PROYECTO DE DECLARACIÓN EN REPUDIO A LA REPRESIÓN EN EL INTI EXPTE N°3525-D-2024

22/07/2024

PROYECTO DE DECLARACIÓN

La Cámara de Diputados de la Nación Declara:

Su repudio a la brutal represión llevada a cabo por un operativo conjunto de la Policía de
la Ciudad de Buenos Aires y la Policía Federal contra los trabajadores del INTI que
reclamaban por la defensa de los puestos de trabajo ante el anuncio de más de 282
despidos en el Instituto.
Su reclamo por la arbitraria e ilegal detención de Damián Pereyra y Sergio Melo,
delegados de la CTA capital que se encontraban manifestando su apoyo a la lucha de lxs
trabajadores del INTI, y que fueron liberados recién por la noche de ese día. Su denuncia
ante este nuevo atropello al democrático derecho a la protesta de los trabajadores.
Su apoyo a las distintas acciones de lucha por parte de los trabajadores, su reclamo de
reincorporación de todos las y los despedidos y rechazar la política de hostigamiento
policial que adoptaron los gobiernos de Ciudad y Nación contra la organización de los
trabajadores.

Vanina Biasi
Nicolás del Caño
Mónica Schlotthauer
Alejandro Vilca
Christian Castillo
Carlos Castagneto

FUNDAMENTOS

Sr. Presidente:
En el marco de un paro de 48 horas contra los despidos, los trabajadores del INTI
realizaron este lunes 1° de julio una concentración en la puerta del INTI para garantizar
el ingreso de todos las y los trabajadores a sus puestos de trabajo, que fue brutalmente
reprimida por un operativo conjunto de la Policía de la Ciudad de Buenos Aires y la
Policía Federal, que responden respectivamente a Jorge Macri y Patricia Bullrich.
A pesar de que no había corte de calle alguno, se desplegó un desproporcionado cordón
policial que comenzó a avanzar sobre los trabajadores concentrados en la puerta del
instituto, empujándolos con sus escudos y reprimiendo con palos y gases; lo cual obligó
a los manifestantes a refugiarse dentro del predio el Inti. En el marco de la represión se
llevaron detenidos de manera ilegal a Sergio Melo (ATE) y Damián Pereyra (CTAA
Capital), quienes participaban en apoyo a la protesta. No fue hasta la noche de ese día que
lograron la libertad.
No es la primera vez que la policía con operativos similares busca amedrentar a los
trabajadores del INTI, que denuncian que vienen sufriendo un asedio policial permanente
ante cada acción gremial.
La jornada de protesta de este 1° de julio congregó a cientos de trabajadores del Instituto
Nacional de Tecnología Industrial en defensa de los puestos de trabajo ante el anuncio de
más de 280 cesantías y contra el vaciamiento del organismo, en el marco de una nueva
ola de miles de despidos en toda la administración pública. Los trabajadores denuncian
que entre los cesanteados del INTI se encuentran trabajadoras embarazadas, madres en
período de lactancia y personas con enfermedades crónicas.
Los despidos masivos en distintas dependencias estatales son allanados por la situación
de extrema precarización laboral de los trabajadores estatales, donde reinan las
modalidades precarias de contratación, el monotributismo y la tercerización, que
implementaron y reforzaron todos los gobiernos.
La motosierra contra el personal también se está llevando adelante en el Hospital Posadas,
en el ex Ministerio de la Mujer, la Agenda Nacional de Discapacidad, dependencias de
derechos humanos y búsqueda de personas desaparecidas, entre un amplio número de
organismos donde se produce. El gobierno de Javier Milei anunció que pretende avanzar
con más de 50 mil despidos estatales en los próximos meses, que se sumarán a los más
de 20 mil despidos ejecutados en el primer semestre. Es una ofensiva que requiere una
respuesta del conjunto del sector con un plan de lucha de conjunto de todos los
trabajadores, superando el aislamiento, la desorganización y la parálisis que caracteriza a
la burocracia sindical.
La represión busca precisamente desarmar la organización de los trabajadores -única
herramienta para derrotar los despidos y toda la política anti obrera de este gobierno.
En defensa del derecho a la protesta y de los puestos de trabajo en el INTI, solicitamos a
las y los diputados nacionales el acompañamiento del presente proyecto.

PROYECTO DE RESOLUCIÓN: PEDIDO DE INFORMES A PETTOVELLO EXPTE N°3466-D-2024

22/07/2024

La Cámara de Diputados de la Nación Resuelve:

Solicitar, en los términos del artículo 71 de la Constitución Nacional y el artículo 204 del
Reglamento de esta H. Cámara de Diputados de la Nación, a la Ministra de Capital Humano
de la Nación Sandra Pettovello, que informe a esta Cámara lo siguiente:

1) Filiación y datos de inscripción de la ONG mencionada por la diputada Lilia
Lemoine.

2) Ubicación de los 400 comedores que serán asistidos a través del programa del PNUD

3) Informe si dichos comedores se encuentran funcionando en la actualidad o si lo hacían
en el pasado reciente.

4) Informe qué trámite realizó la diputada Lemoine para obtener una resolución
favorable en tiempo record siendo público el reclamo de las organizaciones que hace
años sostienen miles de comedores y no reciben alimentos desde diciembre.

5) Explique las irregularidades en la distribución de leche por parte de la “Cooperadora
para la Nutrición Infantil” (CONIN) en Mendoza, la que se encuentra judicializada.

Vanina Biasi
Nicolás del Caño
Monica Schlotthauer
Alejandro Vilca
Christian Castillo

FUNDAMENTOS

Sr. Presidente:
Con fecha 5/6/2024 el Bloque del Frente de Izquierda y los Trabajadores Unidad presentó un
pedido de interpelación a la Ministra de Capital Humano de la Nación SANDRA
PETOVELLO (Expte N°2887-D-2024) a propósito de varios temas relacionados con la
compra de alimentos a través de un convenio “marco de colaboración” con la Organización
de Estados Iberoamericanos (OEI) que implicó una transferencia de 6.772 millones de pesos
y la contratación de 300 personas que no estarían cumpliendo tarea alguna y con fuertes
versiones sobre el uso de esos recursos estatales para el pago de sobresueldos. Allí también
pedimos explicaciones sobre los motivos que llevaron a este Ministerio a negar
sistemáticamente la entrega de alimentos a los miles de comedores populares que funcionan
en todo el país, a ocultar la existencia de 6 millones de kilos de alimentos acopiados en los
depósitos de este ministerio, a apelar la intimación de la Justicia para que estos alimentos
fueran distribuidos entre otras preguntas que allí se formulan. La “transparencia” que dice
buscar este Ministerio choca con la realidad de Mendoza, donde la leche que debía llegar a
los niños que la necesitan a través de la Cooperadora para la Nutrición Infantil (CONIN) se
ofrece a la venta en las redes sociales.
En ese contexto el 18/6/2024 se reunió la Comisión de Acción Social y Salud Pública a la
que estaba convocada las ministra Pettovello quien por segunda reunión consecutiva no se
presentó ni respondió al pedido de la Comisión.
Ante el reclamo de varios diputados que manifestaron su preocupación dada la gravedad de
la situación, que tomó estado público, la diputada Lilia Lemoine admitió que tramitó ante el
Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD) para “ayudar” a una ONG que
sostiene 400 comedores. Allí reconoció también que a través de los medios convocó a quienes
no estuvieran recibiendo alimentos a contactarla y así lo hizo esta ONG “Nosotros hablamos
con Capital Humano y en menos de 24 horas el PNUD fue otorgado” y agregó “quienes
conozcan comedores que necesiten ayuda, no tengo ningún problema en recibirlos y hablar
con quien tenga que hablar”. Al mismo tiempo se negó a identificar a la ONG.
Con estas afirmaciones quedan expuestas varias irregularidades. En primer lugar, que la
diputada cumple en esta Cámara la función de legislar y que el Estado tiene todos los
instrumentos para resolver en el Ministerio de Capital Humano la asistencia a los 45.000
comedores populares de la Argentina que son la última frontera contra el hambre y que en su
inmensa mayoría han quedado sin alimentos. Solo que no quiere hacerlo. En segundo lugar,
el trámite “express” que en 24 horas resolvió el problema nos plantea la siguiente pregunta
¿quién auditó los 400 comedores que dice administrar esta ONG, cuyos datos se ocultan,
cuando el Ministerio y el Gobierno Nacional, supuestamente, están muy preocupados por el
manejo que hacen las organizaciones sociales a las que se les han cortado los alimentos para
los comedores que efectivamente funcionan. Queda expuesto el uso clientelar de la ayuda
alimentaria, naturalizado además por la diputada Lemoine ya que convoca públicamente a
hacer uso de sus “servicios” y “llegada” al Ministerio de Capital Humano.

A la luz de estos hechos, resulta necesario solicitar a la ministra de Capital Humano responda
al Pedido de Informes que aquí requerimos.

Por todos estos motivos solicitamos a las y los diputados nacionales el acompañamiento y la
aprobación del presente Proyecto de Resolución.

PROYECTO DE RESOLUCIÓN EN REPUDIO AL GOLPE DE ESTADO EN BOLIVIA EXPTE N°3399-D-2024

28/06/2024

PROYECTO DE RESOLUCIÓN

La Cámara de Diputados de la Nación Resuelve:
Su completo repudio y condena a la asonada golpista protagonizada por las Fuerzas
Armadas el día 26/6/2024 frente a la Casa de Gobierno en Bolivia.
Su apoyo a la movilización popular que logró el repliegue de los militares alzados y el
encarcelamiento de sus mandos militares, y su llamado a reforzar la organización de los
trabajadores bolivianos contra los animadores de estos intentos golpistas y represivos.
Su denuncia a los intereses imperialistas que operan en Bolivia, para reforzar el saqueo
colonial del pueblo y sus recursos naturales, como la explotación del litio en la mayor
reserva del mundo que constituye Bolivia junto a nuestro país y Chile.
Su repudio al silencio del presidente Milei, que mientras acusa a los manifestantes
populares de “golpistas”, no rechazó el intento de golpe de Estado en Bolivia.

Vanina Biasi
Nicolás del Caño
Mónica Schlotthauer
Christian Castillo
Alejandro Vilca

