmó: “La pandemia puso de relieve un sistema de salud fragmentado, privatizado y con trabajadores de la salud completamente precarizados. El Gobierno desoyó nuestro reclamo de centralización estatal del sistema de salud, una necesidad de primer orden. Las consecuencias están a la vista: un sistema de salud colapsado, que no puede disponer de la información y los recursos para enfrentar la situación. Por eso hay una crisis por las derivaciones del PAMI, la obra social de los jubilados, que es el sector más sensible a la enfermedad del Covid-19".


"También se les niega a los trabajadores de la salud sus reivindicaciones, como el pase a la carrera profesional para enfermería, el salario para los concurrentes y el pase a planta para los residentes que egresan. Los salarios del sector rondan la canasta de pobreza y sin embargo les congelaron la paritaria. Por eso vamos a presentar un proyecto de ley por un bono de 20.000 pesos para todos los trabajadores de la salud, del ámbito público y privado, que sea mensual hasta que termine la emergencia sanitaria". 


"En la Audiencia se resolvió apoyar las luchas y reclamos de todos los trabajadores, especialmente del Sanatorio Plaza de Escobar, que fue cerrado por sus dueños y se encuentra ocupado por sus trabajadores, en defensa de los puestos de trabajo y de la atención de la población en medio de la pandemia".


Romina Del Plá: 1140429791


Gabriel Solano: 1156901514

Declaración del FIT Unidad: el gobierno paga deuda ilegítima, los bonistas festejan

Rechazamos el acuerdo entre el gobierno de Alberto Fernández y los usureros de la deuda.

05/08/2020


Argentina acaba de acordar con los bonistas. Los “mercados”, es decir los usureros internacionales, los especuladores y bancos festejan al igual que los voceros de la derecha de Juntos x el Cambio. El gobierno está reconociendo una deuda que pagará con más ajuste sobre el pueblo trabajador con el apoyo de los gobiernos capitalistas del mundo, el Papa, el FMI, Macri y hasta la CGT traidora y la CTA. El FIT Unidad rechaza esta nueva convalidación del saqueo.


Después de varios meses de renegociación, el gobierno peronista de Alberto Fernández y el Frente de Todos se aprestan a un acuerdo para pagar una deuda usurera, ilegítima y fraudulenta. Luego de la “década kirchnerista” de pago sistemático a los usureros, el gobierno de Mauricio Macri recrudeció el endeudamiento del país con el apoyo de amplios sectores del peronismo, y ahora Alberto Fernández reconoce la deuda, incluyendo la contraída desde la dictadura militar y los siguientes gobiernos. Y paga. En la campaña presidencial pasada Fernández la denunciaba, pero como presidente se dedicó a legitimar una estafa millonaria. Es decir, la “derecha neoliberal” acrecienta el endeudamiento y el gobierno “nacional y popular” paga. Los que ganan son los banqueros y especuladores de la mano del FMI, y pierden las y los trabajadores y el conjunto de los sectores populares.


El peronismo del Frente de Todos hizo votar una ley de emergencia en diciembre pasado donde disponía de 4.500 millones de dólares para pagar deuda externa. Los recursos han sido destinados para los usureros en todos estos meses de plena pandemia, en lugar de destinarse a los hospitales públicos y a los trabajadores y profesionales de la salud. O para otorgar $30.000 a todos aquellos que lo necesiten en medio de la cuarentena ante el aumento de la pobreza, la miseria y los despidos y suspensiones. Nada de esto hizo el gobierno autoproclamado “de los más vulnerables”.


Luego de reconocer deuda ilegítima y de haberle mejorado a los bonistas cuatro veces la oferta, el gobierno decía hasta ayer que no volvería a hacerlo. Pero de nuevo cedió y mejoró más la oferta, rápidamente aceptada por los fondos de inversión. Esta nueva entrega viene a sumarse a otras dos. También dijo que iba a imponer un impuesto a la riqueza pero nada presentó en el Congreso, evadiendo el proyecto presentado por el Frente de Izquierda-Unidad. Y en otro hecho vergonzoso dijo que iban a expropiar Vicentin, de lo cual retrocedió y hasta anuló el decreto que disponía la intervención de la empresa. No solo eso, sino que hizo votar una ley para darle una moratoria impositiva también a los grandes empresarios.


Renegociar esa deuda ilegítima y fraudulenta, hacer una oferta favorable a los usureros y luego cambiarla varias veces para mejorarla en más de 15.000 millones de dólares es repudiable bajo todo punto de vista, más aún en medio de la pandemia, la mayor crisis económica y social, el crecimiento de los despidos y suspensiones y de la pobreza de millones. Rechazamos que el gobierno afirme que este acuerdo va en beneficio del pueblo trabajador. El gobierno impondrá nuevos ajustes como el que ya produjo con la rebaja de las jubilaciones o de los salarios, mientras que las patronales están imponiendo rebajas salariales y mayor flexibilización laboral con la total complicidad y aval de la burocracia sindical. Ya en los 12 años de gobiernos de los Kirchner fueron “pagadores seriales”, como lo reconoció la propia Cristina Fernández.


Terminada esta parte de la renegociación de la deuda se aprestan a empezar las discusiones con el FMI para reconocer una deuda también ilegítima, que fue estructurada para favorecer la fuga de capitales, pese a lo cual van a querer hacérsela pagar al conjunto del pueblo trabajador. Por eso, muy lejos de la “autonomía” del país, que proclamó Alberto Fernández cuando anunció este acuerdo, de lo que se trata es de mayor sometimiento, dependencia y atraso para la Argentina. Las mayorías obreras y populares no tienen nada que festejar.


Recordemos que el gobierno está renegociando esta parte de la deuda que hasta el propio Fernández dijo que esa plata había ido a financiar la fuga de capitales. Y hasta se votó una ley que contó con el aval de Juntos por el Cambio, es decir los diputados del PRO y la UCR, de los gobernadores peronistas, con la sola excepción del Frente de Izquierda. Desde el FIT Unidad hemos votado en contra de la nueva ley que dispone renegociar otra parte de esa deuda. En las luchas y en el Congreso, el Frente de Izquierda es la única fuerza política que ha presentado un proyecto para desconocer esos pagos, dejar de pagar, romper los lazos políticos y económicos que nos atan al FMI y al imperialismo y destinar esos fondos a combatir la pandemia en esta etapa y colocar el conjunto de los recursos nacionales al servicio de un plan de reorganización social, política y económica de la mano de los trabajadores, lo que podrá ser logrado solamente con la movilización y lucha independiente de los trabajadores y el pueblo.


También es el Frente de Izquierda el único que ha presentado un proyecto de ley para imponer un impuesto progresivo a las grandes fortunas y grupos económicos para recaudar 20.000 millones de dólares para volcar en beneficio del pueblo trabajador. Y también es el FIT Unidad quien presentó el único proyecto para expropiar los activos de Vicentin sin indemnización para nacionalizar esa empresa y ponerla a funcionar y a producir bajo control y gestión de sus propios trabajadores. Planteamos esto como parte de un programa de fondo y de lucha para que la crisis la paguen los capitalistas, que incluye la nacionalización de la banca y el comercio exterior bajo gestión de las y los trabajadores; la nacionalización de las empresas de servicios privatizadas y de todo el complejo hidrocarburífero bajo gestión de trabajadores y usuarios; el reparto de las horas de trabajo entre ocupados y desocupados; entre otras medidas de fondo. Un programa que sostiene que no hay salida sin terminar con este régimen político y social y dar paso con la lucha y la movilización a un gobierno de los trabajadores. Con este programa y coherencia, la izquierda ha sido y es la única fuerza política que se opone a toda entrega y que invita hoy, más que nunca, a las y los trabajadores, a los jóvenes y a las mujeres que luchan por sus reivindicaciones a que impulsemos juntos acciones de rechazo a este rumbo, que continuará según el propio Fernández, junto a los grandes grupos económicos y la burocracia de la CGT en su “plan de pospandemia” que es más ajuste y reformas a pedido del FMI.


