Emergencia sanitaria y ambiental en Alberdi y Villa Páez

  • Ambiente
Presentado por:   
  • Concejo Deliberante de la Ciudad de Córdoba
DECLARESE la emergencia ambiental y sanitaria en el ámbito comprendido por los barrios Alberdi, Villa Páez y sus alrededores, y dispóngase todos los recursos y mecanismos necesarios para el cumplimiento de los previsto en la presente ordenanza.

Artículo 1°.- DECLARESE la emergencia ambiental y sanitaria en el ámbito comprendido por los barrios Alberdi, Villa Páez y sus alrededores, y dispóngase todos los recursos y mecanismos necesarios para el cumplimiento de los previsto en la presente ordenanza. 

 

Artículo 2°.- OBJETO. La presente ordenanza tiene por objeto fijar medidas urgentes para garantizar la remediación y el resarcimiento de todos los daños y perjuicios ocasionados por los desbordes cloacales en los barrios Alberdi y Villa Páez de la ciudad de Córdoba. Las medidas dispuestas entrarán en vigencia inmediatamente después de la aprobación de la presente ordenanza.

 

Artículo 3°.- DISPÓNGASE un Plan de Obras Públicas destinado a la reparación y renovación de la red cloacal de la zona afectada, teniendo en cuenta el incremento demográfico y habitacional de la última década. Como así también a la reparación de daños estructurales provocados en viviendas particulares y espacios públicos. 

 

Artículo 4°.- RELEVAMIENTO. La Autoridad de Aplicación, en un plazo no superior a quince días a partir de la aprobación de la presente ordenanza, organizará y realizará un relevamiento de las personas afectadas material, moral y socialmente por los desbordes cloacales provocados en las zonas afectadas. El mismo se realizará en forma coordinada y conjunta con la Comisión de Vecinos, creada por la presente ordenanza.

El relevamiento tendrá recabará la información necesaria que permita la realización de un diagnóstico para la implementación de las políticas públicas integrales destinadas al saneamiento ambiental y sanitario en la región, como así también garantizar la reparación material de todos los damnificados. En el diseño y la realización del relevamiento deben participar especialistas en esta problemática y organizaciones sociales.

 

Artículo 5°.- DISPÓNGASE el resarcimiento económico correspondiente a cada persona damnificada por los desbordes cloacales, incluyendo la totalidad de daños y perjuicios provocados en materia económica, sanitaria, social y ambiental. Para estimar dicho resarcimiento se hará una valuación del daño material, psicológico y moral en cada caso.

 

Artículo 6°.- REALICESÉ un estudio de impacto ambiental y sanitario que contemple el análisis del ph del suelo, la presencia de bacterias en agua y suelo, las filtraciones del suelo, posibilidad de contaminación de napas freáticas, los tipos gases presentes en atmósfera: frecuencia y abundancia, los tipos de enfermedades con mayor frecuencia en la zona afectada: gástricas, dérmicas, respiratorias, de reproducción, el registro de localización de casos, correlación distancia y tiempo con ubicación de empresas, entre otros indicadores de contaminación ambiental y sanitaria. El mismo estará a cargo de especialistas y profesionales en la materia, bajo control de la Comisión de Vecinos. Los resultados serán públicos. 

 

Artículo 7°.- DISPONGASE un plan de remediación ambiental y sanitaria, previendo medidas a corto, mediano y largo plazo, tendiente a mejorar la calidad de vida de las personas de la región.

 

Artículo 8°- ESTABLECESE una “tarifa social” que garantice el acceso universal a los servicios esenciales. En ningún caso la tarifa podrá ser prohibitiva ni confiscatoria de los ingresos de las familias usuarias. En ningún caso se procederá al corte de los servicios. Asimismo, prohíbase el traslado de costos a las familias usuarias a través de impuestos, tasas o cualquier adicional establecido en función de las medidas necesarias para la provisión de los servicios que siempre estarán a cargo de las empresas prestatarias.

