Informes vinculados a los terrenos ubicados en el Sector Inmigrante de la Villa 31 donde actualmente se ubica la empresa Flechabus

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Expediente 1943-D-2021

Proyecto de resolución

Artículo 1°.- La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires solicita al Poder Ejecutivo y al Ministerio de Desarrollo Humano y Hábitat que en un plazo máximo de 30 días de recibida la presente, y a través de los organismos que corresponda, informe de manera escrita y digital sobre los siguientes puntos vinculados a los terrenos ubicados en el Sector Inmigrante de la Villa 31 donde actualmente se ubica la empresa Flechabus.

  1. a) Informe a quién pertenece el terreno ubicado en la intersección de las calles Carlos H. Perette, calle 10 y Prefectura Naval Argentina.
  2. b) Informe si existe algún contrato entre el Ministerio de Transporte y la empresa Flechabus que involucre dicho terreno.
  3. c) Informe si dicho terreno se encuentra incluido en la Ley 6129 de reurbanización e integración del Barrio “Padre Carlos Mujica”.
  4. d) Informe si existe algún proyecto de urbanización o construcción de viviendas en dicho terreno.
  5. e) Informe, en caso de ser positiva la respuesta al punto anterior, por qué motivo la empresa Flechabus sigue operando en dicho terreno.
  6. f) Informe, en caso de existir, qué características tiene el proyecto y en cuánto tiempo deberá llevarse adelante.
  7. g) Informe si dentro del presupuesto destinado al Ministerio de Desarrollo Humano y Hábitat de la ciudad para el 2021 se incluye una partida destinada a la construcción de viviendas en el barrio. De ser así, cuál es el monto del mismo, qué cantidad de viviendas serán construidas y dónde.

Art 2° - Comuníquese, etc.

Fundamentos

La situación epidemiológica y social que nos encontramos atravesando ha puesto de manifiesto más que nunca la necesidad de tener una vivienda en condiciones y con los servicios adecuados. La llegada de la pandemia a la Ciudad de Buenos Aires encontró un lugar de propagación ideal en los barrios más pobres de la ciudad, donde el hacinamiento y la falta de servicios básicos como el agua corriente impedían a los trabajadores tomar los recaudos recomendados para evitar los contagios.

Los proyectos de ley que impulsan la urbanización de las villas de la ciudad y la construcción de viviendas para dar una solución habitacional definitiva a las miles de familias que hoy en día se encuentran sin hogar no se han llevado a cabo y en muchos casos solamente han implicado una transformación cosmética de estos barrios.

La necesidad de que se concrete una urbanización real, con todos los servicios básicos, y que se lleve adelante un plan de obras públicas de viviendas que de una solución a la problemática habitacional es urgente.

La Villa 31, el barrio donde explotó antes que en otro lugar de la ciudad el crecimiento de los contagios, cuenta con una ley de reurbanización, la 3343, y su reglamentación, la ley 6129, que tienen la finalidad de que se cumpla lo anteriormente mencionado. En el presupuesto 2021 destinado al Ministerio de Desarrollo Humano y Hábitat de la ciudad, en el apartado destinado a “Infraestructura, vivienda y coordinación gubernamental”, figura la construcción de 400 viviendas sin hacer otra referencia al respecto. Esas viviendas podrían ser construidas en el predio que ocupa actualmente la empresa Flechabus para dar solución a los vecinos del Sector Inmigrantes y del resto del barrio. Es necesario saber quién es el propietario de dicho terreno, cuál será su finalidad, y de ser esta la construcción de viviendas, por qué motivo la empresa sigue en el lugar. Por lo antedicho, solicito se apruebe el presente proyecto.