FUNDAMENTOS

Sr. Presidente:
El intento de golpe de Estado que tuvo lugar en el día de ayer, miércoles 26 de junio, en
Bolivia constituye un hecho gravísimo. El comandante del Ejército de Bolivia, Juan José
Zuñiga, ocupó la Plaza Murillo, frente a la Casa de Gobierno (Palacio Quemado), con
tanquetas, blindados y fuerzas militares. Penetró a la Casa de Gobierno rompiendo la
puerta con una tanqueta.
Su reclamo público fue el de impedir que Evo Morales, dirigente del MAS, se pudiera
presentar como candidato a presidente para las elecciones del 2025, disputando el intento
de reelección del actual presidente Luis Arce, de una fracción del MAS enfrentada.
Con el correr de las horas se evidenció que el resto de las Fuerzas del Ejército
permanecían acuarteladas y no se sumaban a la asonada golpista de Zuñiga. Al tiempo
que Evo Morales convocaba a la huelga general y al corte nacional de rutas para enfrentar
el golpe. La Central Obrera Boliviana (COB) y las centrales campesinas lanzaron el
llamamiento.
Según versiones periodísticas, Arce habría destituido a Zuñiga la noche del martes. Pero
esto no fue publicitado, ni anunciado quién lo reemplazaba en la Jefatura del Ejército.
Recién después del allanamiento militar a la Casa de Gobierno, Arce hizo pública la
destitución de Zuñiga y del alto mando militar y su reemplazo por el General José
Sánchez.
En la Plaza Murillo comenzaron a congregarse los primeros contingentes de ciudadanos
repudiando el golpe, que fueron dispersados por las fuerzas alzadas con gases
lacrimógenos.
Aislado, Zuñiga montó en una tanqueta y se retiró, produciéndose un desbande de las
fuerzas golpistas, que fueron perseguidas y hostilizadas por crecientes sectores populares
que acudían contra el golpe. Pocos minutos más tarde, Zuñiga y otros mandos militares
eran detenidos por la policía.
Zuñiga hizo declaraciones que implicaban al propio presidente Arce. Manifestó que el
domingo tuvo una entrevista con él, quién le pidió ayuda ante los difíciles momentos que
atravesaba el gobierno. Que su accionar militar sobre la Casa de Gobierno respondía a
ese pedido: darle fuerza al presidente para desautorizar la posibilidad que Evo Morales
pudiera presentarse. Amenazando, Zuñiga, con arrestar al propio Evo Morales para cesar
con la agitación antigubernamental que se venía desarrollando. De ser ciertas estas
declaraciones, estaríamos frente a una especie de autogolpe de Arce, proceso que se le
terminó escapando de las manos.
Zuñiga también pidió la liberación de los presos políticos de la derecha responsables del
golpe del 2019 (la “presidenta” golpista Añez, el exgobernador fascistoide Camacho, etc.)
y terminar con la “elite” que estaba hundiendo en la crisis a Bolivia.
La disputa interna del MAS que enfrenta al presidente Arce de un lado y Evo Morales del
otro, y que tiene como telón de fondo la interpretación constitucional de si este último
tiene derecho a presentarse nuevamente en elecciones como candidato a presidente, viene
escalando. El fin de semana último, las organizaciones del MAS amenazaron con lanzar
una ola de cortes de rutas por esta disputa, en defensa de la candidatura de Morales. El
gobierno de Arce respondió que buscaban provocar una “crisis estructural” con los
bloqueos, buscando incluso acortar el mandato presidencial para “imponer” su
candidatura.
En medio de este mar de acusaciones cruzadas se desarrolló la asonada golpista.
Corresponde señalar que el gobierno de Arce se ve acuciado por un creciente y rápido
crecimiento de la crisis económica y social. Hay una disparada de los precios de alimentos
de primera necesidad, falta de combustibles (que ha elevado también el precio de los
mismos) y también falta de dólares para importar productos. Las patronales camioneras
ya realizaron dos paros con bloqueos de ruta de 24 y 48 horas.
Para este jueves 27 estaba anunciada una huelga general camionera con nuevos bloqueos
por tiempo indeterminado de las rutas. Horas antes de que se iniciara la asonada golpista,
el gobierno de Arce llegó a un acuerdo con la patronal Cámara Boliviana de Transporte.
Por la misma se habría avenido a responder satisfactoriamente a los reclamos patronales
reduciendo o subsidiando naftas y diesel, eliminando o disminuyendo impuestos, etc.
Razón por la cual los transportistas levantaron el lanzamiento del paro.
En el último período, el gobierno de Arce acudió crecientemente a las fuerzas militares.
Estas fueron colocadas custodiando las estaciones de servicio para impedir que se fugaran
combustibles para ser vendidos en el mercado negro o en contrabandos exportadores.
También fue el Ejército el encargado de operativos en las fronteras para evitar el
contrabando de alimentos y combustibles.
Hay denuncias concretas de que se habían ido produciendo depuraciones de oficiales
afines a Evo Morales, colocando en su lugar otros más ligados a Arce.
“El gobierno argentino, fue –según el diario Clarín (27/6/2024)- uno de los últimos en
condenar el levantamiento militar e intento de Golpe de Estado en Bolivia”.
Prácticamente, cuando éste ya se había resuelto en forma desfavorable para los golpistas.
Lo hizo a través de la Canciller, Diana Mondino, pero no hubo declaraciones del
presidente, tan prolífico para acusar de “golpistas” a luchadores populares y llamado a
silencio cuando se debía denunciar un golpe de Estado en curso en nuestro país vecino.
Y nada dicen tampoco sobre el grave hecho de que la canciller está gestionando el asilo
político a los golpistas brasileros bolsonaristas que se alzaron contra el electo gobierno
de Lula en enero del 2023.
Los trabajadores y explotados del altiplano deben enfrentar esta crisis en curso. La
resolución lograda con el repliegue de los militares alzados y el encarcelamiento de los
mandos militares es parcial y momentánea.
Las masas bolivianas han protagonizada en reiteradas oportunidades su capacidad de
lucha contra los golpes cívico/militares que pretenden instaurar regímenes de represión,
proscripción y avasallamiento de las libertades democráticas. El golpe que llevo a la
presidencia a Jeanine Añez en el 2019 fue derrocado por la huelga general y el bloqueo
de caminos protagonizada por el pueblo. Ese es el camino, la movilización y la huelga
general.
Por todos estos motivos solicitamos a las y los diputados el acompañamiento del presente
Proyecto de Resolución.

PROYECTO DE RESOLUCIÓN: INTERPELACIÓN A BULLRICH POR 12 DE JUNIO EXPTE N°3396-D-2024

28/06/2024

PROYECTO DE RESOLUCIÓN

La Cámara de Diputados de la Nación Resuelve

Citar para su interpelación -de conformidad con el artículo 71 de la Constitución Nacional
y los artículos 204, 205, 206 del Reglamento de la Cámara de Diputados de la Nación- a
la Ministra de Seguridad de la Nación, Patricia Bullrich, en una sesión abierta de la
Cámara de Diputados, a fin de que informe públicamente y responda las inquietudes de
los legisladores nacionales sobre la feroz represión contra miles de personas que se
manifestaban el 12 de junio pasado en ocasión del tratamiento por parte de la Cámara de
Senadores de la Ley Bases y el Paquete Fiscal, así como las detenciones arbitrarias y anti
democráticas de 33 personas judicializadas luego de que el gobierno las acusara de
“sedición” e “intento de golpe de estado”.

Vanina Biasi

 

FUNDAMENTOS

Sr. Presidente:
El día 12 de junio, en momentos en que se desarrollaba una multitudinaria concentración
en la Plaza de los dos Congresos, las fuerzas de seguridad federales que comanda la
Ministra Patricia Bullich (Policía Federal, Prefectura Naval y Gendarmería Nacional)
junto a la Policía de la Ciudad de Buenos Aires que responde a Jorge Macri, desataron
una brutal represión con el objetivo de desalojar a quienes se manifestaban contra la
aprobación de la Ley Bases y el Paquete Fiscal en la Cámara de Senadores, que culminó
con una brutal cacería de manifestantes y decenas de detenciones arbitrarias e ilegales de
quienes ejercían su democrático derecho a la protesta. Previamente, y sin mediar incidente
alguno, cinco diputados sufrieron ataques con gas pimienta en sus rostros.
Como pudo observarse en todos los registros periodísticos, se trató de una acción
premeditada, aprovechando la desconcentración de una parte de las columnas sindicales,
con el objetivo de evitar la llegada de miles de personas que se sumarían al culminar su
jornada laboral.
Con un descomunal despliegue represivo que incluyó gases lacrimógenos y gas pimienta,
balas de goma, camiones hidrantes, miles de efectivos y cientos de ellos motorizados;
luego de forzar la retirada de la mayoría de los manifestantes que se encontraban en las
inmediaciones de la Plaza de los dos Congresos, desataron una feroz cacería “al voleo”
que continuó a muchas cuadras de distancia en zonas donde no existía concentración ni
incidente alguno. Sin embargo, a escasos metros del Congreso, unas pocas personas
pudieron volcar e incendiar un vehículo de la Cadena 3 -incendio que no fue combatido
a pesar de encontrarse un carro hidrante en el lugar que era utilizado contra los
manifestantes, y de haber ocurrido a la vista de las fuerzas de seguridad, que no actuaron,
ni los detuvieron, ni los identificaron. Se agrega a ello, la sospecha de que haya
participado personal de las fuerzas represivas vestidas de civil, “infiltrados” entre los
manifestantes y montando las provocaciones que luego se utilizaron para justificar la
represión y las detenciones. Es precisamente lo que acaba de declarar la jueza María
Servini en una entrevista con “El Destape Radio”, donde también negó que los detenidos
fueran “terroristas”, criticó el operativo policial por “desorganizado”, “falta de
entrenamiento y de conocimiento” y sostuvo que en las causas judiciales abiertas por las
detenciones las fuerzas federales están “tirando cada una por su lado”.
El saldo de estas acciones fue de más de 200 heridos y 33 detenidos, que fueron acusados
por el fiscal Stornelli de “lesiones, daños simples, incendio, estrago, delitos contra la
seguridad pública, instigación a cometer delitos, intimidación pública, incitación a la
violencia, organizar grupos permanentes o transitorios para imponer sus ideas, o combatir
ideas ajenas por la fuerza o el temor, delitos contra los poderes públicos, atentado contra
la autoridad, resistencia a la autoridad, perturbación del orden mientras sesiona el cuerpo
legislativo”. Previamente la Oficina del Presidente emitió un comunicado donde acusa de
“grupos terroristas” a los manifestantes y ese mismo día, el ministerio de Seguridad
anunció que su querella “apuntará a la comisión de los delitos de sedición, perturbación
de sesiones del Congreso y estrago doloso (artículo 229, 241 y 186 del Código Penal) con
el agravante del artículo 41 quinques, previsto para acciones terroristas”. Es evidente que
desde el Poder Ejecutivo escribieron el libreto del fiscal Stornelli -lo cual cuestiona
seriamente la división de poderes y las garantías constitucionales en nuestro país, donde
se tuvo varios días detenidas a 33 personas por acusaciones políticas de parte del poder
político, que se encuentran actualmente procesadas y aún 5 de ellas detenidos.
Bien miradas, varias de estas acusaciones pueden perfectamente dirigirse a la ministra
que comandó el operativo contra ciudadanos que simplemente ejercían su derecho a la
protesta amparados por las leyes y la Constitución.
En declaraciones a LN+ el día 15 la ministra Bullrich habló de “golpe de estado moderno”
y pidió a la Justicia imputar por “sedición” a los detenidos y anunció que su ministerio se
presentaría como querellante en la causa.
“Vamos a pedirle a la Justicia que sea carátula de sedición. El presidente Javier Milei
habló de golpe de Estado, que son la lógica del desgaste de la gobernabilidad. Yo
desgasto, yo no dejo que funcione un gobierno y con eso lo volteo. Es el concepto de
golpe de Estado y por eso vamos a ponerle la figura de sedición”. “Lo que pasó ayer es el
kirchnerismo, la izquierda y los convocantes sindicatos, que se fueron temprano, se lo
agradecemos, pero que tomen conciencia que son los provocadores de violencia que
generan un discurso de querer voltear al gobierno porque no les gusta las cosas que el
gobierno decide”, expresó y sostuvo que “se van a sorprender” con los antecedentes de
quienes participaron de los incidentes “ya van a ver cuando salgan los currículum, los
antecedentes de las personas. Los van a conocer a todos uno por uno”.
Todas estas acusaciones quedaron desmentidas a medida que la jueza Servini de Cubría
iba liberando por falta de mérito a la inmensa mayoría de los detenidos y detenidas,
alojados en cárceles federales, sometidos a torturas físicas y psicológicas durante varios
días. Como ya hemos señalado, en esa situación aún continúan, privados de libertad, 5
manifestantes.
En su fallo la jueza reconoce “orfandad probatoria” ya que a los acusados “No se les
secuestró ningún elemento compatible con el hecho que se les imputa (máscaras, ondas,
piedras, palos, etc.)”. No existen pruebas testimoniales ya que todas son de la policía y
contradictorias entre las actas y declaraciones, ni imágenes luego de visualizar 100 horas
de registros, y pocos elementos incautados que varios detenidos denunciaron les fueron
plantados por la misma policía. Por otra parte, el juzgado no recibió denuncia alguna por
el auto incendiado perteneciente a Cadena 3.
No existen motivos para continuar con la detención de los últimos 5 manifestantes, todos
acusados de “intimidación pública”, con un embargo de 500 mil pesos. Cristian Valiente;
Patricia Daniela Calarco Arredondo, del Movimiento Teresa Rodríguez – Votamos
Luchar; Facundo Gómez; David Sica -un hombre en situación de calle y Roberto María
de la Cruz Gómez son 5 presos políticos por luchar en nuestro país para quienes
reclamamos la inmediata liberación y la anulación de cualquier tipo de persecución
judicial.
El delito de intimidación se usa para sostener la prisión preventiva sin haberse demostrado
el peligro de entorpecimiento de la investigación mientras la justicia tiene en su poder las
cámaras y celulares de los acusados. Se trata de una manipulación del objeto de la prisión
preventiva que pretende ser una medida “aleccionadora” y de amedrentamiento contra
quienes se movilizan y enfrentan las políticas antiobreras y antipopulares del gobierno.
Nos encontramos frente a un verdadero golpe contra las libertades democráticas, el
derecho de reunión y organización y, fundamentalmente, el derecho a la protesta. Una
campaña política reaccionaria impulsada por el gobierno y agitada por importantes
medios afines que se han ensañado con las organizaciones de desocupados, con
allanamientos irregulares e ilegales y falsas acusaciones, en momentos de un crecimiento
descomunal de la desocupación, y que ha pegado un salto con el allanamiento de la sede
central del Partido Obrero.
La gravedad de estos hechos represivos y persecutorios ha llevado a pronunciarse en
pocos días a miles de firmantes, personalidades nacionales e internacionales que en
número de 65.000 fueron presentados en los Tribunales Federales el día 19 del corriente,
reclamando por la situación de los compañeros detenidos y procesados tras la
movilización del día 12 de junio.
A la luz de estos hechos y denuncias, resulta necesario convocar a la ministra de seguridad
a comparecer a la interpelación pública que aquí requerimos.
Por todos estos motivos, solicitamos a las y los diputados nacionales el acompañamiento
y la aprobación del presente Proyecto de Resolución.