El FIT Unidad, de esta manera, está cumpliendo además con una de las resoluciones de la exitosa Conferencia Latinoamericana y de EE.UU. que se realizó entre el jueves 30 de julio y el sábado 1 de agosto donde se aprobó una resolución llamando al “no pago de las deudas externas de los países de América Latina y el Caribe y de todos los pueblos oprimidos”.


Buenos Aires, 5 de agosto de 2020

Frente de Izquierda y de Trabajadores – Unidad


Foto: Bernardo – Ojo Obrero Fotografía


 



 

Lo que deja la Conferencia virtual latinoamericana y de los EE.UU.

05/08/2020


La Conferencia convocada por el FIT-U, a la cual adhirieron más de 50 organizaciones latinoamericanas, de 15 países, incluído EEUU, representó un campo de reagrupamiento político de la izquierda que se reclama revolucionaria y que se para en el campo de la independencia política de los trabajadores. El alcance de la misma quedó evidenciado en la participación de más de una decena de organizaciones que no pertenecen a ninguna de las tendencias internacionales de los partidos del FIT-U. Algunas de ellas con un desarrollo político importante. La Conferencia recogió, además, el saludo de las agrupaciones de trabajadores de reparto de seis países latinoamericanos, que vienen protagonizando importantes paros y movilizaciones coordinados a nivel internacional. De la Conferencia fueron parte e intervinieron numerosos dirigentes obreros, de los movimientos de la mujer y de la juventud.


Convocada sobre la base de cuatro documentos firmados en común, el FIT-U delimitó el campo político y de clase concreto desde el cual impulsó la iniciativa. Ratificó ese rumbo en las resoluciones de la propia Conferencia, donde vuelven a figurar definiciones políticas de fondo y un plan de acción, que deberá ser impulsado por el conjunto de las organizaciones participantes. La resolución de la Conferencia vuelve a reivindicar la defensa de la independencia política de los trabajadores, el rechazo a los frentes y organizaciones políticas basados en la colaboración de clases y la unidad internacional de los trabajadores; reivindica la lucha antiimperialista, denuncia las amenazas contra Venezuela y Cuba y señala el rol capitulador de los gobiernos “nacionales y populares” ante las presiones del FMI y el capital financiero; declara el apoyo incondicional a la rebelión popular contra el Estado norteamericano y el gobierno de Trump y denuncia la “salida” democratizante que prepara el Partido Demócrata; reivindica la rebelión popular chilena y hace propia la consigna “Fuera Piñera, por una Asamblea Constituyente”; impulsa la lucha de los trabajadores contra los planes antiobreros en marcha, bosqueja un programa, y llama a profundizar la lucha por la recuperación de las organizaciones sindicales de manos de las burocracias; reivindica la lucha del movimiento de mujeres y llama a desenvolverlo impulsando una lucha mancomunada de toda la clase obrera; condena, finalmente, la política represiva de todos los gobiernos, incluida la política de criminalización de los luchadores sindicales por parte del gobierno de Venezuela. La resolución concluye con un plan de acción que incluye el impulso de una jornada internacional a las puertas de las embajadas yanquis para el 27 de agosto, en apoyo a la rebelión popular norteamericana y contra el pago de las deudas externas, y el impulso de la jornada internacional por el derecho al aborto legal y por la separación de las iglesias del Estado para el 28 de septiembre.


Con independencia del grado de desarrollo y del nivel de inserción en las masas de las organizaciones participantes, que indudablemente tiene características dispares, la Conferencia se constituye como un campo de referencia ineludible para la izquierda del continente e incluso para la izquierda mundial. Se revela, de esta manera, el acierto de la propuesta realizada en noviembre pasado por el Partido Obrero a los partidos del FIT-U y a la izquierda latinoamericana.


Caracterizaciones


En el desarrollo de las tres mesas debate que tuvieron lugar en el marco de la Conferencia y en el plenario de la misma, quedaron en evidencia importantes divergencias políticas y de caracterización.


Una de las más destacadas se desarrolló en torno al alcance que pueden tener los choques entre EE.UU. y China y, más en general, los choques entre las potencias imperialistas. La UIT-CI caracterizó que, aunque no descartan la posibilidad de conflictos bélicos, no se trata de uno de los problemas que se encuentran en el orden del día en la situación internacional. Según Miguel Sorans (Izquierda Socialista, Argentina, UIT-CI), Estados Unidos y China son “dos potencias capitalistas amigas que compiten”. Para la UIT-CI, la movilización de los portaaviones norteamericanos en el océano Pacífico, como señal de provocación del Estado yanqui contra China; el conflicto en Cachemira por la ruta de la seda; el reciente cierre del consulado chino en Houston y las denuncias cruzadas de espionaje; la cruzada contra Huawei y el 5G, etc. no serían la manifestación de un proceso de recalentamiento de la llamada “guerra fría” entre EE.UU. y China. Se pasa por alto que China y Rusia son dos objetivos estratégicos en las disputas interimperialistas y que particularmente EE.UU. busca comandar la culminación de la restauración capitalista en ellos. En casi todos los conflictos bélicos de la etapa se presenta esta disputa en guerras por procuración. A su vez, China sería, según la UIT-CI, una potencia imperialista más, desconociendo el carácter inconcluso del proceso de restauración capitalista en China. Uno de las factores disruptivos de la crisis capitalista es, precisamente, la ruptura del acople chino-norteamericano, que fue uno de los motores principales de la onda ascendente de la economía mundial en los principios del 2000. La relativización de las tendencias belicistas presentes en el actual cuadro internacional y de la grieta entre Estados Unidos y China refleja, de parte de la UIT-CI, una comprensión sesgada de la crisis mundial. Caracteriza que la crisis, en definitiva, no es tal, es decir, que puede resolverse dentro de los mecanismos regulares de depuración del capital y de la competencia capitalista. Por el contrario, el carácter de la impasse capitalista reside en el hecho de que cada vez más las rivalidades nacionales y corporativas necesitan apelar a mecanismos extraeconómicos. Las tensiones se han recrudecido y plantean, cada vez más abiertamente, salidas de fuerza.


Néstor Pitrola polemizó con la unilateralización de la ofensiva capitalista contra las masas, que es colocada al margen de la quiebra del propio capital con sus consecuentes choques y crisis políticas. Invocó para eso el proceso del Brexit, que expresa un choque de fondo entre Estados capitalistas y las fuertes tendencias a la disolución de la Unión Europea. En la misma línea, polemizó contra la idea que reduce la crisis a la orientación “neoliberal” del capital, que inevitablemente conduce a un planteo de “redistribución de la riqueza” en lugar de un programa transicional de poder de los trabajadores. El Partido Obrero definió la etapa como de guerras, revolución y contrarrevolución y ubicó a la Conferencia como un terreno de preparación política para la emergencia de situaciones revolucionarias.


