DECLARENSE DE UTILIDAD PUBLICA Y SUJETAS A EXPROPIACION LAS VIAS DE ACCESO Y LAS TIERRAS PROPIEDAD DEL EMPRESARIO INGLES JOE LEWIS EN LAGO ESCONDIDO, PROVINCIA DE RIO NEGRO

07/05/2025

EXPTE N°2029-D-2025

ARTÍCULO 1°— Declárense de utilidad pública y sujetas a expropiación las vías de acceso al Lago Escondido, Provincia de Río Negro en consonancia con la sentencia 64/2009 del Tribunal Superior de Justicia de Río Negro, ratificada por el juzgado Civil 3 de Bariloche en 2013,y nuevamente en 2022 por la Cámara de Apelaciones en lo Civil, Comercial, Familia, de Minería y Contencioso Administrativo de Bariloche, tras varios años de analizar el expediente que establece que la provincia debe habilitar y darle condiciones de transitabilidad y señalamiento a dos vías: el sendero de montaña y el camino Tacuifí.

ARTÍCULO 2°— Declárase de utilidad pública y sujetos a expropiación los bienes y las 12.000 hectáreas de tierras contenidas en las actuales propiedades del empresario Inglés Joe Lewis en la zona de Lago Escondido, Provincia de Río Negro, los que deberán ser de uso público bajo el control de representantes electos de movimientos sociales, ambientales y de los pueblos originarios.

FUNDAMENTOS

Sr. Presidente:

Traemos nuevamente a consideración este Proyecto de Ley, el cual fue presentado por la diputada nacional Romina Del Plá en el periodo parlamentario 2023 y acompañado por otro/as Sres/as diputados/as, ya que creemos de suma importancia poner de manifiesto una vez más un tema que, lejos de perder vigencia toma más fuerza para ser tratado. Por un lado, porque la justicia ya se ha pronunciado sobre el mismo y sin embargo se sigue actuando con total impunidad, y por el otro, el agravamiento de la persecución contra aquellos que se manifiestan en defensa de, nuestras tierras y las libertades democráticas, en particular, la persecución al pueblo Mapuche desnuda la política represiva del gobierno de Javier Milei y ejecutada por Patricia Bullrich, y los intereses que defienden.

A continuación, reproducimos los fundamentos del proyecto de ley presentado bajo Expte. N°0263-D-2023

La reciente represión con patotas a los manifestantes que intentaban llegar al Lago Escondido, Provincia de Río Negro, por el camino Tacuifí, con la complicidad del gobierno provincial, volvió a revelar el enorme poder del empresario inglés Joe Lewis y la impunidad con la que actúan sus patotas.

El Artículo 73 de la Constitución de Río Negro, establece el libre acceso de todos los ciudadanos a los espejos de aguas y a sus riberas. La sentencia 64/2009 del Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de Río Negro estableció que la provincia debe habilitar y darle condiciones de transitabilidad y señalamiento a dos vías: el sendero de montaña y el camino Tacuifí.

En septiembre de 2022, luego de 17 años de batalla legal desde que se inició el amparo, 25 jueces y juezas pasaron por la causa, entre recusaciones y denuncias ante el Consejo de la Magistratura. La primera sentencia favorable 13 años atrás tuvo innumerables apelaciones en el medio, idas y vueltas entre el juzgado, el Superior Tribunal de Justicia provincial, intentos de llevar la causa al fuero federal, hasta la Corte Suprema de la Nación.

Finalmente, en lo que parecía un fallo clave la Justicia ratificó una sentencia de 2013 que ordena a Joe Lewis y al Estado rionegrino a abrir un camino público de acceso al lago Escondido, uno que respeta al trazado histórico del sendero Tacuifí y que se realiza en media hora por ripio con automóvil. El único acceso que Lewis “autoriza” implica cuatro o cinco días de caminata por senderos de montaña, cruzando arroyos y haciendo noche en refugios. Por eso la comunidad local, referentes ambientales, territoriales y de esta larga lucha por el acceso al reservorio de agua glaciar, celebraron el fallo que definieron como un «triunfo del pueblo».

A partir del fallo de septiembre la Provincia de Río Negro tenía tres meses para garantizar que Lewis libere el acceso a Lago Escondido, habilitando el camino de acceso por el paraje Tacuifí, lindero a la ruta nacional 40, para llegar al espejo de agua que quedó cercado por la propiedad de Lewis en 1996, cuando adquirió las tierras, y que ese camino de ripio que nace en el paraje El Foyel quede debidamente señalizado y acondicionado. También se fijó plazo de un mes para hacer transitable y señalizar adecuadamente el camino de montaña. En lugar de esto el gobierno provincial apeló el fallo y desoyó el pedido judicial que ordenaba la custodia policial a los manifestantes reprimidos el 1° de febrero de este año. Así, dejó la zona liberada facilitando la golpiza de la patota de Lewis.

No es la primera vez que los funcionarios públicos están sospechados de connivencia con Lewis.

Según varias investigaciones, además de pagar una suma irrisoria por tierras de gran valor, para comprar su estancia, violando toda la normativa legal, Lewis contó con abogados y funcionarios, que facilitaron el trámite para quedarse con esas tierras. Según un informe de Alejandro Olmos Gaona (Río Colorado Informa 18/2/2020) el 19 junio del año 1996, el abogado Lisandro Allende, solicitó en su carácter de presidente de H.R. Properties Buenos Aires S.A. la autorización para la adquisición de tierras a la Comisión Nacional de Zonas de Seguridad (dado su carácter de área de frontera). La referida sociedad se había constituido el 19 de junio de 1994 en la Capital Federal e inscripto casi un mes después en la Inspección General de Justicia, siendo accionistas por partes iguales Alfredo Rovira y Miguel Gesuiti. De manera inusualmente veloz, el 2 de julio tal solicitud obtuvo dictamen favorable de la subdirectora y el director de la Unidad de Proyectos de Radicación, debido a que la peticionante era una persona jurídica argentina, con un presidente argentino, siendo autorizada finalmente por el presidente de la Comisión Nacional de Zonas de Seguridad. El trámite se completó el 22 de agosto, cuando la Unidad de Proyectos de Radicación, confirmó la autorización concedida, con relación a una mayor superficie del terreno a adquirir, que de conformidad con el plano definitivo era de 8.063 hectáreas.

Aunque la presentación había sido hecha a nombre de la referida empresa, un mes antes, el 5 de mayo, Properties Buenos Aires S.A. se había convertido en HIDDEN LAKE S.A. cuyas 11.999 acciones estaban en poder de una sociedad británica denominada Lago Corp. Representada por Alfredo Rovira y Charles Barrington Lewis con 1 acción, quien es ciudadano inglés. Esta sociedad con nombre distinto realizó la escritura de la propiedad a su favor, inscribiéndola en el Registro de la Propiedad de Río Negro, consignando que la misma se encontraba en zona de seguridad de fronteras. Es decir, se autorizó a una sociedad y se inscribió a nombre de otra.

Cuando el Dr. Allende inició el trámite para obtener la aprobación de la Comisión Nacional de Zonas de Seguridad, lo hizo a sabiendas que la sociedad estaba constituida por capitales extranjeros, falseando los datos suministrados a la autoridad pública, lo que permitió celebrar una escritura en clara infracción a las disposiciones del Decreto Ley 15.385/44, ratificado por la Ley 12.913, ya que la norma citada creó en todo el territorio argentino zonas de seguridad destinadas a reforzar las previsiones territoriales de la Defensa Nacional, que corresponden a espacios geográficos que presentan un valor estratégico para la defensa de la integridad territorial de la Nación. El artículo 4º del Decreto citado establecía: “Declárase de conveniencia nacional que los bienes ubicados en las zonas de seguridad pertenezcan a ciudadanos argentinos nativos. El Poder Ejecutivo podrá declarar de utilidad pública y expropiar los bienes que considere necesarios, como también dictar normas en el futuro respecto a los mismos, a propuesta del Consejo de Defensa Nacional. Igualmente podrá exigir que la venta, transferencia o locación de los bienes situados en ciertas zonas de seguridad de fronteras, no se realice sin obtener antes la conformidad de la Comisión Nacional de Zonas de Seguridad respecto a la persona del adquirente o locatario”. A los efectos de la autorización establecida en la norma citada el Decreto Ley 32.530/48, puntualizaba en su art. 1º «A los efectos de la previa autorización a que se refiere el artículo 49 del Decreto 15.385/44 (ley 12.913) los funcionarios que intervengan en todo acto que importe transmisión de dominio, arrendamiento o cualquier forma de constitución de derechos reales o personales en virtud de los cuales deba entregarse la posesión o tenencia de inmuebles en la zona de seguridad, tendrán en cuenta la conveniencia de que todos los habitantes sean argentinos nativos sin antecedentes desfavorables o argentinos naturalizados con comprobado arraigo al país o por excepción, a extranjeros de reconocida moralidad y cuyo afincamiento a las tierras que ocupan puedan considerarse como definitivo, con familia argentina (esposa argentina y/o hijos argentinos) o para establecerse con empresas o industrias de importancia para la economía del país” En este caso, no se daba ninguna de las circunstancias fijadas en las normas citadas, ya que ninguno de los integrantes de la sociedad extranjera Hidden Lake S.A, estaban casados con mujeres argentinas, ni tenían hijos argentinos, ni tampoco se establecían con una empresa o industria de importancia para la economía del país. Era solamente una sociedad británica que compraba tierras en zonas vedadas a los nativos de esa nacionalidad, y en una evidente infracción a la ley. Pero además obtenida a través de una maniobra claramente fraudulenta, disfrazando de nacional a lo que era una sociedad integrada por personas físicas y jurídicas extranjeras.

Continuando con la maniobra ilegal, en el mes de septiembre el ciudadano británico Charles Barrington Lewis, se presentó en representación de los intereses de Hidden Lake S.A. solicitando ante la Comisión de Zonas de Seguridad, mediante un trámite abreviado, dos autorizaciones adicionales para la aprobación de la compra de 2760 hectáreas más en la misma zona de seguridad de fronteras. Manifestó que la sociedad no había variado la composición de su Directorio, ni la integración de su capital social. Esto era cierto en ese momento, pero el detalle fundamental, es que como mencionara anteriormente la sociedad había cambiado su capital social, que era distinto a los declarados en el momento de pedir la primera autorización para la compra de las tierras.

El 10 de diciembre, Charles Barrington Lewis, uno de los socios de Hidden Lake informó a la Superintendencia Nacional de Fronteras- Comisión Nacional de Zonas de Seguridad que el 29 de agosto había sido modificado el Directorio y el quedaba como único director, en razón de lo cual y a pesar de los antecedentes existentes de la modificación societaria el 13 de diciembre se autorizó finalmente la compra.

Debido a una prolija investigación llevada a cabo, y debido a que los antecedentes mostraban la violación de la ley en las compras de las tierras, a través de una maniobra fraudulenta, el Ministerio Público Fiscal efectuó una denuncia el 2 de noviembre de 2012, haciendo presente que la maniobra no podría haber sido realizada, sino a través de un plan concertado entre los controlantes de la sociedad beneficiada y los funcionarios públicos que intervinieron en el trámite, a través de una operación engañosa llevada a cabo por los ciudadanos extranjeros y aquellos que tenían la obligación de defender la integridad territorial de la Nación. El 15 de septiembre de 2021 la Sala 3era de la Cámara Federal de Casación, con la firma del juez Carlos Alberto Mahiques, confirmó el sobreseimiento de los imputados mediante la prescripción de la acción penal. Está claro que no estamos en presencia de una mera interpretación del derecho a transitar para acceder al Lago Escondido, lo que ya ha sido fundamentado por la Justicia provincial sino del abuso de poder de un ciudadano extranjero que cometió y comete delitos para acrecentar su riqueza.

La extranjerización de tierras en Argentina a través de testaferros o a nombre de sociedades con asiento en paraísos fiscales es de tal magnitud que afecta la soberanía del país. Según un informe de ATE (Concentración y extranjerización de la tierra en Argentina) 900.000 son las hectáreas que pertenecen a la Compañía Tierras del Sud Argentina de Benetton, a las que deben sumarse algunas usurpadas en las provincias de Chubut y Santa Cruz. – 600.000 hectáreas son administradas por la empresa “Nieves de Mendoza” propiedad del grupo Walbrook de Gran Bretaña. – 330.000 del grupo chino Heilongjiang Beidahuag. – Joseph Lewis es propietario de sólo 38.000 hectáreas, pero dentro de esas tierras, ilegalmente posee cautivo al Lago Escondido al que nadie puede tener acceso.

 Más de 12,5 millones de hectáreas se encuentran en manos de extranjeros, de las cuales casi dos millones son de firmas radicadas en paraísos fiscales. Las dos localidades con mayor nivel de extranjerización del país son salteñas. Se trata de San Carlos, un área declarada “lugar histórico nacional” en los Valles Calchaquíes (con el 58% de su territorio extranjerizado), y el departamento de Molinos (con el 57% de extranjerización). En el primer caso, la mayoría de las tierras extranjerizadas está en manos de una sociedad radicada en Uruguay, mientras que en el segundo un 47% está en manos de estadounidenses y otro 10% en manos suizas. Siguen en el Rankin de áreas con mayor nivel de extranjerización General Lamadrid, en La Rioja, con el 57% de extranjerización; la localidad de Lácar en Neuquén con el 53%y Campana en Buenos Aires con el 50,7% según los datos del Registro Nacional de Tierras Rurales.

La ley 26.737 de 2011 se limita a establecer un control y limita a los extranjeros a comprar hasta 1000 hectáreas, pero no toca para atrás el acaparamiento realizado. Una política que declara intocables los derechos del capital extranjero incluso más allá de los procedimientos utilizados para alcanzarlos refleja un régimen de clase completamente subordinado a este capital.

Qué diferencia con el trato que reciben los pueblos originarios, en Mascardi provincia de Río Negro y que velocidad la del gobierno nacional para desalojar y encarcelar a mujeres mapuches con niños que ni siquiera estaban en predios privados. O asesinar directamente a Santiago Maldonado y Rafael Nahuel, en este caso durante el macrismo. Se trata de la continuidad histórica de un proceso iniciado en la conquista, que encontró su punto más álgido con la presidencia de Julio Argentino Roca y la campaña del general Benjamín Victorica al Chaco. Es preciso destacar este tipo de masacres de 1880 a esta parte, han existido muchas, para citar algunas, no podemos olvidar la que se gestó bajo el gobierno de Hipólito Irigoyen en Formosa sobre el pueblo Pilagá en 1919, Napalpí en 1924, de El Zapallar en 1933 ni la de Rincón Bomba en 1947 bajo el gobierno del Gral. Perón.

«El acceso a la Tierra y la vivienda digna, que el artículo 14 bis de la Constitución Nacional y la Ley 26.737 consagra a todos los ciudadanos y ciudadanas, no se aplica y hasta el día de hoy no se garantizan estos derechos legales y constitucionales. Acudimos a un constante replicar de un discurso punitivista, criminalizador y estigmatizante que acorrala las acciones que nacen desde el hartazgo, movilizando la rancia costumbre de desempolvar la Constitución solo cuando de defender privilegios se trata» (Ídem ATE).

La colusión de intereses entre el capital extranjero, los funcionarios gubernamentales y el poder judicial se puso de manifiesto en el reciente escándalo por la reunión que mantuvieron en la propiedad de Lewis los jueces Julián Ercolini, Pablo Cayssials y Pablo Yadarola y el mismo Carlos Mahiques, autor del fallo favorable a Lewis, junto al procurador general de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, Jan B. Mahiques, el ministro de seguridad porteño Marcelo D’Alessandro, el ex agente de Inteligencia Leonardo Bergroth y el consultor Tomás Reinke. Tambien participaron el presidente del grupo Clarín, Jorge Rendo, Pablo Casey, directivo del mismo grupo y sobrino de Hector Magnetto.

La filtración del grupo de chat que integraban puso de relieve la intención de apelar a todo tipo de maniobras delictivas para ocultar la reunión y sus propósitos, incluyendo facturas truchas que justificasen el uso de un avión privado y el hospedaje en el lugar.  Las facturas pretendían presentar los costos astronómicos del “paseo “como salidos de los bolsillos propios y no como dádivas recibidas de un personaje poderoso. “No podemos decir que nos regalaron el vuelo” afirma el Juez Cayssials en los chats. Por los mismos también pudieron conocerse las gestiones que el ahora ex jefe de asesores del presidente Fernández ofreció para evitar la difusión del tema en el oficialista canal C5N, lo que le costó el cargo. Lago Escondido es el retrato fiel de la descomposición del régimen social en que vivimos, de sus instituciones y de la sujeción absoluta de las mismas a los intereses del capital.

Por todas estas razones y por la manifiesta ilegalidad del conjunto de las operaciones que llevaron a Lewis a apropiarse de 12.000 hectáreas en zonas reservadas y vedadas a extranjeros, impidiendo además el acceso público a un espejo de agua, derecho amparado por la Constitución y leyes nacionales y provinciales, solicitamos se declare estos predios de utilidad pública y sujetos a expropiación.

Solicitamos a las señoras diputadas y a los señores diputados acompañen este proyecto de ley.

Vanina Biasi

Nicolás Del Caño

Christian Castillo

Alejandro Vilca

Vilma Ripoll

 

ANULACION DE LA RESOLUCION 347/2025 DEL MINISTERIO DE DEFENSA QUE IMPLICA EL DESPLIEGUE DE MEDIOS Y PERSONAL DE LAS FFAA EN LA «ZONA DE SEGURIDAD DE FRONTERAS NORTE Y NORESTE», DESDE EL 15 DE ABRIL AL 15 DE DICIEMBRE DEL 2025.

07/05/2025

EXPTE N°2059-D-2025

ARTÍCULO 1°- Anulase la Resolución 347/2025 (RESOL-2025-347-APN-MD) del Ministerio de Defensa, firmada por el ministro Luis Petri, por medio de la cual se establece el inicio de la “Operación Presidente Julio Argentino Roca”, u “Operación Roca”, que implica el despliegue de medios y personal de las Fuerzas Armadas en la “Zona de Seguridad de Fronteras Norte y Noreste”, desde el 15 de abril al 15 de diciembre del 2025.

ARTÍCULO 2°- Comuníquese al Poder Ejecutivo.

 

FUNDAMENTOS

Sr. Presidente

Traemos a consideración este proyecto de ley para solicitar a los miembros de este cuerpo el tratamiento de la anulación de la Resolución Ministerial 347/2025, firmada por el ministro de Defensa, Luis Petri. Dicha resolución constituye un grave reforzamiento represivo, que ilegalmente faculta a las Fuerzas Armadas para intervenir en la represión interna y limitar aún más las libertades democráticas.

El gobierno de Milei, mediante la denominada “Operación Presidente Julio Argentino Roca”, autorizó a miembros de las Fuerzas Armadas a detener personas en caso de delitos flagrantes. Aunque la medida se presenta bajo el argumento de combatir el narcotráfico y las redes de trata, los pilares que sostienen dichos negocios permanecen intactos. En realidad, este operativo busca reforzar los rasgos despóticos y represivos del Estado, en un contexto de intensificación de la crisis económica y creciente descontento social.

La medida se aplicará principalmente en las fronteras, donde las Fuerzas Armadas están desplegadas como parte del “Operativo Roca”, impulsado por el oficialismo y que también cuenta con la participación de la Gendarmería. El gobierno planea movilizar hasta 10.000 militares en las provincias de Salta y Jujuy. Este operativo se suma al Plan Güemes, promovido por el gobernador salteño Gustavo Sáenz junto a la ministra Patricia Bullrich, que se implementa desde 2024, habilitando la intervención de fuerzas represivas federales en el norte de nuestro país, y ya tiene como saldo el asesinato de un trabajador bagayero a manos de la Gendarmería, Fernando Gómez, por cuyo crimen hay cinco gendarmes imputados.

El gobierno justifica esta política como parte de la lucha contra el narcotráfico, mientras que ha implementado un blanqueo que permitió a grandes delincuentes legalizar su dinero ilícito; en contra de la trata de personas, mientras que la ministra Bullrich participa en el encubrimiento de los responsables de la desaparición del niño Loan; y contra el contrabando, mientras mantiene en marcha los negocios capitalistas relacionados con el contrabando de drogas y granos en los puertos y la Hidrovía.

Además, esta política se alinea con el enfoque de “fortalecimiento fronterizo” y medidas antimigrantes promovidas por su aliado Donald Trump. En este marco, Milei busca crear un enemigo interno para dividir a los trabajadores, culpando a los extranjeros por los negocios ilegales en la frontera. Experiencias de países como México y Colombia, donde esta política promovida por el Pentágono ha generado narcomilitares y un aumento de la violencia, evidencian los riesgos de la militarización de la seguridad pública.

El oficialismo busca reforzar el poder represivo del Estado para intimidar a los trabajadores en un contexto de aumento de las luchas obreras y garantizar la imposición de su plan de ajuste en beneficio de los capitalistas y el FMI.

Simultáneamente, esta medida coincide con la llegada al país del jefe del Comando Sur de Estados Unidos, Alvin Holsey, quien tiene programadas reuniones con el ministro de Defensa, Luis Petri, y con el jefe del Estado Mayor Conjunto argentino, Xavier Isaac. No parece casual, dado que el gobierno estadounidense tiene interés en establecer una base militar en Ushuaia.

La Resolución 347/2025 no solo es absolutamente cuestionable respecto de falta de legalidad y efectividad, sino que tiene graves implicaciones para los derechos civiles. La medida, basada en «reglas de empeñamiento» reservadas, levanta sospechas sobre su compatibilidad con las leyes vigentes y el Código Procesal Penal. Expertos legales advierten que esta autorización podría ser inconstitucional, ya que la detención de civiles corresponde exclusivamente a las fuerzas de seguridad.

Además, la resolución carece de definiciones claras sobre las responsabilidades de las Fuerzas Armadas en estas detenciones, lo que podría generar confusión y abusos de poder. La ambigüedad en la cadena de mando también plantea preocupaciones sobre quién supervisará las acciones militares y cómo se garantizará el respeto a los derechos humanos de los detenidos.

La Resolución 347/2025 vulnera derechos fundamentales. Permitir que las Fuerzas Armadas detengan civiles representa una restricción indebida de la libertad personal, especialmente si no se respetan las garantías procesales. Si estas detenciones se realizan sin normas legales estrictas y supervisión judicial, podrían violarse el derecho a un juicio justo y las leyes que protegen a los ciudadanos. Además, estas operaciones militares en áreas civiles podrían implicar registros o vigilancia que atenten contra la privacidad.

Rechazamos la participación de las Fuerzas Armadas en tareas de “seguridad interior”, cuyo objetivo de fondo es la militarización social y un reforzamiento represivo contra el pueblo trabajador. Estamos ante una medida claramente inconstitucional y contraria a numerosos tratados internacionales de derechos humanos ratificados por Argentina.

Por todo lo expuesto solicitamos a las Sras. Diputadas y a los Sres. Diputados acompañar el presente Proyecto de Ley.

Vanina Biasi

Vilma Ripoll

Nicolás Del Caño

Christian Castillo

Alejandro Vilca

EXPRESAR REPUDIO POR GESTOS INTIMIDATORIOS DEL ASESOR PRESIDENCIAL SANTIAGO CAPUTO HACIA EL REPORTERO GRAFICO ANTONIO BECERRA PEGORARO DEL DIARIO TIEMPO ARGENTINO 

07/05/2025

EXPTE N°2069-D-2025

Repudiar los graves hechos ocurridos en la noche del martes 29 de abril en la sede del Canal de la Ciudad, donde el asesor presidencial Santiago Caputo intimidó con gestos y actos amenazantes al reportero gráfico Antonio Becerra Pegoraro del diario Tiempo Argentino, quien estaba realizando su trabajo de cobertura del debate de candidatos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Repudiar la justificación y aval de estas actitudes por parte del presidente Javier Milei y del vocero presidencial Manuel Adorni.

Denunciar que no es la primera vez que el asesor presidencial, Caputo, tiene actitudes agresivas y amenazantes y que desde los principales voceros del gobierno se alienta la agresión a trabajadores de prensa y se atacan sus derechos.

Brindar completa solidaridad al reportero gráfico Antonio Becerra Pegoraro.

FUNDAMENTOS

Sr. Presidente:

En la noche de ayer, martes 29 de abril se realizó en el Canal de Ciudad, el Debate de las y los candidatos por las elecciones legislativas de la Ciudad de Buenos Aires.

En ese marco, en el ingreso, el asesor presidencial Santiago Caputo tuvo nuevamente una actitud que merece ser repudiada por este cuerpo contra el reportero gráfico Antonio Becerra, de Tiempo Argentino, quien realizaba nada más y nada menos que su trabajo. Becerra no hizo más que retratar con su cámara la llegada al debate de las y los invitados entre los que se encontraba Santiago Caputo.

El asesor “estrella” — como lo llaman— tras llegar al Canal de la Ciudad, donde se realizó el debate, y notar que estaba siendo apuntado por la cámara, alzó su mano para tapar la lente, luego tomó el carnet del reportero gráfico Antonio Becerra, para ver sus datos, y le sacó una foto con su teléfono, en la antesala del estudio y le dijo: ‘Vos sos un desubicado’, relató el fotógrafo a Tiempo Argentino.

Esta actitud intimidante es un claro amedrentamiento agravado por la posición de poder que ocupa Caputo en el organigrama del Ejecutivo —a pesar de no tener un cargo público, el presidente recientemente lo definió como “segunda instancia de control político”, por encima de Guillermo Francos—.

No es la primera vez que Santiago Caputo tiene una actitud patoreril. Este año, en febrero pasado, interrumpió abruptamente una entrevista de Javier Milei con Jonathan Viale luego de que estallara el escándalo por la criptomoneda $LIBRA, para decirle algo al oído al presidente y condicionar la entrevista.

Otro de los hechos de gravedad que protagonizó Santiago Caputo fue en el Congreso Nacional durante la Apertura de Sesiones Ordinarias, el 1° de marzo, donde agredió y amenazó al diputado Facundo Manes, en un evento fuertemente regimentado por parte del oficialismo, con graves medidas restrictivas contra los trabajadores de prensa, que incluyeron patoteadas y agresiones a periodistas para “liberar la zona” al asesor presidencial en el momento en que iba al encuentro del mencionado diputado.

En esa línea de agresiones el mismo martes, en la red social X, Javier Milei publicó un fuerte mensaje donde insistió con la idea de que la gente «no odia lo suficiente a los periodistas».

La semana pasada, Milei ya había apuntado contra la prensa, al atacar a lo que denominó «periodismo pautero». “90% del periodismo argentino miente de forma descarada con intencionalidad política”, manifestó.

Así lo respaldaron desde el ministro de economía Luis Caputo, hasta el vocero presidencial Manuel Adorni, quien también es candidato a legislador y quien fue acompañado al debate por Santiago Caputo como parte de su equipo de campaña.

Estas manifestaciones y los ataques contra el derecho a la libertad de prensa por parte del presidente y de los funcionarios del Gobierno Nacional, que en forma reiterada alientan todo tipo de accionar violento, se viene traduciendo en atentados contra la integridad física de trabajadores de prensa y periodistas. Recordemos el ataque físico sufrido por el periodista Roberto Navarro, quien el pasado lunes 21 de abril, mientras se encontraba en el centro de la Ciudad de Buenos Aires, fue agredido violentamente en la vía pública por parte de una persona que le propinó un fuerte golpe en la cabeza y por la espalda sufriendo un grave traumatismo.

Asimismo, el reportero gráfico Pablo Grillo continúa internado en terapia intensiva por la grave lesión sufrida en la cabeza por parte de la Gendarmería Nacional comandada por Patricia Bullrich.

El Gobierno Nacional ordenó el despido al fotógrafo Kaloian Santos Cabrera, quien fuera el encargado de aportar la primera foto que permitió identificar al gendarme agresor que le disparó a Pablo Grillo el 12 de marzo, mientras cubría la marcha de jubilados frente al Congreso de la Nación. También despidieron al periodista Fabian Waldman del canal Diputados TV (DTV) y a la periodista y locutora Natalia Maderna luego de 17 años de trabajo en Radio Nacional.

Estos hechos no son aislados. Es un patrón de disciplinamiento, de castigo al que muestra, al que incomoda, al que no se calla. Amenazan a la prensa porque mostrar la realidad pone en jaque a un gobierno que, por más que quiera mostrarse sólido y que está resolviendo los problemas de la población, es un gobierno fracasado, que tuvo que recurrir al FMI como recurso desesperado para evitar un default y llegar a las elecciones de octubre.

Estos hechos, no pueden pasar desapercibidos y como se dijo anteriormente merecen ser enérgicamente repudiados: en defensa de la libertad de expresión, en defensa de las libertades democráticas, en defensa de la libertad de prensa y de los trabajadores de prensa.

Por todo lo expuesto, solicito a las y los. diputados el acompañamiento del presente Proyecto de Resolución.

Vanina Biasi

Nicolás Del Caño

Christian Castillo

Alejandro Vilca

Vilma Ripoll

 

 

 

Emergencia Presupuestaria de las Universidades Nacionales y del sistema de Ciencia y Técnica

07/05/2025

Artículo 1. Declárese la emergencia presupuestaria del sistema universitario nacional y del sistema de Ciencia y Técnica para el ejercicio 2025.

