Pedido de informes vinculados a la calefacción de la Escuela n° 19 Distrito Escolar 19 «José Martí» de la CABA

24/06/2021

Expediente 1659-D-2021

PROYECTO DE RESOLUCIÓN

Artículo 1°.– La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires solicita al Poder Ejecutivo que en un plazo máximo de 30 días de recibida la presente, al Ministerio de Educación, y a través de los organismos que corresponda, informe sobre los siguientes puntos vinculados a la la Escuela n° 19 Distrito Escolar 19 «José Martí» de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires:

a) Informe a través de qué mecanismos energéticos se genera calefacción en la escuela 19 DE 19. Adjunte documentación respaldatoria. En caso de que dicha sea eléctrica exolicite los motivos por los cuales no se utiliza gas. Adjunte documentación respaldatoria.

b) Explicite cuál es el estado al día del tratamiento del presente proyecto, de la calefacción, la caldera, la instalación eléctrica y la conexión de gas de la escuela 19 DE 19. Adjunte documentación respaldatoria.

c) Informe si se han llevado adelante obras de mantenimiento vinculadas a la calefacción, la caldera, la instalación eléctrica y la conexión de gas durante los años 2018, 2019, 2020, 2021. En caso afirmativo adjunte documentación respaldatoria.

d) Informe si planea emprender una obra vinculada a atender los problemas de calefacción que presenta la escuela. En caso afirmativo explicite plazos, presupuestos devengado para tal fin, pliegos de licitación y empresa asignada en el caso de que lo hubiere. En caso negativo exponga pormenorizadamente los motivos. 

e) Informe los motivos por los cuales frente a una temperatura de 3° C el día 17/06, se suspendieron las clases para los estudiantes y las y los trabajadores de la escuela (personal docente y no docente) debieron concurrir presencialmente.

f)Informe si han tomado alguna medida contingente frente a las bajas temperaturas sin calefacción. En caso afirmativo explicítelas y adjunte documentación respaldatoria.

Fundamentos

Como todos los años cuando empiezan a sentirse los primeros fríos fuertes, la caldera que calefacciona la escuela 19 del DE 19 de Soldati vuelve a averiarse. Como el cumplimiento del protocolo, evidentemente impracticable, dispuesto por el propio gobierno requiere que las ventanas de las aulas permanezcan en todo momento abiertas (con ventilación cruzada en caso de que las instalaciones lo permitan), es lógico que la supervisión escolar del distrito, una vez presentado el reclamo de la docencia de la escuela, reconociera que no están dadas las condiciones para poder dar clases hoy viernes 17/6 con 3°C pronosticados de mínima.

 

Pero contrariamente a lo que señala la normativa vigente (art. 51 del reglamento escolar) y el más mínimo sentido común, la indicación de no asistir a las aulas solo aplica para los alumnos. Por algún motivo (que por otro lado no figura por escrito en ninguna comunicación oficial) el Ministerio de Educación a través de la supervisión del distrito dio la orden de que el cuerpo docente se presente de todos modos a cumplir el horario laboral. Más grave aún fue corroborar que esta situación completamente irregular se repitió en los últimos días en otras escuelas del distrito. Que una cantidad de escuelas se encuentre en este estado no es sorpresa para nadie. La falta de calefaccionamiento en las escuelas es un problema que viene arrastrándose desde hace años y refleja el completo vaciamiento del presupuesto  educativo y de infraestructura escolar en particular.

Desde la banca del PO- FITU  rechazamos este nuevo atropello a la docencia y seguimos exigiendo al gobierno de la Ciudad y de Nación el pase a la virtualidad en medio de la segunda ola de contagios y de temperaturas extremas. 

La docencia viene organizándose junto a las comunidades sosteniendo  la lucha para terminar con esta política criminal del GCABA que niega el pase a la virtualidad, al mismo tiempo exigen vacunación de toda la comunidad educativa, conectividad y dispositivos para todos, y por el presupuesto educativo y las condiciones de infraestructura.

Por lo expuesto solicito se acompañe el presente proyecto.

Declara necesidad de solucionar falta de gas y calefacción en escuelas

24/06/2021

Expediente 1660-D-2021

Proyecto de Declaración

Ante la situación de ajuste y recortes que atraviesan los edificios escolares con falta de gas y calefacción durante el invierno:  la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires exige al Gobierno de la Ciudad encabezado por Horacio Rodríguez Larreta  y al Ministerio de Educación dirigido por Soledad Acuña, solucione de forma perentoria los problemas mencionados.

Fundamentos

En los niveles inicial, primario y de educación media de las escuelas de la CABA, tras los últimos anuncios del Jefe de Gobierno Horacio Rodríguez Larreta y la ministra de educación Soledad Acuña, se han retomado las clases presenciales sin ningún criterio epidemiológico científico que así lo permita

Sin bien se trata de una presencialidad limitada y ficticia, fundamentalmente en el caso de la educación inicial y primaria ya que la proliferación de contagios fuerza a cerrar burbujas, o las familias en su gran mayoría han optado por solicitar excepciones para sus hijes, o bien directamente no enviarlos a las escuelas por las cifras en rojo epidemiológicas, los contagios continúan siendo elevados pese a la manipulación oficialista de los datos.

A esta situación se suman las bajas temperaturas propias del período invernal las cuales se hacen sentir con mayor intensidad en escuelas que deben permanecer con ventanas y puertas abiertas sin ninguna medida contingente en términos de calefacción, es decir: la salud de niñes y jóvenes se ve doblemente expuesta tanto al covid-19 como a las enfermedades que encuentran en las bajas temperaturas un ámbito propicio para su desarrollo y proliferación. Está claro que Larreta-Acuña utilizan como escudo humano de sus políticas bolsonaristas a miles de niñes y adolescentes, y a les trabajadores de la educación.

Naturalmente esto no demoró en ser visibilizado a través de múltiples denuncias por parte de las comunidades: hoy las fotos de estudiantes envueltos en frazadas en medio de aulas, sin poder beber o ingerir bebidas o alimentos calientes, recorren redes sociales y medios de comunicación. Sin embargo ni el Ejecutivo porteño, ni el Ministerio de Educación, ni el de Salud, han dado una respuesta al reclamo. El combativo sindicato Ademys se encuentra realizando entre otras medidas, un relevamiento que ya recoge un gran número de denuncias al respecto.

En la CABA no es nuevo el problema ya que cabe señalar que la falta de gas o los problemas de calefacción constituyen un núcleo problemático entre los extendidos en términos de infraestructura escolar denunciado año tras año. Pero este año se ven agudizados tanto por el recorte en este ítem de más del 70% y por los supuestos protocolos que no permiten encender las calderas allí donde funcionan, y se deben mantener ventanas y puertas abiertas allí donde hay, en otras instituciones directamente la falta de vidrios da los mismo si una ventana se abre o cierra: este es el estado lamentable de decenas de escuelas de la Ciudad de Buenos Aires. Tampoco la calefacción eléctrica es una solución viable ya que las instalaciones no soportan la conexión siquiera de una estufa de una vela o un caloventor. 

Algunas escuelas sin gas ni calefacción: EMEM 1° DE 12, 5° DE 7, 13° DE 7, 17° DE 7, 2° DE 1, 13° DE 1, 23° DE 3, 7° DE 8, 11° DE 8, 2° DE 11, 14° DE 12, 6° DE 11, 6° DE 13, 18° DE 13, 2° DE 15, 8° DE 18, 14° DE 9, 17° DE 19, 18° DE 19, 19° DE 19, 5° DE 21, 18° DE 21, 18° DE 21, Yrurtia y ESC de Teatro, Comercial 22 DE 13, Maestrazzi, y la lista continúa.

Pero el GCABA empeñado en hacer campaña electoral a costa de la salud y la vida de estudiantes y trabajadores de la educación continua sin invertir un peso en respuestas a la diversidad de reclamos que se hacen sentir desde las escuelas y sus comunidades entre ellos el pase a la virtualidad, la distribución de dispositivos y conectividad gratuita y un plan de vacunación para el conjunto de la población.

Por lo expuesto solicitamos se acompañe el presente proyecto de declaración.

