Guillermo Kane presentó un proyecto de Creación de Centros Integrales de la Mujer y Diversidades en la Provincia de Buenos Aires

Presentado por:   
  • Legislatura PBA

El Diputado Provincial del Frente de Izquierda-Unidad Guillermo Kane presentó un proyecto de Creación de Centros Integrales de la Mujer y Diversidades en la Provincia de Buenos Aires.

Número de expediente: D- 721 / 22-23

 

PROYECTO DE LEY

 

LA HONORABLE CÁMARA DE DIPUTADOS Y EL SENADO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES SANCIONAN CON FUERZA DE

 

L E Y

 

Creación de Centros Integrales de la Mujer y Diversidades

 

La Cámara de Diputados y el Senado de la Legislatura de la provincia de Buenos Aires establecen:

ARTÍCULO 1: Se dispone la creación de Centros Integrales de la Mujer y Diversidades (a partir de ahora CIMyD) a razón de 1 cada 100.000 habitantes, y garantizando al menos uno por localidad. Los mismos brindarán atención íntegramente gratuita.

  1. Créanse CIMyD para cada localidad de la Provincia de Buenos Aires. La instalación de los mismos comenzará por uno por localidad hasta completar el objetivo de la presente Ley:
  2. Los CIMyD brindarán atención y realizarán el seguimiento, y la recuperación de la víctima de violencia de género, ofreciendo un espacio de seguridad y un tratamiento integral sobre los orígenes de la violencia sufrida y dispondrán de herramientas sociales y económicas que apunten a la independencia económica y la reparación de los daños que la violencia les hubiere generado.
  3. Los CIMyD brindarán atención íntegramente gratuita. Las líneas telefónicas y la atención de manera presencial deberán funcionar las 24 horas los 365 días del año. Dispondrán un espacio de vivienda transitoria para las víctimas y sus hijos.

ARTÍCULO  2: Para cumplir con las disposiciones del Artículo 1° de la presente ley, se ordena:

  1. a) La expropiación sin indemnización de las propiedades de la Iglesia Católica que no están destinadas a la profesión del culto (emprendimientos inmobiliarios, etc.), con el objetivo de transformarlas en casas de tránsito para víctimas de violencia de género y sus hijos, sin injerencia del clero ni de culto alguno.
  2. b) La expropiación de todo inmueble ocioso y vacío, sin indemnización, destinado a constituirse como casas refugios para víctimas de violencia de género y sus hijos –con excepción de los pequeños propietarios de hasta dos viviendas, que no superen los 100 (cien) metros cuadrados cada una.

ARTÍCULO 3:  Crease para cada CIMyD equipos interdisciplinarios integrados por al menos tres profesionales, entre los que pueden contemplarse abogados, trabajadores sociales, psicólogos, médicos. Podrán incorporarse a estos equipos los profesionales y el personal que se estime necesario para una correcta atención. El personal de los CIMyD será designado por concurso público de antecedentes y oposición para los cargos de coordinación

ARTÍCULO  4: Se destina una partida presupuestaria extraordinaria para el nombramiento en cada CIMyD de profesionales que serán designados como planta permanente gozando de salarios acordes a los convenios colectivos de trabajo. En el futuro, el funcionamiento de los CIMyD deberá contemplarse como parte del ejercicio presupuestario de la Provincia de Buenos Aires.

ARTÍCULO 5: Los CIMyD establecerán mesas de trabajo con las áreas programáticas de los hospitales públicos y los establecimientos escolares dependientes de los Ministerios de Salud y Educación respectivamente a fin de garantizar la protección integral del grupo familiar afectado.

ARTÍCULO 6: Se creará una Comisión de control y seguimiento compuesta por quien dirija la gestión de cada CIMyD, un representante electo de los trabajadores de cada Centro y representantes de organizaciones de mujeres y diversidades, de la comunidad de derechos humanos, barriales y sindicales del territorio correspondiente. La misma funcionará con una regularidad de dos veces por mes y tendrá amplias funciones de control y potestades para solicitar la revocatoria del mandato del directorio.

ARTÍCULO 7: Será considerada víctima de violencia de género y pasible de ser atendida en un CIMyD la mujer que realice la denuncia de manera verbal o escrita, en forma personal o por terceros, con o sin asistencia de letrados, ante las líneas telefónicas dispuestas para ello, comisaría o cualquier dependencia estatal a la que la misma recurra.

ARTÍCULO 8:  Se abre un registro público nacional y en cada provincia de las zonas desde donde se registran llamadas de denuncia con la finalidad de conformar una red de apertura de casas refugios y de contención de organizaciones populares.