Artículo 2. En el marco de la emergencia declarada en el artículo 1 se deberá garantizar la recomposición de la pérdida presupuestaria del sistema universitario nacional ocurrida en el año 2024 (que recayó fundamentalmente en una rebaja de los salarios docentes y no docentes). Se ordena que los básicos de convenio y todos los adicionales percibidos en noviembre de 2023 sean remunerativos y bonificables, y que los mismos se los actualice en una sola cuota de acuerdo al porcentaje que surja de la variación del IPC nacional acumulado desde el publicado para noviembre de 2023 y abril de 2025. A partir de dicho nivel deberá existir una indexación mensual en base a la variación del IPC nacional, que operará como piso para las mejoras salariales que puedan obtenerse en las negociaciones paritarias.

El nivel alcanzado en el párrafo precedente, tanto lo destinado a gastos salariales, gastos generales y de funcionamiento, deberá ser tomado como punto de partida para la actualización del presupuesto universitario del ejercicio 2025.

Esta actualización será mensual y como mínimo deberá equivaler a la variación del índice general de precios al consumidor (IPC) que elabora el Instituto Nacional de Estadística y Censos (Indec).

Artículo 3. A la actualización prevista en el artículo 2 deberá agregarse una partida de crédito especial destinada a garantizar el salario de todos aquellos docentes universitarios que trabajan gratis bajo la figura fraudulenta de “ad honorem” y otras figuras similares que encubren el trabajo docente gratuito, y de una correcta designación de los cargos de acuerdo a las tareas efectivamente realizadas y el título alcanzado, eliminando la subrogación de los mismos. Dicha partida destinada a la regularización de cargos deberá incorporarse a los gastos ordinarios del presupuesto universitario.

A los fines de dar cumplimiento a lo establecido en el párrafo precedente, cada universidad nacional deberá realizar un censo de todo el personal docente y establecer la cantidad de cargos “ad honorem” o similares y subrogados para su regularización salarial, en un plazo no mayor a 30 días corridos desde la sanción de la presente ley.

Artículo 4. En el marco de la emergencia declarada en el artículo 1 se deberán cuadruplicar las partidas presupuestarias asignadas al sistema nacional de Ciencia y Técnica, para la recomposición de la pérdida de 2024 y garantizar la actualización mensual del ejercicio presupuestario 2025 en base a la variación del IPC nacional. Esta actualización mensual no podrá ser en ningún caso inferior a la variación del IPC y actuará como piso para las mejoras salariales que puedan obtenerse en las negociaciones paritarias.

Artículo 5. El Poder Ejecutivo destinará una partida especial para abonar en un sólo pago remunerativo al personal docente y no docente universitario y del personal científico y técnico, todo lo perdido en salarios en forma acumulada respecto de la inflación durante el año 2024 y hasta el mes de la sanción de la presente ley.

Artículo 6.- Actualícense las partidas presupuestarias asignadas a todos los programas de becas estudiantiles por la variación acumulada del Índice de Precios al Consumidor (IPC) informado por el Instituto Nacional de Estadística y Censos (INDEC) en el periodo comprendido entre el 10 de diciembre de 2023 hasta el momento de sanción de la presente ley. Las becas estudiantiles deben ser otorgadas todas y todos los estudiantes cuyo núcleo familiar perciba ingresos debajo de la línea de pobreza e incrementadas en monto en un 100% a partir de mayo de 2025. Posteriormente, se deberán actualizar de manera mensual en base a la variación del índice general de precios al consumidor (IPC) que elabora el Instituto Nacional de Estadística y Censos (Indec).

Artículo 7: Destínese una partida de fondos especiales de 3.000.000.000 (tres mil millones de pesos) para paliar el déficit operativo, sufrido entre diciembre 2023 y enero del 2025, de las obras sociales y direcciones de salud enmarcadas en la Ley N° 24.741. Se asignará un monto mensual de $10.000.000.000 (diez mil millones mensuales) indexados cada 30 días de acuerdo a la canasta de salud con afectación específica.

Artículo 8: Se asignará un monto de $100.000 millones (cien mil millones de pesos) para obras de infraestructura para su ejecución en este periodo fiscal con afectación específica.

Artículo 9: Se asignará un monto de $30.000 millones (treinta mil millones de pesos) para su ejecución en este periodo fiscal para las tareas de extensión y vinculación con afectación especifica.

Artículo 10 En el ámbito de CyT, el Poder Ejecutivo destinará una partida especial para garantizar el alta inmediata a quienes fueron seleccionados para ingresar a CIC (Carrera de Investigador científico) en 2022, el otorgamiento de becas extraordinarias para todos lxs ingresantes a CIC y la prórroga de las becas posdoctorales hasta la publicación de los resultados de los nuevos ingresantes a CIC.

Artículo 11. Los fondos para garantizar la actualización de las partidas presupuestarias previstas en la presente ley provendrán en lo inmediato de Rentas Generales del Tesoro Nacional, sobre la base de recursos que hoy están destinados al pago de la deuda ilegal y fraudulenta con el Fondo Monetario Internacional y acreedores privados, de un impuesto extraordinario a la renta financiera, y de impuestos progresivos al capital hasta cumplir las necesidades emergentes de esta ley.

Fundamentos

Señor Presidente:

Estamos atravesando uno de los momentos más críticos del sistema universitario nacional y del sistema de investigación científica y técnica debido al deliberado desfinanciamiento que lleva adelante el gobierno de Milei. A inicios de 2024, como parte de un ajuste fiscal de dimensiones históricas, el gobierno de Milei congeló el presupuesto universitario al mismo tiempo que disparó la inflación a los niveles más altos de los últimos 30 años, superando el 280% de incremento interanual de precios.

De esta forma, mediante la licuación inflacionaria de jubilaciones, salarios, prestaciones sociales, asistencia social, salud, educación, servicios públicos, el Gobierno se propuso el objetivo de cumplir con las metas de reducción del gasto público exigidas por el Fondo Monetario Internacional (FMI). En esta decisión puso en peligro el funcionamiento de las universidades nacionales en lo que respecta al desarrollo de la educación superior que alcanza a 2 millones de estudiantes, así como también a la investigación científica.

Hemos denunciado oportunamente que solamente en el primer trimestre del año 2024 la caída en términos reales alcanzó al 33,2% en lo referido a los gastos ejecutados para universidades nacionales entre enero y marzo de 2024, con respecto a igual período de 2023, según la información de la Oficina de Presupuesto del Congreso. Asimismo, en el mismo período las transferencias a las universidades representaron $497.636 millones de pesos, o el 3,2% de los Gastos Totales, mientras que los intereses de deuda pública significaron el 18 % del gasto total, esto es, 5,5 veces el monto destinado a universidades, expresando cabalmente las prioridades de gestión. Este ajuste presupuestario se transformó en una rebaja del poder de compra de los salarios de docentes y no docentes, y puso en jaque la posibilidad misma del funcionamiento de las universidades. Tanto los rectores como los distintos referentes gremiales advertían que no se iban a poder seguir brindando clases en estas condiciones más allá del mes de mayo, ni poder comprar los insumos para la investigación, ni aplicar los proyectos de extensión, entre otras funciones fundamentales. La comunidad universitaria y la sociedad le puso un freno a Milei con la multitudinaria movilización del 23 de abril de 2024, de más de un millón de personas en todo el país defendiendo la universidad pública, gratuita, laica, el derecho a estudiar y a aspirar a una formación que mejore la calidad de vida.

Sin embargo, la respuesta del gobierno fue insuficiente. El incremento del 70 % otorgado por el Ministerio de Capital Humano en mayo de 2024 para los “gastos de funcionamiento” quedó notoriamente por debajo de la inflación, y consecuentemente de los costos a afrontar, y los salarios docentes y no docentes que representan más del 90% del presupuesto fueron ajustados muy a la baja. La universidad continuó funcionando, pero en forma cada vez más disfuncional. Con docentes que no llegan a fin de mes, prácticamente sin becas estudiantiles y sin un peso destinado a infraestructura.

La Asociación Gremial Docente de la UBA (AGD-UBA) sostiene que “el gobierno tuvo que ceder en parte del reclamo y aumentó el presupuesto para funcionamiento de las universidades, pero no actualizó los salarios al ritmo de la inflación. Recién en octubre, luego de la segunda marcha universitaria y las clases públicas de AGD UBA en Plaza de Mayo, incrementó la garantía salarial –que no representó una solución a la pérdida de salarios ni alcanzó a la totalidad de los docentes–. La garantía ya casi se esfumó porque los aumentos fueron siempre inferiores a la inflación. Por ejemplo, tuvimos 1,5% de aumento en enero frente a una inflación de 2,2%, de 1,2% en febrero, frente a una de 2,4% y, finalmente, del 0% en marzo, frente a una del 3,7%. Para recuperar lo perdido desde noviembre de 2023, necesitaríamos un aumento del 39%.” Ahora se definió un retroactivo a marzo y a abril del 1.3%, totalmente insuficiente, y un incremento de la garantía salarial de 19% que eleva el salario sólo de las categorías más bajas y de menor antigüedad.

En el caso de los trabajadores no docentes, los incrementos mínimos a través de la garantía salarial han significado un achatamiento del escalafón, al igual que en la docencia, y una profundización del proceso de sumas por fuera del salario básico, reduciendo los aportes al sistema previsional y de las obras sociales con el consecuente desfinanciamiento de los mismos.

Luego vimos al presidente Javier Milei en octubre pasado directamente vetando una ley de financiamiento universitario que obligaba a recuperar lo perdido solamente en el año 2024 y que implicaba apenas un gasto adicional de apenas el 0,14% del PBI, mientras por otra ventanilla habilitaba pagos de intereses de la usuraria deuda externa y garantizaba jugosos negocios especulativos con la bicicleta financiera a los fondos de inversión y los grandes capitalistas, con el dinero ajeno.

Después del veto se despertó una enorme lucha universitaria, con más de 100 tomas de facultades, asambleas y un movimiento estudiantil activo junto a los docentes y no docentes. Sin embargo, ni el CIN ni las conducciones de las federaciones docentes y no docentes convocaron a una tercera marcha universitaria para desarrollar la pelea contra el ajuste y unificarla junto a otros sectores de la clase trabajadora afectados por la motosierra y la licuación de sus ingresos, como los jubilados.

Es así que nos encontramos con un ajuste del presupuesto universitario del 25,3% en términos reales en sólo un año. En términos corrientes el programa destinado a “Desarrollo de la Educación Superior” pasó de $1.357.941,09 millones en el año 2023, a $3.244.668,73 al finalizar 2024, lo que representa un incremento de 139%, mientras los precios en promedio aumentaron a un ritmo del 220% interanual (IPC-Indec). Es decir, en el año 2024 se recortó un cuarto del presupuesto universitario, un ajuste nunca visto en la historia, recayendo lo principal del ajuste sobre los salarios de docentes y no docentes.

Las autoridades universitarias del CIN reclamaron a fines de 2024 un presupuesto de $7,2 billones para 2025, pero el proyecto oficial sólo contemplaba unos $3,8 billones para este año, el cual directamente no entró en vigencia porque el gobierno nacional prefirió suspender su tratamiento en la Comisión de Presupuesto y Hacienda y tampoco convocó a sesiones extraordinarias para hacerlo. De esta forma, el Gobierno nacional prorrogó por segundo año consecutivo el Presupuesto 2023, una situación que no tiene antecedentes en la historia de la Argentina. Al momento de presentar este proyecto de ley, el presupuesto vigente para Educación Superior es aún menor que el presentado oficialmente. Los $3,8 billones implican un incremento de 14,5% respecto del vigente ($3,3 billones), muy por debajo de cualquier expectativa inflacionaria anual. Solamente a marzo de 2025 el IPC acumulado en los tres primeros meses del año es de 8,6%. Y a ello debe agregarse el profundo recorte del año 2024 mencionado anteriormente.

De acuerdo al informe elaborado por IEC-CONADU, con la prórroga del presupuesto 2024, las transferencias a las universidades nacionales alcanzarán este año solo el 0,43% del PBI. Este porcentaje es aún inferior al 0,51% que preveía el Proyecto de Ley de Presupuesto 2025, el cual ya se constituía como el nivel más bajo de los últimos años.

En su conjunto, de no mediar este año ninguna actualización adicional ni una recomposición, el presupuesto universitario verá un recorte acumulado de entre 40% y 50% en dos años bajo el mandato de Milei.

En el caso de los salarios docentes, los sindicatos denuncian que directamente los salarios universitarios están por debajo de la línea de pobreza. A marzo de 2025, el salario bruto para un cargo titular con dedicación simple y sin antigüedad es de $383.150,68, en tanto que la Canasta de Pobreza para un hogar de cuatro integrantes alcanzó a $1.100.267, representando casi tres veces más. Incluso queda por debajo de la línea de pobreza el cargo de un titular con dedicación semiexclusiva, que fue en marzo de $766.303,34.

De acuerdo al Laboratorio del Salario de la Docencia Universitaria, la diferencia entre la inflación y la variación salarial alcanza 67,57 puntos porcentuales en el mes de enero de 2025, partiendo desde noviembre de 2023, según la información consolidada del INDEC y para febrero, esta diferencia podría haber llegado a 70,89 puntos porcentuales. De esta forma, el salario de febrero de 2025 presenta una pérdida de 24,9% de poder adquisitivo y, consecuentemente,

se requeriría un 33% de aumento salarial sobre el salario de febrero sólo para mantener el poder adquisitivo de noviembre de 2023.

A un año de la marcha universitaria de abril, la Conadu Histórica afirma que la brecha entre salarios e inflación se encuentra entre 100% y 118% (según el cargo); en tanto que la variación del poder adquisitivo promedio es de -34% (un tercio de sueldo perdido por mes). En los 15 meses del actual gobierno, la pérdida equivale a 5 salarios menos respecto a noviembre de 2023.

Con la eliminación del Fondo Nacional de Incentivo Docente (FONID) se profundiza aún más este ajuste. Este afecta a todos los docentes de los niveles iniciales, incluyendo a una veintena de colegios pre-universitarios que dependen de las universidades públicas. Desde su creación, el FONID fue prorrogado año tras año hasta enero de 2024, cuando Milei decidió discontinuarlo. Según estadísticas oficiales, el Fondo representó en 2023 la segunda partida más importante del entonces Ministerio de Educación de la Nación, degradado por Milei a rango de Secretaría: el 14,03% del presupuesto educativo, con un total de $333.000 millones.

El sistema de becas también se vio muy afectado. La beca Progresar redujo a la mitad la cantidad de beneficiarios y el monto actual es de 50.000 pesos, muy lejos de su capacidad de sostén real. Esa ayuda antes llegaba al 20% de los alumnos de nuestras universidades. La beca Manuel Belgrano, para carreras estratégicas, mantiene la cantidad de destinatarios –36.000 estudiantes–, pero debería haberse actualizado en línea con el salario de un ayudante de segunda (unos 280.000 pesos) y permanece en solo 80.000 pesos. Es difícil que ese monto le sirva a un estudiante. En cuanto a infraestructura, no se ejecutó ninguna obra en todo el año, a pesar de que muchas tenían financiamiento internacional, por ejemplo de la CAF.

Cabe destacar que la situación previa al congelamiento presupuestario que dispuso el Gobierno de Milei para cumplir con el ajuste fiscal del FMI, ya era crítica y se apoyaba en condiciones de precarización del trabajo docente y no docente y de la formación de las estudiantes arrastradas durante años. El presupuesto preexistente era ya muy deficiente, varias universidades funcionan con trabajo docente gratuito, mal llamado “ad honorem”, cargos subrogados, falta de becas estudiantiles y la ausencia de jardines materno parentales. El Convenio Colectivo de Trabajo de la Docencia Universitaria y Preuniversitaria de las Universidades Nacionales (Decreto 1246/15), en su artículo 25 establece que «el desarrollo de labores docentes es de carácter oneroso». Si bien hubo desde la sanción del CCT algunos programas para avanzar en terminar con el trabajo gratuito, éstos fueron totalmente insuficientes, se interrumpieron en el gobierno anterior y hoy podemos decir que el art 25 del CCT no se cumple.

Los sindicatos docentes denuncian un deterioro cercano al 30 % de los salarios reales entre 2015 a 2023. Asimismo, según el “Informe sobre el salario de la docencia universitaria. 2019-2023” el salario real (en el sector) cayó 4,5% desde diciembre de 2019, no obstante, desde octubre de 2019 (incluyendo el incumplimiento de la actualización automática, aceptado en el acta firmada en 2020) la pérdida es de 11,3%, y alcanza a 26% desde diciembre de 2015. En el último informe del mes de marzo de 2025, indican que para que el salario vuelva a tener el poder adquisitivo que tenía hace 9 años (es decir, en noviembre de 2015), se necesitaría una recomposición del 80% sobre el salario de febrero de 2025. actuales. “Sumando las pérdidas mes a mes, la pérdida salarial acumulada desde el 1 de diciembre de 2015 hasta el 30 de enero de 2025 superaría los 47,4 salarios actuales (“masa salarial resignada” o “pérdida salarial acumulada”), sin tener en cuenta las pérdidas correspondientes a los aguinaldos”.

Entre 2017 y 2023 el presupuesto destinado a las Universidades Nacionales acumuló una pérdida del 11% en términos reales.

 

Fuente: elaboración propia en base a datos devengados del programa 26- Desarrollo de la Educación Superior, del Presupuesto Abierto, e IPC-Indec.

Entre 2017 y 2019 la caída real del presupuesto universitario fue del 17%. Luego en 2020 volvió a caer 3 % adicional en el marco de la pandemia y el sostenimiento de la universidad pública en base a una conectividad no contemplada en los salarios docentes ni en subsidios estudiantiles, acumulando un retroceso de 20 % en sólo 4 años. Posteriormente la lucha del movimiento docente, no docente y estudiantil permitió la recuperación parcial de dicha pérdida, pero en lo fundamental durante el gobierno del Frente de Todos se cristalizó gran parte del retroceso del macrismo, acumulando una caída de 11 % punta a punta 2017 a 2023. E incluso los fondos disponibles fueron menos suficientes para cada Universidad Nacional si se considera que los créditos totales asignados debieron ser distribuidos entre más instituciones al establecerse la creación de mayor cantidad de universidades, aspecto muy necesario teniendo en cuenta que esto implica la posibilidad de acceder a la educación superior por una mayor cantidad de estudiantes y de sectores populares, pero que se ha llevado a la par de una política de desfinanciamiento presupuestario, como hemos advertido en el debate en el recinto en Diputados.

No se trata de un ajuste presupuestario más. Debemos advertir fehacientemente que el congelamiento y el ahogo presupuestario que lleva adelante Milei y el desfinanciamiento de las universidades públicas es una política deliberada para forzar su cierre y posterior arancelamiento, lo cual va unida a un discurso de persecución ideológica hacia la docencia universitaria. El propio Javier Milei en campaña promovía el arancelamiento de universidades públicas nacionales a las que denominó “lugares de adoctrinamiento”, posición que volvió a repetir reiteradas veces en su función como presidente de la Nación. Inclusive, en el fracasado proyecto de “Ley Ómnibus”, Milei había intentado introducirla posibilidad de que los estudiantes extranjeros tuvieran que pagar por estudiar en los establecimientos de educación superior argentinos.

Sostenemos que es una falacia decir que “no hay plata”. Las universidades estatales públicas y gratuitas deben ser una prioridad para la defensa de la soberanía nacional y el desarrollo. El conjunto de la comunidad universitaria está sufriendo el ajuste más general al que asistimos en toda la sociedad. Según el observatorio del Mirador de Actualidad del Trabajo y la Economía (MATE), en solo el primer mes de gobierno de Milei, unos 1,13 billones de pesos pasaron del bolsillo de los trabajadores al de las empresas, gracias a la devaluación y la

liberación de precios. Por su parte, los intereses de la deuda pública se llevaron el 18 % del gasto total en el primer trimestre de 2024.

 

Los estudiantes se verán imposibilitados de acceder a los establecimientos educativos y de estudiar con los aumentos en los transportes y la enorme caída de los salarios precarios que son la norma entre la población estudiantil. A esto se agrega la ausencia de verdaderos comedores estudiantiles y la ausencia de becas integrales para evitar la deserción.

El presupuesto en Ciencia y Técnica también se ve fuertemente afectado por la motosierra de Milei. Entre enero y marzo de este año el presupuesto para el área disminuyó un 22,1% real contra el mismo período del año pasado. Esto se suma a la caída del 30,3% para todo el 2024 y proyectada para todo el 2025 redondearía un retroceso acumulado del 46,5% real en dos años. Esto significa que el presupuesto para el sector habrá disminuido más de 54 puntos en relación con pico máximo en 2015, según informa NEXciencia de la Facultad de Ciencias Exactas de la UBA.

Como porcentaje del PBI, la función CyT cayó del 0,302% del 2023, al 0,214% en 2024 y se dirige a un mínimo histórico en 2025, ubicándose en el 0,157% del PBI, una cifra que perfora el piso alcanzado en 2002 (de 0,177%) -durante una de las crisis más graves que atravesó nuestro país a lo largo de su historia- con lo que se ubica un mínimo absoluto de toda la serie histórica. En el caso del CONICET el recorte estimado es en torno al 21,6% en 2025, completando un desplome del 36% real, según informa NEXciencia.

Asimismo, la Agencia Nacional de Promoción de la Investigación ha sido prácticamente desarmada, y el año pasado ni siquiera se transfirieron los fondos de investigación correspondientes a las universidades. Como no se ejecutaron en 2024, esos recursos ahora tampoco están contemplados en el presupuesto prorrogado para este año.

En síntesis, el presente proyecto de ley tiene como objetivo garantizar un aumento presupuestario suficiente que garantice el ciclo lectivo para docentes y estudiantes universitarios, así como el sostenimiento del sistema nacional de Ciencia y Técnica, fundamental para la investigación y el desarrollo autónomo de nuestro país. Es necesario que se destinen los fondos requeridos para el funcionamiento de las universidades nacionales, teniendo en cuenta las previsiones de inflación y de recomposición salarial docente y no docente, de requerimientos de infraestructura, becas estudiantiles, del restablecimiento del FONID y de todo otro gasto necesario.

Por los motivos expuestos, y los que desarrollaremos oportunamente, solicitamos la aprobación del presente proyecto de ley.

Christian Castillo

Nicolás del Caño

Alejandro Vilca

Vanina Biasi

Vilma Ripoll

 

 

 

Proyecto de ley para terminar con el régimen de insalubridad del Hospital Garrahan EXPTE N°6699-D-2024

07/11/2024

PROYECTO DE LEY


La Cámara de Diputados y el Senado de la Nación, reunidos en el Congreso Nacional
sancionan con fuerza de ley:


ARTÍCULO 1°- Declárase al Hospital de Pediatría Profesor Dr. Juan P. Garrahan como
establecimiento de Salud determinante de condiciones de trabajo insalubres y/o
agotamiento prematuro.
ARTÍCULO 2°- Incorpórese en los alcances de lo dispuesto en el artículo 1° a todo el
personal, incluyendo a los tercerizados, contratados, becarios y residentes, que cumplen
tareas en el establecimiento mencionado, sin importar el agrupamiento en el cual revistare
en atención a la funcionalidad de las tareas y conforme el Régimen de Personal previsto
en la resolución 429/CA/1991 modificatorias y complementarias.
ARTÍCULO 3°- Será de aplicación a los efectos laborales, sin que ello implique
modificación de la remuneración, la reducción de la jornada laboral a un máximo de seis
(6) horas diarias para quienes cumplen hasta diez (10) horas diarias; de doce (12) horas
diarias para quienes cumplen hasta dieciséis (16) horas; ajustándose el horario con un
porcentaje de un cuarto (1/4) de jornada de reducción para los restantes casos. Se
incorpora una licencia adicional por estrés que será de quince (15) días hábiles, de carácter
obligatorio y no podrá fraccionarse ni pasarse al año siguiente.
ARTÍCULO 4°- Encomiéndese al Consejo de Administración del Hospital de Pediatría
Profesor Dr. Juan P. Garrahan, para que en el plazo de 90 días de sancionada esta ley
realice la modificación del Régimen de Personal previsto en la resolución 429/CA/1991
modificatorias y complementarias, en atención a las consideraciones expresadas en el
artículo precedente.
El Consejo de Administración deberá convocar para la tarea encomendada a las
organizaciones sindicales que respaldan este reclamo y a la Comisión de Condiciones de
Trabajo Insalubres y/o Agotamiento Prematuro, creada en el ámbito del Hospital.
ARTÍCULO 5°- En los 90 días antedichos deberá incorporarse el personal necesario para
completar los turnos con jornada reducida, garantizando un piso de la misma dotación
existente antes de la reducción horaria.
ARTÍCULO 6°- La cantidad de horas de atención al público deberá ser igual o superior
a la existente antes de la reducción horaria, lo cual se garantizará cumpliendo lo
establecido en el artículo 5°. En algunas áreas incluso, la atención al público podrá
extenderse, incorporando al personal necesario, pero nunca reducirse.
ARTÍCULO 7°- El personal que haya cumplido tareas en el marco de lo referido en los
artículos 1° y 2°, quedará incorporado en el Régimen Diferencial de Jubilación por
Insalubridad y/o Agotamiento Prematuro en los términos de la Ley 24241 y tendrá
derecho a las prestaciones allí previstas, siendo exigible para el beneficio ordinario un
mínimo de 25 años de servicios en dichas tareas y 50 de edad. El presente beneficio queda
excluido de los alcances del artículo 9 de la Ley 24241 en cuanto a que el haber no tendrá
límites máximos.
ARTÍCULO 8°.- El haber previsional del personal que acceda a la pasividad, sea cual
fuere el beneficio, será el equivalente al 82% del salario del mejor cargo desempeñado
durante 12 (doce) meses, e incluirá todos aquellos conceptos, incluidos los suplementos
y bonificaciones adicionales, que revistan el carácter de habituales y regulares, y además,
toda otra retribución, cualquiera fuere la denominación que se les asigne, incluidas las no
remunerativas, percibidas por servicios ordinarios o extraordinarios prestados en relación
de dependencia.
El haber resultante, determinado en función de lo establecido en el párrafo que antecede,
será móvil y quedará ligado a las variaciones salariales del personal en actividad.
ARTÍCULO 9°- De forma.


Vanina Biasi
Alejandro Vilca
Mónica Schlotthauer
Nicolás del Caño
Christian Castillo

Proyecto de ley por la Emergencia Salarial de Trabajadores del Hospital Garrahan EXPTE N°6697-D-2024

07/11/2024

PROYECTO DE LEY


La Cámara de Diputados y el Senado de la Nación, reunidos en el Congreso Nacional sancionan con fuerza de ley:


EMERGENCIA SALARIAL PARA LAS Y LOS TRABAJADORES DEL
HOSPITAL GARRAHAN


ARTÍCULO 1°- La presente ley tiene por objeto garantizar el financiamiento necesario
para el normal funcionamiento del Hospital Garrahan, asegurando las partidas
presupuestarias para gastos salariales de acuerdo con lo establecido en la presente ley.
ARTÍCULO 2°- El Poder Ejecutivo Nacional deberá garantizar los recursos para los años
2024 y 2025, a fin de permitir el financiamiento de los salarios del Hospital Garrahan de
conformidad con lo establecido en los artículos 3° y 4° de la presente ley.
ARTÍCULO 3°- Se establece para los trabajadores del Hospital Garrahan un salario
inicial equivalente al costo de la canasta básica familiar calculada por la Asociación de
Trabajadores del Estado del Instituto Nacional de Estadística y Censos (ATE INDEC)
que arroja $1.514.208 al mes de setiembre, actualizada por IPC al momento de la
aplicación de la presente norma.
ARTÍCULO 4°- Se establece la obligación de recomponer los salarios de las y los
trabajadores del Hospital Garrahan, de todos los escalafones y sectores de modo de cubrir
a la totalidad del personal del Hospital, con un aumento del 100% a partir del 31 de
octubre de 2024.
Desde el mes siguiente a la sanción de la presente ley y hasta el 31 de diciembre del año
2025 se deberá actualizar los salarios de forma mensual y conforme al IPC o Ripte
emitidos por el INDEC, según resulte más favorable al trabajador.
ARTÍCULO 5°- Se establece la exclusión del impuesto a las ganancias o ingresos
personales para los salarios de las y los trabajadores del Hospital Garrahan. Esta exclusión
comprende la retribución que, por cualquier concepto, perciba un trabajador en relación
de dependencia en el Hospital Garrahan. Esta disposición rige a partir del ejercicio fiscal
2024.
ARTÍCULO 6°- Queda excluido de lo establecido en el Artículo 5° de la presente ley el
personal directivo del Hospital.
ARTÍCULO 7°- Dé forma.


