Derecho a la vivienda y los servicios públicos bajo la pandemia

Proyecto de Ley presentado por la diputada del Partido Obrero-Frente de Izquierda, Romina Del Plá


PROYECTO DE LEY


 


Artículo 1.- Se prohíben las ejecuciones hipotecarias por un plazo mínimo de 6 (seis) meses, prorrogable por otros 6 (seis) meses si se extendieran las medidas de emergencia ante la pandemia, y si las circunstancias sociales y económicas así lo ameritan. 


 


Artículo 2.- Se prohíben los desalojos de inquilinos (alquileres) por un plazo mínimo de 6 (seis) meses, prorrogable por otros 6 (seis) meses si se extendieran las medidas de emergencia ante la pandemia, y si las circunstancias sociales y económicas así lo ameritan. 


 


Artículo 3.- Se congela el valor y se suspende el pago de alquileres y pensiones por un plazo mínimo de 6 (seis) meses, prorrogable por otros 6 (seis) meses si se extendieran las medidas de emergencia ante la pandemia, y si las circunstancias sociales y económicas así lo ameritan. Los pequeños propietarios de hasta dos viviendas en alquiler, que no superen los 100 (cien) metros cuadrados cada una, recibirán un resarcimiento estatal compensatorio igual al valor de los alquileres no percibidos.


 


Artículo 4.- Se renuevan automáticamente los contratos de alquiler que venzan en los próximos 6 (seis) meses, por un plazo mínimo de 6 (seis) meses, prorrogable por otros 6 (seis) meses, sin costo adicional, y por el valor congelado –tal cual lo establece el Artículo 3.   


 


Artículo 5.-  Se congela el valor y se suspende el pago de cuotas de créditos hipotecarios para vivienda única por un plazo mínimo de 6 (seis) meses, prorrogable por otros 6 (seis) meses si se extendieran las medidas de emergencia ante la pandemia, y si las circunstancias sociales y económicas así lo ameritan.


 


Artículo 6.- Se congela el valor y se suspende el pago de las cuotas de todo tipo de créditos personales, prendarios, para compra de automóviles (bajo cualquier modalidad), por un plazo mínimo de 6 (seis) meses, prorrogable por otros 6 (seis) meses si se extendieran las medidas de emergencia ante la pandemia, y si las circunstancias sociales y económicas así lo ameritan. 


 


Artículo 7.- El congelamiento establecido en los Artículos 5 y 6 no es bonificable a futuro por parte del acreedor, sea público o privado, ni puede ser considerado como deuda para el inquilino / hipotecado / deudor. Al suspenderse la medida, no corresponderá ninguna carga de intereses por los meses congelados, sino que se tomará como valor de referencia para las actualizaciones que correspondiesen en los meses subsiguientes, el valor de la última cuota abonada en el mes de febrero de 2020.  


 


Artículo 8.- Se establece la exención impositiva a la vivienda única.


 


Artículo 9.- Se suspende el pago de las tarifas de todos los servicios públicos nacionales, provinciales y municipales, de energía eléctrica, redes de agua potable, gas natural y comprimido, telecomunicaciones e internet, peajes, por un plazo mínimo de 6 (seis) meses, prorrogable por otros 6 (seis) meses si se extendieran las medidas de emergencia ante la pandemia, y si las circunstancias sociales y económicas así lo ameritan. 


 


Artículo 10.- Se retrotrae el valor de las tarifas de todos los servicios públicos citados en el Artículo 9 al valor del 1° de enero de 2019, y se congela el mismo por un plazo mínimo de 6 (seis) meses, prorrogable por otros 6 (seis) meses si se extendieran las medidas de emergencia ante la pandemia, y si las circunstancias sociales y económicas así lo ameritan. 


 


Artículo 11.- Los gastos que demanden estas medidas serán respondidas por rentas generales, sobre la base de la anulación unilateral de todo pago de deuda externa a bonistas y acreedores, con excepción de los vencimientos que están en manos de la ANSES.


 


Artículo 12.- Comuníquese al Poder Ejecutivo Nacional. 


 


FUNDAMENTOS


 


Señor Presidente:


 


Este proyecto es complementario de otros dos proyectos presentados por la banca del Partido Obrero en el Frente de Izquierda, que expresan los 20 puntos que hemos presentado al Presidente Alberto Fernández y que detallan las medidas urgentes que consideramos se deben tomar ante la amenaza, y el avance, de la pandemia del Covid-19 (coronavirus) en nuestro país -que enfrenta esta alerta sanitaria en un contexto de vaciamiento del sistema de salud y de aguda precarización de las condiciones de vida de un amplio sector de la población trabajadora, ocupada y desocupada.