Otro debate fundamental se desarrolló en torno a la caracterización de la situación boliviana y la tarea de los revolucionarios. El representante de la sección boliviana de UIT-CI (Alternativa Revolucionaria del Pueblo Trabajador, Arpt) caracterizó la existencia de un cogobierno entre el Ejecutivo de Áñez y el Parlamento dirigido por el MAS y que estaban en marcha elecciones pactadas. Dejó de lado el conflicto con paros generales, marchas y cortes de ruta que se está desplegando en Bolivia, justamente en contra de los intentos de postergación electoral y proscripción. De esa manera, pasó por alto la consumación de un golpe reaccionario perpetrado por la reacción y el ejército boliviano en consonancia con el imperialismo y los gobiernos de Bolsonaro y Macri. La Arpt tuvo, en sus inicios, una posición confusa frente al golpe, manteniéndose en una “neutralidad” o más bien otorgándole un apoyo “crítico”. Al poco tiempo se rectificó y pasó a repudiar el golpe. Sin embargo, como se puede apreciar ahora, vuelve a recaer detrás de un boicot a la lucha contra el continuismo golpista.


La Agrupación de Trabajadores Bolivianos (ATraBol), por el contrario, reivindicó la intervención de los revolucionarios en la lucha contra el golpe y las movilizaciones de frente único contra el mismo. No se privó, sin embargo, de realizar un crítica furibunda a la dirección del MAS, por haber abierto el camino a la ofensiva reaccionaria, por su política de “pacificación” y por su rechazo a poner en pie un real plan de lucha para derrotar al gobierno golpista. Una posición similar levantó el Partido Socialista Revolucionario (PSR) de Bolivia, una organización que surge como escisión del POR a raíz de las posiciones ultristas que lo llevan al campo del oportunismo (de apoyo activo al golpe el año pasado, posición que no ha superado en la actualidad). El PSR dejó en claro que la posición política de los revolucionarios debe ser intervenir activamente en la lucha para derrotar al gobierno golpista, sin por eso brindar ningún apoyo al masismo.


La polémica tiene un enorme alcance, pues el problema del golpismo está en la agenda latinoamericana. Refiriéndose al punto, Gabriel Solano invocó, en la intervención que dio inicio al plenario de la Conferencia, la experiencia bolchevique frente a la asonada golpista de Kornilov contra el gobierno de Kerenski en el proceso revolucionario ruso de 1917. De esa manera, graficó cuál debe ser la política y el método de los revolucionarios: ponerse en la primera línea en la lucha contra el golpismo manteniendo la independencia política.



“Fuera Trump”


En torno a la rebelión norteamericana se desarrolló un debate alrededor del planteo del PO de la importancia de levantar la consigna “Fuera Trump”. La FT-CI fue la corriente que más tajantemente se opuso a la consigna. Arguyó, para defender esa orientación, la proximidad del proceso electoral y la pretensión del Partido Demócrata de canalizar el descontento popular. Aunque se trata de un problema objetivo, que incluso fue abordado y denunciado en las resoluciones de la Conferencia, la posición de la FT-CI pasa por alto el cuadro de ascenso y desarrollo de la rebelión popular norteamericana, que debe ser explotada en un sentido revolucionario, agitando la caída del gobierno por el efecto de las masas en lucha. Existe entre la situación norteamericana actual y la situación argentina de 2019 una diferencia de fondo, pues la consigna “Fuera Macri” no empalmaba con un cuadro de ascenso del movimiento de masas, sino más bien en un cuadro de contención del movimiento obrero, del movimiento de la mujer y de la juventud, como consecuencia de la profunda cooptación y subordinación de las direcciones de las organizaciones de masas al recambio capitalista. Efectivamente, el “Fuera Macri” tributaba al recambio peronista.


La negativa de sectores de la izquierda a levantar el “Fuera Trump”, empalma con toda una saga de procesos donde la izquierda rechazó la idea de levantar planteos “destituyentes”. En el caso de Chile la negativa a plantear la caída de Piñera vino de la mano del PC, que tiene un peso decisivo en la central obrera, y también del Frente Amplio. En Ecuador, la Conaie se opuso a luchar por la salida de Lenín Moreno. A fines de 2019, la izquierda francesa, en el marco de la huelga general más importante de las últimas décadas, se opuso al “Fuera Macron”. La negativa a desarrollar abiertamente un planteamiento de poder, cuando las rebeliones populares lo ponen sobre la mesa, equivale a renunciar a pelear por una dirección revolucionaria del movimiento. Sin esta orientación, la formación de un partido se reduce a la combinación entre propaganda marxista y desarrollo sindical, sin un planteamiento concreto, de carácter político, que oriente la rebelión popular.


De esta forma, se ponen en evidencia las tendencias democratizantes que operan entre cierta izquierda. La formulación de las consignas debe partir de la caracterización concreta del movimiento de masas para explotar su extraordinario filo revolucionario.


Frentes y partidos amplios


Una polémica de fondo se desarrolló en torno a los llamados frentes y partidos amplios y cómo debe pararse la izquierda. Sobre este punto, las tareas de la izquierda en Brasil concentraron una importante atención. Dentro del Psol de Brasil, un partido de tendencias, de carácter meramente electoralista, contrario a los métodos de lucha de acción directa de la clase obrera, que medra en los marcos del régimen y oficia como una colectora del PT, militan la LIS y la UIT-CI. En el cierre, Pablo Heller señaló que la integración pretendidamente “táctica” de estas izquierdas al Psol lleva 16 años de existencia y se ha transformado en la vía para una adaptación política. El Psol, que surgió como una ruptura por izquierda al PT en 2004 con el objetivo estratégico de “recuperar al PT de los orígenes”, no ha evolucionado y, no solo que está lejos, sino que cada vez se aleja más de ser un canal de impulso de la lucha de masas y de reagrupamiento de vastos sectores de la clase obrera. El Psol transita un largo recorrido de evolución hacia la derecha. En la actualidad, el Psol se encuentra impulsando una coalición “democrática” con el objetivo de derrotar a Bolsonaro en el proceso electoral. La pretensión del “bloque de izquierda” dentro del Psol, que apunta a “recuperar el Psol de los orígenes”, es la vía por la cual la izquierda termina entrampada en el seguidismo al nacionalismo capitalista. Por su parte, la FT-CI, cuyo ingreso al Psol fue rechazado por la dirección del mismo, integró y llamó a votar las listas del Psol en 2016 y 2018, en el mismo momento en que este llevaba a candidatos como Luiza Erundina, de larga trayectoria de integración de gobiernos capitalistas e incluso de represión a los trabajadores. En las elecciones municipales de este año, Erundina vuelve a candidatearse por el Psol. Del mismo modo, el Frente Amplio de Perú, integrado por la UIT-CI, representa un agrupamiento opuesto a la estrategia de la lucha por el gobierno de trabajadores.


El Partido Obrero desenvolvió una delimitación de fondo contra esa política y defendió la lucha por la puesta en pie de partidos revolucionarios. Sobre la base de caracterizar que en América Latina se incuba una segunda ronda de rebeliones populares y que están presentes las tendencias a la agudización de la crisis y las guerras, defendimos la perspectiva de estructurar partidos revolucionarios de combate de la clase obrera para luchar contra los regímenes capitalistas y por gobiernos de trabajadores. En el mismo sentido criticamos la línea reiteradamente pregonada por la FT-CI de editar “informativos de izquierda”, a la que le opusimos la edición de prensa revolucionarias de lucha política. Esta orientación fue volcada previamente en un documento presentado por el PO, el GAR de México, la Fuerza 18 de Octubre de Chile, la Juventud Obrera de Costa Rica, la Agrupación Vilcapaza de Perú, la Agrupación León Trotsky de Uruguay y la Agrupación de Trabajadores Bolivianos, titulado “Un programa y una estrategia revolucionaria para la intervención en América Latina y EE.UU”. Fue el único aporte por escrito, presentado previo a la Conferencia, que avanza en una caracterización de la etapa y fija un programa y una estrategia política.