Vanina Biasi
Alejandro Vilca
Mónica Schlotthauer
Nicolás del Caño
Christian Castillo

Proyecto de declaración en repudio a la represión a jubilados del 6/11 EXPTE N° 6683-D-2024

07/11/2024

PROYECTO DE DECLARACIÓN

La Cámara de Diputados de la Nación Declara
Su completo repudio a la represión llevada a cabo por efectivos de la Policía de la Ciudad
de Buenos Aires, que responde a Jorge Macri, contra jubilados y jubiladas cuando se
estaban movilizando por la vereda sobre la Avenida De Mayo al 600, mientras se dirigían
al Congreso luego de una protesta frente al PAMI por el recorte de la cobertura de
medicamentos.
Su denuncia por la brutal agresión sufrida por Gerardo Mirking, de la organización del
Plenario de Trabajadores Jubilados, que luego de ser bestialmente golpeado sufrió un
ataque de convulsiones durante el cual la policía lo mantuvo rodeado durante más de
media hora, sin permitir que se acerquen quienes querían asistirlo, luego de lo cual debió
ser trasladado al Hospital Argerich.
Su advertencia respecto de las responsabilidades políticas detrás de la represión a
jubilados y jubiladas, no solo por parte de la Policía de la Ciudad sino también de las
fuerzas federales comandadas por Patricia Bullrich, que en la misma jornada y como
todos los miércoles, estuvieron amedrentando a jubilados al momento de su ronda
alrededor del Congreso.
Su solidaridad con las y los jubilados reprimidos y con todos los reclamos por los que se
movilizan. Su defensa incondicional del derecho a la protesta.

Vanina Biasi
Mónica Schlotthauer
Nicolás del Caño
Christian Castillo
Alejandro Vilca

PROYECTO DE LEY CONTRA LA VENTA DE INMUEBLES DEL ESTADO: Anulación del DNU 950/2024. Expte. N° 6604-D-2024

06/11/2024

PROYECTO DE LEY


La Honorable Cámara de Diputados y Senado de la Nación reunidos en el congreso
nacional sancionan con fuerza de ley…


Artículo 1°- Se anula el Decreto N° 950/2024 (DECTO 2024-950-APN-PTEEnajenación de inmuebles del Estado Nacional) por el cual se ordena a la AGENCIA DE
ADMINISTRACIÓN DE BIENES DEL ESTADO impulsar los procedimientos de
enajenación de los inmuebles del ESTADO NACIONAL objeto de los Decretos Nros.
952/16, 1064/16, 1173/16, 225/17, 928/17, 355/18, 1088/18, 345/19 y 518/19 y de las
Decisiones Administrativas Nros. 249/18, 24/19, 317/19 y 610/19 que no hubieran sido
enajenados a la fecha de entrada en vigencia del presente, junto con otras enajenaciones
y transferencias de inmuebles del Estado Nacional.


Artículo 2°- Se declaran intransferibles y exceptuados de toda variante de enajenación,
los espacios donde funcionaron centros clandestinos de detención y tortura bajo las
dictaduras cívico militares, los cuales todavía hoy pueden ser fuente de prueba respecto
del terrorismo de Estado para causas judiciales que están en curso.


Artículo 3°- Se conforma una Comisión integrada por organizaciones sociales, de
derechos humanos, de lucha por la vivienda, por representantes de los organismos e
instituciones que funcionan en los inmuebles afectados, cuya tarea será analizar y evaluar
el destino que corresponda darle a los terrenos afectados por esta disposición. La comisión
deberá considerar, para los terrenos que considere aptos, establecer como prioridad el
derecho a la vivienda y, en función de ello, la puesta en marcha de un plan de construcción
de viviendas populares. En base a tales consideraciones y el análisis y evaluación que
realice, elevará al Poder Ejecutivo Nacional un plan con carácter vinculante.


Artículo 4°- El Poder Ejecutivo deberá cumplir con el plan elaborado por la Comisión
creada en el Artículo 2° de la presente ley, en los plazos que para cada caso se establezcan:
algunos de vigencia inmediata, como la continuidad del funcionamiento de instituciones
u organismos que ya funcionaban, y otros debidamente planificados cuando afectan la
realización de obras públicas.


Artículo 5°- Comuníquese al Poder Ejecutivo Nacional.

Vanina Biasi
Mónica Schlotthauer
Alejandro Vilca


FUNDAMENTOS


Sr. Presidente:
El presidente Javier Milei ordenó el pasado viernes 25 de octubre, por decreto, poner en
marcha un proceso de venta de bienes inmuebles del Estado. Si bien la medida, publicada
en el Boletín Oficial, ordena a la Agencia de Administración de Bienes del Estado
(AABE) la venta de 309 inmuebles, el vocero presidencial Adorni anunció que en
sucesivas etapas se completará la venta de 1200 propiedades cuyo valor el gobierno
estima en 800 millones de dólares.
El decreto no fundamenta la medida, pero Manuel Adorni la explica en que dichas
propiedades generan “gastos innecesarios”.
Durante el anuncio, el vocero festejó que una de las propiedades es la que ocupaba el ex
Ministerio de la Mujer, pero no es el único bien afectado. No sería el único edificio
público a rematar, en la lista se encuentra el Centro de Salud Mental y Acción Social N°
1 ubicado en Manuela Pedraza 1558 de CABA, funcionando en la actualidad. También
se encuentra, según denuncian organismos de derechos humanos, el ex centro clandestino
de detención conocido como “La Perla Chica”, “La Perlita” o “Escuelita”, que funcionó
en la localidad de Malagueño, entre los años 1976 y 1979. Bajo las órdenes del Tercer
Cuerpo de Ejército de Luciano Benjamín Menéndez, fue utilizado como anexo de «La
Perla», el centro de detención, tortura y exterminio más emblemático del interior del país.
Hace apenas unos meses, en noviembre de 2023, la Secretaría de Derechos Humanos de
la Nación señalizó el lugar que hoy se intenta rematar como Sitio de Memoria.
Quien realmente debe estar festejando es IRSA, el gran monopolio inmobiliario de
Eduardo Elzstain que hoy tiene la AABE bajo su control directo. Apenas asumió, el
presidente Milei nombró al frente de la AABE a Nicolás Pakgojz, quien en 2017 ingresó
al gobierno de la Ciudad de Buenos Aires con 22 años como “Líder en Proyectos en la
Dirección General de Proyectos de Articulación Público Privada” de la mano de Andy
Freire, Ministro de Modernización del entonces jefe de gobierno porteño, Horacio
Rodríguez Larreta, que fue parte del directorio de IRSA.
Tres años después, Pakgojz era Jefe de Gabinete de la Subsecretaría de Gestión Urbana y
rápidamente llegó a ser Jefe de Gabinete de la Secretaría de Desarrollo Urbano, un área
clave por donde pasan todos los pedidos de rezonificación y convenios urbanísticos que
aprueba la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (CABA).
Durante 2020, Pakgojz participó de un programa de la Universidad de Tel Aviv, institución
de la que Elzstain es asiduo concurrente. Meses más tarde estaba defendiendo en la
Legislatura uno de los proyectos más deseados por el dueño de IRSA, Costa Urbana, la
“Dubai” de Elsztain en Puerto Madero. El empresario había intentado conseguir la
rezonificación de la ex ciudad deportiva de Boca durante décadas y lo logró durante la
gestión de Rodríguez Larreta. Así, lo que debía pagar la empresa al tesoro porteño siendo
una zona vecina a Puerto Madero se calculó con un índice de desarrollo urbano similar a
Villa Lugano o Villa Riachuelo y eso le permitió a Eduardo Elsztain ahorrarse 450 millones
de dólares.
El precio fue estipulado en U$s260 millones de los cuales 150 se pagarían con otras tierras,
comprometiéndose IRSA a construir un parque público de 12,5 hectáreas que no puede
realizarse porque está en un espejo de agua intransitable. (LPO 8/1/24).
En la actualidad, IRSA posee una cantidad enorme de reservas de tierra, 15 centros
comerciales, cinco edificios de oficinas, tres hoteles incluidos el hotel Libertador (donde
pernoctó gratis un período prolongado Milei), el Intercontinental en Capital y el Llao Llao
en Bariloche, además posee una participación del 29% en Banco Hipotecario S.A. (IP
9/11/23).
El acercamiento de Milei a Elzstain le abrió la puerta a Jabad Lubavitch, una organización
judía ortodoxa que llevó a su conversión al judaísmo y a alinearse incondicionalmente
con el Estado genocida de Israel. Aunque los intereses comunes son más terrenales. Milei
hizo su carrera con Eurnekian, otro broker inmobiliario, dueño de 33 aeropuertos en
Argentina y 19 más en varios países.
Con este panorama parece que el vocero Adorni se quedó muy corto al tasar los inmuebles
que salen a la venta.
Todos los bloques políticos gobernantes han convalidado este saqueo y las
rezonificaciones sucesivas que transformaron el derecho constitucional a la vivienda en
un mal chiste.
Mientras el gobierno prepara un gigantesco negociado para sus socios de IRSA, las
necesidades de tierra para viviendas populares ya son desesperante.
Un reciente estudio elaborado por el CELS, la Asociación Civil por la Igualdad y la
Justicia (ACIJ), el Instituto de Altos Estudios Sociales (IDAES), el CEUR Conicet y el
Instituto de Geografía de la UBA sobre los efectos de la desregulación en el mercado de
alquileres con el DNU 70, sostiene: “los contratos disminuyeron, se redujo su duración y
aumentó la frecuencia de actualización de los precios”, en un contexto donde el “62% de
los hogares inquilinos declara ingresos por debajo de la línea de pobreza”. El informe
revela que “ha aumentado el número de hogares endeudados que utilizan el dinero para
pagar el alquiler, pasando del “62% al 67%”. Aún así el porcentaje de hogares que debe
el alquiler aumentó del “18% al 21%” y también creció “la de los que destinan más de la
mitad” de sus ingresos al alquiler, del “32% al 38%”.
Coincidente con el porcentaje de hacinamiento el 56% de los hogares inquilinos tiene
ingresos debajo de los $600.000, de los que un 26% tiene ingresos iguales o menores a
$300.000. Según la canasta básica definida por el INDEC para mayo de 2024, “el 62% se
encuentra por debajo de la línea de pobreza” y de éstos “el 90% de los hogares destina
más de la mitad de sus ingresos al alquiler”.
Mientras el lobby inmobiliario festeja, la población trabajadora es sistemáticamente
expulsada de las grandes ciudades. Al mismo tiempo, la Cámara de Diputados se resiste a
tratar el DNU 70 rechazado en el Senado a pesar de que se requiere una mayoría simple para
derogarlo definitivamente poniendo en vigencia nuevamente la ley de alquileres. Con sus
límites, esta ley establecía un plazo de tres años en los contratos y actualizaciones anuales.
Pero fue el gobierno de los Fernández-Massa el que declaró el “fracaso de la ley” ante el
retiro de las propiedades en lugar de propiciar, como plantea el proyecto del FITU, un
impuesto extraordinario a la vivienda ociosa y la creación de un Banco de Tierras para
construir viviendas populares.
El drama de la falta de acceso a la vivienda involucra a inquilinos, hipotecados UVA,
habitantes de las villas y de las tomas de terrenos y requiere medidas urgentes. El Estado
cuenta con tierra suficiente como para resolver la crisis habitacional. Rechazamos la venta
de los bienes del estado para beneficio de un puñado de especuladores y reclamamos un
impuesto a sus grandes fortunas para garantizar los millones de viviendas que la población
trabajadora necesita.
Por todos estos motivos, solicitamos a las y los diputados nacionales el acompañamiento
del presente proyecto de ley.

PROYECTO DE LEY INTEGRAL POR MOVILIDAD DE LOS HABERES JUBILATORIOS EXPTE: N° 4854-D-2024

04/11/2024

 

PROYECTO DE LEY


La Cámara de Diputados y el Senado de la Nación reunidos en Congreso
sancionan con fuerza de ley
MOVILIDAD DE LOS HABERES JUBILATORIOS
ARTÍCULO 1º — HABER JUBILATORIO MÍNIMO. Se establece un Haber
Jubilatorio Mínimo de $579.067 para los jubilados y pensionados en la proporción
correspondiente, equivalente a la Canasta Básica del Adulto Mayor Establecida por la
Defensoría de la Tercera Edad de CABA al mes de octubre 2023 actualizada por inflación
según el IPC emitido por el INDEC desde el 1º de noviembre, independientemente de los
años aportados al Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA) a cobrar durante el
mes de marzo de 2024.
ARTÍCULO 2º — HABERES SUPERIORES AL MÍNIMO- 82% móvil. Los haberes
superiores se actualizarán proporcionalmente a partir del haber mínimo establecido en
Art.1° o de acuerdo al 82% del haber actualizado de los trabajadores del sector e igual
categoría en que revistaba al cesar en la actividad, lo que resulte más beneficioso al
trabajador jubilado.
ARTÍCULO 3º — MOVILIDAD AUTOMÁTICA. Los haberes establecidos en los Art
1° y 2° se actualizarán automáticamente cada mes de acuerdo al último registro del IPC
del INDEC o el índice Ripte el que resultare más favorable al jubilado, incorporando la
correspondiente actualización con el mismo mecanismo a partir de la vigencia de la
presente ley.
ARTÍCULO 4º — FINANCIAMIENTO. Los fondos para este aumento de emergencia
provendrán en lo inmediato de Rentas Generales del Tesoro Nacional, sobre la base de
un impuesto extraordinario a la renta financiera, multas extraordinarias al trabajo no
registrado o registrado en forma fraudulenta, incorporación a los básicos de sumas no
remunerativas, la reposición de los aportes patronales a los niveles porcentuales vigentes
al año 1992 y los impuestos progresivos al capital necesarios hasta cumplir las
necesidades emergentes de esta ley. Más todas las medidas que corresponda para
garantizar los haberes que resultan de esta ley.


Romina Del Plá
Nicolás del Caño
Myriam Bregman
Alejandro Vilca
Christian Castillo

FUNDAMENTOS


Sr. Presidente:
La situación de los jubilados y pensionados es desesperante. Las modificaciones
sucesivas a la movilidad previsional en 2017, empeorada en 2021, han provocado un
deterioro del poder adquisitivo de los haberes que llega al 55,4% en los últimos 6 años.
Es lo que explica que hoy el haber mínimo se encuentre en $134.446, menos de la mitad
de lo que según el INDEC es la canasta de indigencia ($285.561).
Con todo, los que más han perdido son los que superan el haber mínimo, por haber
aportado 30 años o más, ya que fueron excluidos de la entrega de bonos. Por eso este
sector perdió en 2023 un 40,5% de su poder adquisitivo en tanto los de la mínima
perdieron 24,5%, pero considerando bonos que son de cobro por única vez y no actualizan
el valor histórico del haber, hundido en la misma proporción que el resto de la escala.
Como tantos otros “relatos” los gobiernos justifican la destrucción de los haberes con los
argumentos más disparatados. Dicen que el sistema no cierra porque aumenta la
expectativa de vida, porque hay menos aportantes y que hay muchos que se jubilan con
pocos o nulos aportes. Con esto último pretenden estigmatizar e incluso dividir a los
adultos mayores que en los sectores más precarizados y peores pagos, como las
trabajadoras de casas particulares serían responsables de la evasión patronal. La falta de
aportes es una responsabilidad patronal y contra la evasión y elusión tiene que accionar
el Estado en defensa del trabajador estafado sea por el trabajo informal, precario o por
que le descontaron sus aportes y no fueron depositados.
El Estado es el responsable del vaciamiento de la Ansés toda vez que hace “la vista gorda”
frente a un 40/50% de trabajo no registrado o declarado defectuosamente. Nada que
sorprenda desde el momento en que las empresas y el propio estado engorda el salario
con sumas no remunerativas que no tributan a las jubilaciones. O las diversas formas de
fraude laboral, con falsos monotributistas que se desempeñan en la misma tarea por años.
Por eso hay jubilados que cobran entre un 10 y un 20% por debajo del haber mínimo. Son
los millones que entraron en la moratoria y pagan una deuda que deberían pagar sus
patrones, lo mismo las personas obligadas a inscribirse en la PUAM que ni siquiera
constituye un haber sino más bien una asistencia social subalimentaria. A estos el
oficialismo pretende quitarles el haber para darles un plan social, los cuales a su vez están
siendo congelados y demolidos por distintas vías.
Peor aún, el Estado Nacional y los provinciales se han apropiado de los fondos jubilatorios
del FGS (Fondo de Garantía y Sustentabilidad) desde hace décadas entregándolos para
los más diversos negocios y subsidios a la clase capitalista en el llamado “mercado de
capitales”, financiando negocios privados y mediante la llamada “deuda intraestatal”
financiar el déficit del Estado originado en los gastos financieros y los subsidios directos
o indirectos al capital cuando no la más alevosa corrupción.
El arrebato de los fondos previsionales confirma que no es el Estado el que sostiene a los
jubilados sino exactamente a la inversa. Hace pocos meses fue el pasaje compulsivo a
pesos de los bonos en dólares del FGS por Sergio Massa. Esos bonos habían sido
colocados compulsivamente al FGS en el periodo anterior de vaciamiento, durante el mal
llamado desendeudamiento, que consistió en vaciar las arcas de la ANSES para pagar a
acreedores externos, dejando papeles de deuda pública que luego han servido para toda
clase de negociados a costa de las condiciones de vida de los adultos mayores.
El gobierno actual pretende ir más allá, “neteando” la deuda de la que son acreedores los
jubilados con el Tesoro Nacional, es decir despojando directamente el patrimonio de los
trabajadores y jubilados que esperan juicios permanentemente apelados por el Estado para
que no les alcance la vida para cobrarlos cuando logran sentencia favorable. Un robo en
dos actos del cual han sido cómplices todos los gobiernos. Y ahora el retorno de las AFJP
para una suerte de sistema mixto anunciado por el presidente demuestra que “hay plata”
pero se la quieren quedar un puñado de bancos.
La “licuadora” de la que Caputo se jacta no la sufrieron ni los acreedores de la fraudulenta
deuda externa, ni los exportadores, ni los bancos, ni los fugadores seriales de capitales, ni
las petroleras, ni las empresas privatizadas de servicios, todas con ganancias
extraordinarias. Según la Oficina de Presupuesto del Congreso (OPC) en enero el
Gobierno hizo un ajuste en el gasto de las jubilaciones y pensiones de 32,5% medido con
enero 2023 en términos reales.
Con una inflación que en el último bimestre supero el 51% y una “actualización” del
27,18% con la actual fórmula desventajosa para el jubilado, la situación se agrava cada
día. El Defensor de la Tercera Edad Eugenio Semino acaba de afirmar que la Canasta
Básica del jubilado supera los $700.000 con gastos por vivienda a fin de febrero.
El gigantesco recorte del Plan Motosierra del gobierno afecta la provisión de
medicamentos. El gobierno ya anunció que quedarán afuera los que cobren más que la
mínima y la eliminación del vademécum previsional de 36 principios activos. No se
entregan audífonos, prótesis, pañales y la ayuda alimentaria ha desaparecido tanto en
dinero como en productos. Un ajuste que incluye a las prestaciones mínimas de los
geriátricos.
No se puede consentir semejantes atropellos a quienes trabajaron toda su vida y se ven en
la indigencia cuando más necesidades tienen.
Reivindicamos el haber jubilatorio como un salario diferido que debe volver a solventarse
con los aportes patronales. Estos se han reducido a su mínima expresión por la
informalidad, la declaración ficticia de las horas reales trabajadas, todo consentido por el
Estado que también promueve en sus organismos el fraude laboral del monotributo y las
sumas no remunerativas pactadas por las propias cúpulas sindicales, sin mandato alguno
para hacerlo, contra el sistema de la seguridad social.
Por eso es que consideramos imperioso establecer un régimen de movilidad automática,
como el descripto en el articulado a partir de marzo del corriente año partiendo de una
actualización que recupere lo perdido y garantice el poder adquisitivo de los haberes
jubilatorios de toda la escala. Por eso establecemos un mínimo basado en la Canasta de
los Adultos Mayores elaborada en octubre de 2023 por la Defensoría de la Tercera Edad
incorporándole los índices subsiguientes según el IPC del INDEC.
Por todo lo expresado invito a acompañar el presente Proyecto de Ley

PROYECTO DE LEY: MEDICAMENTOS PAMI EXPTE N°4854-D-2024

04/11/2024

PROYECTO DE LEY


La Honorable Cámara de Diputados y Senado de la Nación reunidos en el congreso
nacional sancionan con fuerza de ley…
ARTÍCULO 1°- Se anula la Resolución 2431/2024 del PAMI (EX-2024-89030954-
INSSJP-GM#INSSJP), firmada por el Director Ejecutivo del PAMI, Dr. Esteban Ernesto
Leguízamo, que modifica los requisitos para acceder a los medicamentos de forma
gratuita.
ARTÍCULO 2°- Se establece la obligatoriedad del PAMI de garantizar la cobertura
gratuita, al 100% del costo efectivo, del Programa de Medicamentos PAMI, incluyendo
los medicamentos de todo tipo, sin excepción, distinciones ni restricciones por tipo, para
las y los jubilados y pensionados habitantes en la República Argentina.
ARTÍCULO 3°- Se incluye entre los medicamentos alcanzados por el Programa de
Medicamentos PAMI bajo las condiciones establecidas en el Artículo 2° de la presente:
medicamentos para tratamientos crónicos de enfermedades prevalentes; medicamentos
hipoglucemiantes, insulina y tiras reactivas para el tratamiento de diabetes; medicamentos
oncológicos, antirretrovirales, y otros tratamientos especiales; medicamentos para
afiliados con discapacidad; medicamentos ambulatorios a través del Subsidio por
Razones Sociales; medicamentos para patologías crónicas; medicamentos para patologías
agudas; medicamentos de venta libre y uso eventual.
ARTÍCULO 4°- Comuníquese al Poder Ejecutivo Nacional.


Vanina Biasi
Nicolás del Caño
Mónica Schlotthauer
Christian Castillo
Alejandro Vilca


FUNDAMENTOS


Sr. Presidente:
El día jueves 22 de agosto del corriente, el Instituto Nacional de Servicios Sociales para
Jubilados y Pensionados del PAMI (la obra social de las y los jubilados) publicó el
expediente EX-2024-89030954-INSSJP-GM#INSSJP, con la Resolución 2431/2024 que
modifica la “Disposición Conjunta N°0005/2017”, estableciendo una severa limitación a
las condiciones de acceso a los medicamentos al 100% de cobertura por razones sociales,
restringiendo aún más el acceso de los jubilados a la medicación sin costo.
Recordemos que la disposición original (publicada en el Boletín del Instituto del PAMI,
con fecha 5 de enero de 2017) había sido impuesta bajo el gobierno de Mauricio Macri
en el año 2017 con el objeto también de acotar la cobertura gratuita. La medida del
macrismo establecía «parámetros para acceder a los medicamentos al 100% de cobertura
por razones sociales» tal como tener ingresos iguales o menores a 1,5 haberes
previsionales mínimos, no contar con prepaga, no ser propietario de más de un inmueble
o poseer una aeronave o embarcación de lujo y justificando un gasto igual o mayor al 5%
de los ingresos percibidos. Como puede observarse, la mayoría de los requisitos implican
básicamente la acreditación de una situación de extrema indigencia, dejando por fuera a
un enorme universo de jubilados pobres que cobran apenas por arriba de los haberes
mínimos de pobreza a los que todos los gobiernos condenaron a los trabajadores
jubilados. Esta disposición continuó vigente en todos sus términos bajo el gobierno de
Alberto Fernández -más allá de la incorporación de un número significativo de principios
genéricos al vademécum de cobertura.
La nueva normativa impone entre los nuevos requisitos (sumados a los anteriores) para
acceder a la cobertura gratuita de medicamentos: “no poseer un vehículo con menos de
quince (15) años de antigüedad” -antes era de 10 años- y amplía el porcentaje del gasto
que debe justificar estableciendo que «el costo en bolsillo de los medicamentos indicados
para su tratamiento deberá ser igual o mayor al 15% de sus ingresos», cuando antes era
del 5%.
A ello se suman otras restricciones ya que el Programa cubre hasta cinco medicamentos
gratuitos por mes y varios principios pasaron a ser considerados «eventuales», como
paracetamol, complejos vitamínicos, antibióticos, calcio, omeprazol, loratadina, y quedan
excluidos de la cobertura integral. Se trata de medicamentos muy sensibles, como por
ejemplo un protector gástrico (el omeprazol) que para las personas polimedicadas (muy
frecuente en los adultos mayores) resulta de primera necesidad. A pesar de ello,
actualmente entonces la cobertura integral al 100 % sólo abarca remedios de
enfermedades crónicas o tratamientos especiales, como los oncológicos,
hipoglucemiantes, insulina, tiras reactivas y antirretrovirales.
Se trata sin dudas de un nuevo golpe durísimo para las y los trabajadores jubilados en
nuestro país, empobrecidos hasta el extremo por este gobierno, que afecta nada menos
que su derecho a la salud. Sumemos que la jubilación mínima en agosto de 2024 fue de
$225.497, cuando la Defensoría de la Tercera Edad calcula la canasta básica de un
jubilado en un valor de $800.000 mensuales. Aun tomando en cuenta el bono de $70.000
($295.000 totales), queda muy por debajo de lo necesario para cubrir los gastos básicos.
Los trabajadores jubilados han sido la variable de ajuste de todos los gobiernos, y hoy
han llegado a una situación por completo desesperante. La Argentina de Milei es la del
hambre de los jubilados y jubiladas, a quienes sacrifica en nombre un superávit fiscal
trucho y para hacerse de los recursos que perpetúen el saqueo del capital financiero sobre
nuestro país, en un cuadro recesivo, de despidos masivos y destrucción de los ingresos.
El anuncio del veto presidencial, con apoyo del ex presidente Mauricio Macri, al aumento
miserable que promovió este Congreso con la movilidad jubilatoria, en nombre de que
llevaría a “la ruina del país”, es la confesión de que toda su política económica se sostiene
con la destrucción de las condiciones de vida de los sectores más vulnerables. Las
mayores restricciones al acceso a los medicamentos directamente expresan que están
jugando con la salud y la vida de millones de adultos mayores.
Por estos motivos, solicitamos a las y los diputados la aprobación del presente proyecto
de ley.

Proyecto de Resolución Directorio PAMI EXPTE N°6252-D-2024

04/11/2024

PROYECTO DE RESOLUCIÓN


La Cámara de Diputados de la Nación Resuelve:
Instar al Poder Ejecutivo Nacional a que cese en la intervención del Instituto Nacional de
Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados (PAMI), desde diciembre de 2023 a
través del Dr. Esteban Ernesto Leguízamo, y dé cumplimiento a las disposiciones de la
Ley 19032 y su modificatoria, Ley 25615, convocando en un plazo perentorio a
elecciones generales de los 7 directores correspondientes a los beneficiarios del PAMI,
poniendo así en marcha la normalización de dicho Instituto.


Vanina Biasi
Mónica Schlotthauer
Nicolás del Caño

FUNDAMENTOS


Sr. Presidente:
El PAMI (Instituto Nacional de Servicios Sociales para jubilados y Pensionados) fue
creado por la ley 19.032, luego modificada por ley 25615. Por ellas se establece en su
artículo 1° que se trata de una “persona jurídica de derecho público no estatal, con
individualidad financiera y administrativa”. Es decir, no pertenece a la administración
pública nacional.
El art 5°de la Ley establece que será gobernado y dirigido por un directorio integrado por
11 directores, 7 de los cuales deberán ser electos por los afiliados. Pero hace décadas, casi
sin interrupción, que está en manos de interventores puestos por el Poder Ejecutivo. La
ley sólo autoriza la intervención por 180 días debiéndose convocar de inmediato a
elecciones.
Continuando con la “tradición” de todos los gobiernos en el incumplimiento de esta ley,
actualmente Javier Milei mantiene al frente del Instituto al Dr. Esteban Ernesto
Leguízamo, designado Director Ejecutivo del PAMI.
La historia del PAMI está plagada de corrupción. Más de la mitad de sus directores
generales fueron procesados por coimas de prestadores y laboratorios. En la década
menemista todos sus directores fueron procesados por malversación de fondos públicos.
El más conocido, Víctor Alderete, fue condenado, aunque no cumplió la pena por su
avanzada edad. En el año 2000, bajo el gobierno de De La Rúa, el PAMI se negó a pagar
una abultada deuda a la fundación Favaloro -lo que muchos indicaron como causal del
suicidio del conocido médico.
A los que sí se condena a la indigencia es a los adultos mayores, rebajando una y otra vez
los ingresos. Pero además ahora se recorta los medicamentos y los servicios de un instituto
que no pertenece a la Administración Púbica Nacional, que tiene sus propios fondos pero
que todos los gobiernos lo usaron y usan como caja propia. Queda demostrado que los
jubilados sostienen al Estado y no al revés.
Por ello resulta indispensable una auditoría independiente, con participación de
representantes de los jubilados.
El PAMI debe normalizarse dando lugar a su propia administración en manos de un
Directorio electo democráticamente.
Mientras ello ocurre, la actual dirección debe anular la resolución 2431/2024
garantizando la cobertura gratuita, al 100% del costo efectivo del Programa de
Medicamentos del PAMI, incluyendo medicamentos de todo tipo, sin excepción ni
restricciones para las y los jubilados y pensionados habitantes en la República Argentina,
tal lo expresado en nuestro Proyecto de Ley Expte. 4854-D-2024.
Por todas estas razones, solicitamos que esta Cámara exija que se dé cumplimiento a las
Leyes N°19032 y N°25615 que obligan a garantizar la designación de un directorio electo
del PAMI.
Por lo expuesto invito a acompañar el presente Proyecto de Resolución.

