Artículo 1: Crear el ‘Programa para el trabajo genuino’ destinado a la creación de puestos de trabajo para los sectores en estado de vulnerabilidad en la Ciudad de Córdoba, ligado al desarrollo de la obra pública, al reconocimiento laboral de las tareas de cuidado, al auxilio a las cooperativas de trabajo, y la prohibición de despidos y suspensiones.
Artículo 2: Establecer una ‘Bolsa de Trabajo’, elaborada por una Comisión de Organizaciones Sociales, a los efectos de dar cumplimiento al artículo 1 de la presente ordenanza. Podrán inscribirse en dicho registro todas las personas desocupadas o subocupadas residentes en la Ciudad de Córdoba o el Gran Córdoba, que cuenten con diversos oficios y/o profesiones.
Artículo 3: Disponer la prohibición de los despidos y suspensiones en toda la Ciudad de Córdoba, mientras dure la emergencia económica y social. Reapertura bajo control de sus trabajadores de toda empresa que cierre o despida.
Plan de Obras Pública
Artículo 4: Disponer un relevamiento de las condiciones habitacionales de los barrios periféricos y/o asentamientos precarios de la ciudad de Córdoba, atendiendo a las características mínimas establecidas por los organismos internacionales para la vivienda adecuada, a saber, calidad de los materiales, espacios adecuados, acceso en condiciones de tenencia segura, confort, saneamiento y adaptación de las condiciones ambientales del entorno, acceso a los servicios públicos esenciales de energía eléctrica, agua potable, cloacas, alumbrado público, asfalto, centros de salud, escuelas, accesibilidad del transporte público, y otros que pudieran ser incorporados por la Comisión de Organizaciones Sociales.
Artículo 5: Implementar un censo y un registro permanente de los grupos familiares que no cuentan con vivienda propia en la ciudad. El censo y los resultados que el mismo arroje estarán concluidos en un plazo no superior a treinta días desde la vigencia de la presente ordenanza.
El registro permanente será actualizado en cualquier momento a petición de los grupos familiares sin vivienda propia, que no estuvieran incluidos en el mismo. Para ingresar en el registro el grupo familiar deberá acreditar domicilio o residencia en la provincia.
Artículo 6: Diseñar un plan de obra pública orientado a la urbanización de barrios populares y asentamientos precarios, y a la creación de vivienda populares, destinado a satisfacer las necesidades habitacionales actuales y/o futuras establecidas de acuerdo al registro permanente de los grupos familiares que no cuentan con vivienda propia, y al relevamiento de condiciones habitacionales de barrios periféricos y asentamientos precarios, establecidos en los artículos precedentes.
Los proyectos y la ejecución contemplaran la totalidad de obras de infraestructura y de servicios, tendiente a satisfacer las demandas de salud, educación, recreación, cultura y espacios verdes de las viviendas y de los barrios.
Artículo 7: Las obras de construcción de viviendas, de infraestructura y servicios se ejecutarán por administración directa de la ciudad, sin participación alguna de empresa o grupo privado, debiendo dictarse todos los instrumentos legales que permitan esta disposición. A tales efectos se empleará a las personas inscriptas en la bolsa de trabajo elaborada por las Comisión de Organizaciones Sociales.
Artículo 8: El Plan de Obras será financiado por un impuesto extraordinario a sobre los grandes emprendimientos inmobiliarios y establecimientos comerciales de gran superficie; como así también por aportes especiales del estado nacional y del estado provincial para el desarrollo de obra pública.
Reconocimiento laboral de las tareas de cuidado
Artículo 9: Establecer un registro de trabajadores y trabajadoras que realizan tareas de cuidados en guarderías o salas cunas, centros de atención a adultos mayores y personas en situación de vulnerabilidad, en comedores y copas de leche.
Artículo 10: Garantizar la registración laboral de todas aquellas personas que desarrollen tareas de cuidados en espacios formales o informales, según el registro establecido en el artículo 9. Establecer un salario mínimo igual al costo de la canasta básica familiar, garantizado por el estado municipal.
Medidas de asistencia a cooperativas sociales
Artículo 11: Disponer las exención impositiva de tasas, contribuciones y servicios municipales a todas las cooperativas sociales de bienes y servicios que operen en la ciudad de Córdoba y sus alrededores. La medida se extenderá mientras dure la emergencia económica y social.
Artículo 12: Establecer como proveedores prioritarios del estado municipal a las cooperativas de bienes y servicios de carácter social que operen en la ciudad de Córdoba.
Artículo 13: Comisión de Organizaciones Sociales. Crear una Comisión de Organizaciones Sociales compuesta por representantes de las organizaciones sociales que actúen en el ámbito de la ciudad de Córdoba, con cargos electos de manera directa por asambleas de vecinos, de carácter rotativo y revocable. La misma tendrá por objeto direccionar y controlar las políticas estatales tendientes a ejecutar las obligaciones del estado municipal previstas en la presente ordenanza, como así también la de velar por el ejercicio de derechos a personas en situación de vulnerabilidad social. Para ello contará con las más amplias facultades.
Artículo 14: de forma
Cintia Frencia
Concejala FIT-PO
Fundamentos
El presente proyecto se inscribe en una profunda crisis económica y social que golpea sobre las y los trabajadores cordobeses.
Según un estudio realizado recientemente por investigadores de la Asamblea Permanente por los Derechos Humanos Regional Córdoba sobre la estructura productiva, laboral y salarial de los principales conglomerados urbanos del país, nuestra ciudad se encuentra liderando los ranquin de pobreza, subocupación y desocupación.