Perspectivas


El plan de acción votado, sobre la base de claras definiciones políticas, diferencian a la Conferencia de un mero foro de discusión. Desde el PO combatimos, desde un inicio, la pretensión de transformar la iniciativa que habíamos propuesto en una “charca discutidora”, es decir, en un mero debate por fuera de una acción común y una continuidad. El debate y las divergencias sobre caracterización, consignas, programas y estrategia se deben realizar en el marco del frente único de lucha.


En la misma línea, el PO fue la única de las fuerzas del FIT-U que defendió la continuidad de la Conferencia, incluso poniendo una fecha tentativa. En ese marco, aceptamos y defendimos la propuesta parcial de la FT-CI de que se inaugure un boletín de discusión entre las organizaciones participantes de la Conferencia. Mientras la primera propuesta fue rechazada por la FT-CI, la UIT-CI y la LIS, la segunda solo fue bloqueada por la LIS, que arguyó, en boca de Alejandro Bodart “tener una agenda muy cargada”. La negativa a asumir estas propuestas permitió constatar (una vez más) que la invocaciones al internacionalismo, de espaldas al frente único y a un debate franco, en ese marco, son solo una fachada para la autoconstrucción.


En lo inmediato, es responsabilidad de todas las organizaciones que fueron parte de la Conferencia, empezando por los partidos del FIT-U, la realización efectiva de las actividades votadas. El PO batallará por ello. Al mismo tiempo, insistiremos en la necesidad de darle continuidad a la iniciativa de reagrupar a la izquierda latinoamericana, para ofrecer un polo de independencia política de los trabajadores, para luchar por una salida obrera, socialista y revolucionaria a escala continental.


Toda la cobertura de la conferencia en PrensaObrera.com

Solano: “Bajo la presión del Clero, Larreta distorsiona el protocolo de ILE”

El legislador porteño del Frente de Izquierda - PO, Gabriel Solano y Amada Martín docente de Ademys se manifestaron luego de la reglamentación realizada por el Jefe de Gobierno, Horacio Rodriguez Larreta sobre la Ley de Adhesión al Protocolo de ILE votada por la Legislatura de la Ciudad

04/08/2020

Luego de meses de postergación, el 16 de julio la Legislatura porteña votó por amplia mayoría – 50 votos a favor, 3 abstenciones y 7 en contra-, la ley de adhesión al Protocolo de Interrupción Legal del Embarazo (ILE).


 


El Legislador porteño por el Frente de Izquierda – PO, Gabriel Solano afirmó: "Los debates previos a la aprobación incluyeron propuestas como la objeción de conciencia institucionales e individuales, sin embargo la misma fue rechazada por la mayoría del cuerpo legislativo, esto deja en evidencia que la reglamentación realizada por el Jefe de Gobierno, Horacio Rodriguez Larreta – al incluirla –  constituye  una vulneración a la decisión tomada la legislatura. Algo que no solo sólo ataca al acceso al derecho de las personas gestantes a la ILE, sino que es francamente ilegal: el ejecutivo sólo puede fijar detalles de la ley  que reglamenta pero en ningún caso pueda alterar su espíritu"


 


"Esta decisión unilateral que toma Larreta está vinculada a que gran parte del empresariado de la salud de la ciudad está integrado a fuertes sectores del clero. Ejemplo de ello son los grupos que representan el lobby empresarial de la salud como el grupo Basterrica, el grupo Austral y cía,  empresas que de antemano no cumplen con prácticas emanadas de una ley como ser los tratamientos de fertilización asistida.  Esta inclusión es un vínculo a esos sectores que vienen violentando derechos de mujeres y disidencias de forma sistemática"


 


Por su parte Amanda Martín de el Sindicato Docente de la CABA, Ademys, manifestó que: "En suma, el anuncio del Jefe de Gobierno sobre la creación de un  programa de acompañamiento y prevención de embarazo no desado, que no menciona a la Ley de Educación Sexual Integral. Nos preguntamos desde la docencia,  ¿Qué clase de prevención se puede realizar sin la aplicación en cada colegio de la ESI? Este dato es aún más preocupante teniendo en cuenta que el programa presentado por arreta "A la par"; plantea charlas y talleres barriales lo que nos permitimos sospechar que es toda una concesión a las iglesias y ongs para propiciar su propaganda religiosa contra la llamada ideología de género, etc."


 


"Desde la banca que me toca representar y del PO FIT reafirmamos nuestro compromiso de defender la aplicación del protocolo ILE, la lucha por el tratamiento urgente del derecho al

aborto de la Campaña, la implementación de una Educación Sexual Laica, científica y respetuosa de la diversidad sexual, la separación de la Iglesia del Estado. 


Es por eso que presentaremos en la legislatura un rechazo a las modificaciones presentadas por el ejecutivo y proteger la plena vigencia y aplicación del derecho legar de interrupción del embarazo" cerró Solano


 

Del Plá: “Una ‘ampliación’ presupuestaria a la medida del acuerdo antinacional con los bonistas y el FMI”

04/08/2020


Del Plá afirmó: “Esta 'ampliación' del Presupuesto se encadena con el proyecto que viene a continuación, el de la deuda bajo legislación local, y se encadena con el anuncio del acuerdo con los bonistas, acreedores y buitres que se está festejando por estas horas. Insistimos: una deuda ilegítima, fraudulenta y usuraria no se debe pagar, y hay que romper de una buena vez con el FMI. Por eso no vamos a acompañar esta ampliación y porque además tiene un defecto de origen: acá no hay un presupuesto 2020, el que está vigente es el votado en noviembre de 2018, el presupuesto de ajuste macrista”.


“El ajuste está presente en todo este proyecto: se suspendió la movilidad jubilatoria, están congelados los salarios de los estatales, hubo despidos en masa durante todo este proceso. En las universidades nacionales vamos a un ajuste incluso superior al que aplicó López Murphy y ni hablar de la salud: estamos en el medio de una pandemia y el presupuesto no fue reforzado como se plantea. Trabajadores de distintos hospitales están denunciando la situación de que se están cerrando servicios enteros por la cantidad de contagios. El personal de la salud va a una jornada nacional de lucha el próximo 6 de agosto porque no se garantizan los equipos de protección de personal. Hoy falleció una nueva trabajadora del Hospital Gandulfo porque no le dieron la licencia”.


“Lo que se está ampliando es la dolarización de la deuda en pesos. Acá se festeja la ampliación del presupuesto para el transporte automotor del interior, cuyas patronales no paran de hacer lockouts, de no pagarle a los trabajadores y de perseguirlos. Reprimieron a los trabajadores del transporte en Córdoba y sin embargo le van a dar otro megasubsidio a una actividad que es completamente parasitaria. El transporte urbano hay que estatizarlo integralmente y ponerlo bajo control de los trabajadores”.


“Para los jubilados, suspensión de la movilidad jubilatoria, para los trabajadores, despidos y suspensiones con rebaja salarial, mientras no hay protocolos por ningún lado”.


“Desde el Frente de Izquierda planteamos: impuesto a las grandes rentas y fortunas, abrir los libros de las empresas, nacionalizar el comercio exterior y la banca, un plan de reorganización integral de la industria y de la actividad económica al servicio de las mayorías populares, el 82% móvil, el salario igual a la canasta familiar y el blanqueo de todos los trabajadores. Este es un verdadero plan de salida a la crisis para que la paguen los capitalistas y no la paguemos los trabajadores”.