Confirmase en carácter de titulares a las/os docentes que revistan en carácter de interinas/os en todas las Instituciones de Nivel Superior

23/06/2021

Expediente 1650-D-2021

Adhesión

Proyecto de ley

Artículo 1º.- Confirmase en carácter de titulares a las/os docentes que revistan en carácter de interinas/os a la fecha de sanción de la presente Ley en todas las Instituciones de Nivel Superior, a saber: Instituto de Enseñanza Superior N°1 «Alicia Moreau de Justo», Instituto de Enseñanza Superior N°2 «Mariano Acosta», Instituto Superior de Educación Física N°1 «Dr. Enrique Romero Brest», Instituto Superior de Educación Física N°2 «Prof. Federico William Dickens», Instituto Superior de Profesorado «Dr. Joaquín Víctor González» e Instituto Superior de Profesorado de Educación Especial  dependientes de la Unidad de Coordinación del Sistema de Formación Docente (UCSFD), las Escuelas Superiores de Educación Artística: Lola Mora, Rogelio Yrurtia, Manuel Belgrano, Fernando Arranz, Aída Mastrazzi, Jorge Donn, Juan Pedro Esnaola, Nelly Ramicone, la  ENS 1 Roque Sáenz Peña, ENS 2 Mariano Acosta, ENS 3 Bernardino Rivadavia, ENS 4 Estanislao S. Ceballos, ENS 5 Martín Miguel Güemes, ENS 6 Vicente López y Planes, ENS 7 José María Torres, ENS 8 Julio A. Roca, ENS 9 Domingo Faustino Sarmiento, ENS 10 Juan Bautista Alberdi, ENS 11 Ricardo Levene, el Instituto Superior del Profesorado de Educación Inicial Sara C. de Eccleston, Instituto de Enseñanza Superior J.B. Justo, Instituto Superior del Profesorado en Lenguas Vivas Juan Ramón Fernández, Escuela Normal Superior en Lenguas Vivas S. B. de Spangenberg, dependientes de la Dirección General de Escuelas Normales Superiores y Artísticas (DGeNSyA), de la Escuela Superior de Enfermería Cecilia Grierson, Instituto de Tiempo Libre y Recreación, Instituto Superior de Deportes, Institutos de Formación Técnica Superior (ex Centros Educativos de Nivel Terciario: CENT) y Tecnicaturas o Carreras de Nivel Terciario dependientes de la Dirección de Formación Técnica Superior del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en las horas cátedra (Cecilia Grierson), horas cátedra IFTS (58,75), horas cátedra – Terciario, y en los cargos de: Secretario, Prosecretario, Secretario Académico (IFTS), Asesor Pedagógico, Profesor, Profesor de Enfermería, Jefe de Trabajos Prácticos, Jefe de Trabajos Prácticos (IFTS); Jefe de Laboratorio, Jefe de Biblioteca, Bibliotecario, Jefe de Bedeles, Bedel, Bedel (IFTS), Jefe de Preceptores, Preceptor, Visitador Social, Ayudante de Clases Prácticas, Ayudante de Trabajos Prácticos (IFTS), Profesor Asistente de Trabajos Prácticos, Asistente de Trabajos Prácticos, Director (Cecilia Grierson), Vicedirector (Cecilia Grierson), Profesor Jefe Enfermería (Cecilia Grierson), Profesor de Enfermería (Cecilia Grierson), de acuerdo a las condiciones que establece la presente ley.

Artículo 2°.- Para ser confirmados/as como titulares, los/as docentes incluidos/as en el artículo 1º deberán reunir los siguientes requisitos: a) Poseer título de nivel superior. b) Haber accedido a las horas y/o cargo mediante selección de títulos y antecedentes para la cobertura de horas cátedra y/o cargos interinos según lo establecido por la ley 2270, anexo de ley 2270 y normativas posteriores vigentes correspondientes a las Instituciones de Nivel Superior. c) No estar comprendido dentro de las causales de inhabilitación para desempeñar cargos públicos, conforme el art. 6º, inc. c) y reglamentación del Estatuto del Docente. d) Contar a la fecha de sanción de la presente ley con el certificado de aptitud psicofísica y ficha censal. Para aquellos/as docentes que no cuenten con tal requisito, el Ministerio de Educación y de Innovación del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires establecerá las medidas correspondientes a fin de que puedan cumplimentar en tiempo y forma dicha condición.

Artículo 3°.- El/la docente que se desempeñe en un cargo jerárquico electivo, tendrá derecho a ser confirmado/a como titular en el cargo u horas de base que retenga en carácter de interino/a con licencia, siempre que reúna los restantes requisitos de la presente ley.

Artículo 4°.- El/la docente que se desempeñe como suplente en horas cátedra o en un cargo que quede vacante en virtud de la presente ley, tendrá derecho a ser confirmado/a en carácter de titular, siempre que en dicho cargo reúna los restantes requisitos enunciados en la presente ley.

Artículo 5°.- La titularización de los docentes que por alguna de las condiciones mencionadas en el Art. 4° de la Ordenanza 40.593 se encuentre en tareas pasivas, quedará en suspenso hasta tanto se produzca el cese del motivo que lo encuadra en dicha situación.

Artículo 6°.- En los casos de instituciones que estén llevando a cabo procesos de cambio curricular o ante cualquier modificación de los planes de estudio vigentes, modificación de estructura, el/la docente será confirmado/a como titular y será reubicado/a en la misma institución o en su defecto en otra bajo consulta al docente que estuviere en condiciones de acceder a la titularidad, conforme a los alcances e incumbencias de sus títulos en el menor tiempo posible en igual o similar cargo u horas cátedra con las que contaba antes de producido el cambio curricular, según normativa vigente.

Artículo 7°.- La presente ley tiene carácter de excepcional según los límites establecidos en el artículo 1. Se ratifica la plena vigencia de la ley 2270 y su anexo para la cobertura de cargos en Nivel Superior.

Artículo 8°.- Comuníquese, etc.

Fundamentos:

La presente ley viene a reparar el incumplimiento por parte del Ministerio de Educación de la Ciudad, de la Ley 2270/2006, que rige para los concursos de titularidad de docentes en el nivel superior de nuestra ciudad y artículo 20 del Estatuto Docente, Ordenanza 40593. La mencionada ley establece en su artículo 2 del Anexo que al cierre de cada ciclo lectivo la Dirección General de Educación Superior publicará el calendario anual para la realización de concursos que correspondan a las vacantes presentadas por los consejos directivos de cada establecimiento dependiente de esa dirección. Así mismo, establece que esa dirección debe publicar la convocatoria en el boletín oficial, en medios masivos y por vías de comunicación habitual. El artículo 20 del Estatuto Docente determina que la designación de docentes para ingreso y acumulación de cargos se realizará una vez al año y la toma de posesión al inicio del año lectivo posterior a su designación.

El Ministerio de Educación de la Ciudad, a través de su Dirección de Enseñanza Superior, no ha dado cumplimiento a ninguna de estas dos normas. Desde 2013 no se ha convocado a concurso para titularizar en este nivel produciéndose una inaceptable situación de irregularidad legal que atenta contra el buen desenvolvimiento de las instituciones de nivel superior, así como contra los derechos laborales de los docentes de ese nivel. Luego de 7 años sin concursos para titularidad, el 70% de los cargos están siendo desempeñados por docentes que son interinos y que no tuvieron acceder a la estabilidad en sus cargos.

Sin embargo, el sistema siguió funcionando gracias a que las instituciones de nivel superior, convocaron a la realización de elección para interinatos de los cargos vacante en base a la valoración de títulos, antecedentes y antigüedad que la misma ley 2270 rige en su Capítulo VIII, artículos del 49. Esta ley se encuadra en lo establecido en el Estatuto Docente, artículo 9 referido al escalafón del nivel superior, artículo 10 que reconoce que los concursos para el nivel superior se regirán por las normas que regulan el sector y de los reglamentos orgánicos de cada institución, art. 17 referido a la valoración de títulos y antecedentes.  Los mencionados docentes participaron de instancias de selección docente en los que debieron acreditar sus títulos, comprobar su experiencia docente, de investigación, publicaciones y participaciones en actividades académicas, evaluados por un tribunal. De manera, con estos procedimientos, y dado el incumplimiento del llamado a concurso que la ley establece, se ha creado la falsa impresión de conservación del trabajo y de seguridad pero, en realidad, hay una precarización laboral ostensible en cuanto a los derechos a los que no acceden como trabajadores interinos.