 

Artículo 9°.- COMISIÓN DE VECINOS. Créase una Comisión de Vecinos compuesta por representantes de los vecinos de Alberdi y Villa Páez, con cargos electos de manera directa por asambleas, de carácter rotativo y revocable. La misma tendrá por objeto direccionar y controlar las políticas estatales tendientes a ejecutar las obligaciones del estado municipal previstas en la presente ordenanza, como así también la de velar por el ejercicio de derechos a personas afectadas. Para ello contará con las más amplias facultades.

 

Artículo 10º.- MESA INTERSECTORIAL. Créase una Mesa Inter Ministerial con participación y control de la Comisión de Vecinos. La Mesa integrará a todas las áreas municipales correspondientes incluyendo la Secretaría de Salud, Secretaría de Gestión Ambiental y Sostenibilidad, Secretaría de Políticas Sociales, Inclusión y Convivencia, Secretaría de Desarrollo Urbano, Secretaría de Economía y Finanza. La misma tendrá carácter de Autoridad de Aplicación en la presente ordenanza.

Artículo 11°.- DISPONER las partidas presupuestarias necesarias para el efectivo cumplimiento de la presente ordenanza, apelando a los fondos de emergencia y catástrofe, como así también estableciendo los redireccionamientos presupuestarios necesarios. 

 

CLÁUSULAS TRANSITORIAS

 

Artículo 12°- SUSPENSIÓN DE DESALOJOS. Suspéndase, hasta el cumplimiento efectivo de las prerrogativas establecidas en la presente ordenanza, la ejecución de las sentencias judiciales cuyo objeto sea el desalojo de inmuebles con destino de vivienda. Esta medida alcanzará también a los lanzamientos ya ordenados que no se hubieran realizado a la fecha de entrada en vigencia de la presente.

 

Artículo 13°.- GRARANTIZAR la provisión de kit de higiene, provistos con alcohol en gel, elementos de desinfección y sanitizantes, a razón de uno por familia por semana. Proveer de alimento y agua de manera periódica a cada persona afectada. 

Artículo 14°.- de forma.

 

 

 

FUNDAMENTOS

 

Transcurridos más de 15 días de las principales rupturas que sufrió la red cloacal en B° Alberdi y Villa Páez, se impone la declaración de la emergencia ambiental y sanitaria , en vista que nos encontramos ante a una catástrofe sin precedentes inmediatos en la ciudad. 

En la última semana se detectaron más de 35 casos de gastroenteritis, que se suman a otras alergias y afecciones producidas por la contaminación permanente a la que se ven expuestos los vecinos de la zona. La municipalidad dispuso testeos a todos los vecinos para identificar casos de COVID-19 variante delta, casos de hepatitis, entre otras enfermedades. 

En virtud del alto impacto social que han sufrido las familias, el presente proyecto de ordenanza prevé un plan de remediación ambiental y sanitario inmediato, que debe partir de un relevamiento sanitario para dar cuenta del grado de contaminación y afectación que tienen los vecinos. Asimismo, exige un resarcimiento económico por las pérdidas materiales y los daños y perjuicios producidos.

Han pasado varias semanas del hecho y lejos se está siquiera de solucionar provisoriamente la situación.  En el día de ayer nuevos desbordes terminaron anegando varias cuadras de las calles Igualdad y Arturo Orgáz. Incluso circulan varios registros fotográficos y de videos donde se puede identificar a camiones de la empresa encargada de la obra, desagotando los caños en las mismas calles del barrio. 

Producto de esta catástrofe decenas de familias han perdido lo poco que tenían, lo que difícilmente podrá ser recuperado por el subsidio de $50.000 que ha ofrecido la municipalidad de Córdoba a los afectados. 

Lo que corresponde es la indemnización integral. No nos encontramos frente a un accidente, sino a un hecho doloso. Se trata de la consecuencia directa de años de desinversión y negociados con los servicios públicos, lo que quedó expuesto con los arreglos improvisados que se encontraron en varios caños. No existe inversión ni mantenimiento por parte de la municipalidad, mientras habilitan decenas de emprendimientos inmobiliarios que, en este caso, llevaron al colapso de las redes cloacales. En este sentido realizamos la denuncia penal contra los funcionarios responsables, y acompañaremos todas las acciones de organización y lucha que emprendan los vecinos.

Por todo lo expuesto, solicito a mis pares presten tratamiento y aprobación al presente proyecto.