Romina Del Plá: 1140429791

Pitrola: “Los bonistas se llevaron todo, ahora de cabeza a las garras del FMI”

El dirigente del Partido Obrero se refirió al canje acordado entre el gobierno y los fondos de inversión y planteó que el Frente de Izquierda rechaza este acuerdo colonial.

04/08/2020


Pitrola dijo: “El Gobierno empezó reculando desde el rechazo de la primera oferta. En esta quinta lograron un acuerdo porque ha cedido a casi la totalidad de las exigencias de los grandes fondos de inversión, que tenían en sus manos bonos a precio basura. El acuerdo presentado como un acto de soberanía nacional es una ilustrativa capitulación: se perpetúan las cláusulas súper leoninas fijadas en 2005, no hay “cláusulas antibuitre”, el plazo de gracia se redujo a un año y pagaremos seis veces más que la tasa en EEUU sobre una deuda ilegítima: Fernández tendrá que avanzar con el ajuste para cumplir con este repago. Ahora viene el FMI a digitar cómo ejecutarlo. Y aún hay tres semanas para nuevas concesiones.”


“Es ilustrativo que los responsables del mayor endeudamiento en la historia del país salieron eufóricos a saludar el acuerdo, al igual que Georgieva del FMI. De la investigación de ese endeudamiento descontrolado que promulgaban algunos K no quedó nada. Reconocimiento y pago serial. A oficialistas y opositores los une el pago de la deuda y la entrega del país, que además, sienta un precedente negativo para el resto de los países deudores del continente, ya que se utilizará el caso argentino como `modelo`.”


“¿Cómo sentiremos este `acuerdazo` los trabajadores? En el ajuste que pagaremos para que la clase gobernante se congratule con los usureros internacionales. Los costos los pondremos de los salarios y las jubilaciones, mientras los `empresarios nacionales`, socios de los Black Rock, ya salieron a reclamar subsidios y beneficios de todo tipo. Lo que no evitará poner proa al décimo default, más tarde o más temprano. El Frente de Izquierda rechaza este acuerdo colonial y reclama el no pago de la deuda ilegítima y usuraria"


 


Néstor Pitrola: 1553242356

Gabriel Solano cuestionó duramente al gobierno de Larreta por la corrupción y la gestión de la pandemia

El legislador del Frente de Izquierda – PO Gabriel Solano realizó fuertes cuestionamientos a la presentación del Jefe de Gabinete Felipe Miguel en la Legislatura.

04/08/2020

“No dijo una palabra sobre una cuestión fundamental: la compra de barbijos con sobreprecios a una empresa vinculada a su hermano. Mientras los trabajadores del gobierno de la Ciudad se juegan la vida combatiendo la pandemia en hospitales y villas, los funcionarios aprovechan para hacer negociados que benefician a sus familiares y amigos” cuestionó.


 


"El Jefe de Gobierno nos vino a contar un cuentito, cuando debiera responder por la situación


en los hospitales, donde los trabajadores denuncian que trabajan al límite de la saturación,


que es falsa la cantidad de camas de Terapia Intensiva que informan desde el Ministerio.


Muchas de esas camas son precarias, sin equipamiento ni personal adecuado, lo que aumenta


la tasa de mortalidad de los pacientes que son atendidos allí. Señor Jefe de Gabinete, lo


desafío a ir mañana mismo a cualquier hospital y que verifiquemos quién dice la verdad, si el


gobierno o los trabajadores” planteó Solano.


 


“Vengo a exigir que su gobierno cumpla con la paritaria firmada a los docentes. Son los que


garantizaron las clases virtuales en las pésimas condiciones en las cuales los abandonó el


gobierno, sin darles computadoras ni conectividad ni para ellos ni para los estudiantes. Y ahora


mientras les agradecen desde las conferencias de prensa, les vienen a robar parte del salario


comprometido. Parece que en este país la única seguridad jurídica es para Blackrock”


continuó Solano.


 


“Lo mismo ocurre con los trabajadores que están al frente de los comedores de las


organizaciones sociales, que siempre son denostados por su gobierno, pero que ahora les


“agradecen” que le den de comer a decenas de miles de personas. Señor Jefe de Gabinete,


basta de agradecimientos hipócritas, esos trabajadores cumplen una función que le compete al


Estado, lo que debe hacer el gobierno es reconocerlos como esenciales y darles un salario igualal de un trabajador municipal como proponemos desde el Frente de Izquierda”.


 


“El gobierno de la Ciudad ha encarado la pandemia de la única manera que sabe: descargando


sobre los trabajadores precarizados y mal pagos la atención. Desde el Frente de Izquierda


planteamos una orientación opuesta: aumentar el impuesto a los Ingresos Brutos a los bancos,


el sector financiero, los especuladores inmobiliarios para tomar las medidas de fondo que


requiere la gigantesca crisis que estamos atravesando”

Solano: “Poner el foco en las reuniones sociales elude la responsabilidad del gobierno en el aumento de los contagios”

El legislador del Frente de Izquierda –PO Gabriel Solano participará mañana en la interpelación al jefe de Gabinete Felipe Miguel en la Legislatura porteña. Gabriel Solano inquirirá sobre la situación sanitaria en los hospitales, el comercio y en el transporte.

03/08/2020


Solano presentó más de 180 preguntas por escrito las cuales no fueron respondidas antes de la interpelación. “El gobierno responde lo que quiere y cuando quiere, sin posibilidad de repregunta para los legisladores. El mecanismo de la interpelación la convierte en una farsa” denunció Solano.


Solano: “En esta etapa de la pandemia, tanto Larreta como el presidente Fernández apuntan a las reuniones sociales como foco de contagios para ocultar lo esencial: los contagios que se producen en los lugares de trabajo y en el transporte. Así lo demuestra el altísimo nivel de casos en los supermercados o el ferrocarril Sarmiento, que sin dudas tiene un reflejo entre los pasajeros que van hacia sus trabajos. Las patronales incumplen los protocolos sin que los gobiernos muevan un dedo” apuntó.


 


Solano agregó que el ´tiempo ganado´ por la cuarentena no fue aprovechado para fortalecer el sistema de salud, el cual está al borde del colapso. “Los trabajadores denuncian que el número de camas de terapia intensiva que informa Larreta es falso, porque cuentan camas que se abren precariamente en shockrooms o salas de emergencia, sin el equipamiento completo ni el personal necesario. La comuna 8, que tiene la población más vulnerable, sigue sin tener un hospital. El sector privado no ha sido centralizado, como planteamos desde el Frente de Izquierda, con lo cual no se sabe a ciencia cierta su nivel de ocupación ni sus recursos. Los empresarios dueños del sector advierten altísimos niveles de ocupación.”


 


“Además, Felipe Miguel debe responder por los escándalos de corrupción en medio de la pandemia, cuando el gobierno y él mismo a través de una empresa de su hermano, aprovecharon para hacer negociados con familiares y amigos, con la compra escandalosa de barbijos con sobreprecios y el alquiler de hoteles” continuó.


 


“Por último, la pandemia puso de manifiesto la farsa de la urbanización de las villas que propagandizó Larreta. Deben responder adonde fueron a parar los fondos de la urbanización y por qué después de tantos años en la Ciudad de Buenos Aires hay vecinos que no tienen ni agua para lavarse las manos” denunció Solano.