La titularización de interinos para reparar esta irregularidad del poder Ejecutivo ha sido empleada en años anteriores en situaciones similares. En 2013 se sancionó la Ley 4563 que titularizó a los docentes interinos a la fecha de su sanción. Es nuestra firme convicción que este mecanismo tenga carácter excepcional y que a futuro se respete la norma de concursos anuales para todos los cargos vacantes.

No escapa a la preocupación que motiva este proyecto la amenaza de cierre de carreras y profesorados que se cierne en este nivel a partir de la creación de la Ley de UniCABA (Ley 6053) y las recientes comunicaciones de ese ministerio, emanadas de la Unidad de Coordinación del Sistema de Formación Docente con fecha 8 de junio del corriente año. En forma inconsulta y por encima de los consejos directivos de cada establecimiento de educación superior, así como de los reglamentos internos de los mismos (ROI), las mencionadas comunicaciones pretenden el cierre de carreras enteras al impedir la inscripción de nuevas cohortes para el segundo cuatrimestre de 2021 y la unificación y centralización de un curso único de ingreso que no respeta las autonomías y los organismos democráticos institucionales con sus juntas departamentales. Esta última iniciativa apunta en forma velada, a la reforma velada del Campo de Formación Docente General de los Institutos de Formación Docente.

Señalamos que al tiempo que se intentan estas medidas, se habilita la inscripción en la UniCABA, lo que pone de manifiesto la evidente intencionalidad de cerrar profesorados de nivel superior autónomos e ir asfixiando la supuesta coexistencia de los mismos con la mencionada universidad. No cabe duda que este ataque sistemático a la educación pública en general y la educación superior en particular, tiene sus cimientos en las distintas reformas educativas, todas provenientes de los organismos internacionales de crédito, puestas ahora de manifiesto en la Ley de formación docente y de creación de la Unicaba aprobada el 22 de noviembre de 2018 (Ley  6053 de la Ciudad de Buenos Aires) y acompañada por el decreto de Ley de educación que prepara las reformas necesarias para la implementación de la mencionada ley, que se correlaciona con la Secundaria del Futuro. 

La docencia de la educación superior de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires necesita que sus derechos sean respetados. La precariedad en la que estos docentes se encuentran, algunos hasta con más de 10 años en los cargos, se agrava para quienes pronto a jubilarse podrían encontrar que sus carreras se cierran y quedan literalmente despedidos sin indemnización alguna ni ingresos para pase a situación pasiva.

Es por esto que consideramos indispensable la aprobación de este Proyecto de ley, para alcanzar una condición más justa para muchos docentes que los ponga en igualdad de condiciones respecto de otros niveles y juntas.

Rechazo al decreto Nº 179/2021 que modifica la reglamentación de artículos sustanciales del Estatuto del Docente y ataca derechos conquistados

23/06/2021

Expediente 1649-D-2021

Adhesión

Proyecto de declaración

La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires rechaza el decreto Nº 179/2021 de fecha 22 de mayo de 2021 del gobierno de Larreta y la Ministra de Educación Soledad Acuña que modifica la reglamentación de artículos sustanciales del Estatuto del Docente y ataca derechos conquistados por las y los trabajadores de la educación de la Ciudad.

Fundamentación

Sr Presidente:

El Estatuto del Docente es el resultado de los intercambios que los trabajadores de base de la educación gestaron por su propia lucha. Estatuto del Docente Ordenanza Nº 40.593 y normas modificatorias y reglamentarias. Reglamento Escolar Resolución MEGCBA Nº 4776/06. Ley de Relaciones Laborales Ley Nº 471, que abarca trabajadores auxiliares, maestranza, caseros, auxiliares de portería, etc.

Nuevamente el gobierno de Larreta y la Ministra de Educación Soledad Acuña buscan avanzar de manera totalmente antidemocrática sobre los derechos de las y los trabajadores de la educación. Las y los docentes agrupados en el sindicato combativo Ademys rechazamos este arbitrario intento de atacar una vez más nuestros derechos. Ya lo hemos dicho: el Estatuto del Docente no se toca.

A lo largo de múltiples luchas por parte de las y los trabajadores de la educación se ha logrado un Estatuto del Docente que reglamenta tanto las prácticas pedagógicas como laborales, entendiendonos a la vez, como sujetos comprometidos con la educación pública.

El Estatuto del Docente es una herramienta que guía, brinda amparo jurídico-legal y expone las normas a través de las cuales se debe cumplir con nuestras obligaciones. Fue a través de la intervención político-sindical que se ha logrado obtener este Estatuto del Docente. Por lo tanto es así que funciona como la matriz para sostener la carrera docente y representa nuestros derechos para los concursos transparentes, la conformación de los listados, la regulación de la calificación y la composición de puntajes y las formas de ascensos, el derecho a la permuta, etc.

La movilización colectiva en busca de mejores condiciones para todos une de tal modo que permite reconocernos en nuestra tradición de lucha ante los atropellos y la injusticia creciente y ante los ataque de los gobiernos hacia la educación pública y los derechos de las y los trabajadores.

Avasallar, violentar, intentar desmantelar el Estatuto del Docente es una maniobra más por parte del gobierno de Larreta y la Minsitra Acuña que no tendrá otra consecuencia que lograr unir a los docentes en defensa de sus derechos.  

Lejos de fomentar la ampliación de recursos  y presupuesto para afrontar la situación tan excepcional que viven los trabajadores de la docencia en la actualidad, recibimos en plena ola de contagios y muertes por Covid 19, a través del Ministerio de Educación de la Ciudad de Buenos Aires un reiterado y violento ataque al cuerpo entero de la docencia arremetiendo contra el Estatuto del Docente. Una vez más, lo hace de forma arbitraria, inconsulta y a nuestras espaldas, provocando un extendido malestar en las comunidades educativas.

Este avasallamiento se centra en modificar la reglamentación de un total de ocho (8) artículos sustanciales del Estatuto del Docente, donde de manera evidente se ven comprometidos los concursos de ascenso, el puntaje y el acceso a los cargos. No nos sorprende este tipo de accionar originado por una fuerza política que por un lado invita de manera abstracta al diálogo y por otra parte no convoca a los sindicatos -ni a la docencia en general- de manera concreta para exponer cuáles, cómo y por qué realiza las modificaciones a las reglamentaciones de los artículos al Estatuto del Docente.

Detrás de un lenguaje que hace uso y abuso de referencias al avance en la calidad educativa, en promover y jerarquizar la formación docente o incentivar la permanencia de los docentes en las instituciones se esconde la insistente obsesión de manipular el Estatuto en detrimento de los derechos de las y los trabajadores de la educación; teniendo como objetivo primordial precarizar nuestras condiciones laborales.

El único y legítimo espacio para iniciar una eventual discusión sobre una modificación de alguna reglamentación del Estatuto del Docente debe ser en cada una de las escuelas de esta ciudad. Nadie mejor que las propias maestras y maestros para defender sus derechos, reconocer sus intereses y preocupaciones, organizarse para la lucha y manifestarse contra las arremetidas del gobierno de Larreta y Acuña.

Cabe destacar un punto sustancial que esta reforma deja establecida: la virtualidad de los actos públicos. Mecanismo de acceso a los cargos que se viene denunciando por sus irregularidades desde su implementación en esta pandemia. Ya que profundiza la centralización desde el Estado en la asignación de cargos, sin ningún tipo de control por parte de la docencia, cediendo todo el control y organización a la CoREAP y quitándole cada vez más tareas a los supervisores adjuntos.

El pasado 22 de mayo los docentes incluidos dentro del Estatuto fuimos sometidos una vez más al atropello del Jefe de Gobierno Rodríguez Larreta, Horacio y su Ministra de Educación Acuña, María Soledad imponiendo el decreto Nº 179/21 donde de manera inconsulta y en perjuicio de la carrera docente se modifican las reglamentaciones de los artículos Nº 8, 13, 17, 23, 26, 28, 30 y 66.