PROYECTO DE LEY EMERGENCIA NACIONAL EN MATERIA DE DISCAPACIDAD

24/06/2024

Artículo 1°: Declárase la Emergencia Nacional en materia de discapacidad a los efectos de garantizar
el pleno cumplimiento de los derechos de las personas con discapacidad, así como la cobertura total
de los tratamientos, medicamentos y prestaciones ordenadas por las y los profesionales
correspondientes, acorde a lo establecido por la Convención Internacional sobre los Derechos de las
Personas con Discapacidad, con jerarquía constitucional.
Artículo 2°: Fíjase el valor mínimo de la Pensión por Invalidez y la Jubilación para trabajadores con
discapacidad en un valor equivalente al costo de la Canasta del Jubilado estimada por la Defensoría
de la Tercera Edad de Ciudad de Buenos Aires, que se actualizará mensualmente de acuerdo a la
evolución del valor de la Canasta Básica que establece el Instituto Nacional de Estadística y Censos
(INDEC).
Artículo 3°: Dispóngase un aumento del 100 por ciento de las asignaciones por hijo/a con
discapacidad, y de toda otra prestación destinada a las personas con discapacidad.
Artículo 4°: Dispóngase el otorgamiento de la Tarjeta ALIMENTAR para las personas con
discapacidad beneficiarias de pensiones, tanto provinciales como nacionales o que acrediten la
necesidad de incorporación a dicho programa.
Artículo 5°: Dispóngase un aumento al valor de la Canasta Básica que establece el Instituto Nacional
de Estadística y Censos (INDEC) de todos los aranceles del Sistema Único de Prestaciones para
personas con discapacidad, que deberá ajustarse en forma mensual para que los honorarios y aranceles
se adecúen a la inflación. No podrá diferirse el pago de los mismos.
Articulo 6º: Se establecerá la unificación de criterios de presentación de los planes de tratamiento,
facturación y presupuesto para la realización de prestaciones en discapacidad para profesionales
autorizados y se establecerá una renovación automática de tratamientos prolongados. En el caso de
revisión y/o auditoría, no permitirá la interrupción o cesación de los tratamientos a la persona así
como tampoco en la cadena de pagos a las y los profesionales que los efectúan.
Artículo 7°: Establécese un aumento inmediato del trescientos por ciento (300 %) a los pagos de los
servicios de traslados para personas con discapacidad en base a la actualización del valor
nomenclador, que deberá ajustarse mensualmente para que se adecúen a la inflación, y cuyo piso
deberá ser del valor de un kilómetro de nafta, según el precio de referencia de YPF en la Ciudad de
Buenos Aires. No podrá diferirse el pago de los servicios de traslados.
Artículo 8°: Las prestaciones de terapistas ocupacionales, fonoaudiólogos/as, kinesiólogos/as,
acompañantes terapéuticos/as, músicoterapeutas, psicologos/as, psicomotricistas, maestros/as
integradores/as, equinoterapia, hidroterapia y otros profesionales o prestadores/as de servicios para
personas con discapacidad, deberán ser remuneradas al momento de la presentación de las facturas
correspondientes, no pudiendo diferirse el pago de las mismas. Todas las terapias deberán ser
incluidas en el Nomenclador. Incorpórese al cuerpo de la Comisión Directiva que fija el valor
nomenclador a personas con discapacidad, familiares y prestadores.
Artículo 9°: Todos aquellos trabajadores y trabajadoras que presten tareas como terapistas
ocupacionales, fonoaudiólogos/as, kinesiólogos/as, acompañantes terapéuticos/as, músico terapeutas,
psicomotricistas, maestros/as integradores/as, psicólogos/as y otros profesionales y prestadores/as de
servicios para personas con discapacidad definirán las formas de contratación y condiciones de
empleo que estimen más favorables a su situación con el objetivo de tener garantizado su derecho a
la registración laboral, contar con aportes previsionales, obra social, etc, sea en establecimientos
públicos o privados donde ejerzan las prestaciones. Se constituirán Comités de Trabajadores/as a para
el cumplimiento y control de lo anteriormente dispuesto, y con el objeto de hacer cumplir los
siguientes derechos: pase a planta permanente, eliminación del fraude laboral que implica el régimen
de monotributo, derecho a la sindicalización, pago a mes vencido, aumento salarial de emergencia y
establecimiento de un salario mínimo equivalente al costo de la canasta de consumos mínimos
familiar que elaboran y publican mensualmente los trabajadores de la Junta Interna de ATE-Indec,
régimen de licencias, cobertura médica, vacaciones pagas, control sobre la prevención de riesgos del
trabajo y la protección de la salud y seguridad de las y los trabajadores en el ámbito de dicho
establecimiento y toda otra cuestión atinente al desempeño de las tareas de las y los trabajadores.
Artículo 10°: Toda persona con discapacidad, con o sin hijos/as, que no disponga de vivienda podrá
solicitar a la Subsecretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda de la Nación su inmediato acceso a una
vivienda digna y acorde a sus necesidades y a las de las personas que tuviere a cargo. Asimismo,
tendrá derecho a solicitar al Banco de la Nación Argentina, quien deberá otorgarse con carácter de
urgencia mediante un plan específico, el beneficio de créditos a tasa cero para la adquisición de su
vivienda única y familiar. Se podrán solicitar plazos de pago de hasta veinte (20) años. En ningún
caso la cuota mensual podrá superar el veinticinco por ciento (25%) del ingreso mensual del o la
solicitante.
Artículo 11°: Suspensión de los desalojos de las personas con discapacidad y sus familias frente a la
imposibilidad de pagar alquileres o créditos hipotecarios.
Artículo 12°: En un plazo no mayor a los 30 días de aprobada la presente ley, la autoridad de
aplicación deberá iniciar un Plan de acciones tendientes a establecer el acceso a un Sistema Integral
Único de Salud, compuesto por prestaciones del sector público y privado a fin de garantizar la
accesibilidad completa a los derechos en salud y atención así como la desburocratización de los
trámites que impiden una atención rápida y eficaz para las personas con discapacidad, mediante el
cual cualquier prestación, tratamiento, medicación, estudio o cualquier otra indicación de cualquier
trabajador de salud, profesional o prestador tratante, deberá ser garantizado de manera gratuita, por
zona de cercanía por cualquier prestador sea público o privado.
Artículo 13°: Derógase la Resolución 2484/23 de la Superintendencia de Servicios de Salud,
publicada en el Boletín Oficial del 8/12/2023, y que instituye la “Plataforma de gestión integral
mecanismo integración” y crea el “Aplicativo de registración, geolocalización y validación de
Prestaciones”.
Artículo 14°: Pase a planta permanente de todo empleado o empleada con discapacidad que cumpla
funciones en la administración pública nacional, sea cual fuese su relación contractual y que realice
tareas y funciones correspondientes al personal de planta permanente, a fin de garantizar el efectivo
cumplimiento del cupo laboral establecido por ley 22.431, bajo convenios colectivos de trabajo en
todas las áreas del Estado nacional, empresas del Estado y empresas concesionarias de servicios
públicos. En el marco de la emergencia declarada, extiéndase el cupo laboral del cinco por ciento
(5%) al sector privado a fin de garantizar el derecho al trabajo digno para todas las personas con
discapacidad.
Artículo 15°: Dispóngase la reincorporación inmediata de las trabajadoras y los trabajadores
despedidos de la Agencia Nacional de Discapacidad (ANDIS) en sus puestos de trabajo y la
inmediata reapertura de los Centros de Referencia, los que deberán contar con personal idóneo y
correctamente remunerado/a con un salario igual al costo de la canasta básica familiar.
Artículo 16°: Créase equipos interdisciplinarios de profesionales de salud mental y salud en general,
trabajadores/as sociales, abogados/as, y todo otro profesional que se considere conveniente a fin de
garantizar el acompañamiento y asesoramiento de las personas con discapacidad y sus familias, a los
fines de dar cumplimiento a los derechos que reconoce esta ley y la legislación vigente.
Artículo 17°: La Agencia Nacional de Discapacidad (ANDIS) convocará a un comité de emergencia
con participación mayoritaria de personas con discapacidad, familias, prestadores, profesionales y
docentes de Universidades Públicas Nacionales vinculadas a la temática a los efectos de elaborar un
protocolo operativo a fin de desburocratizar el proceso de autorización y facturación de las
prestaciones, garantizando la transparencia en el proceso, al igual que para la tramitación y
renovación del Certificado Único de Discapacidad (CUD).
Artículo 18°: La presente ley es de aplicación en todo el territorio de la República Argentina y deberá
ser reglamentada en un plazo máximo de 30 días.
Artículo 19°: El financiamiento necesario para el cumplimiento de la presente será garantizado
mediante impuestos progresivos sobre las ganancias netas de las empresas de laboratorios que se
adicionará a la alícuota del impuesto a las Ganancias, los cuáles no podrán ser trasladados al
consumidor final de los medicamentos.
Artículo 20°: Comuníquese al Poder Ejecutivo Nacional.
Nicolás del Caño
Myriam Bregman
Christian Castillo
Alejandro Vilca
Romina del Pla

FUNDAMENTOS

Sr. Presidente:
Traemos a consideración de este cuerpo un proyecto de Emergencia en materia de discapacidad, que tiene como antecedente el Expte. 4862-D-2022 y se propone dar respuesta urgente a la acuciante situación que vive el colectivo de discapacidad, que en los últimos años viene protagonizando históricas jornadas de movilización en todo el país para poner sobre la agenda la cruda realidad que viven las personas con discapacidad, familiares, trabajadores/as de la salud y de la educación,
prestadores, etc.
Su lucha persistente permitió visibilizar una problemática que lleva décadas y que se explica por la política de privatización, desfinanciamiento y desarticulación sistemática de la salud pública que viene desde el menemismo y que todos los gobiernos hasta el día de hoy profundizaron. Tiene el agravante de que se trata de quienes más necesitan la asistencia para vivir. Hoy esa pelea se profundiza En el marco del brutal ataque sobre los ingresos de las mayorías populares que viene implementando el gobierno de Javier Milei, y en particular sobre el colectivo de personas con discapacidad que no sólo ven agravadas sus condiciones de vida por la situación económica sino por la desregulación implementada en el sector de la salud mediante el DNU 70/2023 que deja desprotegidas a las personas con discapacidad, en una relación completamente desigual con las obras sociales y las empresas de
medicina prepaga. Este ataque se complementa con despidos en la Agencia Nacional de Discapacidad y el virtual cierre de Centros de Referencia en todo el país, que en muchos casos constituyen casi el único punto de acceso a derechos de las personas con discapacidad, y la vigencia de la resolución 2484/2023 de la Superintendencia de Servicios de Salud, que incorporó además, mecanismos de control y persecución a los prestadores, atentando contra determinadas condiciones de las personas con discapacidad y la accesibilidad a los dispositivos.

Al momento de la presentación original del presente proyecto dábamos cuenta de una enorme pelea colectiva que tuvo como detonante la resolución 826/2022 del gobierno anterior a través de la cual se recortaban fondos en salud, además de vivienda y educación. Tres días después de esa resolución diversos prestadores en varias provincias denunciaron que la Superintendencia de Salud les notificó sobre “un nuevo diferimiento en los pagos de todas las prestaciones por discapacidad”.

Fue así que en todo el país personas con discapacidad, trabajadores y familias de personas con
discapacidad agrupados en el “Colectivo de Discapacidad” protagonizaron enormes e históricas
movilizaciones en la Ciudad de Buenos Aires y otras localidades del Área Metropolitana, La Plata, Chubut, Santiago del Estero, Mendoza, Córdoba, Misiones, San Luis, Santa Fe, Entre Ríos, Corrientes, Neuquén, Salta y Jujuy, llegando a instalar en Plaza de Mayo una carpa para visibilizar sus reclamos. Previo a eso tuvieron que soportar el amedrentamiento policial por parte de las fuerzas de seguridad de la Ciudad de Buenos Aires.