 


El legislador del Frente de Izquierda planteó que “Las medidas que ha tomado Larreta no han estado dictadas por las necesidades de los trabajadores de la Ciudad sino de las cámaras empresariales que mandan al muere a sus laburantes. Él mismo encabeza esa política: la atención en la pandemia recae sobre 18.000 trabajadores de la Ciudad precarizados a los que ha fraccionado el aguinaldo o desconocido la paritaria firmada, como a los docentes, que en las peores condiciones han mantenido las clases bajo la modalidad virtual. El congelamiento de salarios y los ataques a los trabajadores del Gobierno de la Ciudad es la contracara de la negativa del gobierno a cobrar más impuestos a los bancos, los especuladores inmobiliarios y las grandes empresas, o sea, a todos los que se benefician de la Ciudad. Es lo que propusimos desde el Frente de Izquierda junto a otro proyecto de ley para el no pago de la deuda externa de la Ciudad, tan fraudulenta como la nacional”.


 


Gabriel Solano, legislador Frente de Izquierda Unidad, 1556901514

Cámara de Diputados del Chaco: nuestro balance de la sesión del 31/7

Votan la venta de inmuebles y subsidios a las patronales, no quieren tratar la prohibición de desmontes ni los proyectos en favor de los trabajadores

03/08/2020


Ante la afirmación de que nuestro partido dio quórum para el Tratamiento de la ley de inmuebles ociosos, queremos aclarar la postura del Partido Obrero en la sesión de la Cámara de Diputados del Chaco.


Como muchos conocen los diputados y diputadas del PJ y la UCR sólo hacen funcionar la cámara para votar las leyes de ajuste del gobierno. La última sesión de la Cámara de Diputados contó con la presencia, de entrada, del PJ y la UCR. En el temario figuraba la autorización de venta de inmuebles ociosos, el proyecto de beneficios fiscales para pequeñas y medianas empresas, incluyendo a las empresas de Turismo (proyecto presentado por el bloque radical), la prórroga de la emergencia económica y la consolidación de deudas del Estado provincial mediante un bono.


Al mismo tiempo, los proyectos del Partido Obrero incluidos en el temario eran la revocatoria de autorizaciones de desmonte en zonas amarillas, el pronunciamiento en favor de los trabajadores del municipio de los frentones, y una reforma para salvar el fondo estímulo de los trabajadores de Loteria Chaqueña frente a la caída de la recaudación. Estos proyectos son impulsados junto a trabajadores y trabajadoras.


Cabe remarcar que los proyectos presentados por el Partido Obrero se tratan en el recinto de forma absolutamente excepcional. La mayoría quedan, incluso, sin dictámen de comisión.


Llegado el punto de la venta de inmuebles, un sector del radicalismo se levantó de la sesión, pero permaneciendo en el recinto dos diputadas. Aurelio denunció el proyecto y al gobierno de Capitanich por una orientación de privatización y ajuste. Pero permaneció en la sesión esperando tratar los proyectos favorables a los trabajadores y en la consideración de que la sesión continuaría si el dejaba la banca. El comité del Chaco del Partido Obrero ha discutido expresamente no dar quórum en estos casos. En el balance realizado de la sesión, junto a Aurelio, ratificamos este criterio.


Esta situación ha llevado al contrasentido de que el radicalismo, que ha co gobernado la provincia con el peronismo durante años, acusara al Partido Obrero de ser un “aliado” del gobierno. Son ellos los que durante años votaron juntos los proyectos de ajuste y endeudamiento que han llevado a la provincia del Chaco a la crisis en la que se encuentra.


Efectivamente, luego de esta votación tanto radicales como peronistas aprobaron la emergencia turística, a sabiendas que implicaba una carga impositiva y un daño que el estado afrontará a costa de un mayor ajuste contra los trabajadores. Nuestra propuesta fue qué para sostener las fuentes de trabajo se apruebe el impuesto a las grandes rentas y fortunas, un proyecto por el que venimos peleando y que ni el PJ ni la UCR quiere tratar.


También rechazamos el nuevo endeudamiento, que es una estafa contra el pueblo del Chaco como lo fue antes el crédito de 4000 millones que era para pagar a los judiciales y el tribunal de cuentas, viviendas para las comunidades originarias, y otros usos ninguno de los cuales se cumplió. Un crédito en dólares que ahora pesa sobre las finanzas provinciales y que el gobierno paga religiosamente.


Posteriormente, se aprobó la reforma del fondo estímulo para los trabajadores de Lotería, un avance en la defensa de los salarios en un cuadro de crisis. Esta votación es una conquista importante dado que permite defender el fondo estímulo en una situación en la cual los salarios de los trabajadores de Lotería Chaqueña vienen cayendo drásticamente.


Antes de tratar el resto de los puntos, como el proyecto referido a los desmontes, el PJ y la UCR dejaron la sesión sin quorum, mostrando que actúan como representantes de los intereses empresariales que están llevando a la provincia a una enorme crisis ambiental en pos de seguir ganando con el cultivo de soja.


Partido Obrero – Comité Chaco


Aurelio Diaz 3624378703


Samanta Salas 3624134622


Oscar Deniz 3624201275


 

Con más de 50 organizaciones de izquierda se realizó la conferencia latinoamericana y de los Estados Unidos

La conferencia fue impulsada por el Frente de Izquierda Unidad de Argentina y reunió a organizaciones de Argentina, Chile, Brasil, Perú, Bolivia, Uruguay, República Dominicana, Paraguay, Panamá, Nicaragua, Costa Rica, Colombia, Venezuela, Ecuador, México y Estados Unidos que participaron en mesas de debate y en el plenario del día sábado. Se realizó de manera virtual y los debates pudieron seguirse en vivo por las plataformas de Facebook y Youtube.

01/08/2020


Gabriel Solano, dirigente del Partido Obrero y del Frente de Izquierda de Argentina a cargo de la apertura del plenario, dijo que “Las rebeliones populares que atravesaron el continente en el año 2019 no están cerradas, al contrario, tendrán continuidad al calor del agravamiento de la crisis capitalista. La crisis mundial tiene por epicentro a los EEUU, donde ha estallado también una rebelión de enorme alcance e impulsa los movimientos de masas en todo el planeta. La pandemia y las políticas de rescate capitalista tomadas ante ella por los gobiernos, agudizaron la crisis social, económica y sanitaria en la que se hunde el continente. En este escenario, planteamos la necesidad de poner en pie un canal de lucha y una alternativa política socialista a escala continental, basada en la independencia política de los trabajadores para derrotar al imperialismo y superar las variantes de los gobiernos nacionalistas, de centroizquierda y los frentes de colaboración de clases que, como en el caso de Chile, han terminado como sostén del gobierno de Piñera”.


“Para poner en pie un polo independiente a escala continental nos valemos de la experiencia del FIT en Argentina. Así lo refleja el documento acordado por los participantes y el plan de acción común resuelto.”


En las mesas de debate que antecedieron al plenario los días jueves y viernes sobre Estados Unidos y la situación internacional, sobre movimiento obrero y sobre situación latinoamericana participaron, entre otros, Romina Del Plá, Néstor Pitrola y Pablo Giachello, dirigentes del Partido Obrero de Argentina.


 


Organizaciones que participaron: 


ARGENTINA: Partido Obrero, Partido de los Trabajadores Socialistas, Izquierda Socialista, Movimiento Socialista de los Trabajadores.


