Art. 1. – El haber mensual de las jubilaciones ordinarias y por invalidez que deben percibir los nuevos beneficiarios del Sistema Integrado Previsional Argentino, a partir de la sanción de la presente ley, se determinará de la siguiente manera:
Art. 2.- El haber de la pensión será equivalente al ciento por ciento (100%) del que gozaba o le hubiera correspondido gozar al causante.
Art. 3.- El retiro transitorio por invalidez será equivalente al 82% móvil del salario o ingreso calculado según lo dispuesto en el artículo 1 de la presente.
Art. 4.- En el caso de los beneficiarios de jubilación ordinaria o por invalidez o de pensión que hubieren iniciado juicio o no, o que hayan accedido al sistema de reparación histórica, su haber será reajustado conforme lo dispuesto por la Corte Suprema de Justicia de la Nación en el fallo “Badaro”.
La Administración Nacional de la Seguridad Social deberá recalcular dichos beneficios tomando los coeficientes de actualización establecidos en dicho fallo. El reajuste que surja se pagará, a partir de la sanción de la presente ley en forma retroactiva al momento en que se solicitó el beneficio.
El monto total que surja del reajuste de los haberes desde la solicitud del beneficio hasta la fecha en que sean reajustados, constituye una deuda del Estado Nacional y un crédito alimentario para el beneficiario de carácter irrenunciable y no estará sujeto a acuerdo transaccional alguno entre las partes.
El Estado deberá cancelar dicha deuda mediante el pago total de la misma la que se ejecutará en tres cuotas bimestrales a partir de la sanción de la presente ley. La mora en el cumplimiento de la obligación por parte del Estado opera automáticamente desde el vencimiento del plazo para el cumplimiento del pago de la misma. El cálculo de los intereses moratorios, compensatorios y punitorios está sujeto a lo dispuesto en los artículos 765 y sucesivos del Código Civil y Comercial de la Nación y podrán ser exigidos judicialmente.
Art. 5.- En el caso de los beneficiarios del retiro transitorio por invalidez se aplicará lo dispuesto en el artículo precedente y se abonará en forma retroactiva desde el momento en que fuera iniciado el trámite del beneficio.
Art. 6.- Se fija el haber mínimo en un valor equivalente a la canasta básica para los adultos mayores, estimada por la Defensoría de la Tercera Edad de la Ciudad de Buenos Aires, el que se actualizará cuatro veces por año, según la variación operada de acuerdo a los índices de salarios que publica el Indec, o el Ripte (Ministerio de Trabajo), el más favorable entre los dos.
Art. 7.- Se derogan todas las disposiciones en las normas legales en vigencia que contradigan el contenido de la presente ley.
Art. 8.- La presente ley comenzará a regir, a partir del día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial.
Art. 9.- Comuníquese al Poder Ejecutivo Nacional.
FUNDAMENTOS
Señor Presidente:
El presente proyecto consagra el 82% por ciento móvil para todos los beneficiarios de jubilaciones, pensiones y retiros por invalidez. En la actualidad, los haberes del sistema previsional representan apenas el 40 o 50 por ciento del sueldo de los trabajadores en actividad y se deterioran aún más con el tiempo, como resultado del proceso inflacionario.
El 75 por ciento de los beneficiarios del sistema cobra el haber mínimo garantizado hoy en $16.864 considerando que las últimas mediciones realizadas por la Defensoría para la Tercera Edad de la canasta básica de los adultos mayores o jubilados o pensionados, equivalía a $ 45.020.
La tendencia, a través de las sucesivas reformas previsionales llevadas adelante por los diferentes gobiernos de turno y consagrada bajo el gobierno de Macri con la llamada “ley ómnibus” y luego con la reforma previsional sancionada bajo una brutal represión en el 2017, fue transformar a la jubilación y las otras prestaciones previsionales en una suerte de plan asistencial. El actual gobierno de Alberto Fernández ha venido a profundizar esta situación e imponer una nueva confiscación a los jubilados al establecer la suspensión de la movilidad jubilatoria y el otorgamiento por Decreto 163/2020, determinado en el marco de la Ley 27.541, mal llamada de “Emergencia y Solidaridad”, que establece de porcentajes de actualización diferenciados para todos los haberes y en todos los casos muy por debajo de lo que hubieran debido de actualizarse.
Esto significa una desnaturalización completa de la jubilación y los distintos beneficios del sistema, que no son otra cosa que un salario diferido. Y como tal, debería permitir al jubilado seguir conservando un nivel de ingresos similar al que le hubiera correspondido si continuara activo. En idéntico sentido, para aquellas personas que perciben una pensión o un retiro por invalidez.
Con el 82% móvil, que vincula en forma automática el haber de los pasivos al de los activos, se restablece este principio básico, que fue pisoteado y destruido por los sucesivos gobiernos. Venimos asistiendo a una confiscación sistemática de las jubilaciones y del conjunto de los haberes previsionales.
