Creación del cargo de docente de educación sexual integral, científica, laica y respetuosa de las diversidades sexuales y de género

  • Educación
Presentado por:   
  • Concejo Deliberante de la Ciudad de Córdoba
Crearse el cargo de docente de Educación Sexual Integral laica, científica y respetuosa de las diversidades sexuales y de género destinado a cada año, grado, área, nivel y/o modalidad del sistema educativo público de gestión estatal y gestión privada de la Ciudad de Córdoba.

Artículo 1: CRÉASE el cargo de docente de Educación Sexual Integral laica, científica y respetuosa de las diversidades sexuales y de género destinado a cada año, grado, área, nivel y/o modalidad del sistema educativo público de gestión estatal y gestión privada de la Ciudad de Córdoba.

 

Artículo 2º: La carga horaria del cargo ESI en nivel inicial y primario será el equivalente a un cargo de maestra de grado, estableciendo une docente por turno por escuela. En nivel medio y superior la carga horaria del cargo ESI por comisión, curso, grado, en todas las modalidades, será equivalente a un cargo docente de Lengua de media, 5 (cinco) horas cátedra.

 

Artículo 3º: Serán aspirantes al cargo quienes a la fecha de la sanción de la presente ordenanza se desempeñen en un cargo docente del sistema educativo de ciudad de Córdoba, quienes posean título docente que de acuerdo al Estatuto del docente se encuentren en condiciones de inscripción a los listados de cualquiera de las modalidades educativas del sistema educativo de la ciudad, y de los proyectos en ejecución, y posean una formación académica oficial en ESI. 

 

Artículo 4º- En los casos que les docentes que aspiren al cargo de docente de ESI de acuerdo al artículo 3º de la presente ordenanza y  no tuvieran especialización alguna  ajustada a los requerimientos planteados, deberán cumplimentar el tramo formativo correspondiente, en un periodo no superior a los cuatro (4) años, siendo el gobierno municipal quien deba garantizarles el acceso a una vacante gratuita y en formación de servicios, solicitando las vacantes necesarias para tal fin en los postítulos dictados por la Universidad Provincial de Córdoba (UPC).

 

Artículo 5º: Aquelles docentes nombrades que integren y conformen equipos escolares como referentes ESI, con certificación de servicios de la escuela,  tendrán un concurso protegido por única vez teniendo prioridad a aspirar a los cargos de las escuelas en las que desempeñarán dicha función.

 

Artículo 6°: En todos los casos el  salario percibido será del valor de la hora cátedra más la antigüedad y los ítems que correspondiese a cada docente.

 

Artículo 7°: Se instruye al gobierno de la Provincia de Córdoba, disponga todas las herramientas y recursos para garantizar las designaciones de los cargos docentes de ESI, para las escuelas de la ciudad que integren el sistema educativo provincial, sean de la órbita pública o privada.

 

Artículo 8°: De forma.

 

 

 

FUNDAMENTOS: 

 

La educación sexual integral en las escuelas de la ciudad Córdoba es un reclamo histórico de estudiantes y docentes. A 15 años de su sanción los reclamos por su implementación  se multiplicaron, sin embargo los bloqueos provenientes de sectores antiderechos y vinculados a las iglesias católicas como evangélicas se han desarrollado recurriendo incluso al propio artículo n°5 de la ley 21150 en la ley nacional.

El presente proyecto refuerza esa lucha y plantea un verdadero reconocimiento para les docentes que están al frente de esta tarea asumida con actitud militante frente al desfinanciamiento tanto de la ley nacional como jurisdiccional, y de vaciamiento y desinversión en políticas de género, contra la violencia machista, y  por la implementación de una Educación Sexual Integral Laica, Científica y respetuosa de las diversidades sexuales. 

El presente proyecto de ordenanza realizado íntegramente junto a docentes y estudiantes, recoge e incluye las dimensiones de género, de laicidad y cientificidad para la creación de cargos y designación por concurso público para todas las escuelas tanto públicas y privadas, en contraposición a los prejuicios religiosos y pre científicos que promueven las Iglesias y/o corporaciones y ONG que tienen injerencia dentro del sistema educativo.

La ESI es una herramienta fundamental para prevenir situaciones de violencia y abuso en infancias y adolescencias. Le brinda a los jóvenes los contenidos necesarios para identificar principios de cuidado  de la salud sexual y reproductiva. Una información que el Estado y las instituciones educativas, desde el nivel inicial al nivel secundario, tienen la obligación de garantizar. Una información que es un derecho, y como tal, nadie puede oponerse a su implementación en las aulas. 

A fin del año 2018,  luego de una gran lucha de estudiantes secundaries en el marco de la  enorme “marea verde”, a través de masivas movilizaciones reclamando la aprobación del aborto legal, seguro y gratuito en la Argentina, se colocó nuevamente la importancia de hacer efectiva la ESI en las escuelas. A pesar de las promesas oficiales en este sentido, al día de hoy no se han brindado las garantías para una formación en servicio obligatoria y con relevo de tareas para la docencia, ni apertura de vacancia en los postítulos dictados por la Universidad Provincial, con carácter gratuito, y mucho menos se plantea la apertura de instancias curriculares específicas aun sosteniendo la transversalidad de la ESI. 

De esta forma, el dictado de la ESI queda exclusivamente en manos de la docencia, sin contar con las herramientas institucionales, formativas y curriculares necesarias para garantizar efectivamente este derecho de las infancias y adolescencias.

 La ESI queda entonces diluida en los diferentes espacios curriculares. Incluso en aquellas instituciones educativas donde se ha podido avanzar en equipos docentes para desarrollar tal abordaje, esto desempeña sus taras de forma gratuita y extracurricular.

La urgencia del desarrollo de equipos de ESI en las instituciones educativas como así también la necesidad de abrir un espacio curricular específico se fundamenta por sí solo cuando observamos el contexto social. 

La violencia contra las mujeres y los crímenes de odio han aumentado, los femicidios durante la pandemia se han incrementado. Según estudios una mujer cada 32 horas es asesinada en la Argentina, las denuncias de abuso sexual y todo tipo de maltrato a la infancia, la cual en más de un 60% está por debajo de la línea de pobreza en el país, también son indicios de cómo estas situaciones sociales son potencialmente escenarios que refractan directamente  en las escuelas sin recursos en medio de una crisis profundizada por la pandemia y las políticas gubernamentales, que han subsumido en peores penurias al pueblo trabajador.

Desde el punto de vista de los recursos educativos hay un ajuste en curso que se traduce en el recorte año tras año del presupuesto educativo. Los gabinetes psicopedagógicos en las instituciones educativas, con profesionales formados para acompañar situaciones de violencia en infancias y adolescencias, son prácticamente inexistentes.

La presente iniciativa legislativa refleja no sólo el reclamo de docentes y estudiantes, también se constituye  como un punto de apoyo que apunta a colaborar con una verdadera aplicación de la ESI en todas las instituciones educativas de la ciudad. 

Esta iniciativa se suma a las diversas acciones y proyectos que hemos presentado desde la banca del Frente de Izquierda, que apuntan a garantizar el acceso a una Educación Sexual Laica, Científica y respetuosa de las diversidades que propenden al desarrollo de vínculos sin violencia,  libres de opresión, y de expansión personal. 

Por lo expuesto, solicito a mis pares acompañen el presente proyecto.