 


Hemos reclamado en otro proyecto de ley la designación de una partida presupuestaria extraordinaria para el sistema de salud y su centralización (del sector público, privado, de universidades nacionales y obras sociales) mediante un comité especial de emergencia compuesto por autoridades del Ministerio de Salud, bajo control de trabajadores y profesionales de los distintos sectores, involucrando a los Estados nacional y provinciales; la triplicación del presupuesto del Malbrán; el reparto masivo y gratuito de todos los insumos de higiene y de prevención necesarios; la creación de comités de higiene y salubridad interdisciplinarios en cada hospital, centro de salud y establecimiento educativo, con miembros electos por los profesionales y trabajadores de la salud, y la creación de comités electos por los trabajadores en cada lugar de trabajo para coordinar el accionar contra la pandemia y controlar el cumplimiento de las medidas sanitarias en todos los establecimientos laborales –entre otras medidas. Medidas que tienen como punto de partida el no pago de la deuda externa, que es el requisito fundamental para concentrar todos los recursos nacionales al servicio de las necesidades obreras y populares y frenar el saqueo en beneficio de los especuladores, los bancos y los bonistas. 


 


En un segundo proyecto establecemos medidas elementales de protección de los trabajadores como la prohibición de despidos y de suspensiones con descuento salarial en todos los ámbitos de la actividad económica, formal o informal, del sector público o privado; junto con la elevación del salario y la jubilación mínima a $30.000, de igual modo que los planes sociales vigentes, y la asignación de un bono por ese monto para todos los trabajadores desocupados, precarizados, las empleadas domésticas y los monotributistas; junto con disposiciones para proteger la salud de quienes están exentos del aislamiento por integrar el rubro de “actividades esenciales”, de quienes están en tratamientos en las ART y de las personas privadas de libertad, que viven brutales condiciones de encierro en un contexto de hacinamiento, abusos policiales, y nula asistencia profesional de la salud. 


 


Este tercer proyecto de ley viene a ocuparse de otro problema fundamental, que es garantizar el derecho a la vivienda para la población trabajadora que ve mermar sus ingresos frente al derrumbe económico, y en muchos casos frente al parate de la actividad que le da un sustento diario producto del aislamiento obligatorio. 


 


Por ello, en primer lugar, se prohíben las ejecuciones hipotecarias y los desalojos de inquilinos por un plazo mínimo de 6 meses -prorrogable. Al mismo tiempo, se congela el valor y se suspende el pago de alquileres por 6 (seis) meses, atendiendo a la situación que enfrentan numerosas familias trabajadoras que son inquilinas, en situaciones desesperantes en muchos casos, como quienes viven en “hoteles” y pensiones que suelen tener aumentos abusivos cada tres meses, y donde las condiciones de vivienda son muy precarias en la mayor parte de los casos. Como existen casos en que quien alquila una habitación o una pequeña propiedad es también un trabajador, que depende de ese ingreso extra para cubrir sus gastos esenciales y llegar a fin de mes, planteamos para los mismos un resarcimiento estatal compensatorio igual al valor de los alquileres no percibidos.


 


En el caso de créditos hipotecarios de vivienda única familiar, se suspende su pago congelando su valor por el mismo período. Igual medida se dispone para otros tipos de créditos personales, prendarios o de automóviles –a los que suelen recurrir las familias trabajadoras para poder acceder al techo, a la compra de productos de necesidad o al transporte propio. Un aspecto clave de esta suspensión es que incluye el congelamiento del valor del alquiler o las cuotas hipotecarias o de créditos personales, sin que pueda traducirse esto en nuevas cargas y deudas a futuro –como sucedió con los hipotecados UVA, a quienes el gobierno de Alberto Fernández les cobra ahora el congelamiento de cuotas de los últimos meses de 2019, agravando una carga que se hace ruinosa para numerosas familias trabajadoras en todo el país. A su vez, se establece la exención impositiva para la vivienda única. 


 


El proyecto dispone asimismo la suspensión del pago de los servicios públicos por un plazo mínimo de seis meses. Junto con ello, se retrotraen los valores de los servicios a los vigentes al 1° de enero de 2019 –como medida de emergencia ante la pandemia, pero que plantea un problema de fondo, que se integra a la apertura de los libros contables de las empresas que explotan los servicios públicos, bajo control de trabajadores y usuarios, tal cual sostenemos en otro proyecto de ley presentado por esta bancada desde hace años en la Cámara de Diputados. 


 


Finalmente, establecemos la medida fundamental que debe disponerse para hacer viable todas las disposiciones aquí enumeradas y que hacen a la vía de su financiamiento, que sólo es posible sobre la base de detener el saqueo de recursos nacionales a favor de los especuladores y usureros de la deuda. Por ello incorporamos en este proyecto de ley la inmediata anulación unilateral de todo pago de la deuda, con la excepción de los vencimientos que están en manos de la ANSES –y que es dinero de los jubilados, que debe tener por destino un aumento urgente de todas las jubilaciones y pensiones, la reposición de la movilidad que le robó este Congreso con la ley de “emergencias” (mal llamada de solidaridad) de diciembre del año pasado, y el financiamiento del 82% móvil.  


 


El efectivo cumplimiento del aislamiento por parte de los trabajadores requiere en primer lugar que tengan una vivienda donde puedan preservar su salud y sus vidas, y que puedan contar con los servicios básicos necesarios para ello.


 


Por todos estos motivos, solicitamos a los diputados y diputadas nacionales el acompañamiento y la aprobación del presente proyecto de ley.   

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