Fue aquel intento de ajustar a los más vulnerables que llevó a la calle y a la movilización a
personas con discapacidad y familiares hartos del maltrato y la falta de respuesta ante sus
reclamos, encontrándose movilizados con sus terapistas, maestras integradoras, acompañantes
y otros profesionales de la salud, que también permitió poner bajo la lupa la precariedad en la
que trabajan quienes se ocupan de dar prestaciones a personas con discapacidad y la angustia
de éstas personas y sus familias, que no pueden interrumpir sus tratamientos o que necesitan
dichas prestaciones para situaciones básicas y cotidianas. Las personas con discapacidad por
su propia condición requieren atención y sostén en aspectos vitales, que no pueden de ninguna
manera ser postergadas ya que de ello depende en casos extremos su vida. Para ellas y sus
familias la interrupción de un tratamiento, la falta de prestaciones, la demora burocrática en las
autorizaciones de medicación, estudios y tratamiento, traen consecuencias irreparables
obstaculizando el acceso a sus derechos fundamentales a la salud, a la educación, a la dignidad
y la vida misma.

Como señalamos, el ajuste en discapacidad viene de hace rato, con demoras en los pagos, denuncias de usuarios y familiares de pedidos de cirugías y tratamientos por discapacidad que están congelados o no son autorizados por obras sociales y prepagas. A esto se suma que hay demoras de 3, 4 y hasta 5 meses en turnos médicos. Ni hablar de los montos de las pensiones y asignaciones por discapacidad, que están muy lejos de cubrir necesidades mínimas.

Asimismo, cabe señalar que mediante las Resoluciones conjuntas del Ministerio de Salud y la
Agencia Nacional de Discapacidad N° 1/2023, 4/2023, 5/2023, 7/2023, 1/2024 y 2/2024 se
dispusieron incrementos en los valores de los aranceles del Sistema de Prestaciones de Atención
Integral que quedaron muy rezagados respecto al contexto inflacionario y que acumulan una suba de 227% entre diciembre de 2022 y marzo de 2024, cuando la inflación acumulada en el mismo período fue de 372%, implicando una pérdida de poder adquisitivo de los aranceles de más de un 30% sólo en los últimos 15 meses.

Por su parte, las asignaciones familiares por hijo con discapacidad sufrieron un derrumbe acelerado en su poder de compra pasando a representar casi la mitad de su valor respecto a diciembre de 2022. Esto se debe a que el incremento que tuvieron fue de apenas 168%, entre dicho mes y marzo de 2024, muy por detrás de la inflación acumulada en el mismo período (372%), acusando un golpe de un 43% de su poder adquisitivo, que se agrega al deterioro previo por la pérdida agraviada por la fórmula de movilidad previsional con la cual son actualizadas trimestralmente.

De continuar este curso, sólo accederán a sus prestaciones y tratamientos adecuados quienes puedan pagarlos, considerando que a lo magro de los ingresos se suman las subas de tarifas de aranceles, los tarifazos, los aumentos de los alimentos, y todos aquellos tratamientos especializados que no son cubiertos, en muchos casos, por las obras sociales y mucho menos aún por el sistema público de salud que está desfinanciado.

Resulta pertinente citar aquí el “Informe de situación de las personas con discapacidad de Argentina – Marzo de 2024” elaborado conjuntamente por las siguientes organizaciones de la sociedad civil de Argentina: – Red por los Derechos de las Personas con Discapacidad (REDI) – Asociación Civil por la Igualdad y la Justicia (ACIJ) – Mesa de trabajo en Discapacidad y Derechos Humanos Córdoba – Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS) – Asamblea Permanente por los Derechos Humanos (APDH) – Asociación Civil Andar – Federación Argentina de Instituciones de Ciegos y Ambliopes (FAICA), en el que se señala que “en este contexto, como consecuencia de la adopción de ciertas decisiones, y de la omisión de tomar medidas que protejan específicamente a este colectivo, los derechos más básicos de las personas con discapacidad, como el acceso a la salud y a la protección social, se encuentran en serio riesgo, tal y como detallaremos a continuación. En primer lugar, a través del Decreto de Necesidad y Urgencia 70/2023, el gobierno desreguló completamente el precio de las
aseguradoras de salud, denominadas prepagas, que es un sistema mediante el cual miles de personas con discapacidad acceden a la salud. Como consecuencia, su costo se incrementó más de un 100% en el primer trimestre, y se esperan aún mayores aumentos. Así, miles de personas con y sin discapacidad no podrán seguir enfrentando el pago de las cuotas, debiendo interrumpir tratamientos, terapias, profesionales, y debiendo pasar al sistema de obras sociales o al sistema público de salud, que ya se encuentra colapsado”. También dicho informe detalla que “a este escenario se suma el fuerte incremento en los precios de los medicamentos, muy por encima de la inflación promedio, y la interrupción del programa de Asistencia Directa por Situaciones Especiales, que otorgaba subsidios
para la adquisición de medicamentos o insumos médicos por razones de salud a personas que se
encuentran en situación de vulnerabilidad social y sanitaria, que no poseen cobertura médica”.
Asimismo, el informe aquí citado explica que “como hecho de suma gravedad mencionamos el
reciente despido de 170 personas trabajadoras de esta dependencia (en Buenos Aires en su mayoría y en el interior del país), 16 de ellas con discapacidad y profesionales con amplia formación en la temática. Además los funcionarios de gobierno recientemente nombrados en la Agencia Nacional de Discapacidad (ANDis), la autoridad de aplicación en la materia, no sólo no son personas con discapacidad, lo que de por sí vulnera la histórica demanda del colectivo que esos cargos de toma de decisiones en discapacidad sean ocupados por personas con discapacidad formadas en la gestión pública, en el marco del derecho a la participación política y el protagonismo efectivo de las personas con discapacidad en la toma de decisiones en materia de política pública, sostenido en la consigna/estándar de derechos humanos: “nada de nosotros/as sin nosotros/as”; sino que además no tienen ningún vínculo reconocido con la discapacidad ni trayectoria pública en la materia”.

El contexto actual de profunda crisis social amerita más que nunca la total cobertura de todos los tratamientos, prestaciones y medicamentos necesarios (muchos de los cuales se encuentran
congelados y demorados); el pago en término de las prestaciones; la recomposición salarial de
trabajadores del sector y un aumento urgente de pensiones y asignaciones por discapacidad tiene que formar parte de la agenda de los trabajadores y las organizaciones sindicales. Hoy es uno de los ajustes más brutales, por eso no hay que dejarlo pasar. Profundizar las movilizaciones y medidas de lucha es el camino, en apoyo a esa pelea ponemos a disposición el presente proyecto de emergencia.

Entre otras medidas, este proyecto pone sobre la mesa también la emergencia habitacional y la
histórica demanda del cupo laboral, ya que comprendemos que la comunidad organizada alrededor de la discapacidad plantea sus demandas de manera transversal dando cuenta que no sólo exige la cobertura completa de sus tratamientos sino su inclusión integral a la vida en sociedad, no bajo el paradigma de rehabilitación, encierro o el abordaje médico hegemónico, sino con una perspectiva integral de las vidas en sociedad.

Por las razones expuestas y las que ampliaremos en ocasión de su tratamiento solicitamos la
aprobación del presente proyecto de ley.

Nicolás del Caño
Myriam Bregman
Christian Castillo
Alejandro Vilca
Romina del Pla

PROYECTO DE LEY REGIMEN DE JUBILACION UNIVERSAL – 1580-D-2024

24/06/2024

La Cámara de Diputados y Senado de la Nación reunidos en el congreso Nacional
sancionan con fuerza de ley:

REGIMEN DE JUBILACION UNIVERSAL

ARTÍCULO 1° — Incorpórese a todos los hombres de 65 años o más y a todas las
mujeres de 60 años o más al sistema integrado previsional argentino (SIPA) en calidad
de jubilados con derecho a pensión independientemente de los aportes realizados a lo
largo de su vida laboral.
ARTÍCULO 2° — Se fija el haber mínimo en un valor equivalente a la canasta básica
para los adultos mayores, estimada por la Defensoría de la Tercera Edad de la Ciudad de
Buenos Aires, el que se actualizará mensualmente, según la variación operada de acuerdo
a los índices de salarios que publica el Indec, o el RIPTE (Ministerio de Trabajo), el más
favorable para los jubilados.
ARTÍCULO 3° — Las personas que se encuentren percibiendo la Pensión Universal para
el Adulto Mayor (PUAM) al momento de promulgarse la presente ley serán integradas al
régimen general que se desprende de los artículos 1° y 2°. Capítulo II Financiación
ARTÍCULO 4°— Restitución de aportes. Los aportes patronales a la jubilación
ascenderán al 23% del salario neto, rectificando la modificación de la ley 24.241 y
retomando el valor necesario en el artículo 14 de dicha norma.
ARTÍCULO 5°— Registración laboral. Todo trabajador o trabajadora cuya relación
laboral, sea esta del ámbito público o privado, no estuviere registrada o lo estuviere
deficientemente, está habilitado para denunciar esta situación al Ministerio de Trabajo
mediante una simple nota escrita, telegrama obrero (ley 23.789) o carta documento y a
intimar fehacientemente a su empleador para que en forma inmediata regularice dicha
relación inscribiéndola como un contrato de trabajo en relación de dependencia. Se
entiende por relación laboral deficientemente registrada aquella en la que el empleador
declare una fecha de ingreso posterior a la real, una remuneración menor a la percibida
por el trabajador, una jornada de trabajo inferior a la real y toda aquella relación
encubierta con contratos denominados como locación de servicios, de obra, de
representación, de pasantía o con cualquier otra denominación que fraudulentamente
pretenda ocultar una relación laboral dependiente.
ARTÍCULO 6°— Estabilidad laboral. El trabajador que hubiere realizado la denuncia
y/o intimación previstas en el Art. 5º de esta ley gozará desde el momento de la realización
de las mismas, de estabilidad en su puesto de trabajo durante un período de 48 (cuarenta
y ocho) meses. En el mismo período no podrán modificarse sus condiciones de trabajo.
ARTÍCULO 7° — Multas y penalidades. La regularización de la relación laboral a partir
de la denuncia y/o intimación previstas en el Art. 5º de esta ley, no releva al empleador
infractor de las deudas contraídas con los trabajadores y con el sistema de la seguridad
social. La reglamentación de la ley deberá establecer las multas y penalidades a los
empleadores que hayan incumplido con la correcta registración laboral de los empleados.
La recaudación de dichas penalidades se destinará completamente al financiamiento del
SIPA.
ARTÍCULO 8°— Aplicar un “Impuesto a las Ganancias Bancarias” aplicable a los
beneficios de las entidades financieras y bancarias del sector privado. Este impuesto
surgirá de aplicar una tasa del 20 % del resultado neto del ejercicio cerrado por dichas
entidades en los últimos 12 meses, hasta el 31 de marzo de 2021 inclusive.
ARTÍCULO 9° — Establécese un “Impuesto a las Altas Rentas” aplicable a los
beneficios empresariales y rentas de capital que superasen los $230.000.000 (PESOS
DOSCIENTOS TREINTA MILLONES) Serán sujetos del impuesto todas aquellas
personas humanas, jurídicas, fideicomisos, fondos comunes de inversión, sociedades y
empresas privadas o mixtas que operan en el territorio nacional, sean de origen nacional
o extranjero, independientemente de su actividad económica, incluyendo las empresas
privatizadas de servicios públicos, de extracción y distribución de minerales metalíferos
o petroleros, las empresas agropecuarias, industriales, de la construcción y de servicios.
ARTÍCULO 10° — Se derogan todas las disposiciones en las normas legales en vigencia
que contradigan el contenido de la presente ley.
ARTÍCULO 11° — La presente ley comenzará a regir, a partir del día siguiente de su
publicación en el Boletín Oficial.
ARTÍCULO 12° — Comuníquese al Poder Ejecutivo Nacional.