En materia de desocupación los datos del INDEC arrojaron una tasa del 10,1% a fines del 2021 para el Gran Córdoba, mientras que este valor bajaba al 8,2% en partidos del Gran Buenos Aires, al 7% en el Gran Rosario y al 4,2% en CABA. Es decir, Córdoba concentra una tasa 120% más alta de desocupación que la ciudad de Buenos Aires y 45% más alta que Rosario.
Situación similar se expresa si analizamos los números de la subocupación. Mientras en el Gran Córdoba el 17,2% de las personas se ven afectadas; en partidos del Gran Buenos Aires este índice baja al 12,4%, en el Gran Rosario al 12%, y en CABA al 9%. Nuevamente en el Gran Córdoba se registra un 92% más de subocupación que en CABA y un 42% más que en el Gran Rosario.
El cuadro se completa con un índice de la pobreza del 40% en Córdoba, contra el 37% en Buenos Aires, y el 33% en Rosario. No podría ser de otra manera, puesto que según los números del INDEC, en Córdoba el ingreso bruto promedio de un asalariado registrado del sector privado es de $137 mil, un 29% más bajo que en CABA ($193 mil) y un 14% menor que en Buenos Aires ($160 mil).
Sin dudas, nos encontramos en ante uno de los peores escenario del país en materia de trabajo y salario. Esto explica en gran medida la creciente lucha que se viene gestando desde las barriadas populares de la mano del movimiento piquetero, que protagonizó en las últimas semanas un enorme acampe piquetero y la Marcha Federal por trabajo genuino.
Aunque el desarrollo de la crisis tiene como telón de fondo el plan de ajuste que impone el pacto con el FMI, ejecutado a raja tabla por el conjunto de los gobiernos provinciales y municipales, lo cierto es que la llegada de Hacemos por Córdoba al ejecutivo municipal ha acelerado un proceso de precarización y degradación laboral en la ciudad.
En dos años de gestión del intendente Llaryora, se ha avanzado como nunca antes en la precarización de la planta municipal, alcanzando hasta un 30% de trabajadores fuera de convenio. Esto se combina con un aumento exponencial de los programas socio-laborales como el de Servidores Urbanos, mediante el cual se reemplaza trabajadores municipales por becarios que cobran en promedio $30 mil.
En este mismo período se han perdido centenares de puestos de trabajo, en la planta municipal mediante despidos encubiertos o retiros anticipados; en la órbita privada producto del cierre de establecimientos productivos y comerciales, como lo fue el cierre de la Planta de Molinos Minetti (principal molienda de la ciudad), o el geriátrico El Ángel.
En este contexto, el proyecto que presentamos desde nuestro bloque viene a establecer medidas de emergencia para atender a esta crítica situación social, impulsando una política opuesta por el vértice a la impuesta por Hacemos por Córdoba.
La creación del “Programa para el trabajo genuino busca impulsar la promoción del empleo mediante el desarrollo de la obra pública ligada a las necesidades populares, el reconocimiento laboral de las tareas de cuidado, el auxilio a las cooperativas de trabajo y la prohibición de despidos y suspensiones. Este proyecto va en sintonía con la presentación realizada al Ministro Zabaleta por parte de las organizaciones piqueteras a fines del año pasado, que aún no ha obtenido respuestas.
Con este plan se podrían crear al menos 50.000 puestos de trabajo en Córdoba. Para ello el proyecto crea una bolsa de trabajo dirigido por una comisión de organizaciones sociales, a la vez que prevé el desarrollo de un plan de obra pública, bajo contratación directa del estado municipal, tendiente a la urbanización de los más de 130 barrios populares que no cuentan con servicios esenciales en la ciudad, como así también la construcción de viviendas populares.
Solo la puesta en marcha de este plan de obras públicas significaría un motor para la economía local. Según diversos estudios de profesionales de la Universidad Nacional de Córdoba que trabajan con viviendas sociales, la construcción de cada vivienda genera al menos 5 puestos de trabajo directo y otros 10 indirectos, por un periodo de entre 8 y 12 meses que dura la construcción promedio. En una ciudad, con un déficit habitacional que supera las 120.000 familias sin viviendas, y un centenar de barrios precarios sin servicios elementales, sin duda el desarrollo de un plan de viviendas y urbanización tiene una potencialidad enorme para la producción de puestos de trabajo.
A la par del desarrollo de este plan de obra pública, se prevé el reconocimiento laboral de todas las trabajadoras que realizan tareas de cuidado en comedores, merenderos, salas cunas y guarderías en la ciudad. Se trata de un sector de trabajadoras extremadamente precarizadas, que garantizan funciones estratégicas de asistencia social, allí donde el estado está absolutamente ausente. En ese sentido se plantea la registración y el salario mínimo igual a la canasta familiar a cargo del municipio.
Finalmente el proyecto plantea una serie de medidas de auxilio a las cooperativas de carácter social, mediante exenciones impositivas municipales, y colocándola como proveedoras prioritarias de bienes y servicios para la administración pública municipal.
Con esta iniciativa, desde el bloque del Frente de izquierda, reforzamos el plan de lucha nacional que viene desarrollando el movimiento piquetero que pone en cuestión la orientación ajustadora que han adoptado todos los gobiernos, tal y como exige el FMI, que no hace más que profundizar la crisis económica y social. Expresión de esto es la Marcha Federal convocada por la Unidad Piquetera, a la cual adhirieron importantes organizaciones sociales y gremiales, como lo es la Asamblea Ni Una Menos de Córdoba, el SUTNA (sindicato del neumático), ATE, el SITRAM (sindicato de municipales de Jesús María), entre otros.
Por todo lo expuesto es que solicito a mis pares presente aprobación al presente proyecto que pone a disposición del Ejecutivo Municipal herramientas concretas para dar respuestas efectivas a estas demandas a las demandas de los movimientos sociales.