PROYECTO DE LEY
La Cámara de Diputados y Senado de la Nación reunidos en el congreso nacional
sancionan con fuerza de ley…
ANULACIÓN DEL DECRETO 888/2024
ARTÍCULO 1°- Anúlese el Decreto 1107/2024 (DECTO-2024-1107-APN-PTE),
publicado el día 19 de diciembre de 2024, con las firmas del presidente Javier Milei y los
ministros Patricia Bullrich y Luis Petri, por medio del cual se habilita al Poder Ejecutivo
Nacional (PEN) a determinar cuáles son los “Objetivos de Valor Estratégico” que serán
custodiados por las Fuerzas Armadas (FFAA) y demás fuerzas policiales y de seguridad
federales, abriendo paso a la represión interior por parte de las mismas so pretexto de
enfrentar alguna “potencial amenaza o agresión”, también establecidas a criterio del
gobierno nacional y sus funcionarios, todo lo cual constituye una violación flagrante de
la Ley de Seguridad Interior y un avance represivo inadmisible.
ARTÍCULO 2°- Anúlese el Decreto 1112/2024 (DECTO-2024-1112-APN-PTE),
publicado con fecha 20 de diciembre de 2024, por medio del cual se faculta a las FFAA
a actuar en zonas de interior, junto a las fuerzas de seguridad federales, frente a supuestas
“amenazas como el terrorismo y los ciberataques”, en un claro reforzamiento de las
disposiciones del decreto anterior y la violación de las leyes vigentes y los derechos
democráticos en nuestro país.
ARTÍCULO 3°- Comuníquese al Poder Ejecutivo Nacional.
Vanina Biasi
Mónica Schlotthauer
Nicolás del Caño
Christian Castillo
Alejandro Vilca
FUNDAMENTOS
Sr. Presidente:
El día 19 de diciembre se conoció un nuevo decreto represivo del gobierno de Javier
Milei, acompañado por las firmas de los ministros de seguridad y defensa, Patricia
Bullrich y Luis Petri. El mismo le otorga al Poder Ejecutivo la suma del poder público
para definir cuáles son los “Objetivos de Valor Estratégico” a custodiar por las fuerzas
represivas federales, incluidas las Fuerzas Armadas (FFAA), entendidas como “cualquier
bien, instalación o conjunto de instalaciones fijas y las entidades materiales de vital
importancia para el ESTADO NACIONAL”.
Se establece asimismo que tanto el Jefe de Gabinete de Ministros como los Ministros de
Seguridad y de Defensa “podrán proponer al PODER EJECUTIVO NACIONAL la
calificación de “objetivo estratégico” a otros bienes, instalaciones o conjunto de
instalaciones fijas”, quienes a su vez podrán “solicitar el apoyo de las FUERZAS
ARMADAS o el de Cuerpos Policiales Provinciales y de la CIUDAD AUTÓNOMA DE
BUENOS AIRES” para su custodia.
De esta manera, se autoriza el despliegue de fuerzas militares en sitios que algún
funcionario de turno considere “de valor estratégico” para el Estado. El argumento es
nuevamente el supuesto combate al “terrorismo internacional” y se dice que deben
proteger los “Objetivos de Valor Estratégico” de “potenciales amenazas y agresiones”.
¿Pero quién define la “potencial amenaza u agresión”? Los mismos titulares del gobierno
nacional, Milei, Bullrich y Petri, para quienes los manifestantes populares son
“terroristas”, encarcelados y acusados de “sedición” y un bagallero, trabajador informal,
es un “narco” a quien justifican haber asesinado con armas de fuego por parte de la
gendarmería nacional (motivo por el cual hemos solicitado la urgente destitución de
Patricia Bullrich en el Expte. 7437-D-2024).
Con estas disposiciones, si Milei lo desea, cualquier sitio (calle, ruta, lago, montaña, etc.)
o establecimiento (edificio público o privado, empresa, etc.) pueden ser custodiados por
las FFAA.