Romina Del Plá
Nicolás del Caño
Myriam Bregman
Alejandro Vilca
Christian Castillo

FUNDAMENTOS

Sr. Presidente:
Reproducimos a continuación los fundamentos de este proyecto presentado por primera
vez en julio de 2022. Entendemos que la realidad de los jubilados no ha hecho más que
agravarse a lo largo de este periodo y, para peor, el gobierno de Javier Milei pretende
anular las moratorias dejando sin ningún tipo de prestación a millones de jubilados y
jubiladas. Este proyecto tiene entonces más vigencia que nunca e invitamos a las y los
diputados a acompañarlo con su firma.
La situación de los adultos mayores en nuestro país es cada vez más dramática. El estado
es responsable del padecimiento de millones de trabajadores y trabajadoras inactivos,
ya sea por acción u omisión. Las razones del deterioro de las condiciones de vida de este
sector son variadas, pero es indudable que el enorme crecimiento del trabajo informal,
precario o tercerizado influye de manera significativa, ya que desfinancia al sistema
previsional a partir de la evasión fiscal de miles de empleadores. El monotributo es la
forma que ha adoptado el fraude laboral para millones de trabajadores que trabajan en
relación de dependencia, pero sus empleadores no aportan como tales. La volatilidad en
los índices de empleo, deriva en que frente a cada crisis económica se expulsa de sus
puestos de trabajo a centenares de miles de trabajadores, que obviamente no estarán en
condiciones de aportar a la seguridad social hasta volver a conseguir empleo. Es
evidente que un mercado laboral atravesado por estos fenómenos redunda en
jubilaciones de miseria y la necesidad de moratorias que hacen las veces de parches para
adultos mayores que llegan a la edad de jubilarse sin los aportes necesarios para
retirarse. Estamos en presencia de un combo explosivo: 1 de cada 10 mujeres y 3 de cada
10 hombres en edad de jubilarse cubren los requisitos necesarios de acuerdo a la
normativa vigente hasta ahora. Las diversas moratorias que se han sancionado en los
últimos años representan más del 65% del total de las jubilaciones liquidadas en la
actualidad. Someter a trabajadores en edad jubilatoria a que se paguen sus propios
aportes es hacerlos cargo de la deficiente registración que han tenido a lo largo de su
vida laboral. Implica indirectamente volcar sobre las espaldas de la clase obrera la
compensación de aquello que han evadido los capitalistas a partir del trabajo no
registrado, algo inadmisible. Es que la jubilación es entendida como un salario diferido
ya que durante toda nuestra vida laboral nos han descontado un porcentaje de nuestro
salario bruto para cuando ya estemos inactivos y en el caso de los trabajadores no
registrados ese descuento estuvo encubierto detrás de los menores salarios percibidos.
Por eso este proyecto de ley le reconoce a todos y todas quienes hayan cumplido la edad
de jubilarse (60 años para las mujeres y 65 para los hombres, en medio de ataques
patronales que quieren extender la vida laboral como un ahorro al estado a costa de la
vida del trabajador) la garantía de poder hacerlo y de percibir desde el primer día una
jubilación mínima que le permita afrontar su costo de vida. La actualidad de quienes hoy
se encuentran jubilados o en edad de jubilarse es muy distinta. La jubilación mínima es
cerca de un tercio del valor de la canasta de la tercera edad y la Prestación Universal
para el Adulto Mayor es el ochenta por ciento de una jubilación mínima que, para peor,
no contempla el derecho a pensión. Por eso el artículo 3 de este proyecto contempla la
incorporación de todas las personas que perciben la PUAM a ser jubilados plenos. El
proyecto no es una mera declaración de deseos. Al contrario, incorpora todo un capítulo
dedicado a su financiamiento, demostrando la viabilidad del mismo en caso que se
priorice el bienestar de los adultos mayores. En este sentido es que se restituyen los
aportes patronales que fueron reducidos por el ex ministro Domingo Cavallo y que
ninguno de los gobiernos que lo sucedieron estuvieron dispuestos a restituir, al mismo
tiempo que se incorpora un impuesto extraordinario a los bancos y las grandes
sociedades que hayan obtenido beneficios superiores a un monto que solo las grandes
empresas superan en nuestro país. La sostenibilidad de la medida está asociada a un
plan de blanqueo laboral para todos los trabajadores que hoy se encuentran bajo un
régimen de fraude laboral o sometidos a la precarización en cualquiera de sus formas.
La pelea contra la precarización y contra el trabajo no registrado es el puntapié inicial
para fortalecer los recursos del ANSES que no les pertenecen a los gobiernos de turno,
sino a las y los trabajadores que son quienes terminan financiando al Estado y no al
revés. Por todo lo expuesto, solicito a las y los diputados acompañen este proyecto de
ley.

PROYECTO DE RESOLUCIÓN INTERPELACIÓN A PETTOVELLO – EXPTE N°2887-D-2024

24/06/2024

PROYECTO DE RESOLUCIÓN

La Cámara de Diputados Resuelve:
Citar para su interpelación, de conformidad con el artículo 71 de la Constitución Nacional
y los artículos 204, 205, y 206 del Reglamento de la H. Cámara de Diputados de la
Nación, a la Ministra de Capital Humano de la Nación SANDRA PETTOVELLO, a fin
que informe públicamente y responda las inquietudes de los legisladores nacionales sobre
los siguientes puntos referidos a cuestiones de dominio público relativas a su Ministerio:
1) Explique los motivos que llevaron a transferir 6.772 millones de pesos de fondos
públicos a la Organización de Estados Iberoamericanos (OEI) como parte de un
“convenio marco de colaboración” con la secretaría de Niñez y Familia firmado
por usted.
2) Informe y aporte la documentación que respalda la operación detallando que
servicios o productos se adquirieron y en qué plazos la OEI se compromete a
cumplirlos. Incorpore las comunicaciones intercambiadas desde el inicio entre la
OEI y el Ministerio de Capital Humano a los efectos de concretar la operación.
3) ¿Cómo explica la contratación de unas 300 personas nombradas a partir de este
convenio, cuáles son las tareas que desempeñaban hasta su desvinculación, cuál
fue el mecanismo de selección de las mismas y cuáles eran sus remuneraciones?
4) ¿Cuáles son los mecanismos de control del Ministerio de Capital Humano siendo
pública la lista de beneficiados con estas contrataciones que no desarrollaban tarea
alguna, un método habitual en la defraudación al Estado para el cobro de
sobresueldos?
5) ¿Cuál es el fundamento para otorgar a una organización internacional como la
OEI la compra y distribución de alimentos, una verdadera privatización de la
ayuda alimentaria por la cual además la OEI cobra una comisión del 6%?
6) Presente la documentación respaldatoria de los convenios firmados para la compra
de alimentos detallando tipo, cantidad, calidad y precio, así como pagos realizados
y compromisos de pagos futuros si los hubiere.
7) ¿Cómo justifica la negativa sistemática a entregar alimentos a los miles de
comedores populares que durante los últimos años han sido la última barrera
contra el hambre?
8) ¿Como se explica la decisión de ocultar la existencia de 5 millones de kilos de
alimentos acopiados en poder del Ministerio de Capital Humano, para luego decir
que estaban allí para una eventual catástrofe, llevando a la intimación de la Justicia
para distribuir esos alimentos en un plazo de 72 horas, decisión que el Ministerio
de Capital Humano apeló? Todo ello cuando el 57% de la población argentina
está debajo de la línea de la pobreza.
9) Presente la documentación respaldatoria de la compra de medicamentos, su
distribución y explique por qué se suspendió la entrega a pacientes oncológicos
de bajos recursos y con otras afecciones graves que fallecieron por esta medida.
Romina Del Plá
FUNDAMENTOS
Sr. Presidente:
Durante la semana pasada trascendió en varios medios de comunicación la información
que el Ministerio de Capital Humano del Gobierno de la República Argentina, a cargo de
la Sra. Sandra Pettovello, habría contratado a unas trescientas (300) personas que
facturaban y percibían ingresos significativos del Ministerio de Capital Humano, pero
que no realizaban ninguna tarea para el Ministerio mencionado, ni para ningún sector y/o
área del Estado Argentino. Es decir, se contrataron masivamente lo que se conoce
popularmente como “ñoquis”.
Para realizar esa contratación espuria y fraudulenta, el Ministerio de Capital Humano del
Estado Argentino realizo negociaciones con la organización internacional Organización
de Estados Iberoamericano (OEI). Presuntamente la operatoria funcionaba así: El
Ministerio de Capital Humano transfería y/o depositaba los fondos a la OEI a los fines de
la contratación del personal que facturaba a la OEI y percibía significativos ingresos de
la misma, pero que no realizaban ninguna tarea para el Estado Argentino. Todo el
operativo estaría destinado al pago de cuantiosos sobresueldos de distintos funcionarios
del gobierno nacional liderado por el presidente de la República Argentina, Javier Milei.
La Secretaria de Niñez y Familia del Ministerio de Capital Humano, a cargo del
funcionario Pablo De la Torre, habría llegado a un convenio marco de colaboración, por
el cual se realizaba toda la operatoria descripta. Asimismo, por ese “convenio marco”, el
Ministerio de Capital Humano procedió a privatizar la compra de alimentos para los
comedores sociales o populares que se encuentran en territorio nacional. A cambio de esa
privatización de la ayuda alimentaria, la OIE se embolsaría el 6% de todas las compras
de alimentos que se realicen para los comedores.
En uno de los convenios entre el Ministerio de Capital Humano y la OEI, de fecha
06/03/2024, se establecería la transferencia por parte del Estado Argentino a la
organización internacional, de una suma de seis mil setecientos setenta y dos millones de
pesos ($ 6.772.000.000). Ese convenio (y los otros convenios y/o instrumentos con la
Organización de Estados Iberoamericanos), habría sido firmado directamente por la
Ministra de Capital Humano Sandra Pettovello. Es decir que la funcionaria, no solo tenía
pleno conocimiento de todas las operaciones con la OEI, sino que era quien dirigía
personalmente todas esas tratativas y negociaciones.
Al respecto es importante destacar que la Sra. Sandra Pettovello tenía un trato directo y
permanente con las autoridades de la institución OEI. La ministra incluso participó del
brindis de la Organización de Estados Iberoamericanos, el pasado 3 de mayo donde fue
retratada por distintos medios de comunicación, junto al director del organismo
internacional Luis Scasso.
Un dato clave de toda la operatoria realizada desde el Ministerio de Capital Humano,
resulta una planilla Excel de nombres y apellidos de las personas que eran contratadas sin
efectuar contraprestación alguna, realizada y subida en forma de “pública” a google drive
por Federico Fernández, alias “Fefe”, funcionario hasta hace pocos días del Ministerio de
Capital Humano, en el cargo de director administrativo de la Secretaria de Niñez y
Familia.
Federico Fernández tituló el Excel mencionado como “Plan 120” y con sus iniciales FF.
Los “120” harían alusión a la suma de ciento veinte millones de pesos ($120.000.000,00),
que serían destinados a los sobresueldos y otros fines espurios. En esa planilla se
determinan diferentes datos como nombre, apellido, CUIT, factura, y demás ítems
relacionados a la operatoria. Resalta en esa planilla el listado de rugbiers del Colegio La
Salle, amigos de Federico Fernández, tales como “…Gonzalo Avetrani, Vicente
Ammann, Lautaro Alarcon y Santiago Anziano” (lapoliticaonline.com).
Según los trascendidos periodísticos, Federico Fernández, habría sido secuestrado por el
personal de custodia de la ministra titular de Capital Humano, y se lo habría amenazado
y/o extorsionado apuntándole con una pistola a la cabeza, para que confirmara la
existencia de “ñoquis”.
Otro hecho que conmovió a la opinión pública fue el fallecimiento de más de 50 personas
que venían recibiendo tratamientos que fueron discontinuados por el Ministerio de
Capital Humano. Efectivamente, la Dirección de Asistencia Directa por Situaciones
Especiales (Dadse) que se ocupa de la entrega de medicamentos de alto costo y elementos
de ortopedia a pacientes en situación de vulnerabilidad dejó de hacerlo incluyendo
tratamientos oncológicos y otras dolencias crónicas graves. Para justificar esta situación
se apeló a un argumento similar al que se utiliza para interrumpir la asistencia estatal a
los comedores populares iniciando una denuncia en la justicia sobre el pago de
sobreprecios de la administración anterior. La Justicia desestimó la denuncia de Capital
Humano después que dos fiscales aseguraran que no existe delito.
Mientras toda esta operatoria de corrupción dentro de Ministerio de Capital Humano se
desarrollaba durante estos meses de gobierno del presidente Javier Milei, el mismo
Ministerio de Capital Humano a cargo de Sandra Pettovello retenía durante más de seis
meses más de cinco mil toneladas de alimentos acopiados que habían sido adquiridos por
la gestión anterior, que finalizó el 10/12/2023. El miércoles 22 de mayo, el portal
“eldestapeweb.com” publicó que el Gobierno nacional tenía “más de 5 millones de kilos
de comida sin entregar en los galpones del ex ministerio de Desarrollo Social”. La
información la brindó el propio gobierno ante un pedido de acceso a la información
pública del sitio.
Según trascendió, la respuesta del Gobierno Nacional al pedido de informes, se
encontrarían retenido en los galpones de Buenos Aires y Tucumán, la siguiente
mercadería: “Yerba mate: 3.146.707 kilos. Leche en polvo: 1.173.815 kilos. Aceite:
479.261 botellas de 900 ml. Puré de tomate: 137.796 kilos. Garbanzos: 81.148 kilos.
Harinas de trigo y maíz: 20.416 kilos. Locro: 15.010 kilos. Arroz con carne: 13.629 kilos.
Además, se informó que había cantidades menores de arvejas, guiso de lentejas, fideos,
pasas de uva, arroz con hortalizas y huevo en polvo”.
Ante esta situación insostenible, dada la gravedad de la situación social reinante en
nuestro país con millones de personas bajo la línea de la indigencia, desde el Gobierno
Nacional, se manifestó que los alimentos se encontraban en “perfecto estado” y sin riesgo
de vencimiento. Estas afirmaciones fueron realizadas por el vocero presidencial, Manuel
Adorni, y el mencionado Secretario de Niñez y Familia, Pablo De la Torre. Al mismo
tiempo apelaban la intimación de la Justicia a distribuir los alimentos en un plazo de 72
horas. Recién con fecha 30 de mayo pasado y ante el avance de las investigaciones
judiciales y periodísticas, el Ministerio de Capital Humano reconoció que había comida
a punto de vencerse y anunció que entregaría la comida almacenada a través del Ejército,
lo cual tampoco sucedió.
Ante el conocimiento y trascendido público de toda la trama de corrupción en el
Ministerio de Capital Humano, la Sra. Pettovello procedió a desvincular y/o echar a su
funcionario el Secretario de Niñez y Familia, Pablo de la Torre. También fue
desvinculado, el director administrativo Federico Fernández. Además, por Sandra
Pettovello procedió a “denunciar” los hechos ante la Oficina Anticorrupción,
responsabilizando a la supuesta “banda de San Miguel”, que comandaría Pablo De la
Torre y sus familiares.
Sin embargo, ha sido la Ministra de Capital Humano la que establecía en forma personal
los contactos y negociaciones con la OEI, suscribiendo personalmente los convenios
alcanzados y participando, también personalmente, de los eventos de la organización
internacional. Sandra Pettovello tenía bajo su absoluta autoridad a sus funcionarios, tanto
Pablo De la Torre como Federico Fernández, a los cuales ellas misma había designado e
instruía cotidianamente.
Más allá de la defensa cerrada del presidente Milei, resulta fundamental investigar la
modalidad de la operatoria de corrupción pues una organización internacional, como la
OEI, se encuentra fuera del control y/o auditoria de los distintos organismos oficiales que
deben desarrollar esas tareas como la Auditoria General de la Nación. No se puede
escapar, que la contratación y convenios con la OEI se han realizado con el fin deliberado
de eliminar cualquier tipo de contralor, toda vez que se trata de la compra de alimentos
para la ciudadanía argentina en territorio argentino.
Se acompaña la siguiente documentación:
1. Nota periodística: Trascendió la lista de los “120 palos” de los rugbiers ñoquis de
Capital Humano
2. Nota periodística: Renuncian todos los funcionarios del área social en medio de la
crisis en Capital Humano
3. Nota periodística: Pettovello firmó el convenio de los sobresueldos y el lunes la
justicia federal abre una causa
4. Nota periodística: Milei y Pettovello tienen más de 5 millones de kilos de
alimentos sin entregar y hay riesgo de que se pudran.
5. Nota periodística: Pettovello sufre un revés judicial: archivan la causa de la
medicina de alto costo
Por todo los expuesto solicito el acompañamiento y aprobación de presente proyecto de
Resolución.