Denunciamos enfáticamente el proceder del Jefe de Gobierno Rodríguez Larreta, Horacio y su Ministra de Educación María Soledad Acuña, que de manera reiterada vulneran derechos de las y los trabajadores de la educación de esta Ciudad. Resulta inadmisible que bajo hipócritas argumentos de un supuesto progreso, o mejora en la organización de los listados, la inscripción a la carrera docente, la acumulación de puntaje, el orden de mérito, las permutas, la clasificación, el ascenso y otros ítems que son fundamentales para el desempeño y ejercicio de la carrera docente se vaya horadando al Estatuto del Docente.

Desde la banca del FIT-U nos pronunciamos contra el decreto Nº179/21 y ponemos nuestro esfuerzo al servicio de los trabajadores de la educación y en defensa de la educación pública.

Por todo lo expuesto solicitamos la aprobación del siguiente proyecto de declaración.

Adquisición de terreno y construccion de una escuela primaria en D.E. 13

16/06/2021

Expediente 1590-D-2021

Adhesión

PROYECTO DE LEY ADQUISICIÓN DE TERRENO Y CONSTRUCCIÓN DE UNA ESCUELA PRIMARIA EN D.E.13

Artículo 1°.- Declárase de utilidad pública y adquisición el terreno sito en la calle Zinny 1768 78 y Echeandía 3854/58, parcela 23 B de la Manzana 85 de la Sección 56, Cir 1. Comuna  9.

Artículo 2°.- Destínase dicho inmueble a la construcción de un edificio escolar destinado al Área de la Educación Primaria.

Artículo 3°.- La institución será una Escuela Primaria de jornada completa.

Artículo 4°.- La Dirección General de Infraestructura, Mantenimiento y Equipamiento del Ministerio de Educación, en cuanto organismo técnico de la Autoridad de Aplicación con competencia en la materia, hará los estudios de factibilidad correspondientes, elaborará el proyecto respectivo y establecerá las distintas etapas y la secuencia licitatoria y de construcción para dar cumplimiento al objeto de la presente ley.

Artículo 5°.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente ley será imputado al Programa respectivo de la Jurisdicción del Ministerio de Educación, en el Presupuesto General de Gastos y Cálculo de Recursos correspondientes al año 2017 y sucesivos.

Artículo 6°.- Publíquese y cúmplase con lo dispuesto en los Artículos 89 y 90 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Artículo 7°.- Comuníquese, etc.

FUNDAMENTOS

El presente proyecto de ley tiene el objeto de garantizar el acceso a la educación pública de niñas y niños del Distrito escolar 13, el cual se encuentra afectado de manera sostenida por diferentes decisiones políticas que ponen en riesgo el derecho constitucional de los mismos al acceso a la educación. No por ser una de las zonas más postergadas consecuencia directa de las decisiones del ejecutivo de nuestra ciudad, se podrá infringir la normativa central que advierte en su artículo 24 que: “la Ciudad asume la responsabilidad indelegable de asegurar y financiar la educación pública, estatal laica y gratuita en todos los niveles y modalidades, a partir de los cuarenta y cinco días de vida hasta el nivel superior, con carácter obligatorio desde el preescolar hasta completar diez años de escolaridad, o el período mayor que la legislación determine”.

Existe un problema desde hace años y que es cada vez más preocupante, además de crónico: la falta de vacantes en la Ciudad de Buenos Aires. Durante el ciclo lectivo 2020, 16.364 niños, niñas y adolescentes estaban en lista de espera para obtener una vacante, según reveló Tiempo Argentino. La gran mayoría corresponde al nivel inicial (12.370), luego al nivel primario (3.355), y por último al nivel secundario con 639. A esta cifra se suma la cantidad de chicos/as que se encuentran en los CPI y los Cedi, que suman unos 12 mil alumnos. En suma, el número de chicos/as sin vacantes se estipula en 28.364. Los números son recabados a través de los reclamos de la ciudadanía porque el GCABA no brinda, como es su obligación, los datos fehacientes.

En este marco, una de las más controversiales decisiones ha sido la implementación del sistema de inscripción on line para acceder a vacantes de ingreso al primer año de los diferentes niveles, el cual lejos de agilizar y simplificar la inscripción, produjo innumerables inconvenientes para las familias, los diferentes establecimientos educativos y su personal docente, debido a su arbitraria dinámica de adjudicación de vacantes (el criterio de asignación no está especificado en ninguna reglamentación aunque existan ciertos requisitos y/o prioridades para la adjudicación de una u otra escuela) como así también a la falta de capacitación en tiempo y forma del personal en su primera implementación en el año 2013-2014 y de información para las familias que debían realizar el proceso de inscripción por tal mecanismo por primera vez.

Según nuestros registros, solo en 4 distritos (13º, 19º, 20º y 21º) existía una diferencia de 832 vacantes entre el número de niños que egresó de la sala de 5 años del nivel inicial en 2019 y el número de vacantes que tenían esos mismos distritos en primer grado para el ciclo lectivo 2020.

En el DE 13 en marzo de este año, solo a partir de las listas de espera de la inscripción 2020, sin contar las inscripciones del ciclo ya en curso, y sin recuperar la matrícula desescolarizada de años anteriores, hay 254 niños sin vacantes en el nivel primario y otros 98 en lista de espera por pases de otros Distritos escolares. En el marco de que existe faltante de vacantes en los tres niveles, inicial, primario y medio, en los barrios Samoré, Copelo, Nágera, Cildañez y de la Villa 15 («Ciudad Oculta»), correspondientes a las Comunas 8 y 9. La matrícula en el nivel primario ha crecido en 400 alumnos sin que, sin embargo, se hayan construido nuevas escuelas.

Esta situación ha provocado dos fenómenos. Por un lado, ha favorecido el aumento de matrícula en la educación privada debido a los múltiples inconvenientes producidos durante el proceso de inscripción que obligaron a las familias a buscar recursos por fuera de sus posibilidades económicas para poder garantizar a sus hijos/as el inicio del ciclo lectivo luego de comenzadas las clases en varios de los casos relevados. Lo mencionado, referente al proceso de inscripción en línea para las escuelas públicas de la CABA, es sólo un aspecto de la problemática estructural que está atravesando el sistema educativo público, el cual se encuentra en una situación de emergencia alarmante provocada por una política sostenida de vaciamiento fundada en la intención clara de privatizar el acceso a la educación.

Pero por otro lado, ha generado un proceso de desescolarización de numerosos niños y adolescentes que hoy se encuentran desescolarizados en los barrios más carenciados de la zona que es una de las más vulnerables de la ciudad.

Por lo menos desde el año 2014 la Asociación docente ADEMYS viene presentando diversos relevamientos hechos en CABA, los cuales arrojan como resultado que en la zona sur de nuestra ciudad se requieren la construcción de treinta y tres escuelas a partir del aumento de la población de las villas de la zona sur desde el Censo 2010. Hasta el 2021 los proyectos de ley de construcción de escuelas no fueron tratados por esta Legislatura haciendo caso omiso de la urgencia del problema de la falta de vacantes y por ende esto condujo a la desescolarización de decenas de niños, niñas y adolescentes antes señalada.

Una vez más debemos señalar que durante los últimos años venimos sufriendo la falta de vacantes en las escuelas públicas de la Ciudad. Esta situación ha perdido su carácter de emergencia y se ha vuelto crónica. Este hecho se vuelve desesperante para las familias afectadas considerando el creciente deterioro de las condiciones de vida por bajos salarios, trabajos precarios y desocupación. Más de la mitad de las niñas y niños menores de 14 años son pobres. Todo esto se ha agravado en el marco de la pandemia de COVID 19 y por el recorte en el presupuesto educativo dispuesto por el poder Ejecutivo y Legislativo de nuestra ciudad. En vistas de detener tal proceso, aparece como urgente e imperiosa la necesidad de construcción de escuelas en función de las necesidades concretas de la población de cada distrito.

Por lo antes expuesto solicitamos al cuerpo legislativo acompañe el presente proyecto de ley.