Los gobiernos kirchneristas de Néstor y Cristina no revirtieron el congelamiento y retraso creciente que fueron sufriendo los haberes jubilatorios en los noventa y dejaron intacta la herencia del menemismo. Esto último revela el achatamiento que se ha operado en las categorías hasta el extremo que, como lo señalamos más arriba, tres cuartas partes de los beneficiarios cobran la mínima. Todo esto sentó las bases al gobierno de Cambiemos para que apunte contra las jubilaciones en el marco de un brutal ajuste contra los trabajadores, que hoy continúa con las medidas adoptadas por el gobierno actual al que la oposición de Cambiemos le ha dado apoyo en puntos fundamentales de ofensiva contra derechos de los trabajadores y jubilados.
Con la derogación de la movilidad -con la cual los haberes también perdieron frente a la inflación- y su reemplazo por un arbitrario aumento por decreto, el gobierno vuelve a repetir el zarpazo que diera el macrismo con el apoyo del PJ en el primer trimestre del 2018, luego de la aprobación de la reforma previsional a fines del año anterior en medio de la enorme movilización obrera y popular y una brutal represión. Entonces –aún está judicializado el reclamo- con el cambio de cálculo de actualización se le sacó del bolsillo a los jubilados el equivalente a casi un 10% del haber. Ahora la historia se repite.
Todas estas medidas en su conjunto, implican una serie de quitas y un retroceso en los derechos adquiridos por los jubilados otorgados en fallos con sentencia firme de la Corte Suprema que fueron desconocidos, como el fallo Badaro, que se ha convertido en un caso testigo y un punto de referencia para el resto de los juicios en curso.
El mencionado fallo, ordena actualizar la jubilación del demandante y fija una serie de coeficientes y procedimientos para efectuarla. Se puede decir, sin necesidad de eufemismos, que a los jubilados y pensionados se los sigue sentenciando a muerte.
En respuesta a esta situación, nuestro proyecto plantea extender el reajuste de los haberes dispuesto por el fallo Badaro a todos los jubilados, hayan o no hecho juicio al Estado.
Plantea que la jubilación como las otras prestaciones del sistema deberán ser equivalente al 82% móvil sobre el salario del trabajador que ocupe igual cargo y función a la que ocupaba el beneficiario al momento del cese de su función activa.
El proyecto, asimismo, plantea el pago de las retroactividades que correspondan, de modo de resarcir a los beneficiarios por las diferencias que acumulan en el monto de los haberes pasados y por el perjuicio económico que se les ha ocasionado.
Los recursos del ANSES han sido saqueados porque a dicho organismo se le fueron recortando implacablemente sus bases y fuentes de financiamiento. Menem- Cavallo redujeron los aportes patronales, a lo que se une el desfalco que representó la jubilación privada. La masa extraordinaria de fondos que fue a parar a las AFJP terminó volviendo fuertemente devaluada al Estado 14 años después. Ello, si tenemos en cuenta las comisiones leoninas que cobraron las administradoras, la desvalorización operada de los recursos administrados por ellas, -inflación y devaluaciones mediante- y el manejo discrecional y maniobras inescrupulosas a expensas de la plata de los futuros jubilados.
Otra de las fuentes del desfinanciamiento del Anses proviene de la proliferación de las sumas en negro -no remunerativas- sobre las cuales las patronales están eximidas de efectuar las contribuciones previsionales, y que no se toman en cuenta a la hora de calcular el beneficio jubilatorio que le corresponde a cada trabajador. No nos podemos olvidar obviamente del trabajo no registrado y precario, el cual implica sustraer una masa significativa de ingresos al sistema previsional y, lo más grave, condenar a millones de argentinos a quedar privados y desprovistos de algún tipo de cobertura.
Durante los gobiernos de Néstor y Cristina Kirchner y el gobierno de Macri no se ha alterado este cuadro. Tampoco con el gobierno actual de Alberto Fernández, que con las leyes y decretos de emergencia ha otorgado nuevas exenciones sobre las contribuciones a las patronales.
Las sumas no remunerativas son moneda corriente en los convenios colectivos que son homologados en el Ministerio de Trabajo. Por otra parte, el propio Estado es el principal empleador incumplidor y evasor de la legislación laboral mediante la contratación fraudulenta y precaria, no registrando a los trabajadores en relación de dependencia. Los docentes y los trabajadores estatales son la mejor muestra de este hecho.
Los Kirchner han mantenido la rebaja de los aportes patronales decretada por Cavallo y le han agregado, de su propia cosecha, una segunda rebaja. Es el caso de la incorporación de nuevo personal en empresas de hasta 80 trabajadores, consistente en una disminución de las cargas patronales en un 50 por ciento para el primer año y de 33 por ciento para el segundo. En cambio, a los trabajadores que pasaron al Estado se les aumentó el descuento de 7 a 11 puntos. El kirchnerismo se ha jactado de la incorporación de 2 millones de jubilados, facilitando la jubilación de aquellos que no reunían los 30 años de aportes. Pero esto fue costeado por los mismos jubilados, al desconocer el reajuste en sus haberes. Un acto elemental de “justicia distributiva” hubiera consistido en gravar al capital responsable del trabajo no registrado y crear un fondo especial dirigido a reparar semejante confiscación. En lugar de ello, se distribuyó la pobreza buscando que sean los trabajadores y jubilados los que paguen los costos de la crisis a través del ajuste, los despidos masivos y los tarifazos.