Proyecto de Resolución Interpelación a Min. Pettovello EXPTE N°2887-D-2024

PROYECTO DE DECLARACIÓN EN REPUDIO AL ALLANAMIENTO AL LOCAL DEL PARTIDO OBRERO – EXPTE N°2979-D-2024

23/06/2024

La Cámara de Diputados declara:

Repudiar el allanamiento realizado el día 3 de junio contra la sede central del Partido
Obrero, sito en Bartolomé Mitre 2162, CABA, por constituir un acto de atropello a las
libertades políticas y democráticas en Argentina, tratándose de un hecho inédito y de una
gravedad inusitada.

Rechazar la persecución política y judicial contra las organizaciones sociales, piqueteras
y los partidos opositores por parte del Gobierno Nacional. El allanamiento de un local
partidario a su sede legal, de manera ilegal, que se hizo sin la orden correspondiente, es
un salto cualitativo en la persecución a la oposición política.

Denunciar que en el mismo allanamiento sólo se filmaron todas las instalaciones y se
realizaron croquis de las mismas bajo la absurda denominación de “inspección ocular”,
lo cual constituye en un claro trabajo de espionaje.

Acompañar la denuncia ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos impulsada
por el Partido Obrero, toda vez que el acto descripto vulnera derechos políticos y
democráticos de naturaleza constitucional.

Romina Del Plá
Nicolás del Caño
Myriam Bregman
Alejandro Vilca
Christian Castillo
Germán Martínez
Juan Marino
Margarita Stolbizer
Andrea Freites
Esteban Paulón
Carolina Yutrovic
Pablo Carro
Sabrina Selva
Natalia Zaracho
Carlos Castagneto
Ana María Ianni
Gabriela Estévez
Eugenia Alianiello
Natalia Zabala Chacur
Hilda Aguirre
Ana Carolina Gaillard
Lorena Pokoik
Blanca Inés Osuna
Eduardo Toniolli
Ricardo Daives

PROYECTO DE LEY: DECLARESE LA EMERGENCIA NACIONAL EN EL ACCESO A LA VIVIENDA

23/06/2024

DECLARESE LA EMERGENCIA NACIONAL EN EL ACCESO A LA
VIVIENDA
IMPUESTO PROGRESIVO A LA VIVIENDA OCIOSA CON FIN DE BANCO
DE TIERRAS Y CONSTRUCCION DE VIVIENDAS

ARTÍCULO 1°— Declárase la emergencia en el acceso a la vivienda en todo el
territorio nacional. El Poder Ejecutivo Nacional destinará partidas presupuestarias
extraordinarias en el marco de esta emergencia para garantizar lo que esta ley dictamine.

ARTÍCULO 2°— Impuesto a la vivienda ociosa. Se gravará con el 1,5% anual del valor
de mercado a toda vivienda que se encontrare desocupada por el término de 6 meses,
plazo que podrá ampliarse en el caso de localidades turísticas. El mismo se pagará en
cuotas mensuales actualizadas según la variación promedio de los alquileres. El gravamen
se incrementará sobre los propietarios que superen los 1000 (un mil) metros cuadrados
desocupados a razón de + 0,5% cada 1000 (un mil) metros cuadrados.

ARTÍCULO 3°— Impuesto a los acaparadores inmobiliarios.
a) Establézcase un impuesto extraordinario a la persona física o jurídica que posea
más de TRES (3) inmuebles en el territorio nacional, cualquiera sea su uso.
b) Se establece una alícuota mensual extraordinaria en el impuesto inmobiliario a
partir del cuarto inmueble, que resultará de la adición del 10% de dicho impuesto.
Se incrementará la alícuota en la medida que se posea más inmuebles, a razón de
5 puntos porcentuales por cada otro inmueble que se posea. El pago de este impuesto no puede ser trasladado a eventuales inquilinos o locatarios, ni puede ser
trasladado al precio de un eventual alquiler.
c) Quedan exceptuados del artículo 2° los pequeños propietarios cuyo inmueble
no supere los 100 metros cuadrados cubiertos o aquellos que posean dos unidades
de no más de 60 metros cuadrados cada una.

ARTÍCULO 3° BIS— Aportes del Estado Nacional
Las Provincias y Municipios que adhieran a la presente Ley recibirán por parte del Estado
Nacional una suma equivalente a lo que hubieren recaudado por los gravámenes
descriptos en art. 2° y 3°, debiendo estos recursos destinarse exclusivamente a la
construcción de viviendas en coordinación con la Comisión de Planificación de Viviendas
Populares descripta en art. 8°

ARTÍCULO 4°— Vivienda única. Se eliminan todos los impuestos inmobiliarios a la
vivienda única habitada por su propietario.

ARTÍCULO 5°— Suspensión de desalojos. Se suspenden los desalojos por 2 años, sea
por ocupaciones de tierra para habitarla o frente a la imposibilidad de pagar los alquileres
o créditos

ARTÍCULO 6°— Comisión de Revisión de tierras e inmuebles públicos enajenados

a) Se crea la Comisión de Revisión de Tierras e Inmuebles Públicos enajenados
integrado por representantes de organizaciones sociales con intervención en las villas,
organizaciones de inquilinos, de profesionales de universidades nacionales que
apliquen en la materia. Se asegura la asignación presupuestaria y dotación de personal
necesaria para su funcionamiento. Su función será revisar toda venta de tierra pública
y/o inmueble ejecutado por organismos del Estado con o sin aval parlamentario y
determinará su provecho o no para las necesidades habitacionales de la población. En
caso que la Comisión determine que su venta fue en detrimento de los intereses de la
población la venta quedará sin efecto, se restituirá como tierra/inmueble fiscal y de
utilidad pública y la Comisión establecerá la compensación correspondiente, si
existiere.

ARTÍCULO 7°— Banco Nacional de Tierra y Vivienda (BNTV). Se crea el Banco
Nacional de Tierra y Vivienda (BNTV) con recursos de los gravámenes definidos en el
artículo 2° y 3° y con uno idéntico sobre la tierra urbana ociosa. Serán funciones del BNTV: financiar la construcción de vivienda popular sobre las tierras
ociosas y fiscales que pueden ser destinadas para loteos sociales y para la vivienda única,
adquirir inmuebles ya construidos para destinarlos al alquiler social o venderlos bajo el
régimen de créditos hipotecarios precisado en el artículo 10°, organizar un censo de
inmuebles desocupados e investigación de la propiedad de estos, así como de inquilinatos
y conventillos.

ARTÍCULO 8°— Plan de viviendas populares. Créase la Comisión de Planificación
de Viviendas Populares. La misma estará integrada por representantes de vecinos,
trabajadores, organizaciones sociales con intervención en las villas, organizaciones de
inquilinos, organizaciones ambientales y profesionales (arquitectos, ingenieros) de
universidades nacionales. Los diputados de la Nación podrán participar como veedores.
Se asegura la asignación presupuestaria y dotación de personal necesaria para su debido funcionamiento.

a) La Comisión elaborará un plan de construcción de viviendas a partir de la
disposición de tierras establecidas en el artículo 7°. Las viviendas contarán con
todas las condiciones de habitabilidad y accesibilidad necesarias.
b) La Comisión establecerá el número de viviendas necesarias a partir del Censo
2022.
c) La Comisión establecerá la asignación, el tipo de vivienda y el orden de
prioridades para el otorgamiento de las viviendas.
d) El valor de las viviendas quedará establecido a partir del costo de construcción
de las mismas.
e) El Estado proveerá los materiales y el asesoramiento técnico, empleando mano
de obra de trabajadores actualmente desocupados, registrándolos bajo el convenio
de la actividad. Los planes de construcción y/o autoconstrucción serán controlados colectivamente por los trabajadores y vecinos involucrados a través de
mecanismos asamblearios democráticos incluyendo a los trabajadores extranjeros,
sin discriminaciones.
f) De igual modo deberán destinarse recursos para la urbanización efectiva de los
llamados “barrios populares”, villas de emergencia y asentamientos, bajo control
de los vecinos para garantizar la extensión de los servicios básicos (electricidad, agua, cloacas, gas e internet). La Comisión en acuerdo con los vecinos podrá
definir si esas tierras son aptas para urbanizar o si corresponde otra alternativa
para garantizar las necesidades habitacionales de dichos vecinos.

ARTÍCULO 9°— Créditos para el acceso a la vivienda. El Estado otorgará créditos a
través del Banco Nación a todo aquel que no posea inmueble. El mismo cubrirá el
CIENTO POR CIENTO (100%) del valor de la vivienda requerida del plan de viviendas
establecido en el artículo 9 de la presente ley. Se podrá solicitar plazos de pago de hasta
veinte (20) años. La tasa de actualización de las cuotas se incrementará de forma anual
proporcionalmente al Índice Salarial del INDEC que pondera también la variación de los
ingresos informales. En ningún caso la cuota mensual puede superar el VEINTICINCO
POR CIENTO (25%) del ingreso normal del solicitante.

ARTÍCULO 10°— De forma.