Pedido de informe vinculado a la inscripción a los Institutos de Formación Docente de la CABA

15/06/2021

Expediente 1577-D-2021

PROYECTO DE RESOLUCIÓN

Artículo 1°.– La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires solicita al Poder Ejecutivo que en un plazo máximo de 30 días de recibida la presente, y a través de los organismos que corresponda, informe sobre los siguientes puntos vinculados a la inscripción a los Institutos de Formación Docente de la CABA

a) Informe y detalle los motivos por los cuales se limita la inscripción a los normales donde se dictan los profesorados de educación primaria.

b) Informe los criterios pedagógicos que sustentan dicha decisión.

c) Informe y detalle los motivos por los cuales se ha cerrado la inscripción a carreras de formación docente.

d) Explique por qué asevera que la decisión que cercena el derecho a la inscripción a los profesorados ha sido consensuada con las y los rectores de los Institutos de Formación, en tanto el propio CESGE emitió un comunicado negándolo.

e) Informe el destino de los recursos económicos destinados a las carreras cuya inscripción fue cerrada y/o limitada.

f) Explicite detalladamente cómo afectará el cierre y/o limitación en la inscripción de carreras a las y los docentes que desarrollan su actividad en los mismos.

g) Explicite si la decisión está vinculada a la creación de la UniCABA.

h) Informe y detalle el presupuesto destinado a los profesorados para el año 2021.  Adjunte documentación respaldatoria.

i) Informe y detalle el presupuesto destinado a la UniCABA.  Adjunte documentación respaldatoria.

j)  Informe si las carreras de formación docente a las cuales se les cerró el acceso, serán abiertas en la UniCABA durante el año 2022.  En caso afirmativo adjunte el plan de apertura de dichas carreras, la modalidad de inscripción y períodos.  En caso negativo, explicite con documentación respaldatoria si la inscripción en profesorados se abrirá para el año 2022.

k) Explicite si planea instalar un examen y/o curso de ingreso a los institutos de formación docente.  En caso afirmativo brinde los argumentos pedagógicos que den sustento a la decisión y detalle si el examen será eliminatorio y/o proscriptivo, e informe las fechas estipuladas para el mismo y si esto afectaría el calendario de inscripción a los profesorados.

l) Informe y detalle si fueron entregadas becas, dispositivos y conectividad a las y los estudiantes terciarias/os.  En caso afirmativo adjunte montos de becas, cantidad de becas distribuidas, cantidad de dispositivos distribuidos y alcance de la red de conectividad.  Adjunte documentación respaldatoria. 

m) Informe si planea abrir un proceso de reforma o reformar el R.O.M.  En caso afirmativo explique dicha reforma. 

n) Informe la relación, en caso que lo hubiere, entre la solicitud de modificación en la currícula de los postítulos dictados por los Institutos de Formación y la modificación-reglamentación del Estatuto Del Docente ( Decreto 179/2021) relacionado al artículo N° 17 modificado a través del decreto 179/2021. Adjunte documentación respaldatoria.

Fundamentos

En los últimos días las comunidades de los 29 Institutos de Formación Docente tomaron conocimiento de las reformas sobre los profesorados en relación a las limitaciones a la inscripción y al ingreso a las carreras de formación docente tanto en las escuelas normales como en las carreras disciplinares,la creación del Siu-Guaraní como sistema de gestión.  Una clara reforma antieducativa en los profesorados y traductorados, mientras que publicitan la privatista Unicaba.

Emmanuel Lista, quien está a cargo de la Unidad de Coordinación del Sistema de Formación Docente emitió una circular dirigida a las y los rectores, en la cual se dispone que los Normales que no reúnan un mínimo de 20 estudiantes no se les habilitaría la inscripción online para el segundo cuatrimestre.

A su vez, los ISFD recibieron otra nota, en la que se indica que se habilitará la inscripción solo a las carreras de Matemáticas, Física y Educación Especial, dejando de lado todo el resto de la oferta de profesorados que tienen inscripciones a mitad de año. Consideramos que este límite en las inscripciones tiene una clara correspondencia con la apertura de la Unicaba.

Con 350 estudiantes y de manera virtual, el gobierno de CABA refuerza su orientación privatista y antieducativa, inaugurando la Universidad que ya fue rechazada por un enorme movimiento de lucha. Son los mismos que no disponen presupuesto para los terciarios, quienes sí lo encuentran para abrir la Unicaba, que cuenta con tres carreras de formación docente que paraleliza el dictado de las mismas en los profesorados.

Hace 4 años el gobierno de Larreta quiso cerrar los institutos para abrir la Unicaba y luchando logramos frenar el cierre.  Esta lucha se replicó en distintas provincias en las cuales la política invariablemente del signo político de los gobernadores, también fue la del cierre de los institutos terciarios

Durante el período extraordinario de la pandemia, el gobierno local de Horacio Rodriguez Larreta y su ministra Soledad Acuña, ni el gobierno nacional de Alberto Fernández y el ministro Nicolás Trotta intentan descargar el fracaso de su política educativa sobre las y los trabajadores de la educación, estudiantes, y comunidades.   

Desde sus gobiernos no dispusieron de partidas presupuestarias extra para acondicionar los institutos, disponer wifi, becas y computadoras para las y los estudiantes terciarios ni de ningún nivel. Para el ajuste educativo, no hay grieta.

Este nuevo ataque del gobierno enciende las alarmas en el seno de las comunidades educativas de los 29 profesorados. Desde el bloque del Partido Obrero en el Frente de Izquierda y los trabajadores estamos comprometidos en la defensa de los institutos terciarios desde el primer momento en que quisieron meter por la fuerza la reforma de la Unicaba en diciembre del 2017.  

El presente proyecto recoge la preocupación ante estos nuevos ataques que con la organización de la docencia y las y los estudiantes enfrentaremos de manera decidida.

Por lo expuesto, solicito se acompañe el presente proyecto.

Declarar las actividades educativas virtuales para todos los niveles y modalidades del sistema educativo

10/06/2021

Expediente 1529-D-2021

Proyecto de Declaración

La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires ante el agudo cuadro epidemiológico y el colapso sanitario, rechaza las medidas del GCABA y del Ministerio de Educación a cargo de la Sra. Soledad Acuña en relación a la presencialidad escolar y la exposición de la salud y la vida de trabajadores de la educación, estudiantes y comunidades. E insta a declarar las actividades educativas virtuales para todos los niveles y modalidades del sistema educativo público de gestión estatal y privada de la Ciudad acompañado de una partida presupuestaria extraordinaria para distribuir y entregar dispositivos y conectividad gratuita para cada estudiantes  y docentes.

Distribución y entrega universal y obligatoria de computadoras portátiles a cada estudiante

10/06/2021

Expediente 1528-D-2021

Proyecto de ley

Artículo 1- Se establece la distribución y entrega universal y obligatoria de computadoras portátiles a cada estudiante inscripto en cualquiera de las áreas, juntas, niveles y modalidades del sistema público educativo de gestión estatal y privada, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. 

Entiéndase nivel inicial, primario, secundario, terciario, en cualquiera de sus modalidades.

Artículo 2- El Ministerio de Educación realizará la distribución de los dispositivos a través de las unidades pedagógicas y a través de las organizaciones sociales que acrediten el empadronamiento de estudiantes.

Artículo 3- Se establece la distribución y entrega universal de computadoras Notebook para todo docente inscripto en las juntas de clasificación docente de toda área, nivel y modalidad del sistema público educativo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Artículo 4- La distribución y entrega de dispositivos en el caso docente se realizará a través de las unidades pedagógicas y en el Ministerio de Educación.

Artículo 5- A través de la presente ley queda establecida la entrega de Notebook al personal docente de instituciones educativas de gestión privada, en todas las áreas, niveles y modalidades, cuyas costas deberán afrontar las instituciones en que el/la docente concentre mayor cantidad de carga horaria.

Artículo 6- Se establece la instalación de fibra óptica en cada barrio de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, cuya capacidad será acorde a la densidad poblacional de los mismos.

Artículo 7- Se establece el recambio tecnológico a contra entrega en sedes distritales para docentes y estudiantes en caso de contar con dispositivos antiguos, con desperfectos y/o fallas.