BOLIVIA: Agrupación de Trabajadores Bolivianos; Alternativa Revolucionaria del Pueblo Trabajador (ARPT) – UIT-CI; Liga Obrera Revolucionaria por la Cuarta Internacional (LORCI) – FTCI


BRASIL: Alternativa Socialista (LIS); Corriente Socialista de los Trabajadores (CST-PSOL), sección UIT-CI; Lucha Socialista (LS) sección simpatizante UIT-CI; Luta Pelo Socialismo (LPS); Movimento Revolucionário de Trabalhadores (MRT) – FTCI; PRS


CHILE: Fuerza 18 de Octubre; Movimiento Anticapitalista (LIS); Movimiento Socialista de los Trabajadores (MST) – UIT-CI; Partido de Trabajadores Revolucionarios (PTR) – FTCI


COLOMBIA: Colectivo Unidos, simpatizante UIT-CI; Impulso Socialista (LIS)


COSTA RICA: Juventud Obrera; Organización Socialista (OS) – FTCI


ECUADOR: Liga Socialista (LIS)


ESTADOS UNIDOS: Left Voice (LV) – FTCI; Speak Out Now; Socialist Core (SC) – UIT-CI; Socialist League (LIS)


MÉXICO: Grupo Acción Revolucionaria-Juventud Revolucionaria-Rosas Rojas; Movimiento al Socialismo (MAS) – UIT-CI; Movimiento de los Trabajadores Socialistas (MTS) – FTCI; Liga Unidad Socialista


NICARAGUA: Alternativa Anticapitalista (LIS)


PANAMÁ: Propuesta Socialista – UIT-CI.


PARAGUAY: Alternativa Socialista (LIS).


PERÚ: Agrupación Vilcapaza; Corriente Socialista de las y los Trabajadores (CST) – FTCI; Unios – UIT-CI.


REPÚBLICA DOMINICANA: Movimiento Socialista de los Trabajadores (MST) – sección simpatizante UIT-CI


URUGUAY: Agrupación León Trotsky; Corriente de Trabajadores por el Socialismo (CTS) – FTCI; Rumbo Socialista (LIS).


VENEZUELA: Liga de Trabajadores por el Socialismo (LTS) – FTCI; Marea Socialista (LIS); Partido Socialismo y Libertad (PSL), UIT-CI.


 


Resoluciones: 


Las organizaciones, partidos, dirigentes y militantes participantes de la Conferencia virtual Latinoamericana y de los EEUU suscribimos las siguientes definiciones políticas y nos comprometemos a impulsar las resoluciones y campañas abajo planteadas:


1.- Levantamos como principal bandera la independencia política de los trabajadores respecto de los capitalistas, sus Estados, gobiernos y sus partidos. Rechazamos la colaboración de clases y los frentes y organizaciones políticas de colaboración de clases, que no son más que la vía por la cual se avanza en la subordinación política de la clase obrera a los intereses de los capitalistas y de sus Estados. Definimos como nuestro objetivo estratégico la lucha por gobierno de trabajadores, por la Unidad Socialista de América Latina y por el socialismo internacional. Como señala la convocatoria inicial a esta conferencia “El equilibrio y la conciliación de intereses entre el capital y los trabajadores, que pregona el nacionalismo burgués y la centroizquierda, no es más que una utopía reaccionaria, que apunta a entrampar a los trabajadores como furgón de cola de la burguesía. En oposición a eso, planteamos la lucha por una salida anticapitalista y una transformación integral del continente bajo la dirección de la clase obrera”. Para estos objetivos, impulsamos la más amplia organización obrera y popular, con el objetivo estratégico de pelear por la perspectiva de la revolución social. Rechazamos la competencia y la rivalidad que los capitalistas y los Estados fomentan entre los trabajadores de distintas naciones. Bregamos por la unidad y solidaridad internacional de la clase obrera y decimos: ¡Proletarios y proletarias de todos los países: únanse!


2. Apoyamos, desenvolvemos e impulsamos en todos los terrenos y en cada país, incluido los Estados Unidos, la lucha anti-imperialista. El imperialismo norteamericano es, en América Latina y en el mundo, la expresión de la super explotación y el principal Estado opresor de los pueblos, papel que también cumplen distintos Estados imperialistas en la Unión Europea y Japón. La política y opresión imperialista ejercida por el Estado y el gobierno yanqui y el capital financiero internacional sobre los países latinoamericanos no sólo se expresa en el terreno económico, sino también en las conspiraciones del imperialismo con los gobiernos títeres del subcontinente, y en las tentativas de intervención y amenazas militares. Rechazamos y condenamos la ofensiva y las amenazas del imperialismo yanqui contra Venezuela y contra Cuba (¡donde todavía mantiene un bloqueo criminal), apoyadas por la derecha venezolana y los “gusanos”, a la vez que manifestamos nuestra independencia y oposición desde la izquierda a los regímenes de ambos países contra los cuales luchamos y no le damos ningún apoyo político. Denunciamos el muro fronterizo que está construyendo Trump en la frontera con México y las deportaciones masivas. Repudiamos y llamamos a luchar contra el gobierno golpista boliviano que ha suspendido nuevamente las elecciones para perpetuarse en el poder, así como el intento de proscripción del MAS, sin dar apoyo político a esta fuerza política que ha venido intentando la conciliación con los golpistas y cuando gobernó lo hizo traicionando la Agenda de Octubre.  Llamamos a luchar por el no pago de las deudas de los países de América Latina y el Caribe y las de los pueblos oprimidos de todo el mundo. Impulsamos la movilización por “Fuera Bolsonaro-Mourao”, llamando a terminar con el conjunto del régimen de dominación.


Denunciamos la sumisión de los gobiernos latinoamericanos, incluidos los ‘nacionales y populares’, a los preceptos del imperialismo, y decimos: ¡Fuera el FMI! ¡No al pago de las deudas externas! ¡Fuera el imperialismo de América Latina! ¡Que la crisis la paguen los capitalistas! Estamos por la expulsión de todas las multinacionales y corporaciones imperialistas y extractivas que saquean nuestros bienes comunes y contaminan y destruyen la vida y nuestro territorio. ¡Por las nacionalizaciones, sin indemnización, de los sistemas bancarios y de los recursos naturales y estratégicos de cada país, bajo control de los trabajadores!


3. Apoyamos incondicionalmente la gigantesca y extraordinaria rebelión que protagoniza el pueblo norteamericano y denunciamos la criminal militarización de Trump. Propugnamos por el desarrollo, la extensión y la profundización de la rebelión norteamericana. Denunciamos la pretensión del Partido Demócrata de canalizar electoralmente el enorme descontento popular con el gobierno de Trump como una tentativa de aplacar la rebelión, poner fin a la acción directa de las masas y desviar cualquier intento de organización política independiente de los explotados, atento a que es otra variante capitalista-imperialista y guerrerista de alternancia en el poder, una salida que será contra los intereses de los que hoy siguen luchando en las calles de los Estados Unidos.


Poner fin a la opresión racial, a la violencia y represión policial, dar una respuesta integral a la crisis sanitaria y evitar que la crisis capitalista siga siendo descargada sobre las masas norteamericanas, plantea poner en marcha una salida independiente de las y los trabajadores en Estados Unidos, en alianza con todos los sectores oprimidos, como las personas de color (afroamericanos, latinos), las mujeres y la juventud.


4- Asimismo, destacamos la revitalización de la enorme rebelión en Chile, denunciamos los sucesivos pactos de colaboración de la llamada ‘oposición’ patronal y centroizquierdista con el gobierno y más que nunca decimos ¡Fuera Piñera! Para Chile sigue teniendo plena actualidad lo que señalábamos al respecto en el documento de convocatoria inicial: “Denunciamos la reforma constitucional que se está cocinando y la convención constituyente amañada emanada de ese pacto. Llamamos a reforzar la lucha para que se vaya Piñera mediante el impulso de las movilizaciones masivas en las calles y de una huelga general política y por los reclamos sociales, por una Asamblea Constituyente libre y soberana que discuta un programa para reorganizar el país sobre otras bases sociales, en la perspectiva de lograr un gobierno de los trabajadores y el pueblo explotado que garantice los cambios de fondo que reclama el pueblo en las calles.


