Informes vinculados con el  Área de Protección Histórica APH2 Parque 3 de Febrero

Presentado por:   
  • Legislatura CABA

Expediente 965-D-2022

PROYECTO DE RESOLUCIÓN

APH2 Parque 3 de Febrero

Art. 1° - El Poder Ejecutivo informará en un plazo de 30 días acerca de los siguientes temas vinculados con el  Área de Protección Histórica APH2 Parque 3 de Febrero.

  • Por qué motivo no se ha dado cumplimiento a lo establecido en la ley 4.334, que obliga a elaborar un Plan de Manejo Integral del Parque en consulta con "…asociaciones civiles de defensa del Parque..." y (entre otras obligaciones), se conforme un cuerpo de Guardaparques para su cuidado.
  • Cuántos, de los 194 árboles originales del “Bosque de Homenaje a las Víctimas de Cromagnón” (creado por la Ley N° 1917), permanecen en pie. Por qué motivo no se han reemplazado los ejemplares sucumbidos de alguna forma. Si tiene previsto colocar un nuevo cartel de identificación, dado el notable deterioro del existente.
  • Por qué motivo fue removido en el año 2016 el atril que conmemoraba la creación del Área de Protección Histórica del Parque 3 de Febrero y rendía homenaje al concejal Ernesto Jaimovich, autor de la ordenanza que le dio origen. Dicho atril, en principio colocado por la AALP fue remplazado por uno oficial colocado por el GCBA en 2014.
  • Bajo que normativa la empresa Mantelectric/Parquizar (con su sede, vestuarios de personaly depósito de materiales y maquinaria) y el Club CUBA (con estacionamiento para sus socios) ocupan espacios en la plaza donde se encontraba emplazado el viejo Velódromo, integrante del Parque 3 de Febrero.
  • Por qué no se ha restaurado el edificio de valor histórico conocido como “El Tambito” o “Casa Joven” luego de su destrucción parcial ocasionada por un incendio hace 20 años.
  • Si está prevista la puesta en valor de los edificios de valor histórico, conocidos como “La Boyera” incorporados al APH2 Parque 3 de Febrero mediante la Ley N° 5.568.
  • Bajo qué normativa se ha construido en el sector de la Plaza Pakistán, que forma parte del APH2, un terraplén de material consolidado, paralelo al viaducto ferroviario y se mantiene un alambrado que impide el uso de un importante sector de la Plaza por parte de los vecinos.
  • Si tiene conocimiento de que gran parte de los planos, que forman parte de la cartelería pública instalada en el Parque, están orientados de forma errónea y generan confusión acerca de la real ubicación de las diferentes zonas a los visitantes. Esto incluye la denominación errónea de la Plaza Andrés Guacurari Artigas como Paseo Marcela Brenda Iglesias.
  • Por qué motivo se permite al Club de Gimnasia y Esgrima el incumplimiento de la Ordenanza Municipal N° 33.919 y mantener un acceso a la vía pública para el “boliche bailable” identificado con el nombre “5.500 Figueroa”

Con respecto al Paseo Marcela Brenda  Iglesias, por qué se permite:

  • a la empresa EDENOR la ocupación del arco número 7 cuando, tanto la Ley N° 2.366 como el convenio celebrado entre la ADIF (o posteriormente la AABE) y la empresa concesionaria, establecen que debe quedar libre como homenaje a la niña trágicamente fallecida en ese lugar.
  • la ocupación de las veredas del Paseo con fines comerciales, cuando la ley establece que forman parte del mismo Paseo como espacio público y Distrito UP.
  • a la empresa concesionaria del bajoviaducto ferroviario y a sus locales, la ocupación con fines comerciales de la vereda de la Plaza de la Shoá que, de acuerdo con la Ley N° 2735, es parte del espacio público destinado a conmemorar a las víctimas del holocausto.
  • a la empresa concesionaria del bajoviaducto ferroviario y a sus locales, la ocupación con fines comerciales de la adyacente Plaza Andrés Guacurari Artigas donde, cono Distrito UP, no están permitidos dichos usos.

FUNDAMENTOS

Sr. Presidente:

El Parque 3 de Febrero de Buenos Aires cumplirá 147 años el próximo 11 de noviembre de 2022. Fue el primer parque público argentino y es todavía el más importante.

La creación de su paisaje por figuras como Carlos Thays (I) y Benito Carrasco, no ha sido motivo de respeto ni hecho mella en las administraciones posteriores a Carlos León Thays (II). Desde aproximadamente la década de los 60 del siglo pasado, las diferentes administraciones de la Ciudad (anterior MCBA y posteriores GCBA) no han estado a la altura de esa magnífica herencia. Nunca lo han tratado como el “Jardín Histórico” que la Carta de Florencia adoptada por elICOMOS (*) indica. Durante mucho tiempo lo abandonaron y, paralelamente, lo consideraron como un lugar para intervenir libremente, casi siempre en función de intereses económicos privados.

Variada es la normativa que le otorga protección legal; mucho nos hemos esforzado a través de los años para que ella exista y que, una vez conseguida, se respete. Pero la discontinuidad de los funcionarios a cargo de su mantenimiento y conservación ha sido también una constante.

Una de las grandes tareas de Amigos del Lago de Palermo fue y sigue siendo comenzar de cero con cada uno de ellos. De ahí los reclamos planteados en este proyecto de Resolución.

Lo conquistado en la defensa, recuperación de 8,7 ha y ampliación en 8,1 ha de la superficie del Parque 3 de Febrero, lo ha sido por escándalo público, por denuncia e intervención judicial y/o medidas legislativas (Ley N° 4334 inclusive). Todo ello por iniciativa de Amigos del Lago de Palermo.

Pero, aún a pesar de lo antedicho, la magnitud de su patrimonio natural, histórico y cultural plasmado en sus grandes lagos, plazas, monumentos y elementos escultóricos es tal, que ni siquiera la labor errática de los funcionarios se la ha podido quitar.

(*) ICOMOS -International Council of Monuments and Sites-