Firmantes:
Romina Del Plá
Nicolás del Caño
Alejandro Vilca
Christian Castillo

 

FUNDAMENTOS

Sr. Presidente:
“Hoy existen en las grandes ciudades edificios suficientes para remediar en seguida, si se les diese un empleo racional, toda la verdadera «penuria de la vivienda»” Federico Engels (1873)-
Luego de una intensa campaña de los especuladores inmobiliarios cuyo objetivo es
terminar con cualquier regulación sobre los precios de los alquileres, plazos de
actualización y extensión de los contratos, el Poder Ejecutivo Nacional mediante el
Decreto 70/23 arrasó con la Ley de Alquileres vigente provocando como era de esperar
un aumento exponencial en los valores de los alquileres favoreciendo exclusivamente a
los especuladores inmobiliarios, dejando en la absoluta indefensión a los inquilinos.
Tras la derogación de la Ley de Alquileres, por ejemplo, el 91,5% de los contratos pasó
a tener actualización cada seis meses o menos (antes, era anual). Los contratos de dos o
tres años dieron paso a otros de corta duración. Así, el 41% de los contratos firmados luego
del DNU 70 son por un plazo menor a un año. Los aumentos del alquiler y las expensas,
sumados a la caída estrepitosa del salario hace que su incidencia supere el 50% de los
ingresos promedio.
Atribuir esta incompatibilidad absoluta entre las necesidades de propietarios e inquilinos
a las regulaciones menores que establecía la Ley de alquileres oculta que el
encarecimiento de la propiedad en los conglomerados urbanos es un proceso de larga data
que merece un análisis más profundo.
Los valores de las viviendas y de los alquileres se han convertido en inaccesibles para la
inmensa mayoría de la población. Con propiedades que cotizan en dólares y salarios en
pesos devaluados, la posibilidad de adquirir una vivienda es prácticamente imposible. La
relación entre la cantidad de salarios necesarios para adquirir una propiedad media (un
departamento de 3 ambientes de 60 metros cuadrados) se ha incrementado notablemente.
Pasó de una media histórica de 60 salarios a unos 250 salarios en la actualidad -el
equivalente a más de 20 años de trabajo. Según el último censo (INDEC 2022) en
Argentina hay 2.084.013 viviendas desocupadas. Según el Centro de Estudios para el
Desarrollo Económico, Social y Urbano (CEDESU), en CABA superan las 228.000
unidades. Según cálculo de investigaciones especializadas en el país el déficit de
viviendas oscila entre los 3,5 y los 4 millones de viviendas para sendas familias que no
disponen de ellas.
El derecho a una vivienda digna, consagrado por la Constitución y varios tratados
internacionales suscriptos por el país es letra muerta a pesar de fallos de la Justicia en el
sentido de que no se trata de un principio abstracto sino de una obligación del Estado.
Según el último relevamiento sobre situación habitacional del INDEC (2020) 7,2 millones
de personas habitan en viviendas de calidad total o parcialmente insuficiente. 1,4 millones
viven en condiciones de hacinamiento (4 o más personas en un cuarto), 2,3 millones viven
cerca de basurales y 3,6 millones en zonas inundables.
En cuanto al acceso a los servicios públicos 3,5 millones no cuentan con agua potable, 10
millones de personas no tienen cloacas y 11,2 millones carecen de conexión de gas. El
53,6% de la población no accede a algún servicio público esencial.
La combinación entre la caída del salario y la especulación inmobiliaria produce una
permanente expulsión hacia la periferia de las ciudades. Esto genera un costo económico
gigantesco ya que la mayoría de los que trabajan en las ciudades viven en los suburbios,
dedicando muchas horas de su vida y parte de sus ingresos solo a trasladarse a su empleo.
La vivienda promedio tiene un costo de 2.500 dólares el m2
construido, el costo de la
construcción no representa más de U$S 500 (IProfesional 5/3/22), el resto corresponde al
valor del suelo. Este es una mercancía peculiar, ya que al no ser producto del trabajo
humano su valor no está determinado por el tiempo socialmente necesario para su
producción, sino que se deduce teniendo en cuenta la renta que arroja y la tasa de interés
vigente (“es renta capitalizada”). Si por ejemplo la renta que arroja es 1.000 dólares y la
tasa de interés es 10% se concluirá que un terreno tendrá por valor 10.000 dólares. Ese
valor del terreno luego se transfiere a la propiedad, lo que se denomina costo de
incidencia. A partir de esta consideración se deduce que a mayor posibilidad de
construcción en un terreno mayor será el valor de la tierra. El valor que el suelo representa
en el costo total es el resultado de distintas modificaciones a los códigos urbanos que
autorizan a seguir construyendo en altura, invadiendo el espacio público o cediendo
tierras fiscales urbanas al gran capital especulativo.
Así se incrementa sistemáticamente el precio de la tierra urbana generando propiedad
suntuaria y ociosa que impacta artificialmente sobre los costos de compra y alquiler. Gran
parte de la renta agraria es volcada en la especulación inmobiliaria. La propiedad
inmobiliaria es crecientemente usada como reserva de valor y no como bien de uso
destinado a satisfacer la necesidad de techo de vastos sectores de la población.
El valor de la vivienda no está determinado ni por la capacidad adquisitiva del salario ni
por su costo de producción. Si se disminuyera drásticamente el valor de la tierra se podría
disminuir significativamente el costo de las viviendas y hacerlas accesibles para el
conjunto de la población. La crisis habitacional hunde sus raíces en la expansión de la
especulación inmobiliaria. La construcción de emprendimientos habitacionales de gran
valor expulsa a la población trabajadora a las periferias y localidades aledañas. La
carencia habitacional se agrava mientras se experimenta un boom de la construcción, un
fenómeno de flagrante contradicción que sucede en todo el país. La inversión especulativa
y parasitaria es parte del problema y no de la solución a la catástrofe habitacional que
padece el pueblo argentino.
La política de incentivos fiscales a los capitalistas para garantizar derechos es inocua
como lo demuestran las exenciones de todo tipo para promover el empleo registrado. En
lugar de propiciar el no pago de impuestos planteamos gravar fuertemente a la propiedad
habitacional ociosa.
Este proyecto plantea que a todas las viviendas desocupadas se les imponga un impuesto
progresivo -absoluta y relativamente- para que sean colocadas en el mercado para la venta
o alquiler. Quedarán exceptuados los pequeños propietarios de hasta dos viviendas en
alquiler, que suelen ser trabajadores y jubilados intentando compensar sus magros
ingresos, cuya realidad dista abismalmente de la de los acaparadores inmobiliarios. Frente
al incumplimiento el Estado podrá incautar dichas propiedades y entregarlas en comodato
a personas en situación de emergencia habitacional. Un impuesto progresivo al
acaparamiento de viviendas incentivaría la venta, bajando precios de ventas y alquileres.
No deberían cobrarse impuestos inmobiliarios a quien habita su única vivienda y por ende
no recibe renta.
Recientes ejemplos internacionales demuestran que no es un planteo utópico.
Este tipo de impuesto se viene aplicando en el Reino Unido, Dinamarca, España y
Canadá, en todos los casos con un importante incremento de la oferta de alquileres. En
Berlín, una consulta popular, votó la incautación de 240.000 viviendas desocupadas.
El alquiler es sólo un aspecto del problema. El Estado no propicia una política de acceso
universal al crédito hipotecario para los sectores populares. El anunciado plan Casa Propia
otorga sólo 65.000 créditos para refacción inferiores a dos salarios mínimos, aunque se
exige a quien lo recibe ingresos superiores a esa cifra. Lo mismo sucede con el Procrear
y el Reconstruir, programas que no constituyen una solución al problema.
Por el contario el Estado privilegia las ganancias de los bancos colocando a los
trabajadores hipotecados por los créditos UVA al borde del desalojo debido a la perdida
sistemática de su poder adquisitivo. En 2021 la cuota supero el 100% de aumento.
Como planteáramos en 2019 al presentar un proyecto de anulación de este sistema “La
salida que ha esbozado el gobierno ante esta situación es una suerte de endeudamiento a
perpetuidad: prolongar las cuotas. Es decir, el trabajador que no pueda cubrir este
desfasaje entre la indexación de la unidad de vivienda y el salario va a tener que ir
incrementando cada vez más una determinada cantidad de cuotas, es decir que se van a
prolongar en el tiempo. Una hipoteca que en un periodo razonable de la vida de un
trabajador permite el acceso a la vivienda es una cuestión, pero lo que aquí tenemos es
otra cosa: se trata de una carga usuraria perpetua sobre un trabajador y eventualmente la
ejecución de esa hipoteca y un desalojo, que es a todas luces confiscatorio” “con este
sistema se ha creado una burbuja financiera. Si el valor de la propiedad se deprime, como
está sucediendo, no tenemos como contrapartida una caída de la cuota, que se sigue
indexando de acuerdo a la inflación general, sino que lo que tenemos es que el deudor
debe mucho más que la propiedad que opera como garantía de la hipoteca”.
Proponemos además un impuesto a la tierra ociosa para financiar la construcción de
vivienda popular y constituir un Banco Nacional de Tierra y Vivienda para conocer y dar
a conocer exactamente la cantidad de tierras ociosas y fiscales que pueden ser destinadas
para loteos sociales y para la vivienda única. Revisando aquellas que el Estado cedió a
particulares, revisando los procesos de enajenación de dichas tierras más allá de que
contaran o no con la aprobación de los cuerpos legislativos. Sobre estas tierras el Estado
debe garantizar la construcción inmediata de un millón de viviendas de calidad y
entregarlas a través de créditos hipotecarios cuyas cuotas no deberán superar el 25% del
ingreso familiar mensual. Para esta tarea deberá emplearse mano de obra de trabajadores
actualmente desocupados, registrados y bajo el convenio de la actividad.
De igual modo deberán destinarse recursos para la urbanización efectiva de los barrios,
villas y asentamientos, bajo control de los vecinos, para garantizar la extensión de los
servicios básicos (electricidad, agua, cloacas, gas e internet).
Promovemos la suspensión de los desalojos de tierras que han sido recuperadas en todo
el territorio nacional por personas que no poseen ni tierra ni vivienda.
La suspensión de las ejecuciones a los hipotecados UVA y la eliminación del sistema y
su reemplazo por cuotas que nunca superen el 25% del ingreso familiar.
Eliminación del Impuesto inmobiliario sobre la vivienda única.
Volvemos a citar nuestras conclusiones de aquel proyecto contra el sistema confiscatorio
de los créditos UVA, tan vigentes hoy como lo eran para el gobierno anterior.
“A la luz de todo lo expuesto, se hace evidente como primera conclusión que la política
de los gobiernos en esta materia no ha hecho más que reproducir su orientación
económica más general: el endeudamiento. En este caso el endeudamiento de las familias
a perpetuidad, igual que ocurre en el país. La ‘salida’ oficial de alargar las cuotas, es
muy parecida a las cláusulas que abarcan a la deuda pública argentina, donde se crea
el síndrome de la deuda eterna, la refinanciación usuraria y permanente y la
esclavización del país al capital financiero. En este caso es la esclavización de las
familias al capital financiero.”
“La conclusión es que el drama de fondo de la vivienda popular sólo puede ser encarado
positivamente con una transformación social profunda, que reorganice por completo las
prioridades nacionales, mediante una reorganización económica y social que tenga por
eje los intereses de los trabajadores. Sería necesario un shock de inversión real a cargo
del Estado, con trabajadores bajo convenio, la expropiación de las grandes
constructoras y su capacidad ociosa, y centralizar el crédito bancario mediante la
nacionalización de la banca y el comercio exterior. Esta será una tarea de primer orden
de un gobierno de los trabajadores”.
El gran drama que enfrenta la población trabajadora para acceder a la vivienda familiar
es, en primer lugar, el resultado de la especulación inmobiliaria, del aumento en el valor
del suelo y de las propiedades que surge de un proceso económico, que no solo toleraron,
sino que alentaron los que han gobernado el país en las últimas décadas. Se trata de un
fenómeno vinculado a los extraordinarios beneficios del capital agrario, minero y de otros
sectores, que se localizaron en la compra del suelo y en la especulación inmobiliaria. El
Estado ha sido un factor activo en este encarecimiento, bajo todos los gobiernos. No hubo
grieta en esta materia.
Por todo lo expuesto. Llamamos a todos los Diputados y las diputadas a estudiar y apoyar
este proyecto.

 

PRÓRROGA DEL FONDO NACIONAL DE INCENTIVO DOCENTE Y SALARIO MÍNIMO DOCENTE.

15/02/2024

PROYECTO DE LEY


ARTÍCULO 1°. —
Reestablécese a partir del 1 de enero de 2024 y en forma permanente la vigencia del FONDO NACIONAL DE INCENTIVO DOCENTE, creado por la Ley N˚ 25.053 y sus prórrogas dispuestas por las Leyes N°26.075; Nº26.422; N°25.919; Nº27.591; y por Decreto N°2054/2010 y art. 3° del Decreto N°88/2022.

ARTÍCULO 2°— Los montos correspondientes al Fondo Nacional de Incentivo Docente (FONID) pasarán a ser remunerativos y bonificables.