En Chile se hace necesario el impulso a toda forma de coordinación y auto organización democrática de los sectores de la clase trabajadora, el movimiento estudiantil y de mujeres en lucha (tendencia que se puede ver en las asambleas populares y territoriales o en los comités de emergencia y resguardo) apuntando a que la clase obrera, por su capacidad de paralizar el funcionamiento de la economía y el estado capitalista, asuma el liderazgo”.


Exigimos la libertad a los presos de la rebelión y la libertad a los presos políticos mapuches que luchan por la recuperación de su territorio histórico y contra la represión estatal. Nos sumamos a la campaña  por el fin a las AFP, por un sistema de jubilaciones de reparto solidario, administrado por trabajadores y jubilados.


5- Apoyamos e impulsamos todas las luchas de los trabajadores y los pueblos contra los planes de austeridad y los gobiernos del capital. Denunciamos los planes de ajuste y la ofensiva del capital a escala internacional contra las conquistas de los trabajadores. Los gobiernos, como representantes del capital, se valen de la crisis pandémica para avanzar en más ajuste, despidos y rebaja salariales, en más flexibilización laboral, en la destrucción de los regímenes previsionales y en la explotación de la juventud precarizada. Denunciamos asimismo la complicidad de las burocracias sindicales en todos los países, que ofician como un chaleco de contención de la fuerza combativa de los trabajadores y habilitan, de esa manera, el avance de las reformas anti-obreras y sostienen a los gobiernos de turno. En este sentido reafirmamos que “la batalla por recuperar las organizaciones de masas, en primer lugar los sindicatos, expulsando a las burocracias entreguistas reviste un carácter estratégico. Esto plantea alentar en el propio curso de las irrupciones populares todo tipo de organismos (comités de huelga y todos los que, en forma embrionaria, hemos visto surgir en Francia, Chile, Bolivia) que permitan coordinar la lucha y llevarla al triunfo. El escenario convulsivo de Latinoamérica le otorga especial vigencia al fortalecimiento de espacios democráticos del sindicalismo combativo, al llamado a congresos o coordinadoras de delegados de base de los sindicatos, de las y los ocupados (incluyendo a toda la gama de precarizados/as) y desocupados, y de las masas que luchan, lo que va unido a la batalla por una nueva dirección clasista en el movimiento obrero. Esto apunta a que la clase obrera emerja como un factor independiente en la crisis y se desarrolle como alternativa de poder, al frente de una alianza de todos los explotados y oprimidos”.


Levantamos la lucha por derrotar las reformas laborales y previsionales en curso. Planteamos poner fin a la desocupación levantando el planteo del reparto de las horas de trabajo sin reducir los salarios, el seguro universal a los desocupados, el aumento de los salarios y jubilaciones hasta llevarlos al costo de las canastas familiares. Planteamos la ocupación de toda fábrica o empresa que cierre o despida, su estatización y el control obrero. Fuera las burocracias sindicales, por nuevas direcciones en los sindicatos, clasistas y combativas. Apoyamos e impulsamos la lucha internacional y coordinada que desenvuelven los trabajadores precarizados de las APP.


La construcción de partidos revolucionarios a nivel nacional e internacional es una necesidad de primer orden para llevar  adelante este programa.


 


6. El enorme movimiento de lucha de las mujeres ha sido y es un importantísimo protagonista de las luchas en la región, con enorme peso en Chile, en Argentina y en diversos países y procesos. Apoyamos e impulsamos la lucha del movimiento de mujeres, que con sus extraordinarias y masivas movilizaciones reclama el derecho al aborto legal, el fin de los femicidios, los abusos y contra la violencia machista. Denunciamos la responsabilidad de los gobiernos, del Estado y el régimen social de explotación en la opresión de la mujer. El impulso de estas reivindicaciones ha puesto de manifiesto la profunda injerencia de las Iglesias en los asuntos estatales y la subordinación de los gobiernos capitalistas a los distintos lobbies clericales. Luchamos por las reivindicaciones de las mujeres trabajadoras. Peleamos  por erradicar la cultura machista y patriarcal en el seno de la clase trabajadora e impulsamos una  lucha mancomunada de nuestra clase, superando cualquier tipo de divisiones por género o sexualidad, por el derecho al aborto legal, seguro y gratuito, por anticonceptivos y por educación sexual integral, por la separación de las Iglesias de los Estados, por el fin de la violencia machista y de los crímenes de odio, por el conjunto de las reivindicaciones del movimiento LGTBI, y más de conjunto, por poner fin al capitalismo, que es el edificio social sobre el cual se montan y reproducen las diversas opresiones.


7. Condenamos la criminal represión contra los pueblos y trabajadores en lucha en América Latina y en Estados Unidos; la criminalización de la protesta, los abusos policiales y casos de “gatillo fácil” (asesinatos policiales) y nos pronunciamos por el pleno derecho a la movilización y la lucha. Repudiamos la persecución y las deportaciones del gobierno de AMLO en México contra los migrantes centroamericanos y caribeños. Denunciamos que los aparatos de seguridad no son más que un mecanismo de coacción y represión de los gobiernos y los Estados contra los pueblos que se rebelan en defensa de sus condiciones de vida. Planteamos: abajo las medidas de excepción que fortalecen las medidas represivas y el fortalecimiento de las policías y demás fuerzas de seguridad, basta de persecución a los migrantes en los Estados Unidos; abajo los asesinatos de dirigentes sociales en Colombia; abajo la criminal represión en Chile y en Bolivia, Justicia por Marielle Franco y castigo a los responsables de su asesinato, libertad a los centenares de presos políticos; abajo la persecución a los luchadores y dirigentes sindicales en Venezuela, por la libertad inmediata de los luchadores obreros encarcelados. Aparición con vida de Facundo Castro, libertad a Sebastián Romero y desprocesamiento de Cesar Arakaki en Argentina.


 


Resolvemos:


  • Realizar el 27 de agosto concentraciones y actos en las embajadas de EEUU de todos los países, para apoyar la rebelión del pueblo norteamericano, rechazar la injerencia imperialista en América Latina y llamar al no pago de las deudas externas de los países de América Latina y el Caribe y de todos los pueblos oprimidos.

  • Apoyar la lucha de los trabajadores y el pueblo chilenos por “Fuera Piñera” y la puesta en pie con su lucha de una asamblea constituyente verdaderamente libre y soberana. Exigimos la libertad de todos los presos de la rebelión.

  • Apoyar en impulsar las luchas del conjunto de trabajadoras y trabajadores contra despidos, rebajas salariales y otros ataques a sus condiciones de vida que están implementando gobiernos y patronales

  • Participar e impulsar las próximas movilizaciones de los trabajadores de reparto de APP en los distintos países

  • Impulsar las movilizaciones del 28 de septiembre por el día de América Latina y el Caribe por el aborto legal, levantando también la consigna “separación de las Iglesias del Estado”.

  • Reafirmar nuestra adhesión a los 10 puntos programáticos contenidos en el documento “Un nuevo escenario en Latinoamérica y la necesidad de una salida socialista y revolucionaria” de convocatoria inicial a la Conferencia Latinoamericana presencial, sumando los puntos referidos a la pandemia y al levantamiento en Estados Unidos desarrollados en los documentos posteriores que dieron base al llamado a esta Conferencia Virtual de Latinoamérica y Estados Unidos.