Proyecto de Resolución Interpelación Legízamo PAMI EXPTE N°6253-D-2024

04/11/2024

 

PROYECTO DE RESOLUCIÓN

La Cámara de Diputados de la Nación Resuelve:


Citar para su interpelación -de conformidad con el artículo 71 de la Constitución Nacional
y los artículos 204, 205, 206 del Reglamento de la Cámara de Diputados de la Nación- al
interventor y Director Ejecutivo del Instituto Nacional de Servicios Sociales para
Jubilados y Pensionados (PAMI), Dr. Esteban Ernesto Leguízamo, en una sesión abierta
de la Cámara de Diputados, a fin de que informe públicamente y responda las inquietudes
de los legisladores nacionales respecto a la situación financiera del PAMI bajo su gestión
y la ejecución presupuestaria del Instituto, incluyendo un informe fehaciente y
documentado de los montos ingresados y su origen, así como los destinos a los que fueron
aplicados.


Vanina Biasi

FUNDAMENTOS


Sr. Presidente:
El ensañamiento del gobierno de Javier Milei con las y los adultos mayores no tiene
precedente. Con el veto a la movilidad jubilatoria que salió indemne de esta Cámara
gracias a la compra y venta de diputados, y ahora el congelamiento indefinido del bono
de $70.000, se profundizan las condiciones de indigencia en la que se encuentra la gran
mayoría de las y los jubilados.
Como esto no parece ser suficiente castigo para quienes aportaron durante toda su vida
laboral con su trabajo y el sostenimiento del sistema jubilatorio, ahora el PAMI los obliga
a comprar medicamentos esenciales para una vida digna -los que hasta ahora se
entregaban gratuitamente- incluso comprometiendo la supervivencia de aquellos
pacientes con afecciones graves. El desmantelamiento del Hospital Español, las
prestaciones elementales como pañales, audífonos y prótesis que son retaceadas con
trámites infinitos y excusas renovadas, forman parte de la degradación y el ajuste de la
obra social más importante de América Latina con cerca de 5 millones de afiliados.
Sin embargo, al PAMI no le faltan recursos. De acuerdo a la Ley 25.615 en su artículo 8
establece que estos están garantizados por los haberes de los trabajadores activos
registrados que aportan un 5% sobre el salario. Se trata de un universo de 6.236.344
trabajadores del sector privado, 2.208.978 monotributistas y 3.445.702 trabajadores
públicos, lo que hace un total de 11.891.024 trabajadores registrados (fuente CEPA).
Según la Secretaría de Trabajo, Empleo y Seguridad Social, la Remuneración Imponible
Promedio de los trabajadores Estables (RIPTE) en agosto alcanzaba $1.032.410, lo que
equivale a un aporte de $51.620,50 por trabajador. Unos 613.820 millones de pesos por
mes. Por año los aportes de los trabajadores al PAMI totalizarían 7 billones 979.667
millones de pesos
A esto hay que agregar el aporte mensual de los propios jubilados, unos 5.000.000 de
beneficiarios que en su mayoría cobran la jubilación mínima aportando $11.529 cada uno
($57.645 millones al mes totalizando 749.385 millones de pesos al año.
La totalidad de los aportes de activos y pasivos alcanzaría los 8 billones 729.052 millones
de pesos al año. Además, PAMI recibe aportes del Tesoro contemplados en el Presupuesto
Nacional. Sin embargo, la ejecución hasta octubre de 2024 apenas supera los 3 billones
de pesos.
Considerando los antecedentes de corrupción en casi todas las administraciones del PAMI
desde su creación, irregulares por haber violentado el derecho de los jubilados a tener una
mayoría de directores electos por los afiliados, resulta indispensable que se convoque a
esta Cámara al Director Ejecutivo del PAMI, Dr. Esteban Ernesto Leguízamo, para
informar sobre el estado financiero, la ejecución presupuestaria del PAMI incluyendo un
informe fehaciente y documentado de los montos ingresados y su origen así como los
destinos a los que fueron aplicados.
Por lo expuesto, solicitamos acompañen el presente proyecto de Resolución.

 

PROYECTO DE DECLARACIÓN: REPUDIO A LA LIBERACIÓN DE LOS POLICÍAS ASESINOS DE SOFI FERNANDEZ EXPTE: N°3874-D-2024

30/09/2024

PROYECTO DE DECLARACIÓN

La Cámara de Diputados de la Nación Declara:
Su repudio a la liberación de nueve de los diez policías detenidos a fines de abril por el
crimen de Sofía Fernández, mujer trans de 39 años, asesinada en la Comisaría 5ta de Pilar
en abril del 2023, según lo resuelto por el Juzgado de Garantías N° 7 del municipio de
Pilar, a cargo del juez Walter Seatone, quien a su vez desestimó el agravante de “odio por
identidad de género”. Entre los oficiales imputados hay tres acusados por homicidio, y
otros siete, incluido el Comisario Salerni, por encubrimiento y falsificación de
documentos.


Su rechazo al cambio de carátula de la causa y su reclamo para que este travesticidio sea
considerado y caratulado como lo que fue: un crimen por odio a la identidad de género.
Su reclamo al Ministerio de Seguridad de la Provincia de Buenos Aires, a cargo de Javier
Alonso, para que cese en la defensa jurídica, técnica e institucional, de los policías
acusados por delitos que constituyen graves violaciones a los derechos humanos, a través
de la Dirección de Asesoría Letrada de policía del Ministerio de Seguridad de la
Provincia.


Su acompañamiento al reclamo de medidas de protección y seguridad para los familiares
de Sofía Fernández, que fueron rechazadas por el juez Seatone, cuando están involucrados
en el crimen sectores del poder policial.


Su repudio al operativo pro impunidad de miembros de la Policía Bonaerense que gozan
de protección institucional, política y judicial.


Su exigencia por el esclarecimiento del travesticidio de Sofía Fernández, para que haya
justicia y cárcel común para todos los responsables.


Vanina Biasi
Mónica Schlotthauer
Nicolás del Caño
Christian Castillo
Alejandro Vilca


FUNDAMENTOS

Sr. Presidente:
Sofía Fernández era una mujer trans que fue asfixiada y asesinada el 10 de abril de 2023
en una celda de la comisaría 5ta de la localidad Presidente Derqui, Pilar, por miembros
de la policía Bonaerense.
Cuando Sofía fue «encontrada» sin vida, las autoridades policiales, junto con una
psicóloga del municipio, informaron a Mabel, su hermana, que había fallecido
«súbitamente» y que todo indicaba un suicidio. Sin embargo, la autopsia concluyó que
murió por asfixia, precedida de tortura y con signos de posible abuso sexual, perpetrada
por al menos tres personas.
En la causa judicial hay 10 policías acusados por la fiscalía como coautores y
encubridores del hecho, que en un primer momento fue caratulada como “Homicidio
agravado por odio a la identidad de género, por el concurso premeditado de dos o más
personas y por ser perpetrado por miembros de la fuerza de seguridad” y “Encubrimiento
agravado por resultar el hecho precedente especialmente grave y por ser perpetrado por
miembros integrantes de la fuerza policial y Falsificación de Documento público”. No
obstante, un nuevo dictamen del juez Walter Seatone de principios de julio del corriente
liberó a 9 de los 10 policías detenidos, y desestimó el agravante de “odio por identidad
de género”, cambiando la carátula de la causa.
Cuatro de los policías liberados, a saber, el Oficial Ayudante Ezequiel Francisco Ávalos
Ibáñez, el Sargento Germán Gonzalo Robles, la Sargento Yésica Isabel Núñez y la
Subteniente Viviana Edith Ruiz, días antes de su liberación, habían recibido previamente
el beneficio de la prisión domiciliaria. El único imputado que permanece detenido es el
oficial Ayudante Carlos Matías Rodríguez, habiéndose dictado prisión preventiva debido
a los indicios que apuntan a su responsabilidad en el travesticidio.
El crimen refleja a una policía, en este caso la Bonaerense que se cree impune para actuar
de manera criminal. No son casos aislados, sino que es la naturaleza de una institución
creada para la represión, donde el autoritarismo y el abuso de poder, el gatillo fácil, las
torturas en comisarías, la participación en el delito organizado, son moneda corriente. En
este caso en particular se expresa el odio de género y la saña contra una mujer trans, en
un país donde los discursos de odio han sido adoptados como ideología oficial del
gobierno. Discursos que ampara y promueve este tipo de crímenes aberrantes.
En el travesticidio de Sofi Fernández no solo los imputados directos (un porcentaje
significativo del personal de la comisaría, incluido el comisario Daniel Salerni) se han
protegido mutuamente, sino que el Ministerio de Seguridad Provincial, a cargo de Javier
Alonso, asumió la defensa jurídica, técnica e institucional, de los policías acusados por
delitos que constituyen graves violaciones a los derechos humanos, a través de la
Dirección de Asesoría Letrada de policía del Ministerio de Seguridad de la Provincia.
Algo que está vetado para el caso de las fuerzas federales de represión por Resolución
nacional 477/2023 (Publicada en Boletín Oficial: RESOL-2023-477-APN-MSG). Dicha
resolución dispone que “que las Direcciones de Asuntos Jurídicos y/o Divisiones Legales
y/o equivalentes de las Fuerzas Policiales y de Seguridad Federales no brindarán
asistencia jurídica a los agentes y/o funcionarios de esas fuerzas federales de seguridad
que resulten judicialmente acusados por GRAVES VIOLACIONES A LOS DERECHOS
HUMANOS”.
En este caso, la Asesoría ha proporcionado una defensa que incluye cinco abogados, y
han solicitado al juez permitir que un grupo de profesionales policiales en actividad actúe
como peritos de parte. Estos especialistas incluyen a Ricardo Grubisa, Fernando
Maldonado, Valeria Stingo y Luis Vizcarra. Como se denuncia en una nota periodística
del diario Página 12 los honorarios de los abogados “serían altísimos si fueran pagados
de manera particular, pero que en este caso serán financiados por el Ministerio de
Seguridad, utilizando recursos públicos”.
Detrás de la lucha por justicia por Sofi Fernández existe una familia decidida a enfrentar
el operativo de impunidad, y la movilización del activismo LGBTIQ+ y de derechos
humanos que los apoya.
Por todas estas razones, solicitamos el acompañamiento del presente proyecto de
declaración.

PROYECTO DE DECLARACIÓN: REPUDIO A LOS DESPIDOS Y EL LOCKOUT PATRONAL DE BRIDGESTONE ARGENTINA Y FATE EXPTE: N° 3845-D-2024

30/09/2024

PROYECTO DE DECLARACIÓN


La Cámara de Diputados de la Nación Declara:


Repudiar el lockout patronal anunciado por las empresas Bridgestone Argentina y FATE,
con 92 despidos en esta última y una suspensión por tiempo indeterminado de todos los
trabajadores de la planta en Bridgestone, junto al pedido de apertura de Procedimientos
Preventivos de Crisis (PPC) ante la Secretaría de Trabajo dependiente del Ministerio de
Capital Humano.


Rechazar enérgicamente el Procedimiento Preventivo de Crisis por parte de empresas que
han tenido inocultables ganancias millonarias en los últimos años. En el caso de
Bridgestone, la misma se vio obligada a repartir ganancias sobre los ejercicios 2021 y
2022 y se autodefine como la fabricante e importadora de neumáticos «más grande del
mundo». FATE, por su parte, cuenta con ganancias estimadas en 192 millones de dólares.
Denunciar que la política de estas patronales es la amenaza y la ejecución de despidos
masivos para quebrar la organización obrera y avanzar en la flexibilización laboral de los
trabajadores.


Apoyar las medidas de lucha del Sindicato Único de los Trabajadores del Neumático
(SUTNA) contra estas medidas ilegales y fraudulentas por parte de las empresas
Bridgestone y FATE, su defensa de los puestos de trabajo y sus reclamos frente a la
Secretaria de Trabajo y el Ministerio de Capital Humano.


Vanina Biasi
Mónica Schlotthauer
Alejandro Vilca
Nicolás del Caño
Christian Castillo
Paula Penacca
Carolina Gaillard
Cecilia Moreau
Esteban Paulón
Blanca Osuna
Hilda Aguirre


FUNDAMENTOS

Sr. Presidente:
Traemos a consideración el presente Proyecto de Declaración en virtud de la avanzada
contra los trabajadores del neumático de las plantas de las empresas Bridgestone y FATE.


Los trabajadores del neumático afrontan una nueva fase de la lucha contra los despidos y
en defensa del conjunto de las condiciones laborales en el gremio. Ahora se sumó con un
pedido de Procedimiento Preventivo de Crisis (PPC) la empresa Bridgestone que, en
consonancia con FATE, fábrica nacional de producción de neumáticos perteneciente a
Madanes Quintanilla -quien agrupa también Aluar, Futaleufú e INFA- ha realizado una
presentación en el Ministerio de Capital Humano declarándose en “crisis”.


Inmediatamente después de que la empresa Bridgestone comunicara una ilegal
“liberación de tareas” por una semana a todo el personal, figura inexistente en la
normativa laboral vigente, supuestamente por un tema de regular stocks, desde el
Sindicato Único de Trabajadores del Neumático (SUTNA) denunciaron esta conducta
como ilícita en el Ministerio de Trabajo de la Provincia de Buenos Aires, y reclamaron
una inmediata audiencia antes que estas se consumara la medida a partir del pasado
domingo 14 de julio. Luego de una audiencia frustrada por la ausencia de la patronal y
otra donde solo presentó un escrito evasivo, el día de martes 16 de julio, la patronal envió
cartas documentos a numerosos trabajadores comunicando una suspensión por tiempo
indeterminado. Simultáneamente, la Secretaria de Trabajo dependiente de Capital
Humano comunicó que Bridgestone había presentado un pedido de apertura de
procedimiento preventivo de crisis (PPC), amenazando con despidos y mayor
flexibilización laboral.


El recurso de crisis presentado por las patronales es absolutamente improcedente y
fraudulento. En el caso de FATE se trata de una empresa con ganancias millonarias en el
último período. La alerta sobre posibles «problemas futuros” no se corresponde con la
inocultable rentabilidad de la que vienen gozando durante los últimos años. De conjunto,
en los últimos tres años, período que exige la ley para presentar un PPC, dan como
resultado una ganancia total de 192 millones de dólares. Por su parte, la empresa
Bridgestone se vio obligada a repartir ganancias sobre los ejercicios 2021 y 2022 por la
gran e inocultable rentabilidad obtenida por esta fabricante e importadora de neumáticos,
quien se autodefine como la “más grande del mundo”.


Queda claro que hay una avanzada contra los trabajadores, que va en línea con la política
del gobierno nacional de habilitar una destrucción masiva de puestos de trabajos con una
depresión económica que quieren descargar sobre los trabajadores, con despidos y
flexibilización laboral, en beneficio de las ganancias empresariales y sin ninguna
industrialización.


Hace menos de una semana, en la Audiencia Pública contra los despidos realizada en esta
Cámara reclamó por una ley que prohíba los despidos y suspensiones, existiendo
numerosos proyectos cajoneados en esta Cámara para avanzar con una medida elemental
de protección de los puestos de trabajo. En la audiencia hubo cientos de trabajadoras y
trabajadores que expusieron cómo están padeciendo en carne propia los despidos llevados
a cabo tanto en el ámbito privado como del Estado. Lo que pusieron en evidencia es que
no van a asistir pasivamente como espectadores frente a esta verdadera masacre social.
Por el contrario, entre los trabajadores hay amplia disposición de lucha para enfrentar está
política y para avanzar en un plan de lucha con paro nacional de todas las centrales
sindicales hasta derrotar el plan anti obrero del gobierno.


En dicha Audiencia el Secretario General del SUTNA, Alejandro Crespo, llamó a no dejar
que quiebren la moral de las y los trabajadores, y enfatizó sobre la necesidad de seguir
defendiendo los derechos conquistados con tanto esfuerzo de la clase obrera, y de
plantarse en defensa de los puestos de trabajo y el futuro de las familias. Asimismo,
sostuvo que convocará una reunión a todos aquellos que están sufriendo despidos, a todas
esas organizaciones de trabajadores que están pasando por las mismas circunstancias para
hacer una acción común. Reivindicamos ese camino, la unidad de los trabajadores en
lucha.


Por último, señalar que la lucha por extender la conciencia y la organización de la clase
obrera contra las patronales, el gobierno y quienes defienden sus intereses es clave para
que las y los trabajadores triunfen.


Acompañamos al SUTNA en el reclamo por el inmediato levantamiento de este lock out
patronal y, desde ya, nos manifestamos contra este pedido de apertura de PPC. La
Secretaría de Trabajo de la Nación no puede seguir actuando de esta manera escandalosa
y desvergonzada en favor de empresarios multimillonarios que atacan a sus trabajadores.
En defensa de toda la clase obrera contra el gobierno y las patronales, para derrotar este
régimen de hambre y ataque a los trabajadores, apoyamos esta lucha dentro y fuera del
Congreso y en reclamo de un paro activo.


Por todo lo expuesto, invito a las y a los diputados a acompañar el presente Proyecto de
Declaración.

PROYECTO DE RESOLUCIÓN: REPUDIO A LOS DESPIDOS Y DESMANTELAMIENTO EN LOS ESPACIOS DE MEMORIA EXPTE: N° 3704-D-2024

30/09/2024

PROYECTO DE DECLARACIÓN


La Cámara de Diputados de la Nación Declara:
Su repudio a los despidos en los diferentes espacios de memoria y dependencias de la
Secretaría de Derechos Humanos de la Nación, dependiente del Ministerio de Justicia de
la Nación, que implican no solo la pérdida de decenas de puestos de trabajo, sino también
el desmantelamiento casi completo de áreas como los Sitios y espacios de la memoria
sobre los crímenes de lesa humanidad perpetrados por la última dictadura cívico-militareclesiástica que nuestro pueblo impuso con grandes luchas y movilizaciones.
Su denuncia de que estos despidos obedecen a una política de ajuste y de negacionismo
de los crímenes del terrorismo de Estado por parte del gobierno de Javier Milei, que
apunta a una reivindicación y reconciliación con las Fuerzas Armadas para volver a darles
poder e injerencia en materia de represión interior.
Su denuncia de la precarización laboral que los trabajadores han padecido bajo todos los
gobiernos, con modalidades de contratación que los privan de derechos y estabilidad
laboral, y que los coloca en una situación de extrema vulnerabilidad como la que viven
hoy con la pérdida de sus fuentes de trabajo. En contraposición a ello, su reclamo por el
urgente pase a planta permanente de todos las y los trabajadores.
Su apoyo a las medidas y acciones de lucha que tomen los trabajadores y al reclamo por
su reincorporación inmediata y el pase a planta de todos los trabajadores del sector.


Vanina Biasi
Nicolás del Caño
Mónica Schlotthauer
Alejandro Vilca
Christian Castillo


FUNDAMENTOS


Sr. Presidente:
Como parte de su plan de ajuste en el sector público, el gobierno nacional de Javier Milei
está aplicando despidos y una política de desmantelamiento en la Secretaría de Derechos
Humanos y en los sitios de memoria.
Según el cuerpo de delegados de ATE de la Secretaría de Derechos Humanos ya hay más
de 80 despidos. El área más afectada es la Dirección Nacional de Sitios y Espacios de
Memoria, con decenas de despidos que afectaron a arquitectos, personal de
mantenimiento y a trabajadores que se ocupaban de actividades pedagógicas y de la
conservación y preservación de los ex centros clandestinos de detención, entre otras
tareas. Estos espacios también se ocupan de aportar pruebas materiales a los juicios de
lesa humanidad. Ese patrimonio protegido y bajo la tutela de jueces queda ahora sin
arqueólogos ni conservadores que sigan manteniendo su arquitectura y condiciones sin
que sean afectadas por el paso del tiempo, las vicisitudes climáticas, y las visitas de
escuelas y personas que quieran conocer su historia.
Esto ha generado una serie de movilizaciones de los trabajadores del lugar, así como
también una audiencia en la Legislatura de Ciudad de Buenos Aires, el lunes 1 del
corriente, que juntó más de 200 personas vinculadas al sector.
El gobierno nacional pretende dar vuelta la página y amnistiar a los genocidas que fueron
encarcelados tras años de organización y lucha de organismos de derechos humanos y
sectores de trabajadores y jóvenes. En esta línea se inscribe el DNU firmado por Milei
que determina la eliminación del organismo que investiga la desaparición de niños
durante la dictadura militar. Sin embargo, la multitudinaria movilización que tuvo lugar
este último 24 de marzo, durante el aniversario del golpe genocida, dio cuenta de que hay
un sector muy importante del pueblo trabajador argentino que está dispuesto a dar batalla
contra esta política.
No solamente en esta área se vienen produciendo despidos y pérdidas de los puestos de
trabajo. Ya hay miles de despidos en distintas áreas del Estado, como en el INTI (cuyos
trabajadores salieron a las calles para defender los puestos de trabajo), el Hospital
Posadas, el SENASA, la Subsecretaría de Protección contra la Violencia de Género y el
INCAA, entre otras. Esto, después de que el gobierno despidiera a más de 24.000
empleados públicos en los últimos meses.
El despido de trabajadores y el vaciamiento de los espacios de memoria afecta también a
las actividades educativas, ya que las escuelas realizan constantemente visitas guiadas
con estudiantes a distintos espacios que fueron centros clandestinos de desaparición de
personas bajo la dictadura cívico-militar; a la vez que se ponen en peligro programas
educativos que se desarrollan en dichos espacios, como por ejemplo el programa «Jóvenes
y Memoria», que funciona hace años y del que han participado miles de estudiantes de
decenas de escuelas.
Esto repercute en la currícula escolar y la posibilidad de desarrollar actividades que
promuevan la reflexión y el pensamiento crítico sobre las dictaduras militares y la
represión, sosteniendo la importancia de la defensa de los derechos humanos y las
libertades democráticas.
Asimismo, los Sitios se encuentran protegidos por leyes nacionales como la Ley 26.691
que define “su preservación, señalización y difusión de Sitios de Memoria del Terrorismo
de Estado, y cuya autoridad de aplicación es la Secretaría de Derechos Humanos y el
Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Nación”. También los protege la Ley
26.935 de traspaso de los Sitios de Memoria del GCBA al PEN, donde se expresa el
sostenimiento y deber del PEN de dar continuidad al reconocimiento de trabajadores y
trabajadoras de su situación de revista y estabilidad laboral. Asimismo, existen numerosas
medidas oficiales que protegen a cada sitio en particular. El Espacio para la Memoria
Club Atlético fue declarado Sitio Histórico por la Ley 1.794 de la Ciudad de Buenos Aires
en el año 2005 y Lugar Histórico Nacional por el Decreto presidencial 1762/2014. El
Espacio para la Memoria ex Olimpo fue declarado Sitio Histórico por Ley 1.197 de la
Ciudad de Buenos Aires de diciembre de 2003 y Lugar Histórico Nacional por el Decreto
presidencial 1762/2014 El Espacio para la Memoria Automotores Orletti fue declarado
“de utilidad pública y sujeto a expropiación” mediante la Ley 2.112 de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires en el año 2006, su recuperación tuvo lugar en marzo de 2009
y fue declarado Lugar Histórico Nacional por el Decreto presidencial 1762/2014. El
Espacio para la Memoria Escuelita de Famaillá se encuentra resguardado por el Convenio
599/2013 de marzo de 2022, suscripto entre el Estado nacional -a través del Ministerio de
Educación y el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos- y el gobierno de la provincia
de Tucumán. El Faro de la Memoria de Mar del Plata fue declarado Patrimonio Cultural
de la Provincia de Buenos Aires como Bien de Interés Histórico-Testimonial a través de
la Ley Provincial 13.836 y Sitio Histórico Nacional por Ley Nacional 27.127 en el año
2015. El predio del Espacio para la memoria ex Regimiento de Infantería 9 Coronel
Pagola fue asignado a la Secretaría de Derechos Humanos de la Nación para su uso como
Espacio para la Memoria mediante Resolución 302/2022 de la Agencia de
Administración de Bienes del Estado. El Espacio para la Memoria Virrey Cevallos fue
declarado Lugar Histórico Nacional a través del Decreto presidencial 1762/2014. El
Museo de la Memoria “ESMA” fue declarado Patrimonio Mundial en el año 2023 por el
Comité de Patrimonio Mundial de la Organización de las Naciones Unidas por la
Educación, la Ciencia y la Cultura (UNESCO). Se encuentra también protegido por la
Ley Nacional 26.415 y la Ley 2.599 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Defendemos los puestos de trabajo de todas las personas que están despedidas, así como
repudiamos una política de desmantelamiento de tareas vinculadas a la memoria de los
crímenes de lesa humanidad que nuestro pueblo impuso con grandes luchas y
movilización, y el ataque a las libertades democráticas de los trabajadores, que durante
los últimos 40 años ha demostrado una y otra vez en las calles que la lucha contra el golpe
genocida y la impunidad de ayer y de hoy es una bandera vigente.
Por todo lo expuesto solicito a las y los diputados nacionales la aprobación de este
proyecto.

PROYECTO DE LEY

19/09/2024
Expediente Diputados: 3655-D-2024

Publicado en: Trámite Parlamentario N° 89

DECLARASE LA EMERGENCIA OCUPACIONAL EN TODO EL TERRITORIO NACIONAL. PROHIBICION DE DESPIDOS Y SUSPENSIONES

La Cámara de Diputados y el Senado de la Nación, reunidos en el Congreso Nacional sancionan con fuerza de ley:

ARTÍCULO 1°— Declárase la Emergencia Ocupacional en todo el territorio nacional.

ARTÍCULO 2°— Prohíbase en todo el territorio de la República Argentina, por un período de veinticuatro (24) meses, tanto en el ámbito público como privado o empresas autárquicas, despedir sin justa causa o suspender a cualquier trabajador en relación de dependencia. Esta prohibición se aplicará sobre todos los trabajadores registrados, no registrados o registrados irregularmente, sea contratado, becario o monotributista, cualquiera fuera su forma contractual. Todo contrato laboral de cualquier carácter se prorrogará por el plazo establecido por este artículo. La presente disposición contempla a los trabajadores contratados bajo la forma de monotributistas, pero que revistan en relación de dependencia del estado o de un privado. Para el caso de trabajadores que se pretenda despedir con justa causa, se aplicará el procedimiento de garantía sindical durante la vigencia de la presente, el empleador deberá recurrir al procedimiento de exclusión de tutela.

ARTÍCULO 3°— Se procede a la reincorporación inmediata del trabajador despedido y/o suspendido, en su puesto y condición normal y habitual de trabajo, en forma retroactiva al 1 de enero de 2024.

ARTÍCULO 4°— En caso de no acatamiento por parte del empleador, sin perjuicio de las medidas de fuerza que frente a ello dispongan los trabajadores, ante la simple denuncia por parte del trabajador afectado o de su representación sindical de cualquier nivel, la Secretaría de Trabajo dispondrá la inmediata reincorporación del despedido para que vuelva a cumplir sus tareas normales y habituales. Asimismo, el trabajador podrá recurrir al procedimiento establecido en los arts. 47 y 52 de la Ley 23.551, es decir que durante el período de veinticuatro meses tendrán todos los derechos y garantías de empleo que gozan los trabajadores con cargos electivos o representativos en asociaciones sindicales. A los efectos de lo dispuesto en el primer párrafo, la medida cautelar que solicitare el trabajador en primera instancia, ya sea del ámbito estatal o privado, se tramitará inaudita parte.

ARTÍCULO 5°— La orden judicial de reinstalación deberá cumplirse en el término de 48 horas. En caso de incumplimiento, con la mera solicitud del trabajador para hacerla efectiva, se procederá a la reincorporación con la presencia del magistrado en el lugar de trabajo y/o mediante oficial de justicia, con el auxilio de la fuerza pública, previamente ordenada en caso de resistencia a la reincorporación. Para los supuestos pertinentes se observará lo dispuesto en la ley 22.172. Frente a cada día de demora en la reinstalación, se aplicará una sanción que regirá desde el momento del despido y no podrá ser inferior a un mes de salario por día que se negase a su reinstalación, según lo establecido en el artículo 666bis del Código Civil. La suma de dinero de la multa establecida en el párrafo anterior será percibida y administrada por la Comisión Interna y/o cuerpo de delegados y/o «Comisión de Control Obrero» creada por esta Ley. En todos los casos, la resolución sobre el uso del dinero se tomará en Asamblea conjunta de los trabajadores del establecimiento más allá de su modalidad contractual, estén afiliados o no a alguna organización sindical.

