Jubilaciones a docentes de inicial de la Ciudad de Córdoba

  • Educación
Presentado por:   
  • Concejo Deliberante de la Ciudad de Córdoba

Artículo 1°.- INSTAR al Departamento Ejecutivo Municipal a dar cumplimiento con la Ordenanza Municipal N° 12.275 que prevé la unificación del escalafón del personal que cumple funciones docentes en los Jardines Maternales Municipales, dependientes de la Secretaría de Educación, con el agrupamiento docente regulado por la Ordenanza N° 10.010, Sistema Educativo Municipal. 

 

Artículo 2°.- INCORPORAR a todo el personal docente de los Jardines Maternales Municipales al Régimen Especial de Jubilación del Personal Docente, del cual goza el personal dependiente de la Secretaría de Educación.

 

Artículo 3°.- La presente resolución entrará en vigencia al momento de ser aprobada, debiendo en DEM dar complimiento con lo establecido en un plazo máximo de 30 días corrido, incluyendo a todo el personal docente que cumpla funciones en los Jardines Maternales Municipales al Régimen Especial de Jubilación del Personal Docente.

 

Artículo 4°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo Municipal.

 

 

FUNDAMENTOS

 

El ciclo lectivo 2022 los Jardines Maternales del sistema educativo municipal comenzaron con medidas de fuerza por parte de las docentes en protesta por la incorrecta categorización laboral que las excluye del régimen docente. A pesar de haber transcurrido ya varias semanas, el problema subsiste, y las docentes afectadas siguen sin respuestas. 

No estamos ante un hecho inédito. Esta situación ya se había presentado durante el 2021, en ocasión de la jubilación de 12 docentes y las autoridades habían comprometido una solución ante la Caja de Jubilaciones que aún no llegó, lo que motiva las acciones gremiales.

Actualmente el sistema educativo municipal incluye 38 jardines maternales, que brinda educación formal a niños y niñas de 45 días a 4 años. Al momento de su creación, los jardines maternales dependían de la Dirección de Desarrollo Humano, y aunque su personal requería título docente e ingreso por concurso, la categorización que efectuó el municipio las excluyó del régimen docente, extendiendo la edad jubilatoria a 60 (para mujeres) y 65 años (varones) en lugar de los 57 y 60 años que prevé el régimen especial docente, equiparándolas a la categoría de empleados públicos.

Como sabemos quiénes ejercemos la docencia, máxime si se trata de niñas y niños pequeños, el desgaste físico, emocional y las exigencias de capacitación continua que demanda la profesión justifican ampliamente esta conquista de régimen especial para el sector.

El desconocimiento de este derecho, y su perpetuación en el tiempo, no responden a un mero problema administrativo como esgrimen diversos funcionarios; menos aún en un contexto nacional y provincial de ataque a los regímenes previcionales, tal y como lo exige el acuerdo con el Fondo Monetario Internacional. 

Sucede que el sistema previsional argentino, tanto el Anses como las cajas provinciales, han sido y son un botín preciado de los gobiernos de turno. A pesar de prever en su estatuto un directorio controlado por trabajadores, la intervención estatal rige como mecanismo de decisión permanente desde hace más de 25 años. Eso facilita que funcionen como “billetera negra”, utilizando de manera indebida sus fondos, mayoritariamente aportados por los trabajadores, mientras las contribuciones patronales caen bajo el argumento de disminuir el elevado “costo argentino”.

Esta política de saqueo al salario va de la mano de la precarización laboral y ha llevado a vaciar las cajas previsionales de fondos para justificar la pérdida del derecho a percibir el 82% móvil. La sanción de la ley provincial 10.694 en mayo del 2020, muestra la impunidad del gobierno que avasalla derechos laborales sin que se desarrolle ningún plan de lucha por parte de los sindicatos y centrales obreras en defensa de los trabajadores. La orientación patronal en el gobierno busca convertir la jubilación en una pensión y para ello cuenta con la complicidad de la burocracia sindical. A la luz de esta política sistemática de ataque al salario, el conflicto de los jardines maternales no puede reducirse exclusivamente a la adhesión o no a un régimen especial como el docente.

En este punto, no extraña que desde el ejecutivo municipal y provincial, mediante la intervención de la Caja de Jubilaciones desconozcan lo estipulado en la Ordenanza Municipal N° 12.275 que prevé la unificación del escalafón del personal que cumple funciones docentes en los Jardines Maternales Municipales, dependientes de la Secretaría de Educación, con el agrupamiento docente regulado por la Ordenanza N° 10.010, Sistema Educativo Municipal. 

Por todo lo expuesto, y lo que señalaré oportunamente en el debate, es que solicito a mis pares presten aprobación al presente proyecto de resolución.