Expediente 1534-D-2021
PROYECTO DE LEY
Capítulo I. Pase a Planta Permanente de las trabajadoras precarizadas de la Dmuj
Artículo 1°- Establézcase el pase a planta permanente con todos sus derechos y obligaciones, según la ley N° 471, para todo el personal que al 1 de enero de 2021 cumpla tareas habituales y permanentes en la Dirección General de la Mujer y que revista bajo la forma de planta transitoria, contratado como monotributista bajo régimen de locación de servicio o locación de obra, o tercerizadas bajo convenios con universidades, empresas privadas, ONGS o cooperativas.
Art 2° - El personal comprendido en el artículo 1° estará equiparado en cuanto a sus derechos laborales a sus pares de planta permanente y tendrá el reconocimiento de su antigüedad laboral como contratado.
Artículo 3º. Créase la Comisión de control y seguimiento compuesta por trabajadores y trabajadoras de las respectivas reparticiones, elegidos por voto directo y con cargos revocables, a fin de supervisar el pase a planta permanente establecido en el art. 1. La misma estará compuesta por 1 miembro por cada sindicato con representación en la repartición de referencia y 4 miembros electos en asamblea general unificada de las y los trabajadores de la misma. La Comisión estará encargada de elaborar los listados de trabajadores indicados en el art. 1 y de realizar el seguimiento y control del cumplimiento y transparencia de su ejecución. La comisión de control y seguimiento responderá ante la asamblea general de las y los trabajadores de cada repartición.
Artículo 4º. Las autoridades competentes deben hacer efectiva esta Ley en un plazo de 3 meses desde su sanción, prohibiéndose expresamente la no renovación o cese del contrato del personal que cumpla con lo expresado en el artículo 1 de la presente Ley.
Artículo 5º. El Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires deposita retroactivamente los aportes jubilatorios de todo el personal contemplado en esta Ley desde la fecha de su primera contratación.
Capítulo II. Incorporación de personal
Artículo 6°. La Comisión de Control y Seguimiento creada por el artículo 3° presentará en el plazo de 1 mes un relevamiento de necesidades de personal en cada área de la DGMUJ. El GCBA abrirá concursos públicos para cubrir esos puestos de planta faltantes.
Capítulo III. Triplicación del presupuesto
Artículo 7. Se autoriza al GCBA a triplicar el presupuesto para la DGMUJ para atender lo ordenado por esta ley y la emergencia presupuestaria.
Artículo 8°. Comuníquese.
Fundamentos
Las trabajadoras de la Dirección General de la Mujer en general y de la línea 144 en particular, quienes en su enorme mayoría son mujeres, atienden múltiples casos de violencia de género sin embargo constituyen uno de los sectores altamente precarizados. Siendo el propio Estado de la CABA quien intenta perpetuar una política de violencia institucional y laboral contra las trabajadoras mencionadas quienes no sólo enfrentan la situación de contratos "basura", sino que también este estado de cosas las somete a una discriminación en torno a derechos históricos como la estabilidad laboral, aguinaldo, obra social y cobertura de ART, sin licencias, tampoco reciben ningún plus salarial por desempeñarse en una actividad considerada esencial, con todo tipo de presiones y hostigamiento de parte de funcionarias a cargo del área. Los salarios muy por debajo de la línea de pobreza son otro aspecto que sacude el bolsillo, el poder adquisitivo, y golpea las familias de las trabajadoras que han visto lesionadas sus condiciones laborales producto del teletrabajo sin reconocimiento alguno.
En la ciudad hoy 18.000 trabajadores son precarizados mediante contratación como monotributistas, esto representa un fraude laboral del GCBA. Entre ellos tenemos a las trabajadoras de la DGMuj, que son más de 100 precarizadas que atienden distintas tareas, desde la atención de la línea 144, hasta el trabajo en los dispositivos en donde atienden y acompañan a mujeres que atraviesan todo tipo de violencia (familiar, redes de trata, etc.).
Cabe destacar que las trabajadoras de la DGMuj están altamente calificadas, sin embargo las trabajadoras del organismo estatal responsable de la asistencia a las mujeres víctimas de violencia trabajan a través de convenios de asistencia técnica con la UBA, es decir, que el gobierno terceriza la tarea.
Las denominadas “políticas públicas” que las funcionarias tanto se jactan de promocionar, las sostienen las trabajadoras de la línea 144 y las trabajadoras que se encuentran en los centros integrales de la mujer (CIMs) que, en definitiva, son las que mantienen en pie los refugios y afrontan las diversas situaciones que se presentan en cada caso. “El denominador común es estar precarizadas por el propio Estado”, dicen estas trabajadoras.