ARTÍCULO 6°— Inciso a) Créase en el ámbito de las empresas que aleguen caída de ventas o producción, o que hayan iniciado un procedimiento preventivo de crisis, una «Comisión de Control Obrero» integrada por representantes de las organizaciones sindicales actuantes en las mismas y delegados de personal elegidos para este fin en asamblea de todo el personal de la planta, sin excepción, estén o no afiliados a algún sindicato e independientemente de su condición contractual. No podrán ser parte de esta comisión ningún empleador ni miembros de los órganos de gobierno de la empresa, gerentes, ni funcionarios públicos políticos y/o representantes del Estado.

Inciso b) La «Comisión de Control Obrero» tendrá acceso pleno e irrestricto a toda la información contable, comercial, bancaria, jurídica y de cualquier índole a los fines de poder elaborar un análisis certero de la situación de la empresa, la que deberá ser puesta a su disposición por los empleadores, la AFIP, ANSES y demás órganos estatales de contralor.

ARTÍCULO 7°— Si cualesquiera fuera la causa, fuese necesario reducir las horas de trabajo, el empleador repartirá equitativamente las horas necesarias de trabajo entre todos los trabajadores de la empresa, manteniendo el mismo salario, bajo la supervisión directa de los delegados sindicales de planta o de la Comisión de Control Obrero constituida según el artículo 6, según corresponda, los cuales tendrán derecho a veto y poder de rectificación en dicha distribución.

ARTÍCULO 8°— Se procederá a la estatización, con una indemnización que no podrá ser superior a $100, de toda empresa que cierre o despida masivamente. Las mismas estarán bajo control y gestión de la «Comisión de Control Obrero» según se dispone en el art. 7 de la presente Ley. Los despidos o suspensiones que den lugar a dicha estatización quedarán sin efecto, reincorporando al trabajador en su puesto y condiciones normales y habituales de trabajo, abonándole los salarios caídos.

ARTÍCULO 9°— Con el fin de que los trabajadores no registrados puedan estar amparados en los beneficios de la presente Ley, se acreditará tal condición mediante la simple notificación por medio de carta documento al Ministerio de Trabajo y a la empresa, por parte del trabajador. Condición que podrá corroborar el Ministerio mediante sus mecanismos de inspección. En caso de no ocurrir dicha inspección, al cabo de dos semanas automáticamente el trabajador será considerado en relación de dependencia y el empleador deberá efectuarle todas las cargas sociales de ley, respetando la real antigüedad en el cargo.

ARTÍCULO 10°— La presente ley comenzará a regir a partir del día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial.

ARTÍCULO 11°— De forma.

FUNDAMENTOS

En las últimas horas el gobierno nacional continuó con su anunciado plan de despidos en el Estado. De acuerdo a los datos de ATE, los ministerios y organismos más afectados por el momento son el de las Mujeres, Géneros y Diversidad (devenido en secretaría del Ministerio de Justicia), con 450 despidos; la Secretaría de Derechos Humanos, con 700; el ex ministerio de Desarrollo Social, con 370 cesanteados (tanto de las oficinas ubicadas en la Ciudad de Buenos Aires como en los Centros de Referencia de las provincias); el INTI, con 285 despidos; Parques Nacionales, con 79 despedidos y el INCAA, con 20. En el Hospital Posadas se conoció el despido de 90 trabajadores. Se cumple así el anuncio del vocero Adorni del 28 de junio que prometió una “barrida y limpieza” de trabajadores estatales. Claro que el rasero no fue una evaluación de sus desempeños ni compromiso laboral, sino la contratación precaria que nos legaron los anteriores gobiernos que hicieron del Estado el principal empleador bajo modalidades fraudulentas de los derechos laborales. Se estima que son entre 50.000 y 60.000 los contratos que vencieron el 30 de junio 2024.

En lo que va del año el Estado es responsable directo de unos 18.000 despidos en la administración pública. En las empresas públicas “privatizables”, por otra parte, se despidieron 5000 trabajadores, en forma directa o recurriendo al mecanismo del “retiro voluntario”. Entre ellas la tercerizada GPS de Aerolíneas Argentinas que desvinculó a 150 trabajadores.

La pérdida de puestos de trabajo no es sólo en el Estado ya que la depresión de la actividad económica, que se expresa en una caída del PBI estimada en 6% en relación al mismo período de 2023, las patronales la abordan mediante la destrucción de puestos de trabajo. Según varios informes, la pérdida de empleo ya constituye la principal causa de preocupación económica, superando a la inflación.

Sólo en la construcción se estiman unos 100.000 despidos, producto de la suspensión de la obra pública y la caída del 98,2% en las transferencias a las provincias. El salto de dos puntos en la desocupación en el primer trimestre del año da idea de la masacre social del mega ajuste en marcha que ha conducido a una recesión con rasgos de depresión económica. Esto sumado a la inflación, que desde la devaluación de diciembre hasta hoy ya acumula un 115,73%, han generado un cuadro de brutal recesión económica que ya configura la peor estanflación.

Los sectores industriales más fuertes como las automotrices, las metalmecánicas y autopartistas, que han acumulado enormes ganancias, vienen ejecutando miles de despidos. Hasta los sectores beneficiados con desgravaciones impositivas como la electrónica de Tierra del Fuego o las petroleras, anuncian suspensiones y despidos. El gremio del neumático (SUTNA) se encuentra en pleno conflicto por 97 despidos en Fate -un conglomerado económico que incluye a Aluar, única productora de aluminio en Argentina, que ha amasado fortunas en los últimos años y el trámite de un Preventivo de Crisis por 280 despidos más.

Según un comunicado de la petrolera estatal YPF se estaría planificando dejar inactivas 55 áreas petroleras, lo que resultaría en la suspensión de unos 2000 trabajadores por un periodo de cuatro meses, con el pago de solo una fracción de sus salarios. Esta medida, aparentemente temporal, es una estratagema para despedir y vender las áreas a otras empresas extractoras de petróleo.

Según el informe mensual de Entidades Financieras publicado por el Banco Central solo en abril, se cerraron 65.532 cuentas sueldo, llegando a más de 330.000 cierres. Equivale casi al 5% del total de los trabajadores formales. A esto se habrían sumado otras 60 mil entre mayo y junio, según fuentes del sistema financiero.              

Teniendo en cuenta que más del 40% de la fuerza de trabajo no está registrada y que esta condición precaria abarata el despido, es razonable suponer que estas cifras escalofriantes de pérdida de puestos de trabajo son un sub-registro por completo, al que deben sumarse miles de puestos de trabajo informales también se han perdido.

Nos encontramos ante una perversa masacre social cuyo único objetivo es aumentar la renta del capital sacrificando la vida de millones de trabajadores y trabajadoras.

Con la Ley Bases y el paquete fiscal se castiga a los asalariados con el impuesto a las “ganancias” sobre los salarios al mismo tiempo que se premia a los empresarios evasores de aportes patronales, se les reduce la alícuota de Bienes Personales a los más ricos y le regalan a los evasores y los que se enriquecen ilícitamente un blanqueo de capitales que permitirá lavar dinero del narcotráfico y de la trata de personas.

La contrapartida es la persecución despiadada a quienes se organizan reclamando trabajo digno y la asistencia del Estado, responsable por generar niveles exorbitantes de pobreza e indigencia.

Para interrumpir esta sangría, la presente Ley toma medidas inmediatas prohibiendo los despidos por dos años, sean éstos de planta, efectivos, contratados o con cualquier otra forma de fraude laboral, reincorporando a los despedidos desde el 1° de enero del corriente. Estableciendo sanciones a quienes la incumplan, creando en el ámbito de las empresas que aleguen caída de ventas o producción, o que hayan iniciado un procedimiento preventivo de crisis. Creando una «Comisión de Control Obrero» que tendrá acceso pleno e irrestricto a toda la información contable, comercial, bancaria, jurídica y de cualquier índole a los fines de poder elaborar un análisis certero de la situación de la empresa, la que deberá ser puesta a su disposición por los empleadores, la AFIP, ANSES y demás órganos estatales de contralor. Por su artículo 7° se establece que, si fuese necesario reducir las horas de trabajo, el empleador repartirá equitativamente las horas necesarias de trabajo entre todos los trabajadores de la empresa, manteniendo el mismo salario, bajo la supervisión directa de los delegados sindicales de planta o de la Comisión de Control Obrero. Se procederá a la estatización de toda empresa que cierre, que inmediatamente seguirá funcionando bajo control de sus trabajadores.

Como conclusión reproducimos a continuación el párrafo final de los Fundamentos del Proyecto de Ley presentado en 2018 y 2020 por nuestra banca, que hoy volvemos a presentar ya que vuelve a cobrar completa actualidad en el marco de una grave ola despidos que golpea a cientos de miles de trabajadores y trabajadoras en nuestro país.

Cada crisis económica que tuvo la Argentina en los últimos 40 años terminó con un saqueo al nivel de vida de la única clase productora, la clase trabajadora, en favor de un puñado de grandes capitalistas. Así sucedió luego del Rodrigazo de 1975 incrementado con la masacre perpetrada por la dictadura cívico militar a partir de marzo de 1976 y el plan antiobrero de Martínez de Hoz; con la crisis hiperinflacionaria de 1989 y su secuela de bajos salarios reales durante toda la década de los noventa sumados a una hiper desocupación. Se salió de la crisis de 2001 con una hiper devaluación y una pesificación asimétrica en favor del gran capital y, como contrapartida, con una colosal desocupación y caída del salario. El desafío que plantea esta crisis es que la clase obrera y el conjunto de los trabajadores impongan esta vez su propia salida. El punto de partida de esa salida es la defensa del salario, las jubilaciones y los puestos de trabajo, de tal suerte que la crisis la paguen los beneficiarios del sistema, los capitalistas, y no sus víctimas, los trabajadores ocupados y desocupados. Con este proyecto, queremos contribuir a un debate nacional en el conjunto de los trabajadores y sus organizaciones, que establezca un programa y un plan de lucha por estas reivindicaciones urgentes, así como llevar ese debate y esa lucha al ámbito político del Congreso nacional y de todas las legislaturas.

Por todos estos motivos solicitamos el tratamiento y aprobación de este Proyecto de Ley.

Vanina Biasi

Nicolás del Caño

Alejandro Vilca

Christian Castillo

Mónica Schlotthauer

PROYECTO DE DECLARACIÓN

19/09/2024
Expediente Diputados: 3468-D-2024
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 86

EXPRESAR PREOCUPACION Y REPUDIO POR LA DECISION DEL PODER EJECUTIVO DE ENVIAR A ESTA H. CAMARA UN PROYECTO DE LEY PARA INSTAURAR UN NUEVO REGIMEN PENAL JUVENIL QUE BAJE LA EDAD DE PUNIBILIDAD A LOS 13 AÑOS.

La Cámara de Diputados de la Nación declara:

Su preocupación y repudio ante la decisión del Poder Ejecutivo Nacional, anunciada por los ministros de seguridad y de justicia, Patricia Bullrich y Mariano Cúneo Libarona, de enviar a este Congreso un proyecto de ley para instaurar un nuevo Régimen Penal Juvenil que baje la edad de punibilidad a los 13 años.

Su denuncia de que este tipo de legislación reaccionaria no sólo lesiona los derechos de la niñez y adolescencia, sino que forma parte de una política represiva, criminalizadora y persecutoria de la juventud, mientras prevalece la impunidad y el amparo al delito organizado que opera con la connivencia plena del Estado, sus fuerzas represivas, judiciales y políticas. 

FUNDAMENTOS

En una conferencia de prensa conjunta los ministros de Seguridad y de Justicia, Patricia Bullrich y Mariano Cúneo Libarona, anunciaron el pasado 28 de junio que el gobierno nacional enviará al Congreso un proyecto para establecer un nuevo Régimen Penal Juvenil, que bajará la edad de imputabilidad de 18 a 13 años.

Según pudo conocerse por información periodística, el proyecto establecería para los menores, penas de «3 a 6 años» de privación de la libertad con un máximo de ¡hasta 20 años de pena!, en «establecimientos especiales». Establece medidas incluso para los niños que están por debajo del umbral de los 13 años, que podrán ser objeto de internación decidida por un juez «para su readaptación social». El cinismo no puede ser mayor en un país donde las instituciones de menores están vaciadas y privadas de los más elementales recursos. Por supuesto que el proyecto -que según ha trascendido estaría circunscripto al ámbito penal- no contempla ninguna disposición presupuestaria. Quieren poner en pie un depósito de pibes con gorrita, destinado a los Luciano Arruga de este país, que serían una versión análoga del sistema carcelario que no es otra cosa que una gran fábrica de desamparados al servicio de las bandas delictivas. Todo lo que tenemos es entonces marketing político «low cost» contra los pibes y pibas.

Los anuncios forman parte de una agenda política reaccionaria en materia represiva y de ataque a las libertades democráticas que promueve el gobierno y adopta un nuevo capítulo en la criminalización de la juventud, que será discrecionalmente orientada a los jóvenes de los barrios pobres y la clase obrera empobrecida. Bullrich vuelve a arremeter con el encarcelamiento de menores que no pudo hacer prosperar en términos legislativos bajo el gobierno de Mauricio Macri. Retoma una ya conocida campaña fascistoide y reaccionaria contra la juventud que no va a redundar en ninguna disminución de la inseguridad ciudadana. Las estadísticas muestran de modo categórico que la participación de los menores en los delitos graves es irrelevante, del orden del 1%. En uno de los últimos informes de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, presentado en marzo 2023, se afirma: “Las causas iniciadas por delitos contra las personas (vida, integridad física, seguridad personal) totalizaron 28 (cerca del 1,4% del total), lo que marca un descenso a prácticamente la mitad con respecto al 2021, cuando ese tipo de causas fueron 53. También se redujo la cantidad de niños, niñas y adolescentes involucrados en este tipo de causas: pasó de 62 en 2021 a 39 en 2022” (https://www.csjn.gov.ar/novedades/detalle/7015). El único objetivo es castigar por partida doble a la juventud. El gobierno de Milei aumentó la pobreza en 3 millones de personas en pocos meses. El único destino que tienen para la juventud es la cárcel y la pobreza.

Bullrich y Cúneo Libarana cínicamente justifican esta política en la afirmación de que «el crimen organizado se aprovecha de niños y adolescentes para delinquir sin restricciones» (comunicado oficial del ministerio de justicia). La declaración es la confesión de que no tienen ningún interés en perseguir a los principales responsables y cabecillas del «crimen organizado» – al servicio de quienes acaban de hacer aprobar un blanqueo de capitales y a quienes Cúneo Libarona ha defendido judicialmente con su estudio familiar como vimos en el caso del narco «memaluco» Villalba. Pero no sólo eso, las consecuencias serán las que ya conocemos en América Latina: los narcos irán a buscar a niños “más niños” (menores aún) para emplear como “soldaditos” al servicio de su negocio.

El interés de Cúneo Libarona por los niños lo conocíamos hasta ahora por su participación en el “observatorio de las víctimas de falsas denuncias”, armada para atacar a las mujeres violentadas y las madres protectoras que denuncian el abuso de sus hijos. ¡Resulta que un defensor de abusadores de menores ahora quiere construir cárceles de niños!

Todos los gobiernos han sostenido un régimen de impunidad con el delito mientras el narcotráfico crece sin cesar, amparado en las zonas liberadas, la corrupción política, judicial y policial, mientras persiguen y responsabilizan al eslabón más débil, los pibes en los barrios, cuya captación para el negocio narco ninguno combate, porque eso implicaría desbaratar las bandas delictivas, nacionalizar los puertos y la banca, terminar con el lavado de dinero, atacar a las corrompidas fuerzas policiales y federales de represión. En su lugar, persiguen a los pibes empobrecidos por sus propias políticas y librados a su propia suerte en barrios y villas miseria copadas por el delito narco. La única política oficial contra este flagelo ha sido el amparo al gatillo fácil y la persecución de la juventud.

Acá no hay ningún interés en terminar con los problemas que hacen crecer la inseguridad en nuestro país y mucho menos les interesa ofrecerle una salida a la juventud que hoy no tiene futuro, mientras refuerzan la destrucción y el ahogo presupuestario de la escuela pública, el confinamiento de las familias trabajadoras en villas precarias, la sustracción de alimentos a los comedores populares, la privación de los más elementales derechos. El único interés que tienen por delante es el de reforzar un Estado represivo persecutorio contra el pueblo. Promover y facilitar la llamada doctrina Chocobar que lo único que trae aparejado son más casos de gatillo fácil a cargo de las fuerzas represivas que son engranajes fundamentales para la existencia del delito organizado.

Presentamos este proyecto para contribuir a la lucha contra este engendro reaccionario que va a profundizar el reforzamiento represivo en los barrios más humildes y contra los pibes y pibas de nuestro país.

Por estos motivos, solicitamos a las y los diputados el acompañamiento de este proyecto de declaración y repudio.

Vanina Biasi

Carlos Castagneto

Blanca Osuna

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

PROYECTO DE DECLARACIÓN EN REPUDIO A LA REPRESIÓN EN EL INTI EXPTE N°3525-D-2024

22/07/2024

PROYECTO DE DECLARACIÓN

La Cámara de Diputados de la Nación Declara:

Su repudio a la brutal represión llevada a cabo por un operativo conjunto de la Policía de
la Ciudad de Buenos Aires y la Policía Federal contra los trabajadores del INTI que
reclamaban por la defensa de los puestos de trabajo ante el anuncio de más de 282
despidos en el Instituto.
Su reclamo por la arbitraria e ilegal detención de Damián Pereyra y Sergio Melo,
delegados de la CTA capital que se encontraban manifestando su apoyo a la lucha de lxs
trabajadores del INTI, y que fueron liberados recién por la noche de ese día. Su denuncia
ante este nuevo atropello al democrático derecho a la protesta de los trabajadores.
Su apoyo a las distintas acciones de lucha por parte de los trabajadores, su reclamo de
reincorporación de todos las y los despedidos y rechazar la política de hostigamiento
policial que adoptaron los gobiernos de Ciudad y Nación contra la organización de los
trabajadores.

Vanina Biasi
Nicolás del Caño
Mónica Schlotthauer
Alejandro Vilca
Christian Castillo
Carlos Castagneto

FUNDAMENTOS

Sr. Presidente:
En el marco de un paro de 48 horas contra los despidos, los trabajadores del INTI
realizaron este lunes 1° de julio una concentración en la puerta del INTI para garantizar
el ingreso de todos las y los trabajadores a sus puestos de trabajo, que fue brutalmente
reprimida por un operativo conjunto de la Policía de la Ciudad de Buenos Aires y la
Policía Federal, que responden respectivamente a Jorge Macri y Patricia Bullrich.
A pesar de que no había corte de calle alguno, se desplegó un desproporcionado cordón
policial que comenzó a avanzar sobre los trabajadores concentrados en la puerta del
instituto, empujándolos con sus escudos y reprimiendo con palos y gases; lo cual obligó
a los manifestantes a refugiarse dentro del predio el Inti. En el marco de la represión se
llevaron detenidos de manera ilegal a Sergio Melo (ATE) y Damián Pereyra (CTAA
Capital), quienes participaban en apoyo a la protesta. No fue hasta la noche de ese día que
lograron la libertad.
No es la primera vez que la policía con operativos similares busca amedrentar a los
trabajadores del INTI, que denuncian que vienen sufriendo un asedio policial permanente
ante cada acción gremial.
La jornada de protesta de este 1° de julio congregó a cientos de trabajadores del Instituto
Nacional de Tecnología Industrial en defensa de los puestos de trabajo ante el anuncio de
más de 280 cesantías y contra el vaciamiento del organismo, en el marco de una nueva
ola de miles de despidos en toda la administración pública. Los trabajadores denuncian
que entre los cesanteados del INTI se encuentran trabajadoras embarazadas, madres en
período de lactancia y personas con enfermedades crónicas.
Los despidos masivos en distintas dependencias estatales son allanados por la situación
de extrema precarización laboral de los trabajadores estatales, donde reinan las
modalidades precarias de contratación, el monotributismo y la tercerización, que
implementaron y reforzaron todos los gobiernos.
La motosierra contra el personal también se está llevando adelante en el Hospital Posadas,
en el ex Ministerio de la Mujer, la Agenda Nacional de Discapacidad, dependencias de
derechos humanos y búsqueda de personas desaparecidas, entre un amplio número de
organismos donde se produce. El gobierno de Javier Milei anunció que pretende avanzar
con más de 50 mil despidos estatales en los próximos meses, que se sumarán a los más
de 20 mil despidos ejecutados en el primer semestre. Es una ofensiva que requiere una
respuesta del conjunto del sector con un plan de lucha de conjunto de todos los
trabajadores, superando el aislamiento, la desorganización y la parálisis que caracteriza a
la burocracia sindical.
La represión busca precisamente desarmar la organización de los trabajadores -única
herramienta para derrotar los despidos y toda la política anti obrera de este gobierno.
En defensa del derecho a la protesta y de los puestos de trabajo en el INTI, solicitamos a
las y los diputados nacionales el acompañamiento del presente proyecto.

PROYECTO DE RESOLUCIÓN: PEDIDO DE INFORMES A PETTOVELLO EXPTE N°3466-D-2024

22/07/2024

La Cámara de Diputados de la Nación Resuelve:

Solicitar, en los términos del artículo 71 de la Constitución Nacional y el artículo 204 del
Reglamento de esta H. Cámara de Diputados de la Nación, a la Ministra de Capital Humano
de la Nación Sandra Pettovello, que informe a esta Cámara lo siguiente:

1) Filiación y datos de inscripción de la ONG mencionada por la diputada Lilia
Lemoine.

2) Ubicación de los 400 comedores que serán asistidos a través del programa del PNUD

3) Informe si dichos comedores se encuentran funcionando en la actualidad o si lo hacían
en el pasado reciente.

4) Informe qué trámite realizó la diputada Lemoine para obtener una resolución
favorable en tiempo record siendo público el reclamo de las organizaciones que hace
años sostienen miles de comedores y no reciben alimentos desde diciembre.

5) Explique las irregularidades en la distribución de leche por parte de la “Cooperadora
para la Nutrición Infantil” (CONIN) en Mendoza, la que se encuentra judicializada.

Vanina Biasi
Nicolás del Caño
Monica Schlotthauer
Alejandro Vilca
Christian Castillo

FUNDAMENTOS

Sr. Presidente:
Con fecha 5/6/2024 el Bloque del Frente de Izquierda y los Trabajadores Unidad presentó un
pedido de interpelación a la Ministra de Capital Humano de la Nación SANDRA
PETOVELLO (Expte N°2887-D-2024) a propósito de varios temas relacionados con la
compra de alimentos a través de un convenio “marco de colaboración” con la Organización
de Estados Iberoamericanos (OEI) que implicó una transferencia de 6.772 millones de pesos
y la contratación de 300 personas que no estarían cumpliendo tarea alguna y con fuertes
versiones sobre el uso de esos recursos estatales para el pago de sobresueldos. Allí también
pedimos explicaciones sobre los motivos que llevaron a este Ministerio a negar
sistemáticamente la entrega de alimentos a los miles de comedores populares que funcionan
en todo el país, a ocultar la existencia de 6 millones de kilos de alimentos acopiados en los
depósitos de este ministerio, a apelar la intimación de la Justicia para que estos alimentos
fueran distribuidos entre otras preguntas que allí se formulan. La “transparencia” que dice
buscar este Ministerio choca con la realidad de Mendoza, donde la leche que debía llegar a
los niños que la necesitan a través de la Cooperadora para la Nutrición Infantil (CONIN) se
ofrece a la venta en las redes sociales.
En ese contexto el 18/6/2024 se reunió la Comisión de Acción Social y Salud Pública a la
que estaba convocada las ministra Pettovello quien por segunda reunión consecutiva no se
presentó ni respondió al pedido de la Comisión.
Ante el reclamo de varios diputados que manifestaron su preocupación dada la gravedad de
la situación, que tomó estado público, la diputada Lilia Lemoine admitió que tramitó ante el
Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD) para “ayudar” a una ONG que
sostiene 400 comedores. Allí reconoció también que a través de los medios convocó a quienes
no estuvieran recibiendo alimentos a contactarla y así lo hizo esta ONG “Nosotros hablamos
con Capital Humano y en menos de 24 horas el PNUD fue otorgado” y agregó “quienes
conozcan comedores que necesiten ayuda, no tengo ningún problema en recibirlos y hablar
con quien tenga que hablar”. Al mismo tiempo se negó a identificar a la ONG.
Con estas afirmaciones quedan expuestas varias irregularidades. En primer lugar, que la
diputada cumple en esta Cámara la función de legislar y que el Estado tiene todos los
instrumentos para resolver en el Ministerio de Capital Humano la asistencia a los 45.000
comedores populares de la Argentina que son la última frontera contra el hambre y que en su
inmensa mayoría han quedado sin alimentos. Solo que no quiere hacerlo. En segundo lugar,
el trámite “express” que en 24 horas resolvió el problema nos plantea la siguiente pregunta
¿quién auditó los 400 comedores que dice administrar esta ONG, cuyos datos se ocultan,
cuando el Ministerio y el Gobierno Nacional, supuestamente, están muy preocupados por el
manejo que hacen las organizaciones sociales a las que se les han cortado los alimentos para
los comedores que efectivamente funcionan. Queda expuesto el uso clientelar de la ayuda
alimentaria, naturalizado además por la diputada Lemoine ya que convoca públicamente a
hacer uso de sus “servicios” y “llegada” al Ministerio de Capital Humano.

A la luz de estos hechos, resulta necesario solicitar a la ministra de Capital Humano responda
al Pedido de Informes que aquí requerimos.

Por todos estos motivos solicitamos a las y los diputados nacionales el acompañamiento y la
aprobación del presente Proyecto de Resolución.

PROYECTO DE RESOLUCIÓN EN REPUDIO AL GOLPE DE ESTADO EN BOLIVIA EXPTE N°3399-D-2024

28/06/2024

PROYECTO DE RESOLUCIÓN

La Cámara de Diputados de la Nación Resuelve:
Su completo repudio y condena a la asonada golpista protagonizada por las Fuerzas
Armadas el día 26/6/2024 frente a la Casa de Gobierno en Bolivia.
Su apoyo a la movilización popular que logró el repliegue de los militares alzados y el
encarcelamiento de sus mandos militares, y su llamado a reforzar la organización de los
trabajadores bolivianos contra los animadores de estos intentos golpistas y represivos.
Su denuncia a los intereses imperialistas que operan en Bolivia, para reforzar el saqueo
colonial del pueblo y sus recursos naturales, como la explotación del litio en la mayor
reserva del mundo que constituye Bolivia junto a nuestro país y Chile.
Su repudio al silencio del presidente Milei, que mientras acusa a los manifestantes
populares de «golpistas», no rechazó el intento de golpe de Estado en Bolivia.

