Artículo 1°.- Declárase de utilidad pública y sujeto a expropiación todos los bienes inmuebles, muebles e intangibles de la sociedad EL ANGEL S.A. con el objeto de dar continuidad a las tareas de cuidado y asistencia de personas adultas mayores y preservar el conjunto de los puestos de trabajo existentes (60).
Artículo 2°.- El Estado municipal asumirá la administración del geriátrico y su operatoria estará bajo la gestión directa de sus trabajadores mediante la “Comisión de Contralor” creada por el art. 3 de la presente ordenanza. Sus directores y gerentes no podrán percibir un salario mayor al máximo establecido en el convenio de los trabajadores de la salud.
Artículo 3°.- Créase el órgano de contralor obrero el cual se denominara “Comisión de Contralor”. La misma estará integrada por siete representantes de los trabajadores que prestan servicios en el establecimiento. Los representantes de los trabajadores serán elegidos por el voto directo y secreto de la totalidad de los empleados que presten efectivamente servicios en relación dependencia, sean estos de planta permanente o se encuentren en situación de tercerización y/o precarización laboral. La elección se realizará por listas y los cargos se distribuirán por el sistema denominado D’Hont.
El mandato de todos los integrantes de la Comisión de Contralor durara un año. Todos los integrantes de la Comisión de Contralor se encuentran amparados por las garantías establecidas en los artículos 40, 48, 50 y 52 de la Ley Nacional Nº 23.551.
Artículo 4°.- La Comisión de Contralor deberá velar por el cumplimiento de la normativa nacional, provincial y municipal relativa al cuidado y atención de adultos mayores y personas en situación de vulnerabilidad social y sanitaria, como así también todo lo referido a cuestiones laborales y sanitarias. Para ello contará con las más amplias facultades. Asimismo la Comisión de Contralor deberá auditar los estados contables de la empresa pública que preste el servicio. Los resultados de estas auditorías tendrán carácter público.
Artículo 5°.- El Estado municipal asignará las partidas presupuestarias correspondientes para la inmediata puesta en marcha de las actividades que garanticen la reapertura y puesta en funcionamientos del geriátrico “El Ángel”, incluyendo el pago por servicio de alquiler de inmuebles, equipamiento, entre otros. Asimismo garantizará la continuidad de la totalidad de los trabajadores que se venían desempeñando hasta el momento de la interrupción de actividades por parte de la empresa en sus respectivos puestos de trabajo, con sus derechos convencionales, categoría y función, garantizando el pago integral de sus salarios sin mengua alguna, cualquiera sea su modalidad de contratación.
Artículo 6°.- Se dispone la eliminación del secreto bancario y la apertura de los libros de contabilidad de la empresa, bajo el control de los trabajadores, para verificar las eventuales maniobras delictivas contables o crediticias que se habrían realizado contra los trabajadores.
Artículo 7°.- Los gastos que demande la implementación de la presente ordenanza serán imputados a la partida presupuestaria correspondiente.
Artículo 8°.- El Estado Municipal procederá a expropiar el establecimiento con el alcance establecido en el art. 1° sin que esto genere derechos a resarcimientos económicos o indemnizaciones a los titulares de los bienes expropiados. La empresa deberá responder por los pasivos con los trabajadores, ambiental y fiscal que tuvieran al día de la entrada en vigencia de la ordenanza.
Artículo 9°.- De forma.
FUNDAMENTOS
A partir del 1 de octubre del corriente año el Geriátrico “El Ángel” cerró sus puertas. De manera intempestiva, enfermeros, enfermeras y auxiliares que integran un plantel de 60 trabajadores han quedado sin trabajo, sin recursos y con deudas.
Los despidos, por más irregulares, se efectuaron sin previo aviso, tras un lento proceso de vaciamiento del establecimiento, y sin que se hayan liquidado los haberes correspondientes a los dos últimos meses de salario, ni que se hayan establecido mecanismos para cobrar las indemnizaciones correspondientes,
La situación resulta desesperante, porque mientras algunos trabajadores pudieron reubicarse en otros establecimientos, la inmensa mayoría de ellos quedaron literalmente en la calle, enfrentando deudas acumuladas y sin posibilidad de garantizar el sustento diario a sus familias. Cabe mencionar que el 91% del plantel de trabajadores despedidos son mujeres, muchas de ellas jefas de hogar a quienes se les está privando su único ingreso familiar, en un claro acto de violencia económica y laboral.