Como bien han interpretado algunos medios de comunicación, la medida es un paso
adelante en la utilización del Ejército y demás armas en cuestiones internas. Página 12
advierte: “Es decir, un casillero más en la estrategia permanente de Bullrich y Petri para
movilizar tanques y soldados. Por ejemplo, si un grupo de trabajadores despedidos de una
central eléctrica decide movilizarse hasta ese lugar, el Poder Ejecutivo podría aplicar la
polémica definición”.
Por su parte, Clarín recuerda que “Durante el gobierno de Macri se consideró como
"objetivos estratégicos" a: Alicurá (hidroeléctrica), las centrales nucleares Atucha y
Atucha II; la central termoeléctrica de la costa; El Chocón (hidroeléctrica), Embalse
(central nuclear); la termoeléctrica de Luján de Cuyo; las hidroeléctricas Pichi PL, Piedra
del Águila, Planicie Banderita, Río Turbio, Salto Grande (que tiene custodia argentina y
uruguaya), más la binacional Yacyretá. Ahora se puede agregar Vaca Muerta que ya tiene
una delegación de la Gendarmería.”
De manera complementaria, un día después (20 de diciembre) se publica en el Boletín
Oficial el decreto 1112/2024 que habilita expresamente la intervención represiva de las
FFAA en el territorio nacional. Se dice que deberán “actuar de manera disuasiva o
efectiva en los conflictos originados por amenazas y agresiones de origen externo que se
desarrollen o incidan en los espacios terrestres, marítimos, fluviales, lacustres,
aeroespacial, ciberespacial y en el espectro electromagnético”, y se establece que entre
los diferentes ámbitos de intervención del “ESTADO MAYOR CONJUNTO DE LAS
FUERZAS ARMADAS” se incluye el “Comando Conjunto Territorial de la Zona
Interior” (inciso G – Art. 4° del citado decreto).
Para ello, este último decreto deroga al 727/2006, que, como resumen los medios digitales
de TV Pública, “limitaba la acción militar a agresiones externas perpetradas por Estados
y ahora se incorporan conceptos de amenaza más amplios, incluyendo ataques de actores
no estatales, como grupos terroristas o paramilitares, y nuevos escenarios como el
ciberespacio y el espectro electromagnético”.
La gravedad de estas medidas y decretos es total. En primer término, habilita la
intervención de las FFAA en materia de seguridad interior, es decir: represión interna, lo
cual constituye una flagrante violación de la ley de Seguridad Interior. Al mismo tiempo,
se legaliza la arbitrariedad para definir el término "amenaza", que como ya señalamos,
también queda a libre interpretación del gobierno, para habilitar en esos casos a las
Fuerzas Armadas y el Ejército para la represión interna.
Concretamente, Milei podrá dictar un estado de sitio de hecho sin pasar por el Congreso
y podrá reforzar su capacidad represiva contra el pueblo por medio de la acción directa
del Ejército y las Fuerzas Armadas. Este avance represivo del gobierno libertario debe ser
denunciado y enfrentado en todos los terrenos. Un Congreso que no confronta este tipo
de medidas que apuntan a alterar el régimen político en una avanzada represiva de esta
envergadura, es un Congreso que ha delegado sus facultades legislativas en el Poder
Ejecutivo, y que ha perdido cualquier reflejo de sí mismo. Un Congreso postrado ante un
gobierno de represores y ajustadores seriales. Porque para un gobierno que lleva adelante
el “ajuste más grande de la historia” este andamiaje represivo será utilizado contra el
pueblo trabajador. En un nuevo aniversario del 20 de diciembre, fecha en la que estamos
presentando este proyecto, huelga recordar lo caro que es siempre para el pueblo
trabajador este tipo de políticas represivas.
Por todos estos motivos, solicitamos a las y los diputados nacionales el acompañamiento
y la aprobación del presente Proyecto de Ley.