Vanina Biasi
Nicolás del Caño
Mónica Schlotthauer
Christian Castillo
Alejandro Vilca

FUNDAMENTOS

Sr. Presidente:
El intento de golpe de Estado que tuvo lugar en el día de ayer, miércoles 26 de junio, en
Bolivia constituye un hecho gravísimo. El comandante del Ejército de Bolivia, Juan José
Zuñiga, ocupó la Plaza Murillo, frente a la Casa de Gobierno (Palacio Quemado), con
tanquetas, blindados y fuerzas militares. Penetró a la Casa de Gobierno rompiendo la
puerta con una tanqueta.
Su reclamo público fue el de impedir que Evo Morales, dirigente del MAS, se pudiera
presentar como candidato a presidente para las elecciones del 2025, disputando el intento
de reelección del actual presidente Luis Arce, de una fracción del MAS enfrentada.
Con el correr de las horas se evidenció que el resto de las Fuerzas del Ejército
permanecían acuarteladas y no se sumaban a la asonada golpista de Zuñiga. Al tiempo
que Evo Morales convocaba a la huelga general y al corte nacional de rutas para enfrentar
el golpe. La Central Obrera Boliviana (COB) y las centrales campesinas lanzaron el
llamamiento.
Según versiones periodísticas, Arce habría destituido a Zuñiga la noche del martes. Pero
esto no fue publicitado, ni anunciado quién lo reemplazaba en la Jefatura del Ejército.
Recién después del allanamiento militar a la Casa de Gobierno, Arce hizo pública la
destitución de Zuñiga y del alto mando militar y su reemplazo por el General José
Sánchez.
En la Plaza Murillo comenzaron a congregarse los primeros contingentes de ciudadanos
repudiando el golpe, que fueron dispersados por las fuerzas alzadas con gases
lacrimógenos.
Aislado, Zuñiga montó en una tanqueta y se retiró, produciéndose un desbande de las
fuerzas golpistas, que fueron perseguidas y hostilizadas por crecientes sectores populares
que acudían contra el golpe. Pocos minutos más tarde, Zuñiga y otros mandos militares
eran detenidos por la policía.
Zuñiga hizo declaraciones que implicaban al propio presidente Arce. Manifestó que el
domingo tuvo una entrevista con él, quién le pidió ayuda ante los difíciles momentos que
atravesaba el gobierno. Que su accionar militar sobre la Casa de Gobierno respondía a
ese pedido: darle fuerza al presidente para desautorizar la posibilidad que Evo Morales
pudiera presentarse. Amenazando, Zuñiga, con arrestar al propio Evo Morales para cesar
con la agitación antigubernamental que se venía desarrollando. De ser ciertas estas
declaraciones, estaríamos frente a una especie de autogolpe de Arce, proceso que se le
terminó escapando de las manos.
Zuñiga también pidió la liberación de los presos políticos de la derecha responsables del
golpe del 2019 (la “presidenta” golpista Añez, el exgobernador fascistoide Camacho, etc.)
y terminar con la “elite” que estaba hundiendo en la crisis a Bolivia.
La disputa interna del MAS que enfrenta al presidente Arce de un lado y Evo Morales del
otro, y que tiene como telón de fondo la interpretación constitucional de si este último
tiene derecho a presentarse nuevamente en elecciones como candidato a presidente, viene
escalando. El fin de semana último, las organizaciones del MAS amenazaron con lanzar
una ola de cortes de rutas por esta disputa, en defensa de la candidatura de Morales. El
gobierno de Arce respondió que buscaban provocar una “crisis estructural” con los
bloqueos, buscando incluso acortar el mandato presidencial para “imponer” su
candidatura.
En medio de este mar de acusaciones cruzadas se desarrolló la asonada golpista.
Corresponde señalar que el gobierno de Arce se ve acuciado por un creciente y rápido
crecimiento de la crisis económica y social. Hay una disparada de los precios de alimentos
de primera necesidad, falta de combustibles (que ha elevado también el precio de los
mismos) y también falta de dólares para importar productos. Las patronales camioneras
ya realizaron dos paros con bloqueos de ruta de 24 y 48 horas.
Para este jueves 27 estaba anunciada una huelga general camionera con nuevos bloqueos
por tiempo indeterminado de las rutas. Horas antes de que se iniciara la asonada golpista,
el gobierno de Arce llegó a un acuerdo con la patronal Cámara Boliviana de Transporte.
Por la misma se habría avenido a responder satisfactoriamente a los reclamos patronales
reduciendo o subsidiando naftas y diesel, eliminando o disminuyendo impuestos, etc.
Razón por la cual los transportistas levantaron el lanzamiento del paro.
En el último período, el gobierno de Arce acudió crecientemente a las fuerzas militares.
Estas fueron colocadas custodiando las estaciones de servicio para impedir que se fugaran
combustibles para ser vendidos en el mercado negro o en contrabandos exportadores.
También fue el Ejército el encargado de operativos en las fronteras para evitar el
contrabando de alimentos y combustibles.
Hay denuncias concretas de que se habían ido produciendo depuraciones de oficiales
afines a Evo Morales, colocando en su lugar otros más ligados a Arce.
“El gobierno argentino, fue –según el diario Clarín (27/6/2024)- uno de los últimos en
condenar el levantamiento militar e intento de Golpe de Estado en Bolivia”.
Prácticamente, cuando éste ya se había resuelto en forma desfavorable para los golpistas.
Lo hizo a través de la Canciller, Diana Mondino, pero no hubo declaraciones del
presidente, tan prolífico para acusar de «golpistas» a luchadores populares y llamado a
silencio cuando se debía denunciar un golpe de Estado en curso en nuestro país vecino.
Y nada dicen tampoco sobre el grave hecho de que la canciller está gestionando el asilo
político a los golpistas brasileros bolsonaristas que se alzaron contra el electo gobierno
de Lula en enero del 2023.
Los trabajadores y explotados del altiplano deben enfrentar esta crisis en curso. La
resolución lograda con el repliegue de los militares alzados y el encarcelamiento de los
mandos militares es parcial y momentánea.
Las masas bolivianas han protagonizada en reiteradas oportunidades su capacidad de
lucha contra los golpes cívico/militares que pretenden instaurar regímenes de represión,
proscripción y avasallamiento de las libertades democráticas. El golpe que llevo a la
presidencia a Jeanine Añez en el 2019 fue derrocado por la huelga general y el bloqueo
de caminos protagonizada por el pueblo. Ese es el camino, la movilización y la huelga
general.
Por todos estos motivos solicitamos a las y los diputados el acompañamiento del presente
Proyecto de Resolución.

PROYECTO DE RESOLUCIÓN: INTERPELACIÓN A BULLRICH POR 12 DE JUNIO EXPTE N°3396-D-2024

28/06/2024

PROYECTO DE RESOLUCIÓN

La Cámara de Diputados de la Nación Resuelve

Citar para su interpelación -de conformidad con el artículo 71 de la Constitución Nacional
y los artículos 204, 205, 206 del Reglamento de la Cámara de Diputados de la Nación- a
la Ministra de Seguridad de la Nación, Patricia Bullrich, en una sesión abierta de la
Cámara de Diputados, a fin de que informe públicamente y responda las inquietudes de
los legisladores nacionales sobre la feroz represión contra miles de personas que se
manifestaban el 12 de junio pasado en ocasión del tratamiento por parte de la Cámara de
Senadores de la Ley Bases y el Paquete Fiscal, así como las detenciones arbitrarias y anti
democráticas de 33 personas judicializadas luego de que el gobierno las acusara de
«sedición» e «intento de golpe de estado».

Vanina Biasi

 

FUNDAMENTOS

Sr. Presidente:
El día 12 de junio, en momentos en que se desarrollaba una multitudinaria concentración
en la Plaza de los dos Congresos, las fuerzas de seguridad federales que comanda la
Ministra Patricia Bullich (Policía Federal, Prefectura Naval y Gendarmería Nacional)
junto a la Policía de la Ciudad de Buenos Aires que responde a Jorge Macri, desataron
una brutal represión con el objetivo de desalojar a quienes se manifestaban contra la
aprobación de la Ley Bases y el Paquete Fiscal en la Cámara de Senadores, que culminó
con una brutal cacería de manifestantes y decenas de detenciones arbitrarias e ilegales de
quienes ejercían su democrático derecho a la protesta. Previamente, y sin mediar incidente
alguno, cinco diputados sufrieron ataques con gas pimienta en sus rostros.
Como pudo observarse en todos los registros periodísticos, se trató de una acción
premeditada, aprovechando la desconcentración de una parte de las columnas sindicales,
con el objetivo de evitar la llegada de miles de personas que se sumarían al culminar su
jornada laboral.
Con un descomunal despliegue represivo que incluyó gases lacrimógenos y gas pimienta,
balas de goma, camiones hidrantes, miles de efectivos y cientos de ellos motorizados;
luego de forzar la retirada de la mayoría de los manifestantes que se encontraban en las
inmediaciones de la Plaza de los dos Congresos, desataron una feroz cacería “al voleo”
que continuó a muchas cuadras de distancia en zonas donde no existía concentración ni
incidente alguno. Sin embargo, a escasos metros del Congreso, unas pocas personas
pudieron volcar e incendiar un vehículo de la Cadena 3 -incendio que no fue combatido
a pesar de encontrarse un carro hidrante en el lugar que era utilizado contra los
manifestantes, y de haber ocurrido a la vista de las fuerzas de seguridad, que no actuaron,
ni los detuvieron, ni los identificaron. Se agrega a ello, la sospecha de que haya
participado personal de las fuerzas represivas vestidas de civil, “infiltrados” entre los
manifestantes y montando las provocaciones que luego se utilizaron para justificar la
represión y las detenciones. Es precisamente lo que acaba de declarar la jueza María
Servini en una entrevista con “El Destape Radio”, donde también negó que los detenidos
fueran “terroristas”, criticó el operativo policial por “desorganizado”, “falta de
entrenamiento y de conocimiento” y sostuvo que en las causas judiciales abiertas por las
detenciones las fuerzas federales están «tirando cada una por su lado».
El saldo de estas acciones fue de más de 200 heridos y 33 detenidos, que fueron acusados
por el fiscal Stornelli de «lesiones, daños simples, incendio, estrago, delitos contra la
seguridad pública, instigación a cometer delitos, intimidación pública, incitación a la
violencia, organizar grupos permanentes o transitorios para imponer sus ideas, o combatir
ideas ajenas por la fuerza o el temor, delitos contra los poderes públicos, atentado contra
la autoridad, resistencia a la autoridad, perturbación del orden mientras sesiona el cuerpo
legislativo». Previamente la Oficina del Presidente emitió un comunicado donde acusa de
«grupos terroristas» a los manifestantes y ese mismo día, el ministerio de Seguridad
anunció que su querella «apuntará a la comisión de los delitos de sedición, perturbación
de sesiones del Congreso y estrago doloso (artículo 229, 241 y 186 del Código Penal) con
el agravante del artículo 41 quinques, previsto para acciones terroristas». Es evidente que
desde el Poder Ejecutivo escribieron el libreto del fiscal Stornelli -lo cual cuestiona
seriamente la división de poderes y las garantías constitucionales en nuestro país, donde
se tuvo varios días detenidas a 33 personas por acusaciones políticas de parte del poder
político, que se encuentran actualmente procesadas y aún 5 de ellas detenidos.
Bien miradas, varias de estas acusaciones pueden perfectamente dirigirse a la ministra
que comandó el operativo contra ciudadanos que simplemente ejercían su derecho a la
protesta amparados por las leyes y la Constitución.
En declaraciones a LN+ el día 15 la ministra Bullrich habló de «golpe de estado moderno»
y pidió a la Justicia imputar por “sedición” a los detenidos y anunció que su ministerio se
presentaría como querellante en la causa.
«Vamos a pedirle a la Justicia que sea carátula de sedición. El presidente Javier Milei
habló de golpe de Estado, que son la lógica del desgaste de la gobernabilidad. Yo
desgasto, yo no dejo que funcione un gobierno y con eso lo volteo. Es el concepto de
golpe de Estado y por eso vamos a ponerle la figura de sedición». «Lo que pasó ayer es el
kirchnerismo, la izquierda y los convocantes sindicatos, que se fueron temprano, se lo
agradecemos, pero que tomen conciencia que son los provocadores de violencia que
generan un discurso de querer voltear al gobierno porque no les gusta las cosas que el
gobierno decide», expresó y sostuvo que «se van a sorprender» con los antecedentes de
quienes participaron de los incidentes “ya van a ver cuando salgan los currículum, los
antecedentes de las personas. Los van a conocer a todos uno por uno».
Todas estas acusaciones quedaron desmentidas a medida que la jueza Servini de Cubría
iba liberando por falta de mérito a la inmensa mayoría de los detenidos y detenidas,
alojados en cárceles federales, sometidos a torturas físicas y psicológicas durante varios
días. Como ya hemos señalado, en esa situación aún continúan, privados de libertad, 5
manifestantes.
En su fallo la jueza reconoce “orfandad probatoria” ya que a los acusados «No se les
secuestró ningún elemento compatible con el hecho que se les imputa (máscaras, ondas,
piedras, palos, etc.)». No existen pruebas testimoniales ya que todas son de la policía y
contradictorias entre las actas y declaraciones, ni imágenes luego de visualizar 100 horas
de registros, y pocos elementos incautados que varios detenidos denunciaron les fueron
plantados por la misma policía. Por otra parte, el juzgado no recibió denuncia alguna por
el auto incendiado perteneciente a Cadena 3.
No existen motivos para continuar con la detención de los últimos 5 manifestantes, todos
acusados de «intimidación pública», con un embargo de 500 mil pesos. Cristian Valiente;
Patricia Daniela Calarco Arredondo, del Movimiento Teresa Rodríguez – Votamos
Luchar; Facundo Gómez; David Sica -un hombre en situación de calle y Roberto María
de la Cruz Gómez son 5 presos políticos por luchar en nuestro país para quienes
reclamamos la inmediata liberación y la anulación de cualquier tipo de persecución
judicial.
El delito de intimidación se usa para sostener la prisión preventiva sin haberse demostrado
el peligro de entorpecimiento de la investigación mientras la justicia tiene en su poder las
cámaras y celulares de los acusados. Se trata de una manipulación del objeto de la prisión
preventiva que pretende ser una medida «aleccionadora» y de amedrentamiento contra
quienes se movilizan y enfrentan las políticas antiobreras y antipopulares del gobierno.
Nos encontramos frente a un verdadero golpe contra las libertades democráticas, el
derecho de reunión y organización y, fundamentalmente, el derecho a la protesta. Una
campaña política reaccionaria impulsada por el gobierno y agitada por importantes
medios afines que se han ensañado con las organizaciones de desocupados, con
allanamientos irregulares e ilegales y falsas acusaciones, en momentos de un crecimiento
descomunal de la desocupación, y que ha pegado un salto con el allanamiento de la sede
central del Partido Obrero.
La gravedad de estos hechos represivos y persecutorios ha llevado a pronunciarse en
pocos días a miles de firmantes, personalidades nacionales e internacionales que en
número de 65.000 fueron presentados en los Tribunales Federales el día 19 del corriente,
reclamando por la situación de los compañeros detenidos y procesados tras la
movilización del día 12 de junio.
A la luz de estos hechos y denuncias, resulta necesario convocar a la ministra de seguridad
a comparecer a la interpelación pública que aquí requerimos.
Por todos estos motivos, solicitamos a las y los diputados nacionales el acompañamiento
y la aprobación del presente Proyecto de Resolución.

PROYECTO DE LEY EMERGENCIA NACIONAL EN MATERIA DE DISCAPACIDAD

24/06/2024

Artículo 1°: Declárase la Emergencia Nacional en materia de discapacidad a los efectos de garantizar
el pleno cumplimiento de los derechos de las personas con discapacidad, así como la cobertura total
de los tratamientos, medicamentos y prestaciones ordenadas por las y los profesionales
correspondientes, acorde a lo establecido por la Convención Internacional sobre los Derechos de las
Personas con Discapacidad, con jerarquía constitucional.
Artículo 2°: Fíjase el valor mínimo de la Pensión por Invalidez y la Jubilación para trabajadores con
discapacidad en un valor equivalente al costo de la Canasta del Jubilado estimada por la Defensoría
de la Tercera Edad de Ciudad de Buenos Aires, que se actualizará mensualmente de acuerdo a la
evolución del valor de la Canasta Básica que establece el Instituto Nacional de Estadística y Censos
(INDEC).
Artículo 3°: Dispóngase un aumento del 100 por ciento de las asignaciones por hijo/a con
discapacidad, y de toda otra prestación destinada a las personas con discapacidad.
Artículo 4°: Dispóngase el otorgamiento de la Tarjeta ALIMENTAR para las personas con
discapacidad beneficiarias de pensiones, tanto provinciales como nacionales o que acrediten la
necesidad de incorporación a dicho programa.
Artículo 5°: Dispóngase un aumento al valor de la Canasta Básica que establece el Instituto Nacional
de Estadística y Censos (INDEC) de todos los aranceles del Sistema Único de Prestaciones para
personas con discapacidad, que deberá ajustarse en forma mensual para que los honorarios y aranceles
se adecúen a la inflación. No podrá diferirse el pago de los mismos.
Articulo 6º: Se establecerá la unificación de criterios de presentación de los planes de tratamiento,
facturación y presupuesto para la realización de prestaciones en discapacidad para profesionales
autorizados y se establecerá una renovación automática de tratamientos prolongados. En el caso de
revisión y/o auditoría, no permitirá la interrupción o cesación de los tratamientos a la persona así
como tampoco en la cadena de pagos a las y los profesionales que los efectúan.
Artículo 7°: Establécese un aumento inmediato del trescientos por ciento (300 %) a los pagos de los
servicios de traslados para personas con discapacidad en base a la actualización del valor
nomenclador, que deberá ajustarse mensualmente para que se adecúen a la inflación, y cuyo piso
deberá ser del valor de un kilómetro de nafta, según el precio de referencia de YPF en la Ciudad de
Buenos Aires. No podrá diferirse el pago de los servicios de traslados.
Artículo 8°: Las prestaciones de terapistas ocupacionales, fonoaudiólogos/as, kinesiólogos/as,
acompañantes terapéuticos/as, músicoterapeutas, psicologos/as, psicomotricistas, maestros/as
integradores/as, equinoterapia, hidroterapia y otros profesionales o prestadores/as de servicios para
personas con discapacidad, deberán ser remuneradas al momento de la presentación de las facturas
correspondientes, no pudiendo diferirse el pago de las mismas. Todas las terapias deberán ser
incluidas en el Nomenclador. Incorpórese al cuerpo de la Comisión Directiva que fija el valor
nomenclador a personas con discapacidad, familiares y prestadores.
Artículo 9°: Todos aquellos trabajadores y trabajadoras que presten tareas como terapistas
ocupacionales, fonoaudiólogos/as, kinesiólogos/as, acompañantes terapéuticos/as, músico terapeutas,
psicomotricistas, maestros/as integradores/as, psicólogos/as y otros profesionales y prestadores/as de
servicios para personas con discapacidad definirán las formas de contratación y condiciones de
empleo que estimen más favorables a su situación con el objetivo de tener garantizado su derecho a
la registración laboral, contar con aportes previsionales, obra social, etc, sea en establecimientos
públicos o privados donde ejerzan las prestaciones. Se constituirán Comités de Trabajadores/as a para
el cumplimiento y control de lo anteriormente dispuesto, y con el objeto de hacer cumplir los
siguientes derechos: pase a planta permanente, eliminación del fraude laboral que implica el régimen
de monotributo, derecho a la sindicalización, pago a mes vencido, aumento salarial de emergencia y
establecimiento de un salario mínimo equivalente al costo de la canasta de consumos mínimos
familiar que elaboran y publican mensualmente los trabajadores de la Junta Interna de ATE-Indec,
régimen de licencias, cobertura médica, vacaciones pagas, control sobre la prevención de riesgos del
trabajo y la protección de la salud y seguridad de las y los trabajadores en el ámbito de dicho
establecimiento y toda otra cuestión atinente al desempeño de las tareas de las y los trabajadores.
Artículo 10°: Toda persona con discapacidad, con o sin hijos/as, que no disponga de vivienda podrá
solicitar a la Subsecretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda de la Nación su inmediato acceso a una
vivienda digna y acorde a sus necesidades y a las de las personas que tuviere a cargo. Asimismo,
tendrá derecho a solicitar al Banco de la Nación Argentina, quien deberá otorgarse con carácter de
urgencia mediante un plan específico, el beneficio de créditos a tasa cero para la adquisición de su
vivienda única y familiar. Se podrán solicitar plazos de pago de hasta veinte (20) años. En ningún
caso la cuota mensual podrá superar el veinticinco por ciento (25%) del ingreso mensual del o la
solicitante.
Artículo 11°: Suspensión de los desalojos de las personas con discapacidad y sus familias frente a la
imposibilidad de pagar alquileres o créditos hipotecarios.
Artículo 12°: En un plazo no mayor a los 30 días de aprobada la presente ley, la autoridad de
aplicación deberá iniciar un Plan de acciones tendientes a establecer el acceso a un Sistema Integral
Único de Salud, compuesto por prestaciones del sector público y privado a fin de garantizar la
accesibilidad completa a los derechos en salud y atención así como la desburocratización de los
trámites que impiden una atención rápida y eficaz para las personas con discapacidad, mediante el
cual cualquier prestación, tratamiento, medicación, estudio o cualquier otra indicación de cualquier
trabajador de salud, profesional o prestador tratante, deberá ser garantizado de manera gratuita, por
zona de cercanía por cualquier prestador sea público o privado.
Artículo 13°: Derógase la Resolución 2484/23 de la Superintendencia de Servicios de Salud,
publicada en el Boletín Oficial del 8/12/2023, y que instituye la “Plataforma de gestión integral
mecanismo integración” y crea el “Aplicativo de registración, geolocalización y validación de
Prestaciones”.
Artículo 14°: Pase a planta permanente de todo empleado o empleada con discapacidad que cumpla
funciones en la administración pública nacional, sea cual fuese su relación contractual y que realice
tareas y funciones correspondientes al personal de planta permanente, a fin de garantizar el efectivo
cumplimiento del cupo laboral establecido por ley 22.431, bajo convenios colectivos de trabajo en
todas las áreas del Estado nacional, empresas del Estado y empresas concesionarias de servicios
públicos. En el marco de la emergencia declarada, extiéndase el cupo laboral del cinco por ciento
(5%) al sector privado a fin de garantizar el derecho al trabajo digno para todas las personas con
discapacidad.
Artículo 15°: Dispóngase la reincorporación inmediata de las trabajadoras y los trabajadores
despedidos de la Agencia Nacional de Discapacidad (ANDIS) en sus puestos de trabajo y la
inmediata reapertura de los Centros de Referencia, los que deberán contar con personal idóneo y
correctamente remunerado/a con un salario igual al costo de la canasta básica familiar.
Artículo 16°: Créase equipos interdisciplinarios de profesionales de salud mental y salud en general,
trabajadores/as sociales, abogados/as, y todo otro profesional que se considere conveniente a fin de
garantizar el acompañamiento y asesoramiento de las personas con discapacidad y sus familias, a los
fines de dar cumplimiento a los derechos que reconoce esta ley y la legislación vigente.
Artículo 17°: La Agencia Nacional de Discapacidad (ANDIS) convocará a un comité de emergencia
con participación mayoritaria de personas con discapacidad, familias, prestadores, profesionales y
docentes de Universidades Públicas Nacionales vinculadas a la temática a los efectos de elaborar un
protocolo operativo a fin de desburocratizar el proceso de autorización y facturación de las
prestaciones, garantizando la transparencia en el proceso, al igual que para la tramitación y
renovación del Certificado Único de Discapacidad (CUD).
Artículo 18°: La presente ley es de aplicación en todo el territorio de la República Argentina y deberá
ser reglamentada en un plazo máximo de 30 días.
Artículo 19°: El financiamiento necesario para el cumplimiento de la presente será garantizado
mediante impuestos progresivos sobre las ganancias netas de las empresas de laboratorios que se
adicionará a la alícuota del impuesto a las Ganancias, los cuáles no podrán ser trasladados al
consumidor final de los medicamentos.
Artículo 20°: Comuníquese al Poder Ejecutivo Nacional.
Nicolás del Caño
Myriam Bregman
Christian Castillo
Alejandro Vilca
Romina del Pla

FUNDAMENTOS

Sr. Presidente:
Traemos a consideración de este cuerpo un proyecto de Emergencia en materia de discapacidad, que tiene como antecedente el Expte. 4862-D-2022 y se propone dar respuesta urgente a la acuciante situación que vive el colectivo de discapacidad, que en los últimos años viene protagonizando históricas jornadas de movilización en todo el país para poner sobre la agenda la cruda realidad que viven las personas con discapacidad, familiares, trabajadores/as de la salud y de la educación,
prestadores, etc.
Su lucha persistente permitió visibilizar una problemática que lleva décadas y que se explica por la política de privatización, desfinanciamiento y desarticulación sistemática de la salud pública que viene desde el menemismo y que todos los gobiernos hasta el día de hoy profundizaron. Tiene el agravante de que se trata de quienes más necesitan la asistencia para vivir. Hoy esa pelea se profundiza En el marco del brutal ataque sobre los ingresos de las mayorías populares que viene implementando el gobierno de Javier Milei, y en particular sobre el colectivo de personas con discapacidad que no sólo ven agravadas sus condiciones de vida por la situación económica sino por la desregulación implementada en el sector de la salud mediante el DNU 70/2023 que deja desprotegidas a las personas con discapacidad, en una relación completamente desigual con las obras sociales y las empresas de
medicina prepaga. Este ataque se complementa con despidos en la Agencia Nacional de Discapacidad y el virtual cierre de Centros de Referencia en todo el país, que en muchos casos constituyen casi el único punto de acceso a derechos de las personas con discapacidad, y la vigencia de la resolución 2484/2023 de la Superintendencia de Servicios de Salud, que incorporó además, mecanismos de control y persecución a los prestadores, atentando contra determinadas condiciones de las personas con discapacidad y la accesibilidad a los dispositivos.

Al momento de la presentación original del presente proyecto dábamos cuenta de una enorme pelea colectiva que tuvo como detonante la resolución 826/2022 del gobierno anterior a través de la cual se recortaban fondos en salud, además de vivienda y educación. Tres días después de esa resolución diversos prestadores en varias provincias denunciaron que la Superintendencia de Salud les notificó sobre “un nuevo diferimiento en los pagos de todas las prestaciones por discapacidad».

Fue así que en todo el país personas con discapacidad, trabajadores y familias de personas con
discapacidad agrupados en el «Colectivo de Discapacidad” protagonizaron enormes e históricas
movilizaciones en la Ciudad de Buenos Aires y otras localidades del Área Metropolitana, La Plata, Chubut, Santiago del Estero, Mendoza, Córdoba, Misiones, San Luis, Santa Fe, Entre Ríos, Corrientes, Neuquén, Salta y Jujuy, llegando a instalar en Plaza de Mayo una carpa para visibilizar sus reclamos. Previo a eso tuvieron que soportar el amedrentamiento policial por parte de las fuerzas de seguridad de la Ciudad de Buenos Aires.

Fue aquel intento de ajustar a los más vulnerables que llevó a la calle y a la movilización a
personas con discapacidad y familiares hartos del maltrato y la falta de respuesta ante sus
reclamos, encontrándose movilizados con sus terapistas, maestras integradoras, acompañantes
y otros profesionales de la salud, que también permitió poner bajo la lupa la precariedad en la
que trabajan quienes se ocupan de dar prestaciones a personas con discapacidad y la angustia
de éstas personas y sus familias, que no pueden interrumpir sus tratamientos o que necesitan
dichas prestaciones para situaciones básicas y cotidianas. Las personas con discapacidad por
su propia condición requieren atención y sostén en aspectos vitales, que no pueden de ninguna
manera ser postergadas ya que de ello depende en casos extremos su vida. Para ellas y sus
familias la interrupción de un tratamiento, la falta de prestaciones, la demora burocrática en las
autorizaciones de medicación, estudios y tratamiento, traen consecuencias irreparables
obstaculizando el acceso a sus derechos fundamentales a la salud, a la educación, a la dignidad
y la vida misma.

Como señalamos, el ajuste en discapacidad viene de hace rato, con demoras en los pagos, denuncias de usuarios y familiares de pedidos de cirugías y tratamientos por discapacidad que están congelados o no son autorizados por obras sociales y prepagas. A esto se suma que hay demoras de 3, 4 y hasta 5 meses en turnos médicos. Ni hablar de los montos de las pensiones y asignaciones por discapacidad, que están muy lejos de cubrir necesidades mínimas.

Asimismo, cabe señalar que mediante las Resoluciones conjuntas del Ministerio de Salud y la
Agencia Nacional de Discapacidad N° 1/2023, 4/2023, 5/2023, 7/2023, 1/2024 y 2/2024 se
dispusieron incrementos en los valores de los aranceles del Sistema de Prestaciones de Atención
Integral que quedaron muy rezagados respecto al contexto inflacionario y que acumulan una suba de 227% entre diciembre de 2022 y marzo de 2024, cuando la inflación acumulada en el mismo período fue de 372%, implicando una pérdida de poder adquisitivo de los aranceles de más de un 30% sólo en los últimos 15 meses.

Por su parte, las asignaciones familiares por hijo con discapacidad sufrieron un derrumbe acelerado en su poder de compra pasando a representar casi la mitad de su valor respecto a diciembre de 2022. Esto se debe a que el incremento que tuvieron fue de apenas 168%, entre dicho mes y marzo de 2024, muy por detrás de la inflación acumulada en el mismo período (372%), acusando un golpe de un 43% de su poder adquisitivo, que se agrega al deterioro previo por la pérdida agraviada por la fórmula de movilidad previsional con la cual son actualizadas trimestralmente.

De continuar este curso, sólo accederán a sus prestaciones y tratamientos adecuados quienes puedan pagarlos, considerando que a lo magro de los ingresos se suman las subas de tarifas de aranceles, los tarifazos, los aumentos de los alimentos, y todos aquellos tratamientos especializados que no son cubiertos, en muchos casos, por las obras sociales y mucho menos aún por el sistema público de salud que está desfinanciado.

Resulta pertinente citar aquí el “Informe de situación de las personas con discapacidad de Argentina – Marzo de 2024” elaborado conjuntamente por las siguientes organizaciones de la sociedad civil de Argentina: – Red por los Derechos de las Personas con Discapacidad (REDI) – Asociación Civil por la Igualdad y la Justicia (ACIJ) – Mesa de trabajo en Discapacidad y Derechos Humanos Córdoba – Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS) – Asamblea Permanente por los Derechos Humanos (APDH) – Asociación Civil Andar – Federación Argentina de Instituciones de Ciegos y Ambliopes (FAICA), en el que se señala que “en este contexto, como consecuencia de la adopción de ciertas decisiones, y de la omisión de tomar medidas que protejan específicamente a este colectivo, los derechos más básicos de las personas con discapacidad, como el acceso a la salud y a la protección social, se encuentran en serio riesgo, tal y como detallaremos a continuación. En primer lugar, a través del Decreto de Necesidad y Urgencia 70/2023, el gobierno desreguló completamente el precio de las
aseguradoras de salud, denominadas prepagas, que es un sistema mediante el cual miles de personas con discapacidad acceden a la salud. Como consecuencia, su costo se incrementó más de un 100% en el primer trimestre, y se esperan aún mayores aumentos. Así, miles de personas con y sin discapacidad no podrán seguir enfrentando el pago de las cuotas, debiendo interrumpir tratamientos, terapias, profesionales, y debiendo pasar al sistema de obras sociales o al sistema público de salud, que ya se encuentra colapsado”. También dicho informe detalla que “a este escenario se suma el fuerte incremento en los precios de los medicamentos, muy por encima de la inflación promedio, y la interrupción del programa de Asistencia Directa por Situaciones Especiales, que otorgaba subsidios
para la adquisición de medicamentos o insumos médicos por razones de salud a personas que se
encuentran en situación de vulnerabilidad social y sanitaria, que no poseen cobertura médica”.
Asimismo, el informe aquí citado explica que “como hecho de suma gravedad mencionamos el
reciente despido de 170 personas trabajadoras de esta dependencia (en Buenos Aires en su mayoría y en el interior del país), 16 de ellas con discapacidad y profesionales con amplia formación en la temática. Además los funcionarios de gobierno recientemente nombrados en la Agencia Nacional de Discapacidad (ANDis), la autoridad de aplicación en la materia, no sólo no son personas con discapacidad, lo que de por sí vulnera la histórica demanda del colectivo que esos cargos de toma de decisiones en discapacidad sean ocupados por personas con discapacidad formadas en la gestión pública, en el marco del derecho a la participación política y el protagonismo efectivo de las personas con discapacidad en la toma de decisiones en materia de política pública, sostenido en la consigna/estándar de derechos humanos: “nada de nosotros/as sin nosotros/as”; sino que además no tienen ningún vínculo reconocido con la discapacidad ni trayectoria pública en la materia”.