Artículo 8- Será a través del mecanismo establecido en el artículo 7 de la presente ley, que se entregará anualmente una computadora a cada estudiante que se inicie en alguno de los niveles del sistema educativo público de gestión estatal y privada, de la CABA.

Artículo 8- El Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires restituye el monto de 371 millones de pesos quitados del Plan Sarmiento destinado a sectores privados educativos, y se establece como destino de dichos fondos parte del financiamiento que implique cumplir y ejecutar la presente ley.

Artículo 9 – Los montos presupuestarios para el cumplimiento y ejecución de la presente ley serán devengados de una partida  extraordinaria.

Artículo 10- La compra de dispositivos se realizará a través de concurso licitatorio público bajo estricto control de una comisión conformada por sindicatos docentes, centros de estudiantes, cooperadoras, familias y organizaciones sociales barriales 

Fundamentación:

Sr. Presidente, durante el año 2020 la pandemia reveló las profundas carencias del sistema educativo público de todo el país. Ante la necesidad concreta de la virtualización educativa quedó a la vista el desfinanciamiento en términos tecnológicos así como en relación a otras dimensiones como el de la infraestructura escolar.

La Ciudad Autónoma de Buenos Aires se encuadra en esta situación mencionada. Los números del presupuesto educativo del año 2020, de los años precedentes y del año en curso, demuestran la caída libre de los fondos destinados a Educación, en particular al gasto en educación digital y tecnológica, y en infraestructura. 

El presupuesto educativo viene siendo recortado año tras año. Pasó de representar el 27,8% del total del presupuesto, en 2011, al 22,2%, en 2015, y el 17,3% en 2019 y 2020. Para el 2021 se destinará el 17,18%, que equivale al monto de 105 mil millones de pesos.

A su vez, en el 2021 se realizó un recorte de $371 (trescientos setenta y un) millones en el Plan Sarmiento y se destinan al sector de la educación privada. 

El desmantelamiento y cuasi vaciamiento del programa Plan Sarmiento quedó sellado de este modo dejando en evidencia que ni el GCABA ni el Ministerio encabezado por Soledad Acuña tienen como preocupación la Educación Pública en general, y mucho menos durante la pandemia. 

Entre 2016 y 2017 el gobierno de la Ciudad de Buenos Aires decidió discontinuar la entrega de computadoras desde primer grado a mitad de cuarto grado. A eso, sumó la cancelación del servicio de Wimax, es decir, la internet incorporada que tenía cada dispositivo y que permitía tener conexión en cualquier punto de la Ciudad de Buenos Aires. El cuerpo de delegades de Intec en Ademys se reunió con la gestión en ese entonces, solicitando que no lleven a cabo estas acciones, denunciando el ajuste y planteando que se ampliaba enormemente la brecha digital.

El recorte que supera el 70% en infraestructura escolar es otra evidencia irrefutable de esta política.

En momentos en que se debería reforzar cada punto que conforma la Educación se profundizan los recortes. Sin embargo ha sido la docencia quienes afrontaron las costas del acompañamiento virtual con sus propios dispositivos (aquelles docentes que poseen computadoras, o a través de sus teléfonos celulares) y pagando la conectividad. El ítem salarial de conectividad se reduce a menos de $1000 (mil) en momentos en que los montos de los servicios conforman el llamado tarifazo que sacude el bolsillo del conjunto de trabajadores y vecinos de la CABA, y del resto del país. 

El presente proyecto recoge el planteo de los sectores educativos fundamentalmente de las, los y les estudiantes de las barriadas populares, los primeros afectados por la pandemia en términos educativos y sociales. La juventud de los barrios son quienes conforman los terribles números de la pobreza infantil y juvenil de todo el país que señalan que más del 60% son pobres. Son les estudiantes quienes reclaman conectividad y computadoras para poder darle continuidad a sus estudios bajo la virtualización educativa necesaria pero contrapuesta a una presencialidad mentirosa o una bimodalidad sin recursos. Son quienes se han visto obligados por la falta absoluta de respuesta por parte del Gobierno y el Estado porteño a movilizarse de manera masiva tanto al Ministerio de Educación Nacional como al de la CABA en reclamo de lo mencionado. 

Los reclamos desde las escuelas mismas y distintos sectores educativos como ser los sindicatos docente, los centros de estudiantes, las familias y el conjunto de las comunidades estuvo y se mantienen en pie: virtualización educativa en defensa de la vida, la salud y la educación, inversión en infraestructura escolar, distribución de dispositivos digitales y conectividad gratuita para docentes y estudiantes, universalización de alimentos, subsidios igual al costo de la canasta familiar a les desocupados, ningún cesanteo docente y un plan real de vacunación para el conjunto de la población. 

Sr Presidente, cabe destacar que hoy son cientos las, los y les estudiantes que no están recibiendo ni educación presencial ni educación virtual. Les estudiantes exceptuades o aquelles cuyas familias deciden abstenerse de la exposición que implica trasladarse y permanecer en las escuelas, tampoco se les otorgó una solución ante la solicitud de virtualidad escolar debido a la línea política gubernamental de desprecio a la salud y la vida, y de recorte y ajuste antieducativo permanente.

En horas en las que en el país lamentamos más de 500 muertes promedio a diario, cuando los contagios promedian los 40.000, y con números alarmantes de trabajadores de la educación fallecidos, la necesidad de mantener el acompañamiento virtual es imperiosa. Se necesitan medidas extraordinarias para un período extraordinario. 

Por lo expuesto Sr Presidente solicito se acompañe el presente proyecto.

Reconocimiento laboral y académico: cargos ESI

10/06/2021

Expediente 1528-D-2021

Proyecto Ley

Artículo 1º- Se establece la creación  del cargo de docente de Educación Sexual Integral laica, científica y respetuosa de las diversidades sexuales y de género destinado a cada año, grado, área, junta, nivel y/o modalidad del sistema educativo público de gestión estatal y gestión privada de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. 

Artículo 2º- La carga horaria por comisión, curso, grado, sala, en todos los casos de modalidades y niveles será de un cargo equivalente a coordinador de área de media, 6 (seis) horas cátedra, estableciendo une docente cada 100 estudiantes por escuela o fracción de 50.

Artículo 3º- Serán aspirantes al cargo quienes a la fecha de la sanción de la presente ley se desempeñen en un cargo docente del sistema educativo de ciudad de Buenos Aires, quienes posean título docente que de acuerdo al Estatuto del docente se encuentren en condiciones de inscripción a los listados de cualquiera de las áreas, juntas, niveles y/o modalidades educativas del sistema educativo de la CABA, y posean una formación académica oficial en ESI.

Artículo 4º- En los casos que les docentes que aspiren al cargo de docente de ESI de acuerdo al artículo 3º de la presente ley y  no tuvieran especialización alguna  ajustada a los requerimientos planteados, deberán cumplimentar el tramo formativo correspondiente, en un periodo no superior a los cuatro (4) años, siendo el Estado de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires quien deba garantizarles el acceso a una vacante gratuita y en formación de servicios, abriendo nuevas vacantes en los postítulos dictados por Escuela de Maestros y por el Instituto Joaquín V. González.

Artículo 5º- Aquelles docentes nombrades por la Resolución 340/2018 como referente de ESI, y/o quienes integren y conformen equipos escolares como referentes ESI, con certificación de servicios de la escuela,  tendrán un concurso protegido por única vez teniendo prioridad a aspirar a los cargos de las escuelas en las que desempeñarán dicha función.

Artículo 7º- En todos los casos el  salario percibido será del valor de la hora cátedra más la antigüedad y los ítems que correspondiese a cada docente.

Fundamentación

Sr. Presidente, la educación sexual integral en las escuelas de la ciudad de Buenos Aires es un reclamo histórico de estudiantes y docentes. A 15 años de su sanción los reclamos por su implementación  se multiplicaron, sin embargo los bloqueos provenientes de sectores antiderechos y vinculados a las iglesias católicas como evangélicas se han desarrollado recurriendo incluso al propio artículo n°5 de la ley 21150 en la ley nacional y en el artículo n° 8 de la ley 2110 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

El presente proyecto refuerza esa lucha y plantea un verdadero reconocimiento para les docentes que están al frente de esta tarea asumida con actitud militante frente al desfinanciamiento tanto de la ley nacional como jurisdiccional, y de vaciamiento y desinversión en políticas de género, contra la violencia machista, y  por la implementación de una Educación Sexual Integral Laica, Científica y respetuosa de las diversidades sexuales. 