Con la última ley de emergencia sancionada en el Congreso, al establecer la mantención del mínimo no imponible fijado por el macrismo para los aportes patronales y un aumento de $10.000 en toda empresa que cuente con una plantilla menor de 25 empleados, se agrava la situación de desfinanciamiento de la ANSES. En lugar de reponer los aportes jubilatorios patronales que fueron reducidos sistemáticamente, la carga recae sobre los trabajadores jubilados y activos.
Pero, además, se ha dejado intacto el sistema de saqueo al Fondo de Garantía de Sustentabilidad (FGS) -que es dinero de los jubilados- y que se continúa utilizando para ‘invertir’ en bonos de la deuda. Se seguirá pagando deuda con la plata de los jubilados. El FGS perdió la friolera de u$s22000 millones en la era macrista, lo cual requerirá una política de reparación que dejamos para otra iniciativa legislativa, pero es importante señarlo para terminar con el “relato” de que el Estado financia a los jubilados, cuando es al revés: los jubilados financian al Estado.
No hay ningún impedimento presupuestario para otorgar el reajuste que aquí se propone. Los recursos actuales, y los que se deberían restablecer y que fueron sustraídos al régimen previsional, asegurarían el flujo de fondos necesario para una recomposición sustancial de las jubilaciones, en los términos que se exponen en el presente proyecto. Si esto no ocurre, es porque la plata de los jubilados ha sido usada para otros destinos, empezando por el pago de la deuda externa y siguiendo por el subsidio a grupos capitalistas.
El “desendeudamiento” (que tampoco ha sido tal) pregonado por el gobierno de CFK en el pasado ha sido a expensas del “endeudamiento” con la ANSES y de otros organismos públicos, como el Banco Central. La defensa de esta política fue llevada al extremo de que la presidenta Cristina Kirchner vetó en 2010 una ley del 82 por ciento aprobada por el Congreso, incluso cuando su versión final resultaba una versión mutilada de lo que aquí planteamos. En efecto: los filtros y recortes que fue sufriendo el proyecto original en el trámite parlamentario hicieron que quedara reducido al reajuste del haber mínimo en apenas un 30 por ciento por encima del vigente en aquel momento. El gobierno de Macri profundizó esta situación confiscatoria de los fondos, y de la toma de deuda a través de la ANSES.
Tanto los gobiernos anteriores, como el actual, sostienen que el establecimiento del 82% arruinaría a la ANSES, cuando dicho organismo viene siendo literalmente esquilmado a favor de los usureros.
La ANSES fue la principal perjudicada por la manipulación de los índices del Indec a partir de 2007. Mientras a los acreedores externos y a los bancos se les mantenía las deudas en dólares, las deudas con el Anses –pesificadas- se actualizan según la inflación ‘oficial’. El 64 por ciento del Fondo de Garantía que el ANSES tiene supuestamente destinado a “atender eventuales insuficiencias en el financiamiento del régimen previsional público” está invertido en títulos públicos de dudosa cobrabilidad, y que son calificados como bonos basura en el mercado. En los últimos cuatro años el valor del Fondo de Garantía del ANSES en dólares, disminuyó un 50 por ciento. Otra parte de ese fondo de garantía está ‘invertido’ en acciones de empresas y préstamos subsidiados al gran capital. Que los gobiernos rematan por monedas cuando -y- a pedido de las empresas.
Esta orientación estratégica es patrimonio común del oficialismo y la oposición que sostiene y defiende el pago de la deuda externa, la principal fuente de saqueo del país. Sergio Massa, al frente del ANSES, en su calidad de director ejecutivo hasta fines de 2007, luego de jefe de gabinete, y actual presidente de la Cámara de Diputados, fue el encargado de implementar esta política.
El principio del presente proyecto plantea el siguiente principio: Primero, los jubilados y demás derechos de los trabajadores.
Este proyecto se complementa con otras iniciativas. En particular, la imposición de un salario mínimo que cubra las necesidades básicas de una familia tipo, que según el Indec estaba en abril en los $ 42.594 que forma parte de la agenda parlamentaria que impulsa la bancada del Partido Obrero en el Frente de Izquierda en Congreso. Al atar la jubilación al salario, éste último pasa a convertirse en el eje de una transformación social integral del país sobre nuevas bases sociales, que privilegie a los que viven de su trabajo. Este proyecto apunta, asimismo, a contribuir a la deliberación y movilización de los trabajadores por esta reivindicación, y ayudar a superar el vacío dejado por la burocracia sindical que en sus diferentes vertientes no encara una lucha de conjunto o directamente es hostil a este reclamo.
Por todo lo expuesto, solicitamos el acompañamiento y la aprobación del presente proyecto.