El contexto actual de profunda crisis social amerita más que nunca la total cobertura de todos los tratamientos, prestaciones y medicamentos necesarios (muchos de los cuales se encuentran
congelados y demorados); el pago en término de las prestaciones; la recomposición salarial de
trabajadores del sector y un aumento urgente de pensiones y asignaciones por discapacidad tiene que formar parte de la agenda de los trabajadores y las organizaciones sindicales. Hoy es uno de los ajustes más brutales, por eso no hay que dejarlo pasar. Profundizar las movilizaciones y medidas de lucha es el camino, en apoyo a esa pelea ponemos a disposición el presente proyecto de emergencia.

Entre otras medidas, este proyecto pone sobre la mesa también la emergencia habitacional y la
histórica demanda del cupo laboral, ya que comprendemos que la comunidad organizada alrededor de la discapacidad plantea sus demandas de manera transversal dando cuenta que no sólo exige la cobertura completa de sus tratamientos sino su inclusión integral a la vida en sociedad, no bajo el paradigma de rehabilitación, encierro o el abordaje médico hegemónico, sino con una perspectiva integral de las vidas en sociedad.

Por las razones expuestas y las que ampliaremos en ocasión de su tratamiento solicitamos la
aprobación del presente proyecto de ley.

Nicolás del Caño
Myriam Bregman
Christian Castillo
Alejandro Vilca
Romina del Pla

PROYECTO DE LEY REGIMEN DE JUBILACION UNIVERSAL – 1580-D-2024

24/06/2024

La Cámara de Diputados y Senado de la Nación reunidos en el congreso Nacional
sancionan con fuerza de ley:

REGIMEN DE JUBILACION UNIVERSAL

ARTÍCULO 1° — Incorpórese a todos los hombres de 65 años o más y a todas las
mujeres de 60 años o más al sistema integrado previsional argentino (SIPA) en calidad
de jubilados con derecho a pensión independientemente de los aportes realizados a lo
largo de su vida laboral.
ARTÍCULO 2° — Se fija el haber mínimo en un valor equivalente a la canasta básica
para los adultos mayores, estimada por la Defensoría de la Tercera Edad de la Ciudad de
Buenos Aires, el que se actualizará mensualmente, según la variación operada de acuerdo
a los índices de salarios que publica el Indec, o el RIPTE (Ministerio de Trabajo), el más
favorable para los jubilados.
ARTÍCULO 3° — Las personas que se encuentren percibiendo la Pensión Universal para
el Adulto Mayor (PUAM) al momento de promulgarse la presente ley serán integradas al
régimen general que se desprende de los artículos 1° y 2°. Capítulo II Financiación
ARTÍCULO 4°— Restitución de aportes. Los aportes patronales a la jubilación
ascenderán al 23% del salario neto, rectificando la modificación de la ley 24.241 y
retomando el valor necesario en el artículo 14 de dicha norma.
ARTÍCULO 5°— Registración laboral. Todo trabajador o trabajadora cuya relación
laboral, sea esta del ámbito público o privado, no estuviere registrada o lo estuviere
deficientemente, está habilitado para denunciar esta situación al Ministerio de Trabajo
mediante una simple nota escrita, telegrama obrero (ley 23.789) o carta documento y a
intimar fehacientemente a su empleador para que en forma inmediata regularice dicha
relación inscribiéndola como un contrato de trabajo en relación de dependencia. Se
entiende por relación laboral deficientemente registrada aquella en la que el empleador
declare una fecha de ingreso posterior a la real, una remuneración menor a la percibida
por el trabajador, una jornada de trabajo inferior a la real y toda aquella relación
encubierta con contratos denominados como locación de servicios, de obra, de
representación, de pasantía o con cualquier otra denominación que fraudulentamente
pretenda ocultar una relación laboral dependiente.
ARTÍCULO 6°— Estabilidad laboral. El trabajador que hubiere realizado la denuncia
y/o intimación previstas en el Art. 5º de esta ley gozará desde el momento de la realización
de las mismas, de estabilidad en su puesto de trabajo durante un período de 48 (cuarenta
y ocho) meses. En el mismo período no podrán modificarse sus condiciones de trabajo.
ARTÍCULO 7° — Multas y penalidades. La regularización de la relación laboral a partir
de la denuncia y/o intimación previstas en el Art. 5º de esta ley, no releva al empleador
infractor de las deudas contraídas con los trabajadores y con el sistema de la seguridad
social. La reglamentación de la ley deberá establecer las multas y penalidades a los
empleadores que hayan incumplido con la correcta registración laboral de los empleados.
La recaudación de dichas penalidades se destinará completamente al financiamiento del
SIPA.
ARTÍCULO 8°— Aplicar un “Impuesto a las Ganancias Bancarias” aplicable a los
beneficios de las entidades financieras y bancarias del sector privado. Este impuesto
surgirá de aplicar una tasa del 20 % del resultado neto del ejercicio cerrado por dichas
entidades en los últimos 12 meses, hasta el 31 de marzo de 2021 inclusive.
ARTÍCULO 9° — Establécese un “Impuesto a las Altas Rentas” aplicable a los
beneficios empresariales y rentas de capital que superasen los $230.000.000 (PESOS
DOSCIENTOS TREINTA MILLONES) Serán sujetos del impuesto todas aquellas
personas humanas, jurídicas, fideicomisos, fondos comunes de inversión, sociedades y
empresas privadas o mixtas que operan en el territorio nacional, sean de origen nacional
o extranjero, independientemente de su actividad económica, incluyendo las empresas
privatizadas de servicios públicos, de extracción y distribución de minerales metalíferos
o petroleros, las empresas agropecuarias, industriales, de la construcción y de servicios.
ARTÍCULO 10° — Se derogan todas las disposiciones en las normas legales en vigencia
que contradigan el contenido de la presente ley.
ARTÍCULO 11° — La presente ley comenzará a regir, a partir del día siguiente de su
publicación en el Boletín Oficial.
ARTÍCULO 12° — Comuníquese al Poder Ejecutivo Nacional.

Romina Del Plá
Nicolás del Caño
Myriam Bregman
Alejandro Vilca
Christian Castillo

FUNDAMENTOS

Sr. Presidente:
Reproducimos a continuación los fundamentos de este proyecto presentado por primera
vez en julio de 2022. Entendemos que la realidad de los jubilados no ha hecho más que
agravarse a lo largo de este periodo y, para peor, el gobierno de Javier Milei pretende
anular las moratorias dejando sin ningún tipo de prestación a millones de jubilados y
jubiladas. Este proyecto tiene entonces más vigencia que nunca e invitamos a las y los
diputados a acompañarlo con su firma.
La situación de los adultos mayores en nuestro país es cada vez más dramática. El estado
es responsable del padecimiento de millones de trabajadores y trabajadoras inactivos,
ya sea por acción u omisión. Las razones del deterioro de las condiciones de vida de este
sector son variadas, pero es indudable que el enorme crecimiento del trabajo informal,
precario o tercerizado influye de manera significativa, ya que desfinancia al sistema
previsional a partir de la evasión fiscal de miles de empleadores. El monotributo es la
forma que ha adoptado el fraude laboral para millones de trabajadores que trabajan en
relación de dependencia, pero sus empleadores no aportan como tales. La volatilidad en
los índices de empleo, deriva en que frente a cada crisis económica se expulsa de sus
puestos de trabajo a centenares de miles de trabajadores, que obviamente no estarán en
condiciones de aportar a la seguridad social hasta volver a conseguir empleo. Es
evidente que un mercado laboral atravesado por estos fenómenos redunda en
jubilaciones de miseria y la necesidad de moratorias que hacen las veces de parches para
adultos mayores que llegan a la edad de jubilarse sin los aportes necesarios para
retirarse. Estamos en presencia de un combo explosivo: 1 de cada 10 mujeres y 3 de cada
10 hombres en edad de jubilarse cubren los requisitos necesarios de acuerdo a la
normativa vigente hasta ahora. Las diversas moratorias que se han sancionado en los
últimos años representan más del 65% del total de las jubilaciones liquidadas en la
actualidad. Someter a trabajadores en edad jubilatoria a que se paguen sus propios
aportes es hacerlos cargo de la deficiente registración que han tenido a lo largo de su
vida laboral. Implica indirectamente volcar sobre las espaldas de la clase obrera la
compensación de aquello que han evadido los capitalistas a partir del trabajo no
registrado, algo inadmisible. Es que la jubilación es entendida como un salario diferido
ya que durante toda nuestra vida laboral nos han descontado un porcentaje de nuestro
salario bruto para cuando ya estemos inactivos y en el caso de los trabajadores no
registrados ese descuento estuvo encubierto detrás de los menores salarios percibidos.
Por eso este proyecto de ley le reconoce a todos y todas quienes hayan cumplido la edad
de jubilarse (60 años para las mujeres y 65 para los hombres, en medio de ataques
patronales que quieren extender la vida laboral como un ahorro al estado a costa de la
vida del trabajador) la garantía de poder hacerlo y de percibir desde el primer día una
jubilación mínima que le permita afrontar su costo de vida. La actualidad de quienes hoy
se encuentran jubilados o en edad de jubilarse es muy distinta. La jubilación mínima es
cerca de un tercio del valor de la canasta de la tercera edad y la Prestación Universal
para el Adulto Mayor es el ochenta por ciento de una jubilación mínima que, para peor,
no contempla el derecho a pensión. Por eso el artículo 3 de este proyecto contempla la
incorporación de todas las personas que perciben la PUAM a ser jubilados plenos. El
proyecto no es una mera declaración de deseos. Al contrario, incorpora todo un capítulo
dedicado a su financiamiento, demostrando la viabilidad del mismo en caso que se
priorice el bienestar de los adultos mayores. En este sentido es que se restituyen los
aportes patronales que fueron reducidos por el ex ministro Domingo Cavallo y que
ninguno de los gobiernos que lo sucedieron estuvieron dispuestos a restituir, al mismo
tiempo que se incorpora un impuesto extraordinario a los bancos y las grandes
sociedades que hayan obtenido beneficios superiores a un monto que solo las grandes
empresas superan en nuestro país. La sostenibilidad de la medida está asociada a un
plan de blanqueo laboral para todos los trabajadores que hoy se encuentran bajo un
régimen de fraude laboral o sometidos a la precarización en cualquiera de sus formas.
La pelea contra la precarización y contra el trabajo no registrado es el puntapié inicial
para fortalecer los recursos del ANSES que no les pertenecen a los gobiernos de turno,
sino a las y los trabajadores que son quienes terminan financiando al Estado y no al
revés. Por todo lo expuesto, solicito a las y los diputados acompañen este proyecto de
ley.

PROYECTO DE RESOLUCIÓN INTERPELACIÓN A PETTOVELLO – EXPTE N°2887-D-2024

24/06/2024

PROYECTO DE RESOLUCIÓN

La Cámara de Diputados Resuelve:
Citar para su interpelación, de conformidad con el artículo 71 de la Constitución Nacional
y los artículos 204, 205, y 206 del Reglamento de la H. Cámara de Diputados de la
Nación, a la Ministra de Capital Humano de la Nación SANDRA PETTOVELLO, a fin
que informe públicamente y responda las inquietudes de los legisladores nacionales sobre
los siguientes puntos referidos a cuestiones de dominio público relativas a su Ministerio:
1) Explique los motivos que llevaron a transferir 6.772 millones de pesos de fondos
públicos a la Organización de Estados Iberoamericanos (OEI) como parte de un
“convenio marco de colaboración” con la secretaría de Niñez y Familia firmado
por usted.
2) Informe y aporte la documentación que respalda la operación detallando que
servicios o productos se adquirieron y en qué plazos la OEI se compromete a
cumplirlos. Incorpore las comunicaciones intercambiadas desde el inicio entre la
OEI y el Ministerio de Capital Humano a los efectos de concretar la operación.
3) ¿Cómo explica la contratación de unas 300 personas nombradas a partir de este
convenio, cuáles son las tareas que desempeñaban hasta su desvinculación, cuál
fue el mecanismo de selección de las mismas y cuáles eran sus remuneraciones?
4) ¿Cuáles son los mecanismos de control del Ministerio de Capital Humano siendo
pública la lista de beneficiados con estas contrataciones que no desarrollaban tarea
alguna, un método habitual en la defraudación al Estado para el cobro de
sobresueldos?
5) ¿Cuál es el fundamento para otorgar a una organización internacional como la
OEI la compra y distribución de alimentos, una verdadera privatización de la
ayuda alimentaria por la cual además la OEI cobra una comisión del 6%?
6) Presente la documentación respaldatoria de los convenios firmados para la compra
de alimentos detallando tipo, cantidad, calidad y precio, así como pagos realizados
y compromisos de pagos futuros si los hubiere.
7) ¿Cómo justifica la negativa sistemática a entregar alimentos a los miles de
comedores populares que durante los últimos años han sido la última barrera
contra el hambre?
8) ¿Como se explica la decisión de ocultar la existencia de 5 millones de kilos de
alimentos acopiados en poder del Ministerio de Capital Humano, para luego decir
que estaban allí para una eventual catástrofe, llevando a la intimación de la Justicia
para distribuir esos alimentos en un plazo de 72 horas, decisión que el Ministerio
de Capital Humano apeló? Todo ello cuando el 57% de la población argentina
está debajo de la línea de la pobreza.
9) Presente la documentación respaldatoria de la compra de medicamentos, su
distribución y explique por qué se suspendió la entrega a pacientes oncológicos
de bajos recursos y con otras afecciones graves que fallecieron por esta medida.
Romina Del Plá
FUNDAMENTOS
Sr. Presidente:
Durante la semana pasada trascendió en varios medios de comunicación la información
que el Ministerio de Capital Humano del Gobierno de la República Argentina, a cargo de
la Sra. Sandra Pettovello, habría contratado a unas trescientas (300) personas que
facturaban y percibían ingresos significativos del Ministerio de Capital Humano, pero
que no realizaban ninguna tarea para el Ministerio mencionado, ni para ningún sector y/o
área del Estado Argentino. Es decir, se contrataron masivamente lo que se conoce
popularmente como “ñoquis”.
Para realizar esa contratación espuria y fraudulenta, el Ministerio de Capital Humano del
Estado Argentino realizo negociaciones con la organización internacional Organización
de Estados Iberoamericano (OEI). Presuntamente la operatoria funcionaba así: El
Ministerio de Capital Humano transfería y/o depositaba los fondos a la OEI a los fines de
la contratación del personal que facturaba a la OEI y percibía significativos ingresos de
la misma, pero que no realizaban ninguna tarea para el Estado Argentino. Todo el
operativo estaría destinado al pago de cuantiosos sobresueldos de distintos funcionarios
del gobierno nacional liderado por el presidente de la República Argentina, Javier Milei.
La Secretaria de Niñez y Familia del Ministerio de Capital Humano, a cargo del
funcionario Pablo De la Torre, habría llegado a un convenio marco de colaboración, por
el cual se realizaba toda la operatoria descripta. Asimismo, por ese “convenio marco”, el
Ministerio de Capital Humano procedió a privatizar la compra de alimentos para los
comedores sociales o populares que se encuentran en territorio nacional. A cambio de esa
privatización de la ayuda alimentaria, la OIE se embolsaría el 6% de todas las compras
de alimentos que se realicen para los comedores.
En uno de los convenios entre el Ministerio de Capital Humano y la OEI, de fecha
06/03/2024, se establecería la transferencia por parte del Estado Argentino a la
organización internacional, de una suma de seis mil setecientos setenta y dos millones de
pesos ($ 6.772.000.000). Ese convenio (y los otros convenios y/o instrumentos con la
Organización de Estados Iberoamericanos), habría sido firmado directamente por la
Ministra de Capital Humano Sandra Pettovello. Es decir que la funcionaria, no solo tenía
pleno conocimiento de todas las operaciones con la OEI, sino que era quien dirigía
personalmente todas esas tratativas y negociaciones.
Al respecto es importante destacar que la Sra. Sandra Pettovello tenía un trato directo y
permanente con las autoridades de la institución OEI. La ministra incluso participó del
brindis de la Organización de Estados Iberoamericanos, el pasado 3 de mayo donde fue
retratada por distintos medios de comunicación, junto al director del organismo
internacional Luis Scasso.
Un dato clave de toda la operatoria realizada desde el Ministerio de Capital Humano,
resulta una planilla Excel de nombres y apellidos de las personas que eran contratadas sin
efectuar contraprestación alguna, realizada y subida en forma de “pública” a google drive
por Federico Fernández, alias “Fefe”, funcionario hasta hace pocos días del Ministerio de
Capital Humano, en el cargo de director administrativo de la Secretaria de Niñez y
Familia.
Federico Fernández tituló el Excel mencionado como «Plan 120» y con sus iniciales FF.
Los “120” harían alusión a la suma de ciento veinte millones de pesos ($120.000.000,00),
que serían destinados a los sobresueldos y otros fines espurios. En esa planilla se
determinan diferentes datos como nombre, apellido, CUIT, factura, y demás ítems
relacionados a la operatoria. Resalta en esa planilla el listado de rugbiers del Colegio La
Salle, amigos de Federico Fernández, tales como “…Gonzalo Avetrani, Vicente
Ammann, Lautaro Alarcon y Santiago Anziano” (lapoliticaonline.com).
Según los trascendidos periodísticos, Federico Fernández, habría sido secuestrado por el
personal de custodia de la ministra titular de Capital Humano, y se lo habría amenazado
y/o extorsionado apuntándole con una pistola a la cabeza, para que confirmara la
existencia de “ñoquis”.
Otro hecho que conmovió a la opinión pública fue el fallecimiento de más de 50 personas
que venían recibiendo tratamientos que fueron discontinuados por el Ministerio de
Capital Humano. Efectivamente, la Dirección de Asistencia Directa por Situaciones
Especiales (Dadse) que se ocupa de la entrega de medicamentos de alto costo y elementos
de ortopedia a pacientes en situación de vulnerabilidad dejó de hacerlo incluyendo
tratamientos oncológicos y otras dolencias crónicas graves. Para justificar esta situación
se apeló a un argumento similar al que se utiliza para interrumpir la asistencia estatal a
los comedores populares iniciando una denuncia en la justicia sobre el pago de
sobreprecios de la administración anterior. La Justicia desestimó la denuncia de Capital
Humano después que dos fiscales aseguraran que no existe delito.
Mientras toda esta operatoria de corrupción dentro de Ministerio de Capital Humano se
desarrollaba durante estos meses de gobierno del presidente Javier Milei, el mismo
Ministerio de Capital Humano a cargo de Sandra Pettovello retenía durante más de seis
meses más de cinco mil toneladas de alimentos acopiados que habían sido adquiridos por
la gestión anterior, que finalizó el 10/12/2023. El miércoles 22 de mayo, el portal
“eldestapeweb.com” publicó que el Gobierno nacional tenía “más de 5 millones de kilos
de comida sin entregar en los galpones del ex ministerio de Desarrollo Social”. La
información la brindó el propio gobierno ante un pedido de acceso a la información
pública del sitio.
Según trascendió, la respuesta del Gobierno Nacional al pedido de informes, se
encontrarían retenido en los galpones de Buenos Aires y Tucumán, la siguiente
mercadería: “Yerba mate: 3.146.707 kilos. Leche en polvo: 1.173.815 kilos. Aceite:
479.261 botellas de 900 ml. Puré de tomate: 137.796 kilos. Garbanzos: 81.148 kilos.
Harinas de trigo y maíz: 20.416 kilos. Locro: 15.010 kilos. Arroz con carne: 13.629 kilos.
Además, se informó que había cantidades menores de arvejas, guiso de lentejas, fideos,
pasas de uva, arroz con hortalizas y huevo en polvo”.
Ante esta situación insostenible, dada la gravedad de la situación social reinante en
nuestro país con millones de personas bajo la línea de la indigencia, desde el Gobierno
Nacional, se manifestó que los alimentos se encontraban en “perfecto estado” y sin riesgo
de vencimiento. Estas afirmaciones fueron realizadas por el vocero presidencial, Manuel
Adorni, y el mencionado Secretario de Niñez y Familia, Pablo De la Torre. Al mismo
tiempo apelaban la intimación de la Justicia a distribuir los alimentos en un plazo de 72
horas. Recién con fecha 30 de mayo pasado y ante el avance de las investigaciones
judiciales y periodísticas, el Ministerio de Capital Humano reconoció que había comida
a punto de vencerse y anunció que entregaría la comida almacenada a través del Ejército,
lo cual tampoco sucedió.
Ante el conocimiento y trascendido público de toda la trama de corrupción en el
Ministerio de Capital Humano, la Sra. Pettovello procedió a desvincular y/o echar a su
funcionario el Secretario de Niñez y Familia, Pablo de la Torre. También fue
desvinculado, el director administrativo Federico Fernández. Además, por Sandra
Pettovello procedió a “denunciar” los hechos ante la Oficina Anticorrupción,
responsabilizando a la supuesta «banda de San Miguel», que comandaría Pablo De la
Torre y sus familiares.
Sin embargo, ha sido la Ministra de Capital Humano la que establecía en forma personal
los contactos y negociaciones con la OEI, suscribiendo personalmente los convenios
alcanzados y participando, también personalmente, de los eventos de la organización
internacional. Sandra Pettovello tenía bajo su absoluta autoridad a sus funcionarios, tanto
Pablo De la Torre como Federico Fernández, a los cuales ellas misma había designado e
instruía cotidianamente.
Más allá de la defensa cerrada del presidente Milei, resulta fundamental investigar la
modalidad de la operatoria de corrupción pues una organización internacional, como la
OEI, se encuentra fuera del control y/o auditoria de los distintos organismos oficiales que
deben desarrollar esas tareas como la Auditoria General de la Nación. No se puede
escapar, que la contratación y convenios con la OEI se han realizado con el fin deliberado
de eliminar cualquier tipo de contralor, toda vez que se trata de la compra de alimentos
para la ciudadanía argentina en territorio argentino.
Se acompaña la siguiente documentación:
1. Nota periodística: Trascendió la lista de los «120 palos» de los rugbiers ñoquis de
Capital Humano
2. Nota periodística: Renuncian todos los funcionarios del área social en medio de la
crisis en Capital Humano
3. Nota periodística: Pettovello firmó el convenio de los sobresueldos y el lunes la
justicia federal abre una causa
4. Nota periodística: Milei y Pettovello tienen más de 5 millones de kilos de
alimentos sin entregar y hay riesgo de que se pudran.
5. Nota periodística: Pettovello sufre un revés judicial: archivan la causa de la
medicina de alto costo
Por todo los expuesto solicito el acompañamiento y aprobación de presente proyecto de
Resolución.

Proyecto de Resolución Interpelación a Min. Pettovello EXPTE N°2887-D-2024

PROYECTO DE DECLARACIÓN EN REPUDIO AL ALLANAMIENTO AL LOCAL DEL PARTIDO OBRERO – EXPTE N°2979-D-2024

23/06/2024

La Cámara de Diputados declara:

Repudiar el allanamiento realizado el día 3 de junio contra la sede central del Partido
Obrero, sito en Bartolomé Mitre 2162, CABA, por constituir un acto de atropello a las
libertades políticas y democráticas en Argentina, tratándose de un hecho inédito y de una
gravedad inusitada.

Rechazar la persecución política y judicial contra las organizaciones sociales, piqueteras
y los partidos opositores por parte del Gobierno Nacional. El allanamiento de un local
partidario a su sede legal, de manera ilegal, que se hizo sin la orden correspondiente, es
un salto cualitativo en la persecución a la oposición política.

Denunciar que en el mismo allanamiento sólo se filmaron todas las instalaciones y se
realizaron croquis de las mismas bajo la absurda denominación de “inspección ocular”,
lo cual constituye en un claro trabajo de espionaje.

Acompañar la denuncia ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos impulsada
por el Partido Obrero, toda vez que el acto descripto vulnera derechos políticos y
democráticos de naturaleza constitucional.

Romina Del Plá
Nicolás del Caño
Myriam Bregman
Alejandro Vilca
Christian Castillo
Germán Martínez
Juan Marino
Margarita Stolbizer
Andrea Freites
Esteban Paulón
Carolina Yutrovic
Pablo Carro
Sabrina Selva
Natalia Zaracho
Carlos Castagneto
Ana María Ianni
Gabriela Estévez
Eugenia Alianiello
Natalia Zabala Chacur
Hilda Aguirre
Ana Carolina Gaillard
Lorena Pokoik
Blanca Inés Osuna
Eduardo Toniolli
Ricardo Daives

PROYECTO DE LEY: DECLARESE LA EMERGENCIA NACIONAL EN EL ACCESO A LA VIVIENDA

23/06/2024

DECLARESE LA EMERGENCIA NACIONAL EN EL ACCESO A LA
VIVIENDA
IMPUESTO PROGRESIVO A LA VIVIENDA OCIOSA CON FIN DE BANCO
DE TIERRAS Y CONSTRUCCION DE VIVIENDAS

ARTÍCULO 1°— Declárase la emergencia en el acceso a la vivienda en todo el
territorio nacional. El Poder Ejecutivo Nacional destinará partidas presupuestarias
extraordinarias en el marco de esta emergencia para garantizar lo que esta ley dictamine.

ARTÍCULO 2°— Impuesto a la vivienda ociosa. Se gravará con el 1,5% anual del valor
de mercado a toda vivienda que se encontrare desocupada por el término de 6 meses,
plazo que podrá ampliarse en el caso de localidades turísticas. El mismo se pagará en
cuotas mensuales actualizadas según la variación promedio de los alquileres. El gravamen
se incrementará sobre los propietarios que superen los 1000 (un mil) metros cuadrados
desocupados a razón de + 0,5% cada 1000 (un mil) metros cuadrados.

ARTÍCULO 3°— Impuesto a los acaparadores inmobiliarios.
a) Establézcase un impuesto extraordinario a la persona física o jurídica que posea
más de TRES (3) inmuebles en el territorio nacional, cualquiera sea su uso.
b) Se establece una alícuota mensual extraordinaria en el impuesto inmobiliario a
partir del cuarto inmueble, que resultará de la adición del 10% de dicho impuesto.
Se incrementará la alícuota en la medida que se posea más inmuebles, a razón de
5 puntos porcentuales por cada otro inmueble que se posea. El pago de este impuesto no puede ser trasladado a eventuales inquilinos o locatarios, ni puede ser
trasladado al precio de un eventual alquiler.
c) Quedan exceptuados del artículo 2° los pequeños propietarios cuyo inmueble
no supere los 100 metros cuadrados cubiertos o aquellos que posean dos unidades
de no más de 60 metros cuadrados cada una.

ARTÍCULO 3° BIS— Aportes del Estado Nacional
Las Provincias y Municipios que adhieran a la presente Ley recibirán por parte del Estado
Nacional una suma equivalente a lo que hubieren recaudado por los gravámenes
descriptos en art. 2° y 3°, debiendo estos recursos destinarse exclusivamente a la
construcción de viviendas en coordinación con la Comisión de Planificación de Viviendas
Populares descripta en art. 8°

ARTÍCULO 4°— Vivienda única. Se eliminan todos los impuestos inmobiliarios a la
vivienda única habitada por su propietario.

ARTÍCULO 5°— Suspensión de desalojos. Se suspenden los desalojos por 2 años, sea
por ocupaciones de tierra para habitarla o frente a la imposibilidad de pagar los alquileres
o créditos

ARTÍCULO 6°— Comisión de Revisión de tierras e inmuebles públicos enajenados

a) Se crea la Comisión de Revisión de Tierras e Inmuebles Públicos enajenados
integrado por representantes de organizaciones sociales con intervención en las villas,
organizaciones de inquilinos, de profesionales de universidades nacionales que
apliquen en la materia. Se asegura la asignación presupuestaria y dotación de personal
necesaria para su funcionamiento. Su función será revisar toda venta de tierra pública
y/o inmueble ejecutado por organismos del Estado con o sin aval parlamentario y
determinará su provecho o no para las necesidades habitacionales de la población. En
caso que la Comisión determine que su venta fue en detrimento de los intereses de la
población la venta quedará sin efecto, se restituirá como tierra/inmueble fiscal y de
utilidad pública y la Comisión establecerá la compensación correspondiente, si
existiere.