El presente proyecto de ley realizado íntegramente junto a docentes y estudiantes, recoge e incluye las dimensiones de género, de laicidad y cientificidad para la creación de cargos y designación por concurso público para todas las escuelas tanto públicas y privadas, en contraposición a los prejuicios religiosos y pre científicos que promueven las Iglesias y/o corporaciones y ONG que tienen injerencia dentro del sistema educativo.

En enero del  año 2020 el Ministerio Público Tutelar (MPT) de la Ciudad de Buenos Aires dio  a conocer los resultados de un estudio donde  el 80 por ciento de los chicos que sufrieron abuso pudieron identificarlo, según este estudio, tras recibir contenidos de ESI en la escuela. El mismo estudio señala que ocho de cada diez niños declararon que pudieron comprender lo que les había sucedido a partir de información recibida en la escuela. Es decir, la ESI les brindó los contenidos necesarios para identificar principios de cuidado  de la salud sexual y reproductiva. Una información que el Estado y las instituciones educativas, desde el nivel inicial al nivel secundario, tienen la obligación de garantizar. Una información que es un derecho, y como tal, nadie puede oponerse a su implementación en las aulas. 

A fin del año 2018,  luego de una gran lucha de estudiantes secundaries en el marco de la  enorme “marea verde”, a través de masivas movilizaciones reclamando la aprobación del aborto legal, seguro y gratuito en la Argentina, se emitió una resolución para conformar equipos y referentes ESI para las instituciones educativas. Sin embargo, nuevamente la normativa no contempla la garantía de formación en servicio obligatoria y con relevo de tareas para la docencia, ni apertura de vacancia en los únicos dos postítulos gratuitos de la CABA, y mucho menos plantea la apertura de instancias curriculares específicas aun sosteniendo la transversalidad de la ESI. 

Les referentes ESI, según resolución 340/2018, son designados por escuela pero sin reconocimiento alguno. Nuevamente la docencia que ha tomado el reclamo por la implementación de la ESI, tan necesaria para las infancias y las juventudes en formación, se dio a la tarea de ocupar esos espacios y conformar equipos docentes que desenvuelven dicha tarea. 

Estos equipos vienen desarrollando una tarea de diseño y aplicación de estrategias pedagógicas sobre la base de un esfuerzo y de trabajo no remunerado mientras  las demandas que se presentan en las escuelas se multiplican. La formación para el ejercicio pleno de la sexualidad, el cuidado, el respeto a la diversidad sexual y de género y la detección temprana de las múltiples violencias que se ejercen sobre la niñez y la infancia, son algunas de las temáticas que se trabajan en las escuelas.

En el año 2019 se presentaron una serie de reclamos desde los equipos ante el Ministerio de Educación de la Ciudad, donde se expresaba que la falta de recursos para atender a la aplicación de la ESI era un obstáculo para el desarrollo de la misma. Se planteaban la creación de cargos por escuelas, las capacitaciones en servicio para todes les docentes en dicha temática, la remuneración de la tarea, entre otros.

Actualmente, en muchas instituciones, les docentes referentes desenvuelven sus funciones sin ninguna hora designada, es decir, trabajan sin percibir salario por su tarea. En otras instituciones, la tarea de los equipos designados es sobre la base de algunas horas institucionales que superan la tarea que tienen a cargo y deben sumar horas extra clases a pura voluntad, sin reconocimiento ni remuneración alguna. 

La tarea de los equipos ESI no se puede sustraer de las condiciones sociales y materiales en las que se desenvuelve: la violencia contra las mujeres y los crímenes de odio han aumentado, los femicidios durante la pandemia se han incrementado. Según estudios una mujer cada 32 horas es asesinada en la Argentina, las denuncias de abuso sexual y todo tipo de maltrato a la infancia, la cual en más de un 60% está por debajo de la línea de pobreza en el país, también son indicios de cómo estas situaciones sociales son potencialmente escenarios que refractan directamente  en las escuelas sin recursos en medio de una crisis profundizada por la pandemia y las políticas gubernamentales, que han subsumido en peores penurias al pueblo trabajador.

Desde el punto de vista de los recursos educativos hay un ajuste en curso que se traduce en el recorte año tras año del presupuesto educativo. Con apenas un puñado de profesionales para los equipos de orientación escolar o departamento de orientación escolar, según el nivel, que acompañen las numerosas situaciones de violencia, de asistencia a situaciones complejas que exceden a las tareas previstas en los equipos ESI, cuyos salarios quedaron muy lejos del costo de la canasta familiar, sin aumento de presupuesto para la educación y, dentro de dicho presupuesto, para la aplicación de la ESI.

Durante la pandemia fueron les docentes y los equipos los que a fuerza de voluntad garantizaron las insuficientes jornadas institucionales sobre la temática y pusieron a disposición de les estudiantes la asistencia frente a situaciones que implicaban riesgo para les mismes, que el aislamiento social reforzó.

La presente iniciativa legislativa refleja no sólo el reclamo de docentes y estudiantes, también se constituye  como un punto de apoyo que apunta a colaborar con una verdadera aplicación de la ESI en todas las escuelas y profesorados de CABA. 

Esta iniciativa se suma a las diversas acciones y proyectos que hemos presentado desde la banca del Frente de Izquierda, que apuntan a garantizar el acceso a la formación en todas las escuelas de la Ciudad de una Educación Sexual Laica, Científica y respetuosa de las diversidades que propenden al desarrollo de vínculos sin violencia,  libres de opresión, y de expansión personal.

 

Por lo expuesto, Sr. Presidente, solicito se acompañe el presente proyecto.

 

Defensa Integral de la Educación Publica en Pandemia

20/04/2021

Artículo 1.-OBJETO. La presente Ordenanza tiene por objeto la defensa integral de la  educación pública en el ámbito de la ciudad de Córdoba, garantizando el proceso educativo libre y sin restricciones de ningún tipo durante la pandemia de Covid-19.  

 

Articulo 2.- GARANTICESE el acceso libre y gratuito a la Red Wi Fi en plazas, barrios y espacios públicos que asegure la conectividad de estudiantes, docentes y personal afectado a la actividad escolar en el nivel inicial, medio y superior en todo el ámbito de la ciudad Córdoba. 

 

Artículo 3.- ORDENESE el relevamiento y empadronamiento de estudiantes matriculados y docentes de todos los niveles del sistema educativo municipal a los fines de la provisión gratuita de dispositivos electrónicos (computadoras, tablets, notebooks, etc) para garantizar la continuidad del proceso educativo. 

 

Articulo 4.- ORDENESE el relevamiento inmediato de las condiciones edilicias, de infraestructura y de suministro de servicios en los establecimientos educativos de la ciudad. En virtud de ello, dispóngase la adecuación y/o las refacciones necesarias en el término de 30 días de entrada en vigencia la presente ordenanza, para hacer efectiva las condiciones de cursado y el cumplimiento de protocolos de bioseguridad que eviten brotes de contagio de Covid- 19.

 

Artículo 5.- DISPONGASE la entrega de becas de estudio por un monto no inferior a $10.000 actualizado según la inflación y kits de materiales para todos los estudiantes que así lo requieran, matriculados en la ciudad de Córdoba en cualquiera de los niveles educativos, siendo necesaria solo una declaración jurada de bajos recursos del estudiante o persona mayor a cargo.     

 

Artículo 6.- ORDENESE la provisión permanente de recursos críticos (alcohol en gel, barbijos, detergente, etc) en cada establecimiento educativo de la ciudad dependiente de la municipalidad de Córdoba. Asimismo, la entrega gratuita al personal educativo y estudiantes de Kits individuales de bioseguridad.

 

Artículo 7.ORDENESE a través de convenios con la provincia, la Universalización del servicio de comedor para todos los estudiantes matriculados en establecimientos educativos de la ciudad de Córdoba. Asimismo, garantícese la entrega de viandas calientes con independencia de la modalidad de cursada virtual, presencial o semipresencial. 