Los reclamos que animan a las trabajadoras son muy claros: ser planta permanente de la Dgmuj (Dirección General de la Mujer), ponerle fin a la tercerización, una actualización salarial igual al costo de la canasta familiar, un plus salarial por la actividad bajo la pandemia, derechos a las licencias correspondientes que deben regir para el sector y recursos para atender la creciente demanda.
Los relatos de las trabajadoras por la falta de recursos para atender, al menos dar resguardo, contención o refugio a las mujeres que se comunican en busca de alguna respuesta concreta, por momentos son desesperantes.
“Somos la primera línea de otra pandemia que azota el mundo y al país: la violencia hacia las mujeres, cuya expresión más grave son los femicidios”, culminan las trabajadoras entrevistadas que se están organizando con sus compañeras.
Durante la pandemia ha sido noticia el aumento de llamadas telefónicas de mujeres en busca de atención. Y el crecimiento de los femicidios. Donde se verifican una y otra vez las denuncias que estas mujeres realizaron previamente, e incluso cómo las familias y organizaciones de mujeres encontraron antes al femicida que los fiscales, policías, etc.
A fin de cuentas, es el propio Estado el que promueve la misoginia en todos los ámbitos, ya que es funcional para la subsistencia de un régimen de explotación. La existencia de un femicidio por día no puede deberse a desviaciones de tipo individual, sino que responde a un sistema que educa en la discriminación hacia las mujeres en función de dividir a la clase obrera, disciplinar a las mayorías y sostener una doble opresión sobre las trabajadoras, las cuales padecen las peores condiciones en el mercado laboral sumado a que cargan sobre sus espaldas el peso del trabajo doméstico, junto con el mandato de la reproducción de la fuerza de trabajo. Es decir, que el capital impone un ordenamiento social basado en pautas de sometimiento y roles de género puestos al servicio de incrementar las ganancias de la burguesía. Como contrapartida, en el marco de las alianzas que el gobierno mantiene con el clero -garante ideológico de la doble opresión- no existe en el país la implementación de una educación sexual que fomente vínculos no coercitivos y relaciones simétricas entre los géneros.
Esa violencia que se moldea en las fábricas, en las oficinas, en las escuelas, cuando una patronal y el Estado despiden, rebajan salarios, modifican condiciones laborales, u hostigan y acosan a las trabajadoras en sus lugares de trabajo, o como en el caso de las trabajadoras de la Dirección General de la Mujer están siendo violentadas laboralmente por sus condiciones de trabajo.
Por eso, la violencia que sufre la mujer no es “una omisión del Estado”, sino que este es responsable de un régimen político y social que promueve y encubre toda la barbarie que vive la mujer.
Cada demanda que el movimiento de mujeres levanta, choca con la inacción de los gobiernos. Ni el Consejo de la Mujer en su momento, o el Ministerio hoy, organismos burocráticos que responden a esos gobiernos, han dado respuesta. Y ante el agravamiento de la crisis, pretenden descargarla sobre las y los trabajadores. El desfinanciamiento de todos los dispositivos y programas provocan que las trabajadoras deban desarrollar sus tareas en condiciones de mayor explotación (no cuentan ni siquiera con insumos para higienizar).
En tanto el Estado no destina recursos ante las situaciones de emergencia, desde el bloque del Partido Obrero- FIT y el Plenario de Trabajadoras junto al movimiento independiente de mujeres y diversidades continuamos reclamando un subsidio no menor al costo de la canasta básica total para las mujeres víctimas de violencia, casas refugio, creación y vacantes en escuelas infantiles, salario igual a la canasta familiar, recursos para atención y seguimiento de las denuncias, aumento de personal en planta permanente para la atención, elementos de higiene y prevención del Covid-19, protocolos para actividades esenciales, provisión y producción pública de misoprostol, implementación de la interrupción voluntaria del embarazo, implementación de una educación sexual integral laica, científica y respetuosa de las diversidades sexuales y de género, entre los reclamos inmediatos e históricos.
El presente proyecto recoge y refleja las reivindicaciones de las trabajadoras de la Dirección General de La Mujer, e intenta colaborar en su organización, a la vez denunciando la responsabilidad directa del Estado en las cadenas de violencias que atraviesan y agravian a las mujeres trabajadoras y sus hijes.
Es fundamental que las trabajadoras que atienden las víctimas del flagelo de la violencia de género que hoy se cobra una víctima de femicidio cada 32 hs. dispongan de estabilidad laboral y derechos laborales plenos. Esto acompañado de un salario que cubra el costo de la canasta familiar.
Por último señalar la necesidad inmediata de un fuero único, la elección directa de las y los jueces desde los 13 años y la creación de un Consejo Autónomo de Mujeres bajo el control de sus organizaciones, son aspectos elementales para desarrollar una pelea de fondo contra la violencia, la opresión y la explotación.
Por lo expuesto, solicito se acompañe el presente proyecto.