Proyecto de expropiación del Sanatorio Plaza


ARTÍCULO 1: Declárase de utilidad pública y sujeta a expropiación al Sanatorio privado Plaza de Ferwal SA.


ARTÍCULO 2: Esta expropiación se consumará sin pago de indemnización alguna, bajo ningún concepto, al grupo empresario que ostentaba la propiedad de Sanatorio Plaza de Ferwal SA.


ARTÍCULO 3: Se prohíben los despidos y suspensiones de todo el personal (profesionales, administrativos, de seguridad, limpieza, etc.) que desempeña actividades laborales bajo la órbita de Sanatorio Plaza de Ferwal SA –independientemente de cual fuera su modalidad de contratación. Quedan expresamente garantizados los puestos de trabajo, salarios integrales sin mengua alguna y condiciones laborales de los Convenios Colectivos de Trabajo de la sanidad, incorporando al mismo a la totalidad de los trabajadores y empleados de la firma mencionada.


ARTÍCULO 4: El sanatorio expropiado, quedará a cargo del Estado Nacional y su operatoria estará bajo control directo de sus trabajadores.


ARTÍCULO 5: Se dispone la apertura de los libros de contabilidad de la empresa, bajo el control de los trabajadores, para proceder a una reorganización financiera, contable y de funcionamiento integral, en base a los balances reales del Sanatorio.


ARTÍCULO 6: Se constituirá una Comisión de Control y Gestión Obrera, integrada por trabajadores (profesionales y no profesionales) y electa por el voto directo de sus pares, quienes designarán a los profesionales y técnicos de su confianza para inventariar la totalidad de los bienes del Sanatorio y estarán a cargo de la puesta en funcionamiento del mismo, su gestión y administración de aquí en adelante, de acuerdo a lo establecido en el Artículo 5 de la presente ley.


ARTÍCULO 7: La nueva administración, elegida en forma democrática por los trabajadores, establecerá un plan de devolución de la deuda contraída por el grupo empresario expropiado con los trabajadores, en concepto de salarios no pagados, cargas sociales y todo otro ítem adeudado con los empleados.


ARTÍCULO 8: Quedan inhibidos y sujetos a embargo la totalidad de los bienes y fortunas personales de los accionistas del grupo empresario Ferwal SA radicados en el país, tanto bienes raíces como tenencias financieras u otras de todo orden. Sobre ellos se realizará un relevamiento y con dichos recursos se creará un fondo especial destinado a pagar las deudas contraídas con el Estado y con proveedores, bajo control y gestión de sus trabajadores.


ARTÍCULO 9: De forma.


 


Sr. Presidente:


Sanatorio Plaza es una empresa radicada en la localidad de Escobar (Provincia de Buenos Aires) que se encarga de atender la salud de la población. Existe hace más de 40 años y significa una fuente de ingresos estables para más de 65 familias de la ciudad.


La patronal de este sanatorio posee, además, una extensa fortuna de sanatorios y clínicas a lo largo de la Provincia de Buenos Aires, creadas a partir de la estafa a PAMI (la única obra social con la que trabaja), a los trabajadores, proveedores y al Estado nacional. 


Le debe a sus empleados 6 aguinaldos y 8 sueldos completos. La deuda con cada uno de sus trabajadores, es de alrededor de $350.000, sin contar indemnizaciones, ya que la empresa no envió Carta Documento de despidos. 


Ya suman más de 18 meses desde el comienzo del conflicto, donde los trabajadores, sin obra social, sin ART, y sin ningún tipo de aportes ni cobertura social ni previsional, percibían el 48% del salario que les corresponde bajo su convenio laboral. 


La presidente de la empresa, Claudia Marcela Gonzalez, y el vicepresidente, Daniel Álvarez, junto con Ricardo Mingrone (apoderado de la firma) y Roberto Eduardo Labonia (director médico) son responsables de empujar a los trabajadores a un conflicto en el marco del aislamiento obligatorio, dejándolos sin el sustento a sus familias y exponiéndolos al contagio de Covid- 19.


A ello se suma lo gravoso que resulta esta situación en un sanatorio, es decir: una empresa del rubro sanitario que se dedica a la atención en salud, en el marco del combate a la pandemia del coronavirus. 


El Sanatorio Plaza tiene una utilidad pública innegable, ya que cuenta con 48 camas de internación, de las cuales 8 son de terapia intensiva y 4 de terapia intermedia. A su vez cuenta con sistema de oxígeno central y aspiración central. 


Este proyecto de expropiación tiene por eje garantizar la continuidad de un establecimiento de salud para la población local, así como la totalidad de los puestos de trabajo, el pago de lo adeudado a los trabajadores y una reorganización integral del sanatorio en torno a la premisa de garantizar el derecho a la salud y no un negocio privado – en contraposición a una patronal que ha decidido bajar sus persianas, estafando a sus trabajadores de manera impune.


La expropiación del Sanatorio Plaza de Ferwal SA debe ser sin resarcimiento para una patronal que ha violado todas las disposiciones legales existentes. El Sanatorio, al ser colocado bajo control de los trabajadores, podrá arrancar su normal funcionamiento de modo inmediato, luego de que el Estado garantice los recursos necesarios. 


Por estos motivos, solicitamos a los y las legisladores nacionales el acompañamiento y la aprobación de este Proyecto de Ley.

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