ARTÍCULO 3°— Retribúyase las diferencias existentes entre el carácter remunerativo que el FONID tiene en virtud al artículo 13 de la Ley N˚ 25.053 y el pago efectivo como suma fija que, arbitrariamente y en perjuicio de los docentes, viene liquidando el gobierno nacional y los gobiernos jurisdiccionales. Lo antedicho incluye las diferencias devengadas y no abonadas referidas a la incidencia del carácter remunerativo sobre el resto de los ítems salariales remunerativos (sueldo anual complementario, presentismo, vacaciones, antigüedad, ruralidad, zonas desfavorables, etc.)

ARTÍCULO 4°— Regularícese en un plazo no mayor a 30 días luego de aprobada la presente ley, el pago a término de todas las deudas por pago diferido del FONID, y establézcase el pago en tiempo y forma a inmediato mes vencido.

ARTÍCULO 5° — Regularícese en un plazo no mayor a 30 días luego de aprobada la presente ley, el pago a término de todas las deudas por pago diferido de Fondo de Compensación Salarial Docente, Conectividad y Material Didáctico, Programas Nacionales y Fondos de Infraestructura, que son algunas de las transferencias no automáticas de la Nación a las provincias, como parte de las obligaciones del Estado Nacional hacia la Educación en sus niveles no universitarios, de acuerdo a la Ley de Financiamiento Educativo (N° 26.075/2005) y otras concordantes.

ARTÍCULO 6°— El salario mínimo del cargo docente testigo de cada jurisdicción, que surja de la paritaria nacional y/o provincial correspondiente, no puede ser menor, en ningún caso, al equivalente a la Canasta Básica Total fijada por el INDEC, donde el 70% como mínimo estará constituido por el salario básico.

ARTÍCULO 7°— El salario mínimo docente será actualizado por el Índice de precios al consumidor (IPC) mensual elaborado por el INDEC trasladándose de manera proporcional a todos los cargos del sistema educativo de cada jurisdicción.

ARTÍCULO 8°— Las y los docentes jubilados pasarán a percibir en un plazo no mayor a 30 días luego de aprobada la presente ley, el monto correspondiente al FONID como parte del reconocimiento de su carácter remunerativo y bonificable.

ARTÍCULO 9°— El presupuesto nacional tendrá una partida específica y permanente para cubrir las erogaciones resultantes de la presente ley.

ARTÍCULO 10°— De forma.

 

FUNDAMENTOS

 Sr. Presidente:

El presidente de la Nación Javier Milei acaba de ratificar que no implementará el Fondo de Compensación Salarial Docente que cobran actualmente siete jurisdicciones (Catamarca, Chubut, Corrientes, Jujuy, La Rioja, Misiones, y Santiago del Estero) para llegar al mínimo salarial,  el FONID (Fondo Nacional de Incentivo Docente), los ítems salariales de conectividad y material didáctico, los programas educativos nacionales (incluyendo la extensión de la jornada escolar), el Fondo de Infraestructura y la asistencia a los comedores escolares, entre muchos otros ítems de las llamadas transferencias no automáticas, entre los que vale mencionar, además, el apoyo a la gestión educativa en la escuela primaria o el apoyo a las obras de saneamiento y agua potable.  De igual forma, desde su asunción, el gobierno nacional de Milei y la ministra de Capital Humano, Sandra Pettovello, dejaron de distribuir alimentos a los comedores populares.

Se trata de un ataque irreparable contra la educación pública y la comunidad educativa. Este recorte, que se aplica fundamentalmente sobre las necesidades de la población que vive con salarios e ingresos sociales, como lo ejemplifica el hecho también de que –según la Oficina de Presupuesto del Congreso de la Nación Argentina– los únicos gastos del Estado nacional que se redujeron en el mes de enero 2024 fueron las erogaciones por jubilaciones (32.5%), programas sociales (56.6%) y personal (18%). En contraposición, en clara demostración de que los recortes no son contra la casta que tanto pregona el presidente de la Nación, el pago de intereses de la deuda externa creció en un 199%, y se mantienen sin tocar los miles de millones de dólares por vía de subsidios y exenciones que favorecen a capitalistas y especuladores financieros, como los siguientes rubros, sólo a modo de ejemplo:

  • La minería extractivista mantiene su Ley de Inversiones Mineras – 24.196, gracias a la cual recibe los siguientes privilegios:  1- Doble deducción de los gastos de exploración  : Devolución anticipada y financiamiento de IVA 2 -Estabilidad fiscal y cambiaria ; amortización acelerada para las inversiones de capital  3-Exenciones de aranceles y tasas aduaneras 4-Reintegro por gastos para crear un Fondo de Conservación del Medio Ambiente; 5-Exención de ganancias,  6 – Tope del 3% en pago de Regalías, 7-Exención del impuesto a la ganancia mínima presunta, 8 -Exención de contribución sobre la propiedad minera (productos, establecimiento, maquinaria, vehículos, etc.), 9 – Reembolsos por puerto patagónico, 10- Exención del impuesto al cheque (Decreto Nº613/2001), 11- Deducción del 100% del impuesto a los combustibles líquidos, 12-Transferencia al exterior de capital y ganancias en cualquier momento y sin pagar cargas o impuestos sobre dichas transferencias; 13-No están obligados a liquidar divisas en el país , 17 -Declaración jurada desde el exterior
  • La Renta Financiera mantiene la promoción industrial en Tierra del Fuego, la industria del software, no pagan impuesto a las ganancias. Empresas como Techint, el grupo Eurnekian y Macri, tienen esquemas impositivos especiales que permiten evadir pagos en el país bajo la maniobra de evitar la doble imposición.

Según el Observatorio de Argentinos por la Educación, el FONID eliminado representaba el 14,16% del presupuesto educativo nacional en 2023, el segundo mayor gasto en ese rubro de parte del Estado nacional, y las provincias anuncian que ello implicará una reducción salarial del orden del 15% para los magros ingresos de las y los docentes, siendo el salario mínimo docente actualmente (febrero del 2024) de $250 mil pesos, la mitad del costo de la canasta básica para no ser pobre. Las medidas adoptadas por el Poder Ejecutivo buscan agravar esta situación completamente inaceptable.

En defensa del salario docente en todo el país, vulnerado por el gobierno nacional y por el conjunto de los gobernadores, que desde una punta a la otra se encuentra por debajo de la línea de la pobreza, en un contexto de una híper inflación en desarrollo, y luego de que el gobierno precedente dejó la inflación anual en un 211,4%, presentamos este proyecto para que se restituyan de forma inmediata y completa el FONID a los bolsillos de las y los docentes , todos los recortes en educación que se señalan en estos fundamentos, y se actualicen las sumas hasta alcanzar un piso salarial indexado que cubra la canasta básica. Este planteo salarial que hacemos en el presente proyecto de ley es un planteo de emergencia en función de la perspectiva de que las y los docentes cuenten con un salario básico unificado nacional igual a la canasta familiar en camino a la necesaria nacionalización del sistema educativo argentino.

La miseria salarial a la que este gobierno pretende condenar a las y los trabajadores de la Educación es un golpe atroz a la educación pública y gratuita. El pluriempleo, al que se ven sometidos las y los docentes de todas las jurisdicciones por los bajos salarios, se verá incrementado, y, por lo tanto, las condiciones de trabajo afectarán, inexorablemente, las condiciones en el aula. La defensa de la educación pública es indisociable de un salario para todos las y los trabajadores de la Educación que cubra la canasta básica total fijada por el INDEC.

Por todo lo expuesto, se invita a las y los diputados a acompañar el presente proyecto.

 

Romina Del Plá

Nicolas del Caño

Myriam Bregman

Alejandro Vilca

Christian Castillo

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

PROYECTO DE RESOLUCION: Pedido de Informes a la ministra de seguridad Patricia Bullrich. EXPTE N°5171-D-2023

05/02/2024

Dirigirse al Poder Ejecutivo Nacional a fin de que, conforme lo establecido por el Artículo 204 del Reglamento de la Honorable Cámara de Diputados de la Nación, y en virtud de lo señalado en el Artículo 71 de la Constitución Nacional, se cite de forma urgente a la ministra de seguridad Patricia Bullrich, para que concurra al recinto de esta Cámara a los efectos de brindar explicaciones respecto de la brutal represión desatada los días 31 de enero y 1° de febrero por las fuerzas federales a su cargo sobre ciudadanos que manifestaban pacíficamente, jubilados, asambleas populares y organizaciones sindicales, sociales y políticas, sobre decenas de periodistas y aún sobre diputados de esta Cámara.

 

FUNDAMENTOS

Sr. Presidente.

Traemos a consideración de esta Cámara un proyecto de interpelación urgente a la ministra de Seguridad, Patricia Bullrich, a fin de que brinde explicaciones respecto de la feroz represión a su cargo los días 31 de enero y 1°de febrero del corriente por las fuerzas federales en las inmediaciones del Congreso mientras esta Cámara de Diputados debatía la llamada Ley Ómnibus.

Como se ha visto de forma directa en diversos medios de comunicación durante todo el desarrollo de la jornada, efectivos de la Policía Federal, Prefectura y Gendarmería desataron una feroz represión sin ningún tipo de justificación hacia miles de personas reunidas con el objetivo de manifestarse pacíficamente contra los agravios que contienen la llamada “Ley Ómnibus”, con centenares de artículos que se pretenden sancionar y que afectarían gravemente a la mayoría de los trabajadores y trabajadoras de nuestro país.

Este violento accionar, que se desarrolló bajo las órdenes de la ministra de seguridad de la nación, Patricia Bullrich, demuestra que la represión en la calle y en el propio predio de la Plaza de los dos Congresos, está orientada a cercenar no solamente el corte de calle sino también a suprimir la protesta social en cualquier de sus formas. La búsqueda de facultades delegadas que se pretende con esta ley, para gobernar por decreto, viene a dar legalidad a esta ambición de criminalizar, reprimir y cercenar los más elementales derechos.

 

La brutalidad de esta represión evidenciada en las más de 25 trabajadoras y trabajadores de prensa heridos por las balas de goma por hacer su trabajo, cercenando el derecho a la libertad de expresión e información; en el accionar del  grupo GOM de la Policía Federal, que con sus motos recorrió la Plaza del Congreso  disparando a mansalva, tirando gases lacrimógenos incluso sobre varios diputados y diputadas que nos acercamos con el fin de intervenir para frenar semejantes atropellos y en el brutal accionar sobre el abogado Matías Aufieri, integrante del Centro de Profesionales por los Derechos Humanos (Ce.Pro.DH.) y del Encuentro Memoria, Verdad y Justicia, y asesor del Bloque del Frente de Izquierda y de los trabajadores-Unidad, quien sufrió un balazo en el ojo y  fue operado en el día de hoy con diagnostico reservado. También la represión al diputado Alejandro Vilca, del mismo bloque del Frente de Izquierda, que en ocasión de haberse acercado a llevar solidaridad a los manifestantes fue atacado por las fuerzas de seguridad con gases lacrimógenos químicos; de Vanina Biasi, diputada rotativa electa, con cuatro impactos de bala de goma y Eduardo Belliboni que fue hospitalizado, entre decenas de manifestantes que atiborraron guardias de hospitales y del instituto del quemado ante el efecto lesivo agudo de un nuevo gas pimienta.

La consecuencia directa han sido al menos 60 heridos por las balas de goma. Sin embargo, son centenares los afectados por gases arrojados con el fin de provocar a los manifestantes y que según se ha denunciado contienen componentes desconocidos hasta ahora para los médicos que durante horas atendieron a los afectados con químicos que provocan importantes quemaduras en la piel.

Exigimos que se clarifique que tipo de químicos se arrojó contra los manifestantes pacíficos.

Denunciamos que las fuerzas Federales no tienen atribuciones dentro de la Ciudad de Buenos Aires, en la que no rige el ilegítimo protocolo de la ministra Bullrich.

Repudiamos las detenciones completamente arbitrarias producidas sobre la militante radical Ivanna Bunge junto a tres mujeres que se solidarizaron con ella, así como las de los militantes del Partido Obrero Víctor Da Vila y Martin Rodríguez en la Provincia de Mendoza.

En ese sentido, es importante que esta Cámara de Diputados de la Nación se pronuncie claramente rechazando la represión, y ratifique el derecho del pueblo argentino a ejercer la libertad de expresión, de opinión y de protesta.

Por todo lo expuesto, solicitamos su acompañamiento para la citación de manera urgente de la ministra, aprobando este Proyecto de Resolución.

 

Firmantes

Romina Del Plá

Nicolás del Caño

Myriam Bregman

Alejandro Vilca

Christian Castillo

Carlos Daniel Castañeto

María Eugenia Alianiello

 Eduardo Leandro Toniolli