 

Artículo 8.- INSTRUMENTESE la cobertura inmediata de cargos vacantes titulares, suplentes e interinos de todos los niveles educativos, incluyendo los cargo de jornada extendida y materias especiales. Arbítrese las medidas necesarias para la inoculación de toda la comunidad educativa.  

 

Artículo 9.- ORDENESE la reorientación de los recursos del municipio y la triplicación del presupuesto educativo a los fines de la aplicación efectiva de la presente Ordenanza. 

 

Articulo 10.- CREANSE los comités educativos de bioseguridad compuestos por representantes docentes y auxiliares en cada establecimiento educativo, y estudiantiles, allí donde centro educativos para jóvenes y adultos, cuyo fin será velar por el cumplimiento de las disposiciones establecidas en la presente Ordenanza. Para ello contará con las más amplias facultades. Asimismo, tendrá la facultad de establecer los protocolos de funcionamiento cotidiano que considere pertinentes a los efectos de preservar la salud de la comunidad educativa.

 

 

 

 

FUNDAMENTOS

 

Durante 2020 más de un millón y medio de estudiantes de los diferentes niveles en el orden nacional quedaron fuera del sistema educativo porque no tuvieron los recursos para continuar cursando. En Córdoba, la cifra superó los 80.000 estudiantes. Este año, con la llegada de una segunda ola de coronavirus, el regreso a clases presenciales sin que se hayan atendido los problemas centrales que presenta el sistema educativo el panorama se agrava notoriamente para toda la comunidad educativa, y en especial para los estudiantes. 

Las consecuencias drásticas de las políticas ajustadoras sobre la población trabajadora están a la vista: el 42% de la población cayó en la pobreza y seis de cada diez pibxs son pobres. La ciudad de Córdoba no es ajena a esta situación, en virtud de que se concentran amplios contingentes de la población empobrecida.

El cuadro de ajuste y carestía social empobrece fuertemente a la niñez y juventud. Muchos de los jóvenes han tenido que abandonar los estudios para buscar trabajo, sin embargo quienes logran conseguir trabajo lo hacen de manera precarizada, con salarios por debajo de la canasta básica, en negro, sin obra social ni cobertura sindical. Los que aún permanecen dentro del sistema educativo, por ejemplo jóvenes secundarios, son sacudidos por el ajuste de igual manera, producto que sus familias se encuentran desempleadas o con salarios muy por debajo del costo de vida. Millones de familias pueden comer gracias a los comedores populares. La situación es asfixiante, naturalmente, estas condiciones atentan contra la posibilidad de la juventud a estudiar. 

El rumbo de ajuste que llevan adelante, desde el gobierno nacional de Alberto Fernández hasta el municipal de Martín Llaryora, es un ataque frontal contra la educación pública y contra el acceso y permanencia en el sistema educativo. El 2020 fue récord en materia de deserción estudiantil, producto de la virtualidad sin condiciones que impulsaron los gobiernos. 

Durante el año 2020 no se proveyeron las medidas necesarias para mejorar la infraestructura de las escuelas, y el personal que se designó durante el año 2021 se ha contratado bajo la figura de becarios, por fuera del convenio laboral municipal. Por ello, en su gran mayoría las escuelas se caen a pedazos y no hay protocolos serios y efectivos de bioseguridad porque las condiciones contextuales en las que se inscriben las escuelas son de pobreza creciente.

La vuelta improvisada a clases presenciales, al igual que la virtualidad, fracasará con más fuerza si no se garantizan las condiciones laborales de los trabajadores de la educación, las condiciones de bioseguridad, de infraestructura y el suministro de los servicios básicos para garantizar la conectividad en los establecimientos.

Remediar de manera inmediata esta situación es indispensable, y requiere de responder a demandas concretas. Para ello resulta clave que las escuelas cuenten con la infraestructura, los servicios y los recursos críticos necesarios para garantizar una cursada sin riesgos. Por ello, proponemos en el término de 30 días se resuelva un plan de obras que solucionen estos problemas. 

Otro aspecto central está vinculado al nombramiento del personal necesario para el funcionamiento correcto y efectivo de las burbujas. No se puede sustituir a los docentes aislados mediante personal ad honorem: debería garantizarse al menos un docente por turno escolar para cubrir eventuales ausencias. Es claro que sin condiciones materiales de infraestructura y personal necesarios, cualquier protocolo de bioseguridad es inaplicable porque las burbujas que se crean de manera artificial se rompen permanentemente.

La segunda ola de la pandemia demandada poner todos los recursos necesarios al servicio de evitar que las escuelas se conviertan en un foco de contagio masivo, resguardando la bioseguridad en los establecimientos educativos, por un lado, y garantizando los recursos para una virtualidad inclusiva, por el otro. 

Por ello mediante este proyecto de Ordenanza proponemos que se asegure el acceso libre a Wi-Fi en plazas, barrios y espacios públicos, y la entrega gratuita de dispositivos (computadoras, tablets o netbooks) para que la falta de recursos económicos no sea un obstáculo para seguir cursando. En el mismo orden de cosas, proponemos un plan de becas cuyo monto no sea inferior a los $10.000 pesos y la entrega de materiales de estudios. Asimismo, la universalización del servicio de comedor y la entrega de viandas calientes porque con hambre no se puede estudiar. 

En el presente cuadro epidemiológico, garantizar dispositivos y medios de conexión resultan de vital importancia para defender el acceso a la educación. El reciente cierre temporal de las escuelas en AMBA, sustituyendo la educación presencial por la educación virtual, da cuenta del alto grado de circulación comunitaria del virus lo que, combinado con la apertura de los establecimientos escolares y la presencialidad sin condiciones, ha llevado a duplicar los nuevos casos de COVID-19 en la población infantil de 6 a 12 años.

En un artículo de la reconocida revista científica The Lancet (*), se afirma que “la reapertura de escuelas sin una sólida mitigación del Covid-19 corre el riesgo de acelerar la pandemia”. Asimismo ratifica que “los cierres de escuelas primarias y secundarias se han asociado con reducciones sustanciales a lo largo del tiempo en el número de reproducción efectiva (Rt) en muchos países (incluida Inglaterra) y períodos de tiempo”. 

Para The Lancet, se debe tener en cuenta el “semáforo epidemiológico” elaborado por los CDC de EEUU, que mide objetivamente el nivel de mitigación de la transmisión del virus en la sociedad para tomar la decisión de una apertura total o parcial de las escuelas, y afirma que “dada la incertidumbre sobre los efectos a largo plazo en la salud de la infección por SARS-CoV-2, no sería prudente dejar que el virus circule en los niños, con el consiguiente riesgo para sus familias. Reabrir plenamente en un entorno de alta transmisión comunitaria sin las salvaguardias adecuadas corre el riesgo de privar a muchos niños de la educación y la interacción social nuevamente, agravando las desigualdades existentes. Al contribuir a una alta transmisión comunitaria, también proporciona un terreno fértil para la evolución del virus y nuevas variantes.” 

Así las cosas, en un cuadro creciente de casos, y con un sistema de salud colapsado, garantizar la virtualidad educativa no solo implica defender el derecho a niñxs y jóvenes a estudiar, sino preservar la salud y la vida del conjunto de la comunidad educativa.

Para la realización de lo planteado en esta norma se debe reorientar los recursos del municipio, estableciendo la triplicación del presupuesto destinado a la educación. Además, la única garantía de su cumplimiento solo puede estar en manos de los estudiantes y la comunidad educativa, principal afectada por el desfinanciamiento en la educación,  por ello proponemos la creación de comités educativos en cada establecimiento.

Por último, es de destacar que el presente proyecto recoge las demandas centrales del movimiento estudiantil que ha emprendido un plan de lucha nacional en defensa de la educación pública.  En virtud de todo lo planteado solicito a mis pares su tratamiento y aprobación. 

 

(*)“La reapertura de la escuela sin una sólida mitigación del COVID-19 corre el riesgo de acelerar la pandemia”, publicado por The Lancet, el 10/03/2021. Disponible en: https://www.thelancet.com/journals/lancet/article/PIIS0140-6736(21)00622-X/fulltext [ii] Elaborado por Juan Winograd, matemático de la UBA, en base al dataset del Ministerio de Salud