ARTÍCULO 9:  Se dispone la apertura de los archivos de las comisarías, bajo control de organizaciones sociales y de mujeres, a fin de tener un registro de las denuncias recepcionadas por violencia de género.

ARTÍCULO 10: Se crean flotas con personal especializado destinado a la búsqueda domiciliaria de las víctimas de violencia de género y sus hijos.

ARTÍCULO 11: Regístrese, publíquese, comuníquese al Departamento Ejecutivo, cumplido archívese.

ARTÍCULO 12: De forma.-

 

FUNDAMENTOS

Sr. Presidente:

Durante el 2021 la provincia de Buenos Aires fue la provincia con la tasa más alta de feminicidios, noventa y seis de los doscientos cincuenta y seis ocurridos en el país. Según el observatorio Lucia Pérez, en lo que va del 2022, ocurrieron 45 femicidios y transfemicidios en el país, es decir 1 cada 29 horas.

Así mismo, según el registro del Ministerio de las Mujeres, Políticas de Género y Diversidad Sexual bonaerense, entre el 20 de marzo y el 19 de julio, las operadoras atendieron 5.903 consultas por violencia de género. El número representa una suba promedio del 35% en los pedidos de ayuda respecto de antes de la cuarentena. El 50% de los pedidos de ayuda se concentra en nueve municipios: La Plata, Mar del Plata (General Pueyrredón), La Matanza, Almirante Brown, Merlo, Lomas de Zamora, Florencio Varela, Moreno y Quilmes. Estas cifras se traducen en ejemplos concretos como el de Noelia Vanina Sánchez, que fue asesinada por su expareja luego de hacer varias denuncias en la Comisaría de la Mujer de Merlo en enero de 2021, también el caso de Sandra Carricaberri, una vecina del barrio El Pericón que fue asesinada por su pareja en el mes de junio.

En 8 de cada 10 casos, las víctimas denuncian que el agresor es su actual o ex pareja. Y el 96% de quienes ejercen la violencia son varones que, al igual que sus víctimas, tienen entre 25 y 44 años.

Según un informe realizado por el Observatorio Nacional de Crímenes de Odio en el 2020 ocurrieron 152 ataques contra las diversidades sexuales, que se distinguen en ataques al derecho a la vida (57%) y ataques a la integridad física (43%). Desgranando las identidades que particularmente sufren la violencia observamos que encabezan la lista las mujeres trans (84%), seguidas por las identidades gay (12%), lesbianas (3%), y varones trans (1%). Respecto a la autoría de los crímenes registrados se distingue entre los perpetrados por particulares (45%) donde la cifra entre agresores conocidos y desconocidos para las víctimas es similar (ambas rondan el 22%) y los ataques perpetrados por acción de funcionarios y organismos del Estado (44%) y por las fuerzas de seguridad del Estado (11%). Para la población trans la expectativa de vida es de 35 años. Además existen las omisiones del Estado a los derechos que debe garantizar. Recientemente se aprobó la Ley Nacional de Cupo Laboral Travesti Trans, arrancada por el movimiento LGBTI que históricamente denuncia la exclusión laboral (1 de cada 10 personas TTNB tiene empleo en relación de dependencia y el 70% se dedica a la prostitución como única posibilidad de ingreso), pero la misma no se cumple en la inmensa mayoría de los casos y no se asigna presupuesto para su efectiva implementación.

El decreto provincial 997//2020 establece la creación de los Hogares de Protección Integral (HPI) como dispositivos pensados para dar respuesta a mujeres y LGTBI+ que estén atravesando situaciones de violencias por razones de género, que requieran protección y seguridad al iniciar el camino de salida de las violencias y que no cuenten con otro espacio de resguardo dentro de sus redes y vínculos más cercanos. 

Las mujeres y diversidades son víctimas de violencia de género, que a su vez sufren la precariedad laboral, los trabajos informales, la falta de empleo, componiendo el 70 % de la población más pobre. Siendo en muchos casos jefas de familia. Las víctimas en la mayoría de los casos no cuentan con los recursos materiales para salir de relaciones violentas.

Denunciamos que el Estado no destina recursos que permitan una real asistencia a las víctimas, mientras refuerza las causas que alimentan la violencia contra las mujeres y diversidades: la precarización laboral y la miseria, el amparo a un poder judicial que revictimiza y protege a quienes ejercen violencia, el bloqueo a la ESI, la injerencia oscurantista de las iglesias que predican la humillación, el sometimiento y la defensa de un modelo familiar basado en jerarquías autoritarias y opresivas donde proliferan todo tipo de abusos.

Por todo lo mencionado anteriormente, solicitamos el acompañamiento del presente proyecto de Ley.