Expediente 1821-D-2021
PROYECTO DE RESOLUCIÓN
Artículo 1°.- El Poder Ejecutivo informará, a través de los organismos correspondientes, dentro de los 30 (treinta) días de recibida la presente, sobre los siguientes puntos referidos al funcionamiento de las Defensorías Zonales (DZ), organismos descentralizados del Consejo de Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, que a continuación se detallan:
FUNDAMENTOS
Sr. Presidente:
La consulta del presente proyecto sobre el funcionamiento de las defensorías zonales de la ciudad resultan fundamentales para la discusión referida al eventual reemplazo de la Ley 2213 de creación del programa de acogimiento infantil sancionada en el 2006.
Estos organismos descentralizados del Consejo de Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes que según la ley 114 en su Art 60 “tienen por objeto diseñar y desarrollar un sistema articulado de efectivización, defensa y resguardo de los derechos de niños, niñas y adolescentes debiendo ejecutar las políticas públicas específicas, e implementar acciones con criterios interdisciplinarios y participación de los actores sociales involucrados.” son los que entre otras problemáticas que respecta a las infancias y adolescencias atienden a la referida a la separación con la familia de origen aplicando el programa de acogimiento familiar.
La ruptura del vínculo primario sufrida por niñeces y adolescencias responde a problemas estructurales, la dirección general de estadísticas y censos arroja para este año en la ciudad que un 42.7% de los menores de 17 se encuentran sumidos en la pobreza si a estas cifras sumamos las referidas a la inédita crisis habitacional y al crecimiento de los casos de femicidios encontramos sobrados motivos que pueden o provocar un aumento de residentes en los hogares transitorios de la ciudad o provocar un aumento en la lista de aspirantes a ser incluidos al programa de acogimiento.
Repasando las evidencias existentes respecto a lo progresivo que resulta para chiques en esta difícil situación mantener sus vínculos familiares positivos por sobre el aislamiento en hogares transitorios estatales, consideramos fundamental contar con información oficial acerca de los recursos que se destinan a este programa, la manera en que se abordan estos casos y las condiciones laborales de los profesionales que deben desarrollar estas tareas por lo que solicitamos al Cuerpo el acompañamiento del presente proyecto de Resolución.