ARTÍCULO 7°— Banco Nacional de Tierra y Vivienda (BNTV). Se crea el Banco
Nacional de Tierra y Vivienda (BNTV) con recursos de los gravámenes definidos en el
artículo 2° y 3° y con uno idéntico sobre la tierra urbana ociosa. Serán funciones del BNTV: financiar la construcción de vivienda popular sobre las tierras
ociosas y fiscales que pueden ser destinadas para loteos sociales y para la vivienda única,
adquirir inmuebles ya construidos para destinarlos al alquiler social o venderlos bajo el
régimen de créditos hipotecarios precisado en el artículo 10°, organizar un censo de
inmuebles desocupados e investigación de la propiedad de estos, así como de inquilinatos
y conventillos.

ARTÍCULO 8°— Plan de viviendas populares. Créase la Comisión de Planificación
de Viviendas Populares. La misma estará integrada por representantes de vecinos,
trabajadores, organizaciones sociales con intervención en las villas, organizaciones de
inquilinos, organizaciones ambientales y profesionales (arquitectos, ingenieros) de
universidades nacionales. Los diputados de la Nación podrán participar como veedores.
Se asegura la asignación presupuestaria y dotación de personal necesaria para su debido funcionamiento.

a) La Comisión elaborará un plan de construcción de viviendas a partir de la
disposición de tierras establecidas en el artículo 7°. Las viviendas contarán con
todas las condiciones de habitabilidad y accesibilidad necesarias.
b) La Comisión establecerá el número de viviendas necesarias a partir del Censo
2022.
c) La Comisión establecerá la asignación, el tipo de vivienda y el orden de
prioridades para el otorgamiento de las viviendas.
d) El valor de las viviendas quedará establecido a partir del costo de construcción
de las mismas.
e) El Estado proveerá los materiales y el asesoramiento técnico, empleando mano
de obra de trabajadores actualmente desocupados, registrándolos bajo el convenio
de la actividad. Los planes de construcción y/o autoconstrucción serán controlados colectivamente por los trabajadores y vecinos involucrados a través de
mecanismos asamblearios democráticos incluyendo a los trabajadores extranjeros,
sin discriminaciones.
f) De igual modo deberán destinarse recursos para la urbanización efectiva de los
llamados “barrios populares”, villas de emergencia y asentamientos, bajo control
de los vecinos para garantizar la extensión de los servicios básicos (electricidad, agua, cloacas, gas e internet). La Comisión en acuerdo con los vecinos podrá
definir si esas tierras son aptas para urbanizar o si corresponde otra alternativa
para garantizar las necesidades habitacionales de dichos vecinos.

ARTÍCULO 9°— Créditos para el acceso a la vivienda. El Estado otorgará créditos a
través del Banco Nación a todo aquel que no posea inmueble. El mismo cubrirá el
CIENTO POR CIENTO (100%) del valor de la vivienda requerida del plan de viviendas
establecido en el artículo 9 de la presente ley. Se podrá solicitar plazos de pago de hasta
veinte (20) años. La tasa de actualización de las cuotas se incrementará de forma anual
proporcionalmente al Índice Salarial del INDEC que pondera también la variación de los
ingresos informales. En ningún caso la cuota mensual puede superar el VEINTICINCO
POR CIENTO (25%) del ingreso normal del solicitante.

ARTÍCULO 10°— De forma.

Firmantes:
Romina Del Plá
Nicolás del Caño
Alejandro Vilca
Christian Castillo

 

FUNDAMENTOS

Sr. Presidente:
“Hoy existen en las grandes ciudades edificios suficientes para remediar en seguida, si se les diese un empleo racional, toda la verdadera «penuria de la vivienda»” Federico Engels (1873)-
Luego de una intensa campaña de los especuladores inmobiliarios cuyo objetivo es
terminar con cualquier regulación sobre los precios de los alquileres, plazos de
actualización y extensión de los contratos, el Poder Ejecutivo Nacional mediante el
Decreto 70/23 arrasó con la Ley de Alquileres vigente provocando como era de esperar
un aumento exponencial en los valores de los alquileres favoreciendo exclusivamente a
los especuladores inmobiliarios, dejando en la absoluta indefensión a los inquilinos.
Tras la derogación de la Ley de Alquileres, por ejemplo, el 91,5% de los contratos pasó
a tener actualización cada seis meses o menos (antes, era anual). Los contratos de dos o
tres años dieron paso a otros de corta duración. Así, el 41% de los contratos firmados luego
del DNU 70 son por un plazo menor a un año. Los aumentos del alquiler y las expensas,
sumados a la caída estrepitosa del salario hace que su incidencia supere el 50% de los
ingresos promedio.
Atribuir esta incompatibilidad absoluta entre las necesidades de propietarios e inquilinos
a las regulaciones menores que establecía la Ley de alquileres oculta que el
encarecimiento de la propiedad en los conglomerados urbanos es un proceso de larga data
que merece un análisis más profundo.
Los valores de las viviendas y de los alquileres se han convertido en inaccesibles para la
inmensa mayoría de la población. Con propiedades que cotizan en dólares y salarios en
pesos devaluados, la posibilidad de adquirir una vivienda es prácticamente imposible. La
relación entre la cantidad de salarios necesarios para adquirir una propiedad media (un
departamento de 3 ambientes de 60 metros cuadrados) se ha incrementado notablemente.
Pasó de una media histórica de 60 salarios a unos 250 salarios en la actualidad -el
equivalente a más de 20 años de trabajo. Según el último censo (INDEC 2022) en
Argentina hay 2.084.013 viviendas desocupadas. Según el Centro de Estudios para el
Desarrollo Económico, Social y Urbano (CEDESU), en CABA superan las 228.000
unidades. Según cálculo de investigaciones especializadas en el país el déficit de
viviendas oscila entre los 3,5 y los 4 millones de viviendas para sendas familias que no
disponen de ellas.
El derecho a una vivienda digna, consagrado por la Constitución y varios tratados
internacionales suscriptos por el país es letra muerta a pesar de fallos de la Justicia en el
sentido de que no se trata de un principio abstracto sino de una obligación del Estado.
Según el último relevamiento sobre situación habitacional del INDEC (2020) 7,2 millones
de personas habitan en viviendas de calidad total o parcialmente insuficiente. 1,4 millones
viven en condiciones de hacinamiento (4 o más personas en un cuarto), 2,3 millones viven
cerca de basurales y 3,6 millones en zonas inundables.
En cuanto al acceso a los servicios públicos 3,5 millones no cuentan con agua potable, 10
millones de personas no tienen cloacas y 11,2 millones carecen de conexión de gas. El
53,6% de la población no accede a algún servicio público esencial.
La combinación entre la caída del salario y la especulación inmobiliaria produce una
permanente expulsión hacia la periferia de las ciudades. Esto genera un costo económico
gigantesco ya que la mayoría de los que trabajan en las ciudades viven en los suburbios,
dedicando muchas horas de su vida y parte de sus ingresos solo a trasladarse a su empleo.
La vivienda promedio tiene un costo de 2.500 dólares el m2
construido, el costo de la
construcción no representa más de U$S 500 (IProfesional 5/3/22), el resto corresponde al
valor del suelo. Este es una mercancía peculiar, ya que al no ser producto del trabajo
humano su valor no está determinado por el tiempo socialmente necesario para su
producción, sino que se deduce teniendo en cuenta la renta que arroja y la tasa de interés
vigente (“es renta capitalizada”). Si por ejemplo la renta que arroja es 1.000 dólares y la
tasa de interés es 10% se concluirá que un terreno tendrá por valor 10.000 dólares. Ese
valor del terreno luego se transfiere a la propiedad, lo que se denomina costo de
incidencia. A partir de esta consideración se deduce que a mayor posibilidad de
construcción en un terreno mayor será el valor de la tierra. El valor que el suelo representa
en el costo total es el resultado de distintas modificaciones a los códigos urbanos que
autorizan a seguir construyendo en altura, invadiendo el espacio público o cediendo
tierras fiscales urbanas al gran capital especulativo.
Así se incrementa sistemáticamente el precio de la tierra urbana generando propiedad
suntuaria y ociosa que impacta artificialmente sobre los costos de compra y alquiler. Gran
parte de la renta agraria es volcada en la especulación inmobiliaria. La propiedad
inmobiliaria es crecientemente usada como reserva de valor y no como bien de uso
destinado a satisfacer la necesidad de techo de vastos sectores de la población.
El valor de la vivienda no está determinado ni por la capacidad adquisitiva del salario ni
por su costo de producción. Si se disminuyera drásticamente el valor de la tierra se podría
disminuir significativamente el costo de las viviendas y hacerlas accesibles para el
conjunto de la población. La crisis habitacional hunde sus raíces en la expansión de la
especulación inmobiliaria. La construcción de emprendimientos habitacionales de gran
valor expulsa a la población trabajadora a las periferias y localidades aledañas. La
carencia habitacional se agrava mientras se experimenta un boom de la construcción, un
fenómeno de flagrante contradicción que sucede en todo el país. La inversión especulativa
y parasitaria es parte del problema y no de la solución a la catástrofe habitacional que
padece el pueblo argentino.
La política de incentivos fiscales a los capitalistas para garantizar derechos es inocua
como lo demuestran las exenciones de todo tipo para promover el empleo registrado. En
lugar de propiciar el no pago de impuestos planteamos gravar fuertemente a la propiedad
habitacional ociosa.
Este proyecto plantea que a todas las viviendas desocupadas se les imponga un impuesto
progresivo -absoluta y relativamente- para que sean colocadas en el mercado para la venta
o alquiler. Quedarán exceptuados los pequeños propietarios de hasta dos viviendas en
alquiler, que suelen ser trabajadores y jubilados intentando compensar sus magros
ingresos, cuya realidad dista abismalmente de la de los acaparadores inmobiliarios. Frente
al incumplimiento el Estado podrá incautar dichas propiedades y entregarlas en comodato
a personas en situación de emergencia habitacional. Un impuesto progresivo al
acaparamiento de viviendas incentivaría la venta, bajando precios de ventas y alquileres.
No deberían cobrarse impuestos inmobiliarios a quien habita su única vivienda y por ende
no recibe renta.
Recientes ejemplos internacionales demuestran que no es un planteo utópico.
Este tipo de impuesto se viene aplicando en el Reino Unido, Dinamarca, España y
Canadá, en todos los casos con un importante incremento de la oferta de alquileres. En
Berlín, una consulta popular, votó la incautación de 240.000 viviendas desocupadas.
El alquiler es sólo un aspecto del problema. El Estado no propicia una política de acceso
universal al crédito hipotecario para los sectores populares. El anunciado plan Casa Propia
otorga sólo 65.000 créditos para refacción inferiores a dos salarios mínimos, aunque se
exige a quien lo recibe ingresos superiores a esa cifra. Lo mismo sucede con el Procrear
y el Reconstruir, programas que no constituyen una solución al problema.
Por el contario el Estado privilegia las ganancias de los bancos colocando a los
trabajadores hipotecados por los créditos UVA al borde del desalojo debido a la perdida
sistemática de su poder adquisitivo. En 2021 la cuota supero el 100% de aumento.
Como planteáramos en 2019 al presentar un proyecto de anulación de este sistema “La
salida que ha esbozado el gobierno ante esta situación es una suerte de endeudamiento a
perpetuidad: prolongar las cuotas. Es decir, el trabajador que no pueda cubrir este
desfasaje entre la indexación de la unidad de vivienda y el salario va a tener que ir
incrementando cada vez más una determinada cantidad de cuotas, es decir que se van a
prolongar en el tiempo. Una hipoteca que en un periodo razonable de la vida de un
trabajador permite el acceso a la vivienda es una cuestión, pero lo que aquí tenemos es
otra cosa: se trata de una carga usuraria perpetua sobre un trabajador y eventualmente la
ejecución de esa hipoteca y un desalojo, que es a todas luces confiscatorio” “con este
sistema se ha creado una burbuja financiera. Si el valor de la propiedad se deprime, como
está sucediendo, no tenemos como contrapartida una caída de la cuota, que se sigue
indexando de acuerdo a la inflación general, sino que lo que tenemos es que el deudor
debe mucho más que la propiedad que opera como garantía de la hipoteca”.
Proponemos además un impuesto a la tierra ociosa para financiar la construcción de
vivienda popular y constituir un Banco Nacional de Tierra y Vivienda para conocer y dar
a conocer exactamente la cantidad de tierras ociosas y fiscales que pueden ser destinadas
para loteos sociales y para la vivienda única. Revisando aquellas que el Estado cedió a
particulares, revisando los procesos de enajenación de dichas tierras más allá de que
contaran o no con la aprobación de los cuerpos legislativos. Sobre estas tierras el Estado
debe garantizar la construcción inmediata de un millón de viviendas de calidad y
entregarlas a través de créditos hipotecarios cuyas cuotas no deberán superar el 25% del
ingreso familiar mensual. Para esta tarea deberá emplearse mano de obra de trabajadores
actualmente desocupados, registrados y bajo el convenio de la actividad.
De igual modo deberán destinarse recursos para la urbanización efectiva de los barrios,
villas y asentamientos, bajo control de los vecinos, para garantizar la extensión de los
servicios básicos (electricidad, agua, cloacas, gas e internet).
Promovemos la suspensión de los desalojos de tierras que han sido recuperadas en todo
el territorio nacional por personas que no poseen ni tierra ni vivienda.
La suspensión de las ejecuciones a los hipotecados UVA y la eliminación del sistema y
su reemplazo por cuotas que nunca superen el 25% del ingreso familiar.
Eliminación del Impuesto inmobiliario sobre la vivienda única.
Volvemos a citar nuestras conclusiones de aquel proyecto contra el sistema confiscatorio
de los créditos UVA, tan vigentes hoy como lo eran para el gobierno anterior.
“A la luz de todo lo expuesto, se hace evidente como primera conclusión que la política
de los gobiernos en esta materia no ha hecho más que reproducir su orientación
económica más general: el endeudamiento. En este caso el endeudamiento de las familias
a perpetuidad, igual que ocurre en el país. La ‘salida’ oficial de alargar las cuotas, es
muy parecida a las cláusulas que abarcan a la deuda pública argentina, donde se crea
el síndrome de la deuda eterna, la refinanciación usuraria y permanente y la
esclavización del país al capital financiero. En este caso es la esclavización de las
familias al capital financiero.”
“La conclusión es que el drama de fondo de la vivienda popular sólo puede ser encarado
positivamente con una transformación social profunda, que reorganice por completo las
prioridades nacionales, mediante una reorganización económica y social que tenga por
eje los intereses de los trabajadores. Sería necesario un shock de inversión real a cargo
del Estado, con trabajadores bajo convenio, la expropiación de las grandes
constructoras y su capacidad ociosa, y centralizar el crédito bancario mediante la
nacionalización de la banca y el comercio exterior. Esta será una tarea de primer orden
de un gobierno de los trabajadores”.
El gran drama que enfrenta la población trabajadora para acceder a la vivienda familiar
es, en primer lugar, el resultado de la especulación inmobiliaria, del aumento en el valor
del suelo y de las propiedades que surge de un proceso económico, que no solo toleraron,
sino que alentaron los que han gobernado el país en las últimas décadas. Se trata de un
fenómeno vinculado a los extraordinarios beneficios del capital agrario, minero y de otros
sectores, que se localizaron en la compra del suelo y en la especulación inmobiliaria. El
Estado ha sido un factor activo en este encarecimiento, bajo todos los gobiernos. No hubo
grieta en esta materia.
Por todo lo expuesto. Llamamos a todos los Diputados y las diputadas a estudiar y apoyar
este proyecto.

 

PRÓRROGA DEL FONDO NACIONAL DE INCENTIVO DOCENTE Y SALARIO MÍNIMO DOCENTE.

15/02/2024

PROYECTO DE LEY


ARTÍCULO 1°. —
Reestablécese a partir del 1 de enero de 2024 y en forma permanente la vigencia del FONDO NACIONAL DE INCENTIVO DOCENTE, creado por la Ley N˚ 25.053 y sus prórrogas dispuestas por las Leyes N°26.075; Nº26.422; N°25.919; Nº27.591; y por Decreto N°2054/2010 y art. 3° del Decreto N°88/2022.

ARTÍCULO 2°— Los montos correspondientes al Fondo Nacional de Incentivo Docente (FONID) pasarán a ser remunerativos y bonificables.

ARTÍCULO 3°— Retribúyase las diferencias existentes entre el carácter remunerativo que el FONID tiene en virtud al artículo 13 de la Ley N˚ 25.053 y el pago efectivo como suma fija que, arbitrariamente y en perjuicio de los docentes, viene liquidando el gobierno nacional y los gobiernos jurisdiccionales. Lo antedicho incluye las diferencias devengadas y no abonadas referidas a la incidencia del carácter remunerativo sobre el resto de los ítems salariales remunerativos (sueldo anual complementario, presentismo, vacaciones, antigüedad, ruralidad, zonas desfavorables, etc.)

ARTÍCULO 4°— Regularícese en un plazo no mayor a 30 días luego de aprobada la presente ley, el pago a término de todas las deudas por pago diferido del FONID, y establézcase el pago en tiempo y forma a inmediato mes vencido.

ARTÍCULO 5° — Regularícese en un plazo no mayor a 30 días luego de aprobada la presente ley, el pago a término de todas las deudas por pago diferido de Fondo de Compensación Salarial Docente, Conectividad y Material Didáctico, Programas Nacionales y Fondos de Infraestructura, que son algunas de las transferencias no automáticas de la Nación a las provincias, como parte de las obligaciones del Estado Nacional hacia la Educación en sus niveles no universitarios, de acuerdo a la Ley de Financiamiento Educativo (N° 26.075/2005) y otras concordantes.

ARTÍCULO 6°— El salario mínimo del cargo docente testigo de cada jurisdicción, que surja de la paritaria nacional y/o provincial correspondiente, no puede ser menor, en ningún caso, al equivalente a la Canasta Básica Total fijada por el INDEC, donde el 70% como mínimo estará constituido por el salario básico.

ARTÍCULO 7°— El salario mínimo docente será actualizado por el Índice de precios al consumidor (IPC) mensual elaborado por el INDEC trasladándose de manera proporcional a todos los cargos del sistema educativo de cada jurisdicción.

ARTÍCULO 8°— Las y los docentes jubilados pasarán a percibir en un plazo no mayor a 30 días luego de aprobada la presente ley, el monto correspondiente al FONID como parte del reconocimiento de su carácter remunerativo y bonificable.

ARTÍCULO 9°— El presupuesto nacional tendrá una partida específica y permanente para cubrir las erogaciones resultantes de la presente ley.

ARTÍCULO 10°— De forma.

 

FUNDAMENTOS

 Sr. Presidente:

El presidente de la Nación Javier Milei acaba de ratificar que no implementará el Fondo de Compensación Salarial Docente que cobran actualmente siete jurisdicciones (Catamarca, Chubut, Corrientes, Jujuy, La Rioja, Misiones, y Santiago del Estero) para llegar al mínimo salarial,  el FONID (Fondo Nacional de Incentivo Docente), los ítems salariales de conectividad y material didáctico, los programas educativos nacionales (incluyendo la extensión de la jornada escolar), el Fondo de Infraestructura y la asistencia a los comedores escolares, entre muchos otros ítems de las llamadas transferencias no automáticas, entre los que vale mencionar, además, el apoyo a la gestión educativa en la escuela primaria o el apoyo a las obras de saneamiento y agua potable.  De igual forma, desde su asunción, el gobierno nacional de Milei y la ministra de Capital Humano, Sandra Pettovello, dejaron de distribuir alimentos a los comedores populares.

Se trata de un ataque irreparable contra la educación pública y la comunidad educativa. Este recorte, que se aplica fundamentalmente sobre las necesidades de la población que vive con salarios e ingresos sociales, como lo ejemplifica el hecho también de que –según la Oficina de Presupuesto del Congreso de la Nación Argentina– los únicos gastos del Estado nacional que se redujeron en el mes de enero 2024 fueron las erogaciones por jubilaciones (32.5%), programas sociales (56.6%) y personal (18%). En contraposición, en clara demostración de que los recortes no son contra la casta que tanto pregona el presidente de la Nación, el pago de intereses de la deuda externa creció en un 199%, y se mantienen sin tocar los miles de millones de dólares por vía de subsidios y exenciones que favorecen a capitalistas y especuladores financieros, como los siguientes rubros, sólo a modo de ejemplo:

  • La minería extractivista mantiene su Ley de Inversiones Mineras – 24.196, gracias a la cual recibe los siguientes privilegios:  1- Doble deducción de los gastos de exploración  : Devolución anticipada y financiamiento de IVA 2 -Estabilidad fiscal y cambiaria ; amortización acelerada para las inversiones de capital  3-Exenciones de aranceles y tasas aduaneras 4-Reintegro por gastos para crear un Fondo de Conservación del Medio Ambiente; 5-Exención de ganancias,  6 – Tope del 3% en pago de Regalías, 7-Exención del impuesto a la ganancia mínima presunta, 8 -Exención de contribución sobre la propiedad minera (productos, establecimiento, maquinaria, vehículos, etc.), 9 – Reembolsos por puerto patagónico, 10- Exención del impuesto al cheque (Decreto Nº613/2001), 11- Deducción del 100% del impuesto a los combustibles líquidos, 12-Transferencia al exterior de capital y ganancias en cualquier momento y sin pagar cargas o impuestos sobre dichas transferencias; 13-No están obligados a liquidar divisas en el país , 17 -Declaración jurada desde el exterior
  • La Renta Financiera mantiene la promoción industrial en Tierra del Fuego, la industria del software, no pagan impuesto a las ganancias. Empresas como Techint, el grupo Eurnekian y Macri, tienen esquemas impositivos especiales que permiten evadir pagos en el país bajo la maniobra de evitar la doble imposición.

Según el Observatorio de Argentinos por la Educación, el FONID eliminado representaba el 14,16% del presupuesto educativo nacional en 2023, el segundo mayor gasto en ese rubro de parte del Estado nacional, y las provincias anuncian que ello implicará una reducción salarial del orden del 15% para los magros ingresos de las y los docentes, siendo el salario mínimo docente actualmente (febrero del 2024) de $250 mil pesos, la mitad del costo de la canasta básica para no ser pobre. Las medidas adoptadas por el Poder Ejecutivo buscan agravar esta situación completamente inaceptable.

En defensa del salario docente en todo el país, vulnerado por el gobierno nacional y por el conjunto de los gobernadores, que desde una punta a la otra se encuentra por debajo de la línea de la pobreza, en un contexto de una híper inflación en desarrollo, y luego de que el gobierno precedente dejó la inflación anual en un 211,4%, presentamos este proyecto para que se restituyan de forma inmediata y completa el FONID a los bolsillos de las y los docentes , todos los recortes en educación que se señalan en estos fundamentos, y se actualicen las sumas hasta alcanzar un piso salarial indexado que cubra la canasta básica. Este planteo salarial que hacemos en el presente proyecto de ley es un planteo de emergencia en función de la perspectiva de que las y los docentes cuenten con un salario básico unificado nacional igual a la canasta familiar en camino a la necesaria nacionalización del sistema educativo argentino.

La miseria salarial a la que este gobierno pretende condenar a las y los trabajadores de la Educación es un golpe atroz a la educación pública y gratuita. El pluriempleo, al que se ven sometidos las y los docentes de todas las jurisdicciones por los bajos salarios, se verá incrementado, y, por lo tanto, las condiciones de trabajo afectarán, inexorablemente, las condiciones en el aula. La defensa de la educación pública es indisociable de un salario para todos las y los trabajadores de la Educación que cubra la canasta básica total fijada por el INDEC.

Por todo lo expuesto, se invita a las y los diputados a acompañar el presente proyecto.

 

Romina Del Plá

Nicolas del Caño

Myriam Bregman

Alejandro Vilca

Christian Castillo

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

PROYECTO DE RESOLUCION: Pedido de Informes a la ministra de seguridad Patricia Bullrich. EXPTE N°5171-D-2023

05/02/2024

Dirigirse al Poder Ejecutivo Nacional a fin de que, conforme lo establecido por el Artículo 204 del Reglamento de la Honorable Cámara de Diputados de la Nación, y en virtud de lo señalado en el Artículo 71 de la Constitución Nacional, se cite de forma urgente a la ministra de seguridad Patricia Bullrich, para que concurra al recinto de esta Cámara a los efectos de brindar explicaciones respecto de la brutal represión desatada los días 31 de enero y 1° de febrero por las fuerzas federales a su cargo sobre ciudadanos que manifestaban pacíficamente, jubilados, asambleas populares y organizaciones sindicales, sociales y políticas, sobre decenas de periodistas y aún sobre diputados de esta Cámara.

 

FUNDAMENTOS

Sr. Presidente.

Traemos a consideración de esta Cámara un proyecto de interpelación urgente a la ministra de Seguridad, Patricia Bullrich, a fin de que brinde explicaciones respecto de la feroz represión a su cargo los días 31 de enero y 1°de febrero del corriente por las fuerzas federales en las inmediaciones del Congreso mientras esta Cámara de Diputados debatía la llamada Ley Ómnibus.

Como se ha visto de forma directa en diversos medios de comunicación durante todo el desarrollo de la jornada, efectivos de la Policía Federal, Prefectura y Gendarmería desataron una feroz represión sin ningún tipo de justificación hacia miles de personas reunidas con el objetivo de manifestarse pacíficamente contra los agravios que contienen la llamada “Ley Ómnibus”, con centenares de artículos que se pretenden sancionar y que afectarían gravemente a la mayoría de los trabajadores y trabajadoras de nuestro país.

Este violento accionar, que se desarrolló bajo las órdenes de la ministra de seguridad de la nación, Patricia Bullrich, demuestra que la represión en la calle y en el propio predio de la Plaza de los dos Congresos, está orientada a cercenar no solamente el corte de calle sino también a suprimir la protesta social en cualquier de sus formas. La búsqueda de facultades delegadas que se pretende con esta ley, para gobernar por decreto, viene a dar legalidad a esta ambición de criminalizar, reprimir y cercenar los más elementales derechos.

 

La brutalidad de esta represión evidenciada en las más de 25 trabajadoras y trabajadores de prensa heridos por las balas de goma por hacer su trabajo, cercenando el derecho a la libertad de expresión e información; en el accionar del  grupo GOM de la Policía Federal, que con sus motos recorrió la Plaza del Congreso  disparando a mansalva, tirando gases lacrimógenos incluso sobre varios diputados y diputadas que nos acercamos con el fin de intervenir para frenar semejantes atropellos y en el brutal accionar sobre el abogado Matías Aufieri, integrante del Centro de Profesionales por los Derechos Humanos (Ce.Pro.DH.) y del Encuentro Memoria, Verdad y Justicia, y asesor del Bloque del Frente de Izquierda y de los trabajadores-Unidad, quien sufrió un balazo en el ojo y  fue operado en el día de hoy con diagnostico reservado. También la represión al diputado Alejandro Vilca, del mismo bloque del Frente de Izquierda, que en ocasión de haberse acercado a llevar solidaridad a los manifestantes fue atacado por las fuerzas de seguridad con gases lacrimógenos químicos; de Vanina Biasi, diputada rotativa electa, con cuatro impactos de bala de goma y Eduardo Belliboni que fue hospitalizado, entre decenas de manifestantes que atiborraron guardias de hospitales y del instituto del quemado ante el efecto lesivo agudo de un nuevo gas pimienta.

La consecuencia directa han sido al menos 60 heridos por las balas de goma. Sin embargo, son centenares los afectados por gases arrojados con el fin de provocar a los manifestantes y que según se ha denunciado contienen componentes desconocidos hasta ahora para los médicos que durante horas atendieron a los afectados con químicos que provocan importantes quemaduras en la piel.

Exigimos que se clarifique que tipo de químicos se arrojó contra los manifestantes pacíficos.

Denunciamos que las fuerzas Federales no tienen atribuciones dentro de la Ciudad de Buenos Aires, en la que no rige el ilegítimo protocolo de la ministra Bullrich.

Repudiamos las detenciones completamente arbitrarias producidas sobre la militante radical Ivanna Bunge junto a tres mujeres que se solidarizaron con ella, así como las de los militantes del Partido Obrero Víctor Da Vila y Martin Rodríguez en la Provincia de Mendoza.

En ese sentido, es importante que esta Cámara de Diputados de la Nación se pronuncie claramente rechazando la represión, y ratifique el derecho del pueblo argentino a ejercer la libertad de expresión, de opinión y de protesta.

Por todo lo expuesto, solicitamos su acompañamiento para la citación de manera urgente de la ministra, aprobando este Proyecto de Resolución.

 

Firmantes

Romina Del Plá

Nicolás del Caño

Myriam Bregman

Alejandro Vilca

Christian Castillo

Carlos Daniel Castañeto

María Eugenia Alianiello

 Eduardo Leandro Toniolli