Estamos ante un escenario de extrema gravedad. El cierre fraudulento del establecimiento suma decenas de trabajadores al batallón de desocupados, que sólo en el año 2020 creció en más de 1 millón de personas. Se trata de despidos ilegales que desconocen el DNU presidencial que prohíbe despidos y suspensiones hasta el próximo 31 de diciembre, en el marco de la emergencia pública en materia sanitaria declarada por la Ley 27.541. La situación es más grave aún si se tiene en cuenta que se tratar de trabajadores calificados, considerados trabajadores esenciales en contexto de pandemia, que se dedican al cuidado de la salud de adultos mayores.
A la afectación directa de las 60 familias de los trabajadores despedidos, se suma el impacto social que produce el cierre del establecimiento.
El geriátrico Hogar Plaza El Ángel S.A, ubicado en pleno centro de la capital cordobesa frente a la popular Plaza San Martín, es propiedad de Tomás Saavedra y Diana Portella quienes a su vez son dueños “Hogar ecológico Tomás y Aurelia” de Villa Allende. En el establecimiento capitalino se atendía alrededor de 120 residentes, la mayoría de ellos derivados del PAMI, y otros pocos residentes privados. Se trata de un colectivo de personas altamente vulnerables, quienes requieren de los más altos cuidados más aún en un contexto de crisis sanitaria y social. Sin embargo, desde el comienzo de la pandemia viene apareciendo fuertes denuncias por parte de familiares y trabajadores por las precarias condiciones de atención, tratamiento y seguridad sanitaria en la que operaba dicho establecimiento.
Estamos ante un cierre fraudulento preparado mediante un deliberado proceso de desfinanciamiento y vaciamiento, que fuera anticipado por diferentes reclamos de los trabajadores. En septiembre del año pasado, los trabajadores del establecimiento debieron ser hisopados por el COE (Centro de Operaciones de Emergencia) luego de que se registraron casos positivos en la sucursal de la residencia ubicada en Villa Allende. El episodio dejó al descubierto las pésimas condiciones sanitarias en las que se atienden a los adultos mayores.
Con una manifestación callejera frente al geriátrico, los trabajadores y delegados denunciaron la precarización de su salario, la falta de pago de la obra social y las contribuciones patronales, y despidos ilegales sin indemnización. Asimismo alertaron sobre la falta de insumos de protección personal, de condiciones de seguridad edilicias, y el incumplimiento de los protocolos de bioseguridad.
No se trataba de una denuncia aislada, sino de un modus operandis que prima en todas las instituciones geriátricas. Fue justamente este último aspecto el que hizo estallar un brote de COVID-19, durante el año 2020, en el Hogar Santa Lucía de la localidad de Saldan, donde se contagiaron 65 personas vinculadas a este centro: 30% del personal y el 74% de los residentes.
Las residencias geriátricas son parte del negocio de la salud privada: reciben derivaciones del PAMI y residentes privados que aportan a razón de $45.000 por mes. Mientras tanto, incumplen los términos del convenio laboral que establece 1 enfermero, 1 auxiliar, 1 mucama y 3 asistentes para 20 residentes ambulatorios. Si los residentes están postrados, se requieren mayor cantidad de asistentes. Esta proporción es totalmente desconocida por la patronal, favorecida por la falta de controles estatales.
Los reclamos de los trabajadores del geriátrico “El Ángel”, no sólo fueron desoídas por parte del PAMI, el Ministerio de Trabajo y de Salud, sino que encontraron como contra partida una serie de aprietes patronales. Los trabajadores recibieron mensajes intimidatorios por las denuncias que realizaban. Incluso se interpuso una falsa denuncia contra el delegado gremial de ATSA, por supuesto incumplimiento de los protocolos de bioseguridad, con el propósito de impedir su ingreso al establecimiento negando al conjunto de los trabajadores su derecho a la organización sindical.
En este contexto de amedrentamiento y desconocimiento de derechos laborales y sanitarios, en junio del corriente año se inició un proceso de traslado de pacientes a otros establecimientos, con la declarada intención de efectuar el cierre definitivo del mismo. Éste se consumó finalmente el pasado 1 de octubre.
De este modo, los trabajadores de la sanidad que ahí desempeñaron durante años labores esenciales de cuidado a adultos mayores por salarios de pobreza, que rondan los 40mil pesos, fueron simplemente descartados alimentando la crisis laboral, social y sanitaria por la que atraviesa nuestra ciudad.
En momentos en que crece el número de personas en situación de calle, muchos de los cuales requieren tratamiento e internación, contar con servicios de atención del adulto mayor constituye una necesidad que el Estado Municipal puede atender.
El presente proyecto no sólo es un respaldo al reclamo de 60 trabajadores por la defensa de sus puestos de trabajo, sino que propone una salida integral a la situación, atento la creciente necesidad de atención sanitaria y asistencia a las personas en situación de vulnerabilidad social. Por todo lo expuesto es que solicito a mis pares presente aprobación al presente proyecto de ordenanza.